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Concepto 6777 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
05/05/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

 

Para:

JUAN CARLOS PRIETO GARCÍA

Director de Diversidad Sexual

 

De:

SANDRA YANETH TIBAMOSCA VILLAMARIN

Directora de Análisis y Conceptos Jurídicos

 

Fecha:      05 de mayo de 2014

 

Radicado: 3-2014-05849

 

Asunto: Solicitud concepto jurídico Consejo Consultivo LGBT

 

Apreciado Juan Carlos:

 

Esta Dirección recibió la comunicación del asunto en la que solicita concepto jurídico determinando que tipo de acto administrativo se debe generar para incluir a la Secretaría Distrital de la Mujer en la conformación del Consejo Consultivo LGTB normado por el Acuerdo 371 de 2009.

Al respecto, el literal a. del artículo 10 del citado Acuerdo 371 de 20091 establece la conformación del consejo consultivo y señala como miembros que harán parte del mismo por parte de la Administración Distrital a los Secretarios Distritales de Gobierno, Planeación, Integración Social, Cultura, Recreación y Deporte, Desarrollo Económico, Educación y Salud y el director o directora del Instituto de la Participación y Acción Comunal o sus delegadas o delegados.

Toda vez que, la creación de la Secretaria Distrital de la Mujer realizada por el Acuerdo 490 de 2012, es posterior al acta de conformación de Consejo Consultivo, se debe adicionar el citado Acuerdo 371 a efectos de incluir dicha entidad mediante un acto administrativo de igual categoría, es decir un Acuerdo del Consejo Distrital de Bogotá, D.C., el cual se debe tramitar a iniciativa del Alcalde Mayor2 por conducto de los Secretarios de Despacho.

En conclusión, la inclusión de la Secretaría Distrital de la Mujer en el Consejo Consultivo LGBT creado por el Acuerdo 371 de 2009, se debe realizar a través de un Acuerdo del Consejo dando aplicación a lo señalado en el Capítulo II del Decreto 190 de 20103 y a las Circulares 027 de 2008 y 047 de 2012 del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. por las cuales se establecen criterios y lineamientos relacionados con el Sistema de Coordinación Distrital así como señalan algunas precisiones en relación con el trámite de los proyectos de Acuerdo de iniciativa de la Administración.

 

Cordialmente,

 

SANDRA YANETH TIBAMOSCA VILLAMARÍN

 

Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 "Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas-LGBT- y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

2 Artículo 13 del decreto 1421 de 1994.

3 "Por el cual se regula el procedimiento para las relaciones político - normativas con el Concejo de Bogotá, D. C. y se dictan otras disposiciones"