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Acuerdo 3 de 2014 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER

Fecha de Expedición:
30/09/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5447 de octubre 08 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 003 DE 2014

 

(Septiembre 30)

 

“Por el cual se establece la planta de personal del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER-”

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO -IDIGER-

 

En ejercicio de las  facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el literal d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 6 del artículo 6 del Decreto 173 de 2014 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 546 de 2013 transformó el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias FOPAE, en el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER, establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

Que el Artículo 35 del Acuerdo 546 de 2013, establece que “para todos los efectos legales las/los servidores públicos/as que vienen prestando sus servicios en el FOPAE, se incorporarán en el IDIGER, sin solución de continuidad a cargos de igual o equivalente jerarquía, garantizando los derechos adquiridos y las garantías laborales protegidas por la Ley.

 

Que el numeral 6 del artículo 6º del Decreto  173 de 2014 establece como función del Consejo Directivo del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER: “Aprobar la planta de empleos, la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos y emolumentos de los servidores y servidoras de la entidad, de acuerdo con las normas sobre la materia y la política que para el efecto establezca el CONFIS Distrital. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la entidad.”.

 

Que  el Director General del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER, previas las consideraciones legales y administrativas pertinentes solicitó concepto para la aprobación de la Planta de Cargos, obteniendo la viabilidad por parte del Departamento Administrativo del Servicio Civil mediante oficio No. 2014EE2090 del 29 de septiembre de 2014.

 

Que en el mismo sentido, se presentó solicitud de viabilidad económica y financiera a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, obteniéndose la correspondiente aprobación mediante oficio No. 2014EE210172 del 30 de septiembre de 2014, con la que se garantiza el cubrimiento presupuestal para los gastos en que se incurra por los diferentes conceptos que afectan la nómina de personal.

 

Que se hace necesario establecer la Planta de Cargos del IDIGER de acuerdo con la nomenclatura y clasificación vigentes, tomando como referencia la de la Administración Central a efectos de avanzar en el proceso de unificación de nomenclatura y clasificación de cargos, en concordancia con las políticas del gobierno Distrital y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que en mérito de lo expuesto,

Ver Acuerdo IDIGER 004 de 2015.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1º- Establecer la siguiente planta de cargos, para la realización de los fines institucionales del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER, antes Fondo de Prevención y Atención de Emergencias – FOPAE, así:

 

No. CARGOS

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

Uno (1)

Director General

050

09

Uno (1)

Asesor

105

04

Dos (2)

Asesor Suprimido por el art. 1, Acuerdo IDIGER 004 de 2015.

105

03

PLANTA GLOBAL

NIVEL DIRECTIVO

Tres (3)

Subdirector Técnico

068

07

Uno (1)

Subdirector Administrativo

068

07

NIVEL PROFESIONAL

Siete (7)

Profesional Especializado

222

29

Diez (10)

Profesional Especializado

222

23

Uno (1)

Almacenista General

215

23

NIVEL TÉCNICO

Uno (1)

Técnico Operativo

314

19

NIVEL ASISTENCIAL

Tres (3)

Auxiliar Administrativo

407

18

Treinta (30)

TOTAL

 

ARTÍCULO 2º.- Se faculta al Representante Legal del IDIGER para efectuar la distribución de los empleos de la Planta y de los servidores de acuerdo con las necesidades, planes, proyectos y políticas de la entidad.

 

ARTÍCULO 3º.- Los empleados públicos que se encuentran vinculados a la planta de personal del IDIGER, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 del Acuerdo No. 546 del 27 de Diciembre de 2013, se incorporarán automáticamente.

 

PARÁGRAFO: A los empleados públicos incorporados no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados, y sólo requerirán de la firma del acta de incorporación.

 

ARTÍCULO 4º.- El Director General del IDIGER, mediante Resolución, expedirá el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad.

 

ARTÍCULO 5º.-  El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá., Distrito Capital, a los 30 días del mes de septiembre del año 2014.

 

GUSTAVO PETRO URREGO

 

Presidente

 

Consejo Directivo IDIGER

 

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

 

Secretaria

 

Consejo Directivo IDIGER

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5447 de octubre 08 de 2014