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Decreto 2046 de 1995 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
27/11/1995
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/11/1995
Medio de Publicación:
Publicado en el Diario Oficial No. 42.124 de Noviembre 27 de 1995
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DN20461995

DECRETO 2046 DE 1995

(Noviembre 27)

"Por el cual se distribuyen unos negocios".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de la que le confiere el artículo 189, numeral 17 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Cuando haya lugar a celebrar contratos que tengan por objeto disponer de un inmueble que figure a nombre de la Nación, sin indicar el Ministerio o Departamento Administrativo respectivo, para determinar el Ministro o Director de Departamento Administrativo competente para celebrar el contrato en nombre de la Nación, en ejercicio de las facultades que le fueron delegadas, se tendrá en cuenta la entidad a cuyo cargo se encuentre la administración del inmueble.

Si se ha conferido a una entidad descentralizada la administración del inmueble o el loteo del mismo, corresponderá al Ministerio o Departamento Administrativo al cual se encuentre adscrita o vinculada la entidad, celebrar los contratos cuyo objeto sea disponer del bien.

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 27 días del mes de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Manuel Turbay Marulanda.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 42.124 de Noviembre 27 de 1995.