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Resolución 560 de 2014 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
15/10/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5457 de octubre 23 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 560 DE 2014


(Octubre 15)


 Derogada por el art. 11, Resolución 1030 de 2020.

 

Por la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución No. 328 de 2014

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO


En uso de sus atribuciones legales, en especial la consagrada en el artículo 3 del Decreto Distrital 065 de 2002,  y,


Nota: Esta Resolución había sido derogado por el art. 7 de la Resolución 816 de 2018, no obstante esta norma fue derogada a su vez por el art. 1 de la Resolución 994 de 2018.


CONSIDERANDO:

Que en el artículo tercero del Decreto Distrital 065 de 2002, el Alcalde Mayor de Bogotá asignó a la Secretaría Distrital de Gobierno la definición de las directrices que los/as inspectores/as de policía deberán observar para la correcta atención de los asuntos de naturaleza policiva, los relacionados con la convivencia ciudadana y las comisiones judiciales.

Que en desarrollo de la asignación antes relacionada, mediante la Resolución No. 1578 del 14 de Noviembre de 2002, la Secretaría Distrital de Gobierno estableció los procedimientos para la organización y funcionamiento de las Inspecciones de Policía de Bogotá.

Que a su vez mediante la Resolución 328 del 16 de julio de 2014 se modificaron los  artículos 7 y 8 de la Resolución 1578 de 2002, eliminando la radicación en libros para la asignación de números consecutivos de identificación de los expedientes y para el registro de las fechas de atención de diligencias dentro de los despachos comisorios y de querellas,  y en su lugar integrar el uso del aplicativo “SI ACTÚA”.

Que mediante comunicación 20145310465713 del 10 de septiembre de 2014, el Director de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia de esta Secretaría, recomendó ajustar la Resolución 328 de 2014, en el sentido de excluir de su articulado la obligación de registrar en el aplicativo “SI ACTÚA”, la información sobre la fechas en las que se van a adelantar las medidas cautelares  que son ordenadas dentro de los despachos comisorios, en aras de preservar la reserva propia de estas comisiones civiles.

Que el Código General del Proceso expedido con la Ley 1564 del 12 de julio de 2012 señala en el artículo 39 sobre el otorgamiento y práctica de la comisión que cuando no se trate de la práctica de pruebas, el comisionado fijará para tal efecto el día más próximo posible y la hora para su iniciación, en auto que se notificará por estado.

Que atendiendo la necesidad de salvaguardar la información que la seguridad jurídica exige cuando se trata de la práctica de medidas cautelares en las comisiones civiles, se acoge la recomendación realizada por el Director de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia.

Que por lo anterior,

 

RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO.- Modificar el artículo segundo de la Resolución 328 del 16 de julio de 2014 así:

“ARTÍCULO 2.- El artículo 8 de la Resolución 1578 de 2002 quedará así:

“ARTÍCULO 8.- La asignación de fechas para las diligencias en los asuntos a cargo de las Secretarías Generales de Inspecciones y las Inspecciones de Policía, se consignarán directamente en el aplicativo “SI ACTÚA”, ciñéndose estrictamente al orden cronológico de llegada.

PARÁGRAFO.- Se exceptúan de consignar en el aplicativo “SI ACTÚA”  el/los auto/s a través de los cuales se fija la/s fecha/s de las diligencias para la práctica de medidas cautelares ordenadas en las comisiones civiles”. 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las demás disposiciones de la Resolución 328 del 16 de julio de 2014 se mantienen sin modificación.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a  partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre del año 2014.

 

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER

Secretaria Distrital de Gobierno

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5457 de octubre 23 de 2014