Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
AUTO 004/09 CORTE CONSTITUCIONAL-Protección de derechos fundamentales de personas e indígenas desplazados
por el conflicto armado en el marco de superación del estado de cosas
inconstitucional declarado en sentencia T-025/04 CORTE CONSTITUCIONAL-Riesgo de exterminio de pueblos indígenas por desplazamiento o muerte
natural o violenta de sus integrantes CONFLICTO ARMADO E IMPACTO
SOBRE FACTORES DE DESPLAZAMIENTO O CONFINAMIENTO-Afectación diferencial de los pueblos indígenas DESPLAZAMIENTO DE GRUPOS INDIGENAS-Afectación aguda y diferencial DESPLAZAMIENTO FORZADO-Respuesta estatal a la situación de los pueblos indígenas en Colombia CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Focalización de la situación
de los pueblos indígenas colombianos CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO DE PUEBLOS INDIGENAS-Valoración
jurídico constitucional CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Wiwa CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Kankuamo CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas Arhuaco y Kogui CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas de la Costa Atlántica CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Wayúu CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas de las familias Embera y Wounaan CONFLICTO ARMADO Y DESPLAZAMIENTO
FORZADO-Situación del pueblo indígena Embera-Katío CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Embera-Dobidá CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Embera-Chamí CONFLICTO ARMADO Y DESPLAZAMIENTO
FORZADO-Situación de los pueblos indígenas de la Región
Andina Colombiana CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Awá CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Nasa Páez CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas de la Amazonía Colombiana CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Koreguaje CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Kofán CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Siona CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación de los pueblos
indígenas de la Orinoquia Colombiana CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Betoye CONFLICTO ARMADO Y
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Situación del pueblo indígena
Nukak-Makú Referencia: Protección de los derechos fundamentales de las personas y
los pueblos indígenas desplazados por el conflicto armado o en riesgo de
desplazamiento forzado, en el marco de la superación del estado de cosas
inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004, después de la sesión
pública de información técnica realizada el 21 de septiembre de 2007 ante la
Sala Segunda de Revisión. Magistrado Ponente: Dr. Manuel José Cepeda Espinosa Bogotá, D.C., veintiséis
(26) de enero de dos mil nueve (2009) La Sala Segunda de
Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José
Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, ha adoptado la presente
providencia con el objeto de proteger los derechos fundamentales de las
personas y los pueblos indígenas desplazados por el conflicto armado o en
riesgo de desplazamiento forzado, en el marco de la superación del estado de
cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004, después de
haber convocado una sesión de información técnica el día 21 de septiembre de
2007 con la participación de distintas comunidades indígenas del país y
organizaciones que promueven sus derechos, y de haber analizado los informes
que le fueron presentados después de dicha sesión. I. ANTECEDENTES Y
FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE DECISION En
el presente Auto, la Corte abordará de manera prioritaria el mayor riesgo que
se cierne sobre los pueblos indígenas, es decir, el del exterminio de algunas
comunidades, sea desde el punto de vista cultural en razón al desplazamiento y
dispersión de sus miembros como desde el punto de vista físico debido a la
muerte natural o violenta de sus integrantes. La Sala adopta esta determinación
en razón a la enorme gravedad de su situación, sin perjuicio de que respecto de
las demás etnias y sus integrantes el Gobierno Nacional aplique una política
que incorpore el enfoque diferencial de diversidad étnica y cultural a que
tienen derecho los indígenas desplazados, confinados o en peligro de
desplazamiento. AFECTACIÓN DIFERENCIAL
DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS POR EL CONFLICTO ARMADO Y SU IMPACTO SOBRE LOS
FACTORES DE DESPLAZAMIENTO O CONFINAMIENTO 1.
Algunos pueblos indígenas de Colombia
están en peligro de ser exterminados – cultural o físicamente- por el conflicto armado interno, y han sido
víctimas de gravísimas violaciones de sus derechos fundamentales individuales y
colectivos y del Derecho Internacional Humanitario. El
conflicto armado colombiano amenaza con el exterminio cultural o físico a numerosos pueblos indígenas del país. En el
curso de la última década, el conflicto armado, reorientado por actividades
relacionadas con el narcotráfico, que se desarrolla en Colombia se ha
convertido en el principal factor de riesgo para la existencia misma de docenas
de comunidades y pueblos indígenas a lo largo del territorio nacional, a través
de complejos elementos que la Corte reseñará en el presente Auto. Esta amenaza
ha sido la causa principal del desplazamiento de los indígenas. Todos
los que han tomado parte en este conflicto armado –principalmente los grupos
guerrilleros y los grupos paramilitares pero también, en ocasiones, unidades y
miembros claramente identificados de la Fuerza Pública, así como grupos
delincuenciales vinculados a distintos aspectos del conflicto interno-
participan de un complejo patrón bélico que, al haberse introducido por la
fuerza de las armas dentro de los territorios ancestrales de algunos de los
pueblos indígenas que habitan el país, se ha transformado en un peligro cierto
e inminente para su existencia misma, para sus procesos individuales de
consolidación étnica y cultural, y para el goce efectivo de los derechos
fundamentales individuales y colectivos de sus miembros. El
amplísimo cúmulo documental que ha sido aportado a la Corte Constitucional -el cual sirve de base para la descripción
detallada que se hace en el anexo a esta providencia de la situación de las
etnias más afectada, de la grave afectación de sus derechos colectivos
fundamentales, de los delitos de los cuales han sido víctimas, así como de su
relación con el desplazamiento - en el marco del proceso de seguimiento a la
superación del estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025
de 2004, no deja duda alguna sobre la forma cruenta y sistemática en la que los
pueblos indígenas de Colombia han sido victimizados por un conflicto al cual
son completamente ajenos y ante el cual se han declarado, de manera repetida,
autónomos y neutrales, clamando a los grupos armados ilegales que respeten sus
vidas, su integridad colectiva y sus territorios. Es
una emergencia tan grave como invisible. Este proceso no ha sido reconocido aún
en sus reales dimensiones, por las autoridades encargadas de preservar y
proteger a los pueblos indígenas del país. Mientras que numerosos grupos
indígenas son atacados, desplazados y desintegrados en todo el territorio
nacional por los actores armados que operan en Colombia y por los distintos
factores subyacentes al conflicto y vinculados al mismo, el Estado y la
sociedad colombianos continúan preciándose de su carácter multicultural, de sus
riquezas étnicas y de distintos aspectos de las culturas indígenas nacionales.
Esta contradicción entre la realidad y la representación generalizada de dicha
realidad ha sorprendido a la Corte Constitucional, no sólo por su crueldad
inherente, sino por revelar una actitud de indiferencia generalizada ante el
horror que las comunidades indígenas del país han debido soportar en los
últimos años – indiferencia que en sí misma es un menosprecio de los postulados
constitucionales básicos que nos rigen como Estado Social de Derecho fundado en
el respeto de la diversidad étnica y cultural. La Sala Segunda de Revisión,
ante la información recibida, se encuentra obligada por la Carta Política a
actuar con toda la determinación. El
estado de temor entre las comunidades por el conflicto armado; el dolor causado
entre individuos, familias y comunidades aborígenes por los diversos crímenes
de los que han sido víctimas; el miedo a que estas atrocidades se repitan o la
situación se empeore; y la desesperanza y el escepticismo frente a un Estado
que no ha reaccionado como lo exige la justicia ante su tragedia, se han
perpetuado en la memoria individual y colectiva de estos pueblos. El silencio
sobre la violencia y la situación ha sido la regla general hasta ahora, por
miedo, dolor e impotencia; sin embargo, las comunidades mismas han resuelto
recientemente esforzarse por visibilizar y denunciar su situación. Un
pequeño grupo de individuos y comunidades indígenas tienen medidas
interamericanas –cautelares y provisionales- de protección, en respuesta a sus
valientes esfuerzos de movilización y visiblización internacionales de su
situación; no obstante, por regla general estas medidas han sido ineficaces, no
han paliado la violencia, y de hecho han precedido en el tiempo sus períodos de
más grave agudización. En
muchos otros casos, ha habido advertencias y alertas tempranas o informes de
riesgo, bien sea emitidas por las mismas comunidades, sus organizaciones y sus
líderes, bien sea dentro del Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del
Pueblo; pero igual, pese a los anuncios, han acaecido los crímenes o los
desplazamientos que se temen, ante la franca indiferencia, la pasividad o la
impotencia de las autoridades competentes. Los
grupos indígenas colombianos están particularmente indefensos y expuestos al
conflicto armado y sus consecuencias, particularmente el desplazamiento. Deben
soportar los peligros inherentes a la confrontación sobre la base de
situaciones estructurales preexistentes de pobreza extrema y abandono
institucional, que operan como factores catalizadores de las profundas
violaciones de derechos humanos individuales y colectivos que ha representado
para ellos la penetración del conflicto armado en sus territorios. 2. Complejidad de los
factores propios del conflicto armado o conexos a él
que operan como causas de la eliminación, el desplazamiento y la desintegración
de los pueblos indígenas. No
se pueden hacer afirmaciones generales sobre los factores causales que han
desencadenado la situación actual, porque se trata de un grupo muy complejo de elementos
que interactúan en forma diversa de acuerdo con cada pueblo y cada comunidad.
Por eso, la Corte ha asumido una perspectiva específica en relación con pueblos
y comunidades concretas que, de acuerdo a la información que le ha sido
provista por numerosas fuentes, son víctimas del conflicto armado en el país.
Como se verá, no son menos de treinta
las etnias que en este momento pueden considerarse como en estado de alto
riesgo de exterminio cultural o físico por causa del conflicto armado y del
desplazamiento forzado. No
obstante lo anterior, la Corte Constitucional ha identificado claramente una
serie de factores comunes, que constituyen los troncos principales de la
confrontación que se cierne sobre los pueblos indígenas del país, y que
dependiendo del contexto geográfico, socioeconómico y cultural del cual se
trate, se entrelazarán de manera distinta sobre cada comunidad en particular.
Estos factores se agrupan en tres categorías principales: (1) las
confrontaciones que se desenvuelven en territorios indígenas entre los actores
armados, sin involucrar activamente a las comunidades indígenas y sus miembros,
pero afectándolos en forma directa y manifiesta; (2) los procesos bélicos que
involucran activamente a los pueblos y comunidades indígenas, y a sus miembros
individuales, en el conflicto armado; y (3) los procesos territoriales y
socioeconómicos conexos al conflicto armado interno que afectan sus territorios
tradicionales y sus culturas. A su vez, estos factores operan sobre la base de
una serie de procesos territoriales y socioeconómicos que, sin tener relación
directa con el conflicto armado, resultan exacerbados o intensificados por
causa de la guerra. 2.1.
Confrontaciones que se desenvuelven en
territorios indígenas entre los actores armados, sin involucrar activamente a
las comunidades indígenas o a sus miembros, pero afectándolos directamente. Estas
confrontaciones tienen, en términos generales, las siguientes manifestaciones: 2.1.1.
Incursiones y presencia de grupos armados ilegales en territorios indígenas, en
ocasiones seguidas de una fuerte militarización del territorio por parte de la
Fuerza Pública. 2.1.2.
Confrontaciones armadas entre grupos armados ilegales, o entre éstos y la
Fuerza Pública, en territorios indígenas, o cerca de éstos. 2.1.3.
Ocupación de lugares sagrados por los grupos armados ilegales y por unidades de
la Fuerza Pública. 2.1.4.
Instalación de bases militares en territorios indígenas sin consulta previa. 2.1.5.
Instalación de minas antipersonal y abandono de municiones sin explotar
(MAP/MUSE) en sus territorios; muchos de los casos reportados de victimización
por estos artefactos corresponden, de hecho, a personas pertenecientes a grupos
indígenas. 2.2. Procesos bélicos
que involucran activamente a los pueblos y comunidades indígenas y a sus
miembros individuales en el conflicto armado. 2.2.1.
Señalamientos. El señalamiento es la fuente de la mayoría de las violaciones
graves de derechos humanos de los pueblos indígenas en el país, y la
consecuencia primaria de la penetración de sus territorios por los grupos
armados ilegales. Esto desencadena, luego, la intervención de la Fuerza
Pública. El patrón estructural y
reiterado que se ha acreditado ante la Corte consiste en que se les señala
individual y colectivamente, de manera arbitraria e infundada, de ser
colaboradores del grupo armado opuesto o de la Fuerza Pública. El señalamiento
es especialmente frecuente en los casos de (a) incorporación o utilización de
indígenas como informantes por parte de la Fuerza Pública, o (b) presencia
temporal de las Fuerzas Armadas o los grupos armados ilegales dentro de sus
territorios, con ocupación de viviendas, edificios comunitarios, etc. Estos
señalamientos con frecuencia resultan en homicidios, en amenazas, en desapariciones
o, en algunos casos, en lo que se ha conocido como “falsos positivos”
reportados por ciertos integrantes de la Fuerza Pública – es decir,
desapariciones de individuos indígenas que son retenidos por grupos armados y
posteriormente se reportan, en forma infundada, como guerrilleros dados de baja
en combate por algún integrante de la Fuerza Pública. 2.2.2.
Asesinato selectivo de líderes, autoridades tradicionales y miembros
prominentes de las comunidades indígenas. Los homicidios selectivos se han
presentado en diferentes lugares del territorio nacional, y obedecen a
distintas causas: el ánimo de intimidación o de aterrorizamiento de la
población; la voluntad de generar el desplazamiento individual, familiar o
colectivo; en tanto retaliación por oponerse a la presencia de grupos armados o
al involucramiento de sus comunidades en el conflicto; en retaliación por
denunciar delitos y tratar de hacer efectivos los derechos de las víctimas; en
desarrollo de intereses territoriales no indígenas frente a procesos de
reivindicación territorial. Las cifras de homicidios selectivos dentro de las
comunidades indígenas en la última década, son manifiestamente sobrecogedoras.
En cada uno de los pueblos estudiados en detalle por la Corte se han
presentado, y, además, hay pueblos como los Coreguaje, los Wiwa, los Awá, los
Kankuamo o los Embera-Katío que reportan tasas de homicidios selectivos
altísimas e inclusive masacres. 2.2.3.
Amenazas, hostigamientos y persecuciones de individuos, familias y comunidades
por los actores armados ilegales y por algunos miembros individuales de la
Fuerza Pública. 2.2.4.
Confinamientos de familias y comunidades enteras, por las guerrillas, los
grupos paramilitares, o por virtud de la presencia de minas antipersonal. Estos
confinamientos, que son radicales y se imponen mediante órdenes terminantes de
no movilización o por ocupación de las vías usuales de acceso a los
territorios, generan como primera consecuencia graves situaciones de
desabastecimiento alimentario y de salud, y sumen a los pueblos afectados en
situaciones de total incomunicación durante períodos prolongados de tiempo que
pueden durar varios meses. 2.2.5.
Controles sobre la movilidad de personas, alimentos, medicamentos,
combustibles, bienes y servicios básicos y ayuda humanitaria de emergencia, por
los actores armados ilegales y, en ocasiones, por miembros de la Fuerza
Pública. Junto con los controles de movilidad a menudo se reporta la
incautación y robo de alimentos y bienes. A través de los controles se producen
señalamientos cuando, por ejemplo, se transita con alimentos, medicamentos o
combustible para comunidades o familias. Las restricciones de movilidad,
expresas o derivadas de la presencia y enfrentamientos de los actores armados,
impiden el uso tradicional de los territorios étnicos, causando el
desequilibrio de las estructuras culturales y económicas que dependen de esa
movilidad. Asímismo, generan graves situaciones de desabastecimiento que
desembocan en inseguridad alimentaria, crisis en la salud, y falta de atención
a necesidades básicas de comunidades enteras.
2.2.6.
Irrespeto reiterado a las autoridades tradicionales indígenas por parte de los
actores armados ilegales y, en ocasiones, por miembros de la fuerza pública. 2.2.7.
Controles de comportamiento y de las pautas culturales propias por parte de los
grupos armados ilegales. Estos controles se materializan, entre otras, en el
establecimiento de reglamentos y códigos de conducta y control que se ejecutan
mediante amenazas e intimidaciones, y que impiden de raíz el desarrollo de las
prácticas culturales autóctonas. 2.2.8.
Reclutamiento forzado de menores, jóvenes y miembros de la comunidad por
actores armados irregulares, con las gravísimas repercusiones que ello conlleva
tanto para su vida e integridad personal, como para la seguridad de sus
familias y comunidades de origen. En general, la situación de los menores de
edad indígenas es de especial exposición y vulnerabilidad, según se documentó
en el Auto 251 de 2008 de la Corte Constitucional. 2.2.9.
Apropiación y hurto de bienes de subsistencia de las comunidades (cultivos,
productos, animales, insumos básicos) por los actores armados ilegales y en
algunos casos por la Fuerza Pública. 2.2.10.
Prostitución forzada, violencia sexual y enamoramiento de mujeres y jóvenes
indígenas como táctica bélica, principalmente por parte de los actores armados
ilegales. Estos patrones materializan los riesgos especiales de género de la
mujer indígena en el conflicto armado, tal y como fueron documentados en el
Auto 092 de 2008 de la Corte Constitucional. De hecho, muchísimos casos de
violencia sexual que fueron denunciados por la Corte ante las autoridades
competentes tienen por víctimas mujeres, niñas y adolescentes indígenas en todo
el país. 2.2.11.
Homicidio, amenaza y hostigamiento de maestros, promotores de salud y
defensores de los derechos de los indígenas por los actores armados
irregulares. 2.2.12.
Ocupación temporal de escuelas, viviendas y edificios comunitarios por los
actores armados ilegales y, en ocasiones, por miembros de la Fuerza Pública. 2.2.13.
Utilización de las comunidades como escudos humanos durante los
enfrentamientos, por parte de los actores armados ilegales. 2.3. Procesos
territoriales y socioeconómicos conexos al conflicto armado interno que afectan
los territorios tradicionales y las culturas indígenas. Los
pueblos indígenas colombianos también han sido afectados por ciertos procesos
de índole territorial y socioeconómica que se entrelazan con los procesos
bélicos propiamente dichos, a través de múltiples y complejos patrones que
redundan en mayores violaciones de sus derechos fundamentales individuales y
colectivos. Entre estos procesos territoriales y socioeconómicos, la Corte ha
de resaltar tres en particular por su grave impacto sobre la integridad étnica
de los pueblos indígenas: 2.3.1.
El despojo territorial simple por parte de actores con intereses económicos
sobre las tierras y recursos naturales de propiedad de las comunidades
indígenas –sea porque forman parte de sus resguardos, porque están en proceso
de titulación, porque forman parte de los territorios de proyección y
ampliación de los resguardos, o porque forman parte de su territorio ancestral
y aun no han sido reconocidas como tales por las autoridades-, así como por parte
de colonos que invaden sus territorios. La precariedad en la titulación de
tierras en algunos casos es un factor que facilita ampliamente el despojo y la
invasión territorial; de esta manera, existe un entrelazamiento de los procesos
de ampliación y saneamiento de resguardos con ciertos factores conexos al
conflicto armado (presencia de actores armados, de cultivos ilícitos, o de
actividades militares en zonas de ampliación). 2.3.2.
El desarrollo de actividades económicas lícitas o ilícitas en territorios
indígenas. Especialmente preocupante en este sentido es la presencia creciente
y registrada de cultivos ilícitos –principalmente coca - y el desarrollo dentro
de sus territorios, por actores externos, de distintas actividades vinculadas
al tráfico de drogas; pero también se ha reportado, como se verá en el anexo,
el desarrollo de actividades lícitas de explotación de recursos naturales, en
forma irregular, por actores económicos del sector privado o por los grupos
armados ilegales –tales como explotación maderera indiscriminada, siembra y
explotación de monocultivos agroindustriales, explotación minera irregular, y
otras actividades afines-. A menudo estas actividades afectan los lugares
sagrados de los grupos étnicos, con el consiguiente impacto destructivo sobre
sus estructuras culturales; de por sí, se ha reportado que generan altos
índices de deforestación y daño ambiental dentro de sus resguardos. En
este sentido ha de resaltarse que múltiples grupos indígenas han denunciado
estrategias de violencia por parte de los actores armados interesados, o bien
en la realización directa de megaproyectos agrícolas y de explotación de
recursos naturales, o bien en el apoyo a ciertas empresas y actores económicos
que desarrollan estos proyectos, y con los cuales se han asociado para lucrarse
con los beneficios de tales actividades. Según se denuncia –y se reseña más
adelante en el anexo-, aparentemente algunos actores económicos se han aliado
con los actores armados irregulares para generar, dentro de las comunidades
indígenas, actos de violencia que eliminen o desplacen a los indígenas de sus
territorios ancestrales, despejando así el camino para la implementación de
estos proyectos productivos. Ello se deriva, esencialmente, de la existencia de
intereses comerciales extensivos en los recursos naturales de sus territorios.
En algunos lugares del país es claro que se han vinculado los actores del
conflicto armado con intereses económicos, vinculación que es una de las
principales causas de desplazamiento forzado. 2.3.3.
Fumigaciones de cultivos ilícitos sin el lleno de los requisitos de consulta
previa ordenados por la Corte Constitucional en la sentencia SU-383 de 2003, y
con efectos indiscriminados tanto sobre los cultivos lícitos de pancoger y de
subsistencia de las comunidades, como sobre el hábitat de subsistencia (para
caza, pesca, bosque). Los procesos de fumigación, que responden a la presencia
incremental de cultivos ilícitos en sus territorios, han sido objeto de quejas
reiteradas por parte de numerosas comunidades indígenas a lo largo del país, en
el sentido de que han generado afectaciones de la salud, tanto por la
contaminación de alimentos, animales domésticos y fuentes de agua, como por la
generación de problemas dermatológicos, respiratorios y otros entre los
miembros de las comunidades. 2.4. Procesos
socioeconómicos que, sin tener relación directa con el conflicto armado,
resultan exacerbados o intensificados por causa de la guerra. El
anterior cuadro de factores bélicos opera sobre la base de una serie de
situaciones y procesos pre-existentes que aquejan a las comunidades indígenas
del país y que resultan claramente exacerbados por virtud del conflicto armado
y sus manifestaciones, a saber: 2.4.1.
La pobreza y sus consecuencias. 2.4.2.
La inseguridad alimentaria y sus consecuencias; agravada por apropiación,
destrucción por conflicto armado, restricciones de movilidad. 2.4.3.
Condiciones de salud deterioradas que se agravan por el conflicto armado; en
particular, mortalidad infantil alta, y altas tasas de enfermedades
prevenibles. 2.4.4.
La invisibilidad preexistente por censos y estadísticas divergentes. El
desplazamiento forzado y la desintegración étnica y cultural resultantes del
conflicto armado hacen aún más difícil el registro preciso sobre el panorama
étnico del país. 2.4.5.
El debilitamiento étnico y social y la aculturación prevalecientes. 3.
La tierra como factor común subyacente a
la afectación de los pueblos indígenas por el conflicto. Los
pueblos indígenas están especialmente expuestos, en indefensión, al conflicto
armado y al desplazamiento, principalmente por su situación ante la tierra. La
titulación formal de tierras y la constitución de resguardos en la práctica no
garantizan la posesión material por las comunidades; de hecho sus territorios,
sean o no parte de resguardos, son apropiados por grupos armados ilegales,
delincuentes/narcotraficantes, colonos, y agentes movidos por interese
económicos. O bien, el conflicto armado ha exacerbado conflictos territoriales
preexistentes, en los cuales las partes no indígenas se han aprovechado de, o
aliado con, las actividades de los grupos armados ilegales, en detrimento de
los grupos étnicos. El
interés de los actores no indígenas sobre la tierra se deriva de varios
factores: por recursos naturales, por su valor militarmente estratégico, por su
valor económico, y por la distancia de centros urbanos. Las partes interesadas
pueden ser actores armados o no armados, legales e ilegales, y a menudo se
entrelazan. Los conflictos territoriales se resuelven violentamente, en
detrimento de los indígenas, con graves violaciones de derechos humanos y del
DIH, por su incorporación a un conflicto que no les pertenece. Esta variedad de
manifestaciones se deduce del anexo al presente auto. Simultáneamente,
para los pueblos indígenas la importancia de sus territorios para sus culturas
y su subsistencia e integridad étnicas, hace más lesivos tanto los factores
causales del desplazamiento como el desplazamiento en sí mismo. Según
la ONIC, en comunicación de junio de 2006: “En
todos los casos de desplazamiento estudiados por la ONIC, existen territorios
no legalizados o en disputa. Las zonas de mayor presión por el control y uso de
tierras a través del desplazamiento, corresponden a los territorios colectivos
de nuestros pueblos indígenas. Las zonas de colonización y de aplicación de
políticas de fumigación presentan igualmente elevados índices de expulsión
referidos a conflictos por el uso y dominio de la tierra. En este sentido, el
patrón de confluencia de tierra y recursos naturales en manos de grupos étnicos
o en posesión de colonos, sumados a la expectativa de valorización de la tierra
en los últimos cinco años coincide con las áreas críticas de expulsión de la
población. [Consultoría para los derechos humanos y el desplazamiento CODHES,
Boletines Trimestrales 37-44, 1999-2003]. // La persistencia del desplazamiento
de aquellos municipios con resguardos indígenas pendientes de titulación, es
demasiado alta como para desestimarla en tanto factor de alta incidencia en la
explicación de estos procesos. (…) Estudios recientes [CODHES/Corporación
Opción Legal, 2004] muestran que en el año 2002 sólo 8 (5.29%) de los 151
municipios que tenían resguardos en trámite no reportaron cifras de población
indígena desplazada; es decir, el 94.7% de los municipios con resguardos en
trámite expulsaron población. Mientras que en el año 2003, el 93.37% de los
municipios con resguardos en trámite expulsaron población y el porcentaje de
los que no expulsaron representó sólo el 6.62%.” El
problema de la tierra también causa conflictos interétnicos que afectan los
derechos fundamentales individuales y colectivos de los pueblos indígenas, e
incide en el impacto del desplazamiento sobre las respectivas étnias. 4. Impacto diferencial
del conflicto armado sobre los grupos indígenas, reflejado principalmente en
los alarmantes patrones de desplazamiento forzado Como
se describe en la presente providencia, los pueblos indígenas están atrapados
en medio del conflicto, sin que ninguna de las partes respete su no
involucramiento ni su especial protección ni reconozca su particular
vulnerabilidad y fragilidad. El
conflicto armado en general empeora la situación preexistente de muchos pueblos
indígenas, y desemboca en desplazamiento forzado. El conflicto genera
desintegración comunitaria y familiar por la muerte de los líderes, amenazas,
señalamientos, reclutamiento de miembros. Se desmiembran las organizaciones y
se lleva a las comunidades a situaciones de alta vulnerabilidad. Colombia ya
tenía varios pueblos en riesgo de extinción por factores socioeconómicos;
pero ahora el conflicto armado ha
introducido varios pueblos nuevos en la lista de quienes padecen este riesgo,
generando situaciones de urgencia que no han recibido una respuesta estatal
acorde a su gravedad. El
conflicto armado genera la imposibilidad de movilizarse por el territorio,
afectando el trabajo colectivo y las estructuras culturales que dependen de
él. Afecta la educación por ocupación de
escuelas y asesinato o intimidación de maestros. Los bloqueos, confinamiento,
amenazas y señalamientos impiden el acceso para prestación del servicio de
salud, y también impiden la realización de prácticas medicinales propias. La
situación causa la pérdida de confianza entre miembros de la comunidad,
afectando la integración comunitaria y las prácticas socioculturales propias. El
conflicto armado y sus procesos económicos conexos generan asimismo daño
ambiental, disminuyendo la caza y la pesca y causando inseguridad alimentaria;
pérdida de la posibilidad de autosostenimiento con prácticas propia así como
incremento de las muertes por desnutrición, sumadas a desnutrición e
inseguridad alimentaria por confinamientos y bloqueos, como se describe en el
anexo respecto de algunos pueblos indígenas. Las
violaciones de derechos humanos que ocurren en el marco del conflicto armado
tienen repercusiones colectivas muy fuertes en las comunidades indígenas,
porque causan desequilibrios y traumas culturales, rupturas étnicas, y
afectación de la memoria cultural del pueblo. Para
la Corte Constitucional, en fin, es claro que la afectación diferencial de los
pueblos indígenas por el conflicto armado constituye un proceso destructivo de
la diversidad étnica y cultural del país, que es invisible para la sociedad y
el Estado colombianos. AFECTACION AGUDA Y
DIFERENCIAL DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO SOBRE LOS GRUPOS INDIGENAS. El
agudo impacto que ha tenido el conflicto armado sobre los grupos indígenas del
país se ha traducido, principalmente, en alarmantes patrones de desplazamiento
forzado, tanto masivo como individual, que han incrementado a lo largo de la
última década y hoy en día se ciernen como una de las más serias amenazas para
la supervivencia a corto plazo de las etnias de Colombia. Por sus secuelas
destructivas sobre el tejido étnico y cultural de estos grupos, el
desplazamiento forzado genera un claro riesgo de extinción, cultural o
física, de los pueblos indígenas. Los
que ya estaban en riesgo con anterioridad al impacto del conflicto armado, se
acercan al fin; los que no, entran en la categoría de alto riesgo de extinción
cultural y física. Estas afirmaciones se demuestran con nitidez en los
capítulos subsiguientes de la presente providencia. Diversas
organizaciones coinciden en la apreciación sobre el carácter incremental del
desplazamiento forzado indígena. Por ejemplo, CECOIN reporta un incremento del
desplazamiento forzado indígena: de más de 5100 personas en 2002, 4602 en 2003,
7901 en 2004, 23700 en 2005, 5487 en 2006; principalmente en el Chocó, la
Guajira, Nariño, Cauca y Huila (CECOIN, agosto 2006). El
desplazamiento forzado indígena tiene sus propias modalidades y su propia
tipología. La ONIC afirma que las principales modalidades de desplazamiento
indígena son: (a) desplazamiento masivo hacia las cabeceras municipales
cercanas o hacia las ciudades; (b) desplazamiento progresivo –gota a gota-
hacia las ciudades; (c) desplazamiento itinerante a otros sitios del
territorio, otras comunidades u otros grupos étnicos; y (d) desplazamiento
desde territorios no constituidos en resguardos, hacia los resguardos. La
naturaleza diferencial del impacto del desplazamiento forzado sobre los pueblos
indígenas radica en que entremezcla facetas individuales con facetas colectivas
de afectación, es decir, surte impactos destructivos tanto sobre los derechos
individuales de las personas pertenecientes a las etnias afectadas, como sobre
los derechos colectivos de cada etnia a la autonomía, la identidad y el
territorio. Lo individual y lo colectivo del desplazamiento se retroalimentan e
interactúan. Además, cada grupo étnico en particular tiene sus propios patrones
de desplazamiento forzado, y su propia situación específica, que se deben
reconocer en la magnitud plena de su gravedad para dar una respuesta apropiada
de parte del Estado. En los términos de la intervención de ACNUR en la
audiencia ante la Corte Constitucional, “la pérdida de control sobre el
territorio y el efectivo ejercicio de la territorialidad, deteriora los
principios fundamentales de la vida y la convivencia que fundan los procesos de
construcción de identidad, los sistemas internos de autonomía, control y
gobierno, los circuitos de producción y las dinámicas de enculturación”. A
este respecto, no puede perderse de vista que la relación de los grupos
indígenas con el territorio es crucial para sus estructuras culturales y su
supervivencia étnica y material. El desplazamiento genera aculturación, por la
ruptura del entorno cultural propio y el shock cultural. Los pueblos indígenas
desplazados viven en estado de total desubicación por la ruptura cultural y
lingüística que ello conlleva y la inserción abrupta en entornos urbanos y de
miseria a los que son completamente ajenos.
Además,
lo que resulta más grave, el desplazamiento causa la ruptura de la continuidad
cultural por la aculturación subsiguiente de los jóvenes y la consiguiente
detención de los patrones de socialización indispensables para que estas etnias
sobrevivan. En efecto, el shock y la ruptura cultural generalizadas
tienen un especial impacto sobre las generaciones jóvenes de los pueblos
desplazados, que durante el desplazamiento pierden el respeto a los mayores y
la continuidad de sus procesos de socialización y de perpetuación de las
estructuras culturales. Otra
faceta alarmante del desplazamiento forzado de los pueblos indígenas en
Colombia es que, según se ha reportado a la Corte, hay un patrón extensivo,
constante de desplazamiento forzado permanente de líderes y autoridades
indígenas que son amenazados o agredidos, con efectos devastadores para las
estructuras culturales. El rol cultural central que juegan las autoridades y
líderes hace que su desplazamiento sea especialmente nocivo para la
preservación de las estructuras sociales y étnicas de sus respectivos pueblos. La
situación de los individuos, familias y comunidades indígenas desplazados
forzosamente es grave por una multiplicidad de factores distintos. Por ejemplo,
existe un problema de alimentación: la ruptura de las pautas culturales, y la
falta de acceso a los alimentos que tradicionalmente consumen, genera el
rechazo –tanto cultural como en ocasiones físico- de los pocos alimentos a los
que tienen acceso, y por consiguiente desemboca en situaciones de hambre. La
ayuda humanitaria de emergencia usualmente es inadecuada y no responde a las
especificidades culturales de los pueblos desplazados. Por otra parte, existe
un problema de salud, ya que se bloquea el acceso a las formas tradicionales de
medicina. Los individuos y comunidades indígenas en situación de desplazamiento
tienen, por su falta de capacidades y competencias culturales para afrontar la
vida urbana en condiciones extremas de miseria y desprotección, una mayor
exposición a riesgos de todo tipo, que incluyen los peligros de ser víctimas de
violencia sexual, de caer en redes de comercios ilícitos, de verse obligados a
la mendicidad, de explotación, y especialmente de discriminación (por
intolerancia, racismo e ignorancia en los lugares de recepción). Además el
conflicto armado está presente en los lugares de llegada, o los persigue hasta
allí, generando nuevos riesgos para su integridad individual y colectiva. La
inseguridad en los lugares de recepción a su vez fuerza a retornos
involuntarios y sin seguridad, o a redesplazamientos. A
este respecto, la Corte Constitucional debe resaltar el gravísimo problema de
mendicidad de personas indígenas en las principales ciudades del país, hecho
notorio que a su vez genera, en no pocas oportunidades, el retiro de los niños
por la Policía y el ICBF (los casos de Bogotá, Pereira y Barranquilla son
especialmente graves en este aspecto). El
resumen de la ONIC, en comunicación de junio de 2006, es diciente a este
respecto: “Un… efecto de dicha
desterritorialización ha sido la ruptura de los referentes culturales,
expresada en cuatro quiebres específicos: 1. De los calendarios tradicionales
en los que se enmarcan las actividades sagradas, productivas y políticas. 2. De
la ruptura, disipación y/o parálisis de los procesos etnoeducativos y de salud,
así como de los procesos de recuperación cultural. 3. Del cambio hacia la
oferta cultural y material de las comunidades receptoras (consumismo y cambio
de hábitos alimenticios), y hacia patrones de consumo mercantil o industrial.
4. De la ruptura de los mecanismos colectivos y solidarios de intercambio
material y espiritual (minga y fogón, por ejemplo). // Obviamente, estos
elementos dan como resultado, la ruptura violenta de redes familiares y
parentelas, lo que provoca una creciente desestructuración social irreversible.
Esta situación ha menguado la solidaridad comunitaria y ha aumentado los
niveles de individualización, en especial de las generaciones más jóvenes en su
articulación con la población urbana. Dicha urbanización forzada de los pueblos
indígenas ha producido el debilitamiento de los saberes tradicionales acerca de
la medicina y especialmente de las formas tradicionales de manejo de los
ecosistemas como de la agricultura de subsistencia”. El
desplazamiento forzado de los pueblos indígenas también surte gravísimos
efectos sobre el territorio que se deja atrás, que queda sujeto a abandono,
apropiación, y también a disminución productiva que afecta a las poblaciones
indígenas que permanecen en él. También
debe resaltarse la gravedad de la situación de la mujer indígena con
posterioridad al desplazamiento, que es particularmente aguda, tal y como se
documentó en el Auto 092 de 2008, en el
cual se explicó: “IV.B.1.9.1. Las mujeres
indígenas y afrodescendientes desplazadas enfrentan un factor de discriminación
adicional derivado de su pertenencia étnica, que en la práctica agrava las
discriminaciones, riesgos e inequidades que soportan por sus condiciones de
género y desplazamiento. En otras palabras, tanto los riesgos de género
presentes en el conflicto armado como las facetas de género del desplazamiento
interno se acentúan, exacerban y profundizan en el caso de las mujeres que
pertenecen a estos grupos étnicos. Ello se deriva tanto de la exclusión y
marginación que viven los grupos étnicos del país, como de las estructuras
socioeconómicas discriminatorias y racistas prevalecientes, y de la
desintegración de sus redes sociales, comunitarias y culturales de apoyo con
motivo del desplazamiento1; todo ello redunda en que las mujeres
indígenas y afrocolombianas desplazadas sufren un triple proceso de
discriminación por ser mujeres, por haber sido desplazadas, y por pertenecer a
grupos étnicos. IV.B.1.9.2. Parte
importante del problema es la invisibilidad de esta condición de discriminación
reforzada. No existen medidas oficiales para visibilizar estos cuadros agudos
de vulnerabilidad, ni para comprender el rol femenino específico que cumplen
las mujeres indígenas o afrodescendientes en su respectiva comunidad, y los
impactos que surte el desplazamiento forzado sobre el ejercicio del mismo. IV.B.1.9.3. Las mujeres
indígenas corresponden al 3.7% de las mujeres desplazadas inscritas en el RUPD,
de acuerdo con los datos presentados por la Comisión de Seguimiento a la
Política Pública sobre el Desplazamiento Forzado en su informe de febrero de
2008, basado en la Encuesta Nacional de Verificación. Una alta proporción de
las mujeres indígenas son analfabetas, o no saben hablar en español; según se
informa a la Corte, “la mayoría de las mujeres adultas son analfabetas en castellano,
bien sea porque no hablan ese idioma o porque no tienen oportunidades
educativas en programas de etnoeducación para adultas”. Su condición étnica
constituye un factor que agrava los impactos de por sí perniciosos del
desplazamiento forzado; según se explicó en un informe presentado por la ONIC a
la Relatora de la Comisión Interamericana, el impacto cultural del
desplazamiento sobre las mujeres indígenas tiene diversos componentes que
vulneran en sí mismos y en su conjunto sus derechos fundamentales: “si [el
desplazamiento] es a centros urbanos se complica un poco más, ya que la mayoría
de nuestras compañeras no saben muy bien el español, se asustan ante la
inmensidad de la ciudad, el anonimato y la falta de solidaridad de sus
habitantes, nos mata el recuerdo de nuestros montes y selvas y de sus sonidos.
Nos enfrentamos a nuevos problemas para criar a nuestros hijos y relacionarnos
con nuestros compañeros, por no ser la ciudad nuestro medio habitual. Nos
persiguen las imágenes de la angustia cuando tuvimos que salir corriendo con lo
poco que teníamos o podíamos cargar para hacerle el quite a la muerte y
desolación, en medio de esta angustia, quedamos a cargo de la familia aceptando
actividades que no son tradicionales a nuestras culturas como emplearnos en el
trabajo doméstico, o en el peor de los casos llegar a vender nuestros cuerpos.
(…) A las mujeres indígenas nos toca pelear para que nos reconozcan como
desplazadas, pelear para acceder a la salud y a al educación que no es propia,
preparar alimentos con comida ajena a nuestra cultura y cuerpo; luchar para que
nuestras familias no se desintegren y los hijos no pierdan nuestra cultura”.” Igualmente
grave es la situación de los menores de edad indígenas en situación de
desplazamiento, como se indicó en el Auto 251 de 2008: “Los niños, niñas y
adolescentes indígenas o afrodescendientes, además de estar sobre-representados
entre la población en situación de desplazamiento2, sufren un
impacto diferencial e intensificado de los distintos problemas transversales
arriba descritos. Dos factores están a la base de este impacto diferenciado: la
diferencia cultural abrupta entre lugares de expulsión y recepción, que incide
de distintas maneras sobre sus familias y sobre ellos mismos; y la pobreza
generalizada preexistente de sus familias y comunidades, que se empeora con el
desplazamiento y hace aun más amplia e inerme su exposición a riesgos y
peligros prevenibles. De esta forma, los
menores de edad indígenas y afrodescendientes desplazados son víctimas mucho más
frecuentes de explotación laboral, trata y mendicidad.3 Entre ellos
los problemas de hambre y desnutrición son usualmente más altos que entre los
demás menores de edad desplazados, y su exposición a enfermedades prevenibles
es tan alta que se han registrado casos como el episodio reciente de dos niños
Embera-Katío que habían sido desplazados de sus territorios hacia Bogotá y
luego retornaron para morir de cólera en su comunidad.4 Su derecho a la
educación también resulta obstruido con particular fuerza, por la carencia de
planes de etnoeducación apropiados a sus culturas y necesidades en los
planteles educativos a los que tienen acceso, y por la mayor incidencia de
situaciones de discriminación abierta y maltrato por sus compañeros y docentes.
Todo ello a su turno conlleva complejos cuadros de malestar psicológico en los
cuales el choque cultural y la extrañeza frente a la sociedad receptora juegan
un papel decisivo. Adicionalmente, los
niños, niñas y adolescentes indígenas y afrodescendientes cumplen un rol
fundamental en la preservación y reproducción de sus culturas, respecto del
cual el desplazamiento forzado genera un efecto destructivo de repercusiones
irreversibles. En efecto, el desarraigo y la remoción de estos menores de edad
de sus entornos culturales comunitarios, trae como consecuencia en una alta
proporción de los casos una ruptura en el proceso de transmisión de los
conocimientos y pautas culturales, aparejado a frecuentes casos de pérdida de
respeto hacia sus familias, sus mayores y sus propias culturas.5” Otras
facetas del desplazamiento forzado de pueblos indígenas llaman la atención de
la Corte por su gravedad. Así, por ejemplo, es frecuente que los individuos,
familias y comunidades indígenas se desplacen hacia territorios de otras
comunidades y resguardos indígenas, que los reciben durante períodos de tiempo
a menudo considerablemente largos. El desplazamiento de indígenas a otras
comunidades y resguardos causa conflictos interétnicos, o entre las comunidades
de recepción y desplazadas así sean de la misma etnia, que generan efectos de
desestructuración cultural que no están obligados a soportar. Además,
hay una alta frecuencia de éxodo transfronterizo de los grupos indígenas
cercanos a las fronteras. En no pocos casos, individuos y familias de las
etnias Wayúu, Kuna, Embera, Awá o Kofán, por sólo mencionar las mayormente
afectadas por los éxodos transfronterizos, abandonan el territorio nacional en
forma permanente, huyendo de la violencia. Como
se dijo anteriormente, el desplazamiento forzado indígena, al igual que su
situación general ante el conflicto armado, es invisible en sus reales
dimensiones. Hay serias dificultades en el registro de este fenómeno en el
país, que se suman a las debilidades preexistentes en los censos. El
subregistro y el rechazo al registro de desplazamientos individuales y
colectivos por las autoridades, especialmente de los desplazamientos
intra-resguardos o intra-veredales, se suma a la falta de denuncia –por
amenazas, desconfianza o desinformación-, y la falta o incongruencia de las
estadísticas. Según ONIC, Acción Social no tiene censos fehacientes de las
comunidades desplazadas. La
falta de una respuesta estructurada y diferencial del Estado, según se
documenta en el capítulo subsiguiente, ha generado en muchos casos retornos
espontáneos de las comunidades indígenas desplazadas, que al surtirse por fuera
del marco institucional diseñado para el retorno de la población desplazada,
generan mayores riesgos para su integridad individual y colectiva. En otras
palabras, estas comunidades vuelven a las mismas situaciones de riesgo inicial,
sin acompañamiento estatal, porque los factores de fondo no se han atacado. De
esta forma, hay etnias que se ven afectadas en forma cíclica y reiterativa por
desplazamientos que obedecen a los mismos factores – caso por ejemplo de las
comunidades Embera-Katío, Embera Dobidá, Awá o Wounaan, descritas más adelante. Es
indispensable reconocer, además, el efecto acumulativo de los daños y traumas
individuales y colectivos derivados del conflicto armado y de la ocurrencia
desplazamientos forzados previos; este efecto acumulativo, además de dañar el
tejido social, genera a la larga sentimientos bien documentados de escepticismo
y rabia contra el Estado por la atención indigna o inexistente que éste ha
provisto, por el incumplimiento de compromisos, y porque en no pocos casos, los
desplazamientos son causados por factores en los que el Estado ha jugado un rol
visible. La superposición de estos elementos ha llevado razonablemente a
múltiples grupos indígenas a percibir la situación como una estrategia
generalizada de desterritorialización o apropiación de sus territorios, con el
aval del Estado. RESPUESTA ESTATAL A LA
SITUACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE COLOMBIA FRENTE AL DESPLAZAMIENTO
FORZADO. La
respuesta de las autoridades estatales a la crítica situación que se ha
documentado, se ha dado principalmente a través de la expedición de normas,
políticas y documentos formales, los cuales, a pesar de su valor, han tenido
repercusiones prácticas precarias. Estos documentos, según se informó a la
Corte, son principalmente dos: 1)
La “Directriz para la Prevención y Atención Integral de la Población Indígena
en Situación de Desplazamiento y Riesgo, con enfoque diferencial”, desarrollada
por la Dirección de Etnias, a través de un proceso participativo de formulación
con las organizaciones indígenas, las entidades del SNAIPD y talleres de
implementación regionales con las autoridades, organizaciones y comunidades.
Los talleres buscan lograr la sensibilización y orientación de los indígenas
respecto a la Directriz. Se trata, en términos de la Dirección de Etnias, del
documento orientador del sistema, esto es, un “documento que orienta las acciones de las entidades del SNAIPD del
nivel nacional y regional, para que adecuen sus programas, acciones, y se
apropien recursos específicos, articulando el enfoque diferencial para
garantizar la atención integral de poblaciones indígenas como sujetos
colectivos de derechos”. Desde
2006, la Dirección de Etnias desarrolla el proceso de implementación de la
Directriz. Se focalizaron los departamentos de Caquetá, Meta, Chocó, Nariño,
Putumayo y Cesar, para desarrollar en ellos: (i) Talleres regionales para
formular Planes de Acción en prevención y protección, atención humanitaria, y
restablecimiento, con enfoque diferencial, para que sean incluidos en los PIU,
con la participación del SNAIPD, las entidades territoriales y los grupos
indígenas; (ii) Capacitación y sensibilización a representantes de las entidades
territoriales y las comunidades; y (iii) insumos a los Comités Departamentales
para que la incorporen en sus Planes de Contingencia y Planes de Acción
locales. 2) En cuanto a las comunidades indígenas
vulnerables, existe desde 2006 el “Plan Integral de Apoyo a Comunidades
Indígenas en Alto Grado de Vulnerabilidad y Riesgo de Desaparición”, aprobado
el 13 de junio de 2006 por el CNAIPD mediante Acuerdo 005. En principio debe
ser implementado en coordinación con Acción Social y el Programa Presidencial
de DIH y Derechos Humanos. En desarrollo de éste, se han formulado Planes de Acción para beneficiar a las
comunidades; la Dirección de Etnias tiene para cada Plan una Matriz de Seguimiento. Se
aclara que el listado de pueblos indígenas priorizados en el Plan Integral “es el resultado de la investigación
realizada con el objetivo de adelantar la focalización para un programa de
seguridad alimentaria”; con base en las variables allí expuestas, que
llevaron a la estratificación de las comunidades en niveles 1 a 5 de mayor
vulnerabilidad o riesgo, y con base en la base de datos del DANE y el DNP que
identifican las comunidades en resguardo o sin resguardo, sobre una muestra de
1121 comunidades. Pero
se afirma que coincidían con los de mayor desplazamiento, por lo cual se
incorporaron al Acuerdo 005 del CNAIPD. En
términos de la Dirección de Etnias: “El Plan Integral ha
tomado más de 7 años en proceso de investigación, concertación y formulación y
puesta en marcha. Es el resultado de un esfuerzo conjunto entre Acción Social,
la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia, el Programa
de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Vicepresidencia
de la República, y el Programa Mundial de Alimentos (PMA) (este último financiaron
la primera investigación)”. Fase 1: Focalización y categorización de las
comunidades indígenas en estado de vulnerabilidad y riesgo: -
2000-2003: Realización del estudio de base: Red de Solidaridad Social y PMA
“inician un estudio para formular criterios de focalización de comunidades
indígenas en mayor grado de vulnerabilidad y riesgo”. El estudio recogió
información de una muestra de 1121 comunidades; y se crearon criterios para
clasificar a las comunidades según su nivel de vulnerabilidad y riesgo, en
niveles de 1 a 5. -
2003-2005: “Socialización del estudio y validación de la información” –
realización de talleres regionales y nacional para “socializar el trabajo de
investigación realizado y validar y actualizar la información contenida en éste”;
36 talleres zonales y uno nacional, con participación de autoridades indígenas,
organizaciones indígenas, autoridades de las entidades territoriales y
nacionales. “Resultados
del estudio: - Del estudio la Dirección de Etnias seleccionó para la 1 Fase 165
comunidades clasificadas en los niveles 4 y 5, distribuidas en 14 departamentos
(24 municipios) pertenecientes a 34 etnias (personas afectadas: 35.000
aproximadamente). // - La mayoría de las comunidades priorizadas corresponden a
aquellas que también presentan mayor desplazamiento. // - Se identifican 7
componentes (áreas de trabajo) las cuales corresponden al ‘enfoque de derechos’
éstos son: 1. Seguridad alimentaria. 2. Hábitat y mejoramiento entorno. 3.
Capacitación y fortalecimiento organizativo. 4. Saneamiento básico y
potabilidad del agua. 5. Mejoramiento y dotación de escuelas. 6. Salud con
enfoque indígena. 7. Legalización y ampliación de resguardos. // - Las acciones
deben ser ejecutadas de manera coordinada entre las instancias competentes del
orden nacional, departamental y local.” -
2006: Adopción del Plan Integral por el CNAIPD: “- Teniendo en cuenta que una
de las conclusiones del estudio es que las comunidades identificadas en las
categorías 4 y 5 concuerdan con las comunidades que presentan mayor
desplazamiento se presenta el Plan Integral al Consejo Nacional de Atención
Integral a la Población Desplazada (CNAIPD) como fórmula de prevención al
mismo” – Se adopta el Acuerdo 005 del 13 de junio de 2006. Fase 2: Acciones para la implementación del
Plan Integral: -
2006-2007: “Conformación Comité Interinstitucional y 1ª fase de
implementación”: “-
A instancias de la Dirección de Etnias se conforma un Comité Interinstitucional
de Apoyo e implementación del Plan conformado por 10 entidades del orden
nacional. -
En sus sesiones de febrero y marzo 2007, adopta la priorización por
departamentos y estrategias de implementación del Plan Integral. -
La estrategia consiste en realizar en cada una de las 8 regiones priorizadas
(Guajira, Risaralda, Chocó, Meta, Guaviare, Casanare, Cesar y Córdoba) un
taller con presencia de las comunidades indígenas, las organizaciones indígenas
regionales y nacionales, las instituciones competentes del orden nacional,
local y departamental con el objeto de: (i) validar la información, (2)
formulación de un Plan de Acción (suscrito por el Gobernador y Alcaldes) y (3)
inclusión de este Plan de Acción en los Planes de Desarrollo Departamentales y
Municipales. -
Cada Plan de Acción debe identificar participativamente las acciones
adelantadas, las acciones por desarrollar por comunidad, el responsable, los
tiempos y los recursos.” La
siguiente es la caracterización que hizo la Dirección de Etnias de las
comunidades indígenas priorizadas en el Plan Integral: “Casanare: Etnias Wipiwi, Tshiripo, Yamaleros, Yaruros,
Amorúa, Maiben. Comunidades de Hato Mochuelo, Hato Corozal – municipio de Paz
de Ariporo; 845 personas. Presentan altos índices de morbi-mortalidad,
disminución progresiva de la población; 8 pueblos indígenas conviven en un solo
resguardo, lo que genera conflictos por territorio, acceso alimentario y
servicios. Etnia Sáliba: 8
comunidades en Orocué, 520 personas: riesgo de desaparición por disminución
progresiva de la población y “seminomadismo sin alternativas integrales de
sedentarización”. Cesar:
Etnia Yukpa – Municipio de La Paz, comunidades de Caño
Padilla, El Rosario, Bellavista-Yucatán, La Rubia, Media Luna, La pista. 575
personas; riesgo de desaparición por altos índices de morbi-mortalidad,
disminución progresiva de la población, conflictos con colonos por territorio,
débil presencia institucional, acceso alimentario, servicios y pésimas
condiciones de comunicación. Guajira: Etnia
Wiwa – municipio de San Juan del Cesar, 4 comunidades, 700 personas: riesgo de
desaparición, desplazados, masacres, muertes selectivas; altos índices de
morbi-mortalidad, disminución progresiva de la población, afectaciones a la
integridad étnica por el conflicto armado. Magdalena:
Etnia Chimila – Municipio El Difícil, San A. (¿?) –
desplazados por conflicto, riesgo de desaparición – altos índices de
morbi-mortalidad, disminución progresiva de la población, afectaciones a la
integridad étnica por conflicto armado, débil presencia institucional; 8
comunidades, 2764 personas. Meta:
Etnias Sikuani y Piapoco en Puerto Gaitán – riesgo de
desplazamiento; 5 comunidades: El Tigre. Etnia Piapoco en
Mapiripán: confinamiento, desplazamiento: Caño Ovejas. Etnia Achagua en Puerto
Gaitán y Mapiripán – riesgo de desaparición, desplazamiento, confinamiento:
Caño Ovejas. Etnia Guayabero en La
Macarena y Puerto Concordia – 5 comunidades: Caño Ceiba, Caño Mina; riesgo de
desplazamiento, confinamiento. Todos los grupos del Meta: disminución
progresiva de la población, altos índices de morbi-mortalidad, afectación de la
integridad étnica por conflicto armado, inexistencia de presencia
institucional, no tienen condiciones para la sedentarización. Caquetá:
Etnia Coreguaje – municipios de Milán y Solano – 15
comunidades, 2541 personas: riesgo de desaparición, desplazamiento,
confinamiento, disminución progresiva de la población por conflicto armado,
muertes selectivas, masacres, amenazas reiteradas a líderes y autoridades
tradicionales. Altos índices de morbi-mortalidad, débil presencia institucional,
afectación de la integridad étnica. Guaviare:
San José: Etnias Nukak-Makú, Tukano, Piaroa, Desano,
Piratapuyo, Curripaco, Guayabero: comunidades de Nukak, Puerto Nare, Yavillali,
Puerto Esperanza, Vuelta del Río, Caño Tigure, Lagos del Paso, Puerto Palma,
Arara, Barranquillita, Barrancón. Riesgo de desaparición, desplazamiento –
disminución agresiva de la población por morbimortalidad, contacto con
población colona, presionados por el conflicto armado en su territorio, débil
autonomía y manejo territorial, territorio minado. Población vulnerable por
débil desarrollo institucional interno, poca presencia institucional,
dispersión de sus territorios, programas inadecuados a sus especificidades
culturales, presencia de cultivos ilícitos en sus territorios, reclutamiento
forzado (Tukano, Piaroa, Desano). Total: 18 comunidades, 3250 personas. Putumayo:
Puerto Leguízamo: Etnias Coreguaje, Siona, Huitoto;
comunidades El Hacha, Jirijiri, Lagarto Cocha, Cecilia Cocha y otras – 16
comunidades, 2841 personas. Riesgo de desaparición y desplazados; territorios
afectados por presencia de cultivos de uso ilícito, conflictos en sus
territorios. Disminución progresiva de la población siona y coreguaje por
conflicto territorial, megaproyectos (hidrocarburos, carreteras). Guainía:
Inírida: Etnias Piapoco, Sicuani, Puinave, Curripaco, Nukak; comunidades:
Concordia, Almidón La Ceiba, Bachaco, Buenavista, Caranocoa Yuri, La Laguna,
Morocoto, Coayare El Coco, Cuenca Media y Alta Inírida, Bajo Río Guaní – 15
comunidades, 8020 personas. Desplazamiento, confinamiento, población
vulnerable; territorios afectados por presencia de cultivos de uso ilícito,
conflictos en sus territorios por actores armados, controles territoriales para
sus actividades económicas y culturales, población desplazada concentrada en el
resguardo de Paujil en Puerto Inírida, algunas familias en situación de
mendicidad. Córdoba:
San Andrés de Sotavento – etnia Zenú, comunidades Vidales, Molina, Belén,
Venecia, Gardenia, Patio Bonito, Cruz Chiquita, Nueva Esperanza, La Granja,
Arroyo de Piedra, Bella Isla, total 14 comunidades, 2320 personas. Vulnerables
por poca presencia institucional, problemas graves de infraestructura vial,
insuficiente acceso alimentario, ausencia de cabezas de familia con desprotección
consiguiente de menores, niños con discapacidad múltiple y no hay programas
para atender su situación. Arauca:
Arauca: Etnias Sikuani, Macaguán, Kuiva, Betoye, Hitnu,
Chiricoa. 18 comunidades: Río Viejo, Playeros-Cájaros, Bayoneros, El Vigía,
Cravo, Cusay-La Colorada, Cibariza, Los Iguanitos, Alto Cabalalia, La Cabaña,
San José del Cangrejo, Graneros, Julieros y Velasqueros, Macarieros, Barreros,
Puyeros, Roqueros, El Dorado, Caño Claro, Cuiloto, La Esperanza; 1906 personas.
Riesgo de desaparición, desplazados, confinamiento: progresiva disminución de
la población, cultivos de uso ilícito en sus territorios, débil presencia
institucional, territorios minados, disputas territoriales, conflictos con
colonos, megaproyectos (hidrocarburos). Chocó:
Etnias Embera, Katío y Wounaan – comunidades desplazadas
y en riesgo en Bagadó, Tadó, Certeguí, Istmina, Medio San Juan y Litoral San
Juan (Taparalito, Unión Balsalito, Pitalito y San José), Zona Bajo y Alto
Baudó. Situación de alta vulnerabilidad por crisis de orden público;
desplazamiento, confinamiento, población vulnerable: conflictos armados en sus
territorios, disputas territoriales, conflictos interétnicos, débil presencia
institucional, programas inadecuados a sus particularidades, pérdida de
movilidad para sus actividades económicas y culturales dentro de sus
territorios, no acceso a servicios básicos. 1906 personas, 10 comunidades. Risaralda:
Municipio Pueblo Rico – etnia Embera Chamí, comunidades
Docabu, Santa Cecilia, La Montaña, Gete, Gitó Bajo y Alto, Aguita, Bequé,
Candumí – 10 comunidades, 1325 personas. Riesgo de desplazamiento,
confinamiento, población vulnerable: Desplazamiento, situación de pobreza,
débil presencia institucional, programas inadecuados, falta de control
territorial y desarrollo de su autonomía, situación de mendicidad en las
ciudades. Valle:
Municipios El Dovio, Trujillo y Florida – etnia Embera
Chamí: 12 comunidades, 700 personas, desplazamiento, confinamiento, población
vulnerable; desplazamiento por conflictos en sus territorios, inexistencia de
presencia institucional, disminución progresiva de la población, control
territorial por los actores armados. Vaupés:
Municipio de Mitú: etnias Bora, Pisamira y Taiwano –
parte oriental, 5 comunidades, 1117 personas – riesgo de desaparición:
disminución progresiva de la población, débil presencia institucional,
programas inadecuados, problemas por dispersión geográfica.” ANALISIS FOCALIZADO DE
LA SITUACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS COLOMBIANOS MAYORMENTE AFECTADOS POR EL
CONFLICTO ARMADO INTERNO Y EL DESPLAZAMIENTO FORZADO Para
la Corte Constitucional resulta claro que la selección y caracterización de los
pueblos indígenas incluidos en el Plan Integral, si bien se realizó con base en
criterios importantes atinentes a la situación de seguridad alimentaria hacia
el año 2000, no tuvo en cuenta la realidad del conflicto armado de la última
década, ni su impacto en el desplazamiento o confinamiento de indígenas, tal y
como han sido acreditados ante esta Corporación. En consecuencia, muchos de los
grupos que se han visto afectados con mayor severidad por el conflicto armado y
por el desplazamiento forzado, no fueron incluidos dentro de esta selección. Esto
hace necesario actualizar la focalización, a partir de los desarrollos que se
han presentado desde el año 2000, en especial con base en los elementos
relevantes para (i) prevenir el desplazamiento, (ii) anticipar o responder al
confinamiento, (iii) atender a los indígenas desplazados, no sólo desde una
perspectiva individual sino valorando la dimensión colectiva de sus derechos;
(iv) actuar con plena determinación
frente a las conductas delictivas asociadas al desplazamiento y (v) evitar el
exterminio cultural o físico de las etnias más amenazadas. Alcanzar
este último objetivo es una necesidad constitucional imperiosa. No obstante,
como se advirtió anteriormente, la dramática situación en la cual se encuentran
numerosos pueblos en riesgo grave de ser exterminados cultural o físicamente ha
sido invisibilizada. Por esta razón en
el presente auto se le ha dado la mayor prioridad, sin que ello signifique que
los demás indígenas, individual o colectivamente, no deban ser sujetos de una
respuesta estatal integral que incorpore un enfoque diferencial respetuoso de
la diversidad étnica y cultural. Por
lo extenso de la descripción de la situación de los pueblos indígenas en mayor
riesgo, ella se hace en un anexo. Sin embargo, advierte la Sala que este hace
parte integral del cuerpo de la presente providencia. En
el anexo se describe la situación de los siguientes pueblos indígenas: Wiwa,
Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayúu, Embera-Katío, Embera-Dobidá, Embera-Chamí,
Wounaan, Awá, Nasa, Pijao, Koreguaje, Kofán, Siona, Betoy, Sicuani, Nukak-Makú,
Guayabero, U’wa, Chimila, Yukpa, Kuna, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenú,
Yanacona, Kokonuko, Totoró, Huitoto, Inga, Kamentzá, Kichwa, Kuiva. VALORACION
JURIDICO-CONSTITUCIONAL DE LA SITUACION La
situación que se ha descrito en la presente providencia conlleva una violación
severa y simultánea de múltiples disposiciones constitucionales, que afectan
tanto los derechos fundamentales individuales de las personas pertenecientes a
los pueblos indígenas afectados por el conflicto armado y el desplazamiento
forzado, como los derechos fundamentales colectivos de estas etnias. Ello
implica, así mismo, un incumplimiento grave de los deberes de prevención y
protección del Estado colombiano, y activa obligaciones de actuación inmediata
en los ámbitos preventivo y de atención. 1. Derechos
constitucionales individuales y colectivos vulnerados por la situación descrita
ante la Corte. En
primer lugar, el conflicto armado per se,
por la manera como golpea a los pueblos indígenas del país, afecta en forma
grave los derechos fundamentales de las personas que los conforman, especialmente
sus derechos a la vida (art. 11, C.P.), a la integridad personal y a verse
libres de tratos crueles, inhumanos y degradantes (art.12, C.P.), a la dignidad
personal (art. 1, C.P.) y a la seguridad personal. Esta afectación es tan grave
que, por lo menos en relación con algunas de las etnias cuya situación se ha
descrito en la presente providencia, se debe evaluar, por parte de las
autoridades judiciales competentes, la posible comisión de violaciones serias
del Derecho Internacional Humanitario que conlleven consecuencias penales para
sus perpetradores. La Corte Constitucional no es el organismo judicial llamado
a efectuar esta calificación jurídica, pero dada la gravedad de la información
que ha sido allegada al presente proceso, debe alertar a las autoridades
judiciales sobre la necesidad de estudiar la posible comisión de estos
crímenes, para lo cual se le comunicará la presente providencia al Fiscal
General de la Nación. En
segundo lugar, el impacto del conflicto armado como presión para el desplazamiento,
como causa del confinamiento o como
generador de desplazamientos individuales y colectivos, también representa una
violación grave de los derechos colectivos de las etnias mencionadas en la
presente providencia a la autonomía, la identidad y el territorio. El
desplazamiento forzado, una vez tiene lugar, genera por su parte graves
violaciones de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas
y de sus miembros. En relación con las personas indígenas afectadas por el
desplazamiento, resulta aplicable la enunciación de los derechos fundamentales
violados por este fenómeno, tal y como se efectuó en la sentencia T-025 de
2004: “1. El derecho a la vida
en condiciones de dignidad dadas (i) las circunstancias infrahumanas asociadas a
su movilización y a su permanencia en el lugar provisional de llegada, y (ii)
los frecuentes riesgos que amenazan directamente su supervivencia.6
Los Principios Rectores del Desplazamiento Forzado que contribuyen a la
interpretación de este derecho en el contexto del desplazamiento forzado
interno son los Principios 1, 8, 10 y 13, que se refieren, entre otras cosas, a
la protección contra el genocidio, las ejecuciones sumarias y prácticas
contrarias al derecho internacional humanitario que pongan en riesgo la vida de
la población desplazada. 2. Los derechos de los
niños, de las mujeres cabeza de familia, los discapacitados y las personas de
tercera edad, y de otros grupos especialmente protegidos “en razón de las precarias condiciones que
deben afrontar las personas que son obligadas a desplazarse”7. La
interpretación de estos derechos deberá hacerse de conformidad con lo que
establecen los Principios 2, 4 y 9 sobre protección especial a ciertos grupos
de desplazados. 3. El derecho a escoger
su lugar de domicilio, en la medida en que para huir del riesgo que pesa sobre
su vida e integridad personal, los desplazados se ven forzados a escapar de su
sitio habitual de residencia y trabajo8. Los Principios 5, 6, 7, 14
y 15 contribuyen a la interpretación de este derecho, en particular, a la
determinación de prácticas prohibidas por el derecho internacional que
impliquen una coacción al desplazamiento de las personas, o su confinamiento en
lugares de los cuales no puedan salir libremente. 4. Los derechos al libre
desarrollo de la personalidad, a la libertad de expresión y de asociación, “dado el ambiente intimidatorio que precede
a los desplazamientos”9 y las consecuencias que dichas
migraciones surten sobre la materialización de los proyectos de vida de los
afectados, que necesariamente deberán acoplarse a sus nuevas circunstancias de
desposeimiento. En la interpretación de estos derechos en el contexto del
desplazamiento forzado interno son pertinentes los Principios 1 y 8. 5. Por las
características propias del desplazamiento, quienes lo sufren ven sus derechos
económicos, sociales y culturales fuertemente afectados.10. El
alcance mínimo de estos derechos ha sido interpretado de conformidad con los
Principios 3, 18, 19, y 23 a 27, que se refieren a condiciones para garantizar
un nivel de vida digna, y el acceso a la educación, la salud, el trabajo, entre
otros derechos. 6. En no pocos casos, el
desplazamiento implica una dispersión de las familias afectadas, lesionando así
el derecho de sus miembros a la unidad familiar11 y a la protección
integral de la familia12. Los
Principios 16 y 17 están dirigidos, entre otras cosas, a precisar el alcance del derecho a la
reunificación familiar. 7. El derecho a la
salud, en conexidad con el derecho a la vida, no sólo porque el acceso de las
personas desplazadas a los servicios esenciales de salud se ve sustancialmente
dificultado por el hecho de su desplazamiento, sino porque las deplorables
condiciones de vida que se ven forzados a aceptar tienen un altísimo potencial
para minar su estado de salud o agravar sus enfermedades, heridas o afecciones
preexistentes.13Los Principios 1, 2 y 19 precisan el alcance de este
derecho en el contexto del desplazamiento forzado interno. 8. El derecho a la
integridad personal, que resulta amenazado tanto por los riesgos que se ciernen
sobre la salud de las personas desplazadas, como por el alto riesgo de ataques
al que están expuestos por su condición misma de desposeimiento.14 A
este derecho se refieren los Principios rectores 5, 6 y 11, 9.
El derecho a la seguridad personal15, puesto que el desplazamiento
conlleva riesgos específicos, individualizables, concretos, presentes,
importantes, serios, claros y discernibles, excepcionales y desproporcionados
para varios derechos fundamentales de los afectados. Para la interpretación del
alcance de este derecho en el contexto del desplazamiento forzado interno son
pertinentes los Principios rectores 8,
10, 12, 13 y 15. 10. La libertad de
circulación por el territorio nacional16 y el derecho a permanecer
en el sitio escogido para vivir17, puesto que la definición misma de
desplazamiento forzado presupone el carácter no voluntario de la migración a
otro punto geográfico para allí establecer un nuevo lugar de residencia. Los
principios 1, 2, 6, 7 y 14 resultan relevantes para la interpretación del
alcance de estos derechos en relación con la población desplazada. 11. El derecho al
trabajo18 y la libertad de escoger profesión u oficio, especialmente
en el caso de los agricultores que se ven forzados a migrar a las ciudades y,
en consecuencia, abandonar sus actividades habituales. Para la interpretación
de estos derechos resultan relevantes los principios 1 a 3, 18, 21, 24 y 25,
que establecen criterios para garantizar medios para la obtención de un nivel
de vida adecuado y la protección de sus propiedades o posesiones. 12. El derecho a una
alimentación mínima19, que resulta insatisfecho en un gran número de
casos por los altísimos niveles de pobreza extrema a los que llegan numerosas
personas desplazadas, que les impiden satisfacer sus necesidades biológicas más
esenciales y repercuten, por ende, sobre el disfrute cabal de todos sus demás
derechos fundamentales, en particular sobre los derechos a la vida, a la
integridad personal y a la salud. Ello es especialmente grave cuando el
afectado es un menor de edad. Para la interpretación del alcance de este
derecho son pertinentes los Principios 1 a 3, 18 y 24 a 27, relativos al nivel
de vida adecuado que se debe garantizar a la población desplazada y a la asistencia
humanitaria. 13. El derecho a la
educación, en particular el de los menores de edad que sufren un desplazamiento
forzado y se han visto obligados, por ende, a interrumpir su proceso de
formación.20. En relación con este derecho, resultan relevantes los
Principios13 y 23. 14. El derecho a una
vivienda digna21, puesto que las personas en condiciones de
desplazamiento tienen que abandonar sus propios hogares o lugares habituales de
residencia y someterse a condiciones inapropiadas de alojamiento en los lugares
hacia donde se desplazan, cuando pueden conseguirlas y no tienen que vivir a la
intemperie. En relación con este derecho, los Principios 18 y 21 establecen
criterios mínimos que deben ser garantizados a la población desplazada a fin de
proveerles vivienda y alojamiento básicos. 15. El derecho a la paz22,
cuyo núcleo esencial abarca la garantía personal de no sufrir, en lo posible,
los efectos de la guerra, y mucho menos cuando el conflicto desborda los cauces
trazados por el derecho internacional humanitario, en particular la prohibición
de dirigir ataques contra la población civil23.Para la
interpretación de este derecho son pertinentes los Principios 6, 7, 11, 13 y 21
que prohíben el desconocimiento de las normas de derecho internacional humanitario
que protegen a los no combatientes. 16. El derecho a la
personalidad jurídica, puesto que por el hecho del desplazamiento la pérdida de
los documentos de identidad dificulta su registro como desplazados y el acceso
a las distintas ayudas, así como la identificación de los representantes
legales, cuando se trata de menores de edad que son separados de sus familias.24
El alcance de este derecho en el contexto del desplazamiento forzado interno se
encuentra expresamente consagrado en el Principio rector 20. 17. El derecho a la
igualdad25, dado que (i) a pesar de que la única circunstancia que
diferencia a la población desplazada de los demás habitantes del territorio
colombiano es precisamente su situación de desplazamiento, en virtud de ésta
condición se ven expuestos a todas las violaciones de los derechos
fundamentales que se acaban de reseñar, y también a discriminación y (ii) en no
pocas oportunidades, el hecho del desplazamiento se produce por la pertenencia
de la persona afectada a determinada agrupación o comunidad a la cual se le
atribuye cierta orientación respecto de los actores en el conflicto armado y
por sus opiniones políticas, criterios todos proscritos como factores de
diferenciación por el artículo 13 de la Carta. Lo anterior no excluye, como se
ha visto, la adopción de medidas de acción afirmativa a favor de quienes se
encuentren en condiciones de desplazamiento, lo cual de hecho constituye una de
las principales obligaciones reconocidas por la jurisprudencia constitucional
en cabeza del Estado.26 Los alcances de este derecho han sido
definidos por los Principios 1 a 4, 6, 9 y 22, que prohíben la discriminación a
la población desplazada, recomiendan la adopción de medidas afirmativas a favor
de grupos especiales dentro de la población desplazada y resaltan la
importancia de que a los desplazados se les garantice un trato igualitario.” Por
otra parte, el desplazamiento forzado de los pueblos indígenas surte
consecuencias especialmente graves sobre el goce efectivo de sus derechos
fundamentales colectivos a la autonomía, la identidad, y el territorio. Entre
los distintos factores del desplazamiento forzado que conllevan una violación
de estos derechos colectivos se encuentran la pérdida o el abandono del
territorio tradicional, el desarraigo que rompe las pautas culturales
directamente asociadas al territorio, el desplazamiento especialmente agudo de
los líderes y autoridades tradicionales con sus necesarias secuelas sobre la
integridad cultural, y en general la ruptura del tejido social causada por este
crimen. Tal y como se explicó en el Auto 218 de 2006, “el desplazamiento forzado es particularmente gravoso para los grupos
étnicos, que en términos proporcionales son los que sufren un mayor nivel de
desplazamiento en el país, según se ha informado reiteradamente a la Corte y lo
han declarado distintos analistas del fenómeno. El impacto del conflicto como
tal se manifiesta en hostigamientos, asesinatos, reclutamiento forzado,
combates en sus territorios, desaparición de líderes y autoridades tradicionales,
bloqueos, órdenes de desalojo, fumigaciones, etc., todo lo cual constituye un
complejo marco causal para el desplazamiento. El desplazamiento de los grupos
indígenas y afrocolombianos conlleva una violación grave de los derechos
constitucionales específicos de los que son titulares, incluyendo sus derechos
colectivos a la integridad cultural y al territorio. Más aún, la relación de
los grupos étnicos indígenas y afrocolombianos con su territorio y los recursos
presentes en él transforma el desplazamiento forzado en una amenaza directa
para la supervivencia de sus culturas.” 2. Deberes estatales
frente a la afectación severa de los pueblos indígenas por el conflicto armado
y el desplazamiento forzado. Por
su deber de garantizar los derechos fundamentales de la población (arts. 1 y 5,
C.P.) y por el mandato constitucional de preservación de la diversidad étnica y
cultural del país (art. 7, C.P.), es claro para la Corte que el Estado
colombiano está en la obligación doble de prevenir las causas del desplazamiento
forzado de los pueblos indígenas, y atender a la población indígena desplazada
con el enfoque diferencial que para ello se requiere. En
el ámbito de la prevención, es claro que el Estado no ha dado cumplimiento a
sus obligaciones constitucionales. Si bien se ha acreditado ante la Corte que
existen dos documentos orientadores de la respuesta estatal en este ámbito –la
“Directriz para la Prevención y Atención Integral de la Población Indígena en
Situación de Desplazamiento y Riesgo, con enfoque diferencial”, y el “Plan
Integral de Apoyo a Comunidades Indígenas en Alto Grado de Vulnerabilidad y
Riesgo de Desaparición”-, los cuales han sido objeto de talleres de
capacitación y desarrollo adicional en distintas regiones del país, es difícil
ver cómo estos documentos se han traducido, en la práctica, en acciones
concretas de prevención de la afectación desproporcionada del conflicto armado
sobre los pueblos indígenas colombianos, de prevención del desplazamiento
forzado causado por el conflicto armado, o de atención material diferencial y
oportuna a sus víctimas. En
esa medida, dado que la respuesta estatal a la situación de los pueblos
indígenas ha sido meramente formal y se ha traducido en la expedición de
documentos de política sin repercusiones prácticas, la Corte Constitucional
concluye que el Estado colombiano ha incumplido sus deberes constitucionales en
este ámbito, en forma grave. MEDIDAS A ADOPTAR En
atención a la situación que se ha descrito y examinado en la presente
providencia, la Corte Constitucional ordenará a los funcionarios que se
enuncian posteriormente que, en el término máximo de seis (6) meses contados
desde la notificación del presente auto, adopten dos decisiones coordinadas. Primero,
que diseñen e implementen, dentro de sus respectivas órbitas de competencia, un
Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas Afectados Por el
Desplazamiento, con el nombre que los responsables gubernamentales estimen
aconsejable ponerle. Este programa deberá ser adoptado, junto con un cronograma
para su implementación y seguimiento, dentro del término de seis (6) meses, y
deberá contener componentes de prevención y atención así como respetar los
criterios de racionalidad constitucional en las políticas públicas mencionadas
en el presente auto y en otros donde se ha ordenado incluir un enfoque
diferencial, en este caso en cumplimiento del principio de diversidad
etnocultural. En el diseño de este
programa se aplicarán los parámetros constitucionales de participación de las
organizaciones que abogan por los derechos de los pueblos indígenas, así como
de líderes de los pueblos indígenas más afectados por el desplazamiento. Los
responsables de diseñar e implementar esta orden serán los mismos de la orden
atinente a los planes de salvaguarda que se enuncia a continuación. Segundo,
que formulen e inicien la implementación de planes de salvaguarda étnica ante
el conflicto armado y el desplazamiento forzado para cada uno de los pueblos
identificados en la presente providencia. Estos
planes de salvaguarda étnica deben responder, tanto en el ámbito de la
prevención del desplazamiento forzado como de la atención a sus víctimas, a la
crítica situación descrita para cada uno de estos pueblos en los acápites
precedentes y en el anexo. Así
mismo, cada uno de dichos planes de salvaguarda étnica ha de contemplar los
siguientes elementos mínimos: 1.
Ha de ser debidamente consultado en forma previa con las autoridades de cada
una de las etnias beneficiarias, de conformidad con los parámetros que ha
señalado de manera reiterada la jurisprudencia constitucional para que la
participación sea efectiva y respetuosa de la diversidad etnocultural. 2.
Debe contener tanto un elemento de prevención del impacto desproporcionado del
conflicto armado y del desplazamiento forzado sobre el pueblo indígena
respectivo, como un elemento de atención efectiva y diferencial a las personas
desplazadas a la fecha. 3.
Debe atender a los derechos fundamentales de las víctimas de los crímenes que
se han descrito en el presente documento a la justicia, la verdad, la
reparación y las garantías de no repetición. 4.
Debe incluir un componente básico de protección de los líderes, autoridades
tradicionales y personas en riesgo por sus posturas de activismo o de
liderazgo. 5.
Debe prever herramientas para el fortalecimiento de la integridad cultural y
social de cada etnia beneficiaria. 6.
Debe contener un ingrediente de protección de los territorios tradicionales,
especialmente de los que están en proceso de titulación y asimismo de los que
ya se encuentran titulados, frente a los distintos procesos bélicos y de
despojo que se han descrito en el presente auto. 7.
Debe prever que el principal objetivo ante la población indígena desplazada ha
de ser el de garantizar su retorno en condiciones de voluntariedad, seguridad y
dignidad; pero asimismo, debe atender a los casos especiales de las personas,
familias y comunidades que no pueden volver a sus territorios por la vigencia
de las amenazas de los grupos armados o de quienes propiciaron su destierro. 8.
Debe respetar, como mínimo, los siguientes elementos de racionalidad en tanto
componente de una política pública seria y racional de atención diferencial al
desplazamiento forzado indígena: 8.1. Especificidad individual de cada Plan, sus
Componentes y sus respectivos
Elementos Constitutivos. Cada Plan de Salvaguarda, con sus componentes y
sus correspondientes elementos Constitutivos, debe ser creado en forma
específica, individual y autónoma en el marco de la política pública de
atención a la población desplazada para atender la situación de la respectiva
etnia beneficiaria. No se admitiría que, en cumplimiento de la orden de
creación de este Plan de Salvaguarda, se subsuman o fraccionen los objetivos
que mediante él se pretenden en el marco de otros programas desarrollados por
el Gobierno Nacional para atender las necesidades de la población vulnerable o
la población indígena, ni de otros componentes o programas ya existentes en el
marco del SNAIPD. Enfatiza la Corte que debe crearse un nuevo Plan de
Salvaguarda específicamente diseñado para atender esta orden, con los
Componentes y los Elementos Constitutivos recién enunciados. 8.2. Definición de metas puntuales a corto,
mediano y largo plazo, basadas en el goce efectivo de los derechos
fundamentales individuales y colectivos a garantizar. 8.3. Cronograma acelerado de implementación. 8.4. Presupuesto suficiente y oportunamente
disponible. La Sala advierte expresamente que la inexistencia de
apropiaciones presupuestales o la no disponibilidad inmediata de presupuesto no
será admitida bajo ninguna circunstancia por la Corte Constitucional como
justificación válida para el incumplimiento de esta orden. La presente
providencia genera en cabeza de los destinatarios de las órdenes aquí
impartidas la obligación de asegurar que el Plan de Salvaguarda cuente con
presupuesto suficiente y oportunamente disponible, para lo cual tienen el deber
de aplicar la excepción de inconstitucionalidad frente a las disposiciones
normativas que puedan constituir un obstáculo para ello. 8.5. Cobertura material suficiente, de
conformidad con el espectro fáctico de violación de los derechos fundamentales
de la etnia beneficiaria, según se han descrito en la presente etnia, y desde
las perspectivas de prevención, protección y materialización de los derechos de
las víctimas. 8.6. Garantías de continuidad hacia el futuro,
en el marco de la política pública de atención e indiferentemente a los cambios
coyunturales o políticos. 8.7. Adopción e implementación de indicadores de
resultado, basados en el criterio del goce efectivo de los derechos
fundamentales individuales y colectivos de la etnia respectiva. Estos
indicadores de resultado, que habrán de ser específicos para el Plan de
Salvaguarda y para cada uno de sus Componentes y Elementos Constitutivos,
podrán armonizarse con las baterías de indicadores que ya han sido adoptadas
por la Corte Constitucional y por el Gobierno Nacional. 8.8. Diseño e implementación de mecanismos e
instrumentos específicos de coordinación interinstitucional, tanto entre
las entidades del SNAIPD, como en las entidades públicas externas con las
cuales se establezcan vínculos de colaboración al interior del Plan de
Salvaguarda, y entre el nivel nacional y
las entidades territoriales. 8.9. Desarrollo e implementación de mecanismos de
evaluación y seguimiento que permitan medir de manera permanente el avance,
el estancamiento, el rezago o el retroceso del Plan de Salvaguarda en relación
con sus Componentes y Elementos Constitutivos, así como el goce efectivo de los
derechos fundamentales que se busca proteger. 8.10. Diseño e implementación de instrumentos de
corrección oportuna frente a estancamientos o retrocesos en el cumplimiento
de las metas del Plan. 8.11. Diseño e implementación de mecanismos
internos de respuesta ágil y oportuna a las quejas o solicitudes puntuales de
atención presentadas por la población desplazada. 8.12. Armonización con los demás elementos de la
política pública e integración formal a la misma, a cargo de Acción Social,
mediante los procedimientos administrativos a los que haya lugar. En
particular, cada Plan de Salvaguarda se habrá de armonizar con los documentos
de política ya existentes, a saber, la “Directriz para la Prevención y Atención
Integral de la Población Indígena en Situación de Desplazamiento y Riesgo, con
enfoque diferencial”, y el “Plan Integral de Apoyo a Comunidades Indígenas en
Alto Grado de Vulnerabilidad y Riesgo de Desaparición”, sin subsumirse en
ellos. 8.13.
Apropiación nacional y autonomía. Es
indispensable que el diseño e implementación de cada Plan de Salvaguarda no
dependan en su integridad de la cooperación internacional, sino que tengan una
sólida base nacional, establecida por las autoridades colombianas que conforman
el SNAIPD. Si bien la cooperación internacional es un elemento deseable,
importante y bienvenido para efectos de crear e implementar estos proyectos, es
necesario, para garantizar su estabilidad a mediano y largo plazo en el marco
de la política pública de atención al desplazamiento forzoso, que sean
proyectos basado en los esfuerzos del gobierno nacional, que debe proveer el
impulso primordial para su materialización, con la concurrencia de las
entidades territoriales donde ellos sea conducente a alcanzar los objetivos del
respectivo Plan de Salvaguarda.. 8.14.
Armonización con otros procesos y programas que se adelantan por el Gobierno
Nacional o por otras autoridades, pero siempre manteniendo su autonomía propia. 8.15.
Obligaciones de diseño e implementación de
cada Plan de Salvaguarda en cabeza
del Acción Social, la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior, el ICBF,
el Ministerio de Educación, el Ministerio de la Protección Social, el
Ministerio de Defensa y el Programa de Acción Integral contra Minas Antipersonal,
bajo la coordinación unitaria y centralizada del Director de Acción Social.
Las
órdenes relativas a la creación e implementación de cada Plan de Salvaguarda
serán impartidas al Director de Acción Social y al Ministro del Interior y de
Justicia - con la intervención dentro de sus órbitas de competencia de la
Directora del ICBF, la Ministra de Educación, el Ministro de la Protección
Social, el Ministro de Defensa y el Director del Programa de Acción Integral
contra las Minas Antipersonal - por ser éstas las autoridades y entidades
integrantes del SNAIPD con competencias específicas para la adopción de las
medidas urgentemente requeridas por los pueblos indígenas afectados por el
conflicto armado y el desplazamiento forzado. Sin
embargo, la coordinación del diseño, adopción e implementación del Plan de
Salvaguarda y cada uno de sus Componentes y Elementos Constitutivos es un deber
de Acción Social y del Ministerio del Interior y de Justicia; para efectos de
materializar cada una de estas etapas, estas autoridades podrán acudir a las
distintas herramientas jurídicas con las que cuentan en sus competencias
respectivas de coordinación de las distintas entidades que conforman el SNAIPD
y de la atención de los grupos étnicos del país, e igualmente solicitar el
concurso de las demás entidades públicas que considere pertinente involucrar.
La presente providencia provee un título jurídico suficiente para que active
sus competencias de coordinación en forma efectiva. Advierte
la Corte que, en relación con los distintos obstáculos normativos que pueden
afectar el cumplimiento de las órdenes impartidas en la presente providencia
dentro de los términos estrictos aquí fijados –por ejemplo, disposiciones
normativas sobre procedimientos presupuestales o requisitos administrativos-,
el Director de Acción Social y el Ministro del Interior y de Justicia están en
la obligación de aplicar la excepción de inconstitucionalidad. No se admitirá
este tipo de razones como justificación para el incumplimiento de las órdenes impartidas
en el presente Auto para proteger los derechos fundamentales de las personas y
pueblos indígenas en riesgo de desplazamiento por el conflicto armado o
efectivamente desplazados. 8.16.
Término de seis (6) meses para finalizar
el proceso de diseño de cada Plan de Salvaguarda e iniciar su fase de
implementación. La
Corte reconoce que el diseño de cada Plan de Salvaguarda Étnica de estas
características es una tarea altamente compleja, especialmente por el tipo y
diversidad de problemas que se deben abordar, por lo cual se considera que un
término de seis (6) meses es razonable para que el Plan de Salvaguarda esté en
condiciones de iniciar su implementación. RESUELVE Primero.- DECLARAR
que los pueblos indígenas de Colombia, según lo advertido en esta providencia,
están en peligro de ser exterminados cultural o físicamente por el conflicto
armado interno, y han sido víctimas de gravísimas violaciones de sus derechos
fundamentales individuales y colectivos y del Derecho Internacional
Humanitario, todo lo cual ha repercutido en el desplazamiento forzado
individual o colectivo de indígenas. Segundo.- DECLARAR que el Estado colombiano está en la
obligación doble de prevenir las causas del desplazamiento forzado de los
pueblos indígenas, y atender a la población indígena desplazada con el enfoque
diferencial que para ello se requiere. En consecuencia ORDENAR a los mismos funcionarios enunciados en el siguiente
numeral que diseñen e implementen, dentro de sus respectivas órbitas de
competencia, un Programa de Garantía de los Derechos de los Pueblos Indígenas
Afectados Por el Desplazamiento, con el nombre que los responsables
gubernamentales estimen aconsejable ponerle. Este programa deberá ser adoptado,
junto con un cronograma para su implementación y seguimiento, dentro del
término de seis (6) meses siguientes a la notificación de este auto, y deberá
contener componentes de prevención y atención así como respetar los criterios
de racionalidad constitucional en las políticas públicas mencionadas en el presente
auto y en otros donde se ha ordenado incluir un enfoque diferencial, en este
caso en cumplimiento del principio de diversidad etnocultural. En el diseño de este programa se aplicarán
los parámetros constitucionales de participación de las organizaciones que
abogan por los derechos de los pueblos indígenas, así como de líderes de los
pueblos indígenas más afectados por el desplazamiento. Tercero.- ORDENAR al Director de Acción Social y al
Ministro del Interior y de Justicia, - con la participación de la Directora del
ICBF, la Ministra de Educación, el Ministro de la Protección Social, el
Ministro de Defensa y el Director del Programa de Acción Integral contra las
Minas Antipersonal - que, en el término máximo de seis (6) meses a partir de la
notificación del presente auto, formulen e inicien la implementación de planes
de salvaguarda étnica ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado para
cada uno de los pueblos identificados en la presente providencia. En el
cumplimiento de esta orden deberán tener participación efectiva las autoridades
legítimas de los pueblos indígenas enunciado de conformidad con lo señalado
tanto en la parte motiva como en el anexo de la presente providencia. Estos
planes son: 1.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Wiwa. 2.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kankuamo. 3.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Arhuaco. 4.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kogui. 5.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Wayúu. 6.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera-Katío. 7.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera-Dobidá 8.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Embera-Chamí 9.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Wounaan 10.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Awá 11.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Nasa 12.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Pijao 13.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Koreguaje 14.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kofán 15.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Siona 16.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Betoy 17.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Sikuani 18.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Nukak-Makú 19.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo del pueblo Guayabero 20.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo U’wa 21.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Chimila 22.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Yukpa 23.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kuna 24.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Eperara-Siapidaara. 25.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Guambiano 26.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Zenú 27.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Yanacona 28.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kokonuko 29.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Totoró 30.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Huitoto 31.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Inga 32.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kamentzá 33.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kichwa 34.
El Plan de Salvaguarda Étnica del pueblo Kuiva. Cuarto.- COMUNICAR
la presente providencia al Fiscal General de la Nación, para que en ejercicio
de sus competencias adopte las determinaciones encaminadas a evitar la
impunidad de las conductas delictivas de las cuales han sido víctimas los miembros
de los pueblos indígenas. Quinto.- COMUNICAR la presente providencia al Procurador
General de la Nación, al Defensor del Pueblo y al Contralor General de la
República, para que dentro de su órbita de competencia adopten las medidas a
que haya lugar. Se les SOLICITA que, según lo consideren, informen a la Corte
sobre las mismas, y sobre las medidas que han adoptado desde sus respectivas
esferas de competencia para garantizar el goce efectivo de los derechos de los
pueblos indígenas desplazados, confinado o en peligro de desplazamiento. Sexto.- COMUNICAR la presente providencia al
representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
(ACNUR), al representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos (OACNUDH), y al representante del Comité Internacional de la
Cruz Roja (CICR), para que adopten las decisiones que estimen pertinentes. Séptimo.- COMUNICAR la presente providencia a la Comisión
de Seguimiento a la política pública sobre desplazamiento, así como a las
organizaciones que abogan por los derechos de los pueblos indígenas, v.gr. la
ONIC, AICO, y las demás de carácter regional que participaron en la sesión de
información técnica del 21 de septiembre de 2007. Octavo.- COMUNICAR la presente providencia a las autoridades indígenas de
los pueblos que deben ser protegidos mediante un plan de salvaguarda étnica
v.gr. los pueblos indígenas Wiwa, Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayúu,
Embera-Katío, Embera-Dobidá, Embera-Chamí, Wounaan, Awá, Nasa, Pijao, Koreguaje,
Kofán, Siona, Betoy, Sicuani, Nukak-Makú, Guayabero, U’wa, Chimila, Yukpa,
Kuna, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenú, Yanacona, Kokonuko, Totoró, Huitoto,
Inga, Kamentzá, Kichwa, Kuiva. Noveno.- COMUNICAR la presente providencia a la Comisión Colombiana de
Juristas. Décimo.- COMUNICAR la presente providencia al Consejo Noruego para
Refugiados con el fin de que adopte las decisiones que estime pertinentes para
hacer el seguimiento al cumplimiento de este auto. Comuníquese y cúmplase. MANUEL JOSE CEPEDA
ESPINOSA Magistrado JAIME CORDOBA TRIVIÑO Magistrado RODRIGO ESCOBAR GIL Magistrado MARTHA
VICTORIA SACHICA MENDEZ Secretaria General ANALISIS
FOCALIZADO DE LA SITUACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS COLOMBIANOS MAYORMENTE
AFECTADOS POR EL CONFLICTO ARMADO INTERNO Y EL DESPLAZAMIENTO FORZADO Durante
el proceso de monitoreo del cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004 y sus
autos de seguimiento la Corte Constitucional ha recibido una serie de
documentos y testimonios acerca de la situación que afrontan los siguientes
pueblos indígenas: Wiwa, Kankuamo, Arhuaco, Kogui, Wayuu, Embera-Katio,
Embera-Dobida, Embera-Chami, Wounaan, Awa, Nasa, Coreguaje, Cofan, Siona,
Betoye y Nukak-Maku. La
situación que se describe en esos documentos y testimonios es alarmante. Por
eso, el objeto de este anexo es sintetizar lo que en ellos se expone sobre cada
uno de los pueblos indígenas mencionados, con el fin de hacer visibles las
violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario que
padecen, lo cual hace imperioso que el
Estado actúe para salvaguardar los derechos de las comunidades y de las personas que las
integran. Como
se ha señalado, en este anexo se compendian los datos que han sido reportados a
esta Corporación, sin que la Corte asuma una posición frente a ellos.
Corresponde a las autoridades competentes, a las cuales se les comunica el
presente auto, adoptar las decisiones que estimen conducentes para esclarecer
lo sucedido y la exactitud de todo lo que se menciona, al igual que sancionar a
los responsables que se identifiquen en el transcurso de las investigaciones. En
los documentos y testimonios recibidos se relatan hechos criminales atribuidos
a la guerrilla y a grupos paramilitares, y en algunos casos a miembros de la
Fuerza Pública. Al respecto, la Corte considera necesario manifestar que ella
parte de la base de que las conductas ilícitas atribuidas a miembros de la
Fuerza Pública fueron ejecutadas por cuenta propia. Por eso, la mención de esos
delitos en este anexo no puede entenderse como una afirmación acerca de que
ellos son el producto de una política de la Fuerza Pública. Como se ha
indicado, en todos esos casos las denuncias deben ser investigadas en lo
referido a su exactitud y a los supuestos responsables de las mismas. Por
otra parte, es importante anotar que la lista de los pueblos en situación
crítica no se agota con las comunidades cuya situación se describe en este
anexo. Existen otras etnias sobre las cuales también la Corte ha recibido
información y para las cuales es igualmente necesario adoptar un plan de
salvaguarda específico. Estas son: Pijao, Sikuani, Guayabero, U'wa, Chimila,
Kuna, Yukpa, Eperara-Siapidaara, Guambiano, Zenu, Yanacona, Kokonuko, Totoro,
Huitoto, Inga, Kamentza, Kichwa y Kuiva. Sin embargo, la Corte no tuvo a su
alcance suficiente información para poder referirse adecuadamente a la
situación que afrontan estas comunidades. Por esta razón, la Corte estimó que
lo más prudente era incluirlas en la orden de protección, pero dejar a un
proceso posterior la identificación de sus problemas específicos atinentes al
conflicto armado y al desplazamiento interno. La carga de identificar estos
problemas recae sobre el gobierno. Por
lo tanto, también en relación con estos pueblos el gobierno deberá (i) iniciar
un proceso de participación efectiva con las autoridades indígenas legítimas de
cada comunidad con el fin de identificar los problemas que deben ser abordados
por el plan de salvaguarda correspondiente y, (ii) luego, diseñar con
participación de los pueblos concernidos el respectivo plan. En estos procesos
participativos se habrán de respetar las reglas fijadas por la jurisprudencia
constitucional, en aplicación del bloque de constitucionalidad, y las
autoridades indígenas podrán invitar a participar a organizaciones sociales que
abogan por sus derechos así como a asesores externos a la comunidad. De los
invitados se informará previamente al Ministerio del Interior y de Justicia. SITUACION
DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE LA SIERRA NEVADA DE SANTA MARTA. A.
Situación del pueblo indígena Wiwa ante el conflicto armado y el desplazamiento
forzado. La
información que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico sobre la
situación actual del pueblo Wiwa ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado
proviene de múltiples fuentes que coinciden en su descripción del estado de
cosas presente. Las
principales fuentes consultadas para la escritura de este capítulo son las
siguientes: (1) “Informe Regional de la Misión Internacional de Verificación a
la Sierra Nevada de Santa Marta”, septiembre de 2006; (2) “Pronunciamiento de
los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta”, 21 de julio
de 2006; (3) “Informe actual sobre la situación de violencia en los pueblos
Wiwa y Kogui en la Sierra Nevada de Santa Marta – Colombia” (informe
preparatorio para la Misión Internacional de Verificación de septiembre de
2006); (4) “Denuncia a la opinión pública sobre el proceso de exterminio de los
indígenas Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta”, efectuada por el Resguardo
Kogui-Malayo-Arhuaco de la Sierra Nevada de Santa Marta – Departamento de la
Guajira; (5) Documento titulado “Un acercamiento a la situación de derechos
humanos del pueblo Wiwa”, elaborado por la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua
Tayrona; (6) Comunicado de la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona
titulado: “¿Si nos matan los que nos deben proteger, qué se puede esperar?”;
(7) Comunicado de la ONIC titulado “Sobre el reciente asesinato de otro Gunama
Wiwa”; (8) Resolución Defensorial No. 024 del 18 de septiembre de 2002, sobre
la situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas de la Sierra
Nevada de Santa Marta y de la Serranía del Perijá. 1.
Panorama general de afectación étnica del pueblo Wiwa por el conflicto armado. La
población Wiwa actualmente es de aproximadamente 15.000 personas. Las
comunidades Wiwa están ubicadas en el resguardo Kogui-Malayo-Arhuaco, en
Valledupar, San Juan del Cesar, Riohacha, Dibulla y Santa Marta. Estas
comunidades son, principalmente, las siguientes: en la Guajira, las comunidades
de El Limón, Marokazo, Sabana Joaquina, Kuashrimake (La Laguna), Wamaka,
Potrerito, Machín, Ulago, Siminke, Barcino, Dudka, Linda, Loma del Potrero,
Piñoncito, Sabana Grande, El Caney, El Pital, La Peña de los Indios, Gomake,
Kurubal. En el Cesar, las comunidades de Pozo de Humo y Teyumke. En el
Magdalena, las comunidades de Kemakumake y Goshezhi. La principal organización
que agrupa y representa al pueblo Wiwa es la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua
Tayrona (OWYBT), la cual agrupa a la población Wiwa y Kogui del Cesar y la
Guajira (5127 wiwas y 3324 koguis en
Cesar; 5127 wiwas en la Guajira). El pueblo Wiwa ha
sido, sin lugar a dudas, una de las etnias más duramente golpeadas por el
conflicto armado colombiano en los últimos años. El teatro de la guerra se ha
trasladado materialmente al territorio Wiwa, por lo cual los ha victimizado
directamente. Como se verá en el subcapítulo siguiente, los Wiwa han sido
víctimas de una secuencia escalofriante de asesinatos selectivos, masacres,
desapariciones, amenazas, hostigamientos, torturas, detenciones arbitrarias,
señalamientos y abusos por parte de los grupos armados ilegales, y en algunos
casos, según se denuncia, por parte de miembros aislados de la Fuerza
Pública. Varios líderes y comunidades
han sido declarados objetivo militar por distintos grupos armados. Este
panorama de violaciones graves de sus derechos fundamentales ha causado el
desplazamiento de amplios segmentos de este pueblo, tanto en forma masiva como
individual. En la Sierra, la incursión de la
guerrilla desde mediados de los años 80 vino acompañada de violencia contra los
pueblos indígenas; luego, la entrada de los paramilitares al final de los
noventa agudizó la violencia; y actualmente la guerra por el control
territorial de áreas estratégicas y de cultivos ilícitos ha exacerbado la
violencia entre los distintos grupos armados que operan en la región. El
carácter estratégico de la Sierra Nevada para los actores armados radica en:
salida al mar y contacto con el resto del país, por lo cual es un corredor
estratégico para el transporte de armas y droga; recursos naturales despiertan
intereses privados de apropiación para fines comerciales; acceso estratégico a
tres departamentos. Las acciones insurgentes y contrainsurgentes han generado
el asesinato de líderes y miembros de la etnia, desapariciones forzadas, quema
y destrucción de viviendas y poblados, desplazamientos forzados, y
reclutamientos de miembros individuales de la comunidad, entre otras
violaciones graves de los derechos humanos y el derecho internacional
humanitario. Desde la llegada de
las guerrillas a la zona los Wiwa fueron objeto de estrategias de control y de
exigencias de ayuda, so pena de muerte o de violencia contra sus miembros. La
guerrilla llegó al territorio Wiwa en 1985 por ser una zona militar y
económicamente estratégica; su arribo marcó el inicio de la violencia que los
afecta actualmente, con la ocurrencia de homicidios, desapariciones y
desplazamientos. El panorama bélico se agudiza en 1999 con la entrada de los
paramilitares, y finalmente con el establecimiento de la economía ilegal de la
coca, que ha exacerbado la disputa territorial entre los distintos grupos
armados. Desde 2001 se inicia la etapa de
afectación más grave por el conflicto armado. Las acciones insurgentes y
contrainsurgentes han generado asesinato de líderes, desapariciones, quema de
viviendas, desplazamientos, y reclutamientos. Las masacres más graves tuvieron
lugar con la entrada a la zona de las AUC en desarrollo de estrategias
contrainsurgentes, principalmente por la ocurrencia de señalamientos colectivos
a comunidades enteras de ser colaboradores de la guerrilla o guerrilleros,
desconociendo el carácter coercitivo de la “colaboración” que habían sido
obligados a prestar. Algunos miembros individuales de la etnia Wiwa fueron
reclutados por la guerrilla; el castigo por estas transgresiones individuales,
de parte de las AUC, fue colectivo, con
la realización de masacres, ataques, maltratos y abusos. En general, los Wiwa
son objeto permanente de señalamientos de ser de la guerrilla o ser sus
colaboradores. Varios líderes y comunidades han sido declarados objetivo
militar. Actualmente hay noticia de la
presencia de grupos paramilitares que no se desmovilizaron en el proceso de
2005-2006, en las partes bajas de las cuencas de los ríos Jerez, Ancho y
Palomino en Dibulla. Su presencia y operancia genera temor y zozobra en la
población. Además, desarrollan actividades de narcotráfico, con la violencia
consiguiente. Persisten actualmente las amenazas
por parte de grupos armados ilegales contra los Wiwa –incluidas sus autoridades
tradicionales-, profesores, líderes y directivos de la organización OWYBT.
También se reporta a la Corte que cuando
los Wiwa están en las partes bajas son considerados frecuentemente como
milicianos o guerrilleros, y cuando vuelven a sus comunidades de hacer
gestiones en los poblados de la parte baja de la Sierra, son señalados por la
guerrilla como integrantes de la red de cooperantes e informantes de las
Fuerzas Armadas. De la misma manera, se hostiga a los que quedan en libertad
luego de ser detenidos por las autoridades bajo acusaciones de rebelión que, a
la larga, resultan en la mayoría de los casos infundadas. Se ha denunciado a
este respecto la labor de informantes reinsertados de la guerrilla que señalan
infundadamente a Wiwas inocentes. Ante la Corte se ha reportado el
involucramiento en el conflicto armado de miembros de la comunidad Wiwa, tanto
por parte de las guerrillas como de los paramilitares, en calidad de
informantes, guías o traductores, bien sea a cambio de dinero, o mediante
amenazas. Se ha precisado que en algunos
casos este involucramiento es de miembros de la comunidad, a menudo de
infractores de la ley tradicional, que luego de ser sancionados se resienten
con sus comunidades de origen, y en consecuencia efectúan señalamientos a las
autoridades indígenas de ser colaboradores de alguna de las partes enfrentadas. Manifiestan los Wiwa que su vida
comunitaria ha sido afectada por la presencia de las Fuerzas Armadas en los
resguardos. Señalan que la fuerte presencia militar en el territorio Wiwa no ha
redundado en disminución de la violencia, sino que, por el contrario, se ha
traducido en enfrentamientos militares dentro de su territorio y, en no pocos
casos, en violaciones de sus derechos humanos por miembros individualmente
considerados de la Fuerza Pública. De allí que, por ejemplo, hayan manifestado
su oposición al proyecto de construir una base militar en lo que fuera el
pueblo de Guachirimake (La Laguna), destruido por el Ejército mismo en un
bombardeo, según relatan ellos. También han
denunciado ante las autoridades la ocurrencia de detenciones masivas
arbitrarias, sin respeto por el debido proceso. Según denuncias de la
comunidad, hay numerosos casos de indígenas wiwa detenidos y judicializados por
rebelión, lo cuales, luego de ser liberados ante la ausencia de pruebas, son
objeto de señalamientos y hostigamientos por parte de los paramilitares. La
comunidad afirma que en su gran mayoría las personas detenidas no tienen
vínculos con los actores armados, y que han sido denunciados injustamente por
la red de cooperantes e informantes. En los documentos se expresa que,
además, el conflicto armado restringe la movilidad por el territorio Wiwa. Las
estrategias bélicas y de control de los grupos armados ilegales, y también de
la Fuerza Pública, conllevan restricciones en el paso de alimentos, personas,
medicamentos e insumos básicos. Estas restricciones, sumadas al frecuente robo
de alimentos, cultivos y ganados por los grupos armados, han generado una seria
crisis alimentaria. En efecto, el recrudecimiento del conflicto armado ha
generado un serio desabastecimiento alimentario por la destrucción de cultivos,
el hurto de ganado y animales, la destrucción y saqueo de tiendas, las
restricciones a la movilidad de alimentos y personas, el miedo de los vehículos
a subir a la zona ante la posibilidad de ser objeto de ataques, y la
interrupción de las labores agrícolas por causa del desplazamiento forzado.
Inicialmente la crisis alimentaria surgió de las restricciones y bloqueos
alimenticios impuestos por los grupos paramilitares, que además prohibieron a
los Wiwa comercializar sus cosechas; luego se acentuó por la destrucción y
hurto de cultivos y animales por todos los grupos armados, y por las
restricciones alimentarias impuestas por el Ejército, que frecuentemente acusa
a los wiwas de alimentar a la guerrilla e impone topes a los alimentos que se
pueden transportar por familias, por ejemplo, no permite que se transporten más
de 4 kg de arroz por familia para la semana. La situación alimentaria incide
especialmente sobre los menores de edad, exacerbando las tasas de
morbi-mortalidad por desnutrición y enfermedades prevenibles de la infancia. La incomunicación y el aislamiento
de las comunidades, causada por la distancia geográfica de sus asentamientos,
las restricciones a la movilidad impuestas por los grupos armados –se reportan,
por ejemplo, toques de queda impuestos por el ejército entre las 6 de la tarde
y las 6 de la mañana-, el mal estado de las vías y el temor a entrar, salir o
transitar por su territorio, genera una grave invisibilidad de sus problemas y
su situación. También se ha generado una situación
de afectación en la salud del pueblo Wiwa causada por la amenaza o el asesinato
de auxiliares y promotores de salud y de las brigadas médicas, por el saqueo de
puestos de salud, y por las restricciones al paso de medicamentos y de
enfermos. Estos problemas de salud derivados de la inseguridad, se agudizan por
los problemas en el servicio que presta
la EPS Tenaka. Las restricciones de movilidad y la
afectación de los sitios sagrados por el conflicto armado han generado un grave
impacto cultural, ya que afectan la dinámica de los pagamentos, y por lo tanto
atentan contra la integridad étnica del pueblo Wiwa. A este respecto debe
tenerse en cuenta que, en la cosmovisión de esta etnia, los sitios sagrados
tienen sentido al estar intercomunicados para la protección de la Sierra Nevada
de Santa Marta como corazón del mundo; los mamos y sagas juegan un rol crítico
en su cuidado, y de esa práctica depende, en su criterio, la supervivencia del
conjunto. La interferencia y el control de sus formas culturales propias por
los actores del conflicto armado afectan, así, en forma directa, su derecho a
la integridad cultural. Las autoridades Wiwa han denunciado
repetidamente que han sufrido daños por operaciones indiscriminadas de
fumigación, que no han recaído únicamente sobre cultivos ilícitos, sino también
sobre los cultivos de pancoger, el agua y los suelos, afectando su salud. Los Wiwa también han denunciado que
han sido afectados por la construcción de la represa del Río Ranchería, que en
su criterio se realizó sin que se hubiera realizado un proceso de consulta
previa adecuado, y contrariando los acuerdos suscritos en 2001 entre el
Gobierno Nacional y los cuatro pueblos de la Sierra Nevada. Se han opuesto a la
construcción de la represa del río Ranchería porque ésta afectará el medio
ambiente; incidirá sobre uno de sus sitios sagrados; y se encuentra además en
la zona de proyección del resguardo. Independientemente de estas protestas,
según se ha reportado a la Corte, las obras de construcción de la represa se
iniciaron y actualmente están en desarrollo. Más aún, los Wiwa han reportado la
gestión lenta e ineficiente del INCORA en el saneamiento de sus territorios y
la constitución de resguardos, que aumenta su riesgo ante los agresores,
interesados en apropiarse de sus territorios por su valor militar y
económicamente estratégico. También informan sobre la afectación
del goce efectivo del derecho a la educación por causa del conflicto armado,
principalmente por las amenazas a maestros y educadores por los actores
armados. Los Wiwa se han declarado
reiteradamente como un grupo neutral ante el conflicto armado. Así, por
ejemplo, en el año 2006 expresaron: “nuestros
pueblos no se encuentran en territorio de ningún actor armado, sino que son los actores armados los que están en
nuestros territorios,
realizando una guerra que no sólo es ajena sino que no la alcanzamos a comprender. Es así como los diferentes
actores armados transitan y viven en nuestros territorios, pero no viven entre nosotros.”27. En otra
ocasión, se manifestaron en los términos siguientes: “Hoy se nos ha
desplazado en nuestro propio territorio, se han burlado de nuestra cultura,
pisoteando y profanando nuestros sitios
sagrados, a pesar de nuestra declaración de autonomía y
neutralidad frente a todos los actores
que insisten en vincularnos al conflicto armado que vive nuestro país,
desconociendo nuestro derecho a existir de acuerdo a nuestra cultura, nuestras
propias formas de gobierno y regidos por nuestras autoridades tradicionales.” Y
en otra oportunidad, se expresaron así: “La arremetida de estos actores armados
contra los pueblos Kággaba (Kogui) y Wiwa, guardianes de la Sierra Nevada de
Santa Marta, ha generado el desplazamiento de las tierras que heredamos de
nuestros ancestros y que por tiempos milenarios hemos habitado; han pisoteado
nuestra cultura, profanando nuestros sitios sagrados, a pesar de nuestra
declaración de autonomía y neutralidad frente al conflicto. Nos han vinculado a
una disputa armada, absolutamente desconocida por los miembros de nuestra
sociedad.” 2. Relación detallada de los crímenes sobre los que se ha alertado a la
Corte Constitucional. La Corte ha sido alertada sobre una
serie de crímenes de los que ha sido víctima la población Wiwa. En los
documentos que sirven de fuente a este aparte se mencionan, entre otros, los
siguientes crímenes perpetrados contra la población Wiwa en el curso del
conflicto armado: Masacres y actos de violencia colectiva contra los Wiwa reportados ante la
Corte a. Masacre de El Limón: 30 de agosto
a 5 de septiembre de 2002. Se reporta la muerte de 6 personas, incluidos 2
ancianos y 3 menores; generó el desplazamiento de la mayor parte de la
comunidad a Riohacha, al barrio “Abuwimake”, donde están todavía con temor a
volver. Hubo quema de las viviendas, tortura de personas, y aterrorizamiento de
la población. Esta masacre se atribuye por los Wiwa a los paramilitares,
quienes habrían contado con la colaboración de elementos del Batallón
Cartagena. b. Masacre de Potrerito: enero de
2003. Se reporta la destrucción de la comunidad por ametrallamiento y bombardeo
por aire y tierra, por parte de las Fuerzas Armadas – Batallón de Artillería
No. 2 La Popa. Dicen que también participaron las AUC. Se informa sobre la
quema de viviendas, el colegio, el centro de salud, y la destrucción de los
cultivos. Se informa que entre finales de enero y febrero de 2003, por los
combates entre las Fuerzas Armadas y las AUC contra la guerrilla, se desplaza
la comunidad de Potrerito a zonas rurales y urbanas de San Juan del Cesar,
Villanueva, Valledupar, Riohacha y la Serranía del Perijá; actualmente hay sólo
5 familias Wiwa de esta comunidad en el territorio, viviendo en la población de
la Peña de los Indios del resguardo kogui-Malayo-Arhuaco. c. Masacre de Marokazo: 21 de abril
de 2003. Se reporta que tropas del Ejercito Nacional – Batallones Rondón y
Cartagena, que estaban concentradas desde el 16 de abril en el corregimiento de
Caracolí, ingresaron a Marokazo con helicópteros artillados realizando
bombardeos, generando daños materiales, y amenazas contra la población. Se
denuncia que luego de que el Ejército se fue entraron las AUC y en su recorrido
asesinaron, torturaron y golpearon hombres y mujeres; destruyeron el centro de
salud, llevándose medicinas e implementos; quemaron casas; mataron animales; y
destruyeron una tienda comunitaria y una tienda particular. Este hecho generó
el desplazamiento de 19 familias – 175 personas, hacia El Machín, La Peña de
los Indios, Ulago y San Juan del Cesar. d. Masacre de La Laguna. En los
documentos se expresa que del 20 al 25 de abril de 2003, la comunidad de
Cuachirimake (La Laguna) fue objeto de ametrallamientos indiscriminados desde
un helicóptero y aviones de combate de las FAC, al igual que de un ataque por
parte de tropas de los batallones Cartagena y Rondón de las Fuerzas Armadas. Se
manifiesta que también participaron en los ataques miembros de las AUC. Este
hecho generó el desplazamiento de 52 personas a poblaciones Kággaba vecinas de
El Colorado y Mamarongo en la parte más alta de la Sierra Nevada de Santa
Marta. Posteriormente, del 21 al 24 de mayo de 2003, hubo combates que
afectaron La Laguna, Sabana de Joaquina, Seminke y Goamaka, causando el
desplazamiento interno de las comunidades. Luego, en septiembre de 2003, hubo
combates en Sabana Grande, que generaron el desalojo casi completo de la
comunidad. Hoy quienes fueran sus habitantes viven en San Juan, Valledupar y en
otras comunidades del resguardo en el Cesar. e. Masacre de Las Mercedes: el 8 de
diciembre de 2003 la comunidad fue destruida por la guerrilla. Para diciembre
de 2005 seguían desplazadas 50 familias dentro y fuera del resguardo; la
comunidad está en ruinas. Es un punto estratégico de tránsito entre las partes
alta y baja del territorio Wiwa, por lo cual su sometimiento al control de los
grupos armados y al conflicto coarta la movilidad. Crímenes individuales reportados ante la Corte 1. 12 enero de 2001: se reporta el
asesinato de 7 personas en San Juan del Cesar – La Ye de Guacanayal, incluidos
2 líderes de Gonawindúa: Manuel Gil Alberto (Wiwa) y un kankuamo (Álvaro
Romero). Se atribuye a miembros del Batallón Rondón del Ejército Nacional. La
denuncia fue instaurada, pero no se ha avanzado en la investigación. 2. 19 de diciembre de 2001: se
reporta el bombardeo de un sitio sagrado, Zhitenguia, por un helicóptero y
aviones de las Fuerzas Armadas. 3. 14 de marzo de 2002: se reporta
un bombardeo contra mujeres de Wamaka mientras recogían coca para sus prácticas
ceremoniales; este hecho generó un desplazamiento a los cerros. 4. 9 de marzo de 2002: se reporta la
tortura y asesinato de dos indígenas Wiwa de El Limón, los hermanos Elber y
William Montero Calvo, en un retén de los paramilitares en el corregimiento de
Tomás. A este respecto se informa sobre la permanencia y el desarrollo de
retenes de los paramilitares durante tres meses, pese a la cercanía de la base
militar del batallón Cartagena. 5. 29 de marzo de 2002: se reporta
que paramilitares del bloque norte de las AUC toman como escudos humanos a varios miembros de la comunidad de
Tembladera y los llevan hasta Piñoncito y Caracolí en las Sabanas de Manuela,
donde reúnen a las comunidades y las amenazan acusándolas de ser colaboradores
de la guerrilla. En los documentos se acusa a miembros del Ejército de
participar en este operativo. 6. 10-15 de julio de 2002: se
reporta que un grupo del Bloque Norte de las AUC proveniente de Caracolí
irrumpe en Marokazo, generando el desplazamiento de toda la comunidad. Se
denuncia el hurto de gallinas y cultivos, robo de implementos personales y
saqueo de viviendas, saqueo de la tienda y del puesto de salud; se acusa a
miembros del Batallón Rondón de participar y de amenazar y hacer señalamientos
contra la comunidad; en particular se denuncia que amenazaron con bombardear la
tienda comunitaria. 7. 14 de julio de 2002: se denuncia
que hubo un bombardeo indiscriminado, por parte de aviones y helicópteros de
las Fuerzas Armadas, sobre Potrerito y Sabanagrande, a causa de los cuales
murieron los Wiwa Marcelo Nieves (30 años) y Raúl Nieves Mestre (23 años).
También se reporta el saqueo por parte del Ejército de los alimentos del
restaurante escolar donados por el ICBF. En los documentos se manifiesta que el
Ejército reportó públicamente que se habían presentado combates, y que los
alimentos se encontraron en campamento de la guerrilla. Los hechos causaron el
desplazamiento de las comunidades a San Juan del Cesar y la Sierra Nevada. 8. 16 de julio de 2002: se informa
que cuando se va el Ejército de Tembladera, entran los paramilitares, roban
ganado (reses, mulas y caballos) y obligan a los pobladores a acompañarlos a
llevar el ganado a El Carmen. 9. 17 de julio de 2002: se reporta
que después de un enfrentamiento entre el Ejército y la guerrilla, los
paramilitares amenazan a la población de Curazao y alrededores de La Junta
dándoles 2 horas para salir; se genera el desplazamiento de indígenas a
poblaciones cercanas – Lagunita, Tocapalma, Peña de La Junta-. 10. 29 de agosto de 2002: se
denuncia que miembros de las AUC asesinan en el sitio Comejenes – finca Las
Paivas a los Wiwa Eliécer Mendoza Rabillo (7 años), Albeiro Mendoza Rabillo (12
años), Francisco Mendoza Rabillo (17 años). Según se reporta, hay presencia
cercana del Ejército en Casitas – Batallón Cartagena. 11. 30 de agosto de 2002: se
reporta, en El Limón, el asesinato de la señora Rosalía Loperena (84 años) con
una granada frente a sus nietos, y la desaparición de su esposo Luis Antonio
Mendoza (88 años) y su hijo Jaime Elías Mendoza Loperena (48 años), cuyo
cadáver apareció descuartizado. También se informa que al caserío llegaron
disparando indiscriminadamente, lo que causó la muerte de dos niñas, y la quema
de 23 casas. Al día siguiente, según se informa a la Corte, llegó el Ejército,
se comieron los animales que quedaban, y saquearon la tienda comunitaria. 12. 1º de septiembre de 2002: se
denuncia que miembros del Batallón Cartagena de Riohacha, en un operativo en
Contadero, El Limón, Marocaso, Tembladera y Caracolí, asesinan entre otras
personas a dos indígenas Wiwa –José Ángel y Alberto Sarmiento, y que reúnen a
la comunidad de Piñoncito y les dan un plazo para desalojar su territorio. En
los documentos se dice que en esta última acción participaron también miembros
de las AUC. Esta situación genera el desplazamiento de 1500 personas. 13. 19-20 de enero de 2003: se
reporta una incursión de presuntos paramilitares en las comunidades de Bernaka
y Potrerito; lanzan granadas, destruyen casas y animales, y generan el
desplazamiento de las comunidades. 14. 20 de abril de 2003: se reporta
que un helicóptero ametralla la comunidad de La Laguna, y genera el
desplazamiento de los pobladores. 15. 21 de abril de 2003: se reporta
la ocurrencia de dos ametrallamientos más, por parte de un helicóptero y unos
aviones. Los ametrallamientos también afectaron sitios sagrados. 16. 20 de abril de 2003: se reporta
que, en La Laguna, hombres armados destruyen las tiendas comunitarias, saquean
el centro étnico educativo, destruyen y saquean el restaurante escolar, y
queman y saquean los medicamentos e instrumentos de salud donados a la
comunidad. También se informa que todas las casas fueron quemadas, que se
comieron los animales y el ganado, y maltrataron a varios indígenas. En los
documentos se denuncia una presunta
autoría de miembros del Ejército. En la acción también habrían participado
hombres del Bloque Norte de las AUC. 17. 21 a 25 de abril de 2003: se
denuncia que tropas del Ejército llegan a Marokazo, destruyen una tienda y
saquean el puesto de salud. 18. 22 de abril de 2003: se reporta
que en Wamaka, presuntos miembros del Ejército quemaron cuatro casas del mamo y
la zaga; violentaron todas las viviendas del caserío; quemaron las drogas;
maltrataron físicamente al comisario; a otro indígena lo desnudaron y lo pasearon
por el pueblo a culatazos para que dijera dónde estaba la guerrilla. Se
comieron animales, destruyeron herramientas, destruyeron la escuela y
profanaron la casa sagrada o Kankurua, profanando los objetos sagrados. En los
documentos se dice que en la acción participaron también miembros de las AUC. 19. 27 de abril de 2003: se reporta
que los paramilitares se llevan a 5 personas incluido un indígena de la finca
La Amazona, que no volvió aparecer; apareció el cadáver de otra persona, un
campesino (Hiraldo Manjarrez), descuartizado. 20. 9 de mayo de 2003: se reporta la
ocurrencia de combates entre las Fuerzas Armadas y la guerrilla en Marokazo,
que generan el desplazamiento de las comunidades del área. 21. 28 y 29 de agosto de 2003: se
reportan bombardeos y ametrallamientos indiscriminados por parte de la Fuerza
Aérea contra La Sierrita y Sabanagrande, poblados indígenas, que generan el
desplazamiento de sus habitantes hacia San Juan y La Sierra. 22. 4 de septiembre de 2003: se
reporta que tropas del Batallón Cartagena llegan a Gomake y obligan a dos
indígenas a acompañarlos a buscar a la guerrilla a Mamarongo. En Mamarongo
hurtan y comen ganado y productos, y profanan pertenencias sagradas de los
mamos. 23. Septiembre 7-8 de 2003: se
denuncia que en las comunidades de Coloradito y Wuamaka miembros de las Fuerzas
Armadas hurtan y comen ganado y alimentos, y maltratan a indígenas. En los
documentos se dice que en la acción participaron también miembros de las AUC. 24. Septiembre 26 de 2003: se
denuncia que un grupo de hombres armados con prendas de uso privativo de las
Fuerzas Armadas reúnen en Marocazo a toda la comunidad; unos encapuchados
señalan y separan a Braulio Montoya López (63 años) y lo asesinan. Luego en
Contadero el grupo asesina al indígena Marcos Calvo y amenaza a sus familiares
con que les falta asesinar al hermano restante. 25. 9 de enero de 2004: se denuncia
que un grupo armado identificado como de las AUC llega a Kuashirimake (La
Laguna) y dispara contra los indígenas José del Carmen Torres, Fernando Torres
y Eliécer Torres, que sobreviven. 26. 30 de enero de 2004: se informa
sobre la llegada del Batallón Rondón a la comunidad. En los documentos se
denuncian violaciones, saqueo y quema de las viviendas por parte de algunos
soldados, así como señalamientos a los Wiwa de ser colaboradores de la
guerrilla y a las mujeres de ser amantes o compañeras de los jefes
guerrilleros. 27. 18 de enero de 2004: se reporta
el asesinato, en San Juan del Cesar, de José Pedro Pastor Alberto y Zunilda
Villazón Montano, desplazados, por paramilitares. 28. 17 de febrero de 2004: se
denuncia el asesinato del propietario y el conductor del único vehículo que
cubría la ruta San Juan – La Peña de Los Indios. Se dice que el día anterior el
Ejército les había dado 24 horas para renovar los documentos del vehículo para
poder seguir transitando, y que simultáneamente con los asesinatos hubo
allanamientos por el Ejército a sus casas. 29. 7 de abril de 2004: se reporta
el asesinato de los indígenas Víctor Julio Montaño y Simón Montaño y el
campesino Emer Manjarrez en la ruta San Juan – Peña de los Indios a la altura
de Zambrano, y quema del vehículo en el que iban, que era el único que cubría
la ruta, con el mercado, dentro del límite de $40.000 por familia que permite el
Ejército. Como consecuencia de este hecho, ni siquiera los vehículos de
poblaciones vecinas transitan por el área, por miedo; según informan, la única
forma de salir del resguardo es caminando 8 horas con riesgo de retenes. 30. 8 de abril de 2004: se reporta
el asesinato, en su casa, de Luis Fernando Montaño en la Peña de los Indios,
por tres hombres armados que portaban prendas de uso privativo de las Fuerzas
Armadas. 31. 11 de abril de 2004: se reportan
los bombardeos de las comunidades de La Celosa, Sabana Joaquina y El Filo del
Machín, generando el desplazamiento de las personas, de quienes se perdió el
rastro. 32. 19 de mayo de 2004: se denuncia
el desplazamiento masivo de decenas de familias Wiwa a Dibulla por amenazas de
los paramilitares. 33. 15 de enero de 2005: se reporta
el asesinato en San Juan del Cesar por las AUC de 2 wiwas, uno de ellos
reconocido líder y miembro de OWYBT. 34. 18 de enero de 2005: se reporta
el asesinato en San Juan del Cesar de los wiwas Ángel Melquíades Loperena y Darío
Loperena, hermanos, tesorero de OWYBT y docente de la comunidad
respectivamente. 35. 15 de febrero de 2005: se
denuncia el asesinato de la wiwa Noemí Pacheco Zabatá y su esposo kankuamo por
tropas del batallón La Popa, en medio de un
enfrentamiento entre las Fuerzas Armadas y las FARC. 36. 15 de febrero de 2005: se
denuncia la desaparición de los wiwas Juan Ignacio Solís, Antonio Solís
Loperena y Julio Solís Torres de la comunidad de El Barcino, presuntamente por
las FARC. 37. 5 de abril de 2005: se denuncia
la detención, en San Juan, del docente y líder wiwa Elkin José Móvil Alberto,
por parte del batallón Rondón Buenavista, acusado de rebelión y abastecimiento
de alimentos a la guerrilla. Se resalta la importancia de su labor de liderazgo
y de denuncia la violación de derechos humanos. Fue puesto en libertad luego de
más de dos meses. Se manifiesta que el proceso continúa y que él está basado en
señalamientos hechos por guerrilleros desmovilizados que viven en el Batallón. 38. 10 de abril de 2005: se denuncia
el asesinato de Carlos Alberto Vega Camacho por miembros del Batallón Rondón en
el área rural del municipio de Villanueva – Serranía del Perijá. 39. 17 de abril de 2005: se reporta
el asesinato del menor Wiwa Ángel David Lotiza en Riohacha, y lesiones a su
hermanito Juan Tomás, hijos del coordinador de educación de OGT en la Guajira. 40. 26 de mayo de 2005: se reporta
el asesinato, por las FARC, de los wiwas Bélica Argenta Mejía y Esteban Argenta
Mejía. 41. 10 de agosto de 2005: según manifiesta
la comunidad, el Ejército informa en un comunicado de prensa que entre algunos
guerrilleros de las FARC dados de baja se encuentra el indígena wiwa Robinson
Pacheco Malo, quien en realidad está vivo y reside en la comunidad de El Cerro;
el comunicado dice que también se había capturado a un subversivo, el kankuamo
Juan de Jesús Mendoza Arias, casado con una mujer wiwa y residente en el Cerro,
a quien se maltrata y captura después por parte de algunos soldados. 42. 25 de agosto de 2005: se reporta
que, en Sabanas de Joaquina, el profesor Alcibíades Mejía Solís y el menor Luis
Guillermo Maestre Cáceres fueron detenidos por la Policía, durante la
“Operación Atasques”; se denuncia que ambos fueron presentados a la opinión
pública como guerrilleros del Frente 59 de las FARC. 43. 27 de agosto de 2005: se
denuncian ametrallamientos y bombardeos indiscriminados por la Fuerza Aérea a
las comunidades de El Cerro, Piedra Lisa y Rongoy en el Cesar. 44. 28 de septiembre de 2005: se
reporta el asesinato de Rosa Armenta Nieves por paramilitares en el caserío de
Las Colonias en Riohacha. 45. Agosto de 2005: se denuncia que
el profesor de la Comunidad Sabana Joaquina fue señalado infundadamente de ser
un líder guerrillero y que, posteriormente, 5 helicópteros, una avioneta y un
helicóptero aterrizaron a menos de 100 metros de la escuela, y varios agentes
capturaron al maestro en el salón de clase. Su detención fue reportada a la
opinión pública como la captura del jefe político del Frente 59 de las FARC. El
maestro fue liberado después. 46. 12 de octubre de 2005: la
comunidad de Gongra en el municipio de Riohacha es objeto de una toma por 300
miembros de la guerrilla, quienes se apropiaron de las casas y los cultivos de
la comunidad, estableciendo allí su campamento y base de operaciones; el hecho
genera el desplazamiento de 12 familias. 47. Finalizando 2005: se denuncia
que un indígena de la comunidad de Ulago (San Juan) fue detenido por tres
miembros del Ejército y que, posteriormente, apareció su cadáver con uniforme
de la guerrilla y armas y fue reportado como muerto en combate. 48. 14 de octubre de 2005: se
denuncia un atentado contra el maestro Luis Oswaldo Nieves. 49. 10 de diciembre de 2005: se
denuncia el asesinato del wiwa Laudelino Montaño Loperena, quien habría sido
sacado de su casa y detenido por miembros del Batallón Rondón – X Brigada, y
posteriormente fue presentado como un guerrillero dado de baja en el reporte
militar correspondiente. Apareció su cadáver entre Ulago y Sabana Joaquina el
10 de diciembre. 50. 11 de diciembre de 2005: se
reporta la detención por parte del Batallón Rondón de los esposos José Mestre
Crespo y Maira Cáceres, de la comunidad de Sabana de Joaquina, bajo la
acusación de rebelión. La comunidad se opuso a
la medida. 51. 3 de enero de 2006: se reporta
que en Sabana Joaquina fueron detenidos por hombres armados Celso Carrillo - de
El Limón y desplazado a Sabana Joaquina - y Ricardo Arias Solís, de Sabana
Joaquina. En los documentos se menciona que, posteriormente, el Ejército, en un
informe militar del 4 de enero, los presentó a la opinión pública como
guerrilleros dados de baja en combate, que respondían a los alias de “Agustín”
y “César”. 52. 7 de enero de 2006: se reporta
la detención por la SIJIN, en Valledupar, de la enfermera de Marokazo, Carmen
Arias Cáceres, quien es procesada por rebelión. 53. 9 de enero de
2006: se reporta el asesinato de Bernardo Montaño Armenta, de la comunidad de
La Peña de los Indios, en la calle en San Juan del Cesar, por presuntos
paramilitares. 54. 21 de enero de 2006 – se
denuncia que Farid Nieves Nieves, de la comunidad de Potrerito pero desplazado
al casco urbano de San Juan del Cesar, a las 2:00 AM en el sector Villa Corelca
del casco urbano, fue muerto por agentes del GAULA de Valledupar, cuando -según
el GAULA- hubo un intercambio de disparos con dos extorsionistas dados de baja
en flagrancia. La comunidad niega su involucramiento en los hechos y
controvierte las circunstancias de su asesinato. 55. 25 de marzo de
2006 – se denuncia que Ever José Vega Vega y Heiner Vega Radillo, de El Placer,
que vivían en Riohacha, en el corregimiento de Corretalito en Barrancas
(Guajira), fueron muertos por agentes del GAULA de Valledupar cuando, según el
GAULA, iban a extorsionar a un comerciante junto con otros hombres. La
comunidad controvierte las circunstancias de su muerte. 56. 6 de abril de 2006: se reporta
el asesinato en Riohacha del Mamo mayor wiwa Juan Alberto Gil, de la comunidad
de Cherúa, en su residencia del Barrio 31 de octubre, por dos pistoleros en
moto, presuntos sicarios de los paramilitares locales. 57. 30 de abril de
2006: se denuncia que Héctor José Nieves Nieves, de Potrerito, fue asesinado
con un disparo por dos policías del Comando Departamental de La Guajira, cuando
realizaban una requisa a su vivienda en el corregimiento de La Junta de San
Juan del Cesar, argumentando que perseguían a milicianos de las FARC. 58. 12 de mayo de 2006: se denuncia
el asesinato, en la finca Torcoroma del corregimiento de
Mingueo (Dibulla – Guajira), de Marceliano Pacheco Malo por presuntos
paramilitares de las AUC. 59. 2 de agosto de 2006 – se
denuncia la detención, por el Ejército, del wiwa Román Vega Nieves mientras
trabajaba en San Juan del Cesar, en una parcela de la finca La Mina. En los
documentos se dice que, el 3 de agosto, se presentó su cadáver como el de un
guerrillero de las FARC dado de baja en combate en el municipio de La Jagua del
Pilar, con una camiseta verde oliva, una
granada y un revólver que la familia niega que tuviera. También se afirma que
Román Luis Vega Nieves y su hermano Juan Segundo Vega Nieves habían sido
detenidos en octubre de 2005 en la comunidad de La Loma del Potrero por tropas
del Batallón Rondón por 8 días; al liberarlos los militares les advirtieron que
no regresaran a la comunidad donde habían sido detenidos, porque “no
respondían”. 60. 19 de marzo de 2007: se denuncia
la desaparición de Víctor Julio Mendoza Montero (78 años) en Potrerito,
mientras se encontraban tropas del Batallón Rondón en las inmediaciones. 61. 21 de julio de 2007: se reporta
el asesinato del indígena Wiwa Pedro Evangelista Montero Nieves, de la
comunidad de Sabana Grande, que estaba desplazado en San Juan del Cesar –
corregimiento de Curazao, en su casa, aparentemente por paramilitares de las
llamadas “Águilas Negras”. Dejó una viuda y 9 hijos. 3. Afectación del pueblo Wiwa por el desplazamiento forzado La situación recién descrita ha sido
la causa de una grave afectación de la etnia Wiwa por el desplazamiento
forzado, que se ha presentado tanto a nivel masivo como individual, y aún pende
en tanto riesgo claramente identificable sobre las comunidades y familias de
este pueblo. El desplazamiento masivo de las
comunidades wiwa ha tenido lugar en distintas ocasiones; entre las que se han
reportado a la Corte, se incluyen: (a) en 2003, se desplazaron 22 familias (133
personas), (b) en 2004 se desplazaron 90 familias (509 personas) a San Juan del
Cesar, (c) en 2005 se desplazaron 10 familias y varias personas; (d) en 2006
hubo varios desplazamientos de familias hacia Riohacha y Palomino (Dibulla).
Desde entonces no han vuelto a haber desplazamientos masivos de la población
wiwa, pero según se informa a la Corte, los desplazamientos individuales,
familiares y a pequeña escala son constantes; muchos de ellos ocurren dentro
del mismo resguardo Kogui-Malayo-Arhuaco, por lo cual son invisibles. Los desplazados sufren una ruptura
cultural, junto con malas condiciones de vida y violencia en los lugares de
llegada. En el lugar de desplazamiento se ven enfrentados a prejuicios,
intolerancia y discriminación. Más aún, sus condiciones de vida durante el
desplazamiento son infrahumanas. Así, por ejemplo, en el Barrio Abuwimake de
Riohacha, donde están desplazadas las 26 familias de El Limón desde el 7 de
septiembre de 2002, se reporta que la población desplazada vive en casas de
plástico establecidas por la alcaldía, sin la infraestructura necesaria;
constantemente se reportan casos de niños enfermos por falta de agua limpia e
higiene básica; además son objeto de violencia y señalamientos por los actores
armados. En efecto, se han reportado hostigamientos y amenazas por todos los
actores armados contra estas familias desplazadas, y la detención de algunos de
ellos por las Fuerzas Armadas: Ledis Loperena Joño (1º de junio de 2005),
Deudelith Enrique Guerra Luna –suntalo- (15 de abril de 2006), y Aris Melder
Vidal Mendoza (30 de junio de 2006). En criterio de las comunidades
afectadas, los retornos promovidos por el Gobierno son insostenibles. Por otra
parte, se han presentado algunos retornos espontáneos, que han sido causa de
nuevos problemas entre los retornados y los grupos armados que operan en la
zona. Así, se informa que los procesos de
retorno de El Limón, La Laguna y Potrerito en 2006 están paralizados. El último
hecho del que se tiene noticia fue que en octubre de 2005 una comisión
interinstitucional fue a las comunidades a establecer los procedimientos y la
agenda de retornos. Por otra parte, se ha reportado que el retorno de Sabana
Grande ni siquiera está en la agenda de las autoridades. Igualmente, se ha
informado sobre algunos retornos espontáneos bajo condiciones de riesgo, de las
comunidades de Potrerito (16 familias), Sabana Grande (24 familias), El Limón
(18 familias), y La Laguna (2 familias). 4. Medidas cautelares del sistema interamericano a favor de la población
Wiwa. La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos adoptó medidas cautelares para proteger a la población Wiwa el
4 de febrero de 2005. En los términos de la Comisión, las medidas consistieron
en lo siguiente: “La información disponible indica que durante los últimos dos años este
pueblo indígena ha sido víctima de una serie de actos de violencia paramilitar
incluyendo el asesinato de aproximadamente 50 líderes indígenas, el
desplazamiento forzado de más de 800 personas y la afectación de la situación
humanitaria de las comunidades de La Laguna, El Limón, Marokazo, Dudka, Linda y
Potrerito. Se alega que el 19 de enero de 2005 fueron asesinados el Tesorero
General de la Organización Wiwa Yugumaiun Bukuanarúa Tairona, Ángel Milcíades
Loperena Díaz y su hermano Darío Loperena, maestro de la comunidad, en San Juan
del Cesar (departamento de La Guajira), habiéndose atribuido responsabilidad al
Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), bajo el mando de
‘Jorge 40’. En vista de la situación de riesgo para los beneficiarios, la
Comisión solicitó al Estado colombiano la adopción de las medidas necesarias
para proteger la vida y la integridad personal de los miembros del pueblo Wiwa
de la Sierra Nevada de Santa Marta, respetando su identidad cultural y
protegiendo la especial relación que tienen con su territorio, conforme a las
obligaciones contraídas por el Estado; brindar atención humanitaria a las
víctimas de desplazamiento y de la crisis alimentaria, en particular a las
niñas y niños del pueblo indígena; concertar las medidas de protección
colectiva, incluyendo la presencia de un defensor comunitario, con los
beneficiarios, a través de sus organizaciones representativas Wiwa Yugumaiun
Bukuanarúa Tairona (OBYBT) y la Organización Gonabindúa Tairona y los
peticionarios; adoptar las medidas necesarias a fin de poner término a los
hechos de violencia y las amenazas proferidas en contra de la comunidad
beneficiaria. (…)” En criterio de las comunidades Wiwa
beneficiarias, el proceso de concertación de la implementación de estas medidas
cautelares con las autoridades revela la falta de voluntad del Estado
colombiano de proteger realmente sus derechos humanos. Según informan estas
comunidades, la concertación consistió en que las autoridades se aproximaron al
pueblo Wiwa para dar inicio al proceso un año después del otorgamiento de las
medidas por la CIDH; 18 meses después, se han hecho 3 reuniones de concertación
y se han entregado algunos celulares y horas de transporte, lo cual se
considera irrisorio. No se ha avanzado sustancialmente, e incluso se ha
informado sobre algunas autoridades que cuestionan la legitimidad de haber
solicitado estas medidas. Mientras tanto, según se indicó, han continuado las
violaciones a los derechos humanos de este pueblo. 5. Respuesta estatal a la situación. La respuesta de las autoridades a la
alarmante situación del pueblo Wiwa se ha concentrado en tres ámbitos: el
proceso de implementación de las medidas cautelares ordenadas por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos; la iniciación y el desarrollo incipiente de
algunos procesos de retorno; y la realización de múltiples reuniones de
concertación con representantes del pueblo Wiwa, en las cuales se han
reconocido ciertas situaciones de alta gravedad y se han adquirido compromisos
genéricos que, a la larga, han sido incumplidos. 5.1. Implementación de las medidas
cautelares ordenadas por la CIDH El proceso de implementación de las medidas
cautelares es descrito por la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y
de Justicia, en su respuesta al Auto 248 de 2007 de la Corte Constitucional, en
los siguientes términos: - Constitución de una mesa de
trabajo el 29 de septiembre de 2007 con las entidades del Estado de los niveles
nacional, departamental y local, los peticionarios y los beneficiarios; - Adopción de medidas de carácter
colectivo e individual de protección; - Asistencia humanitaria a los
beneficiarios; - Apoyo del Estado a las asambleas
del pueblo Wiwa en 2007; - Reuniones periódicas de
concertación y seguimiento donde se revisan situaciones de seguridad y
protección de la comunidad; visitas de seguimiento en la zona; - Seguimiento a las investigaciones
penales y disciplinarias; - Adopción de medidas de seguridad
por la Fuerza Pública y la Policía; - Inclusión en el proyecto de
comunidades en riesgo. En otro de los documentos aportados
por la Dirección de Etnias a la Corte, esta dependencia se expresa así: “Tema: Ultimas actuaciones en el marco de
Medidas Cautelares Wiwa ANTECEDENTES El 4 de febrero de 2005 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de los
miembros del pueblo indígena Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta. La
información disponible indica que durante los últimos dos años este pueblo
indígena ha sido víctima de una serie de actos de violencia paramilitar
incluyendo el asesinato de aproximadamente 50 líderes indígenas, el
desplazamiento forzado de más de 800 personas y la afectación de la situación
humanitaria de las comunidades de La Laguna, El Limón, Marokazo, Dudka, Linda y
Potrerito. I. MEDIDAS GENERALES Un apoyo de transporte colectivo equivalente a 150 horas con una
temporalidad de seis meses para el grupo de derechos humanos de la organización
Wiwa, aprobado en sesión del mes de enero de 2007. Por solicitud de los
miembros del grupo de derechos humanos se individualizaron los apoyos de
transporte, teniendo en consideración, que los mencionados señores residen en
municipios diferentes, de acuerdo a la información suministrada a este
Despacho. II. MEDIDAS INDIVIDUALES [Líder 1] - Apoyo de transporte terrestre temporal equivalente a 150 horas mensuales
por seis meses aprobado mediante Acta 01 del 06 de marzo de 2006 y prorrogado
posteriormente por otros seis meses mediante Acta 01 del 30 de enero de 2007. - Un medio de comunicación celular, mediante Acta 01 del 06 de marzo de
2006. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado (uno de estos no fue utilizado). [Líder 2] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante Acta
38 del 14 de agosto de 2006. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado (uno de estos no fue utilizado). [Líder 3] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante Acta
38 del 14 de agosto de 2006. - Un apoyo de transporte terrestre por 50 horas mensuales, por seis meses
aprobado el 20 de junio de 2007. [Líder 4] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante Acta
38 del 14 de agosto de 2006. - Un tiquete nacional aprobado mediante trámite de emergencia del mes de
abril de 2007. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado (uno de estos no fue utilizado) [Líder 5] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante acta
38 del 14 de agosto de 2006. [Líder 6] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante acta
38 del 14 de agosto de 2006. [Líder 7] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante acta
38 del 14 de agosto de 2006. [Líder 8] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante acta
38 del 14 de agosto de 2006. [Líder 9] - Medio de comunicación celular por doce (12) meses, aprobado mediante acta
38 del 14 de agosto de 2006. - Un tiquete nacional aprobado mediante trámite de emergencia del mes de
abril de 2007. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado. - Un apoyo de transporte terrestre por 50 horas mensuales, por seis meses
aprobado el 20 de junio de 2007. [Líder 10] - Un apoyo de transporte terrestre por 50 horas mensuales, por seis meses,
aprobado el 20 de junio de 2007. - Un medio de comunicación celular, aprobado por emergencia el 01 de junio
de 2007. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado (uno de estos no fue utilizado). [Líder 11] - Un medio de comunicación celular, aprobado por emergencia el 01 de junio
de 2007. - Dos tiquetes aéreos nacionales aprobados en el mes de junio de 2007, para
asistir a la reunión de concertación de las medidas cautelares del pueblo Wiwa
con el Estado (uno de estos no fue utilizado). [Líder 12] - Un (1) apoyo de reubicación temporal, aprobado por emergencia del 15 de
agosto de 2006. - Dos (2) apoyos de reubicación temporal, aprobados mediante acta 03 del 05
de septiembre de 2006. - Un tiquete nacional aprobado mediante trámite de emergencia del mes de
abril de 2007, junto con su compañera permanente. - Dos tiquetes nacionales, aprobados por trámite de emergencia el 07 de
abril de 2007, para [el líder] y su esposa, con el fin de participar en una
asamblea Wiwa en la ciudad de Valledupar. - Cuatro tiquetes aéreos nacionales para la familia del señor [líder]
aprobados en junio por trámite de emergencia. [Líder 13] - Un apoyo de transporte terrestre por 50 horas mensuales, por seis meses
aprobado el 20 de junio de 2007. [Líder 14] - Un apoyo de transporte terrestre por 50 horas mensuales, por seis meses
aprobado el 20 de junio de 2007. Resumen comunidad indígena Wiwa
5.2. Desarrollo incipiente de algunos procesos de retorno de las comunidades
desplazadas. Acción Social remitió a la Corte una
tabla en la que se dan respuestas puntuales a las distintas denuncias
efectuadas por el pueblo Wiwa sobre su situación, y sobre el desarrollo de los
procesos de retorno. De dicha tabla, la Corte resalta los siguientes elementos. 1) En respuesta a los documentos:
“Informe preparatorio Misión Internacional de Verificación”, e “Informe actual
sobre la situación de violencia en los pueblos Wiwa y Kogui en la Sierra Nevada
de Santa Marta – Colombia”, se reporta: “Queja y/o solicitud: retorno familias Wiwa desplazadas en el año 2003. Respuesta: Desde el año 2004 se está haciendo el Plan de Retorno, conforme
al Protocolo de Retornos de Acción Social y en este momento se encuentra en la
fase de Análisis Situacional. Observaciones: Ver Anexo”. “Queja y/o solicitud: Sostenibilidad de los retornos a las comunidades de
origen del pueblo Wiwa. Respuesta: El retorno tiene un proceso de acompañamiento por parte del CCAI
el cual viene adelantando procesos de reconstrucción de escuelas, centros de
salud y mejoramiento de hábitat. - Se reinstaló el servicio de Energía Eléctrica por parte del Departamento
con una Inversión de $119.000.000 de pesos. De Villanueva a Vera Cruz. - Se optimizó el servicio de Acueducto por sistema de bombeo. - En la escuela se encuentran matriculados 30 niños, de los cuales 18 se
encuentran en los grados de 1º a 4º de primaria y los 12 restantes se
encuentran en el programa de crecimiento y desarrollo. - El puesto de salud se encuentra arreglado, pero le falta dotación y el
nombramiento de la promotora de salud, por parte del Municipio de San Juan del
Cesar. - Hoy se encuentran retornadas 24 núcleos familias integradas por 101
personas. Los 24 núcleos familiares se encuentran incluidos en el programa RESA, 14
familias se encuentran inscritos en el Programa
Familias en Acción y 10 se encuentran en el proceso de inscripción, con la
convocatoria que se encuentra abierta. Se presentó ante Banco Agrario un Proyecto por 33 viviendas, es decir para
las 24 familias retornadas y para 9 familias que hicieron resistencia en fincas
aledañas al pueblo. Del área de hábitat de Acción Social y CHF Internacional se aprobaron 24
Unidades de Saneamiento Básico, cuya construcción se inicia el 20 de
septiembre. Se entregó una Donación de alimentos el día 24 de agosto. Se
aprobaron alimentos de la OPSR 10366 por 80 días y la primera entrega se hará
el 20 de septiembre.” 2) En respuesta al documento de la
OWYBT titulado “Un acercamiento a la situación de derechos humanos del pueblo
Wiwa”, se informa: “Queja y/o solicitud: Retorno comunidades y familias Wiwa a sus lugares de
origen. Qué se está haciendo para el retorno de las comunidades de El Limón y
La Laguna ubicadas en la jurisdicción de Riohacha y Potrerito ubicada en San
Juan del Cesar. Respuesta: Se han realizado varias reuniones para conocer las necesidades
de las familias Wiwa, con el fin de fortalecer la voluntad de retorno de la
población indígena de La Laguna, El Limón y Potrerito. Desde el año 2004 se
está haciendo el Plan de Retorno, conforme al Protocolo de Retornos de Acción
Social y en este momento se encuentra en la fase de Análisis Situacional.
Adicional a ello, registramos el Retorno de 99 familias Wayúu hacia Portete, 13
familias Wiwas hacia Corual desde Campana Nuevo y 57 familias wiwas a
Potrerito, así como los hogares que han retornado a La Laguna, Potrerito y El
Limón.” 3) En respuesta al Acta del Comité
Departamental Ampliado en San Juan del Cesar para tratar el tema de los
retornos de La Laguna, El Limón y Potrerito, 8 de febrero de 2007, con su
respectiva carta remisoria al Cabildo Gobernador Wiwa de San Juan del Cesar, se
informa: “Queja y/o solicitud: Visita que los funcionarios de la UT Guajira realizaron
a las comunidades indígenas de La Laguna, El Limón y Potrerito, para la
construcción del Plan de Retorno. Respuesta: Desde el año 2004 se está haciendo el Plan de Retorno, conforme
al Protocolo de Retornos de Acción Social y en este momento se encuentra en la
fase de Análisis Situacional.” En relación con la Resolución
Defensorial No. 024 de 2002, se informa: “Queja y/o solicitud: Atención Humanitaria para la población indígena de la
sierra Nevada, atendiendo a su situación real y de manera diferenciada, para la
superación de la crisis alimentaria de la zona. Respuesta: [en blanco] Observaciones: Ver anexo.” B. Situación del pueblo indígena Kankuamo ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado. La información de base que ha
servido a la Corte para elaborar el diagnóstico sobre la situación actual del
pueblo Kankuamo ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado proviene
de múltiples fuentes que coinciden en su descripción del estado de cosas
presente. Las principales fuentes utilizadas
son las siguientes: (1) Informe Regional de la Misión Internacional de
Verificación a la Sierra Nevada de Santa Marta, septiembre de 2006. (2) Informe
sobre la “Situación de derechos humanos y derecho internacional humanitario
pueblo Kankuamo Sierra Nevada de Santa Marta, Valledupar, Cesar, 2005-2006
(Primer Trimestre)”, elaborado por el Consejo Nacional Indígena de Paz – CONIP,
Septiembre de 2006. (3) Informe Final de la Segunda Misión de Acompañamiento y
Solidaridad con el Pueblo Kankuamo, julio de 2006. (4) Informe “Hoja de Cruz”
sobre la situación de derechos humanos del pueblo Kankuamo. (5) Resolución
Defensorial No. 024 del 18 de septiembre de 2002, sobre la situación de los
derechos humanos de los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta y
de la Serranía del Perijá. (6) Informe de la Comisión de Seguimiento a la
Política Pública de Atención al Desplazamiento Forzado a la Corte
Constitucional, marzo 14 de 2007, con reportes sobre la situación de los
pueblos Kankuamo, Awá, Embera y Nukak-Makú. (7) Intervención del representante
del pueblo Kankuamo, con anexos (documentos relativos al proceso de
estabilización socioeconómica); (8) Informe actual sobre la situación de
violencia en los pueblos Wiwa y Kogui en la Sierra Nevada de Santa Marta –
Colombia (informe preparatorio para la Misión Internacional de Verificación de
septiembre de 2006). (9) Denuncia a la opinión pública sobre el proceso de
exterminio de los indígenas Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, efectuada
por el Resguardo Kogui-Malayo-Arhuaco de la Sierra Nevada de Santa Marta –
Departamento de la Guajira. 1. Panorama general de afectación étnica del pueblo Kankuamo por el
conflicto armado. El pueblo Kankuamo ha sido quizás el
más golpeado de los cuatro pueblos de la Sierra por la violencia del conflicto
armado. Las guerrillas y los grupos paramilitares han causado asesinatos
selectivos, masacres, desapariciones, hostigamiento sexual a mujeres y niñas,
abuso. También se ha denunciado la comisión de detenciones masivas y arbitrarias,
torturas, asesinatos selectivos, desapariciones forzadas, señalamientos y
hostigamientos por parte de las Fuerzas Armadas y otros agentes estatales. En 6
años se han presentado 228 asesinatos políticos selectivos de líderes, mamos,
mujeres y otros; generando 200 viudas, 700 huérfanos, en total impunidad. El pueblo kankuamo, constituido por
aproximadamente 13.000 a 15.000 personas, habita entre las cuencas de los ríos
Guatapurí y Badillo; tiene un área de resguardo de 24.000 hectáreas
aproximadamente. El resguardo está conformado por 12 comunidades reconocidas
por el Estado: Atánquez, Guatapurí, Chemesquemena, Pontón, Las Flores, Mojao,
Los Haticos, Rancho de la Goya, Ramalito, La Mina, Ríoseco y Murillo. El
resguardo y territorio kankuamo está en el municipio de Valledupar, en una zona
de especificidades propias, en la vertiente suroriental de la Sierra Nevada,
por la alta presencia de colonos y campesinos entremezclados con la sociedad
indígena por oleadas migratorias sucesivas en el siglo XX, y porque desde los
años 70 el territorio se usó como corredor para el transporte de drogas, armas,
contrabando, y para cultivo y comercialización de marihuana y coca. Se trata de
una zona estratégica por su acceso al mar, por ser área de repliegue rápido y corredor
estratégico. Por eso el conflicto entre Fuerzas Armadas, guerrilla y
paramilitares se desenvuelve en el territorio kankuamo, con el objetivo de
ejercer control territorial; ello ha generado una afectación especial sobre los
indígenas, porque por presión, masacres y enfrentamientos, se han ido
desplazando. El territorio kankuamo no era
reconocido durante los años setenta ni ochenta como territorio indígena sino
como zona de población campesina, por lo cual hubo una alta colonización; una
porción del territorio tradicional quedó bajo el resguardo arhuaco. Pero desde
hace 15 años los kankuamo, hasta entonces reconocidos como campesinos
descendientes de los kankuamo, llamados comúnmente atanqueros, fueron
reconocidos como indígenas por su proceso de reconstrucción étnica, ante la
desestructuración de los 50 años precedentes causada por la colonización. En
1993 se realizó el primer congreso indígena kankuamo y la creación de la OIK.
Cabildo Gobernador: Jaime Arias. En 1997 hubo un reconocimiento de su carácter
de pueblo indígena por la Dirección de Etnias. Desde entonces, se ha ido
fortaleciendo la organización, y se han incorporado a los kankuamo residentes
en Valledupar y en Bogotá. En menos de 4 años, sin embargo, el
pueblo Kankuamo pasó a ser objeto de atención nacional por el asesinato de más
de doscientos miembros de la etnia, la mayoría después de 2000, el
desplazamiento forzado de casi el 50% del pueblo, y la ocupación de su
territorio por todos los actores del conflicto, con las autoridades tradicionales
actuando desde sus lugares de recepción, y con varias autoridades que denuncian
haber sido víctimas de detenciones arbitrarias. Los Kankuamo han sido afectados por
la dinámica de la violencia en la Sierra Nevada de Santa Marta. La violencia
empieza con la entrada de las guerrillas, especialmente las FARC en 1988-1990,
y luego se exacerba con la entrada de los paramilitares a la zona, generando
enfrentamientos por el control de territorios estratégicos. En este contexto,
el ELN y las FARC asesinan a líderes y pobladores kankuamos; reclutan
forzadamente a jóvenes; extorsionan miembros de la comunidad; inhiben las
prácticas económicas y culturales. Los paramilitares de las AUC, se instalan en
1996 y comienzan el proceso de colonización armada, arremetiendo contra los
kankuamo mediante masacres, asesinatos de líderes y de población, bloqueo de
víveres y medicamentos, restricciones de movilidad interna, secuestro,
señalamiento, intimidación y desplazamiento, generando una crisis humanitaria.
La presencia de cultivos ilícitos, al igual que los intereses comerciales en
los recursos naturales de sus territorios y de la Sierra Nevada, ha exacerbado
la violencia contra los pueblos indígenas del área. En este contexto, se denuncia que
las acciones insurgentes y contrainsurgentes han causado asesinatos de líderes,
desapariciones, quemas de viviendas, desplazamientos y reclutamientos. Según
explican las fuentes aportadas a la Corte, las muertes se dieron porque el
orden de control social que impuso a la fuerza la guerrilla en las comunidades
habitantes de sus áreas de operación, luego fue atacado por los paramilitares.
Se denuncia que los miembros del pueblo Kankuamo han sido víctimas de
señalamientos permanentes de ser colaboradores de la guerrilla, situación que los
ha convertido en objetivos militares de los grupos paramilitares, y que también
los habría expuesto a abusos por parte de la Fuerza Pública. Entre 1986 y 2003 se presentó un
escalamiento de las violaciones de los derechos humanos de los kankuamo, situación
confirmada, entre otras, por el Relator Especial de las Naciones Unidas para
los Pueblos Indígenas. Las principales masacres se presentaron en 2002-2003;
después de este período se presentaron múltiples homicidios selectivos, que no
cesan. De acuerdo con las estadísticas de la OIK/CONIP a agosto de 2006 sobre
el número de víctimas kankuamo por comunidad, en Atánquez se presentaron 86
asesinatos; en La Mina, 32; en Guatapurí, 30; en Río Seco, 25; en Los Haticos,
19; en Chemesquemena, 17; en Murillo, 8; en Pontón, 7; en Ramalito, 5; en
Mojao, 2; y en Rancho de La Goya, 1. Si bien tales violaciones de los
derechos humanos tuvieron una disminución notoria desde 2005, el impacto de
esta agresión generó una crisis humanitaria irresuelta, en un contexto que para
el Relator Especial configura una situación de etnocidio. De particular
gravedad son las secuelas sociales, y en la memoria de las víctimas
sobrevivientes –en el territorio o desplazadas- de las masacres, incursiones,
armadas, homicidios selectivos, desapariciones, muertes de docentes y amenazas. En respuesta a la gravedad de la
situación, el 24 de septiembre de 2003 la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos otorgó medidas cautelares a favor de los integrantes del pueblo
Kankuamo. Por la persistencia de la violencia después de esta decisión, el 6 de
julio de 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a solicitud de la
CIDH, adoptó medidas provisionales de protección, dado que se habían presentado
32 muertes después de la solicitud de medidas cautelares. Declaradas las medidas de la Corte
Interamericana, se reporta que han seguido presentándose asesinatos en la zona,
dentro de las comunidades kankuamo en el resguardo o en zonas adyacentes. Los
crímenes han sido cometidos principalmente por las AUC. Sin embargo, en las
denuncias se atribuyen muchos a miembros de la Fuerza Pública, y se denuncia
que varios indígenas asesinados han sido presentados públicamente como
guerrilleros muertos en combate. El conflicto armado también ha
generado numerosos impactos de otra índole sobre los derechos colectivos e
individuales de los Kankuamo. Por ejemplo, se reportan restricciones constantes
a la movilidad de la población y los horarios de circulación, así como
restricciones de acceso a ciertas partes del territorio por parte de las
Fuerzas Armadas, los paramilitares y las guerrillas. También se reportan
restricciones al paso de alimentos y de medicamentos, por parte de los grupos
armados ilegales y de la fuerza pública, en tanto
estrategia bélica para impedir que tales insumos lleguen a los grupos armados.
La restricción al paso de alimentos, junto con el robo de ganado, cultivos y
alimentos por los grupos armados, ha generado una grave situación de
inseguridad alimentaria entre las comunidades. La seguridad alimentaria también
ha sido afectada por la disminución de la capacidad productiva, dado el alto
número de parcelas abandonadas por familias desplazadas a los centros urbanos. En el contexto del conflicto armado
en la Sierra Nevada, la fuerte presencia del Ejército en los lugares de vida de
la población civil, como escuelas, lugares sagrados, sitios de entretenimiento,
sea permanente o temporal, genera riesgos para su seguridad. La presencia
temporal del Ejército en los poblados indígenas genera represalias por parte de
las FARC; en algunos casos, el Ejército pernocta en las residencias de los
indígenas, y luego las guerrillas toman represalias contra los dueños, como en
el caso de Baldomera Pacheco de Guatapurí. En esta misma línea se denuncia el
caso de una mujer indígena Kankuama, quien por lavar el uniforme de un miembro
de las Fuerzas Armadas, fue asesinada por la guerrilla de las FARC, que la
acusó de ser colaboradora del Ejército. En otras ocasiones se ha reportado la
ocupación de escuelas por las Fuerzas Armadas; por ejemplo, en Guatapurí, en
2005, se acantonaron en la escuela. Se denuncian agresiones verbales y
estigmatización por parte de las Fuerzas Armadas en retenes, reuniones y actos
de la vida diaria, como parte de una situación de desconfianza recíproca entre
las comunidades y la Fuerza Pública. También se denuncia que las Fuerzas
Armadas se ubican en sitios sagrados,
irrespetan la jurisdicción indígena e utilizan informantes encapuchados
que efectúan señalamientos contra miembros de las comunidades. Mencionan un
alto número de detenciones arbitrarias y masivas prolongadas, sin debido
proceso ni defensoría adecuada, en las que según la OIK el 95% son inocentes. Una denuncia frecuente de las
comunidades kankuamo es el reclutamiento forzado de sus niños y jóvenes por las
guerrillas y los paramilitares. Igualmente, se ha informado que miembros de la
comunidad son involucrados en el conflicto armado por los grupos armados o por
la Fuerza Pública, como informantes, guías o traductores, a través de dinero o
amenazas. Frecuentemente se trata de infractores de la ley tradicional que han
sido sancionados y luego hacen señalamientos contra las autoridades indígenas
de ser colaboradoras de alguno de los grupos en conflicto, poniéndolas así en
riesgo. Hay asimismo una situación de
afectación en la salud de este pueblo, por la amenaza y el asesinato de
promotores o auxiliares de salud y brigadas médicas; por el saqueo de puestos
de salud; y por restricciones al paso de medicamentos y enfermos que no pueden
ser remitidos a los hospitales. También se reporta la afectación de
sitios sagrados, por la presencia de grupos armados y combates en los mismos,
que afectan la integridad cultural e impiden la práctica de los “pagamentos”. Las autoridades kankuamo han
denunciado, igualmente, la causación de daños por fumigaciones indiscriminadas
contra cultivos ilícitos que han afectado sus cultivos de pancoger, sus fuentes
de agua, sus animales y el medio ambiente. Por otra parte, los kankuamo han denunciado la realización de numerosas
detenciones arbitrarias por las autoridades, dada su estigmatización como
auxiliadores de las guerrillas; según se reporta, tales detenciones no respetan
el debido proceso, y a muchos de ellos los procesan por rebelión en virtud de señalamientos. En la percepción de las comunidades
Kankuamo, los crímenes de los que han sido víctimas obedecen a diversos
móviles: a. La imposición de regímenes de
control social por las guerrillas en el territorio, con el asesinato de
personas presuntamente vinculadas a robos; b. La pena de muerte impuesta por
las guerrillas a los infractores de sus órdenes coercitivos de comportamiento; c. Señalamientos a los líderes, por
parte de las guerrillas, de ser colaboradores del Ejército o de los paramilitares,
en razón de sus contactos con la institucionalidad; d. Grupos paramilitares reclutan
kankuamos en sus filas y los usan para hacer ‘inteligencia’ en las comunidades,
lo cual genera señalamientos de presuntos colaboradores de la guerrilla,
familiares o esposas de kankuamos guerrilleros. e. Estigmatización de líderes y
autoridades kankuamo por parte de los paramilitares, por causa de sus
exigencias de respeto a los derechos humanos, promoción de los derechos de las
víctimas o judicialización de los casos. f. “Falsos positivos” por las
Fuerzas Armadas. g. Se interpretan las acciones
paramilitares como una vía de despojo territorial por medio del
etnocidio/genocidio, que abre paso a los megaproyectos infraestructurales y
económicos. El conflicto armado ha truncado el
proceso de reconstitución étnica del pueblo kankuamo, particularmente por
afectar su proceso organizativo, y a través de ello su reconstitución
sociocultural y el proceso de reconstrucción de su identidad. El conflicto
ocasionó una ruptura profunda del tejido social kankuamo y de la dinámica de la
memoria de los mayores como depositaria de la historia propia. El conflicto
también ha dificultado la participación de algunas comunidades en el proceso,
especialmente las de Atánquez y Murillo – principalmente por causa de la
presión por la tierra, que debilita el fortalecimiento comunitario, y de la
alta presencia de campesinos, que están en la zona de ampliación del resguardo
y han sido muy afectados por el conflicto. Uno de los principales impactos del
conflicto armado ha sido el desplazamiento forzado de cerca de 400 familias a
centros urbanos, que como se verá, ha afectado la integración familiar,
comunitaria, y el proceso de reconstitución étnica. Por ejemplo, el
desplazamiento generó la desestructuración social y comunitaria de las
comunidades de Murillo y Río Seco. El proceso de delimitación del
territorio kankuamo y de creación del resguardo ha sido difícil desde que se
empezaron a reivindicar como un grupo indígena. Se inició con la delimitación
por caminatas con los Arhuacos, Koguis y Wiwas, en 2002 se presenta el mapa al
INCORA y es aceptado. Luego de un Acta de cesión de títulos y de mejoras por
los campesinos, hubo una masacre en la comunidad de La Mina, como consecuencia
de la cual se produce la Resolución Defensorial No. 024/02, que plantea exigir
la constitución de un resguardo. Las visitas del INCORA y los estudios se
truncan por el asesinato de los investigadores; eventualmente después de
presiones, se constituye el resguardo el 10 de abril de 2003. El resguardo es
solo una porción del territorio ancestral, que es estratégico para los actores
armados y narcotraficantes, así como para terratenientes e intereses
comerciales agroindustriales. Está actualmente en proceso la ampliación, saneamiento
y consolidación del territorio. También está en proceso el reconocimiento de
los kankuamo por las otras etnias y por los no indígenas que habitan en su
territorio. Además al territorio kankuamo han empezado a llegar miembros de los
otros pueblos de la Sierra Nevada, refugiándose de la violencia. Dado que la causa principal de la
tragedia del pueblo indígena kankuamo en
el conflicto armado ha sido la intromisión en su territorio de los
grupos armados, el señalamiento de vinculación directa e indirecta de sus
miembros con las partes enfrentadas y su incorporación forzada al conflicto
armado, en múltiples oportunidades este pueblo se ha declarado neutral ante las
confrontaciones y ha exigido el respeto de su territorio y sus derechos por las
guerrillas, los paramilitares y la Fuerza Pública. Por ejemplo, el III Congreso
del Pueblo Indígena Kankuamo, en su Declaración sobre Violaciones de los
Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario, señaló: “Rechazamos la intromisión de los actores armados, la vinculación forzosa
de indígenas a los diferentes grupos armados y las campañas y estrategias de
reclutamiento de nuestros jóvenes, mujeres y líderes (soldados campesinos, red
de cooperantes e informantes, pago de recompensas, amenazas, chantajes,
etc.) Igualmente, rechazamos la
utilización de nuestros niños y niñas como “colaboradores” y “mandaderos” de
los actores armados. Los actores armados deben respetar nuestro territorio y a nuestra
gente. Exigimos el respeto por nuestro territorio
y nuestras autoridades por los actores en conflicto, demandándoles que se
abstengan de ocupar y utilizar nuestras casas, teruarikas, escuelas, puestos de
salud, hospitales, y demás bienes civiles, como campamentos de paso y
trincheras; y nuestra gente como escudos humanos. Especialmente, cuando la Fuerza Pública
requiera de traslado, movilidad y tránsito de tropas, se le insta a concertar
oportuna y adecuadamente estas acciones con las autoridades indígenas
tradicionales…” Tales declaraciones de neutralidad,
sin embargo, no han sido efectivas para proteger al pueblo kankuamo de la
violencia armada. El miedo y el dolor han inhibido a
la población Kankuamo de hablar pública y abiertamente sobre su situación. Sin
embargo, en años recientes esta etnia se ha dado a la tarea de dar a conocer su
profunda victimización por el conflicto armado. La adopción reciente de medidas
oficiales e internacionales obedece al proceso activo de denuncia que
desarrollaron los mismos Kankuamo. 2. Relación detallada de algunos crímenes sobre los cuales se ha informado
a la Corte. La Corte ha sido alertada sobre una
serie de crímenes de los que ha sido víctima la población kankuamo. En los
documentos que sirven de fuente a este aparte se menciona que, en 5 años, se
han presentado más de doscientos asesinatos selectivos de líderes, mamos,
mujeres y otras personas pertenecientes a las comunidades kankuamo. A
continuación se mencionan algunos de los crímenes denunciados, perpetrados
contra la población kankuamo en el curso del conflicto armado, la mayoría de los cuales permanece en la
impunidad. 1. Octubre de 2000: asesinato de
Víctor Manuel Villazón, Eneida Arias, y Fredys Arias en Ríoseco (Cesar) por las
AUC. 2. 12 de enero de 2001: asesinato en
San Juan del Cesar – la Ye de Guayacanal de 7 personas, incluidos dos líderes
de Gonawindúa: Álvaro Romero Cáceres (Kankuamo) y un Wiwa (Manuel Gil Alberto).
Se denunció, sin resultados. 3. 11 agosto 2003: Andrés Ariza
Mendiola asesinado por una incursión paramilitar a su finca. 4. 18 de agosto 2003: Alcides Arias
Maestre y Robinson Villazón asesinados por las AUC en incursión paramilitar al
corregimiento de Los Haticos. 5. 29 de agosto de 2003: cadáver
desfigurado de Ever de Jesús Montero fue
presentado como guerrillero del ELN dado de baja en combates con las
AUC. Los actos de violencia generaron el desplazamiento de la comunidad
indígena. 6. 3 de febrero de 2004 – asesinato
de Luis Iván Lúquez Alvarado, de La Mina – agricultor, 32 años. 7. 7 de febrero de 2004 – se denuncia
que Juan Jeremías [o Enenías] Daza Carrillo, 28 años, agricultor, fue detenido
por militares con sus dos hijos; uno fue a avisar, y cuando volvieron a
preguntarles las Fuerzas Armadas informaron que “se les había volado”; en las
denuncias se dice que, al día siguiente, fue
reportado como un presunto subversivo del Frente 6 del ELN, dado de baja
en combate por el Ejército. 8. 9 de febrero de 2003 – asesinato
de Ever de Jesús Montero Mindiola, asesinado en la vía a Valledupar. 9. 15 de marzo de 2004 – desaparición
de Nilson Francisco Arias y Elmer Eugenio Martínez, de 31 y 22 años, de
Atánquez, agricultores. 10. 29 de marzo de 2004 – Rafael
Enrique Montero, de 20 años, agricultor, asesinado y torturado por las FARC. 11. 15 de abril de 2004 – asesinato
del líder Oscar Enrique Montero Arias, de Chemesquemena; docente y líder
comunitario en Callao, asesinado presuntamente por autodefensas de la zona. 12. 17 de abril de 2004 – Néstor
Rafael Oñate Martínez fue secuestrado por un grupo armado ilegal en la finca de
su padre en Atánquez – región de Girardot – cerro Las Palomitas. En las
denuncias se dice que el 17 por la mañana el ejército lo recogió y lo reportó
como muerto en enfrentamiento. 13. 30 de abril de 2004 – aparece el
cadáver del asesinado Arnoldo Villazón Rodríguez, agricultor. 14. 26 de mayo de 2004 – Edilber
Miguel Maestre Villazón, 20 años, de la comunidad de Mojao, desplazado en
Valledupar, es asesinado frente a su casa en el barrio Las Rocas por un
desconocido armado. 15. 26 de mayo de 2004 – Baldomera
Pacheco, artesana, torturada y asesinada por las FARC frente a su casa. 16. 24 de junio de 2004 – retención
en Río Seco y posterior asesinato de Romelio Antonio Pacheco, transportador de
aguacate, por un grupo armado sin identificar. 17. 16 de julio de 2004 – se
denuncia el asesinato de Luis Carlos Arturo Montero Cáceres por miembros del
Ejército, que lo acusaron de miliciano de la guerrilla. La comunidad de
Guatapurí rechaza esa afirmación. 18. 3 de agosto de 2004 – Freddy
Antonio Arias Arias, de Chemesquemena pero residente en Valledupar, hermano del
cabildo gobernador kankuamo Jaime Arias y asesor de la OIK, quien denunció
falsos positivos con los kankuamo, es asesinado por un sicario en Valledupar. 19. 15 de agosto de 2004 – Merilo
del Carmen Maestre Rodríguez, de Río Seco y desplazado en Valledupar,
administrador de finca, asesinado por un grupo de hombres armados. 20. 22 de septiembre de 2004 –
Javier Francisco Arias Arias, de 19 años, Jaime Antonio Solís Arias, de 17
años, hermanos, de Guatapurí, fueron desaparecidos mientras trabajaban en una
finca en San Pedro – Mingueo, por presuntos paramilitares. 21. 3 de octubre de 2004 – Víctor
Hugo Maestre Rodríguez, 24 años, fue retenido por hombres armados. En las
denuncias de señala que el cadáver apareció en Medicina Legal de Valledupar y
fue reportado como muerto en combate por el Ejército. 22. 16 de octubre de 2004, región de
Murillo: retención, tortura y asesinato de Escobar Montero, de Los Haticos;
Pedro Arias de Ramalito; y Néstor Feliciano Maestre de Mojao, por las AUC, con
armas de fuego; y Alcides Arias y Wilson Arias, asesinados a puñaladas por AUC. 23. 1º de noviembre de 2004 –
desaparición y posterior asesinato de Héctor Manuel Pacheco Carrillo. 24. 8 de noviembre de 2004 – retención
y posterior asesinato de Pervis de Jesús Pacheco Díaz, agricultor. 25. 15 de noviembre de 2004 –
Cristóbal Rafael Arias Arias, de 66 años, de Chemesquemena, asesinado por
presuntos guerrilleros del ELN camino a trabajar en su finca de La Makana. 26. 31 de diciembre de 2004 –
asesinato de Arnoldo Enrique Fuentes Daza, de Atánquez, cerca de Valledupar, 68
años, agricultor. 27. 2004 – Diógenes Enrique Galvis
Arias, 31 años, desplazado en Valledupar, carnicero, asesinado por sicarios. 28. 2004 – Audelino Maestre Maestre,
18 años, agricultor en Pueblo Bello – vereda Santa Ana, asesinado por presuntos
paramilitares entre Pueblo Bello y Minas de Iracal. 29. 2004 – Javier Montero Arias,
docente, de Atánquez desplazado en Valledupar, asesinado frente a su casa. 30. 2004 - Héctor Montero de
Chemesquemena fue asesinado en el sitio El Magueyal a 1 km. de Chemesquemena.
Según las denuncias, fue reportado por el Ejército como muerto en combate. 31. Febrero de 2005 – son asesinados
Hermes Enrique Carrillo y su esposa wiwa de 14 años, embarazada, entre Pontón y
Atánquez. Según las denuncias, fueron reportados como guerrilleros. 32. 13 de junio de 2005 –
desaparición y posterior asesinato de Alcides Enrique Carrillo Maestre,
agricultor, de Atánquez y residente en Codazzi, por presuntos paramilitares. 33. 3 de julio de 2005 – Daiber José
Mendoza Montero, de La Mina, cuidaba la finca de su hermana en la región de
Kunchurúa y fue detenido por el Ejército, sindicado de ser subversivo. Dicen
las denuncias que apareció vestido de camuflado y reportado como muerto en
combate. Tenía un tío paterno en la guerrilla. 34. 3 de agosto de 2005 – Yair
Tobías Mendoza Montero, de La Mina, estaba trabajando en una finca. Dicen las
denuncias que mientras se desarrollaban combates en la cercanía entró un grupo
de militares a la finca, él salió corriendo por temor, le lanzaron una granada
y luego lo remataron con un arma de fuego. 35. 12 de octubre de 2005 – Abelardo
Fuentes Montaño, de 80 años, desplazado de la Sierra de Mariangola a
Valledupar, despareció en la vía Valledupar – Aguas Blancas. 36. 3 de noviembre de 2005 – Andrés
Talco Arias es retenido por un grupo armado en la vía a Tierras Nuevas, aparece
2 días después su cadáver. 3. Afectación del pueblo Kankuamo por el desplazamiento forzado. Como se mencionó, uno de los
impactos más destructivos del conflicto armado sobre el pueblo indígena
Kankuamo ha sido el desplazamiento forzado de cientos de familias a los centros
urbanos. Según el Relator Especial de las Naciones Unidas para los Pueblos
Indígenas, los kankuamo han sido uno de los grupos más afectados en Colombia
por el desplazamiento forzado. Se reporta, por ejemplo, que
actualmente hay más de 300 familias Kankuamas desplazadas en Valledupar, sin
atención en educación, salud ni seguridad; aproximadamente setenta familias
desplazadas en Bogotá. Cerca de 400 familias están desplazadas; el 65% de la
población sigue en el resguardo, el 35% están desplazados en Valledupar y en
otras zonas del país. En criterio de las autoridades tradicionales, es de
esperar que este patrón aumente, por la presencia actual de grupos
paramilitares en proceso de reconstitución que han intimidado a los kankuamos
que habitan aun en sus territorios. Hay distintos tipos de
desplazamiento kankuamo: hacia fuera del territorio, y hacia dentro del
resguardo –sea a otras comunidades kankuamas, o a otros lugares de la Sierra-.
El desplazamiento de los kankuamo ha sido tanto masivo como individual (“gota a
gota”), y empieza desde que se inician los asesinatos sistemáticos a finales de
los años noventa. Por ejemplo, hubo un desplazamiento masivo el 10 de mayo de
2000 por incursiones paramilitares en Atánquez y La Mina, en el curso del cual
1500 indígenas ocuparon la plaza Alfonso López de Valledupar; muchos de ellos
no regresaron al territorio tradicional por temor. Desde entonces, 300 familias
kankuamas viven en los barrios populares de Valledupar; algunas han sido objeto
de nuevas amenazas y hostigamientos, que a su vez han generado nuevos desplazamientos
a otras ciudades principales, como Cartagena, Santa Marta, Bogotá,
Barranquilla, donde son forzados a vivir en la pobreza y marginalidad. Así, en el sustento de la
intervención de la OIK ante la Corte Constitucional, se afirma sobre las
familias desplazadas en Valledupar: “La
mayoría expresan vivir en peores condiciones de las que vivían en el hábitat
anterior. Muchos viven en espacios muy reducidos y en total hacinamiento y en
viviendas con pésimas condiciones de salubridad y servicios públicos aumentando
el índice de morbilidad infantil, el estrés en los adultos debido a la
situación de temor e inseguridad en que viven. Igualmente para poder sobrevivir
en un ambiente totalmente desconocido para ellos, han tenido que recurrir a
prácticas del ‘rebusque’, sobre todo en las ventas ambulantes y el jornaleo en
actividades de construcción y agricultura, ocasionalmente”. Muchas familias en Valledupar
reportan la voluntad de retornar, por ejemplo a Murillo, pero no hay planes de
acompañamiento estatal que hagan sostenible el retorno. Las iniciativas de
acompañamiento promovidas por el Estado, por ejemplo a Murillo y a Ríoseco, han
sido criticadas por los beneficiarios por carecer de las garantías de seguridad
y restablecimiento exigidas por la ley. La impunidad de las amenazas y los
asesinatos, tanto en la población desplazada como en el territorio tradicional,
impide el retorno. Las autoridades indígenas han
denunciado la falta de atención diferencial a los desplazados kankuamo, en
alimentación, salud y educación. En cuanto a los desplazados en
Bogotá, especialmente los líderes protegidos bajo el programa de protección del
Ministerio del Interior, se ha informado a la Corte que en virtud de acciones
de tutela que se vieron obligados a interponer en 2005, se ordenó al Gobierno
que solucionara sus problemas de seguridad y autosostenimiento. En cumplimiento
de este fallo, las autoridades dieron curso a un proceso de reubicación, para
el cual se han identificado algunos predios en el departamento de Cundinamarca.
Pese a la realización de estos esfuerzos, cuyo resultado actual no ha sido
reportado a la Corte, los indígenas kankuamo que viven en Bogotá exigen un
retorno a sus tierras, y no una reubicación en un lugar que les es ajeno. Los
indígenas desplazados beneficiarios de estas órdenes consideran que el
cumplimiento ha sido parcial, inadecuado y demorado. El desplazamiento forzado también ha
tenido graves efectos sobre el territorio kankuamo: entre ellas, la más grave
es la disminución de la capacidad productiva por el gran número de parcelas
abandonadas, que amenaza la seguridad alimentaria de la región. Además, al
perder contacto con espacios críticos del territorio que sustentan su
adscripción étnica, se debilita la identidad individual y colectiva. El proceso organizativo del pueblo
Kankuamo también ha sido afectado, porque muchas familias prefieren marginarse
por temor e inseguridad, y prefieren aislarse una vez desplazados, para
protegerse. 4. Medidas interamericanas de protección del pueblo Kankuamo Como se indicó, tanto la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Interamericana de Derechos
Humanos han adoptado medidas de protección de la etnia kankuamo, dada su grave
afectación por el conflicto armado interno. Así, el 24 de septiembre de 2003, la
CIDH otorga medidas cautelares a favor del pueblo kankuamo de la Sierra Nevada
de Santa Marta. En los términos de la Comisión: “La información disponible indica que en el primer semestre de 2003
fueron asesinados 44 indígenas kankuamos. El 11 de agosto de 2003 Andrés Ariza
Mendiola fue asesinado por las AUC en una incursión paramilitar a su finca; el
18 de agosto de 2003 Alcides Arias Maestre y Robinson Villazón fueron
asesinados por las AUC en una incursión paramilitar al corregimiento de Los
Haticos; y el 29 de agosto de 2003 el cuerpo sin vida de Ever de Jesús Montero
fue encontrado con el rostro desfigurado, vestido con prendas camufladas y
presentado ante los medios de comunicación como miembro del Ejército de
Liberación Nacional, dado de baja en combate con las Autodefensas Unidas de
Colombia AUC. Asimismo, se produjeron desplazamientos de la población indígena
como resultado de constantes actos de violencia contra la comunidad. En vista
de la situación la CIDH solicitó al Estado colombiano adoptar las medidas
necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los miembros del
pueblo kankuamo, respetando su identidad cultural y protegiendo la especial
relación que tienen con su territorio; brindar atención de emergencia a las víctimas
del desplazamiento forzado; y adoptar las medidas necesarias con el fin de
investigar judicialmente los hechos de violencia y las amenazas proferidas en
contra de la comunidad beneficiaria. El 30 de octubre de 2003 la CIDH emitió un
comunicado de prensa en el cual expresa su grave preocupación por la situación
del pueblo Kankuamo”. Ante la persistencia de la violencia
tras la adopción de estas medidas cautelares, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos adoptó, el 5 de julio de 2004, medidas provisionales de
protección, que reiteró el 30 de enero de 2007. El contenido de estas medidas
fue el siguiente: “1. Requerir al Estado que mantenga y adopte las medidas necesarias para
continuar protegiendo la vida, integridad personal y libertad personal de todos
los miembros de las comunidades que integran el pueblo indígena kankuamo. 2. Reiterar al Estado que continúe investigando e informando a la Corte
Interamericana de Derechos Humanos sobre los hechos denunciados que dieron
origen a las presentes medidas con la finalidad de descubrir a los responsables
y, en su caso, sancionarlos. 3. Reiterar al Estado que continúe garantizando las condiciones de
seguridad necesarias para que se respete el derecho a la libre circulación de
las personas del pueblo indígena kankuamo, así como que quienes se hayan visto
forzadas a desplazarse a otras regiones puedan regresar a sus hogares si lo
desean. 4. Reiterar al Estado que continúe dando participación a los beneficiarios
en la planificación e implementación de las medidas de protección y que, en
general, les mantenga informados sobre el avance de las medidas dictadas por la
Corte IDH (…)”. 5. Respuesta estatal a la situación, según se ha reportado a la Corte
Constitucional. La respuesta de las autoridades a la
grave situación del pueblo Kankuamo se ha concentrado en dos ámbitos: el
proceso de implementación de las medidas cautelares ordenadas por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos y de las medidas provisionales ordenadas por
la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y la iniciación y el desarrollo
incipiente de algunos procesos de retorno y atención a la población desplazada. 1. Implementación
de las medidas interamericanas de protección 1.1. La Dirección de Etnias del
Ministerio del Interior y de Justicia, en respuesta al Auto 248 de 2007 de la
Corte Constitucional, informó que en el proceso de implementación de las
medidas de protección dictadas por los organismos del sistema interamericano,
se han adoptado las siguientes medidas: “- Constitución de un grupo de
trabajo (autoridades nacionales, departamentales y locales, peticionarios y
beneficiarios). - Medidas individuales y colectivas
de protección – esquemas duros, esquemas individuales, apoyos de reubicación,
medios de comunicación, apoyos de transporte. - Adopción de medidas de seguridad
por la Fuerza Pública y la Policía Nacional. - Intervención por el Plan de Acción
Integral - Ayuda Humanitaria - Comisión de fiscales en la zona,
desde mayo de 2006 por 2 meses, para determinar los avances en las
investigaciones. - Revisión de avances en las
investigaciones disciplinarias. - Reuniones periódicas de
seguimiento en Bogotá, y visitas a la zona. - Inclusión en el proyecto de
comunidades en riesgo.” 1.2. En un documento separado
aportado en respuesta al Auto 251 de 2008,
la Dirección de Etnias informó lo siguiente a la Corte Constitucional: “Tema: Ultimas actuaciones en el
marco de medidas provisionales CIDH. Antecedentes Con el objeto de hacer seguimiento a los compromisos adquiridos en el marco
del Grupo de Trabajo, así como en el marco de los Comités de Atención a
Desplazados que se han habilitado en el espacio de seguimiento de las medidas
provisionales decretadas por la CIDH el 5 de julio de 2004, se llevó a cabo una
visita a la Comunidad Indígena Kankuamo de Mojao, el 29 de septiembre de 2007. Dicha Comisión estuvo integrada por un delegado de la Gobernación del
Cesar, una delegada del Ministerio del Interior y de Justicia – Dirección de
DH, la Subdirectora de Asuntos Étnicos del Ministerio del Interior y de
Justicia, el Inspector de Primera División, el Director de Derechos Humanos y
una asesora del Ministerio de Defensa Nacional, el Comandante de la Popa (e),
el Comandante de Policía del Departamento del Cesar (e), el encargado de DH de
la Policía Nacional del Departamento del Cesar, el Coordinador de comunidades
en Riesgo del Programa Presidencial para los Derechos Humanos, la Coordinadora
del Grupo de Información a Organismos Internacionales del Ministerio de
Relaciones Exteriores, tres asesores de Acción Social, el Defensor del Pueblo
Regional, la Defensora Comunitaria de la Defensoría del Pueblo, una abogada de
los peticionarios, los beneficiarios de las medidas: Pueblo Kankaumo, Cabildos
Menores, líderes indígenas y la Organización Indígena Kankuama OIK,
representada por el Cabildo Gobernador, Cabildo. A continuación un resumen de las diferentes actividades desarrolladas en el
marco de la visita, que cumplió con la agenda concertada para la misma.
Igualmente, adjuntamos una lista de los compromisos adquiridos por las
entidades y la organización indígena Kankuama. I. Reunión 29 de septiembre de 2007 (Mojao) 1. Orden del día Presentación Revisión de los compromisos Plan de Acción Propuesta metodológica Mesa de Trabajo Gobernación y Alcaldía y OIK (no en
el marco de las Medidas Provisionales, temas de inversión). A solicitud del Cabildo Gobernador se suscribe un acta de compromisos (ver
anexo):
Fuente: Cancillería.” 2. Iniciación de
algunos procesos de retorno y atención incipiente a la población kankuamo
desplazada. Por su parte, Acción Social informó
a la Corte, en respuesta al Auto 251 de 2007, lo siguiente, en una breve tabla
acompañada de un alto cúmulo de documentos anexos. En respuesta al Informe regional de
la Misión Internacional de Verificación sobre la Sierra Nevada de Santa
Marta, se reporta: “Queja y/o solicitud: Garantías para el retorno de las familias de Murillo. Respuesta: en el caso específico de las familias de Murillo, en abril de
2006 se realizó un acompañamiento al retorno de 30 familias al corregimiento de
Murillo, con ayuda humanitaria. Adicional a ello, retornaron 110 familias a las
comunidades de Murillo y Ríoseco”. En respuesta al documento de CONIP
sobre la situación del pueblo Kankuamo, se informa: “Queja y/o solicitud: Programas que se están desarrollando en territorio
Kankuamo. Respuesta: Ver Anexos.” “Queja y/o solicitud: Ayuda [humanitaria de emergencia] efectiva que está
recibiendo la población Kankuama. Respuesta: Se entregaron mercados a 120 personas, beneficiando a 500
indígenas de la comunidad indígena Wiwa (sic), en junio de 2006. Adicional a
ello se entregaron alimentos por trabajo a varias personas de la etnia
Kankuamo, en la Ciudad de Valledupar, como consta en las actas de entrega de
estos alimentos.” “Queja y/o solicitud: Atención a la población kankuama desplazada en
Bogotá. Respuesta: Frente a la situación de Asistencia humanitaria de emergencia,
Acción Social realizó reuniones de coordinación y caracterización de las
familias asentadas en la ciudad de Bogotá. Para la caracterización de estas
familias se realizaron visitas de ubicación para verificar la real situación de
la comunidad y ejecutar soluciones de hábitat en condiciones dignas. De igual
forma, se realizaron jornadas de caracterización por desplazamiento de las
familias que no habían declarado antes para poder unificar y consolidar a las
familias y canalizar recursos como población desplazada, dando alcance al
sentimiento del pueblo Kankuamo de colectividad.” “Queja y/o solicitud: Proyectos de generación de ingresos, atención en
educación y salud. Respuesta: Respecto a los proyectos de generación de ingresos que se
desarrollaron con las comunidades indígenas Kankuamo, podemos indicar la
realización de un proyecto agroindustrial de caña panelera y un proyecto de
artesanías en fique. En educación se adecuó y actualizó el proyecto
etnoeducativo comunitario para el pueblo Kankuamo del Cesar, beneficiando a
1800 estudiantes en los grados de Preescolar – Básica Media, y especialmente a
las comunidades de Atanquez, Chemesquemena, La Mina, Valledupar, Rioseco,
Murillo, Mojana, Ramalito, Rancho de la Coya, Los Haticos, Pontón, Las Flores,
y Guatapurí. En salud se realizaron jornadas de salud entre el 2004 y 2006: El 24 de
julio de 2004 se realizó una jornada interinstitucional en Río Seco en temas de
salud y atención humanitaria; el 6 de octubre de 2004 se realizó una jornada
interinstitucional en Atanquez en temas de salud y atención humanitaria; el 2
de febrero de 2005 se realizó una jornada interinstitucional en Los Haticos en
temas de salud y atención humanitaria; del 9 al 11 de junio de 2006 se realizó
una Jornada Quirúrgica en el corregimiento de Atanquez. Adicional a ello se
abrieron 5.037 nuevos cupos de Régimen Subsidiado para la comunidad indígena de
Valledupar, de los cuales 3977 son para la comunidad indígena Kankuama. Para
finalizar, se reparó y adecuó el puesto de salud del corregimiento de Río Seco
en el año 2005.” En respuesta al Informe Final de la
Segunda Misión de Acompañamiento y Solidaridad con el pueblo Kankuamo, se
informa: “Queja y/o solicitud: Proceso de implementación de las medidas para
promover el retorno de los desplazados en condiciones dignas a sus lugares de
origen. Respuesta: En materia de retornos, Acción Social está adelantando procesos
de retorno del resguardo indígena Kankuamo en el municipio de Valledupar
(corregimientos Río Seco y Murillo). Para este fin, se realizó un Plan de
Retorno en el marco del Comité Municipal de Atención Integral a la Población
Desplazada. Observaciones: Ver Anexo 1.11.” “Queja y/o solicitud: Programas de Seguridad Alimentaria. Respuesta: 9 de junio de 2004: implementación primer programa de Seguridad
Alimentaria (Resa). Se beneficiarán a 743 indígenas Kankuamos. Resa. 600
familias beneficiadas (3000 personas). Valor: 132 millones de pesos, de los
cuales Acción Social aporta 120 millones. No son sólo Kankuamos, sino arhuacos
y zenúes. Observaciones: Ver documentos ReSA”. En relación con la Resolución
Defensorial No. 024 de 2002, se informa: “Queja y/o solicitud: Atención Humanitaria para la población indígena de la
sierra Nevada, atendiendo a su situación real y de manera diferenciada, para la
superación de la crisis alimentaria de la zona. Respuesta: [en blanco] Observaciones: Ver anexo.” En respuesta al informe de la
Comisión de Seguimiento sobre la situación del pueblo Kankuamo, se reporta: “En el 2004 retornaron a Río Seco 46 hogares 202 personas y en diciembre de
2006 retornaron a Murillo 26 hogares 143 personas. En la comunidad de Río Seco,
se han implementado programas de asistencia humanitaria a través de la OPSR
así: Alimentos por trabajo y capacitación OPSR 10158/2004, 8 proyectos
beneficiando a 1090 personas y entregadas 49400 raciones de alimentos.
Alimentos por trabajo y capacitación OPSR 120158/2004: 2 proyectos beneficio a
500 personas y entregadas 40.000 raciones de alimentos. Cocinas comunitarias.
OPSR 10158/2004: 1 cocina con capacidad para 60 beneficiarios y entregadas
13200 raciones de alimentos. Como acciones de fortalecimiento a los procesos de retorno de la comunidad
Kankuamo ubicada en Río Seco y Murillo, Acción Social ha coordinado la
implementación de un proyecto de seguridad alimentaria, con un costo de
$44’599.000. Se viene implementando igualmente un proyecto de mejoramiento de
hábitat con un costo de $32’961.200. De igual manera Acción Social adelanta la
construcción de un distrito de riego con un costo de $100’000.000. Se han
entregado donaciones por $39’907.000.” C. Situación de los pueblos indígenas Arhuaco y Kogui ante el conflicto
armado y el desplazamiento forzado. La información de base que ha
servido a la Corte para elaborar el diagnóstico sobre la situación actual de
los pueblos Arhuaco y Kogui ante el conflicto armado y el desplazamiento
forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su descripción del
estado de cosas presente. Las principales
fuentes utilizadas para este aparte son las siguientes: (1) Informe Regional de
la Misión Internacional de Verificación a la Sierra Nevada de Santa Marta,
septiembre de 2006; (2) Informe actual sobre la situación de violencia en los
pueblos Wiwa y Kogui en la Sierra Nevada de Santa Marta – Colombia (informe
preparatorio para la Misión Internacional de Verificación de septiembre de
2006); (3) Declaración de la Confederación Indígena Tairona titulada
“Declaración Oficial sobre la situación del Pueblo Arhuaco en el marco de
nuestra convocatoria por la reconstrucción de un espacio de hermandad”; (4)
Declaración de la Corporación Arhuacos Derechos y Deberes, septiembre 28 de
2006; (5) Resolución Defensorial No. 024
del 18 de septiembre de 2002, sobre la situación de los derechos humanos de los
pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta y de la Serranía del Perijá. 1. Panorama general de
afectación étnica de los pueblos Arhuaco y Kogui por el conflicto armado. Al
igual que los pueblos Wiwa y Kankuamo, los pueblos Arhuaco y Kogui ha sido
golpeado gravemente por el conflicto armado colombiano tal y como se desenvuelve
en la Sierra Nevada de Santa Marta. En esta región, como se ha indicado, la
violencia armada se desarrolló en la siguiente secuencia: en los años 80 se
consolidó la presencia y control de la guerrilla, que ejercía control sobre la
población y exigía su colaboración bajo pena de muerte; en los años noventa, se
registró la entrada de los grupos paramilitares, con lo cual la violencia se
exacerba por los señalamientos colectivos de ser guerrilleros o colaboradores
de la guerrilla, desconociendo el carácter coercitivo de la “ayuda”; y se
genera desde entonces una disputa por el control de territorios estratégicos y
de cultivos ilícitos, enfrentamiento que exacerba la violencia contra las
comunidades. A ello se suma que hay intereses comerciales en los recursos de
sus territorios por los actores armados ilegales y por actores dentro de la
legalidad. Las
comunidades arhuacas han sido afectadas por homicidios, masacres y violaciones
de derechos humanos cometidos por los actores armados ilegales y por miembros
de la fuerza pública. Las acciones insurgentes y contrainsurgentes han generado
asesinatos de líderes, desapariciones, quema de viviendas, desplazamientos y
reclutamientos. También han sido afectados por la presencia de las Fuerzas
Armadas en sus territorios y en la vida comunitaria. Según
el diagnóstico de las autoridades del pueblo arhuaco, en el ámbito de los
derechos humanos, los hechos de mayor gravedad y recurrencia que han golpeado a
esta etnia son: (a) despojo del territorio tradicional por los grupos armados
ilegales; (b) presencia de grupos armados en su territorio, y control basado en la intimidación; (c) restricción
alimentaria, apropiación de los alimentos, productos agrícolas y ganado de los
indígenas por parte de los grupos armados, que generan inseguridad alimentaria
y un mayor recurso a la cacería, afectando el medio ambiente; (d) irrespeto a
las autoridades indígenas e imposición de pautas de comportamiento o
restricción de las prácticas propias por los grupos armados; (e) asesinatos selectivos
de autoridades tradicionales Arhuacas, en particular denuncian un crimen que
habría sido cometido en 1990 por las Fuerzas Armadas y que sigue en la
impunidad; (f) asesinatos de indígenas arhuacos por señalamiento, en el marco
del conflicto, por las tres partes enfrentadas; (g) reclutamiento forzado y
voluntario de indígenas por los grupos armados ilegales; (h) restricción de la
movilidad, intimidación de la población y riesgos generados por la presencia de
actores armados en la Sierra, con porte de armas y uso del territorio para
secuestros; (i) bombardeos por el Ejército en territorio indígena en desarrollo
de operaciones contrainsurgentes, que han afectado sus asentamientos; (j)
bloqueo por los actores armados al desarrollo de sus economías colectivas, al
impedir el comercio e intercambio de productos, acabando con las cooperativas
indígenas; también por extorsión a los productores y comerciantes, y control a
los transportadores; y (k) la exigencia de las Fuerzas Armadas de que los
indígenas porten una certificación sobre su condición de indígenas, expedida
por las autoridades, y maltratos a los que no la llevan. Una de las denuncias
más frecuentes de los miembros de este pueblo se refiere al reclutamiento
forzado de miembros de la comunidad. También se denuncia el involucramiento en
el conflicto de algunos miembros de la comunidad por guerrillas y paramilitares
en tanto informantes, guías y traductores, sea mediante dinero o mediante
amenazas. Entre
los pueblos de la Sierra Nevada los Kogui han sido los menos afectados por el
conflicto armado, porque no ha habido casos de masacres o desplazamientos
fuertes; pero el conflicto ya está llegando a sus territorios con la presencia
de la guerrilla. Las razones de la menor afectación radican en su ubicación
geográfica en las partes superiores de la Sierra, exigiendo horas de marcha
para llegar; conservación fuerte de su identidad; y no hablan en su mayoría
español, por lo cual no se pueden comunicar con ellos. Pero la persecución de
la guerrilla por las Fuerzas Armadas y AUC la ha empujado hacia arriba, y en
consecuencia se ha detectado su presencia. En cualquier caso, los Kogui han
denunciado graves violaciones de derechos humanos de miembros de sus
comunidades, en el transcurso del conflicto armado; así, (a) frecuentemente
denuncian el reclutamiento forzado de sus niños y jóvenes por las guerrillas y
los paramilitares, (b) denuncian la desaparición de tres indígenas kogui en los
dos primeros meses del 2000, en inmediaciones del río Guachaca, (c) entre 2004
y 2005, se denunció la muerte o desaparición de diez indígenas Kogui en las
cuencas de los ríos Ancho y Jerez en Dibulla; y (d) en abril de 2006, se
reporta la muerte de un indígena kogui y su hija por haber pisado una mina
antipersonal en Palomino (Dibulla). En
general, se denuncia la interferencia constante de los grupos armados en las formas culturales propias de los Arhuaco
y los Kogui, y ejercicio de control arbitrario sobre sus prácticas culturales
propias. Por
otra parte, también se ha reportado que las restricciones al paso de alimentos,
junto con el robo de alimentos, cultivos y ganado por los grupos armados, ha
generado una grave crisis alimentaria en ambos pueblos; y que más aun, las
restricciones de movilidad y la afectación de sitios sagrados rompen la
dinámica de los pagamentos, afectando la integridad cultural. Los
Arhuacos y los Kogui también han sido afectados por la construcción de la
Represa Multipropósito Los Bezotes, respecto de la cual denuncian que no se ha
surtido adecuadamente el trámite de consulta previa, y que queda en un lugar
sagrado. Desde 2003 se pronuncian contra el proyecto de los Bezotes y la
construcción de una represa sobre el río Guatapurí, en territorio de ampliación
del resguardo y dentro del territorio tradicional, por cuanto afectará un lugar
sagrado de pagamentos, impidiendo que los mamos preserven el equilibrio del
mundo. Las
autoridades Arhuacas y Kogui han denunciado reiteradamente la ocurrencia de
daños por fumigaciones indiscriminadas de cultivos ilícitos que afectan
cultivos de pancoger, tierra y aguas, con afectación de la salud de los
miembros de la comunidad. La
situación en salud de ambos pueblos también se ha visto afectada por el
conflicto armado, dado que, según se reporta, han ocurrido amenazas y asesinatos
de promotores, auxiliares y brigadas de salud; saqueo de los puestos de salud;
y restricciones en la movilidad de alimentos y de enfermos. En la misma línea,
denuncian que ha habido afectación del derecho a la educación por amenazas de
grupos armados contra maestros. La
afectación de los lugares sagrados de los Arhuaco y los Kogui por los actores
armados genera la imposibilidad de realizar pagamentos, con lo que eso implica
para su estructura e integridad cultural; además se denuncia frecuentemente la
profanación y el robo de objetos sagrados, con pérdida consiguiente de la
autoridad. En este mismo sentido, las comunidades arhuacas han expresado su
inconformidad por la instalación de una base militar del Ejército en el cerro
Inarwa o Alguacil, sitio sagrado para los Arhuacos; la base limita su acceso.
Además el sitio está rodeado de minas antipersonal; se reportan algunos
incidentes con ganado. Las
comunidades arhuacas se han declarado neutrales ante el conflicto armado en
diversas oportunidades. Así, por ejemplo, la Confederación Indígena Tayrona ha
expresado: “Haciendo uso de ese revestimiento moral, manifestamos nuestro rotundo
rechazo a la forma de pretender resolver los conflictos históricos, sociales,
económicos, políticos y culturales, de la sociedad y los pueblos a través de la
confrontación armada en nuestros territorios y sobre todo involucrándonos en
una situación de alto riesgo y vulnerabilidad para nuestra manera de ser y de mirar el Mundo, y para la preservación de nuestro territorio. (…) Tal como lo
hemos manifestado en anteriores ocasiones, hacemos un llamado al diálogo a los
grupos armados y al gobierno, para que se busque una fórmula de arreglo a los
conflictos que nos han traído a la Sierra, o si por el contrario no hay disposición
para un arreglo, de la misma manera como nos trajeron el conflicto que se lo
lleven para otra parte y que en todo caso se respete nuestra paz, y que nuestro
territorio sagrado no siga siendo manchado con sangre de inocentes.” Estas
declaraciones de neutralidad, sin embargo, no han sido efectivas para prevenir
el impacto destructivo del conflicto sobre la vida de estas comunidades. 2. Afectación de los
pueblos Arhuaco y Kogui por el desplazamiento forzado. Ni
el pueblo Arhuaco ni el pueblo Kogui han sido golpeados por el desplazamiento
forzado con la misma seriedad con la que éste fenómeno ha afectado a otros
pueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta, como los Wiwa o los Kankuamo. Sin
embargo, es claro que el influjo del conflicto armado genera una clara
situación de riesgo de desplazamiento en el futuro cercano para las comunidades
Arhuacas y Koguis, que el Estado está en el deber de prevenir. Ello
no obsta para que se hayan presentado, en efecto, algunos desplazamientos
masivos de comunidades arhuacas que permanecen irresueltos. Por ejemplo, hoy en
día viven en Barranquilla varias familias arhuacas que se desplazaron desde
hace más de 10 años y no han sido debidamente atendidas, debiendo subsistir en
la miseria y sin posibilidades de retorno. Así, según se informa a la Corte, el
16 de mayo de 1997, fueron desplazadas 7 familias de la vereda Las Cumbres –
municipio El Copey (Cesar), dentro de la línea negra y el resguardo indígena,
por un grupo armado al margen de la ley que los expulsó dándoles un plazo de 12
horas y les advirtió que no volvieran más, bajo amenaza de muerte. En total se
desplazaron 150 familias que vivían en ese territorio. Estas familias
recibieron apoyo inicial por la Red de Solidaridad Social, la Alcaldía de
Barranquilla y el CICR; hoy en día lograron establecer unas viviendas en el
lote donde fueron instalados. Expresamente reconocen y denuncian la
fragmentación cultural causada por el desplazamiento a Barranquilla, en los
términos siguientes: “El haber tenido que
llegar a una ciudad como Barranquilla ha influenciado de alguna manera en
nuestro vivir ya que nos ha llevado a tener que hacer cambios en nuestra manera
de pensar y de actuar y donde nos ha tocado asumir ciertas reglas impuestas por
la sociedad Barranquillera, toda esa serie de cambios nos ha llevado un poco a
la desfragmentación de todo un referente cultural que es nuestro, ya que el
lugar fundamental para la supervivencia es el entorno natural, es decir La
Sierra Nevada. El desplazamiento para
una cultura indígena como la nuestra significa la muerte, ya que se atenta con
un sinnúmero de referentes culturales
dejando como resultado la desaparición y el exterminio. Actualmente nos
encontramos en la misma ciudad
habituándonos a ese medio y tratando de sobrevivir con lo que él nos
ofrece, elaborando nuestras artesanías y ofreciéndoselas a la gente para poder
subsistir. Es así como nos hemos
mantenido y hemos salido adelante, sin poder retornar al espacio a donde
pertenecemos. Por otro lado el acceso
a los servicios del estado ha sido muy difícil, con respecto a la salud hasta
hace dos años pudimos tener un carné de salud para ser atendidos, con esta
situación hemos tenido la muertes de tres niños menores de un año que debido a
las enfermedades que les ha producido y la tardía asistencia que se le ha dado
han fallecido. Con respecto a la
educación también ha sido muy difícil, en algunas instituciones nos exigen que
debemos tener una vinculación con la comunidad a la que pertenecemos para poder
acceder al estudio, sin tener en cuenta la situación de riesgo que se tiene al
momento de ir a prestar un servicio social como estudiante en estas
comunidades. A pesar de toda una
serie de advertencias por parte de los grupos al margen de la ley nos hemos
puesto en contacto con nuestras comunidades de origen para poder vincularnos
con ellos y poder trabajar y así responder con las exigencias de las
instituciones educativas donde nos encontramos estudiando algunos miembros
Arhuacos radicados en la ciudad de Barranquilla y en la Capital. A pesar de todas estas
circunstancias que nos han acechado, tenemos aun el espíritu vivo y la
fortaleza para seguir adelante con nuestros propósitos y con la dignidad de ser
indígenas Arhuacos.” El
pueblo Kogui también ha sido afectado por algunos desplazamientos forzados.
Así, en la Resolución Defensorial 024 de 2002 se informa que la Defensoría
reportó el 9 de marzo de 2000 que las confrontaciones entre las AUC y la
guerrilla en las estribaciones de la Sierra Nevada generaron el desplazamiento de
126 indígenas koguis hacia los sitios de Buriticá, Guachaca, Don Diego y Santa
Marta, en febrero. No se tiene información sobre la situación actual de estos
indígenas desplazados. 3.
Respuesta estatal a la situación según
se reportó a la Corte Las
autoridades no han dado una respuesta materialmente significativa a la
situación de los pueblos indígenas arhuaco y kogui ante el conflicto armado o
ante el desplazamiento forzado. SITUACION DE OTROS
PUEBLOS INDIGENAS DE LA COSTA ATLANTICA. D. Situación del pueblo
Wayúu ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Wayúu ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los
principales documentos tenidos en cuenta son los siguientes: (1) Informe
Regional de la Misión Internacional de Verificación a la Sierra Nevada de Santa
Marta, septiembre de 2006. (2) Documento titulado “Reporte Actual sobre la
situación de violencia en las comunidades Wayúu, La Guajira – Colombia” –
Reporte preparativo para la “Misión Internacional de Verificación de la Verdad
en Pueblos Indígenas”, julio de 2006. (3) Documento titulado “Acerca de la
problemática del desplazamiento interno: Consideraciones de Organizaciones del
Pueblo Wayúu”, presentado ante el Relator Especial de Naciones Unidas para los
Refugiados y Desplazados Internos. (4) Artículo titulado “A los desplazados
Wayúu los está matando el hambre”, aparecido en Vanguardia Liberal – Valledupar
el 14 de agosto de 2006. (5) Informe de Riesgo No. 17-06 del SAT, 28 de abril
de 2006 – Defensoría del Pueblo. (6) Informe titulado “Guajira: Alertas
tempranas, desplazamientos anunciados”, elaborado por CODHES, enero de 2007.
(7) Documento titulado “La cosmogonía wayúu y la masacre de Bahía Portete”,
enero 11 de 2006. (8) Documento de ONIC titulado “Las verdades ocultas: qué hay
detrás de la masacre contra el pueblo Wayúu”. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Wayúu por el conflicto armado. El
pueblo Wayúu está conformado por aproximadamente 144.000 personas, es decir,
representan un alto porcentaje de la población indígena de Colombia. Su
territorio tradicional ocupa 1.080.336 hectáreas en el resguardo de la Alta y
Media Guajira; hay más resguardos en el sur de la Guajira y en la media
Guajira. El
pueblo Wayúu ha sido gravemente afectado por el conflicto armado colombiano,
principalmente por razón de las características geográficas de su territorio,
que lo han hecho atractivo para los grupos armados ilegales. En efecto, los
principales factores que inciden sobre el agravamiento del conflicto armado son
el reacomodamiento geográfico y estructural de los grupos armados ilegales, y
la importancia geográfica estratégica de la Guajira por la salida al mar, la
frontera con Venezuela, corredores hacia la Sierra Nevada de Santa Marta y la
Serranía del Perijá. Las características naturales del territorio, que implican
ventajas para el tráfico de mercancías, vehículos y personas, junto con la
precaria presencia estatal, han sido las causas de la presencia de grupos
armados ilegales que buscan aprovechar esas ventajas por vía armada y
violencia. Los wayúus, población mayoritariamente ancestral y socialmente
vulnerable, han sido víctimas en los últimos años de amenazas, principalmente
por los paramilitares. La facilidad para el desarrollo del contrabando de
bienes y de gasolina en el territorio Wayúu, por la facilidad del paso de
mercancías, vehículos y personas, hace que los grupos armados ilegales se hagan
presentes en la región y busquen canalizar esas ventajas para sus respectivos
negocios, por la vía armada. En consecuencia, la población wayúu se vuelve
objeto de amenazas por los grupos armados ilegales. En
los años noventa, la violencia en la Guajira fue causada principalmente por las
actividades de narcotraficantes; en la segunda mitad de los 90s, por el combate
entre las estructuras del narcotráfico y las Fuerzas Armadas; y desde 2001,
especialmente por las confrontaciones entre las Fuerzas Armadas, los
paramilitares, grupos de narcotraficantes y la guerrilla. Según reportan las
comunidades Wayúu, la entrada de los grupos paramilitares a la Guajira en los
años 90 produjo una grave violencia de cuyas víctimas no hay registro. Entre
2001 y 2004, se reporta una etapa de expansión del conflicto armado por el
territorio; y desde 2005 hasta la fecha, una grave disputa armada territorial,
por el control de los recursos y de la población, que ha generado una nueva
dinámica de violencia, exacerbada por el narcotráfico y el comercio ilegal de
armas y de gasolina. Sin embargo, el contrabando, que en amplias partes de la
Guajira es usual, es secundario frente al problema del narcotráfico, en el que
participan muy pocos Wayúu. Se
reportan como tipos de violaciones de derechos humanos del pueblo Wayúu en el
marco del conflicto armado: masacres; homicidios selectivos o múltiples;
desapariciones; enfrentamientos armados que afectan a los civiles; destrucción
de bienes civiles; destrucción de bienes indispensables para la supervivencia;
y desplazamiento forzado. La
afectación del pueblo Wayúu por el conflicto armado ha sido invisibilizada por
las características culturales de los Wayúu; éstas han dado lugar a malas
interpretaciones que, por un lado, subsumen los homicidios y las masacres de
los que han sido víctimas a manos de los grupos armados ilegales dentro de los
patrones documentados de conflictos y guerras interclaniles y, por el otro,
confunden el desplazamiento forzado con la representación social predominante
de su estilo de vida polirresidencial o semi-nómada. Así, los principales
factores que dificultan la visibilización del impacto que ha surtido el
conflicto armado sobre esta etnia son sus rasgos culturales: el desarrollo de
actividades económicas ilegales, como el contrabando, por algunas familias
Wayúu; la posesión y uso de armas; su forma polirresidencial de vida. Debe
precisarse a este respecto que las denominadas “guerras interclaniles”, que
están estrictamente reguladas por códigos culturales, han sido cooptadas y
pervertidas por los grupos armados en el curso de su expansión territorial. El
desplazamiento forzado de los indígenas Wayúu es, por lo tanto, invisible. En
efecto, aparte de sus ciclos usuales de trashumancia a lo largo de la
península, que se regulan culturalmente, ha habido un alto grado de
desplazamiento forzado por el conflicto, por los enfrentamientos armados entre
los miembros de clanes wayúu y grupos armados ilegales, o por masacres y
asesinatos selectivos de los Wayúu que no acatan las imposiciones de estos
últimos. Estos desplazamientos forzados quedan ocultos tras los movimientos
normales de población. Otros
factores que promueven fuertemente la invisibilización, y por lo tanto hacen
más difícil la situación, consisten en que algunos pocos wayúu sí se han
involucrado con grupos armados; algunos sí se han desplazado por guerras
interclaniles; y algunos sí participan en el contrabando y el narcotráfico.
Pero estos son una minoría de casos que generan falsas representaciones sobre
la mayoría de las víctimas reales del conflicto armado. Sin
lugar a dudas, la afectación más significativa que ha causado el conflicto
armado sobre esta etnia fue la comisión de una masacre en Bahía Portete, el 18
de abril de 2004, que generó serios desplazamientos masivos. Para abril de
2006, Bahía Portete estaba habitado por cuatro familias; las demás abandonaron
el territorio luego de la masacre y del asesinato de otra indígena Wayúu en
julio de 2005. En noviembre de 2004 el
gobierno departamental organizó un proceso de retorno a Bahía Portete, pero no
ha sido posible el restablecimiento por el acoso paramilitar persistente; a la
fecha se reporta que sólo un escaso número de familias vive ahí. En el segmento
siguiente del presente capítulo se describe con mayor detalle este crimen
atroz. Hoy
en día, la confrontación armada y la crisis humanitaria persisten en la
Guajira, ante la aparente inacción de las autoridades, pese a las advertencias
de las organizaciones de derechos humanos y las alertas tempranas de la
Defensoría. El hecho más importante en este campo es la permanencia de grupos
paramilitares que no se desmovilizaron o se rearmaron, y siguen operando en la
Guajira, bajo otro nombre pero con las mismas estructuras armadas. También hay
presencia en la Guajira de guerrillas activas. En
efecto, se ha reportado por múltiples fuentes la presencia de paramilitares
desmovilizados que siguen ejerciendo control sobre la población civil. Por
ejemplo, desde marzo de 2006 el SAT ha conocido de la presencia y actividad de
un grupo paramilitar en las poblaciones Wayúu de Poropo, Perpana, La Esperanza,
Tres Bocas, Pusheo, La Loma, Kariwac, Jatete, Jepsut, Karimaya, Ariguna Kimana,
y sector de Bahía Portete en el municipio de Uribia, constituido por
aproximadamente 70 hombres armados que hicieron parte del Frente
Contrainsurgencia Wayúu de las AUC y que no se desmovilizaron. Según un reporte
de la Defensoría del Pueblo de abril de 2006, este grupo ha amenazado a la
población para evitar que denuncien su actuación en el territorio y su control
de las actividades de tráfico de estupefacientes, armas, combustible,
contrabando y actividades comerciales ilícitas, y su pretensión de controlar
los puertos y los corredores naturales entre La Guajira y Venezuela. Salvo
por el caso de Bahía Portete y algunos desplazamientos individuales de familias
Wayúu, la violencia de los paramilitares es focalizada, de baja intensidad,
selectiva, y queda invisibilizada por el inmenso temor de los Wayúu a
denunciar. Este temor se fundaría, según los documentos, en una clara situación
de desconfianza y distancia históricas hacia las autoridades y en el temor de que existe una alianza entre
miembros de la Fuerza Pública y funcionarios del Estado con los paramilitares. Algunas
familias Wayúu han tenido que armarse para defenderse de los paramilitares,
porque se niegan a colaborarles. La situación, sin embargo, es descartada por
las autoridades como un conflicto interclanil. En efecto, ante la imposición
violenta de los paramilitares, los wayúu se han resistido, negándose a
colaborarles con ganado, información, ayuda logística o de movilidad; la
reacción de los paramilitares ha sido violenta. Esto ha llevado a algunas
familias wayúu a armarse para defenderse: se ha generado la necesidad de
organizarse para la defensa armada frente a las agresiones paramilitares, y se
han causado enfrentamientos, lo cual ilustra la gravedad de la amenaza. Por
ejemplo, el 3 de abril de 2006, en inmediaciones del sector de Peruana, un grupo de aproximadamente 10 indígenas se
enfrentaron con paramilitares; se desconoce si hubo víctimas. Como retaliación,
el 7 de abril de 2006 los paramilitares incursionaron en una vivienda de Poropo,
donde torturaron y asesinaron a Álvaro Uriana de 37 años por negarse a dar
información sobre dónde estaba el resto de su familia; maltrataron a dos
mujeres e incendiaron la vivienda. La población se siente amenazada y considera
que es una advertencia de los paramilitares de acabar con toda la familia; se
generó el desplazamiento de 50 personas, principalmente niños, niñas y mujeres
de la familia Uriana – Pana. El
SAT desde el Informe de Riesgo No. 052/04 del 24 de junio de 2004 había
advertido sobre las acciones de control del Bloque Norte de las AUC – Tercer
Grupo de la Guajira sobre los puertos de embarque y descargue de mercancías
para garantizar el paso de contrabando, el ingreso de precursores para
procesamiento de drogas, la salida de drogas (cocaína), la entrada de armas y
de combustibles. En el proceso de controlar la zona cometieron actos de
violencia contra las comunidades wayúu que tradicionalmente comerciaban en la
zona; frente a sus amenazas, un grupo de indígenas de diferentes clanes había
organizado resistencia armada para hacerles frente, lo cual generaba mayor
riesgo de violencia para la población civil. Se generaron así distintas
masacres, desapariciones, homicidios selectivos, nuevos desplazamientos
forzados, enfrentamientos con la población civil interpuesta, destrucción de
bienes civiles y de bienes indispensables para la supervivencia, ataques contra
las familias wayúu que viven en las zonas de los puertos naturales de la
región, particularmente las autoridades de las familias locales y sus
parientes, que se oponen al control de los paramilitares en la Alta Guajira.
Además, ello significa un riesgo para las familias que se desplazaron después
de la masacre de Bahía Portete, asentadas en el municipio de Uribia y Maicao en
asentamientos dispersos. Esta
etnia también ha sido afectada por la presencia y las actividades de la
guerrilla en su territorio. Así, por ejemplo, el 14 de agosto de 2006, el
Frente 59 de las FARC atacó el centro de acopio de gasolina de la cooperativa
de indígenas Wayúu Ayatawacoop en Maicao, con cilindros que destruyeron 88
camiones y provocaron un gran incendio que dejó grandes pérdidas materiales; la
guerrilla acusó a la cooperativa de vínculos con los paramilitares. Múltiples
organizaciones y entidades, incluida la Defensoría del Pueblo, han denunciado
la persistencia de los grupos paramilitares después de la desmovilización
formal de las AUC, bien sea por causa del rearme, de la no desmovilización o de
la aparición de grupos emergentes. Lo cierto es que persisten los ataques a la población civil
Wayúu. Este escenario es de alto riesgo para las comunidades wayúu, por
amenazas de enfrentamientos, hostigamientos y crímenes selectivos y
desplazamientos. El
conflicto armado y el desplazamiento forzado han generado la ruptura de
tradiciones culturales y familiares y de estructuras sociales a lo largo de la
Guajira. La restricción de la libertad de movimiento que conlleva su presencia,
afecta también las prácticas culturales básicas. Esta situación surte un
impacto especialmente fuerte sobre los más jóvenes y sobre la continuidad y
transmisión cultural. Por
último, el desorden institucional en la Guajira hace más difícil el
reconocimiento y atención de las víctimas del conflicto armado. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. La
Corte ha sido alertada sobre una serie de crímenes de los que ha sido víctima
la población Wayúu. En los documentos que sirven de fuente a este aparte se
mencionan, entre otros, los siguientes crímenes perpetrados contra la población
Wayúu en el marco del conflicto armado: 1.
El informe de OACNUDH de 2002 reporta que el 1º de octubre de 2001, en Maicao,
varios soldados dispararon contra una residencia Wayúu, causando la muerte de 2
hombres y heridas a una mujer con un bebé de seis meses. 2.
1º de febrero de 2004: en los documentos se denuncia la ejecución extrajudicial
de Nicolás Ballesteros Epinayú y Segundo Epinayú, luego de que por la mañana
hubieran puesto una denuncia ante la Policía contra los paramilitares. La
comunidad fue testigo de que los estaban esperando. 3.
El 18 de abril de 2004, paramilitares entran a Bahía Portete y asesinan y
maltratan a personas wayúu de todas las edades. Esto genera un desplazamiento
masivo hacia otras partes de la Guajira y de Venezuela. Bahía Portete queda
prácticamente deshabitada. El pueblo Wayúu denunció que en el transcurso de
esta masacre se asesinó a por lo menos doce personas (incluidas mujeres y
niños), treinta más desaparecieron (incluyendo a veinte menores de edad), y
aproximadamente trescientas personas se desplazaron forzosamente. Muchos
huyeron hacia Maracaibo, o a otras partes de la Guajira. Se ha denunciado la
sevicia con la cual este grupo paramilitar asesinó niños, torturó adultos antes
de matarlos, cometió violencia sexual y mutilaciones, decapitó ancianos,
incendió y desmembró menores de edad y mujeres vivas hasta la muerte, o
desmembró los cadáveres, entre otros crímenes atroces. En
una comunicación de las autoridades Wayúu a la ONIC, se enuncian los siguientes
muertos: Nicolás Barros Ballesteros; Arturo Epiayú; Alberto Everts Fince; Rolan
Everts Fince; Rosa Fince Uriana (asesinada con una granada); Diana Fince Uriana
(desaparecida); Reina Fince Pushaina (desaparecida, 13 años); Rubén Epinayú (16
años); una joven mujer del clan Epinayú (desaparecida); Margarita Epinayú (75
años); Rosalinda Fince (45 años); Reyes Fince (17 años); Segundo Ashapua (28
años); Jorge Ashapua (30 años); Moyo Uriana (10 años – desaparecido); Luquita
Epinayú (8 años – desaparecida); Jacqueline y Diosa (niños, quemados entre un
camión). Afirman adicionalmente las autoridades Wayúu que hubo muchas más
víctimas, y que no denuncian en su integridad las atrocidades cometidas por
miedo. Los desplazados que huyeron de la región tras este violento episodio,
hacia Maracaibo y otras partes, viven en condiciones de extrema pobreza. Aparentemente
la masacre se relaciona con la lucha por el control territorial para comercios
ilícitos, por los paramilitares, que buscan expulsar a los Wayúu de sus
territorios. La primera versión oficial, sin embargo, era que la masacre se
había cometido en el transcurso de un
combate entre las AUC y la guerrilla; otras versiones oficiales posteriores
presentaron estas muertes como resultado de enfrentamientos entre las AUC y
wayúus o entre clanes wayúu; y se reporta la población desplazada como
resultado de medidas adoptadas contra el contrabando. Las
autoridades Wayúu denuncian que ocho días antes de la masacre de Bahía Portete,
una unidad del Ejército adscrita al Batallón Cartagena que había sido
trasladada a mediados de marzo de 2004 a la zona, fue retirada. Habían
establecido su base en la escuela de la comunidad y utilizado a algunos
indígenas como informantes. Miembros de la comunidad denunciaron la connivencia
del Capitán de esta unidad con el comandante del grupo paramilitar que efectuó
la masacre. Se reporta que tres días antes de la masacre, la Defensoría y la
Procuraduría recibieron una denuncia y solicitud de protección para los
habitantes de Bahía Portete por las autoridades wayúu, pero no hicieron nada. 4.
El 13 de julio de 2005, se asesinó a Dilia Epinayú, quien había sobrevivido a
la masacre de Bahía Portete y estaba desplazada, y había denunciado y
atestiguado sobre los hechos. Estaba incluida en el programa de protección de
la Fiscalía. 5.
En abril de 2006, los paramilitares entran a una vivienda en Poropo, torturan y
asesinan a un miembro del clan Uriana por negarse a suministrar información
sobre la ubicación del resto de la familia; con ello se genera el
desplazamiento de 50 personas de esta familia. 6.
Según reporta la Misión Internacional de Verificación, se registró en 2006 el
asesinato de 16 mujeres líderes que ejercían resistencia contra los distintos
megaproyectos que se busca construir en la Guajira. Debe reportarse a este
respecto que existe la percepción, entre las autoridades wayúu, de que existe
un vínculo entre los megaproyectos mineros en el área impulsados por el
Gobierno, y la violencia paramilitar, especialmente en Bahía Portete. El
propósito, para ellos, es el de apoderarse de los territorios mediante el
terror y el exterminio. 3. Afectación del pueblo
Wayúu por el desplazamiento forzado. El
desplazamiento forzado y la búsqueda de refugio tiene características distintivas
entre los Wayúu: las condiciones geoestratégicas de la Alta y Media Guajira; la
polirresidencialidad y alta movilidad geográfica; la organización social en
grupos familiares autónomos, descentralizados y dispersos, generan dificultad
en diferenciar fácilmente las migraciones culturales de las migraciones
forzadas por el conflicto armado. Estas especificidades hacen imperceptible el
desplazamiento wayúu, lo que contribuye a su invisibilización y negación por
parte de las autoridades – en relación con 3 cabildos, el gobierno a diferentes
niveles pretendió negar su condición de desplazados. La
imperceptibilidad no implica la inexistencia del desplazamiento y del refugio.
En el no reconocimiento radica la gravedad del problema, porque sin
reconocimiento no hay respuesta del Estado. Ha
habido algunos desplazamientos masivos wayúu, pero en su mayoría son gota a
gota, y a lo largo de los años generan asentamientos de personas desplazadas
emparentadas entre sí. La inmensa mayoría no han sido reportados; no hay
registro. No se declara por desconfianza, temor, ignorancia o pragmatismo, con
el resultado de que no hay estadísticas ni mediciones del problema. Como
se indicó, el 18 de abril de 2004, presuntos paramilitares entran a Bahía
Portete y asesinan y maltratan a wayúu de todas las edades. Esto genera un
desplazamiento masivo hacia otras partes de la Guajira y de Venezuela. Bahía
Portete queda prácticamente deshabitada; hoy en día se informa que sólo viven
allí 4 familias; los planes de retorno
sugeridos por la Gobernación no se han concretado. En
la comunidad de Wepiapaa en Mingueo (Dibulla), hay 36 familias Wayúu
desplazadas, que llegaron en tres oleadas sucesivas, entre octubre y noviembre
de 2006, de un asentamiento hoy desaparecido que quedaba en el Alto San Jorge
(Sierra Nevada). Pasaron seis meses antes de que el Gobierno reconociera y
atendiera el desplazamiento. Los indígenas desplazados en Wepiapaa tienen
problemas críticos de alimentación. En 2006 murieron dos niños por desnutrición
y otros nueve fueron hospitalizados en Valledupar, Riohacha y Dibulla, en
estado crítico. Dusakawi afirma que es por falta crónica de alimentación. El
primer desplazamiento fue hace más de 20 años, desde la Alta Guajira, por
disputas entre familias; un total de 36 familias llegaron desplazadas al Alto
San Jorge, en límites entre Guajira y Magdalena en la parte alta de la Sierra
Nevada de Santa Marta, donde un familiar que tenían allí. De septiembre a
noviembre de 2005 se presentaron 2 desplazamientos masivos de indígenas Wayúu
provenientes del Alto San Jorge. El primero fue el 25 de septiembre, de 14
familias, por el atentado contra Efraín Cuadrado, el esposo de la profesora de
la comunidad. El segundo fue el 12 de noviembre, cuando 40 familias se
desplazaron por la desaparición de Eleuterio Jayariyú, quien antes había
denunciado maltratos por parte de los paramilitares. Se
instalaron en Wepiapaa no en albergues sino en una finca de un familiar, por lo
cual las instituciones no les dieron atención adecuada. Después de
confrontaciones con la comunidad, Acción Social solo reconoció al 60% de los
desplazados que llegaron al corregimiento de Mingueo en Dibulla. La polémica
retrasó la atención a la comunidad; intervino la ONG internacional Acción
contra el Hambre, que estableció una olla comunitaria que les dio una comida
diaria. Al terminar el proyecto alimenticio, en marzo de 2006, llegó una crisis
alimentaria fuerte, causando problemas de desnutrición que se suman a los
problemas de higiene por la falta de agua y la calidad de los asentamientos
(cambuches). Según informan, a veces el gobierno departamental manda agua, pero
no con frecuencia. En sus palabras, sienten que están mendigándole al Estado.
Una niña murió porque su madre, igualmente desnutrida, no tenía leche materna,
dice Dusakawi. El niño muerto fue Mario Iguana Ipuana. La segunda semana de
mayo de 2006, la Misión de Verificación constató que permanecían 32 familias /
280 personas, 90 niños y niñas, que no habían sido incluidos en el SUR; las
autoridades locales y departamentales afirmaron que estas personas no eran
población desplazada y querían aprovecharse de las ayudas del Estado. En
distintos barrios marginales de Santa Marta –Timayuy, Cristo Rey, La Parrilla y
La Paz- hay 45 familias wayúu provenientes de distintos lugares de la Media y
Alta Guajira, en cuatro oleadas distintas; pasaron 4 meses hasta que el
Gobierno reconoció. En
la comunidad Nóüna de Campamento, en zona rural de Maicao, se ha reducido el
número de familias porque varias de ella en forma sucesiva se desplazaron hacia
Venezuela o diferentes ciudades del interior, por la violencia; no se
registraron como desplazados. En
estos tres últimos casos los desplazamientos los causaron los paramilitares,
incluso después de la desmovilización. En la comunidad desplazada hacia
Wepiapaa, el desplazamiento se dio por la desaparición de un miembro de la
comunidad, y por un atentado contra el esposo de la maestra de la comunidad. En
el caso de la población desplazada en Santa Marta, se causaron los desplazamientos
por amenazas de los paramilitares a distintas familias a quienes les ordenaron
desalojar el territorio, y en algunos casos por homicidios. En la comunidad de
Nóüna de Campamento, el desplazamiento se causó por el asesinato sistemático de
varios miembros de familias de esta comunidad. Posteriormente,
en abril de 2006, como se indicó, los paramilitares entraron a una vivienda en
Poropo, torturaron y asesinaron a un miembro del clan Uriana por negarse a
suministrar información sobre la ubicación del resto de la familia y agredieron
a varias mujeres, incluida una anciana de 80 años; este acto criminal genera el
desplazamiento de 50 personas de esta familia. Acción Social entregó ayuda
inicial a algunos, supeditada a un retorno rápido. Pero más de 150 permanecen
en Uribia y otras se fueron a Venezuela (56 personas). La
poliresidencia de los wayúu y la organización social basada en clanes autónomos
y dispersos, hacen difícil distinguir entre los desplazamientos forzados y
desplazamientos normales. Por eso las expresiones y formas del desplazamiento
terminan por ser imperceptibles, generando invisibilización y negación por las
autoridades. Por ejemplo, se han negado los desplazamientos de Wepiapaa en
Dibulla, o los desplazamientos desde la Media y Alta Guajira hacia Santa Marta,
o a Venezuela. La
inmensa mayoría de los desplazamientos han sido “gota a gota”, pero van
consolidando con el tiempo asentamientos de población desplazada; la inmensa
mayoría no han sido reportados ni han sido objeto de ningún registro, por
desconfianza, temor, ignorancia o pragmatismo. Las
organizaciones wayúu reportan los siguientes problemas en la reacción el Estado
al desplazamiento wayúu: a)
Negación frecuente del estado de desplazamiento, se les señala de querer
aprovecharse de los beneficios para la población desplazada. b)
Poca voluntad de ayuda y animadversión de las autoridades y funcionarios hacia
la comunidad, lo cual genera un ambiente tenso. c)
Procedimientos inapropiados de recepción de declaraciones por parte de personas
que no entiende wayunaiki – especialmente en el caso de Wepiapaa. d)
Problemas de la ayuda humanitaria de emergencia: es insuficiente, les dan
alimentos que no corresponden a su dieta, entregas por familia sin atender al
número de personas de cada una, entregas a destiempo e incompletas, demasiados
productos innecesarios. La
negativa a reconocer el desplazamiento también se deriva de la negativa a
reconocer la presencia de paramilitares en la Guajira luego de su anuncio
público de desmovilización. Sin embargo, los testimonios de diversas
comunidades coinciden en que los paramilitares siguen operando. Siguiendo
este patrón, se informa que en los casos de los desplazamientos forzados de
Wepiapaa y Santa Marta, la reacción de las autoridades fue semejante: primero
se expresó sorpresa y desconocimiento de la existencia de Wayúus en la Sierra
Nevada de Santa Marta; luego se hizo una acusación de oportunismo y descrédito;
finalmente se realizó el registro a regañadientes por presión de las
organizaciones indígenas y del Ministerio Público, lo cual generó hostilidad en
las relaciones con las autoridades. Se
ha denunciado que en muchos casos en Wepiapaa, se recibieron declaraciones a
wayúus que prácticamente no hablaban español, sin la ayuda de intérpretes, por
lo cual se produjeron declaraciones que no reflejan la realidad. También
se reporta que la ayuda humanitaria de emergencia fue entregada en cantidades
insuficientes, y en alimentos distintos a los de la dieta wayúu; se entregaron
por familias sin atender al número de miembros, en entregas incompletas y a
destiempo, o entregando en demasía productos innecesarios. En
términos generales, las comunidades Wayúu desplazadas han protestado por la
indignidad de la respuesta del Gobierno; se sienten, en sus palabras,
mendigándole una ayuda inadecuada. Por ello han solicitado expresamente que el
Gobierno reconozca las especificidades y la naturaleza sui generis del
desplazamiento interno y el éxodo a Venezuela de los Wayúu. La invisibilización
de este problema es en sí misma una amenaza a la integridad del pueblo Wayúu.
Es necesario, igualmente, capacitar a los funcionarios públicos municipales y
departamentales, que desconocen al igual que el pueblo wayúu los derechos de
los indígenas y los derechos de la población desplazada. A
pesar de la inclusión de varios municipios de la Guajira en los Informes del
SAT de la Defensoría y de los desplazamientos del 2006 las autoridades no han
respondido enérgicamente a esta situación, ni han formulado un plan de contingencia
o mecanismos de prevención. 4. Medidas
interamericanas de protección del pueblo Wayúu. El
23 de septiembre de 2004, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó
medidas cautelares a favor de cuatro mujeres líderes Wayúu, que posteriormente
fueron ampliadas a otros 5 líderes más en noviembre de 2004. En
términos de la Comisión, “la información disponible indica que durante los
últimos tres años la comunidad indígena wayúu ha padecido actos de violencia
por parte de grupos paramilitares comandados por ‘Jorge 40’, con la
colaboración o aquiescencia de miembros del Estado. Los peticionarios alegan
que algunas de las llamadas ‘liderezas’ (voceras de las familias Wayúu ante los
organismos nacionales e internacionales) han sido objeto de amenazas contra su
vida e integridad personal como resultado de su actividad de denuncia. Entre
ellas se destacan [nombres de 4 mujeres], liderezas y familiares de indígenas
asesinados y desaparecidos en una masacre perpetrada el 18 de abril de 2004,
quienes han sido blanco de amenazas y actos de hostigamiento. En vista de la
situación de las beneficiarias, la Comisión solicitó al gobierno colombiano la
adopción de las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad
física de [nombres]; e informar sobre las acciones adoptadas a fin de poner
término a la situación que justifica la adopción de medidas cautelares,
incluyendo los procesos judiciales que resulten pertinentes. El 16 de noviembre
de 2004 la CIDH amplió la vigencia de las medidas cautelares a fin de cobijar a
[otros 5 líderes] (…)”. 5. Respuesta estatal a
la situación del pueblo Wayúu Las
autoridades han informado a la Corte sobre sus actuaciones ante la grave
situación del pueblo Wayúu, en dos ámbitos: la implementación de las medidas
cautelares dictadas por la Comisión Interamericana, y la atención de la
población desplazada. 5.1. Implementación de
las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En
el informe de la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia
a la Corte Constitucional, en respuesta al Auto 248 de 2007, se reportan las
siguientes actuaciones: -
Adopción de medidas de protección individual para cada uno de los beneficiarios
– esquemas duros y medidas de protección. -
Realización de reuniones periódicas de concertación y seguimiento en las que se
revisan situaciones de seguridad y protección concretas. -
Adopción de medidas de seguridad por parte de la Fuerza Pública y la Policía
Nacional. -
Seguimiento a las investigaciones penales y disciplinarias. 5.2. Atención a la
población Wayúu desplazada. Por
otra parte, en la respuesta de Acción Social al Auto 251 de 2007 de la Corte
Constitucional, se incluye una tabla de resumen que presenta la siguiente
información: -
En relación con el documento titulado “Reporte Actual sobre la situación de
violencia en las comunidades Wayúu, La Guajira – Colombia” – Reporte
preparativo para la “Misión Internacional de Verificación de la Verdad en
pueblos indígenas”, julio de 2006, se informa: “Queja y/o solicitud:
Retorno a Bahía Portete. Respuesta: Se atendieron
las 100 familias que retornaron a Bahía Portete que se quedaron en el país en
Maicao y Uribia, de la siguiente manera, la atención de urgencia la prestó la
Alcaldía Municipal de Uribia y fue complementada por Acción Social, mientras
que la atención humanitaria la efectuó la Cruz Roja Internacional de acuerdo a
la carta de entendimiento que existe con ellos.” “Queja y/o solicitud:
AHE – Entrega de ayudas alimentarias conforme a su dieta especial. Respuesta: En el
desplazamiento masivo de Bahía Portete, atendido por la CICR, se sustituyó la
harina por maíz en grano a 115 familias atendidas en Bogotá. Aparte de la
Atención Humanitaria, se han brindado otra serie de elementos a través del programa
de donaciones de Acción Social, tales como alimentación, vestuario, kits de
aseo, kits de hábitat, medios de transporte y elementos para apoyar la
generación de ingresos.” “Queja y/o solicitud:
Registro sobre los desplazamientos Wayúu e invisibilización. Respuesta: Los
desplazamientos deben ser reportados por las personas afectadas ante cualquier
entidad del Ministerio Público, para proceder a valorar los hechos narrados y
determinar su acceso o no al Registro Único de Población Desplazada. En caso que
la persona resulte incluida, puede acceder a los beneficios contemplados en la
Ley 387 de 1997 y el Decreto 2569 de 2000. Sin embargo, según el artículo 11
del decreto 2569 de 2000, es posible que la persona resulte No Incluida, cuando
se presenten los siguientes casos: a) Cuando la declaración resulte contraria a
la verdad. B) Cuando existan razoes objetivas y fundadas para concluir que de
la misma no se deduce la existencia de las circunstancias de hecho previstas en
el artículo 1º de la Ley 387 de 1997. c) Cuando el interesado efectúe la
declaración y solicite la inscripción en el Registro después de un (1) año de
acaecidas las circunstancias descritas en el artículo 1º de la Ley 387 de 1997. Por esta razón, cabe
resaltar que el que las personas no se encuentren incluidas en el Registro
Único de Población Desplazada no quiere decir que se les esté negando su
condición de desplazados, pues lo que esto implica es que las personas no
rindieron declaración de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley
387 de 1997, sin perder por ello su condición de desplazados y en el caso en
que la declaración se encuentre dentro de los parámetros de No Inclusión
(artículo 11 L. 387/97), esto se le expone a la persona mediante acto
administrativo motivado, contra el cual proceden los recursos de Ley.” -
En relación con el documento titulado “Acerca de la problemática del
desplazamiento interno: Consideraciones de Organizaciones del Pueblo Wayúu”,
presentado ante el relator especial de Naciones Unidas para los Refugiados y
Desplazados Internos”, se informa: “Queja y/o solicitud:
Entrega de ayudas alimentarias conforme a su dieta especial. Respuesta: En el
desplazamiento masivo de Bahía Portete, atendido por la CICR, se sustituyó la
harina por maíz en grano a 115 familias atendidas en Bogotá.” -
En cuanto al documento titulado “A los desplazados Wayúu los está matando el
hambre”, aparecido en Vanguardia Liberal – Valledupar el 14 de agosto de 2006,
se informa: “Queja y/o solicitud:
Entrega de ayudas alimentarias. Respuesta: El programa
RESA en el año 2007 ejecutó un proyecto por 750 millones de pesos, 500 millones
aportados por Acción Social, a través de
la Acción Cerrejón. Se beneficiaron 3750 familias – 1875 indígenas.” -
En cuanto al documento titulado “Amenazas de grupos paramilitares contra
comunidades del pueblo Wayúu de la Media y Alta Guajira”, por la Defensoría del
Pueblo – Dirección del sistema de Alertas Tempranas, abril de 2006”, se
informa: “Queja y/o solicitud –
Retorno Bahía Portete. Respuesta: Se atendieron
las 100 familias que retornaron a Bahía Portete que se quedaron en el país en
Maicao y Uribia, de la siguiente manera, la atención de urgencia la prestó la
alcaldía municipal de Uribia y fue complementada por Acción Social, mientras
que la atención humanitaria la efectuó la Cruz Roja Internacional de acuerdo a
la carta de entendimiento que existe con ellos.” -
En cuanto al documento titulado “Guajira: Alertas tempranas, desplazamientos
anunciados”, se informa: “Queja y/o solicitud:
Maltrato de las personas por parte de los funcionarios de Acción Social
Guajira. Respuesta: En este
sentido, realizaremos las acciones correspondientes para encontrar y corregir
las irregularidades en la Atención a la población en la Unidad Territorial
Guajira.” “Queja y/o solicitud:
Registro - Cifras de Acción Social frente a las de otras instituciones. Respuesta: El Sistema de
Registro es una herramienta para facilitar la atención y un medio para que la
población desplazada pueda ejercer sus derechos de una forma ordenada e
integral, por lo anterior, y a pesar de que el registro produce cifras que
miden el comportamiento de parte del fenómeno, no es el registro la herramienta
legal para medir el desplazamiento.” “Queja y/o solicitud:
Registro – Masivo Mingueo Municipio de dibulla, inclusión de familias en este
desplazamiento. Respuesta: En el
registro se incluyeron 36 familias de la comunidad indígena Wayúu de Weepiapaa
del masivo de Mingueo, que por su cultura, usos y costumbres y sus propias
individualidades se realizó de manera familiar. Acción Social realizó una
verificación in situ y se confirmó que de las 54 personas que le manifestaron a
otras entidades haber llegado del Alto San Jorge, se pudo establecer que 14
familias vivían y trabajaban en entidades privadas en Mingueo y Maicao, y que
nunca vivieron en el alto San Jorge, lo que fue aceptado por la comunidad.” “Queja y/ o solicitud:
Registro – ‘Acción Social obliga a las personas a retornar, para que puedan
recibir ayudas’. Respuesta: De acuerdo al
Protocolo de Retornos de Acción Social, el retorno solo se da cuando existe
voluntariedad, seguridad y dignidad. De esta forma si falla alguna de estas
tres condiciones, no se realiza el retorno y Acción Social no hace el
acompañamiento de las familias para el retorno. En este orden de ideas, no es
cierta la afirmación que descansa en este documento, puesto que los
funcionarios de Acción Social no constriñen a las persona ha realizar
determinada actuación, siendo voluntario el acceso a todos los programas y
beneficios de la Ley 387/97 y tampoco condicionamos la entrega de nuestras
ayudas al acceso a otros programas.” “Queja y/o solicitud:
AHE – Entrega de la Ayuda Humanitaria de Emergencia. Respuesta: Tras el
desplazamiento masivo la ayuda humanitaria de Emergencia es entregada
directamente a la población a través de la Cruz Roja Internacional – Ver anexo
CICR”. En
cuanto al documento de ONIC titulado “Las verdades ocultas: qué hay detrás de
la masacre contra el pueblo Wayúu”, se informa: “Queja y/o solicitud –
Registro: Invisibilización del desplazamiento, reflejado en las cifras. Respuesta: El sistema de
registro es una herramienta para facilitar la atención y un medio para que la
población desplazada pueda ejercer sus derechos de una forma ordenada e
integral, por lo anterior, y a pesar de
que el registro produce cifras que miden el comportamiento de parte del
fenómeno, no es el registro la herramienta legal para medir el desplazamiento.” “Queja y/o solicitud:
AHE – Situación de la Atención Humanitaria de Emergencia. Respuesta: En cuanto a
la Ayuda Humanitaria de Emergencia, resaltamos que en el desplazamiento masivo
de Bahía Portete, atendido por la CICR, se sustituyó la harina por maíz en
grano a 115 familias atendidas en Bogotá.” “Queja y/o solicitud:
Retornos – Atención familias Wayúu en Venezuela. Respuesta: Las familias
Wayúu que se desplazaron hacia Venezuela, no han seguido los parámetros para la
entrega de la Atención Humanitaria, dado que se les solicitó la caracterización
de la población, el número de personas que se encuentran en el vecino país y
cuantas personas componen los núcleos familiares, tal y como se refleja en la
última reunión con la comisión binacional Colombia-Venezuela realizado en
Maracaibo.” SITUACION DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS DE LAS FAMILIAS EMBERA Y WOUNAAN E. Situación del pueblo
indígena Embera-Katío ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Embera-Katío ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los
principales documentos que se tuvieron en cuenta fueron los siguientes: (1)
Informe Regional de la Misión Internacional de Verificación a Córdoba,
septiembre de 2006. (2) Informe titulado “Situación de Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario – Pueblo Embera Katío Tierralta, Córdoba,
2005-2006 (primer trimestre)”, elaborado por el Consejo Nacional Indígena de
Paz – CONIP, septiembre de 2006. (3) Informe de Derechos Humanos de la Misión
de Verificación sobre la Situación Actual de los Pueblos Indígenas de Antioquia
– Organización Indígena de Antioquia, septiembre de 2006. (4) Ponencia de la
Organización Zonal del Cabildo Mayor del Bajo Atrato – CAMIZBA, Municipio de
Rio Sucio – Chocó, sobre la situación de las mujeres indígenas en su área de
jurisdicción. (5) Documento titulado “Pueblos Indígenas del Chocó –
Megaproyectos, Etnocidio y Ecocidio”. (6) Informe sobre la situación de las
comunidades indígenas del Alto San Jorge y el Alto Uré. (7) Documento titulado
“Posición de las Comunidades Indígenas Embera Katío y Embera Dobida frente a la
exploración y explotación del Cerro Careperro”, por el cabildo Mayor Indígena
de Carmen del Darién, octubre de 2005. (8) Intervención de los representantes
del Cabildo Mayor Indígena de la zona del Bajo Atrato (CAMIZBA) ante la Corte
Constitucional. (9) Informe presentado por la Comisión Colombiana de Juristas a
la Corte Constitucional, titulado “El Estado colombiano no ha cumplido sus
obligaciones en materia de derechos humanos de los pueblos indígenas
desplazados o en riesgo de desplazamiento forzado”. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Embera-Katío por el conflicto armado. El
pueblo indígena Embera-Katío se ubica en distintos lugares de la zona norte del
país. A la Corte Constitucional se ha allegado información sobre dos bloques
principales de este pueblo: los Embera-Katío del Alto Sinú –que habitan en las
cuencas de los ríos Verde, Sinú y Esmeralda, en el municipio de Tierralta
(Córdoba)-, y los Embera-Katío del Alto San Jorge, Urabá y Chocó. a. Grupos Embera-Katío
del Alto Sinú El
resguardo Embera-Katío del Alto Sinú, en Tierralta, consta de 103.517
hectáreas, que se suman al área de restitución por la inundación causada por el
megaproyecto de Urrá, de la Quebrada de Mutatá a la comunidad de Mungaratatadó. En
el territorio tradicional se constituyeron dos resguardos: Karagaví, a lo largo
de los ríos Esmeralda y Sinú en
Tierralta e Ituango; e Iwagadó, colindante, a lo largo del río Verde en
Tierralta, antigua Reserva Indígena de Río Verde. Antes el INDERENA había
creado el Parque Nacional Natural de Paramillo, que quedó sobrepuesto con los
dos resguardos. El resguardo de Iwagadó cuenta con 750 habitantes
aproximadamente; El de Karagaví, con 1549 (769 sobre el río Esmeralda, 780
sobre el río Sinú). Actualmente los Embera-Katío del Alto Sinú son, en total,
4256 indígenas, distribuidos en 24 comunidades: En
la cuenca del Río Esmeralda (Kuranzadó), se ubican las comunidades de Beguidó
(Quebrada Venado), Kachichí, Wido (Quebrada El Oso), Karakaradó (Queb. Cadiyo),
Junkaradó (Queb. Pita) y Kanyidó (Queb. De Achiote). En la cuenca del Río Sinú
(Keradó) habitan las comunidades de Amborromia, Mongaratatadó (Q. Pedregoso),
Zambudo (Q. Totuma), Nejodó (Q. Guamo), Koeredo (Q. Caimán), Kapupudo (Q.
Candelaria), Changarra, Kiparadó (Q. Jagua),
Antadó (Q. Tagua). En la cuenca del Río Verde (Iwagadó), están las
comunidades de Dozá, Tundó (R. Pulgas), Pawarandó (R. Clara), Ariza, Porremia
(Torres), Imamadó (Q. Tigre), Simbra, Chimiadó (Q. Polillas), Zorandó (R.
Viejos). Hay
dos cabildos mayores: Río Sinú y Río Verde. Estos dos cabildos fueron constituidos
tras la adopción de la sentencia T-652/98 de la Corte Constitucional, para
solucionar problemas previos de representación generados por divisiones
internas entre Cabildos Mayores y Cabildos Menores que llegaron a apoyar a
Urrá. El
megaproyecto Urrá I generó diversos tipos de impacto destructivo, que fueron
ampliamente documentados en la sentencia T-652 de 1998. En lo ambiental: la
inundación de 417 hectáreas de territorio indígena (7417 hectáreas en total);
la descomposición de la biomasa; alteración de los ecosistemas de páramo, selva
húmeda, humedales y estuario; la salinización del estuario del bajo Sinú; la
sedimentación y contaminación del río; inundación de tierras fértiles de los
Embera; la baja del nivel de agua de la ciénaga grande de Lorica, que afectó a
los campesinos y pescadores; la desaparición del pescado con amenaza a la
alimentación y el comercio (que dio lugar a la sentencia T-652/98); y el
aumento de insectos malsanos. En lo cultural: se causó una grave división
interna y conflictos entre los Embera-Katío, relacionados con el dinero de la
indemnización de Urrá. La
Represa de Urrá en el Río Sinú afectó la autonomía alimentaria de los
Embera-Katío, porque el cambio de nivel del río redujo las especies de peces de
las que dependían consuetudinariamente, haciéndolos dependientes de comida que
compran en los mercados de Puerto Frasquillo con el dinero de la indemnización
por la empresa. Las especies que se reproducen lo hacen en la represa, que
queda lejos de sus asentamientos. Por ello han expresado que se requiere apoyo
para una actividad piscícola que les permita recuperar sus costumbres y su
autonomía alimentaria. Además, hay mayores restricciones alimentarias porque la
pérdida de las playas y vegas de los ríos hizo que se dejara de cultivar arroz;
ahora deben comprarlo en el comercio de Puerto Frasquillo y Tierralta. Se
ha presentado la introducción de leche
en polvo para niños y de alimentos occidentales procesados que no suplen las
calorías de la dieta tradicional, al igual que se registra un incremento en el
consumo de alcohol. Pero la principal restricción alimentaria se causó porque
se acabó el pescado por el embalse, y las prácticas agrarias riñen con la
legislación de parques superpuesta a sus resguardos. Tienen además pocas
lanchas de motor, lo cual causa un mayor costo de transporte por río y tierra,
por lo cual deben pagar para acceder a los mercados y fuentes de
abastecimiento. La
indemnización ordenada en la sentencia T-652/98 –por la pérdida de alimentación
y de transporte, traducida en subsidios alimentarios entregados a cada persona-
se empezó a recibir en 2006; sin embargo, esta indemnización ha generado más
problemas en criterio de los Cabildos Mayores. Estos Cabildos reportan que el
recibo del dinero ha generado mayores divisiones internas, incidiendo sobre la
reivindicación colectiva de derechos; también dicen que ha causado aculturación
y pérdida de costumbres –principalmente por los miembros de la Alianza de
Cabildos Menores en la ciudad-; la pérdida de interés en la organización, el
trabajo comunitario y la organización política; el riesgo de que desaparezcan
las costumbres y tradiciones embera; y la pérdida de la relación con los
mayores. En
este mismo sentido, dentro del contexto de la grave desestructuración cultural
causada por esta situación, se han presentado suicidios de 20 emberas desde
1997, por inundación de 28 lugares sagrados. La importancia cultural del
pescado hace que su pérdida sea más grave; ello se suma a la pérdida de los
medios de transporte tradicional por el río, que fue desviado y ahora exige el
uso de motores fuera de borda para poder llegar a las comunidades. Lo anterior,
en un ambiente general de discriminación y hostilidad contra el pueblo
Embera-Katío. Tras
el proceso de Urrá y el pago de las indemnizaciones en dinero, el 65% de la
población embera está en el resguardo, y el 35% en el casco urbano de Tierralta
y de Montería – principalmente, la Alianza de Cabildos Menores. Ahora
bien, los Embera-Katío denuncian que sin perjuicio de esta grave situación de
desestructuración cultural tras los impactos de la Represa Urrá, hay una falsa
representación en los medios en el sentido de que los indígenas “se
enloquecieron” con el dinero (se les acusa de dedicarse al alcoholismo, la
prostitución, y el consumo de bienes suntuarios) y se volvieron “borrachos” y
“violentos”; según explican los Cabildos Mayores, esto ha pasado con algunos
individuos, pero no con todo el pueblo. Se trata de una generalización
discriminatoria en los medios de comunicación. En efecto, los medios, la
empresa y el Gobierno, generalizando algunos casos individuales, afirman que
los Embera-Katío no estaban preparados para recibir dinero. Sobre
la base del impacto altamente destructivo de Urrá se proyecta el conflicto armado,
con su propio impacto nefasto sobre la integridad cultural de este pueblo. Los
Embera-Katío han sido víctimas de gravísimas violaciones de sus derechos
humanos por los paramilitares y las guerrillas –principalmente las FARC.
También denuncian algunos casos de vulneraciones de sus derechos por parte de
miembros individuales de la Fuerza Pública. En la base de la afectación de este
pueblo por el conflicto armado se encuentra el hecho de que el territorio
tradicional se transformó en teatro de operaciones militares, por la presencia
de las tres partes en conflicto, sus confrontaciones, y el involucramiento de
la población civil, principalmente de la población indígena, en el conflicto. Así,
en Tierralta opera el Frente 18 de las FARC, al cual se le
atribuyen homicidios, secuestros, retenciones, amenazas, irrespeto a
autoridades y a la cultura, principalmente desde 1999. También se reporta la
presencia de paramilitares en toda la zona, algunos de ellos rearmados después
de la desmovilización formal de las AUC, otros que se han apropiado o son
propietarios de fincas cercanas, o son sus allegados, y en general en todo
Córdoba. Igualmente, se reporta una alta actividad de narcotráfico en la
región. La
guerrilla de las FARC ha cometido graves crímenes contra el pueblo
Embera-Katío. Se denuncia, por ejemplo, el reclutamiento forzado constante de
niños, niñas y jóvenes indígenas; el control al paso de personas, víveres y
alimentos; y la intensificación de la siembra de minas antipersonal en el
territorio tradicional desde 2005, especialmente en la parte alta del Río
Esmeralda. Por ejemplo, se denuncia el caso del menor de edad Luis Javier
Domicó de 15 años, quien el 22 de septiembre de 2005 en la comunidad de Beguidó
a orillas del embalse Urrá, pisó una mina y sufrió quemaduras. Las comunidades
informan que hubo un proceso de desminado de la zona rural de Beguidó, pero sin
consulta previa. Los
grupos paramilitares, por su parte, han señalado constantemente a los
Embera-Katío de ser guerrilleros o colaboradores de la guerrilla, asesinando
selectivamente a varios de sus miembros. Se denuncia también que ha habido
señalamientos por parte de miembros de las Fuerzas Armadas. La
Misión Internacional de Verificación constató en 2006 la “impunidad total” en
los casos de líderes y miembros del pueblo Embera-Katío asesinados o
desaparecidos. Igualmente, resaltó la alta vulnerabilidad de los líderes de la
Alianza de Cabildos Menores a las presiones de todas las partes del conflicto,
con mayor riesgo por su fragilidad organizativa. También
se han presentado combates en territorio del resguardo, que causan terror entre
la población - por ejemplo el 7 de marzo de 2006, cerca de Kiparadó. La
presencia de paramilitares rearmados en la zona aumenta la inseguridad; además
de la presencia de narcotraficantes. Así, por ejemplo, en febrero de 2006 se
reporta la presencia de 20 hombres armados en Kiparadó, algunos de ellos
encapuchados, preguntando por la guerrilla, con algunos nombres de miembros y
líderes de la comunidad. Igual en mayo de 2006, apareció un grupo de 15
hombres. Según los informes recibidos, no ha habido respuesta del Estado pese a
las denuncias. Uno
de los problemas más severos que ha generado el conflicto armado para el pueblo
Embera-Katío ha sido el de las restricciones a la movilidad y circulación de
personas, alimentos, medicamentos e insumos básicos, derivados de las
estrategias de control territorial de los grupos armados que operan en la zona,
y también de la Fuerza Pública. En efecto, se han presentado varios casos de
confinamiento de comunidades causado por retenes de los grupos armados y
prohibiciones de transporte por determinadas zonas. A manera de ejemplo, un
retén/orden de no movilización de canoas por el Sinú impartida por las AUC,
tuvo a 226 Embera-Katío aislados del 3 al 6 de junio de 2001 en Beguidó. En
muchos casos, la única ruta de acceso a las comunidades es cruzando la represa,
y la movilización por esta ruta se ve afectada por las reglas de la empresa y
los controles de los grupos armados. Pero
el principal problema derivado de estas restricciones ha sido la crisis
alimentaria y de salud que se deriva de no poder acceder a alimentos, víveres,
medicamentos y combustible, ya que no se permite su transporte. De particular
gravedad para la Corte resultan las denuncias sobre controles y restricciones
alimentarias por parte de las Fuerzas Armadas en contra de las familias
indígenas, por ejemplo, en Puerto Frasquillo. En efecto, se ha denunciado que
las Fuerzas Armadas restringen el tránsito de víveres y medicinas en los
retenes del ejército, indicando cantidades máximas que pueden pasar. Esto
afecta los eventos comunitarios (se ha restringido el ingreso para la Asamblea
General de los Cabildos en diciembre de 2005 y enero de 2006), y las familias
con bastantes hijos, que son la regla general, y deben afrontar problemas para
pasar con mercados por valores superiores a $100.000 (con menos, los alimentos
no alcanzan para todos los miembros). Los Cabildos Mayores denuncian, en
comunicado del 12 de septiembre de 2005, que las demoras impuestas por las
Fuerzas Armadas en el paso de alimentos del ICBF y la Defensoría para los
programas de desayuno escolar y almuerzo, hacen que los alimentos lleguen
descompuestos; para permitir su paso se exigen certificados y documentos, cuya
consecución tarda varios días. El Comandante de la Brigada XI confirmó que en
efecto hay una orden expresa de los altos mandos militares de controlar los
alimentos para cortar los abastecimientos de la guerrilla. Las
denuncias de los Embera-Katío contra las Fuerzas Armadas también se refieren a
otro tipo de abusos, y a señalamientos y hostigamientos contra la población
indígena. Se reportan maltratos a la población indígena por parte de miembros
de las Fuerzas Armadas, que acusan a los Embera-Katío de ser guerrilleros y les
exigen información. Según comunicado de los Cabildos Mayores, desde finales de
agosto hasta el 12 de septiembre de 2005, el Ejército permaneció en territorio
embera-katío cometiendo múltiples abusos y violaciones del DIH. Según el CONIP,
“miembros de la Fuerza Pública permanecieron con sus tiendas de campaña en
cercanías de los lugares de habitación de la comunidad de Amborromía; durmieron
al menos en dos oportunidades debajo o al lado de los tambos (viviendas de la
comunidad); entraron en los tambos ‘cuando les pareció’; sustrajeron animales
domésticos (gallinas), en algunas oportunidades pagaron el precio que ellos
quisieron, y en una ocasión no pagaron; preguntaron a las mujeres, niñas y
niños sobre el sitio donde está la guerrilla; obligaron a los jóvenes a
cargarles sus remesas (alimentos y vituallas); utilizaron los botes de la
comunidad; dijeron a la gente que ‘como estas cosas las hacen para la
guerrilla, entonces para ellos también las tienen que hacer’”. También se hace
referencia a un hostigamiento de las Fuerzas Armadas a las comunidades de
Porremia y Kiparadó, del 28 al 30 de abril de 2006, cuando miembros del
Batallón Voltígeros estuvieron preguntando por la guerrilla en la zona. También
se ha denunciado que las Fuerzas Armadas detienen las embarcaciones indígenas
para pedirles que los transporten, o que les den su gasolina. En estas zonas el
costo de la gasolina es muy alto por las restricciones impuestas por las
autoridades (se usa como insumo para el procesamiento de coca), y por las
largas distancias que hay que recorrer. En este sentido, se denuncia que el 9
de junio de 2006, el Ejército saliendo de Frasquillo detuvo la embarcación de
la comunidad, pidiendo que los llevaran, a lo cual los Embera-Katío se negaron
porque se habían recibido quejas por el tema, dado que en meses anteriores hubo
disparos al aire para parar las embarcaciones. Más aún, se reporta que en el
marco de los operativos militares entre finales de 2005 y mediados de 2006, en
los retenes militares en Puerto Frasquillo las tropas tomaron una fotografía de
las personas que se embarcaban y les entregaban una ficha que debían regresar
al volver al puerto, registrando sus datos. Por
otra parte, los Embera-Katío también se han visto afectados por la presencia
reciente de cultivos de coca dentro del resguardo, desarrollados por colonos no
indígenas, paramilitares activos y desmovilizados, que conllevan la realización
de operaciones de fumigación sin consulta previa. Igualmente, se ha reportado
la presencia de comunidades campesinas dedicadas al cultivo de coca en las
tierras colindantes con el resguardo, que ha causado fumigaciones que afectan a
los indígenas. Por ejemplo, la Misión Internacional de Verificación constató
que aproximadamente 20 días antes de su visita hubo una fumigación inconsulta
que generó daños dentro del resguardo, hecho que fue corroborado por la Unidad
de Parques en Montería el 22 de septiembre de 2006; se denuncia que por causa
de esta fumigación se generó la destrucción de los cultivos de pancoger y la
contaminación de las aguas consumidas. Por
último, las autoridades Embera-Katío han denunciado la práctica de
enamoramiento y violencia sexual contra las mujeres y niñas por los actores
armados en general. Por
la grave situación humanitaria del pueblo Embera-Katío, entre noviembre de 2004
y abril de 2005 hubo una movilización masiva a Bogotá en tanto Asamblea
Permanente, donde permanecieron para exigir al Gobierno una solución;
denunciaban principalmente el incumplimiento de los acuerdos de Urrá, el
abandono institucional, la impunidad de la desaparición de líderes.
Eventualmente, ante el logro de un acuerdo con el Gobierno, regresaron a su
territorio; sin embargo, denuncian que este acuerdo ha sido incumplido. b. Grupos Embera-Katío
del Alto San Jorge, Urabá y Chocó Los
pueblos Embera-Katío que habitan en las regiones del Alto San Jorge, el Urabá
Antioqueño y el Chocó también se han visto gravemente afectadas por distintas
manifestaciones del conflicto armado. Así,
se reporta que las guerrillas, los grupos paramilitares –desmovilizados y en
proceso de reconfiguración- y la Fuerza Pública hacen presencia en sus
territorios tradicionales y desarrollan confrontaciones militares en los
mismos, involucrando a la población indígena en el conflicto, Por ejemplo, se
ha denunciado que en Urabá las FARC –Frentes 5 y 57- se han fortalecido y han
amenazado a las comunidades indígenas por acusarlas de colaboradoras de los
paramilitares. Un
factor especialmente grave de recrudecimiento del conflicto en territorio
indígena ha sido la explotación de los recursos naturales por parte de los
grupos armados al margen de la ley. Por ejemplo, se denuncia la explotación
maderera que ha atraído a los grupos armados al territorio. También
hay una alta presencia del narcotráfico en la
región, especialmente en Tierralta y el Nudo de Paramillo; ello exacerba
la actividad y la violencia de los actores armados ilegales, que ha atrapado a
los indígenas. La presencia de cultivos ilícitos también genera operaciones de
fumigación que afectan a las comunidades indígenas; así, el 2 de agosto de
2005, las comunidades embera katío del Alto San Jorge – resguardo de Quebrada
Cañaveral denuncian una operación de fumigación indiscriminada de coca que
afecta sus cultivos de pancoger y la selva, así como contaminación del agua con
perjuicio de la salud. Igualmente
se reporta que, como consecuencia del conflicto, el territorio tradicional ha
sido sembrado con minas antipersonal. Por ejemplo, en Mutatá, en 2005, una mina
antipersonal en un campo de cultivo causó la muerte a un indígena e hirió a dos
más; fue sembrada en combates entre las Fuerzas Armadas y las FARC. Los
grupos armados utilizan o explotan a las mujeres y no les pagan por su trabajo. La
situación de los Embera-Katío de estas regiones ante el conflicto armado se
puede visualizar mejor mediante una descripción de la forma como han sido
afectadas algunas comunidades específicas – concretamente, las del Alto San
Jorge y Alto Uré, y las del Bajo Atrato y el norte del Chocó –, todo de acuerdo
con los documentos recibidos por la Corte: Comunidades indígenas
del Alto San Jorge y Alto Uré.
Están ubicadas en el resguardo Quebrada Cañaveral (2815 hectáreas, 122
familias) y en la zona de no resguardo del Alto Uré. En la región hay disputas territoriales por megaproyectos
minero-energéticos, presiones de los terratenientes por las tierras alrededor y
dentro del resguardo, y expansión del narcotráfico, que ha resultado en un
cambio en las dinámicas de la tierra que genera desplazamiento. En el Alto Uré
hay fincas sin titular donde se realizan los proyectos y los cultivos ilícitos;
por lo mismo ha habido fumigaciones recientes en Batatadó (Quebrada Boca de San
Pedrito), Dochamá (Quebrada San Antonio) y Dandadó (Quebrada La Danta) del Alto
Uré, afectando los cultivos de pancoger, el bosque y las quebradas. Se reporta la sustitución de cultivos
tradicionales de pancoger por cultivos ilícitos. También se reporta deforestación por explotación maderera
controlada por las AUC, y pesca con explosivos por las AUC que está acabando
con los recursos ictiológicos. Por
otra parte, se ha presentado siembra de minas antipersonal por las FARC. Todo lo anterior ha resultado en:
interrupción del proceso de organización y manejo territorial indígena;
alteración de los sistemas de producción tradicional resultando en inseguridad
alimentaria; reducción de caza y pesca por fumigaciones y contaminación por los
insumos para la coca; enfermedades por fumigaciones; desplazamiento forzado; y
debilitamiento social y de las autoridades. En
relación con las fumigaciones, se ha informado a la Corte que el 2 de agosto de
2005, comunidades indígenas vecinas a las del Alto Sinú, del pueblo Embera
Katío del río San Jorge denunciaron una intensa fumigación de cultivos de coca:
“…En el Alto Uré, se viene fumigando de manera repetida desde hace más de 2
años. Lo delicado es que las fumigaciones resultan más graves para la comida de
la gente y para los bosques, que para la coca, la cual queda intacta en muchos
casos. Hace mes y medio, la fumigación se hizo sobre un bosque de conservación
en Alto Cristal y sobre los sitios de cultivo de las comunidades Batatadó,
Dochamá (San Antonio) y La Danta, fumigando un total de 55,25 hectáreas. Esto
dejó sin comida a las familias, como también ha provocado muchas enfermedades
(diarreas, gripa, erupciones en la piel, vómito, mareos, dolor de cabeza,
fiebre) y contaminación del río y los animales. La coca, viene arrasando las
comunidades ante la impasividad del Estado, que sólo sabe fumigar los
alimentos, el bosque, los rastrojos, mientras sigue aumentando la coca”. Comunidades indígenas
del Bajo Atrato y del Norte del Chocó -
Comunidad La Loma (compuesta por Emberas, Wounaan y Embera-Katíos), municipio
de Ríosucio - cuenca del Quiparadó: Tiene 125 habitantes. Denuncian que, en
1996, sufrieron un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2002, se
presentó el desplazamiento selectivo de líderes y familias al casco urbano de
Ríosucio; entre 1997 y 2003, sufrieron el bloqueo de alimentos, medicamentos y
movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las
guerrillas; en 2003, se causó el desplazamiento de toda la comunidad (17
familias) a Marcial y Jagual por dos meses, luego de lo cual hubo un retorno sin
apoyo del Estado; y en 2007, dos niños menores de 4 años murieron por
desnutrición. -
Comunidad Yarumal, municipio de Ríosucio – cuenca del Arenal-Sataquí: Tiene 58
habitantes. Denuncian que, en 1996, sufrieron un confinamiento por 6 meses por
las AUC; entre 1997 y 2002, se presentó el desplazamiento selectivo de líderes
y familias al casco urbano de Ríosucio; entre 1997 y 2003, sufrieron el bloqueo
de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC,
las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1997, hubo un bombardeo en la
comunidad por el Ejército Nacional; en 1997, se presentó el desplazamiento de
toda la comunidad (13 familias) a Barranco por un mes, y luego hubo un retorno
que sólo contó con el apoyo de CAMIZBA. -
Comunidad Unión Embera-Katío (compuesta por Emberas y Embera-Katíos), municipio
Ríosucio – cuenca del Salaquí: tiene 368 habitantes. En punto a esta comunidad
se denuncia que, en 1996, sufrieron un confinamiento de 6 meses por las AUC;
entre 1997 y 2003, se presentó bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad,
torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en
1997, cuatro familias se desplazaron al casco urbano de Ríosucio; y en 2007, un
menor de un año murió por desnutrición. -
Comunidad Pueblo Antioquia, municipio de Ríosucio – cuenca del Alto Salaquí:
tiene 127 habitantes. De acuerdo con los documentos, en 1996, sufrieron un
confinamiento de 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, hubo bloqueo de
alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las
Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 2005, se presentó ocupación del territorio
de la comunidad por las AUC por 15 días, y luego por las FARC por 3 días; entre
1997 y 2005, se presentó el desplazamiento selectivo de líderes y familias al
casco urbano de Ríosucio por señalamientos de las AUC; en 2007, dos niños
menores de un año y un adulto murieron por desnutrición. -
Comunidad Bekerá – Perancho, municipio Ríosucio – Cuenca del Perancho: tiene
127 habitantes. En relación con esta comunidad se dice que, en 1996, sufrieron
un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soportaron el
bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por
las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1998, 3 familias se desplazan
a Panamá. -
Comunidad Pueblo Nuevo – Peranchito (compuesta por Embera-Katíos y
Embera-Chamíes), del municipio de Ríosucio – cuenca del Perancho: tiene 146 habitantes. Acerca de la comunidad se
dice que, en 1996, sufrieron un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre
1997 y 2003, soportaron el bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad,
torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en
1997, cuatro familias fueron desplazadas a Panamá; entre 1980 y 1997, hubo
presencia continua de las FARC por un campamento de frontera; en 1999, se
presentó el asesinato de un líder indígena en Turbo por las AUC. -
Comunidad Coredocito, del municipio Carmen del Darién – cuenca del Jiguamiandó:
tiene 265 habitantes. Sobre esta comunidad se plantea que, en 1996, sufrieron
un confinamiento de 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, hubo bloqueo de
alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las
Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1998, hubo un bombardeo en la comunidad
por el Ejército, luego del cual desaparecieron tres mujeres y una niña; en
1998, se presentó el desplazamiento masivo de 53 familias de Guayabal a la
cabecera de Coredocito, que todavía están desarrollando un plan de retorno a la misma cuenca; han sido
afectados por la presencia de las FARC, las AUC, y las Fuerzas Armadas en el
territorio. -
Comunidad Uradá, del municipio de Carmen del Darién – cuenca del Urada: tiene
224 habitantes. Se denuncia que, en 1996, sufrieron un confinamiento por 6
meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soportaron el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; en 1998, hubo bombardeos por el Ejército Nacional;
han sido afectados por la presencia de
FARC, AUC y Fuerzas Armadas en el territorio; en 1998, se presentó un
desplazamiento masivo de 54 familias a Mutatá (Jaikerazabí, Vedó, Piñales),
luego del cual, en 2000, se presentó el retorno de 10 familias, gota a gota y
sin apoyo de las autoridades. -
Comunidad Chidima, del municipio de Acandí – cuenca del Tolo: tiene 88
habitantes. Se informa que, en 1996, sufrieron un confinamiento de 6 meses por
las AUC; entre 1997 y 2003, hubo bloqueo de alimentos, medicamentos y
movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las
guerrillas; en 1998, se presentaron enfrentamientos y hostigamientos por las
AUC y las FARC; en 2007, hubo presencia de las FARC en el territorio. -
Comunidad de Cutí, del municipio de Unguía – cuenca del Tanela: tiene 30
habitantes. Se reporta que, en 1996, se presentó el asesinato de un líder
indígena en la comunidad, y el desplazamiento de tres familias a Córdoba; han
informado sobre la pérdida de 900 hectáreas del resguardo a manos de colonos y
de las AUC. - Resguardos Embera-Katío de Tanela,
Eyákera-Tanelita (en proceso de constitución), Pescadito y Chidima (Acandí):
Denuncian en primer lugar la ocupación ilegal de tierras indígenas por colonos
y terratenientes para ganadería extensiva; extracción de oro en la quebrada
Bonita en el resguardo de Chidima; y la caza, extracción de madera, agricultura
y venta de mejoras por colonos a los terratenientes en el resguardo de Chidima.
También denuncian en este contexto la intensificación del conflicto armado: “La vida y la integridad de las comunidades
indígenas se encuentra particularmente amenazada por la presencia en la zona de
grupos paramilitares que ahora se hacen llamar ‘Águilas Negras’, que son los
mismos con nombre diferente, quienes en Unguía y El Tigre continúan patrullando
y reclutando jóvenes. Los paramilitares también están presentes en Acandí y El
Gilgal. Además, algunos líderes indígenas han sido víctimas de amenazas de
muerte por parte de terratenientes y ganaderos interesados en explotar el
territorio de las comunidades. // Por otra parte, la Policía ejerce estrictos
controles a la circulación y el transporte de víveres por parte de los
indígenas y campesinos. La Policía del corregimiento de Balboa, lleva a cabo el
registro de los nombres y las actividades de los visitantes a la zona,
justificándose en la necesidad de mantener informado al Ejército”. Por otra
parte, reportan que en el resguardo de Chidima, los colonos se han apropiado de
tierras para ganadería, pescan y cazan en el territorio, y tienen cultivos de
coca; y en el resguardo de Pescadito se reporta la venta irregular de 60
hectáreas a 2 colonos. La
desestructuración cultural del pueblo Embera-Katío ha aumentado las tasas de
suicidios entre jóvenes en la zona del Bajo Atrato; así, se informa que el 15
de marzo de 2003 se suicidó Patricia Jumí Carupia, de 12 años; y el 12 de abril
de 2003 Cecilia Domicó Majoré, de 13 años. Ha habido además varios intentos de
suicidio entre la población indígena. Las
comunidades Embera-Katío de estas regiones del país se han declarado, en
distintas oportunidades, neutrales ante el conflicto armado, y han exigido el
respeto de sus territorios y de su integridad cultural por parte de los actores
armados. Así, por ejemplo, las autoridades que conforman el Cabildo Mayor
Indígena Zonal del Bajo Atrato (CAMIZBA) han expresado: “Las comunidades indígenas que representa CAMIZBA y que se encuentran
ubicadas en la subregión del Bajo Atrato ...también
han sido víctimas de la violencia desde hace muchos años, pero de manera
particular y crítica desde diciembre de 1996, época en que se intensifica la
confrontación entre los diferentes actores armados. (…) nuestra organización ha
levantado la consigna, que frente a esos actos de barbarie de la guerra, de
resistir en defensa de nuestra dignidad, cultura, territorio y autoridades
propias de nuestros pueblos. Pues nuestras comunidades poco a poco se han
convertido en el blanco predilecto de todos los actores de la guerra que
consume la zona del bajo Atrato, por el hecho de habernos negado a ser
partícipes directos de ésta y mantener una posición digna de autonomía y
resistencia en nuestros territorios”. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. La
Corte ha sido alertada sobre una serie de crímenes de los que ha sido víctima
el pueblo indígena Embera-Katío. En los documentos que sirven de fuente a este
aparte se mencionan, entre otros, los siguientes crímenes perpetrados contra la
población Embera-Katío en el marco del conflicto armado: 1.
En 1996, fue asesinado un líder indígena de la comunidad de Cutí, en el municipio de Unguía – cuenca del Tanela. 2.
En 1998, se denuncia un bombardeo por el Ejército en la comunidad de
Coredocito, en el municipio Carmen del Darién – cuenca del Jiguamiandó, como
consecuencia del cual desaparecieron tres mujeres y una niña. 3. El 25 de agosto de 1998, un grupo de
paramilitares asesinó al jaibaná Alonso Domicó Jarupia, del Cabildo Mayor del
Río Sinú – resguardo Karagabí, de 60 años de edad. 4.
En 1999, las AUC asesinaron en Turbo a un líder indígena de la comunidad Pueblo
Nuevo – Peranchito. 5. El 1º de febrero de 1999, el indígena
Alejandro Domicó fue asesinado por presuntos paramilitares de las ACCU en un
retén que se instaló en el sector de “El Gallo”, sobre el Río Sinú. 6.
El 24 de abril de 1999, el líder Lucindo Domicó Cabrera, del Cabildo Mayor del
Río Sinú y Río Verde, fue asesinado por
presuntos paramilitares, en Tierralta. 7.
Según reporta la Comisión Colombiana de Juristas, “el 14 de julio de 1999, en
el corregimiento de Saiza (en cabecera del río Verde), municipio de Tierralta,
los paramilitares incendiaron 10 viviendas, asesinaron a ocho personas e
hirieron a los indígenas Rubén Darío Mosquera Pernía y Moisés Domicó Bailarín.
Los heridos fueron subidos a una ambulancia con destino al municipio de
Tierralta, pero en el camino el vehículo fue detenido por paramilitares,
quienes capturaron y desaparecieron a Rubén Darío Mosquera.” 8.
El 16 de septiembre de 2000, hombres armados, presumiblemente de las FARC,
asesinan en Zorandó al comunero Januario Cabrera Lana, y obligan a 7 familias
de esa comunidad a desplazarse a la vereda El Cerro en los límites con
Antioquia. 9.
El 6 de marzo de 2001, José Ángel Domicó Jarupia, Jenené Mayor del Río Sinú,
fue asesinado por hombres armados en el municipio de Tierralta. 10.
El 2 de junio de 2001, fue retenido y desaparecido por paramilitares el líder
Kimy Pernía Domicó. Este crimen, emblemático por la amplia labor pública de la
víctima, permanece hasta la fecha en la impunidad. 11.
El 19 de enero de 2002 fue asesinado William Domicó, presuntamente por los
paramilitares. 12.
El 5 de febrero de 2002, fueron asesinados Cirilo Enrique Domicó Domicó, y el
niño Armando Domicó Domicó, presuntamente por paramilitares, bajo acusaciones
de ser colaboradores de la guerrilla, hechos que produjeron el desplazamiento
forzado de 29 familias indígenas. También fueron asesinados por la misma razón
los dueños de una tienda que proveía alimentos a la comunidad. 13.
El 21 de febrero de 2002 fue asesinado Sol Ángel Arias Domicó, presuntamente
por las FARC. 14.
El 25 de abril de 2002, fue secuestrado, torturado y asesinado Ludolfo Domicó
Chará, presuntamente por las FARC. 15.
El 18 de abril de 2003, fue asesinado Augusto Lana Domicó, presuntamente por
las FARC. 16. El 6 de
diciembre de 2004, miembros de las Farc llegaron a la vereda Caracolí y
asesinaron a Horacio Bailarín, Arturo de Jesús Domico Bailarín y Misael Domicó28. 17. El 6 de
diciembre de 2004, tres indígenas katío de la comunidad de Ibudó – Las Playas
en Apartadó fueron asesinados en su territorio frente a toda su comunidad por
el Frente 5 de las FARC. 18. El 10 de
junio de 2005, fueron secuestrados Colmes Hernández (presidente de la JAL) y
Darío Gómez, presumiblemente por las FARC, en bocas del río Verde – comunidad
de Kapupudó. 19. En
agosto de 2005, las FARC asesinan a Honorio Domicó, de Kiparadó. 20. El 15 de
febrero de 2006, se denuncia que 5 hombres, presumiblemente miembros de las
Fuerzas Armadas, retuvieron, golpearon, amenazaron y maltrataron gravemente a
Augusto Mojoré Jumí, Julio Martín Domicó y Algarín Domicó, cerca de la
comunidad de Porremia; esta información fue constatada por la Defensoría del
Pueblo. 21. El 13 de
septiembre de 2006, la guerrilla incursionó en Turbo, y asesinó a un indígena
Embera-Katío del resguardo Arepera. 3. Afectación del pueblo Embera-Katío por el
desplazamiento forzado. Las diversas
comunidades que integran el pueblo Embera-Katío han sido afectadas en forma
severa, reiterada y masiva por el desplazamiento forzado, que les ha golpeado
en numerosas oportunidades a lo largo de la última década. Más aún, no se ha
informado sobre actuaciones de las autoridades tendientes a prevenir la ocurrencia
de nuevos desplazamientos, ni a proveer a las víctimas con la atención
diferencial que requieren. La siguiente
es una enunciación, no exhaustiva, de algunos desplazamientos del pueblo
Embera-Katío que han sido denunciados: - Según
informa la Comisión Colombiana de Juristas, “el 29 de enero de 1999, grupos
paramilitares llegaron a la quebrada Chispas, en la comunidad de Kiparadó y
ordenaron a tres familias indígenas que desalojaran en un plazo de tres días
sus viviendas, ubicadas en los límites del resguardo Karagabí. Igualmente
ordenaron despejar la parte central de la comunidad de Kiparadó, donde se
encuentra el dispensario de salud y la escuela. Los paramilitares prohibieron a
las familias amenazadas desplazarse hacia el casco urbano de Tierralta y a la
zona de Río Verde.” - El 15 de
septiembre de 2000, los cabildos mayores de Río Verde y Río Sinú denuncian que
un presunto grupo de paramilitares incursionó en Zorandó y Zimbra, acusaron a
los indígenas de ser auxiliadores de la guerrilla y los obligaron a desplazarse
de estas comunidades. - El 16 de
septiembre de 2000, hombres armados presumiblemente de las FARC asesinan en
Zorandó al comunero Januario Cabrera Lana, y obligan a 7 familias de esa
comunidad a desplazarse a la vereda El Cerro en los límites con Antioquia. - El 26 de
septiembre de 2000, combates entre AUC y FARC generan el desplazamiento de 200
familias del corregimiento de Saiza en Tierralta. - El 27 de
septiembre de 2000, las autoridades confirman el desplazamiento masivo de la
comunidad de Zorandó hacia Antioquia. También confirman que la comunidad de
Simbra se desplazó hacia Zorandó por amenazas de los grupos paramilitares, que
reunieron a la población en el sitio de el Llano y les
dieron 20 días para desocupar la región. Posteriormente, el 30 de septiembre de
2000, la comunidad de Simbra se desplaza de Zorandó hacia El Cerro (Antioquia),
porque los paramilitares amenazan con que los que no despejen serán
considerados miembros de la guerrilla. - En
noviembre de 2003, se presenta un desplazamiento intra-resguardo en Nejundó. - En el
casco urbano de Ríosucio hay 200 personas Embera-Katío desplazadas por
señalamientos de las autodefensas. Algunos retornan por unos días, pero no
pueden quedarse en sus comunidades de origen. Hay muchos desplazamientos hacia
otras comunidades dentro del mismo resguardo, que no reciben ningún tipo de
atención. - En mayo 5
de 2004 se presenta el desplazamiento de la comunidad El Noventa de Chocó,
compuesta por 14 familias, 69 personas. - El 29 de
septiembre de 2004, se presenta el desplazamiento de la comunidad La Fiera
(compuesta por 14 familias). - Entre 1997
y 2002, se registró el desplazamiento selectivo de líderes y familias de la
comunidad La Loma del municipio Ríosucio, hacia el casco urbano; en 2003, hubo
un desplazamiento de toda la comunidad (17 familias) a Marcial y Jagual por dos
meses, y luego un retorno sin apoyo del Estado. - Entre 1997
y 2002, hubo desplazamientos selectivos de líderes y familias de la comunidad
Yarumal, en el municipio de Ríosucio, hacia el casco urbano; en 1997, se
presentó el desplazamiento de toda la comunidad (13 familias) a Barranco por un
mes, y un retorno posterior, sólo con el apoyo de Camizba. - En 1997,
cuatro familias de la comunidad Unión Embera-Katío del municipio Ríosucio se
desplazaron al casco urbano. - Entre 1997
y 2005, se presentó el desplazamiento selectivo de líderes y familias de la
comunidad Pueblo Antioquia del municipio de Ríosucio, hacia el casco urbano,
por señalamientos de las AUC. - En 1998, tres
familias de la comunidad Bekerá – Perancho, del municipio de Ríosucio, se desplazan a Panamá. - En 1997,
cuatro familias de la comunidad Pueblo Nuevo – Peranchito, del municipio de
Ríosucio, se desplazan a Panamá. - En 1998,
se presenta el desplazamiento masivo de 53 familias de la comunidad Coredocito
del municipio de Carmen del Darién a la cabecera de Coredocito. - En 1998,
se presenta el desplazamiento masivo de 54 familias de la comunidad de Uradá,
en el municipio de Carmen del Darién, a Mutatá; 10 de estas familias retornaron
en 2000 sin apoyo del Estado. - En 1996,
como consecuencia del asesinato de un líder indígena en la comunidad de Cutí,
se presenta el desplazamiento de tres familias a Córdoba. 4. Medidas interamericanas de protección de los
Embera-Katío. El 4 de
junio de 2001, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas
cautelares a favor de distintos integrantes de la etnia Embera-Katío del Alto
Sinú. En términos de la Comisión: “El 4
de junio de 2001 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Kimi Domicó,
Uldarico Domicó, Argel Domicó, Honorio Domicó, Adolfo Domicó, Teofán Domicó,
Mariano Majore, Delio Domicó, Fredy Domicó y demás miembros de la comunidad
indígena Embera-Katío del Alto Sinú secuestrados en el cabildo comunitario y
zonas aledañas. Se solicitó al Estado adoptar de manera urgente las medidas
necesarias para establecer el paradero y proteger la vida e integridad personal
de las personas arriba mencionadas, adoptar las medidas necesarias para
proteger a los demás miembros de la Comunidad Indígena Embera-Katío del Alto
Sinú, de común acuerdo con los peticionarios, e investigar, juzgar y sancionar
a los responsables de los atentados en contra de la Comunidad. (…)” 5. Respuesta estatal a la situación. Según se
reportó a la Corte Constitucional, la respuesta del Estado colombiano a la
grave situación del pueblo indígena Embera-Katío se ha centrado en dos ámbitos:
la implementación de las medidas cautelares dictadas por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, y la atención incipiente de algunos de los
desplazamientos forzados que se han presentado en esta etnia, según se explica
a continuación. 1. Implementación de las medidas cautelares
dictadas por la CIDH. En su
respuesta al Auto 248 de 2007, la Dirección de Etnias del Ministerio del
Interior y de Justicia reportó a la Corte los siguientes avances en esta
materia: “- Presencia
permanente de un Defensor Comunitario en los resguardos desde el 9 de mayo de
2003, para garantizar la presencia civil en la zona. - Una
Comisión Mixta (Gobierno, peticionarios, beneficiarios de las medidas), que
visitará la zona cada 2 meses o ante solicitudes urgentes, cuyo objeto es hacer
acompañamiento al Defensor comunitario. - Reuniones
periódicas de concertación y seguimiento para revisar las situaciones de
seguridad y protección. - Adopción
de medidas de seguridad por la Fuerza Pública y la Policía Nacional.” Más tarde,
en respuesta al Auto 251 de 2007, la Dirección de Etnias presentó el siguiente
informe: “Tema:
Ultimas actuaciones en el marco de Medidas Cautelares CIDH y en el tema de
saneamiento básico de resguardo y consulta previa para erradicación de cultivos
ilícitos. Antecedentes: El 4 de junio de 2001 la CIDH otorgó medidas
cautelares en favor de Kimi Domicó, Uldarico Domicó, Argel Domicó, Honorio
Domicó, Adolfo Domicó, TEofan Domicó, Mariano Majore, Delio Domicó, Fredy
Domicó y demás miembros de la Comunidad Indígena Embera Katío del Alto Sinú
secuestrados en el cabildo comunitario y zonas aledañas. Se solicitó al Estado
colombiano adoptar de manera urgente las medidas necesarias para establecer el
paradero y proteger la vida e integridad personal de las personas arriba
mencionadas, adoptar las medidas necesarias para proteger a los demás miembros
de la Comunidad Indígena Embera Katio del Alto Sinú, de común acuerdo con los
peticionarios, e investigar, juzgar y sancionar a los responsables de los
atentados en contra de la Comunidad. Tras la respuesta del Estado las partes
continuaron presentando información y observaciones con relación a estas
medidas cautelares. Compromisos
coordinados por la Dirección de Etnias
Fuentes: INCODER, MINDEFENSA, DET” Posteriormente,
la Dirección de Etnias presentó un tercer informe a la Corte sobre el
cumplimiento de las medidas cautelares de la CIDH así: “Medidas
adoptadas Estado Colombiano. 1. Presencia permanente de la Defensoría del Pueblo
en la zona a través de un Defensor Comunitario, desde el mes de mayo del 2003. 2. Conformación de una comisión mixta de
acompañamiento a la presencia permanente del Defensor Comunitario, la cual
viene funcionando desde 2003, con participación de los organismos de control,
Ministerio del Interior y de Justicia, Programa Presidencial de Derechos
Humanos y DIH, Comisión Colombiana de Juristas, Organización Nacional Indígena
de Colombia, Organización Indígena de Antioquia y representantes de los
Cabildos Mayores de Río Verde y Río Sinú. Entre actividades a la fecha se han
realizado 6 visitas a la zona y se hace seguimiento a las acciones de
protección y prevención acordadas con la comunidad cuya finalidad es garantizar
los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de la citada
comunidad. 3. Implementación del Proyecto de Comunidades e
Riesgo en la región del Alto Sinú. 4. Adopción de medidas materiales para los
dirigentes indígenas tales como 37 apoyos de reubicación temporal y 86 tiquetes
aéreos nacionales para salir temporalmente de la zona de riesgo. 5. En lo relacionado con procesos penales, la
Fiscalía General de la Nación adelante 7 investigaciones con relación a los
hechos denunciados por los miembros de la Comunidad Indígena Embera Katío del
Alto Sinú. 6. En lo que respecta a procesos disciplinarios, la
Procuraduría General de la Nación, adelanta 7 investigaciones contra servidores
públicos. 7. Reuniones interinstitucionales de seguimiento a
las medidas cautelares en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá. Ultima actuación: La última visita de la Comisión
Mixta de Protección fue en septiembre 3 a 7 de 2007.” Según
informaron las autoridades Embera-Katío, la Comisión Mixta conformada para
hacer seguimiento a las medidas cautelares de la CIDH – ha sido útil para abrir
espacios de comunicación y concertación entre los Embera-Katíos y el Estado;
pero no ha servido para la protección de sus derechos ni para su seguridad. En efecto, se reportan
dilaciones y falta de voluntad de las autoridades para cumplir con los acuerdos
pactados. También se informa que aunque las medidas cautelares de la CIDH se
decretaron en 2001, sólo hasta 2004 se definió con el Gobierno el esquema de
protección para los líderes beneficiarios, que consistieron en: chalecos,
guardaespaldas, radios y vehículos o salida temporal para los líderes. Estos
propusieron medidas más aptas y comprehensivas de atención a los derechos
económicos, sociales y culturales para proteger a todo el pueblo Embera-Katío;
pero en su criterio, no hay voluntad estatal de cumplir. 2. Atención de la población Embera-Katío víctima
del desplazamiento forzado. La respuesta
estatal en este ámbito ha sido dada por Acción Social, que en su informe de
respuesta al Auto 251/07 de la Corte Constitucional presentó una tabla de
resumen con la siguiente información. En relación
con la ponencia de CAMIZBA sobre la situación de las mujeres indígenas en el
área de su jurisdicción, se informa: “Queja y/o solicitud: Ayuda humanitaria – Los
indígenas desplazados no reciben ‘ayuda de ninguna clase’. Respuesta: Mercados y kit agropecuario den 2005 por
una sola vez. // Mercados en el 2006 por una sola vez // 600 kilos de papas,
600 kilos de azúcar, 30 cajas de sardina por 24 unidades, 100 litros de aceite
de cocina y 40 kilos de sal el 25 de abril de 2007. Observaciones: Ver Anexo” “Tema: ReSA. Respuesta: Se está ejecutando, con recursos del
Ministerio de Agricultura y Acción Social, un proyecto de seguridad alimentaria
Proyecto de Seguridad Alimentaria en Ríosucio y Carmen del Darién, operado por
la corporación Acción por el Quindío Actuar Famiempresas, el cual está
atendiendo a 2706 familias, equivalentes a 13.530 indígenas. Es importante
aclarar, que a la fecha no tenemos discriminada la población por municipios, ya
que dicho proyecto se encuentra iniciando. Observaciones: Ver anexos ReSa”. Por otra
parte, en relación con la intervención de los representantes del Cabildo mayor
Indígena de la zona del Bajo Atrato, se informa: “Tema: Retorno y Reubicaciones Respuesta: El 9 de mayo de 2006 se inicia el
proceso de evaluación y concertación de un posible retorno de las comunidades:
Unión Chocó, Olave, Macedonia, San Cristóbal y Unión Wounaan. Se valoran y
establecen compromisos en los componentes de Seguridad y Protección, Seguridad
alimentaria, Desarrollo Agropecuario, Educación, salud y saneamiento básico. En
la evaluación de seguridad realizada, Acción Social no recomienda la
realización del retorno, aun así las comunidades deciden retornar, los días 22
y 23 de mayo, se produce el retorno de las 5 comunidades desplazadas. Por lo
menos 20 hogares familiares de las víctimas no retornaron. Posterior al proceso
de retorno, en el mes de junio de 2006, Acción Social, en coordinación con la
administración municipal, adelantó el apoyo a un proyecto de seguridad
alimentaria para los 270 hogares retornados, con un costo de $109’134.000.” F. Situación del pueblo indígena Embera
(Embera-Dobidá) ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Embera (Embera-Dobidá) ante el conflicto
armado y el desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden
en su descripción del estado de cosas presente. Los
principales documentos que se tuvieron en cuenta para este diagnóstico son los
siguientes: (1) Documento titulado “Pueblos Indígenas del Chocó –
Megaproyectos, Etnocidio y Ecocidio”. (2) Documento titulado “Posición de las
Comunidades Indígenas Embera Katío y Embera Dobida frente a la exploración y
explotación del Cerro Careperro”, por el cabildo Mayor Indígena de Carmen del
Darién, octubre de 2005. (3) Comunicación de la ONIC titulada “Desplazamientos
y muerte rondan la vida y los territorios indígenas”, 10 de diciembre de 2005.
(4) Comunicación de la ONIC titulada “Bajo el manto de la impunidad: continúa
el etnocidio de nuestros pueblos indígenas”. (5) Comunicación de la ONIC
titulada “Confinamiento y elecciones: constante del terror en Colombia”. (6)
Intervención de los representantes del Cabildo Mayor Indígena de la zona del
Bajo Atrato (CAMIZBA). (7) Intervención del representante de la comunidad
Embera de Unión Cuití – Río Napipí en Bojayá. (8) Reporte sobre la situación de
desplazamiento de la comunidad indígena Embera-Katío del Resguardo de Honduras
– Municipio de Florencia (Caquetá). (9) Intervención del representante de la
comunidad Embera-Katío del resguardo de Honduras (Caquetá). 1. Panorama general de afectación étnica del pueblo
Embera (Embera-Dobidá) por el conflicto armado. Al igual que
en los casos de los pueblos indígenas cuya situación se ha reseñado en páginas
anteriores, el pueblo Embera-Dovidá, que habita amplias franjas del occidente
de Colombia, se ha visto gravemente afectado por el conflicto armado, el cual
se ha conjugado con distintos factores económicos para generar una situación de
alto riesgo que a muchas comunidades las ha forzado a desplazarse y ha generado
un gran número de víctimas. Hay tres actividades económicas que, aunadas a la
presencia y actividades de los grupos armados ilegales y de la Fuerza Pública
en sus territorios, amenazan la vida y el medio ambiente: (a) el avance de los
cultivos ilícitos en los resguardos – en Alto Baudó, Río Quito, Medio Atrato,
Bojayá, Nóvita; (b) el avance de grandes plantaciones de palma africana sobre
sus territorios, en algunos casos controladas por grupos paramilitares; y (c)
la explotación maderera con motosierra, financiada por los paramilitares, en el
territorio del resguardo. En este sentido, los Cabildos Mayores del Chocó
denuncian atropellos, entre otros, en los municipios de Lloró, Carmen de
Atrato, Bojayá, Riosucio, Juradó, y Medio Baudó en el Chocó, por el incremento
de la explotación maderera promovida por los paramilitares y las guerrillas;
temen, en este sentido, que a sus comunidades les pase lo que sucedió a los
grupos afrodescendientes de Curvaradó y Jiguamiandó con la palma africana. La situación
del pueblo Embera-Dovidá se ilustra con la siguiente descripción breve de las
acciones bélicas que han afectado a distintas comunidades que lo conforman,
basada en los documentos recibidos: - Comunidad
de Jagual, del municipio de Ríosucio – cuenca del Chintadó: Tiene 356 habitantes. Sobre esta comunidad se
denuncia que, en 1996, sufrió un confinamiento de 6 meses por las AUC; en 1996,
fue receptora por 3 meses de población desplazada afrocolombiana y mestiza; en
1997, fue receptora de población desplazada de las comunidades de Chimirindó y
Quiparadó por 2 meses; entre 1997 y 2003, soportó el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; en 1997, tres líderes indígenas fueron asesinados por
las FARC; de 1997 a 1999 hubo explotación maderera en su territorio por las
FARC; entre 2002 y 2007, hubo explotación maderera por las AUC en el territorio
tradicional; en 2003, se presentó la ocupación de la comunidad por las AUC
durante un mes; en 2003, fue receptora de población desplazada afrodescendiente
durante 15 días; en 2006-2007, hubo actividad de las AUC en el territorio como
guías de las Fuerzas Armadas, y se reportó la presencia en el territorio de
minas antipersonal y municiones sin explotar; de 1997 a 2002, tuvo lugar el
desplazamiento selectivo de líderes y familias al casco urbano de Ríosucio; en
2007, hubo una ocupación de la comunidad por las Fuerzas Armadas que llegaron
en helicóptero; y en 2007, 2 niños menores de 1 año mueren por desnutrición. - Comunidad
de Pichindé, en el municipio de Ríosucio – cuenca del Taparal: Tiene 136
habitantes. Se denuncia que, en 1996, sufrió un confinamiento de 6 meses por
las AUC; en 1996, recibe población desplazada afrodescendiente y mestiza por 3
meses; en 1997, recibe población desplazada de la comunidad de Chimirindó
durante 7 años; entre 1997 y 2003, soporta el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, y torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; entre 1997 y 1999, se presenta explotación maderera
por las FARC; en 1997, ocurre el asesinato de un líder indígena en el casco
urbano de Ríosucio por las AUC; en 1999, tiene lugar el asesinato de un líder
en la comunidad por las FARC; entre 2000 y 2007, se reportan actividades de
explotación maderera por AUC; entre 2000 y 2006, tiene lugar la ocupación de la
comunidad por AUC con tortura de líderes, amenazas, señalamientos y restricción
de la movilidad por el territorio; en 2003, recibe población desplazada
afrocolombiana por 15 días; entre 2006 y 2007 hay actividad de AUC en el
territorio como guías de las Fuerzas Armadas; en 2007, tiene lugar la
construcción de una base militar y helipuerto en el resguardo; se registra la
presencia de minas antipersonal y municiones sin explotar; de 1997 a 2002,
ocurre el desplazamiento selectivo de líderes y familias a Ríosucio; y en 2006,
tiene lugar la masacre de 13 personas afrodescendientes en el resguardo, por
las FARC. - Comunidad
de Peñas Blancas, en el municipio de Ríosucio – cuenca del Alto Truandó: tiene
123 habitantes. Acerca de esta comunidad se informa que, en 1996, soporta un
confinamiento de 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, sufre el bloqueo de
alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las
Fuerzas Armadas y las guerrillas; de 1997 a 2002, tiene lugar el desplazamiento
selectivo de líderes y familias al casco urbano de Ríosucio; en 2004, 3
familias se desplazan a la comunidad de Dos Bocas en Juradó; en 2004, se
reporta la persecución a líderes por las AUC, y la presencia de la guerrilla en
su territorio; entre 2006 y 2007 se reporta la presencia de la guerrilla; y en
2007, 4 niños de entre 1 y 4 años mueren por desnutrición. - Comunidad
de La Loma, en el municipio Ríosucio – cuenca del Quiparadó: tiene 125
habitantes de las etnias Embera-Dobidá, Wounaan y Embera-Katío. En relación con
ella se denuncia que, en 1996, sufrió un confinamiento de 6 meses por las AUC;
entre 1997 y 2002, ocurrió el desplazamiento selectivo de líderes y familias a
Ríosucio; entre 1997 y 2003, soportó el bloqueo de alimentos, medicamentos y
movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las
guerrillas; en 2003, tuvo lugar el desplazamiento de toda la comunidad (17
familias) a las comunidades de Marcial y Jagual por 2 meses, luego de lo cual
ocurrió un retorno sin apoyo del Estado; en 2007, 2 niños menores de 4 años
murieron por desnutrición. - Comunidad
de Barranco, en el municipio de Ríosucio – cuenca del Sataquí: tiene 94
habitantes. Se denuncia que, en 1996, soportó un confinamiento de 6 meses por
las AUC; entre 1997 y 2003, sufrió el bloqueo de alimentos, medicamentos y
movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las
guerrillas; en 1997, tuvo lugar un bombardeo de la comunidad por el Ejército;
en 1997, ocurrió el desplazamiento de 6 familias de Barranco a Ríosucio; en
1997, fue receptora de población desplazada indígena de Yarumal; en 2005, tuvo
lugar la ocupación de la comunidad por las AUC durante dos meses; en 2007, dos
niños menores de un año murieron por desnutrición. - Comunidad
de Unión Embera-Katío, del municipio Ríosucio - cuenca del Salaquí: tiene 368
habitantes, de las etnias Embera-Dobidá y Embera-katío. Se plantea que la
comunidad, en 1996, sufrió un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre 1997
y 2003, soportó el bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y
señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1997,
cuatro familias fueron desplazadas al casco urbano de Ríosucio; en 2007, murió
un menor de un año por desnutrición. - Comunidad
de La Raya, del municipio de Ríosucio – cuenca de La Raya: tiene 99 habitantes. Se denuncia que, en 1996,
sufrió un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soportó el
bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por
las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1997, soportó la presencia de
la guerrilla en el territorio comunitario; además, su territorio es ruta de
paso de los grupos armados por estar en la frontera con Panamá. - Comunidad
de Unión Chogorodó, en el municipio Carmen del Darién – cuenca del Domingodó:
tiene 308 habitantes. Se expresa que, en 1996, la comunidad soportó un
confinamiento de 6 meses por las AUC; entre 1996 y 2007, fue receptora de
población desplazada de Campo Bello (13 familias); entre 1997 y 2003, sufrió el
bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por
las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; entre 2003 y 2006, sufrió la
ocupación de su territorio comunitario por las AUC; en 2003, es asesinado un
indígena en combates entre las AUC y las FARC; en 2005, es objeto de
hostigamiento y afectada por combates entre las AUC y la guerrilla en la
comunidad; en 2006, sufre la ocupación de la comunidad por las Fuerzas armadas
que llegan en helicóptero; y en 2007, 6 niños menores de 1 año murieron por
desnutrición. - Comunidad
de Mamey Dipurdu, en el municipio Carmen del Darién – cuenca del Domingodó. Se
indica que, en 1996, sufre un confinamiento por
6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soporta el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; entre 2005 y 2006,
establecen su campamento allí las AUC; en 2005, tiene lugar la violación
de tres mujeres por las AUC; en 2005, sufren hostigamientos y son afectados por
combates en la comunidad; en 2005, ocurre el desplazamiento de una familia al
casco urbano de Ríosucio; en 2007, un niño menor de un año y un anciano mueren
por desnutrición. También se denuncia el confinamiento de la comunidad desde
finales de 2005, cuando cerca de 2000 miembros del bloque Elmer Cárdenas de las
AUC “llegaron a acabar con sus pocos alimentos, sus cultivos de pancoger, su combustible,
además de quitarles sus canoas (único medio de transporte en esa zona del Bajo
Atrato) e impedirles salir de la comunidad”. En mayo 2006, la ONIC denunciaba
que esta comunidad todavía seguía afectada por el confinamiento: “los grupos paramilitares han confinado a
una pequeña población de 250 personas, la mayoría niños. Les han cercado con
fusiles, les han robado sus alimentos, les han bloqueado la salida de la
comunidad, les han arruinado los cultivos de subsistencia, les han hurtado las
canoas para su transporte fluvial y como si fuera poco, quieren reclutar a la
población más joven”. - Comunidad
de Corobazal, en el municipio Carmen del Darién – cuenca del Curbaradó: tiene
49 habitantes. En punto a la comunidad, se expresa que, en 1996, ocurre el
desplazamiento de 5 familias a Pavarandó; en 1998, esta población desplazada
retorna con apoyo de Pastoral Social, Oxfam y Acción Social; entre 1996 y 2007,
se reporta la presencia de AUC y de “Águilas Negras”. - Comunidad
de Pescadito, en el municipio de Acandí – cuenca del Tolo: tiene 58 habitantes
de las etnias Embera-Dobidá e Inga. Las denuncias indican que, en 1996, sufren
un confinamiento por 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soportan el
bloqueo de alimentos, medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por
las AUC, las Fuerzas Armadas y las guerrillas; en 1998, ocurren enfrentamientos
y hostigamientos por las AUC y las FARC. - Comunidad
de Citará, en el municipio de Unguía – Cuenca del Tanela: tiene 109 habitantes.
Se informa sobre la comunidad que, en 1996, sufren un confinamiento por 6 meses
por las AUC; entre 1997 y 2003, soportan el bloqueo de alimentos, medicamentos
y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas Armadas y las
guerrillas; y reportan la pérdida de 850 hectáreas de resguardo por causa de
las AUC y los colonos. - Comunidad
de Ziparadó: tiene 57 habitantes. Se reporta que, en 1996, sufren confinamiento
por 6 meses por AUC; entre 1997 y 2003, soportan el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas. - Comunidad
de Tumurrulá – Eyakerá, en el municipio de Unguía – cuenca del Tanelita: tiene
62 habitantes. De acuerdo con los documentos, en 1996, sufren un confinamiento
por 6 meses por las AUC; entre 1997 y 2003, soportan un bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, torturas y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; y en 2000, se presenta el desplazamiento de 12
familias de Tumurrulá hacia Eyakerá, que no han retornado. - En
noviembre de 2006, la ONIC denuncia la muerte de 107 indígenas embera del
resguardo de Catrú (Alto Baudó), de los ríos Catrú, Dubasa y Ancoso, por
desatención en salud, principalmente de mujeres y niños; en parte esta
situación obedece a las fuertes restricciones al paso de alimentos,
medicamentos y personal de salud impuestas por los grupos armados que operan en
la zona. Se ha
reportado que la desestructuración cultural general causada por el impacto
severo del conflicto armado sobre esta etnia, ha propiciado un alto número de
suicidios entre emberas jóvenes; entre ellos se incluyen Nelson Guaseruca, de
20 años, muerto el 24 de diciembre de 2001; Ketty Salazar Casama, de 15 años,
muerta el 26 de junio de 2003; Leira Salazar Casama, muerta el 14 de septiembre
de 2003; Ariel Bailarín, el 15 de septiembre de 2003, de 15 años; Gloria
Sirigui Bailarín, de 24 años, muerta el 25 de marzo de 2004; y el 11 de abril
de 2004, Florentino Mecheche Valdespino. Además, se han reportado varios intentos
de suicidio entre la población joven de estas comunidades. 2. Afectación del pueblo Embera-Dobidá por el
desplazamiento forzado. El pueblo
indígena Embera-Dobidá, como se ha mencionado en el aparte anterior, ha sido
afectado en forma severa por el desplazamiento forzado, como producto del
conflicto armado que se desenvuelve en su territorio y ha involucrado
directamente a su población. Dos casos
paradigmáticos ilustran la forma como el conflicto armado y el desplazamiento
forzado han afectado, no solo a esta etnia, sino a los pueblos indígenas del
país: los de la comunidad Embera del resguardo de Honduras en Caquetá, y los de
las comunidades Embera de Bojayá. Además, múltiples comunidades distintas de
esta etnia han sufrido desplazamientos forzados en la última década, como se
describe a continuación. a. Desplazamiento forzado de la comunidad Embera
del Resguardo de Honduras (Caquetá). El caso de
esta comunidad ha llamado la atención de la Corte Constitucional por las
condiciones infrahumanas en las que se encuentran viviendo desde 2005 en
Florencia (Caquetá), a donde llegaron desplazados en virtud de amenazas de las
FARC, que les obligaron a abandonar su territorio ancestral. Explican las
autoridades del resguardo de Honduras que el desplazamiento de la comunidad por
las FARC se remonta a 1983, por el asesinato de su cacique, Marceliano Aizama,
quien se negó a prestarles un animal, el 25 de enero. 4 años después, sin apoyo
real del Estado, volvieron a su territorio.
El INCORA en 1992 constituye un resguardo de 908 hectáreas, llamado el
Resguardo Indígena Embera de Honduras, en el corregimiento de Santo Domingo al
sur de Florencia. Pasaron desde entonces 4 años de relativa calma. En
septiembre de 1996, “las FARC arribaron
al Resguardo indígena de Honduras y en reunión con todos sus habitantes los
instaron a armarse, según dijeron, debido a la inminente necesidad de enfrentar
al Estado dada la ausencia de condiciones favorables para el campesino y para
el indígena. Luego de que las FARC hicieran su propuesta, el cacique del
resguardo se mostró contrario a ella, aduciendo que los Embera desde siempre
habían sido una comunidad que se caracterizaba por pacífica y que nosotros no
teníamos nada que ver en los conflictos entre el Estado y los grupos ilegales y
los legales. La reacción de las FARC fue llevarse consigo al cacique Gonzalo
Guazarabe y a otro miembro de la comunidad llamado Valerio Tanigama; hasta el
día de hoy, el paradero de ellos es desconocido. La comunidad todavía los
espera.” Según las autoridades
Embera, “al poco tiempo llegó una tropa
mucho más numerosa que la anterior y se presentó como si fuera del Ejército.
Esta procedió a llevarse a unos compañeros del resguardo, aduciendo que eran
colaboradores de las FARC, pero un miembro del resguardo pudo reconocer a uno
de los supuestos militares como uno de los miembros de las FARC. Por esta misma
época empiezan una serie de bombardeos y de impedimentos que nos imposibilitaba
salir a sembrar, pescar, recoger leña, o cualquier otra labor que requiriera
salir fuera de la comunidad. Los enfrentamientos entre la guerrilla y el
Ejército, nos hace tomar la determinación de volver a salir del resguardo
indígena Embera de Honduras hacia la Sede Campesina en el barrio La Vega. En la
Sede nos instalamos unas 130 personas de la comunidad y la Cruz Roja nos
auxilió con colchonetas, toldillos y comida”. Retornaron el 10 de octubre
de 1996. En 2003 hay
un nuevo enfrentamiento entre guerrilla y Ejército. “Luego de dicho enfrentamiento la situación en el Resguardo cambió
drásticamente, puesto que los miembros de la comunidad del resguardo eran
señalados, pues los guerrilleros decían que los miembros que salían estaban
llevando información a la Policía, y si el Ejército llegaba a esa zona,
entonces la comunidad era cómplice.” Finalmente,
en 2005, “las FARC le preguntaron a la
comunidad si estaban o no de acuerdo con la organización, y consiguientemente
nos pidieron 15 jóvenes que necesitaban para integrarlos a su grupo. Al
respecto se pronunciaron los padres de familia, el líder de la comunidad, los
capitanes, y el gobernador, aclarando que no estaban de acuerdo con la guerra.
Debido a la opinión de la comunidad, las FARC dieron una hora para desalojar;
fue así como el 3 de septiembre, 160 personas de la comunidad embera de
Honduras, salimos sin ninguna posesión, pasando la noche a la intemperie en el
monte, hacia 3 lugares en los que quedó dividida la comunidad así: en la Sede
Campesina del barrio Las Vegas 100 personas, en el barrio las Malvinas 46, y en
el barrio Palmera Alta 14 personas”. El 13 de
septiembre, Acción Social hizo un censo de la población desplazada, e hizo
entrega de ayuda humanitaria de emergencia: 3 meses de alimentación a la
comunidad, dos colchonetas a cada padre de familia, y algunos implementos de
cocina. La fundación Picacho, a su turno, entregó un subsidio de arriendo para
cada familia de $100.000 por 3 meses; y también proveyó un apoyo para el
desarrollo de artesanías con base en las cuales se sustenta la comunidad, a
través de pequeños subsidios económicos a las familias. Los insumos para
artesanías, sin embargo, son caros, por lo cual es difícil para esta comunidad
derivar su sustento digno de esta actividad. No han
podido volver por miedo, porque la guerrilla sigue en el territorio, y no
tienen garantías estatales para el retorno. Han pedido la reubicación en otro
lugar, dada la persistencia de las amenazas de las FARC, pero según informan
las autoridades tradicionales, Acción Social e INCODER se niegan a proveerla,
invocando falta de presupuesto. Ha habido Mesas Departamentales de Trabajo y
sesiones del CMAIPD sobre su situación, sin resultados. Son 32 familias, 160
personas en tres barrios diferentes. Según se acreditó ante la Corte, en una
sola casa habitan 8 familias con 10 miembros aproximadamente cada una, en
condiciones infrahumanas. Hay muchos niños que no están asistiendo a la escuela
porque les exigen pago de matrícula, uniforme y útiles. La comunidad
quiere superar su condición, pero no puede hacerlo sin apoyo y acompañamiento
estatal para reactivar sus actividades productivas, seguridad alimentaria, y
protección. En términos de la comunidad: “Como
pueden notar, la situación que vivimos es paupérrima y denigrante. Nuestros
niños sufren permanentemente de fiebre y de dolores estomacales, así como el
resto de la comunidad que se encuentra desplazada. Además, carecemos de una
alimentación balanceada, por lo cual gran parte de la comunidad se encuentra
desnutrida. Las condiciones que tenemos como población desplazada no se pueden
solucionar con subsidios de dinero que nos mejoren las condiciones por un poco
tiempo, sino con la garantía de que nos puedan asignar un terreno que nos
proporcione estabilidad y en el que podamos recuperar nuestras tradiciones
ancestrales y nuestra cultura, a la vez que el Estado nos garantice nuestra
seguridad como comunidad al margen del conflicto y la violencia”. b. Desplazamiento forzado de las comunidades Embera
de Bojayá. En el
municipio de Bojayá viven aproximadamente 4000 personas embera, asentadas en 25
comunidades en diferentes cuencas: río Opogadó (Villa Hermosa, Playita, Unión
Baquiaza, Egoroquera); Río Napipí (Unión Cuití); río Bojayá (Chanú, Mojaudó,
Nambúa y Puerto Antioquia); Río Uva (Nuevo Olivo, Salinas y Charco Gallo); Río
Pogue (Santa Lucía); Caño Tujena (Tujena); Caño Pichicora (Pichicora); Río
Chicué (Nueva Jerusalén, Guayabal, Peñita, Lana); Río Cuía (Hoja Blanca, Punto
Cedro, Punto Alegre); río Buchado (Amparadó, Gegenadó, Partadó). Viven en
condiciones de vida muy precarias e indignas, logrando apenas niveles de
subsistencia; hay especial afectación de la salud, y un virtual abandono por el
Estado. Este es un contexto de desprotección y falta de desarrollo que, sumado
al conflicto armado, acentúa su vulnerabilidad. Por su
ubicación, los territorios indígenas han tenido fuerte presencia de las FARC; y
desde agosto de 2003, se incrementa la presencia de las AUC. También de las
Fuerzas Armadas. Todo ello causa mayores enfrentamientos: entre las FARC y las
AUC en el Río Opogadó y el Río Napipí, y entre las FARC y las Fuerzas Armadas
en el Río Bojayá y sus afluentes. Los territorios indígenas son el centro de
los combates. A mediados
de marzo de 2004 se intensificaron los combates; se dieron directamente en las
comunidades del río Opogadó de Playita, Unión Baquiaza y Egoróquera; y cerca de
las comunidades de Unión Cuití (Río Napipí) y Hoja Blanca (Río Cuía). En
consecuencia, el 20 y 21 de marzo de 2004 se desplazaron las comunidades de
Opogadó a Bocas de Opogadó, y la comunidad de Unión Cuití caminó 2 días por el
monte hasta llegar a Hoja Blanca, y de allí bajaron las dos comunidades hacia
las comunidades afrodescendientes de Lomas de Bojayá el 28 de marzo. En total,
la población desplazada de las 5 comunidades suma 1225 personas. Fueron
asistidos por la Diócesis de Quibdó que hizo acompañamiento, una vez las
autoridades decidieron desplazarse. En términos
de las autoridades tradicionales, “la
situación de nuestras comunidades indígenas, previa a su desplazamiento, fue
ampliamente denunciada por la Defensoría del Pueblo, la Diócesis de Quibdó y la
OREWA, sin embargo no hubo respuestas. Por el contrario, este desplazamiento
desde su inicio, estuvo marcado por el desconocimiento de las condiciones que
generaron el desplazamiento por parte de algunas instituciones, es así, como el
Director de la Acción Social en el Chocó quien en informes oficiales describió
este caso como ‘traslado-desplazamiento’ o el caso de la personera de Bojayá,
quien en un comité de seguridad acusó a las organizaciones, incluyendo el
ACNUR, de ser responsables de este desplazamiento”. Las
comunidades de Playita y Egoroquera se desplazaron a Bocas de Opogadó; la de
Unión Baquiaza a Puerto Antioquia; y la de Unión Cuití y Hoja blanca, a la Loma
de Bojayá. Hubo acompañamiento y visitas periódicas por ACNUR, la Diócesis de
Quibdó, la Defensoría, las instituciones del Estado. Del 21 al 25
de abril de 2004 hubo una comisión de verificación a las comunidades de origen
para evaluar la posibilidad de retorno, integrada por la Diócesis de Quibdó,
OREWA, los Cabildos Locales, DASALUD, la Defensoría y ACNUR. Constataron la
presencia de AUC y FARC en el territorio, y daños causados a las edificaciones
y tanques de agua. La comunidad
señala que la utilización de la población desplazada como informantes de las
Fuerzas Armadas –Batallón Manosalva Flores- generó conflicto e inseguridad: “La Fuerza Pública …nos
forzó a los indígenas para que nos convirtiéramos en informantes del Ejército,
finalmente algunos aceptaron e identificaron a cinco vecinos de la comunidad
receptora por sus relaciones con las AUC, inmediatamente el Ejército detuvo a
estas personas, dejándolas en libertad a los tres días. Esto causó un
enfrentamiento directo entre la comunidad receptora (afrocolombiana) y la desplazada.
Diversas organizaciones e instituciones denunciaron el hecho de que el Ejército
pretendiera usar a la población desplazada como ‘informantes’, y que la
consecuencia directa de esta acción fuera la inseguridad de la comunidad
desplazada”. Hay fuerte presencia paramilitar en la zona de recepción, que
los mantuvo en zozobra. Acción
Social entregó ayuda humanitaria de emergencia, por cuatro meses, pero sin
enfoque diferencial: “esta ayuda es la
general que se usa en todo el país, que incluye básicamente arroz, aceite,
panela, fríjol y lentejas. Los indígenas embera no estamos acostumbrados a este
tipo de alimentación, pues el fríjol y lenteja no es parte de nuestra dieta. A
pesar de que esto se expuso en su momento a la Acción Social, el Director de esta
institución se negó de forma sistemática a debatir este extremo, alegando que
los alimentos que se entregan son los que marca la ley y la normativa
internacional, lo que le impide cambiar su composición”. Las
condiciones de alojamiento y sanidad en las que vivieron durante el
desplazamiento eran inaceptables: “Los
desplazados fuimos ubicados en los centros Humanitarios. La falta de espacio
suficiente en estos albergues, obligó a las familias desplazadas a construir
cambuches alrededor de los centros humanitarios ya que éstos no eran
suficientes. Para su construcción algunas instituciones entregaron plásticos.
Igualmente, la OIM construyó un albergue temporal que permitió albergar varias
familias. La fragilidad de estas construcciones fue un factor más de riesgo,
especialmente en la época de lluvias y de crecida de los ríos. Las condiciones
de hacinamiento a que se vio forzada la población fueron inhumanas. A pesar de
que este tema fue planteado en varias ocasiones, tanto a la Acción Social como
al Comité Municipal de Asistencia a la población desplazada, ninguna acción fue
tomada al respecto; la Acción Social aludió que frente a la posibilidad de
inundaciones o crecidas de los ríos que estaban afectando directamente a la
población desplazada, no había la posibilidad de un plan de contingencia o de
entrega de materiales de construcción, pues de acuerdo a esta institución, la
ayuda debía enfocarse al retorno de las comunidades. En cuanto a la sanidad:
los centros humanitarios no tenían facilidades sanitarias. La población debió
usar el agua del río Atrato, tanto para fines higiénicos como para
alimentación. (…) nuestras comunidades en sus lugares de origen usan el agua
del río, pues al ser cabeceras son aguas limpias, pero en su ubicación como
desplazados, el agua del río Atrato tiene una calidad muy inferior. El usar
esta agua como usaban las de sus comunidades de origen produjo un gran número
de enfermedades del tipo diarrea y parásitos. Este problema también se planteó
en los Comités Municipales, pero la única respuesta fueron solicitudes de
Brigadas Médicas, no de revisión de las condiciones sanitarias de estos
centros. Es importante resaltar que en el momento del desplazamiento se
encontraron varios casos de tuberculosis, frente a los cuales no se realizó un
acompañamiento y seguimiento por parte del Centro de Salud”. Así, el
impacto diferencial del desplazamiento se sintió en que, como las formas de
cohesión interna y organización social se fundamentan en el territorio, al
vivir fuera del territorio esa organización se debilitó y empezó la
descomposición social. Adicionalmente, no podían desarrollar actividades
tradicionales de subsistencia –caza y pesca-, y había problemas de choque
cultural con las comunidades receptoras. “Esto
se vio agudizado con la presencia de efectivos militares en estas comunidades,
en el caso de Loma de Bojayá el trato que algunos soldados dieron a las mujeres
indígenas creó indignación en la comunidad, frente a lo cual, la ACNUR nos
apoyó para hablar con el Ejército para que no se continuaran presentando estos
abusos”. Ante esta
situación y el daño que se estaba generando en la comunidad desplazada,
decidieron retornar. La percepción fue que “la
Acción Social, el Comité Municipal de Bojayá y el Comité Departamental,
tácitamente planteaban el retorno como solución duradera, al no dar solución a
ninguno de los problemas que la población desplazada estaba enfrentando”.
Las comunidades convocaron a un Congreso Regional Interno para evaluar la
situación, del 16 al 19 de junio de 2004; las conclusiones sintéticas incluyen
una denuncia de los factores de riesgo: “Denuncia:
i) La creciente presencia de monocultivos legales e ilegales (palma africana y
arracacho) y la violación a las propiedades colectivas de los pueblos
indígenas, ii) la presencia de grupos ilegales, y los bloqueos a que quedan
sometidas las comunidades, así como la presencia de estos grupos en los
territorios de las comunidades indígenas, iii) el irrespeto de la Fuerza
Pública a los pueblos indígenas; los casos de acoso sexual, las acusaciones
contra las comunidades indígenas de vinculaciones con la guerrilla, la
convivencia entre Fuerza Pública y AUC y las presiones a indígenas para
colaborar con el Ejército, iv) la situación vivida en el desplazamiento, el
hambre, problemas de salud y hacinamiento, y v) la desatención del Estado
central por la problemática que están viviendo”. Así,
decidieron retornar, y fijaron una fecha para el 15 de julio de 2004,
solicitando ayuda y acompañamiento. Se programó una misión de verificación
civil interinstitucional, con presencia de la Defensoría, ACNUR, Acción Social,
la Diócesis, OREWA, DASALUD, ICBF, la Gobernación, COCOMACIA, la Procuraduría;
y se discutió un Plan de Restablecimiento: “La
Comisión pudo corroborar la presencia de grupos ilegales en las comunidades
tanto de AUC como de FARC, además los indicios eran claros de posible
agudización del conflicto en esta región. A pesar de esto, las comunidades
mostraron su decisión de retornar. Los representantes de las comunidades
desplazadas exigieron como condición para el retorno que se les entregara
material para construir casas comunitarias a las comunidades que se iban a
reubicar (Hoja Blanca y Playita). La Acción Social asumió este compromiso. (…)
Posteriormente y por la misma situación de seguridad, la Acción Social
condiciona su asistencia al retorno a que se firme un acta conjunta entre
OREWA, RSS, Defensoría del Pueblo y ACNUR donde se indique que no existen
condiciones de seguridad y que los indígenas retornan por voluntad propia”.
Las otras instituciones se opusieron, por considerar que no se podía apoyar el
retorno porque faltaban las condiciones básicas de voluntariedad – la decisión
se había tomado en vista de las condiciones denigrantes de vida y de la
carencia de otras ofertas de solución duradera-, dignidad, y seguridad. A pesar de
todo, del 15 al 17 de julio se inició el proceso de retorno, con la cooperación
de las instituciones para transporte. Las autoridades tradicionales afirman
que, desde entonces, la seguridad ha empeorado. “El nivel de incumplimiento de los compromisos asumidos en comités
municipales y departamentales genera la total desconfianza de la población
afectada, que ya no los perciben como une espacio de utilidad, sino como un
espacio donde se menosprecia a la población desplazada”. Ante la inacción
estatal, ellos mismos han venido elaborando su propio plan de protección. c. Desplazamiento forzado de otras comunidades
Embera-Dobidá. Además de
los anteriores dos casos paradigmáticos, ante la Corte Constitucional se han
documentado otros múltiples desplazamientos forzados de esta etnia, entre los
cuales se enuncian, en forma no exhaustiva, los siguientes. - Se
reportan los siguientes desplazamientos forzados por avances paramilitares en
el Chocó, el 29 de febrero de 2004: comunidad de Playita (32 familias/159
personas); comunidades de Unión Baquiaza, Playita, Egoroquera (570 personas); y
comunidad de Unión Cuití, Hoja Blanca (655 personas). Ya retornaron, pero hay
tensiones persistentes por intereses de explotación comercial de sus
territorios. - Se reporta
el desplazamiento masivo de la comunidad de Macedonia en el Río San Juan, junto
con 4 comunidades wounaan, en abril de 2006, con un retorno espontáneo en
mayo-junio de 2006. Se documenta que este desplazamiento afectó a 186 personas
y 33 familias, es decir, la totalidad de la comunidad. - Se reporta
que la comunidad Jagual, del municipio de Ríosucio, ha sido receptora de
población desplazada en múltiples oportunidades: en 1996, fue receptora por 3
meses de población desplazada afrocolombiana y mestiza; en 1997, fue receptora
de población desplazada de las comunidades de Chimirindó y Quiparadó por 2
meses; y en 2003, fue receptora de población desplazada afrodescendiente
durante 15 días. Además, se reporta que entre 1997 y 2002, tuvo lugar el
desplazamiento selectivo de líderes y familias de esta comunidad al casco
urbano de Ríosucio. - Se reporta
que la comunidad de Pichindé, en el municipio de Ríosucio, también ha sido
receptora de población desplazada en distintas oportunidades: en 1996 recibe
población desplazada afrodescendiente y mestiza por 3 meses; en 1997 recibe
población desplazada de la comunidad de Chimirindó durante 7 años; y en 2003,
recibe población desplazada afrocolombiana por 15 días. Igualmente se informa
que de 1997 a 2002, ocurrió el desplazamiento selectivo de líderes y familias
de esta comunidad a Ríosucio. - Se reporta
que la comunidad Peñas Blancas, del municipio de Ríosucio, ha sido afectada
entre 1997 y 2002 por el desplazamiento selectivo de líderes y familias al
casco urbano de Ríosucio; y que en 2004, 3 familias se desplazaron a la
comunidad de Dos Bocas en Juradó. - Se reporta
que la comunidad de Chimirindó, en el municipio de Ríosucio, se desplazó en
1996 en su integridad (15 familias) a Jagual y Pichindé; y que en 2006 se
desplazan nuevamente de Jagual y Pichindé a Quiparadó. - Se reporta
que la comunidad de La Loma, del municipio de Riosucio, compuesta por personas
de las etnias Embera-Dobidá, Wounaan y Embera-Katío, fue afectada entre 1997 y
2002 por el desplazamiento selectivo de líderes y familias a Ríosucio; y que en
2003, ocurrió el desplazamiento de toda la comunidad (17 familias) a Marcial y
Jagual por 2 meses, luego de lo cual tuvo lugar un retorno sin apoyo del Estado. - Se informa
que la comunidad de Barranco, en el municipio de Ríosucio, fue afectada en 1997
por el desplazamiento de 6 familias de Barranco a Ríosucio; y que en 1997, fue
receptora de población desplazada indígena de Yarumal. - Se reporta
que la comunidad Unión Embera-Katío, que agrupa a personas de las etnias
Embera-Dobidá y Embera-Katío en el municipio Ríosucio, sufrió en 1997 el
desplazamiento de cuatro familias al casco urbano de Ríosucio. - Se informa
que la comunidad de Campo Bello, en el municipio de Carmen del Darién, se
desplazó en su integridad en 1996, 13 familias, a Unión Chogorodó, y que a la
fecha no han retornado; una familia se fue al casco urbano de Ríosucio. - Se informa
que en la comunidad de Corobazal en el municipio de Carmen del Darién, en 1996,
tuvo lugar el desplazamiento de 5 familias a Pavarandó; en 1998, hubo un
retorno con apoyo de Pastoral Social, Oxfam y Acción Social. -
Finalmente, se reporta que en la comunidad de Tumurrulá – Eyakerá del municipio de Unguía, en 2000, ocurrió el
desplazamiento de 12 familias de Tumurrulá hacia Eyakerá, que a la fecha no han
retornado. 3. Respuesta estatal a la situación. A
continuación se describe la respuesta de Acción Social al Auto 251 de 2007, en
la cual se resume la forma como el Estado ha reaccionado ante la crítica
situación del pueblo Embera-Dobidá ante el conflicto armado y el desplazamiento
forzado. En relación
con el reporte sobre la situación de desplazamiento de la comunidad indígena
Embera-Katío del Resguardo de Honduras, se informa: “Queja y/o solicitud: problemas con la AHE. Respuesta: En el año 2005 15 familias 84 personas
de la comunidad indígena Embera Katío del Resguardo Indígena Honduras municipio
de Florencia se desplazaron al casco urbano del mismo municipio. Inmediatamente
fueron atendidas mediante Convenio Acción Social – CHF Internacional Operador
Humanitario Fundación PICACHOS. La comunidad recibió la ayuda de alimentos, de
arriendo, kits de cocina, apoyo psicosocial.” “Queja y/o solicitud: cómo se decidieron los
proyectos productivos? Respuesta: Los proyectos productivos, como
estrategia de estabilización, comienzan con unos talleres de identificación de
perfiles. Esta identificación busca que a partir de las competencias,
capacidades, usos y costumbres de las comunidades se busquen aquellos proyectos
productivos más acordes con la comunidad. Teniendo en cuenta el buen manejo de
los incentivos económicos y que la comunidad diseñó mecanismos comunitarios de
producción y comercialización, la comunidad participó en ferias artesanales a
nivel local, departamental y nacional.” “Queja y/o solicitud: Carta de Derechos. No se
realiza la presentación de los derechos de los desplazados. Respuesta: Los operadores humanitarios socializan
en los talleres de acogida la carta de derechos, de igual forma todos los
jueves en la mañana se hace un taller de nuevos incluidos en la UAO donde la
profesional de Acción Social les da a conocer la carta de derechos.” “Observaciones: Ver anexo”. En relación
con la ponencia de CAMIZBA sobre la situación de las mujeres indígenas en el
área de su jurisdicción, se informa: “Queja y/o solicitud: Ayuda humanitaria – Los
indígenas desplazados no reciben ‘ayuda de ninguna clase’. Respuesta: Mercados y kit agropecuario den 2005 por
una sola vez. // Mercados en el 2006 por una sola vez // 600 kilos de papas,
600 kilos de azúcar, 30 cajas de sardina por 24 unidades, 100 litros de aceite
de cocina y 40 kilos de sal el 25 de abril de 2007. Observaciones: Ver Anexo” “Tema: ReSA. Respuesta: Se está ejecutando, con recursos del
Ministerio de Agricultura y Acción Social, un proyecto de seguridad alimentaria
Proyecto de Seguridad Alimentaria en Ríosucio y Carmen del Darién, operado por
la corporación Acción por el Quindío Actuar Famiempresas, el cual está
atendiendo a 2706 familias, equivalentes a 13.530 indígenas. Es importante
aclarar, que a la fecha no tenemos discriminada la población por municipios, ya
que dicho proyecto se encuentra iniciando. Observaciones: Ver anexos ReSa”. En relación
con el documento aportado por los representantes de CAMIZBA ante la Corte, se
informa: “Tema: Retorno y Reubicaciones Respuesta: El 9 de mayo de 2006 se inicia el
proceso de evaluación y concertación de un posible retorno de las comunidades:
Unión Chocó, Olave, Macedonia, San Cristóbal y Unión Wounaan. Se valoran y
establecen compromisos en los componentes de Seguridad y Protección, Seguridad
alimentaria, Desarrollo Agropecuario, Educación, salud y saneamiento básico. En
la evaluación de seguridad realizada, Acción Social no recomienda la
realización del retorno, aun así las comunidades deciden retornar, los días 22
y 23 de mayo, se produce el retorno de las 5 comunidades desplazadas. Por lo
menos 20 hogares familiares de las víctimas no retornaron. Posterior al proceso
de retorno, en el mes de junio de 2006, Acción Social, en coordinación con la
administración municipal, adelantó el apoyo a un proyecto de seguridad
alimentaria para los 270 hogares retornados, con un costo de $109’134.000.” En relación
con la intervención ante la Corte del representante de la comunidad Embera de
Unión Cuití – Río Napipí en Bojayá, se informa: “Tema: Comunidades de Bojayá, Monguidó, Bocas de
Opogadó, Unión Baquiaza, Unión Cuití. Respuesta: El proceso de retorno de las comunidades
no se ajustó a los principios de seguridad, voluntariedad y dignidad,
contemplados en los “Principios Rectores de los desplazamientos internos”,
hecho que dificultó el acompañamiento institucional, ya que en la zona se
mantenían grupos armados de autodefensas. El retorno se produjo el 15 de julio
de 2004. Reconociendo la dificultad de acceso y
acompañamiento en la zona, Acción Social hizo entrega de alimentos y kits de
aseo por 1 mes, a través de la OPSR se les entregó alimento por trabajo, alimento
para la recuperación nutricional y alimento en el componente de madres
lactantes y gestantes (dicha ayuda, contiene los siguientes alimentos: Arroz –
leguminosa – panela – aceite y sal. Las cuales fueron distribuidas de la
siguiente manera). (sic). También se le hizo entrega
de un botiquín de primeros auxilios, el cual fue donado por DASALUD, y
entregados por Acción Social. Se apoyó un proyecto de seguridad alimentaria de
kits agropecuarios y un motor fuera de borda 9.9. La unidad móvil del ICBF les brindó atención
psicosocial nuevamente y además tuvieron acompañamiento de Acción Social,
DASALUD, Diócesis de Quibdó, Centro de Salud de Bojayá, Médicos del Mundo,
Defensoría, ACNUR, OCHA, Administración Municipal, SEWFOR (Agencia de
acompañamiento de DH). Tema: Acción Social entregaron herramientas y
semillas no aptas para la zona // Acción Social no entregó los alimentos en el
tiempo acordado // Acción Social no se tuvo en cuenta a las comunidades
indígenas en el proceso de coordinación institucional y tampoco a sus líderes.
// No se hizo la gestión para la consecución de toldillos con DASALUD // Motor
9.9. para Egoróquera y otro para Cuití no fueron
entregados // No se facilitó el transporte del retorno. Acción Social no aportó
nada para el combustible del retorno. Respuesta: Acción Social realizó entrega de apoyos
agropecuarios, sin embargo la implementación del proyecto de seguridad
alimentaria, dependía de un proceso de capacitación, seguimiento y
acompañamiento por parte de la UMATA municipal, proceso que por problemas de
seguridad no fue posible realizarlo. // La entrega se realizó 8 días después de
lo acordado. // Todo el proceso de atención fue concertado y acordado en el
Comité Municipal de Población Desplazada, en donde siempre participaron los
líderes y representantes de las comunidades. // En el proceso de atención
humanitaria en el momento del desplazamiento se hizo entrega de toldillos. //
Si fueron entregados, de conformidad a la ejecución del proyecto denominado
“Restablecimiento de los sistemas productivos tradicionales de las comunidades
indígenas”. // Los costos y/o insumos concernientes al trasporte fueron
asumidos por parte de Acción Social y la Administración Municipal. Situación actual: En el mes de julio de 2007 Acción
Social hizo una visita de seguimiento a la comunidad y se pudo constatar que la
comunidad retornada, volvió a su cotidianidad, y reanudaron sus labores
habituales de producción, los niños volvieron a sus actividades académicas, en
la zona todavía hay presencia activa de grupos al margen de la ley. Se tiene previsto para el mes de noviembre realizar
una brigada de salud con el apoyo del puesto de salud de Bojayá y DASALUD y
realizar la entrega de alimento y kits de aseo y donaciones por parte de Acción
Social.” G. Situación del pueblo indígena Embera-Chamí ante
el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Embera-Chamí ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los
principales documentos que se han tenido en cuenta para este aparte son los
siguientes: (1) Informe Situacional de la Comunidad Indígena Embera-Chamí del
Departamento de Risaralda, elaborado por el Consejo Regional Indígena de
Risaralda – CRIR el 14 de septiembre de 2006. (2) Documento titulado “Informe
Actual sobre la Situación de Violencia en las Comunidades Embera Chamí,
Riosucio-Caldas” – Informe Preparatorio para la Misión Internacional de
Verificación de la Verdad en Pueblos Indígenas, septiembre de 2006. (3)
Documento titulado “Informe de Derechos Humanos Comunidad Indígena Embera-Chamí
del Departamento de Caldas”, por el Consejo Regional Indígena de Caldas –
CRIDEC, septiembre de 2006. (4) Diagnóstico de salud indígena del Departamento
del Quindío, de acuerdo a la situación de la población de la Organización
Regional Indígena del Quindío “ORIQUIN” y el Cabildo Mayor Indígena Embera-Chamí.
(5) Comunicación de la Asociación Solidaria Indígena Desplazada y Vulnerable –
ASIDVU al Comité de Verificación de la ONIC, septiembre 28 de 2006. (6)
Intervención de los representantes del Cabildo Mayor Indígena de la zona del
Bajo Atrato (CAMIZBA). 1. Panorama general de afectación étnica del pueblo
Embera-Chamí por el conflicto armado. Los
Embera-Chamí se ubican en los departamentos de Risaralda, Quindío y Caldas. Por
las sutiles diferencias que existen entre la situación acreditada ante la Corte
en los tres departamentos, se procederá a describir en cada uno de ellos la
afectación de la etnia Embera-Chamí por el conflicto armado y el desplazamiento
forzado. Los
Embera-Chamí de Risaralda son más de 22.000 personas en Mistrató, Pueblo Rico,
Marsella, Guática, Quinchía, Belén de Umbría, y aproximadamente 300 indígenas
desplazados en Pereira. Se han declarado en crisis humanitaria como pueblo. Han
sido afectados por el conflicto armado porque en su territorio están presentes
todos los actores armados. El conflicto armado ha causado muertes,
desapariciones, desplazados y amenazas, en particular muertes de líderes. El
territorio del resguardo de los Embera-Chamí en Risaralda es pequeño y con
bosques naturales, por lo cual hay poca posibilidad de producción; es
insuficiente para sus necesidades alimentarias. En los últimos 12 años el
Gobierno no ha asignado recursos ni para la compra de tierras ni para la
ampliación o saneamiento de resguardos. En la comunidad de Quinchía, compuesta
por 18 comunidades menores (600 familias, 2600 indígenas), hay problema
alimentario: las pequeñas propiedades de cada familia son insuficientes para su
sustento, por lo cual la mayoría de la población debe salir de las comunidades
buscando empleo, generando así pérdida de la identidad. El problema territorial
se agrava por los intereses comerciales de multinacionales en los recursos
naturales de sus territorios. Hay 1500 familias sin tierras, y el resguardo no
ha sido saneado ni ampliado. La falta de proyectos económicos genera también
problemas serios de manejo medioambiental. Los
Embera-Chamí de Risaralda denuncian, en medio del conflicto armado: la
presencia de actores armados en su territorio; actividades de explotación
maderera y minera, por multinacionales y por los grupos armados ilegales;
combates en sus territorios y bombardeos; maltratos por los actores armados;
señalamientos por los desertores de la guerrilla que son incorporados como
informantes, y posteriores desplazamientos; bloqueo de alimentos; reclutamiento
forzado de jóvenes y niños; desconocimiento de las autoridades: cabildos,
jaibanás, alguaciles; y ocupación de instalaciones, escuelas, y casas. Explican
que en su territorio grupos armados pasan y exigen alojamiento o permiso para
cocinar en las casas; las familias quedan así comprometidas, y los otros grupos
las señalan de colaboradoras. Refieren
también una alta mortalidad infantil por desnutrición y deshidratación, por
falta de acceso a atención oportuna, falta de afiliación, ausencia de brigadas
de salud en el territorio y carencia de programas de etnosalud. Sufren también
enfermedades como paludismo y leishmaniasis, pero han sido afectados
particularmente por la desnutrición infantil. La situación
de los Embera-Chamí en Caldas no es menos grave. En Ríosucio hay 4 resguardos
indígenas: La Montaña, Cañamomo-Lomaprieta, San Lorenzo, Escopetera Pirza.
Viven aproximadamente 45.000 embera-chamíes. La mayoría están en Ríosucio, otra
parte en Supía (Caldas); en total hay 102 comunidades, con el 80% del territorio
tradicional titulado como resguardo. Hay
presencia de los actores armados en el territorio y violencia que conllevan
temor de las comunidades. Denuncian que, en 2003, helicópteros de las Fuerzas
Armadas bombardearon la comunidad de Iberia en el resguardo
Cañamomo-Lomaprieta, alegando un ataque a grupos subversivos. Los
territorios de las comunidades embera-chamí de Caldas son estratégicos para el
posicionamiento de las FARC y las autodefensas que se disputan las zonas de
corredores estratégicos, “convirtiendo a
las poblaciones indígenas en objetivo militar, a quienes violan el derecho a la
vida e integridad personal continuamente (desaparición y retención de personas,
torturas y homicidios selectivos, homicidios de líderes indígenas y
desplazamiento forzado), han convertido los territorios de nuestros pueblos en
zona de guerra y, por ende, han puesto a los indígenas en el centro de sus
disputas”. En efecto, el municipio
de Ríosucio es un corredor estratégico para los grupos armados ilegales, entre
Antioquia, Risaralda y Chocó; por ello todos los resguardos quedan en medio de
la confrontación. Esto genera señalamientos de ser colaboradores, que resultan
en asesinatos, encarcelamiento injusto, desplazamiento forzado y otros. Los
archivos del Consejo Regional Indígena de Caldas (CRIDEC) registran 45 personas
indígenas asesinadas por grupos armados desde 2003, más de 10
amenazadas/heridas/desaparecidas. Y hay mucho sub-reporte, por falta de
denuncia por amenazas, falta de credibilidad y legitimidad de las autoridades.
En los últimos 10 años han sido asesinados aproximadamente 200 indígenas, entre
líderes y miembros de la comunidad, por los paramilitares y la guerrilla. Las
FARC asesinan dirigentes y comuneros por oponerse a sus planes de control
social, o por acusarlos de colaborar con los grupos paramilitares o con el
Estado. Por otra
parte, manifiestan que son frecuentes los señalamientos a indígenas por las
Fuerzas Armadas de ser colaboradores de la guerrilla o guerrilleros, sin
pruebas ni fundamento; esto ha generado detenciones arbitrarias, y desconfianza
hacia las Fuerzas Armadas. Se acusa a las Fuerzas Armadas y los organismos de
seguridad de realizar allanamientos a casas de miembros de la comunidad, “y en
ocasiones han utilizado la fuerza y la intimidación para hacer que los
comuneros admitan hechos que no son ciertos, en ocasiones vienen con órdenes
judiciales proferidas por quienes imparten justicia basándose en declaraciones
dudosas y falsas acusaciones de reinsertados y desmovilizados que pretenden
conseguir rebajas de sus condenas comprometiendo la libertad y el buen nombre
de otros. // En los operativos y visitas que realiza la fuerza pública algunos
comuneros son retenidos por espacios largos de tiempo, señalados de ser
colaboradores de las guerrillas, y en ocasiones son amenazados para que den
información sobre el paradero de los insurgentes, incluso en algunas
comunidades tienen la prohibición expresa de transitar en horas de la noche por
sus comunidades”. Los grupos
armados entran a sus territorios con personas secuestradas; extorsionan y
chantajean a miembros de las comunidades; hay reclutamiento forzado y
vinculación de jóvenes indígenas; todo esto genera señalamientos de ser sus
colaboradores, y posteriores desplazamientos. Las partes en conflicto utilizan
las escuelas, puestos de salud, viviendas civiles, casetas comunales y lugares
sagrados como sitios para acampar. Por último, se reportan cultivos ilícitos en
territorio del resguardo. Los
señalamientos afectan especialmente el proceso organizativo y político.
Actualmente hay persecuciones continuas a líderes indígenas y entidades que
trabajan con temas indígenas. Así, los Gobernadores de los cuatro resguardos
del municipio de Ríosucio han recibido amenazas por los actores armados; no andan
sin escoltas y medidas preventivas. El 15 de marzo de 2002, la CIDH otorgó
medidas cautelares a favor de 40 indígenas Embera-Chamí de los resguardos y
asentamientos de Caldas y miembros del CRIDEC. Pese a los esquemas de
protección subsiguientes para algunos de los líderes, persisten las amenazas.
Los cuatro gobernadores tienen medidas de protección por el Ministerio del
Interior ante la recomendación de la CIDH: escoltas y carros blindados; pero
las medidas no se han implementado respecto de todos los líderes que las
requieren. Además, toman sus propias precauciones. La violencia
es selectiva y potencial por amenazas contra los líderes y la organización. En
parte, porque se teme más fortalecimiento y consolidación del proyecto
político. No obstante, el movimiento político Embera-Chamí en Caldas ha sido
frustrado por la violencia; los candidatos indígenas a la alcaldía de Ríosucio
de 2000, 2002 (María Fabiola Largo) y 2003 fueron asesinados. También se
reporta que hay señalamientos y amenazas a no indígenas que trabajan con las
comunidades o realizan acciones humanitarias en sus territorios; por ejemplo,
el Comandante de Bomberos de Ríosucio fue detenido en agosto por ser presunto
colaborador de la guerrilla; ha habido amenazas de las AUC contra ONIC y periodistas
que difunden las actividades y programas de las comunidades. En la
actualidad persisten los señalamientos y acusaciones, por ejemplo a través de
volantes o pasquines dirigidos a las autoridades o las comunidades. Se reporta
que hay presencia continua de un grupo paramilitar local: el Cacique Pipintá,
incluso después del proceso de desmovilización nacional de las AUC. La
organización indígena ha recurrido a las denuncias públicas y las alertas
tempranas. También hay un comité interinstitucional que incluye a la Alcaldía,
la Fiscalía, la Personería, los Gobiernos Indígenas, la Fuerza Pública, el
CRIDEC, la Iglesia, ACNUR. Este ha sido exitoso en la prevención de violencia
en algunos casos. Los
Embera-Chamí han sufrido una alta aculturación y están en medio de un proceso
de recuperación étnica, el cual ha sido alterado por el conflicto armado por la
desestabilización, el desarraigo y el debilitamiento de identidad que causa. 2. Relación detallada de los crímenes sobre los
cuales se ha informado a la Corte. La Corte ha
sido alertada sobre una serie de crímenes de los que han sido víctimas miembros
de la etnia Embera-Chamí. En los documentos que sirven de fuente a este aparte
se mencionan, entre otros, los siguientes crímenes perpetrados contra la
población Embera-Chamí en el marco del conflicto armado: - Entre 1982
y 1992 fueron asesinados aproximadamente 200 indígenas, incluidos muchos
líderes. - En febrero
de 2002 en Quinchía, tuvo lugar el asesinato del Gobernador Mayor Luis
Gonzagatrejos García; su muerte permanece impune, sin esclarecer, y generó el
desplazamiento de su familia. - En 2002,
se reporta la muerte de Leonardo Caizales en Pueblo Rico, y de Lucelly Osorio en Villa Claret. - En mayo de
2002, tuvo lugar el asesinato del gobernador menor Luis Aníbal Binasco
Quinchía. - El 10 de
febrero de 2003, ocurrió el asesinato del comunero Rogelio Becerra Arce y de
William Ruiz en Quinchía – comunidad Pomecia. - En 2004,
tuvo lugar la muerte violenta del gobernador menor Wualdo (Hubaldo) Morales en
Quinchía. - En 2006,
tuvo lugar la desaparición de 6 indígenas en la zona urbana de Pereira,
corregimientos Caimalito y La Carbonera. En efecto, la Asociación de indígenas
Embera-Chamí desplazados en Pereira –la Asociación Solidaria Indígena Desplazada
y Vulnerable, ASIDVU-, denuncia que en abril de 2006, 6 indígenas de la
asociación fueron desaparecidos; los engañaron diciéndoles que los iban a
llevar a trabajar a fincas y desaparecieron. Dejaron 50 viudas, huérfanos y
padres. Se denunció el caso ante diversas instancias, sin resultados. - El
candidato indígena a las elecciones de Ríosucio 2003, Gabriel Ángel Cartagena,
fue asesinado. - El 5 de
julio de 2006 fue asesinado el intendente de policía de Ríosucio José Libardo
Villada Monsalve, indígena, que cumplía un rol importante como mediador con las
comunidades. - El
movimiento político Embera-Chamí ha sido frustrado por la violencia; los
candidatos indígenas a la alcaldía de Ríosucio de 2000, 2002 (María Fabiola
Largo) y 2003 fueron asesinados. - El 3 de
agosto de 2007, fue asesinado Virgilio Guatiui, líder y miembro de la comunidad
de Kundumi, en el Resguardo Unificado del municipio de Pueblo Rico
(Risaralda). - En julio
de 2008, fue asesinado en Mistrató (Risaralda) el gobernador del resguardo,
Hugo González, por tres hombres armados que le hicieron descender de un
vehículo de transporte público en el que se movilizaba; desde 2007 el Sr.
González había sido amenazado de muerte y había puesto las denuncias ante las
autoridades y la opinión pública, sin resultados. 3. Afectación del pueblo indígena Embera-Chamí por
el desplazamiento forzado. El anterior
cuadro situacional ha generado altos patrones de desplazamiento forzado de los
miembros de esta etnia. Según datos de la Personería, hay 260 personas
desplazadas en Ríosucio, y una tendencia al desplazamiento dentro del mismo
resguardo, o de una comunidad a otra. Por otra parte, en Pereira, los
Embera-Chamí desplazados tienen problemas serios, particularmente las mujeres
cabezas de familia, principalmente porque se ven forzadas a la mendicidad, y en
forma consiguiente sufren el retiro de los menores por el ICBF y la policía;
ello causa una mayor descomposición social, porque las madres sólo saben hacer
artesanía y no tienen apoyo de ningún tipo. Además, se
informa a la Corte que hay un alto porcentaje de desplazamientos forzados
intra-resguardo. Antes de
2004 hubo dos desplazamientos masivos: por la toma del casco urbano del
resguardo indígena de San Lorenzo, y por una incursión de las AUC en el sector
del Salado y Pueblo Viejo. No obstante, los desplazamientos individuales son
continuos y no son registrados, por ser principalmente de tipo
intra-resguardos; las víctimas de estos desplazamientos no se registran en el
RUPD ni ante las autoridades tradicionales. Los
indígenas Embera-Chamí desplazados en la ciudad de Pereira han constituido una
asociación –ASIDVU-, y se dirigieron a la Corte Constitucional para describir
su situación. Explican que Pereira es una ciudad de alta recepción de indígenas
Embera-Chamí, tanto de Caldas como de Risaralda. Resaltan el choque cultural, y
la indiferencia de las instituciones hacia sus problemas. Informan que todos
viven en extrema pobreza, y crítica situación alimentaria. Pocos tienen SISBEN,
y no tienen recursos para comprar medicamentos ni acceso a las medicinas
tradicionales. Además
indican que la educación que reciben sus menores de edad no es específica;
tienen 3 docentes indígenas para 342 niños, por lo cual temen por la
aculturación de los niños y adolescentes. La mayoría viven de vender
artesanías. Como se indicó anteriormente, se denuncia que en abril de 2006, 6
indígenas de la asociación fueron desaparecidos, dejando viudas y huérfanos
desprotegidos. 4. Medidas interamericanas de protección de los
indígenas Embera-Chamí. El 15 de
marzo de 2002, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas
cautelares a favor de 40 indígenas Embera-Chamí, de los resguardos y
asentamientos de Cañamomo-Lomaprieta, San Lorenzo, Nuestra Señora Candelaria de
la Montaña, Escopetera-Pirza, Totumal, La Trina, La Albania, Cerro Tacón, La
Soledad, y miembros del CRIDEC. En términos
de la Comisión, “Desde julio de 2001
estas comunidades –señaladas públicamente por agentes del Estado como
colaboradores de la guerrilla- han sido objeto de amenazas y actos de
hostigamiento y violencia por parte de las AUC. La información disponible
indica que un grupo armado incursionó en la comunidad de Escopetera-Pirza donde
produjo destrozos materiales, intimidó los presentes, asesinó a Leonardo Díaz
Becerra (excabildante del resguardo) e hirió a Luis Eduardo Flórez (fiscal
suplente del cabildo indígena). Los peticionarios indican que a pesar de los
esfuerzos de un número de organizaciones no gubernamentales, las autoridades no
adoptaron medidas para prevenir la incursión paramilitar en la zona y que con
posterioridad no prestaron apoyo para ingresar a la zona con fines
humanitarios. Posteriormente la CIDH fue informada sobre el asesinato de la
dirigente indígena María Fabiola Largo y un atentado contra la vida del ex
gobernador indígena Miguel Antonio Largo Pescador, ambos beneficiarios de las
medidas cautelares del 9 de abril de 2002 en el resguardo de Cañamomo –
Lomaprieta. El Estado informó asimismo sobre una misión conducida por el DAS
con el fin de esclarecer los ataques, pero indicó que los testimonios recabados
‘no suministraron datos de interés que permitan la individualización de sus
autores, así como aportar indicios a la autoridad encargada de la
investigación’. Indicó que el Batallón Ayacucho había efectuado operaciones de
contraguerrilla en Ríosucio y que la Policía del municipio prestaba seguridad a
los locales donde se reunía la Comunidad. La Comisión ha continuado recibiendo
información sobre la situación de la comunidad indígena y las amenazas de
incursión.” En atención
a esta situación, la Comisión solicitó al Estado: “Adoptar, de conformidad con los peticionarios y el CRIDEC, las medidas
necesarias para proteger la vida y la integridad de los miembros de los resguardos
y asentamientos de Cañamomo-Lomaprieta, San Lorenzo, Nuestra Señora Candelaria
de la Montaña, Escopetera-Pirza, Totumal, La Trina, La Albania, Cerro Tacón, La
soledad, así como a favor de los miembros del CRIDE, individualizados en la
solicitud de los peticionarios, incluyendo auxilio para su desplazamiento, de
resultar necesario. Informar sobre las acciones adoptadas con el fin de
investigar, juzgar y sancionar a los responsables de las amenazas y actos de
violencia perpetrados contra las personas protegidas”. 5. Respuesta estatal a la situación. La respuesta
del Estado a la situación de las comunidades Embera-Chamí se ha concentrado en
tres ámbitos: (a) la implementación de las medidas cautelares ordenadas por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos; (b) la atención incipiente de
algunas familias desplazadas; y (c) la formulación, por la Dirección de Etnias
del Ministerio del Interior y de Justicia, de dos planes de acción para las
comunidades de Pueblo Rico y Mistrató. a. Implementación de las medidas cautelares
ordenadas por la CIDH. En su
respuesta al Auto 248 de 2007 de la Corte Constitucional, la Dirección de
Etnias informó lo siguiente sobre las medidas adoptadas para cumplir con la
solicitud de medidas cautelares de la CIDH: “- Adopción
de medidas de protección individuales y colectivas – apoyos de reubicación,
transporte, medios de comunicación. - Adopción
de medidas de seguridad por la Fuerza Pública y la Policía Nacional. -
Seguimiento a las investigaciones penales y disciplinarias. - Inclusión
en el proyecto de comunidades en riesgo.” Posteriormente,
la Dirección de Etnias aportó en un documento separado, la siguiente
información sobre la implementación de las medidas cautelares: “ANTECEDENTES: I. Trámite Internacional. La CIDH decretó el 15 de marzo de 2002, medidas
cautelares a favor de la Comunidad Indígena Embera Chamí (…). Hechos que sustentan la solicitud de medidas
cautelares: - Que el 9 de junio de 2001, el CRIDEC y varias
autoridades indígenas y miembros de las comunidades referidas anteriormente,
enviaron a diversas autoridades locales y nacionales una acción urgente, en
virtud, de que los resguardos La Montaña se habían visto afectados y amenazados
desde el 5 de junio de 2001 por grupos al margen de la ley, AUC. - El 8 de junio, hubo un desplazamiento de 13
familias del resguardo El Salado, por las amenazas proferidas por las AUC el 7
de junio. Debido a esta situación, se efectuó una reunión con el Alcalde de
Riosucio, la secretaria de gobierno, la personera municipal, representantes de
la policía y el batallón Ayacucho del Ejército Nacional con sede en la zona, y
los representantes del Cridec y algunos líderes indígenas. El objeto de la
reunión era estudiar la situación del resguardo Nuestra Señora Candelaria de la
Montaña e intentar prevenir las atrocidades contra la población indígena y
campesina. ACCIONES DE
LA FUERZA PÚBLICA FRENTE AL ESQUEMA DE SEGURIDAD: - Los escoltas asignados al señor Darío Tapasco
recibieron curso de retroalimentación en protección a dignatarios por parte de
la Dirección de Servicios Especializados de la Policía Nacional, igualmente se
mantiene el servicio de seguridad las 24 horas del día en su lugar de
residencia con tres unidades policiales. - Revistas constantes a las Instalaciones de la
Alcaldía Municipal, sedes de los Resguardos Indígenas y de los Líderes
Indígenas residentes en los municipios de Ríosucio, Supía, Marmato y
corregimientos San Lorenzo y Bonafont, para lo cual fueron diseñadas planillas
que son diligenciadas por las patrullas de vigilancia. - Permanentemente y en forma coordinada con la
Seccional de Inteligencia, Ejército Nacional y CTI de esta jurisdicción se
adelantan labores de inteligencia tendientes a detectar la ubicación de grupos
armados ilegales y las posibles acciones delictivas que pretendan ejecutar en
contra de las comunidades indígenas y sus líderes, teniendo en cuenta el grado
de vulnerabilidad que existe en cada uno de ellos. ACCIONES DE
LA FUERZA PÚBLICA EN MATERIA DE CAPACITACION: En agosto de 2007 se inició el proyecto
“Fortalecimiento de la Justicia Propia en los Resguardos Indígenas de Caldas y
sus Relaciones con la Justicia Ordinaria como Mecanismo de Protección de los
Derechos Humanos”, presidido por el señor Darío Edgardo Tapasco Bueno, Alcalde
Municipal de Ríosucio. - Está liderado por el Ministerio del Interior,
coordinado por Alcaldía Municipal, Defensoría del Pueblo, Programa Atención
Comunidades en Riesgo y la Policía Nacional en cabeza del suscrito Comandante
de Distrito. - Su objetivo es fortalecer la jurisdicción
especial indígena en el departamento de Caldas, como estrategia de
empoderamiento para la protección de derechos humanos de las comunidades
indígenas, con participación de operadores de justicia (ordinaria y especial
indígena), funcionarios públicos y comunidad en general dentro de un marco de
cooperación y concertación interinstitucional. - Se realizarán mensualmente con el fin de analizar
los resultados obtenidos por los grupos de trabajo establecidos para el cumplimiento
del proyecto, según lo ordenado a través de la Directiva Permanente 16 de 2006
del Ministerio de Defensa Nacional y Directiva 036 DIPON-OFPLA del 201206
‘Reconocimiento, prevención y protección a comunidades de los Pueblos
Indígenas’. - Personal del Distrito de todas las estaciones y
subestaciones, recibieron capacitación en el taller ‘Atención a Comunidades
Indígenas en Riesgo’. RESULTADOS
OPERACIONALES OBTENIDOS POR LA FUERZA PÚBLICA: - Se han desarrollado diversos operativos
tendientes a desarticular la acción del grupo armado ilegal de las FARC que
opera en la zona – Frente Aurelio Rodríguez. - Igualmente, acciones operativas contra Banda
Criminal Cacique Pipintá. ESTUDIO DE
LA COMISION ESPECIAL DE IMPULSO DE LAS INVESTIGACIONES Debido a la falta de presupuesto para la
realización de esta comisión, la Unidad Nacional de Derechos Humanos, propuso
durante una reunión que se llevó a cabo el 17 de mayo de 2006, destacar cinco
investigadores del CTI de Medellín, para que se desplazaran a Ríosucio. El objeto de la comisión era realizar un estudio de
las investigaciones que allí se encontraban a efecto de hacer una planificación
de las mismas, descartando o afirmando la posibilidad de que varias se
adelantaran bajo una misma cuerda procesal. Frente a este trabajo la Unidad Nacional de
Derechos Humanos presentó un primer informe, de fecha 21 de julio de 2006, en
donde se relacionaron las investigaciones, que debían ser objeto de estudio y
valoración sobre la procedencia y sustento legal de las decisiones
inhibitorias. A la fecha la Unidad no ha reportado más información sobre el
estado de este trabajo.” Se adjuntó
adicionalmente, por la Dirección de Etnias, un nuevo informe sobre el
cumplimiento de las medidas cautelares decretadas por la CIDH, en los
siguientes términos: “1. Seguimiento de la situación de orden público en
la zona a través del Comité Interinstitucional de Seguridad Ciudadana de
Ríosucio, instancia que cuenta con la participación de un representante del
Gobierno Nacional a través de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio
del Interior y de Justicia en esa zona del país (Descentralización de la
política pública en materia de Derechos Humanos). 2. Seguimiento a las actividades de prevención,
protección y lucha contra la impunidad. La Fiscalía General de la Nación se comprometió a
habilitar una comisión Judicial Especial de investigaciones. Por ende, presentó
un proyecto al Ministerio de Hacienda cuyo objeto es la asignación de una
partida presupuestal para dicha Comisión. La PGN, informa que están en curso 9
investigaciones de carácter disciplinario. 3. Implementación de las actividades contempladas
en el plan de acción de derechos humanos del Municipio de Ríosucio, Caldas. 4. Adopción de medidas de protección individual así:
entrega de 30 teléfonos celulares, 9 radios avantel, 17 chalecos antibalas, 78
tiquetes aéreos nacionales, 23 apoyos de reubicación temporal, apoyos de
transporte terrestre temporal 62 y 7 blindajes de sedes. 5. Reuniones interinstitucionales de seguimiento a
las medidas cautelares en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá y en
la ciudad de Manizales. 6. Dentro del marco del Proyecto de Atención a
comunidades en Riesgo, se han fortalecido los espacios de concertación con las
comunidades indígenas, y se han elaborado planes de acción para incrementar el
nivel de protección de las comunidades indígenas de las regiones de Caldas y
Risaralda. 7. El Gobierno Nacional conformó un grupo de
trabajo interinstitucional con la finalidad de realizar acompañamiento y
presencia en la zona. Se prevén visitas bimensuales.” b. Atención de la población desplazada En la
respuesta de Acción Social al Auto 251 de 2007, se incluyó una tabla de resumen
en la que se proveyó la siguiente información concreta sobre la atención a la
población Embera-Chamí en situación de desplazamiento. En relación
con el Informe Situacional de la comunidad indígena Embera-Chamí del
Departamento de Risaralda, elaborado por el CRIR, 14 de septiembre de 2006, se
informa: “Queja y/o solicitud: Se solicitan proyectos
alimenticios para generar fortalecimiento de soberanía y autonomía alimentaria. Respuesta: se responde en el anexo cuadro de Resa. Observaciones: Ver anexo.” En relación
con el “Informe actual sobre la situación e violencia en las comunidades
Embera-Chamí, Riosucio-Caldas” – Informe preparatorio MIV, se informa: “Queja y/o solicitud: Recomendación: hacer
seguimiento a las estadísticas del desplazamiento, pues no coinciden las cifras
del Estado con las de ACNUR o el CRIDEC. Respuesta: [en blanco] Observaciones: Ver documentos registro.” “Queja y/o solicitud: Solicitan seguridad
alimentaria. Respuesta: [en blanco] Observaciones: Ver anexos ReSa.” En relación
con el Diagnóstico de salud indígena del Quindío hecho por ORIQUIN y el Cabildo
Mayor Embera-Chamí, se informa: “Queja y/o solicitud: Desean programas de seguridad
alimentaria para niños menores de 5 años de las comunidades indígenas del
Departamento. Respuesta: A la fecha no se han realizado proyectos
especiales para las comunidades indígenas del Departamento, sin embargo, a
través del proyecto “Seguridad alimentaria para la familia residente en la zona
cafetera a partir de la adopción de prácticas de producción, preparación y
consumo de alimentos en su predio”, ejecutado por el Comité Departamental de
Cafeteros del Quindío, se atendieron 38 indígenas.” En relación
con el comunicado de ASIDVU: “Queja y/o solicitud: Ayuda humanitaria – ‘la
respuesta de la institución hacia nuestra comunidad es de ignorar el problema
del desplazado’. Respuesta: [en blanco] Observaciones: Ver anexo 2.3 // Ver anexo ReSA.” c. Formulación de planes de acción para las
comunidades Embera-Chamí de Mistrató y Pueblo Rico. A este
respecto, la Dirección de Etnias informó a la Corte Constitucional lo
siguiente: “En respuesta a la situación de los indígenas
Embera Chamí de los municipios Mistrató y Pueblo Rico específicamente, se
formuló un Plan de Acción en beneficio de las comunidades vulnerables de cada
uno de los resguardos de estos municipios los días 2 y 3 de mayo de 2007. Los
componentes del Plan son los siguientes: seguridad alimentaria, salud,
educación, potabilización de aguas y saneamiento básico, fortalecimiento
organizativo, apoyo a niñez y la familia y vivienda. En este Plan de Acción son vinculadas las familias
que se encuentran en situación de desplazamiento y mendicidad en las ciudades
de Pereira y Bogotá, la vinculación depende de las condiciones de seguridad de
la zona y de la decisión voluntaria de las familias para retornar. En el momento se encuentra en contratación el
proyecto de seguridad alimentaria para 2110 familias indígenas por un valor de
$520 millones, contratado con la CARDER, se asignaron $460 millones para
hábitat y saneamiento básico, la Gobernación Departamental financió un proyecto
de seguridad alimentaria en estos municipios para 700 familias y recursos para
el proyecto pisos y techos, se anexa acta y matriz de seguimiento.” H. Situación del pueblo indígena Wounaan ante el
conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Wounaan ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los
principales documentos que se tuvieron en cuenta para esta descripción fueron
los siguientes: (1) Documento titulado “Pueblos Indígenas del Chocó –
Megaproyectos, Etnocidio y Ecocidio”. (2) Informe de la Comisión de Seguimiento
a la Política Pública de Atención al Desplazamiento Forzado a la Corte
Constitucional, marzo 14 de 2007. (3) Intervención de los representantes del
Cabildo Mayor Indígena de la zona del Bajo Atrato (CAMIZBA). (4) Informe
presentado por la Comisión Colombiana de Juristas a la Corte Constitucional,
titulado “El Estado colombiano no ha cumplido sus obligaciones en materia de
derechos humanos de los pueblos indígenas desplazados o en riesgo de
desplazamiento forzado”. 1. Panorama general de afectación étnica del pueblo
Wounaan por el conflicto armado. El pueblo
indígena Wounaan se ubica en el departamento del Chocó. En esta región del país
hay una grave crisis humanitaria, agravada por el conflicto armado; la
presencia y constantes enfrentamientos de los grupos armados en territorio
Wounaan en las zonas de San Juan, Baudó, el Bajo Atrato y la Costa Pacífica, ha
hecho que éstas se consideren zonas de riesgo, pero no hay planes
específicamente dirigidos a superar la vulnerabilidad de sus habitantes. Así, por
ejemplo, la zona del San Juan es corredor entre la costa pacífica y el
interior; hay presencia de las AUC –Bloque Calima- y de las FARC –Frente 34 y
columna móvil Arturo Ruiz-. Ambos mantienen control sobre la zona del San Juan,
vigilando el flujo de personas, productos y alimentos. La seguridad de las
comunidades indígenas y afrodescendientes de la zona ha sido afectada por
enfrentamientos y por señalamientos y amenazas a las comunidades, situación
agudizada por el incremento acelerado de cultivos ilícitos. La crisis de
la región por el conflicto armado se erige sobre la ausencia y el abandono
previo por el Estado; particularmente en salud, los miembros del pueblo Wounaan
se siguen muriendo por malaria, tuberculosis, incluso sarampión, en especial
los niños, por no tener acceso a tratamiento oportuno ni haber medidas de
prevención. La gravedad
de la afectación de este pueblo indígena por el conflicto armado se puede
ilustrar con la comunicación que dirigió a la Corte el representante del
Cabildo Mayor Indígena Zonal del Bajo Atrato: “Las comunidades indígenas que representa CAMIZBA y
que se encuentran ubicadas en la subregión del Bajo Atrato
...también han sido víctimas de la violencia desde hace muchos años,
pero de manera particular y crítica desde diciembre de 1996, época en que se
intensifica la confrontación entre los diferentes actores armados. (…) nuestra
organización ha levantado la consigna, que frente a esos actos de barbarie de
la guerra, de resistir en defensa de nuestra dignidad, cultura, territorio y
autoridades propias de nuestros pueblos. Pues nuestras comunidades poco a poco
se han convertido en el blanco predilecto de todos los actores de la guerra que
consume la zona del bajo Atrato, por el hecho de habernos negado a ser
partícipes directos de ésta y mantener una posición digna de autonomía y
resistencia en nuestros territorios. Así mismo observamos que desde que se
agudizó el conflicto en la zona (año 1997) empieza la disputa por el control
militar del territorio, y desde este momento los indígenas del Bajo Atrato
hemos venido siendo víctimas de toda clase de atropellos y presiones por parte
de todos los actores armados y somos señalados por unos y otros como
informantes, simpatizantes o miembros activos de sus respectivos adversarios. (…)
La posición de la organización frente al fenómeno del desplazamiento ante la
agudización del conflicto armado interno, es la de resistencia al
desplazamiento forzado por las consecuencias fatales que conlleva para la
pervivencia de sus comunidades, en este sentido muchos han desarrollado su
derecho propio y fortalecido la jurisdicción indígena en sus propios
territorios y el mantenimiento de la cohesión interna de las comunidades. No
obstante a lo anterior la presión ejercida por los actores armados y el clima
de terror y miedo al que fueron sometidas las comunidades indígenas, así como
los innumerables atropellos, torturas y asesinatos al cual fueron sometidos
muchos miembros de nuestras comunidades, generó el desplazamiento de ciertas
comunidades indígenas del Bajo Atrato, desplazamiento que no fue muy notorio en
las estadísticas de los organismos de atención y ONG, ya que la mayoría de
estos desplazamientos fueron bien a las selvas o a otras comunidades indígenas
(…) e incluso a comunidades indígenas de Panamá. (…) Pese a que las comunidades
indígenas prefieren desplazarse internamente, antes de optar desplazarse a
cascos urbanos, en la actualidad se puede decir que como consecuencia de la
violencia imperante en la zona desde 1996 y la falta de operatividad del
Estado, al casco urbano de Ríosucio se desplazaron muchos líderes y miembros de
las diferentes comunidades, pues desde esa época hasta hoy persiste ese
desplazamiento”; ha sido gota a gota, y hay 68 familias/394 personas
desplazadas en Ríosucio. En este
contexto, los grupos armados ilegales y la Fuerza Pública ejercen un fuerte
control sobre la población civil, incluida la población indígena, incluyendo
restricciones sobre su movilidad que, entre otras, han causado el confinamiento
de la población. Así, en julio de 2004, hubo un confinamiento de las
comunidades indígenas Wounaan de Olave, Unión Chocó, Unión Wounaan, San
Cristóbal, y Macedonia; se reporta que el enfrentamiento entre las AUC y las
guerrillas implica prohibición de movilización por el río San Juan y
restricción al tránsito de alimentos, causando una crisis humanitaria que
afecta a 286 familias indígenas wounaan de los municipios de Medio San Juan e
Istmina. El tipo de
crímenes del que han sido víctimas los Wounaan a manos de los grupos armados
ilegales también se ilustra con la siguiente descripción de la situación de la
comunidad de Unión Chocó: “…las FARC, quienes desde el 15 de marzo [de 2006]
se habían presentado también ante la comunidad Unión Chocó realizando un censo
para el control del personal de la región, terminando con la lectura de una
lista de seis líderes indígenas de la comunidad para ser asesinados en el menor
tiempo posible. El día 30 de marzo un profesor del centro educativo Genaro Opua
Quiro, en la comunidad Unión Wounaan, fue sacado del aula de clase por dos
guerrilleros de las FARC y encontrado posteriormente sin vida y con signos de
tortura a 2 Km. de la comunidad en el sitio llamado Boca de Paidó.” Otra
comunidad fuertemente afectada por el conflicto armado ha sido la comunidad
Marcial, en el municipio de Ríosucio – cuenca del Chintadó. Tiene 280
habitantes. En 1995, 9 familias fueron desplazadas a Panamá; en 1996, las AUC
asesinan a un líder en Turbo; en 1996, hubo un confinamiento por 6 meses por
las AUC; en 1996, recibe a población desplazada afrodescendiente y mestiza por
3 meses; entre 1997 y 1999, se reporta explotación maderera por las FARC en su
territorio; entre 1997 y 2003, denunciaron el bloqueo de alimentos,
medicamentos y movilidad, tortura y señalamientos por las AUC, las Fuerzas
Armadas y las guerrillas; de 1997 a 2002, se reporta el desplazamiento
selectivo de líderes y familias al casco urbano de Ríosucio; en 2001, ocurre el
asesinato de un líder en la comunidad por las FARC; entre 2002 y 2007, se denuncia
explotación maderera por las AUC en el territorio; en 2003, se produce un
desplazamiento de 30 familias wounaan al Parque Nacional Los Katíos; en 2003,
fue receptora de población desplazada afrodescendiente por 15 días; en 2004, se
presenta la ocupación de la comunidad por las AUC por 15 días; se denuncia la
presencia de minas antipersonal y municiones sin explotar; y en 2007, 3 niños menores de un año mueren por
desnutrición. 2. Afectación del pueblo Wounaan por el
desplazamiento forzado. Quizás el
fenómeno que en la actualidad golpea con mayor gravedad al pueblo Wounaan es el
desplazamiento forzado. La severidad de la afectación de este pueblo se ilustra
claramente con la siguiente comunicación, dirigida en octubre de 2008 a
distintas entidades públicas del nivel nacional por las autoridades
tradicionales, describiendo la situación de la que han sido víctimas: “La
Asociación Indígena del Bajo Baudó
ASAIBA, las autoridades y
comunidades indígenas de los pueblos Wounan y Embera de los Resguardos de Rio Orpúa, Santa Rosa de Igua, Bajo Grande, Puerto Chichiliano,
Bellavista-Unión Pitalito, La Jagua Guachal Pitalito, Ordó Sibirú Agua Clara,
Purricha, Pavasa Gella, Doimama Tuma, El Piñal que habitamos en el municipio
del Bajo Baudó en el Departamento del Choco,
denunciamos ante las Entidades
del Nivel Nacional, regional y local, el Ministerio Público, a la Cooperación
Internacional, Nacional y a la opinión publica en general, la grave
situación de violación y vulneración de
nuestros derechos colectivos e individuales como pueblos indígenas, ya que nos vienen desplazando de nuestros
territorios colectivos, amenazando a nuestros líderes, autoridades violando el derecho a la
Autonomía y Derecho propio, nuestra
identidad étnica y cultural , por parte de los actores armados ilegales que
operan en la zona: guerrilla (FARC-ELN), Paramilitares, Los Rastrojos, que
mantienen disputas Territoriales; y
teniendo en cuenta que estamos ubicados
en territorios estratégicos, tienen el objetivo de despojarnos de nuestros
territorios. A
continuación presentamos una relación de los graves hechos que se han venido
presentando en el transcurso de este año: 1.
Desplazamiento de Bajo Grande: Desde el 1 de mayo de
2008 once (11) familias, (38 personas niños, mujeres, hombres, ancianos) de la
comunidad indígena del pueblo Embera, del Resguardo de Bajo Grande, zona rural
de Bajo Baudó, se desplazaron masivamente al casco urbano del municipio de
Pizarro, por las amenazas de
muerte y atropellos por parte de hombres
del grupo ilegal de “Los Rastrojos” que
opera en estos territorios. Después de cuatro meses por la falta de apoyo de
las entidades del gobierno, y ante la
difícil situación humanitaria que
estaban afrontando por fuera de sus
territorios, se vieron obligados a
retornar nuevamente al resguardo, sin
ninguna clase de garantías, ni de seguridad y sin ningún acompañamiento a su
territorio, donde continúa la zozobra y
la inseguridad por la presencia
permanente que hacen los grupos
armados que operan en la zona. 2.
Desplazamiento de la comunidad de Santa
Rosa El pasado 4 de mayo de 2008 hombres
pertenecientes al grupo los
Rastrojos amenazaron de quemar las viviendas, golpearon y atropellaron a cuatro miembros
de la comunidad del pueblo Wounan del Resguardo indígena de Santa Rosa de
Igua en
municipio de Bajo Baudó, por el
temor y buscando la protección
se desplazaron masivamente 13
familias (65 personas mujeres, niños, hombres, jóvenes, ancianos), hacia el territorio del resguardo Unión Chocó en el
municipio de Itsmina, donde permanecieron durante cuatro meses. Después de este tiempo por la difícil
situación humanitaria que les tocó vivir
por fuera de sus
territorios, decidieron retonar y
solicitaron a las entidades del Comité de Atención de Desplazados un Plan
de Retorno y en una actividad de verificación y limpieza del territorio a que se comprometió la comunidad, cuando se desplazaron a desarrollar esta
actividad once familias que se encontraban haciendo las labores de limpieza y preparación para el retorno,
fueron amarradas y golpeadas por hombres del grupo los
Rastrojos, razón por la cual las familias deciden no retornar y se produce un
segundo desplazamiento hacia la cabecera municipal del municipio del Bajo Baudó. Las autoridades
municipales, regionales en el momento
no reconocieron el desplazamiento,
aduciendo que ellos ya habían sido desplazados, por lo tanto no se brindó la
Atención humanitaria, ni medidas de
protección a estas familias, incumpliendo lo establecido en la Ley 387 de 1997,
la Constitución Política (Art.7-8) y los
mandatos de la Corte Constitucional ST-025 y
los Autos. Ante los expuesto por
las Autoridades que no reconocieron este
segundo desplazamiento, se solicitó a
Acción Social la prórroga de la Atención Humanitaria, y hasta la fecha
no se ha dado ninguna respuesta, encontrándose estas familias en una grave
crisis humanitaria, donde no se están garantizando los derechos a la alimentación, educación, salud y la
protección de nuestros derechos colectivos como comunidades indígenas. 3.
Desplazamiento Resguardo de Puerto Chichiliano El dos de septiembre del presente año dos miembros de la comunidad del pueblo
Wounan del resguardo Puerto Chichiliano, los comuneros [XX y YY] mientras se encontraban
adelantando la actividad de la cacería, fueron privados de la libertad y amenazados de quemar sus viviendas por
parte de miembros de la Banda los Rastrojos,
adicionalmente los enfrentamientos armados que se presentaron entre la Guerrilla
y los Paramilitares, situación
que produjo pánico y temor a la comunidad que provocó el desplazamiento masivo
de 24 familias (124 personas niños,
mujeres, jóvenes, ancianos), hacia el
territorio de Bellavista Unión Pitalito
y a orillas del Río Docampadó. Ante la Personería del Bajo Baudó se presento la denuncia y el
censo de las familias desplazadas, para
que las entidades procedieran a dar la Atención por el desplazamiento, y hasta la fecha no se ha recibido ni la
Atención Humanitaria de Urgencia, ni de Emergencia por parte de las entidades
del nivel local, regional y nacional, como tampoco las medidas de protección,
estipuladas en las políticas y normatividad del desplazamiento Forzado. 4. Amenazas
Selectivas a líderes indígenas Wounan de
las comunidades de los Resguardos de Bella Vista - Unión Pitalito El día 4 de octubre del presente en el casco
urbano del Municipio del Bajo Baudó a las 7:30 a.m llegaron dos hombres armados interceptaron a [XX – líder comunitario indígena], a quién le colocaron el revólver en la frente
y empezaron a averiguar y a pedir datos
e información de miembros líderes de la comunidad, que tenían registrados en una liste en un computador portátil, a quién le
informaron que les estaban pagando $800.000 por la cabeza de cada uno de los líderes por los que estaban averiguando, y que a continuación
relacionamos: [sigue la lista de los líderes amenazados]” No
se trata de un fenómeno reciente que afecte al pueblo Wounaan; de hecho, han
sufrido varios desplazamientos graves en el pasado. Por ejemplo, los primeros
días de abril de 2006 hubo un desplazamiento masivo de comunidades wounaan de
la parte media del río San Juan: Unión Chocó, San Cristóbal, Olave Indio (de
Istmina), y la comunidad embera de Macedonia (Medio San Juan), a la cabecera
municipal de Istmina. Tres causas principales motivaron estos desplazamientos:
amenazas y asesinatos selectivos de líderes indígenas wounaan por las FARC;
señalamientos a miembros de la comunidad de ser informantes del Ejército, y oposición
a un censo de las FARC en la zona entre las comunidades indígenas; y el “deseo de visibilizar la situación de
violencia que viven las comunidades asentadas en la parte media del río San
Juan, por la presencia de actores armados ilegales, los cultivos de uso ilícito
y la falta de una presencia estatal diferente a la militar”. Los
hechos son descritos así por las autoridades tradicionales en su comunicación a
la Corte Constitucional: “Dada la importancia de
los cultivos de uso ilícito para los actores armados ilegales de la región,
algunos profesores de la comunidad indígena Unión Wounaan que habían
manifestado su preocupación por la vinculación de jóvenes de su comunidad como
raspachines de hoja de coca, fueron objeto de amenazas directas de miembros de
las FARC, quienes desde el 15 de marzo se habían presentado también ante la
comunidad Unión Chocó realizando un censo para el control del personal de la
región, terminando con la lectura de una lista de seis líderes indígenas de la
comunidad para ser asesinados en el menor tiempo posible. El día 30 de marzo un
profesor del centro educativo Genaro Opua Quiro, en la comunidad Unión Wounaan,
fue sacado del aula de clase por dos guerrilleros de las FARC y encontrado
posteriormente sin vida y con signos de tortura a 2 Km. de la comunidad en el
sitio llamado Boca de Paidó.” Acción
Social registró como población desplazada a 270 familias – 1238 personas -642
hombres, 596 mujeres, 318 niños menores de 7 años. Pero la Defensoría y otras
fuentes registraron a 148 familias (738 personas). El
3 de abril se reunió el CMAIPD de Istmina, con Acción Social, ACNUR, la
Iglesia, OCHA, OPS, los gobernadores indígenas y el CICR; adoptó un plan de
contingencia, el “Plan de emergencia de Istmina y medio San Juan”, que preveía
la llegada de población desplazada a Istmina pero no tanta como de hecho llegó.
“Finalmente, las comunidades fueron
alojadas bajo condiciones de hacinamiento en cuatro albergues dispuestos en el
municipio, uno de ellos sin piso y los otros sin paredes ni separadores
interiores. La situación se hizo aún más grave debido a que personas afectadas
en su salud algunos por brotes de varicela y otros por tuberculosis –se hablaba
de 12 personas con TBC) no fueron propiamente identificadas, y convivieron por
varios días con personas sanas…”. Recibieron
ayuda humanitaria de emergencia en los albergues por el CICR, Acción Social,
ACNUR, OPS y las entidades territoriales. “La
ayuda alimentaria recibida en las comunidades por parte del CICR, consistió en
provisiones que se ajustan a los parámetros internacionales en cuanto a ración
de productos alimenticios, pero no a las costumbres y la cultura de pueblos
indígenas. Quizá por esta razón los alimentos no fueron consumidos o bien
aprovechados. Esta situación generó en los menores de edad afectaciones por
enfermedad diarréica aguda, acompañada por vómito y fiebre, y agudizada por la
presencia previa de parásitos intestinales y condiciones de desnutrición”. Tuvieron
atención en salud por brigadas a los albergues de atención, prevención y
vacunación, por el hospital Eduardo Santos de Istmina, DASALUD Chocó, OPS,
Médicos Sin Fronteras. Estos junto con UNICEF proveyeron tanques para agua
potable y filtros. “Durante el
desplazamiento de estas comunidades indígenas se dieron 3 muertes de menores,
estas muertes según lo corroborado con la OPS y el Hospital Eduardo Santos,
respondían a patologías crónicas anteriores al evento de desplazamiento. En uno
de los casos la negativa de los padres a permitir la remisión del menor a Quibdó
fue determinante”. En
cuanto al retorno: la mayoría de las comunidades retornaron en mayo pese a la
inseguridad, presencia de actores armados y precaria presencia de la Fuerza
Pública. “Según Acción Social el retorno
surtió los criterios de seguridad, voluntariedad y dignidad. Sin embargo, según
la Defensoría regional, la personería municipal y la información recogida en
terreno, después de una consulta al interior de las comunidades indígenas y
acuerdos posteriores a divisiones internas que se presentaron durante el tiempo
del desplazamiento, éstas decidieron retornar dadas las inadecuadas condiciones
en las que se encontraban en los albergues, y optaron por pedir a los actores
armados que actuaban en sus zonas que les permitieran hacerlo”. Los 12 líderes
amenazados se refugiaron con sus familias en Panamá. La
Defensoría aclaró su oposición al retorno, porque para el 20 de mayo seguía
habiendo desplazamientos de otras comunidades en la misma zona de conflicto. Los
datos de terreno confirman que un grupo de familias continúa en Istmina – esto
es, no retornó. La
Comisión de Verificación constató el incumplimiento parcial de los compromisos
del Estado en educación, salud y acompañamiento; se entregaron kits
agropecuarios por Acción Social, pero persistía el riesgo por los actores
armados y los cultivos ilícitos. 3. Respuesta estatal a
la situación. La
única indicación que se ha provisto a la Corte Constitucional sobre la
respuesta del Estado a la grave situación del pueblo Wounaan, es la siguiente,
comunicada en el informe de Acción Social en respuesta al Auto 251 de 2007: “El 9 de mayo de 2006 se inicia el proceso de
evaluación y concertación de un posible retorno de las comunidades: Unión
Chocó, Olave, Macedonia, San Cristóbal y Unión Wounaan. Se valoran y establecen
compromisos en los componentes de Seguridad y Protección, Seguridad
alimentaria, Desarrollo Agropecuario, Educación, salud y saneamiento básico. En
la evaluación de seguridad realizada, Acción Social no recomienda la
realización del retorno, aun así las comunidades deciden retornar, los días 22
y 23 de mayo, se produce el retorno de las 5 comunidades desplazadas. Por lo
menos 20 hogares familiares de las víctimas no retornaron. Posterior al proceso
de retorno, en el mes de junio de 2006, Acción Social, en coordinación con la
administración municipal, adelantó el apoyo a un proyecto de seguridad
alimentaria para los 270 hogares retornados, con un costo de $109’134.000.” SITUACION DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS DE LA REGION ANDINA COLOMBIANA I. Situación del pueblo
indígena Awá ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Awá ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los principales
documentos que se han tenido en cuenta para este acápite son los siguientes:
(1) Informe Defensorial sobre la situación de derechos humanos y Derecho
Internacional Humanitario del pueblo indígena Awá, departamento de Nariño,
Colombia – Defensoría del Pueblo, junio 30 de 2007. (2) Comunicación del Comité
de Desplazados Awá del municipio de Ricaurte a la Corte Constitucional –
magistrado Manuel José Cepeda, 31 de mayo de 2007. (3) Comunicado de la
Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas Awá – CAMAWARI, 25 de julio
de 2006. (4) Informe titulado “Situación actual del pueblo indígena Awá-UNIPA-,
Departamento de Nariño”, por UNIPA – Septiembre de 2006. (5) Comunicación de
las autoridades indígenas del Putumayo a Luis Alfonso Hoyos y la gerente de
USAID, 31 de julio de 2006. (6) Informe de la Comisión de Seguimiento a la
Política Pública de Atención al Desplazamiento Forzado a la Corte Constitucional,
marzo 14 de 2007, con reportes sobre la situación de los pueblos Kankuamo, Awá,
Embera y Nukak-Makú. (7) Intervención de los representantes del pueblo Awá –
UNIPA y CAMAWARI. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Awá por el conflicto armado. Los
derechos fundamentales individuales y colectivos del pueblo Awá están sujetos a
violaciones de naturaleza “permanente, sistemática y generalizada”, derivadas
de infracciones constantes del Derecho Internacional Humanitario por todos los
actores enfrentados en el conflicto armado colombiano. Es de tal gravedad esta
afectación, que la Defensoría del Pueblo en Nariño emitió en 2007 un informe
defensorial como mecanismo para visibilizar su crítica situación. Para la Corte
Constitucional no cabe duda de que el pueblo Awá atraviesa por una crisis
humanitaria de proporciones desmesuradas y sin antecedentes en la historia de
los pueblos indígenas colombianos, que les pone en claro riesgo de exterminio
por el conflicto armado. En
Colombia tiene 40 resguardos constituidos y 10 en proceso de constitución, 26
asociados a UNIPA (Unidad Indígena del Pueblo Awá), 11 a CAMAWARI (Cabildo
Mayor Awá de Ricaurte); en Putumayo están 8 resguardos constituidos y 5 en
proceso en ACIPAP (Asociación de Cabildos Indígenas del Pueblo Awá del
Putumayo). Los
Awá en Colombia están ubicados principalmente en los departamentos de Nariño y
Putumayo. En Nariño, están agrupados en dos grandes organizaciones con distinta
cobertura geográfica: UNIPA (Unidad del Pueblo Awá), que abarca 26 cabildos, 22
con sus territorios constituidos y 4 en proceso de constitución, y CAMAWARI
(Cabildo Mayor Awá de Ricaurte), que abarca 11 cabildos con sus territorios
constituidos. En Putumayo, están agrupados en la Asociación de Cabildos Indígenas
del Pueblo Awá del Putumayo (ACIPAP), que abarca 17 resguardos reconocidos, y 5
en proceso de titulación, en los municipios de Villagarzón, San Miguel, Puerto
Asís, Orito. También hay presencia del pueblo Awá en Ecuador. No
hay datos exactos de la población, por distintos factores: dispersión
geográfica en zonas de difícil acceso; baja densidad, e inexistencia hasta hace
poco de centros poblados; e invisibilización por las autoridades. Los Awá de
Nariño se calcula que son aproximadamente 25.800 personas, 4400 familias, 38
cabildos, 32 resguardos en 5 municipios - Tumaco, Barbacoas, Roberto Payán,
Samaniego y Ricaurte. Los estudios poblacionales entre 1990 y 2005 fluctúan en
diagnósticos de entre 15000 y 25000 personas. El censo del DANE de 2005 informa
que hay 15400 personas en UNIPA y 10476 en CAMAWARI. El
pueblo Awá ha sido afectado por varios factores estructurales que en su
conjunto amenazan su integridad étnica: altas migraciones de no indígenas
(afrodescendientes, colonos, mestizos y campesinos) al territorio; la llegada
de la coca, el narcotráfico y las fumigaciones; la violencia extrema del
conflicto armado; y el desplazamiento forzado. Esta situación incide
directamente sobre su tejido social y su integridad cultural. La
gravedad del problema de expansión de cultivos de coca para narcotráfico, se
liga directamente a la política antinarcóticos en Caquetá, Putumayo y Cauca que
los llevó a Nariño, generando presencia de población cocalera en la región que
busca su sustento, causando así presión social y económica en el territorio
Awá. En efecto, el crecimiento de los cultivos de coca entre 1999 y 2004 en
Nariño ha sido exponencial. La expansión de cultivos ilícitos se vincula
también a la expansión territorial de los narcotraficantes a través de la
compra de tierras en Tumaco, Barbacoas e Ipiales desde los años 90, y a la
condición periférica del departamento que genera virtual ausencia del Estado,
lo cual permite el auge del narcotráfico y del tráfico de insumos,
procesamiento, transporte y exportación. La
penetración del narcotráfico en el territorio hizo más vulnerables a los Awá y
generó cambios en las dinámicas socioeconómicas locales y la configuración del
conflicto, por la invasión del territorio, la violencia, la descomposición
social, y la aculturación de los jóvenes. Además el auge de los monocultivos
lícitos e ilícitos en la región ha generado cambios en la estructura de la
tenencia de la tierra: ahora priman latifundios para la explotación industrial
de diferentes productos. También ha causado cambios ambientales por la
destrucción de la selva. La presencia de cultivos y laboratorios de coca, por
la inseguridad, también afecta la movilidad por los caminos tradicionales,
afectando el tránsito hacia lugares de trabajo, caza, pesca y actividades
culturales. La llegada de los cultivos de coca, por otra parte, encareció la
tierra, con múltiples efectos negativos para los Awá: (i) restricción de
posibilidades de adquirir nuevos predios para ampliar sus resguardos y
recuperar su territorio tradicional; y (ii) generación de oportunidades
económicas para las familias Awá que necesitan dinero y venden la tierra. Hay
problemas asociados de venta indebida de parcelas dentro de los resguardos, y
de presencia de población no indígena, que causa choques y conflicto. También
se ha reportado que los colonos se apropian de las tierras indígenas y dentro
de los resguardos para sembrar coca, mediante la violencia y el engaño. Los
indígenas mismos han denunciado públicamente que tienen graves problemas con los
cultivos de coca, “que están generando la destrucción del territorio y altos
grados de violencia, descomposición y cambio cultural de nuestro pueblo”. La
economía del narcotráfico ha afectado a familias y comunidades, generando
rupturas culturales, especialmente entre los jóvenes, por afectación de la
autoridad familiar y tradicional; “De
igual manera, si ponen cultivos de coca o laboratorios, se están cerrando los
caminos por donde tradicionalmente pasamos, y no se nos permite salir
libremente de cacería o pesca afectando nuestra cultura y la alimentación de
nuestras familias. También hay atracos, robos, peleas y muertos y es la sangre
indígena de nuestros hijos la que está pagando la bonanza de este negocio”.
La presión ejercida por la presencia del narcotráfico en la región puede
desembarcar en la vinculación forzada de familias indígenas a las actividades
ilegales, o en el desplazamiento forzado de quienes se oponen, su amenaza o su
muerte. El
incremento de los cultivos de coca implica un aumento en las estrategias de
erradicación por fumigación, sin consulta previa, y con quejas por los
indígenas de afectación de cultivos de pancoger, de animales y del medio
ambiente – en este sentido han informado que se ha afectado la pesca por la
contaminación de las aguas, y se ha generado la destrucción de la selva. Según
han denunciado las autoridades Awá, ello ha traído repercusiones negativas
sobre la salud, principalmente problemas dermatológicos, digestivos,
respiratorios y visuales, especialmente en los niños y adultos mayores. Las
autoridades Awá han reportado en numerosas oportunidades en el curso de los
últimos años distintas afectaciones a su salud por las fumigaciones
indiscriminadas. En efecto, según consta en el Informe Defensorial que se ha
citado anteriormente, los Awá han presentado denuncias por más de 145 casos de
afectación por fumigaciones indiscriminadas de cultivos ilícitos. Según
denuncian, no se ha dado cumplimiento a la sentencia SU-383/03 sobre consulta
previa. La siguiente es una compilación hecha por la Defensoría del Pueblo de
Nariño sobre las quejas presentadas por el pueblo Awá a este respecto: DENUNCIAS DE CASOS DE
FUMIGACIONES Y DAÑOS FISICOS Y MATERIALES EN RESGUARDOS DEL PUEBLO AWA
2000-2006
Elaborado
por la Defensoría del Pueblo29. El
problema del narcotráfico ha catalizado la afectación del pueblo Awá por el
conflicto armado. En efecto, según denuncian los mismos indígenas, el auge de
los negocios ilícitos ha atraído a los actores armados, desencadenando en su territorio
una espiral de violencia que hoy en día les ha diezmado y amenaza con disolver
su estructura cultural y su integridad misma como pueblo: “Es a partir del año 2000, cuando se enfrentan los grupos guerrilleros
y los paramilitares y se da inicio a la militarización del departamento y
específicamente la ocupación del territorio Awá, que hemos tenido que vivir un
escalamiento sin precedentes del conflicto armado en la región. A raíz de esto
hemos visto como cada año caen más compañeros Awá víctimas de esta guerra que
no es nuestra. Hoy en día tenemos que soportar constantes violaciones a las
normas de vida y convivencia heredadas de la montaña desde tiempos
inmemoriales, y a lo que ustedes llaman los Derechos Humanos y el DIH. Los
grupos armados ilegales han señalado, violado a nuestras mujeres, amenazado,
secuestrado, asesinado y desaparecido a nuestros líderes y autoridades
tradicionales. (…) Así mismo, estos grupos han cometido torturas, muertes
selectivas y masacres de nuestros familiares. A los jóvenes cada vez los
acechan más condenándolos al reclutamiento forzado y a la persecución de sus
familias en caso de deserción. La presencia de actores armados ilegales en
casas, escuelas y demás lugares pone en riesgo a nuestra población
convirtiéndola en objetivo militar. También hemos tenido accidentes causados
por minas antipersonales y vemos cómo cada vez más se nos restringe el tránsito
por nuestra montaña. // La respuesta del Estado colombiano frente a esta
situación se ha limitado a la militarización de toda la zona incluyendo
nuestros resguardos. Esto en vez de traducirse en mayor seguridad para nuestras
familias se ha convertido en un problema más para nosotros. Constantemente
tenemos casos de señalamientos, abusos de autoridad y detenciones ilegales de
compañeros indígenas que en muchas ocasiones ni siquiera hablan el castellano,
siendo estos claros casos de discriminación que violan los principios de la
presunción de inocencia y del Hábeas Corpus. En casos más graves hemos sido
víctimas de amenazas, torturas, maltratos físicos y tentativas de violación de
mujeres y mutilación de partes del cuerpo. Injustamente la presencia de la
fuerza pública viene acompañada por el saqueo de las casas y el robo de
nuestros animales y enseres del hogar, los cuales son consumidos o vendidos
posteriormente en los poblados de la carretera. En varias ocasiones hemos
sufrido la injusta muerte de indígenas Awá a manos de la Fuerza Pública (ej.:
Hermínzul Pascal y Marco Aurelio Nastacuás entre otros…), quienes posteriormente
los visten con prendas camufladas e inventan que eran guerrilleros y que fueron
muertos en combate. Los testimonios de la comunidad, avalados por los
gobernadores indígenas, no son tenidos en cuenta y estos casos han quedado
todos completamente impunes. (…) Además de esto, somos objeto permanente de
enfrentamientos, empadronamientos ilegales, toma de fotografías, control sobre
la entrada de remesas para los restaurantes escolares, irrespeto de la
autonomía de nuestra emisora radial ‘La Voz de los Awá’, y de infracciones
constantes al DIH, como por ejemplo el desconocimiento del principio de
distinción, la presencia, permanencia e instalación de campamentos (con varios
días de estadía) en zonas habitadas como escuelas, centros comunales, casas de
familia, etc…, el desplazamiento de los compañeros Awá de sus casas y fincas,
desconocimiento de las autoridades Awá, de sus competencias y de sus derechos y
responsabilidades reconocidos constitucionalmente para el control y gobierno
sobre sus territorios, la corrupción y demás abusos que rompen nuestro tejido
social y nos dejan viviendo rodeados por el miedo y la intimidación”. Las
guerrillas estaban presentes en Nariño desde hacía 20 años: las FARC – Frentes
2 y 29, compañías móviles Mariscal Antonio José de Sucre y Daniel Aldana; y el
ELN – compañía Mártires de Barbacoas, Héroes del Sindagua. Aproximadamente
desde el 2000, ingresan al departamento los paramilitares – AUC, Bloque Central
Bolívar – Frente Libertadores del Sur. En paralelo, se incrementa desde entonces
el cultivo de coca (que ya estaba presente desde los 90); y se intensifican por
decisión expresa del Gobierno las actuaciones de las Fuerzas Armadas, a partir
de la reorientación del Plan Colombia, que determinó a Nariño como uno de los
departamentos de mayor incremento de cultivos ilícitos en el país y como parte
de la ofensiva contraguerrillera. La frontera con Ecuador y la salida al
Pacífico hacen de Nariño una zona estratégica muy importante para los actores
armados, para desarrollar acciones bélicas-militares y para consolidar sus
intereses en el narcotráfico. La situación actual se empieza a gestar a
principios de los 90, pero se intensifica exponencialmente desde 2001 con la
ejecución del Plan Colombia en Putumayo, con operaciones antinarcóticos y
contrainsurgentes que han trasladado los cultivos de coca y las rutas de
comercialización a Nariño, en especial a la zona del Pacífico sobre territorios
indígenas y afrodescendientes. Hay un fortalecimiento consiguiente de los
actores armados en Nariño, que ha redundado en detrimento de los derechos
fundamentales básicos de la población civil. Distintas fuentes coinciden en
señalar a Nariño como uno de los departamentos más afectados por el conflicto
armado, con altos índices de desplazamiento, secuestros, homicidios,
desapariciones, masacres, víctimas de minas antipersonal y municiones sin
explotar, y otras violaciones al DIH y los derechos humanos. En
2005, con la desmovilización del Bloque Central Bolívar de las AUC se genera
una reconfiguración de las estructuras paramilitares en la región, que según
han denunciado múltiples fuentes, continúan operando y ejerciendo actividades
económicas ilícitas, con otros nombres. Pese a la desmovilización de algunos
miembros de las AUC – Bloque Libertadores del Sur en julio de 2005, es un hecho
público la presencia y control de territorios por grupos de paramilitares,
caracterizados por el Gobierno como “bandas emergentes delincuenciales
organizados al servicio del narcotráfico”, o como “grupos de recomposición paramilitar”,
que incluyen, entre otras: Los Rastrojos, las Organizaciones de Nueva
Generación, Águilas Negras, AUC, AUI (Autodefensas Unidas Ilegales), Bloque
Pacífico, Desmovilizados del Bloque Pacífico, AUC de Don Berna, Mano Negra. Igualmente,
hay denuncias constantes de operativos contrainsurgentes por la Fuerza Pública
que afectan a la población civil por sus efectos indiscriminados: “Entre los
principales operativos desarrollados en Nariño están: Operativo Camawari,
Operación Libertad (abril de 2006 en Ricaurte, Mallama, Altaquer-Barbacoas),
Operación El Gladiador (2005), y Operación Tornado (desarrollada desde el 11 de
julio de 2006 en Ricaurte y la zona rural).” Estas operaciones y la
contraofensiva de la guerrilla, se desarrollan en territorios de resguardos
indígenas afectando principalmente a sus comunidades. Esta
reconfiguración e intensificación del conflicto ha incrementado las violaciones
de derechos humanos y del DIH en Nariño y específicamente contra los Awá, a
través de incursiones, amenazas, intimidaciones, asesinatos, desplazamiento de
comunidades, ataques a la infraestructura, reclutamiento forzado de jóvenes,
uso de informantes de la población civil, entre otras. En efecto, los indígenas
Awá han sido objeto de violaciones de sus derechos humanos y del DIH por parte
de la guerrilla y los paramilitares, y en algunos casos por miembros de la
Fuerza Pública, bien sea por estigmatización como colaboradores del otro bando,
o bien sea porque se afecta su gobernabilidad y autonomía en el control del
territorio y jurisdicción propia, teniendo en cuenta que han incrementado las
amenazas y atentados contra los líderes. Los Awá siempre se han opuesto a la
presencia de actores armados en sus territorios, exigiéndoles que respeten su
autonomía y abandonen sus territorios para no involucrarlos en el conflicto; se
niegan a ser parte de los grupos armados ilegales o a colaborar con ellos, y
han denunciado y rechazado su presencia en el territorio, pues los llevan a ser
constantemente víctimas de amenazas, señalamientos, acusaciones de apoyar al
bando contrario, o ser partes de él. A
pesar de ello, manifiestan que son víctimas permanentes e indefensas de
violaciones de derechos humanos y el DIH por la ocupación militar de sus
territorios, el abuso de las autoridades, intimidación, saqueo, pillaje,
homicidio, desaparición forzada, tratos crueles, inhumanos o degradantes,
tortura, desplazamientos forzados, persecuciones, amenazas de muerte,
señalamientos, enfrentamientos armados en las poblaciones indígenas, ocupación
y destrucción de bienes protegidos tales como sitios comunitarios, viviendas, o
escuelas, y detenciones arbitrarias – todos estos gravísimos crímenes se han
convertido en aspectos cotidianos de su vida como pueblo. Entre
2004 y 2005 la Defensoría ha producido 5 informes de riesgo referentes a
municipios donde se asienta el pueblo Awá. Adicionalmente, la Defensoría ha
enviado múltiples comunicaciones, oficios y requerimientos a distintas
autoridades con competencias de protección. En tales informes de riesgo se “visibiliza la problemática de vulneración
reiterada de derechos fundamentales, la ingobernabilidad histórica y creciente
del Estado, la impunidad ante el considerable número de asesinatos, masacres,
territorios minados, los desplazamientos individuales y/o masivos entre
veredas, confinamiento y bloqueos a las comunidades, así como el reclutamiento
forzado de menores y adultos de ambos sexos”. Desafortunadamente, tales
informes de riesgo han sido inefectivos, y no han servido para paliar la grave
situación de esta etnia. Además el seguimiento de la situación por la
Defensoría le ha “permitido identificar los factores causantes de la
desestructuración del tejido social de las comunidades que habitan en esta
región del país, factores entre los que se encuentran: -
El predominio de condiciones de pobreza y miseria en la población. -
La carencia de inversión social y física por parte de las autoridades
regionales, locales, y del ámbito central. -
La penetración de actores armados ilegales en el territorio y el tejido social,
con la finalidad de construir pautas y normas de identificación que respondan a
proyectos subversivos o contrainsurgentes. -
El ingreso de las fuerzas del orden a los territorios como ejércitos de
ocupación, deslegitimando aún más la gobernabilidad del Estado. -
El constante flujo de personas trashumantes, situación esta que fractura las
unidades asociativas y los mecanismos de solidaridad establecidos, e implantan
prácticas foráneas desligadas del entorno social. -
La movilización de las comunidades reivindicando sus derechos económicos,
sociales, culturales y políticos, en desarrollo de las cuales sus líderes son
ubicados e identificados para luego ser objeto de amenazas, detenciones
arbitrarias, desapariciones y homicidios selectivos. -
La estigmatización y señalamiento de los movimientos sociales como afines a los
proyectos insurgentes o contrainsurgentes. -
La expansión de las fronteras agrícolas con cultivos de uso ilícito (alejando
las fronteras de los centros de aglomeración y articulándolas con territorios
externos), y la inserción de los lugareños en los circuitos ilegales. -
La aspersión con glifosato y la erradicación manual de los cultivos de hoja de
coca. -
La desestabilización de la sostenibilidad alimentaria y la migración de mano de
obra nativa. -
La exacerbación de la guerra por el control de áreas sembradas con cultivos de
coca sin fumigar.” En
cuanto a los asesinatos de miembros del pueblo Awá, la información aportada por
múltiples fuentes, especialmente la Defensoría del Pueblo, indica que los Awá
de Nariño han sido asesinados por los actores armados por múltiples razones: a)
por equivocación o señalamientos infundados; b) por negarse a colaborar con los
grupos armados presentes en sus territorios; c) por ser señalados de colaborar
con alguno de los actores armados; d) por intentar huir de los actores armados.
Algunos habían sido amenazados con anterioridad. Muchos eran líderes o
autoridades que habían sido intimidados. Por el temor de los indígenas a
denunciar, hay un alto subregistro del número real de asesinatos; según la
Defensoría, “señalaron los líderes que
hay un subregistro de esta información, ya que muchas veces prefieren no
denunciar hechos que conocen, para evitar que otros miembros de sus familias
sean también asesinados”. Se
ha reportado a la Corte la comisión de graves crímenes. En algunas ocasiones se
atribuyen los asesinatos de indígenas Awá a miembros de la Fuerza Pública, los
cuales posteriormente los reportarían como guerrilleros dados de baja en
combate. En términos del informe defensorial que se cita, “en los relatos que hacen los indígenas de los asesinatos, en los que
presuntamente la Fuerza Pública es responsable, se deja ver que primero las
víctimas son retenidas, luego maltratadas verbal y físicamente, para
posteriormente ser asesinados y reportarlos como guerrilleros muertos en
combate. // Además, los indígenas Awá señalan que las unidades del Ejército
Nacional que hacen presencia en sus territorios no sólo asesinan a los indígenas,
sino que les roban la comida de los restaurantes escolares, los cultivos de
pancoger y las especies menores (aves de corral y animales de cría).
Igualmente, expresaron que el resto de miembros de la comunidad son maltratados
verbal y físicamente, generando miedo y posteriores desplazamientos”.
También se ha informado que algunos miembros de las Fuerzas Armadas acusan a
los Awá de ser guerrilleros o auxiliadores de la guerrilla, o de estar
involucrados colectivamente en el narcotráfico. Señalamientos generales de esta
índole habrían sido hechos por las autoridades militares y civiles, vinculando
a los indígenas a la guerrilla o a los narcotraficantes, y exponiéndolos a
represalias. La estigmatización que denuncian viene del Ejército, la Policía y
otros organismos de seguridad. Por
otra parte, la vinculación de los miembros del pueblo Awá al conflicto armado a
través del uso de indígenas como informantes los expone a ellos y a sus
comunidades a retaliaciones del bando contrario. En numerosos casos, los
indígenas y especialmente los líderes Awá han sido víctimas de amenazas en
virtud de señalamientos o de falsas informaciones allegadas contra ellos. Son
pocas las denuncias de las amenazas, pero vinculan a todas las partes en el
conflicto armado, y revelan la preferencia de amenazar a los líderes: hay
amenazas a líderes, directivos de organizaciones awá, individuos indígenas,
familias y comunidades. También
se han presentado varias denuncias de reclutamiento forzado de niños y jóvenes
Awá por las guerrillas y los paramilitares. A este respecto, debe anotarse que
la percepción por los indígenas de la postura del Estado como agresor incentiva
el reclutamiento de jóvenes por la guerrilla. Igualmente,
se denuncian graves restricciones a la movilidad de personas, alimentos y
medicamentos por los actores armados, incluida la Fuerza Pública, dentro del
territorio Awá; en particular, se denuncia la requisa, revisión y control
permanente de los mercados que van para las comunidades, incluidos aquellos que
se dirigen a los centros educativos. Mencionan que la libertad de locomoción
por el territorio se ve drásticamente afectada por los enfrentamientos armados
dentro del territorio, por las prohibiciones de circulación impuestas por los
grupos armados y la Fuerza Pública, y por el temor generalizado entre la
población. Los confinamientos y bloqueos han sido descritos así por las
comunidades: “Las estrategias adoptadas
por los actores armados legales e ilegales son múltiples y se aplican
dependiendo de las características de la zona, así como de la situación de
orden público. La fuerza pública, principalmente recurre a los controles y la
retención de remesas, insumos como tejas o materiales de construcción y
gasolina necesaria para la movilidad del pueblo Awá por los ríos. Así mismo,
adelanta requisas y fuertes controles sobre el tránsito por los caminos en
zonas rurales, muchas veces acompañados por abusos en el uso de la fuerza,
maltratos, señalamientos, etc. La intimidación, es por lo tanto una clara
estrategia para impedir el tránsito de la población civil por los caminos,
encerrando a los Awá dentro de sus territorios e interrumpiendo sus cadenas
comerciales y sociales. Hay reportes de que la fuerza pública ha confinado a la
población civil durante enfrentamientos armados con grupos guerrilleros,
maltratándola, negándoles la realización de los derechos fundamentales y
usándola como escudo humano. // Por otra parte, los grupos armados restringen
en muchas regiones la movilidad de la población civil después de las 8 de la
noche. Las personas que incumplen con esta medida corren el riesgo de ser
acusadas y ajusticiadas por los grupos armados, quienes advierten que esa
desobediencia puede ser castigada de manera ejemplar con la muerte. (…) Finalmente… en zonas rurales de permanencia
y control territorial de los grupos armados, éstos ejercen un fuerte control
sobre la movilidad de los habitantes de la región. Es así como, por ejemplo,
les exigen a las mismas familias indígenas enviar a los comandantes de estos
grupos permiso de ingreso o egreso de los resguardos, argumentando las razones
de la movilidad, los lugares de partida y destino y el tiempo de permanencia.
El incumplimiento puede ser castigado hasta con la muerte”. También
hay un grave problema de minas antipersonal sembradas dentro del territorio
Awá, en lugares cercanos a las comunidades o en sitios de tránsito
estratégicos. En muchos casos, las víctimas de estos aparatos letales son
niños. En el Auto 251 de 2008, la Corte Constitucional documentó una de estas tragedias:
“en Samaniego (Nariño) en las semanas previas a la adopción de la presente
decisión, tres niños indígenas Awá –Dumar Alexander, Leuvar y José Dilmer Pai
Nasticum- murieron al pisar una mina antipersonal cuando regresaban a su hogar
en el resguardo de Planadas Telembí luego de pescar en un río aledaño. Dos de
ellos murieron instantáneamente, y el tercero pocos minutos después sin
posibilidad alguna de recibir atención médica de emergencia.30” Este
es solo un ejemplo del tipo de infamias a las que está expuesto el pueblo Awá
en el marco del conflicto armado que penetró su territorio. En
criterio de la Defensoría del Pueblo, “es claro que la confrontación armada no
solo está profundizando las contradicciones estructurales existentes, sino que
además está dejando una herencia traumática en las mentes de los indígenas, las
cuales quedarán grabadas en la memoria de jóvenes y niños, generando un
panorama de desesperanza. Asimismo, está rompiendo las prácticas sociales que
articulan y vinculan a los indígenas con su territorio, lo que origina
prácticas de desarraigo y refuerza la exclusión y marginalidad de los
moradores” Por
último, debe resaltarse que la presencia de actores armados en el territorio
vulnera el derecho a la autonomía, porque esos actores suplantan el ejercicio
de la autoridad por las autoridades indígenas en cuanto al manejo del
territorio y el ejercicio de la jurisdicción indígena. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. La
sucesión de crímenes de los que han sido víctimas los miembros del pueblo
indígena Awá en el marco del conflicto armado es amplia, y hasta la fecha no ha
sido valorada en sus reales dimensiones, incluidas las penales. La Corte
Constitucional considera ilustrativo el siguiente cuadro, elaborado por la
Defensoría del Pueblo, en el cual se resumen las quejas recibidas por esta
dependencia estatal en los últimos años sobre violación de derechos humanos de
indígenas Awá en el marco del conflicto armado:
CUADRO RESUMEN DE QUEJAS VIOLACION DERECHOS
PUEBLO AWA DE NARIÑO31
Los
crímenes no se han detenido con posterioridad a la adopción de este informe por
la Defensoría del Pueblo. Así, en marzo 26 de 2008, se reportó que cuatro
indígenas Awá fueron asesinados en la frontera con Ecuador: “Un grupo armado no identificado
asesinó a cuatro nativos de una comunidad del pueblo colombiano de los awa,
establecida cerca de la frontera sur con Ecuador. El Comité Permanente por la Defensa de los
Derechos Humanos (CPDH) dijo que la masacre fue cometida la noche del sábado
pasado en Vegas Changüí Chibusa, resguardo de los awas en las montañas de
Ricaurte, zona limítrofe con Nariño. “Los indígenas Alonso Rosero Moreano,
Johny Sotelo Rosero, Paulino Fajardo Marín y Manuel Antonio Rosero recibieron
tiros de fusil”, agregó la Organización No Gubernamental (ONG), que advirtió
que la masacre se registró días después de que la Fiscalía lanzara en la zona
una redada de detención masiva de aborígenes. La muerte de estos awas se
registró cuando las autoridades militares avanzan en grandes operaciones en la
misma región, añadió el CPDH, al apuntar que “curiosamente los asesinos actúan
con la mayor libertad para ejecutar sus crímenes”. Esta comunidad indígena hace
parte del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, grupo que
convocó la movilización contra los grupos paramilitares llevadas a cabo el
pasado 6 de marzo en decenas de ciudades del país y el exterior.La protesta
desató una campaña de amenazas y hostigamientos por parte de la nueva
organización paramilitar Águilas Negras. Desde comienzos de mes, cinco
dirigentes sindicales de organizaciones que se adhirieron a esta protesta han
sido asesinados.33” 3. Afectación del pueblo
indígena Awá por el desplazamiento forzado. La
gravísima exposición del pueblo Awá a los crímenes cometidos en el marco del
conflicto armado, según se acaba de exponer, les ha transformado en una de las
etnias más afectadas por el fenómeno del desplazamiento forzado en el país. Los
desplazamientos individuales y masivos se han dado como consecuencia necesaria
de cada uno de los crímenes relatados en el segmento precedente; el temor que
naturalmente infunden estos hechos en la población ha causado un fuerte
movimiento poblacional que amenaza la integridad y supervivencia misma de esta
etnia. Además
de los desplazamientos forzados causados por los crímenes cometidos y por el
temor de la población, en términos generales, el desplazamiento forzado del
pueblo Awá obedece al acoso, la intimidación y el control permanente de los
grupos armados ilegales; las restricciones al paso de alimentos; el
involucramiento de los pobladores como informantes y en otros roles al
conflicto armado; el desarrollo de intensos combates entre la Fuerza Pública,
las guerrillas y los paramilitares en sus territorios o cerca de ellos; y las
fumigaciones indiscriminadas que afectan sus cultivos de pancoger y su medio
ambiente. Si
bien los casos de desplazamiento forzado masivo se incrementaron con particular
notoriedad entre 2005 y 2006 por la agudización del conflicto, el
desplazamiento forzado en esta etnia ha sido una constante y persiste hasta la
fecha. El
siguiente es el cuadro de resumen elaborado por la Defensoría del Pueblo en su
informe defensorial: “La
información que reposa en la Defensoría del Pueblo, da cuenta de 20 casos de
desplazamiento forzado, de personas, familias y comunidades enteras, ocurridos
entre el año 2001 y junio de 2007, en los que se ha desplazado a 41 familias, 5
comunidades enteras y 3.341 personas. Sin tener en cuenta los desplazamientos
internos, ver siguiente tabla. Desplazamiento forzado
Elaborado
por la Defensoría del Pueblo34.” Así,
se reporta que en el marco de la Operación Gladiador del Ejército, en 2006, hay
enfrentamientos entre tropas de la Brigada 29 con sede en Popayán – Batallón
Contraguerrilla 48, Unidad Móvil 6 - y las FARC, que generan el desplazamiento
de más de 1370 personas, incluidos 780 niños, de los resguardos de Cuchilla del
Palmar, La Bocana, Maguí, Cuascuabí Paldubi, Pialapi, Pueblo Viejo, La
Esperanza, Nulpe Alto y Nulpe Medio hacia los poblados de Ricaurte, Mallama y
Barbacoas (registrado por Acción Social). Luego,
se denuncia que, el 10 de julio de 2006, en medio de la Operación Júpiter II,
adelantada por el Ejército Nacional
contra el Frente 29 de las FARC – Columna Mariscal Sucre, hubo ametrallamientos
y bombardeos indiscriminados por la Fuerza Aérea que afectaron a las
comunidades de los resguardos de Vegas, Chaguí Chimbuza, Maguí, Milagroso
Cuaiquer Viejo, Cuascuabí, Cuchilla del Palmar; ello generó el desplazamiento
de 1746 indígenas awá hacia la cabecera del municipio de Ricaurte y el
corregimiento de Altaquer del municipio de Barbacoas, y causó la muerte de dos
docentes. Se ha denunciado que en este operativo el Ejército utilizó la
institución educativa de Maguí como base de ataques y trinchera, y tuvo
retenidos a 92 Awá en la institución; consumieron la comida y utilizaron las
colchonetas, cobijas y herramientas. En el informe defensorial hay fotos de la
destrucción, ya que hubo una visita de reconocimiento desarrollada por la
Defensoría, lo cual prueba que la escuela quedó destruida. Para
mayo de 2007, se reportaba que había 70 familias en la cabecera municipal de
Ricaurte, que, por temor, llevaban 11 meses desplazados, sin atención adecuada
de sus derechos, pasando muchas dificultades; en términos de estas comunidades,
“sobreviven como pueden”, ya que no han recibido apoyo adecuado en
alimentación, arriendo, salud; hay manejo político de los beneficios; y no
pueden retornar a sus territorios porque en ellos hacen presencia grupos
armados. Se desconoce la situación actual de estas familias. En
relación con el desplazamiento del 13 de julio de 2006 a Barbacoas-Altaquer y
Ricaurte, hay una marcada discrepancia en las cifras de registro: Acción Social
reporta 757 personas; el CICR 1600; ACNUR, el cabildo CAMAWARI y Pastoral
Social, 1700. Además,
según denuncian las autoridades Awá, el retorno tras este desplazamiento fue
obligado y sin acompañamiento adecuado: “Retorno
forzado. // Luego de permanecer 53 días en situación de desplazamiento, bajo
condiciones de insuficiencia sanitaria, experimentando una profunda sensación
de inseguridad debido a la masacre ocurrida, y con la obligación de tener que
desocupar la escuela para dar paso al inicio de clases, los indígenas ubicados
en el ‘refugio’ de Altaquer, deciden retornar, y desestimar el plan de retorno
que venía elaborando Acción Social. // El Cabildo Mayor CAMAWARI presentó una
propuesta de atención y restablecimiento socioeconómico para el retorno, la
cual incorporaba la continuidad de la atención alimentaria (mercados) durante 6
meses, los kit agropecuarios y los proyectos productivos, atención en salud,
cobertura en educación, mejoramiento de vivienda, y construcción de una
infraestructura fija para la atención de la población desplazada.
Adicionalmente, el Cabildo exigió respeto al proceso organizativo CAMAWARI, a
la jurisdicción indígena, y solicitó el esclarecimiento de hechos y el
establecimiento de responsabilidades por la masacre de Altaquer, así como la no
estigmatización y señalamiento de los indígenas Awá de este Cabildo por estar
ubicados en una zona de fuego cruzado. Para tomar decisiones sobre la situación
fue activado el Comité Municipal y Departamental de atención al desplazamiento
forzado, que estudió la propuesta CAMAWARI advirtiendo que en el plazo de un
mes ofrecería una respuesta. A partir de este momento es la Gobernación del
Departamento la que se ocupa del caso. // Hay que aclarar que este retorno
careció de todo acompañamiento y respaldo, debido a que las condiciones de
inseguridad que provocaron el desplazamiento no se habían modificado. Pasado un
mes desde el retorno, Acción Social proveyó un segundo mercado ‘Tipo C’, que
finalmente se constituyó en el único apoyo recibido en el momento, dada la
difícil situación de seguridad en la zona. Este desplazamiento se enmarca en
una serie de desplazamientos masivos que han ocurrido desde el 2005 de manera
reiterativa, con la característica particular de la no permanencia en el sitio
de recepción debido a la insostenibilidad en la prestación continua de la ayuda
humanitaria”. Por
la gravedad de esta situación, las autoridades Awá mismas han hecho, ante la
Corte, una caracterización tipológica de los tipos de desplazamientos a los que
han estado sujetos: “Masivos: 1)
Desplazamientos masivos definitivos, porque no están dadas las condiciones del
retorno. 2)
Desplazamientos masivos temporales a lugares con alta o media visibilidad:
“estos casos han sido producto de riesgos o peligros inminentes de la población
indígena localizada en pequeños poblados o dispersa en las montañas, causados
por presencia y actuación desmedida por parte de algún grupo armado (legal o
ilegal) o por enfrentamientos directos entre los grupos armados (…). Como
respuesta la población indígena se ha dirigido fuera de sus resguardos buscando
refugio y protección en zonas urbanas o sobre la carretera”. Usualmente hay
atención puntual por el Estado o por organismos humanitarios. En muchos casos
por inseguridad los líderes se quedan desplazados. 3)
Desplazamientos masivos intra o interveredales y a lugares con poca
visibilidad: silenciosos, movilidad de la población no es ni en grupos
numerosos ni a lugares comunes. 4)
Desplazamientos masivos de reincidencia.” El
siguiente fue el cuadro de resumen de algunos de los desplazamientos forzados
masivos que han afectado a este pueblo, que fue presentado por las autoridades
de UNIPA y CAMAWARI a la Corte Constitucional –el cual no incluye reportes de
los múltiples desplazamientos individuales que también les han afectado-:
La
desatención del Estado ante su situación ha llevado a que ellos mismos formulen
planes de contingencia para eventos de desplazamiento, pero sobre una base de
precariedad material: “En términos
generales algunos resguardos del pueblo indígena Awá cuentan con Planes de
Contingencia comunitarios. No obstante que existen algunas orientaciones hacia
dónde movilizarse en caso de situación de riesgo, los centros en los cuales la
población se reúne y se resguarda del peligro no cuentan con la infraestructura
necesaria, ni la dotación para alojamiento en caso de emergencia (colchonetas,
cobijas, toldillos, utensilios de cocina), en muchos casos las condiciones
sanitarias de los ‘albergues adaptados’ no son las mejores y no se cuenta con
medicamentos y personal de salud para la atención de estas emergencias. // Bajo
situaciones de emergencia las diferentes familias deciden y actúan según cuál
sea la mejor opción para su núcleo familiar y/o sus familiares más cercanos. La
existencia de vínculos de parentesco en zonas vecinas hace muy difícil la
respuesta colectiva y unificada de una comunidad frente a un desplazamiento
masivo. Sin embargo, poco a poco surgen dentro del pueblo Awá algunos
referentes que han servido como canalizadores y lugares de encuentro en
situaciones de crisis. Así es como las casas indígenas localizadas a lo largo
de la carretera, las emisoras indígenas ‘CAMAWARI Stéreo’, ‘La Voz de los Awá’,
la IPS indígena y los centros administrativos han servido como lugares de
recepción y prestación de atención de emergencia”. 4. Posición expresa del
pueblo indígena Awá frente al conflicto armado y el desplazamiento forzado. Como
se ha visto, la situación del pueblo Awá en la actualidad es extrema. La
gravedad de su posición ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado
les ha llevado a elaborar la siguiente declaración oficial de neutralidad,
transcrita en el Informe Defensorial antecitado, que la Corte Constitucional
considera pertinente citar en su integridad por ilustrar la magnitud de la
violación de sus derechos fundamentales y lo complejo de su situación. “POSICION DEL PUEBLO AWA
DE NARIÑO FRENTE AL CONFLICTO SOCIAL Y ARMADO EN EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO Los
indígenas Inkal-Awá, “gente de la montaña, los nietos del trueno”, somos los
hijos de la selva, porque nacimos de la barbacha de los árboles que crecen en
la montaña. Desde la llegada de los españoles hasta nuestros días hemos sido
víctimas de sometimiento, represión, masacres, violación de nuestras mujeres y
niños, explotación de nuestra mano de obra, todo esto con el agravante del
destierro, despojo, saqueo y la expoliación de gran parte de nuestro
territorio. En los últimos años nuestros problemas se han agravado ya que desde
el Estado colombiano se están implementando políticas de desarrollo que atentan
contra nuestra vida, nuestra cultura y nuestra permanencia en el territorio,
así como violan muchas veces nuestros derechos fundamentales consagrados en la
Constitución Política Nacional y en la legislación internacional. La
expropiación de nuestras tierras consideradas por el Estado como baldías o
usurpadas por la empresa privada, a lo cual se le suman las crecientes
restricciones que se nos imponen para recuperar y titular el territorio que
histórica y culturalmente fue propio y nos fue despojado, reflejan la tendencia
actual del gobierno nacional frente a nuestros procesos pacíficos y
reivindicativos. De igual manera sucede con la proyección e implementación de
proyectos de desarrollo dentro de nuestro territorio, la construcción de
carreteras atravesando el corazón de nuestra montaña y dividiendo bruscamente
nuestras relaciones sociales y culturales. También se ha incentivado desde el
Estado la implementación de megaproyectos como los monocultivos de palma de
aceite –desarrollados en muchos casos sobre nuestros territorios ancestrales y
colectivos-, la extracción de petróleo, la construcción de hidroeléctricas, la
concesión a las multinacionales para la explotación del oro, la madera y demás
elementos de la naturaleza, sin que se implemente adecuadamente el derecho
fundamental a la consulta previa. En términos generales desde el pueblo Awá
vemos con gran preocupación cómo la pobreza, la discriminación y la injusticia
crecen día a día en este país, mientras que sus dirigentes de manera
autoritaria decretan una y otra vez leyes y normas que benefician a las
minorías más adineradas, mientras que las comunidades mayoritarias somos
marginadas y discriminadas hasta dejarnos en la miseria. Como
consecuencia de esto hemos tenido que soportar en los últimos 10 años, el
escalamiento y la degradación acelerada del conflicto armado en el departamento
de Nariño, con un fuerte impacto sobre nuestra población y nuestro territorio.
Todos estos factores, según queda demostrado en el presente Informe
Defensorial, están causando grandes daños sobre nuestros resguardos, nuestra
cultura y nuestra integridad personal y social. La violación de nuestros
derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y especialmente
colectivos es creciente, sin que desde el Estado colombiano se estén
implementando acciones diferentes a la militarización de la región con la
consecuente agudización de la situación. En
la actualidad tenemos graves problemas como los cultivos de coca que están
generando la destrucción del territorio y altos grados de violencia,
descomposición y cambio cultural de nuestro pueblo. Nuestras prácticas
productivas adecuadas a las condiciones de nuestro territorio, basadas en la
técnica de tumba y pudre y en la siembra de pequeñas parcelas de policultivo
para el autoconsumo, dejando descansar los rastrojos a veces durante más de
seis años, tiende a perderse por prácticas de monocultivo extensivo que
destruyen la selva, las fuentes de agua y ahuyentan tanto a los animales de
cacería como a los espíritus de la montaña. La economía del narcotráfico ha
tenido graves consecuencias en nuestras familias y comunidades, ya que se está
perdiendo la cultura propia, la identidad y la solidaridad de la comunidad.
Especialmente los jóvenes de algunos resguardos están perdiendo el pensamiento
Awá y con él las formas propias de trabajar, de entendernos como parte de la
naturaleza y de respetarnos mutuamente. También se ha afectado mucho el
liderazgo de los padres de familia frente a sus hijos, que cada vez respetan
menos a sus familias y a las autoridades tradicionales de los resguardos,
generándose graves conflictos internos y haciéndose cada vez más difícil la
solución de nuestros problemas a partir de la autonomía y el control de nuestro
territorio. De igual manera, si ponen cultivos de coca o laboratorios, se están
cerrando los caminos por donde tradicionalmente pasamos, y no se nos permite
salir libremente de cacería o pesca afectando nuestra cultura y la alimentación
de nuestras familias. También hay atracos, robos, peleas y muertos y es la
sangre indígena de nuestros hijos la que está pagando la bonanza de este
negocio. Nosotros
consideramos que la llegada de los cultivos de coca al departamento de Nariño,
es en gran medida responsabilidad del estado colombiano, ya que el énfasis que
ha dado el gobierno al componente represivo con la Política de Seguridad
Democrática, la implementación del Plan Colombia y la orientación general de su
política antidrogas, las fumigaciones masivas de la montaña y de los cultivos
alimenticios propios35, pero también la ausencia de planes
integrales de inversión social como fundamento para la solución del conflicto
social y armado interno, deben considerarse como acciones y omisiones del
Estado, las cuales dieron origen al o que ellos mismos han denominado el efecto
balón, es decir, migraciones previsibles constantes de pobladores, muchos de
ellos cocaleros de los departamentos de Caquetá y Putumayo hacia el
departamento de Nariño, introduciendo masivamente estos cultivos de uso
ilícito. Como
consecuencia de esto desde hace 6 años se vienen realizando fumigaciones
masivas con el veneno químico llamado glifosato en varias zonas de los
municipios de Tumaco, Barbacoas y Roberto Payán, afectando directamente al
territorio de varios de nuestros resguardos. En la gran mayoría de los casos
las fumigaciones han afectado nuestras casas y escuelas, contaminado los ríos,
quebradas y nacederos, quemando la montaña y nuestras plantas medicinales, así
como los cultivos alimenticios de nuestras familias indígenas en proporciones
tan grandes que no permiten pensar en errores de cálculo, sino que se trata de
un daño intencional contra nuestra vida, nuestra salud y la permanencia en
nuestros territorios. Con
la muerte de la montaña se han acabado también animales de monte, peces y aves
que nos han aportado alimentación desde los tiempos de nuestros mayores.
También han muerto grandes cantidades de animales domésticos como patos,
gallinas, cuyes, cerdos y hasta vacas y caballos. Y lo que es peor, este veneno
ha causado muchas enfermedades y la muerte de varios niños, entre ellos Daira
Cuasaluzán de 2 años, su hermana mayor Mayeni Cuasaluzán de 17 años y la bebé de nueve meses que vivían en el resguardo de
Quejuambí Feliciano. Vemos con mucha tristeza, pero también con recelo cómo las
fumigaciones, al acabar con las perspectivas de futuro de nuestros jóvenes, han
incentivado una y otra vez su reclutamiento en los grupos armados. Esto pone en
riesgo no solo sus vidas, sino que involucra a las familias, a las comunidades
y a nuestro pueblo Awá a las dinámicas del conflicto armado, rompiendo nuestra
firme intención de mantenernos autónomos y distantes frente a esta guerra. El
auge de los negocios ilícitos en la región y el auge de la economía del
narcotráfico han traído cada vez más actores armados. Es a partir del año 2000,
cuando se enfrentan los grupos paramilitares y los guerrilleros y se da inicio
a la militarización del departamento y específicamente la ocupación del
territorio Awá, que hemos tenido que vivir un escalamiento sin precedentes del
conflicto armado en la región. A raíz de esto hemos visto como cada año caen
más compañeros Awá víctimas de esta guerra que no es nuestra. Hoy en día
tenemos que soportar constantes violaciones a las normas de vida y convivencia
heredadas de la ley de origen desde tiempos inmemoriales, y a lo que ustedes
llaman los Derechos Humanos y el DIH. Los grupos armados ilegales han señalado,
violado a nuestras mujeres, amenazado, secuestrado, asesinado y desaparecido a
nuestros líderes y autoridades tradicionales. Tal es el caso del gobernador y
miembro de la junta directiva de la UNIPA, Efrén Pascal, desaparecido el 24 de
octubre de 2004 a manos del Frente 29 de las FARC-EP, caso que, como muchos,
aun permanece impune. Así mismo, estos grupos han cometido torturas, muertes
selectivas y masacres de nuestros familiares, así como suplantado y
deslegitimado el ejercicio de las autoridades propias dentro del territorio. A
los jóvenes cada vez los acechan más condenándolos al reclutamiento forzado y a
la persecución de sus familias en caso de deserción. La presencia de actores
armados ilegales en casas, escuelas y demás lugares, pone en riesgo a nuestra
población convirtiéndola en objetivo militar. También hemos tenido accidentes
causados por minas antipersonales y vemos cómo cada vez más se nos restringe el
tránsito por nuestra montaña, así como nuestras prácticas culturales. La
respuesta del Estado colombiano frente a esta situación se ha limitado a la
militarización de toda la zona incluyendo nuestros resguardos. Esto en vez de
traducirse en mayor seguridad para nuestras familias se ha convertido en un
problema más para nosotros. Constantemente tenemos casos de señalamientos,
abusos de autoridad y detenciones ilegales de compañeros indígenas que en
muchas ocasiones ni siquiera hablan el castellano, siendo éstos, claros casos
de discriminación que violan los principios de presunción de inocencia y del
Habeas corpus. En casos más graves hemos sido víctimas de amenazas, torturas,
maltratos físicos y tentativas de violación de mujeres y mutilación de partes
del cuerpo. Injustamente la presencia de la fuerza pública viene acompañada por
el saqueo de las casas y el robo de nuestros animales y enseres del hogar, los
cuales son consumidos o vendidos posteriormente en los poblados de la
carretera. En varias ocasiones hemos sufrido la injusta muerte de indígenas Awá
a manos de la fuerza pública, quienes posteriormente los visten con prendas
camufladas e inventan que eran guerrilleros y que fueron muertos en combate.
Los testimonios de la comunidad, avalados por los gobernadores indígenas, no
son tenidos en cuenta y estos casos han quedado todos completamente impunes. Expresamos
igualmente nuestro claro rechazo por la desaparición del ex gobernador de la
comunidad Panelero del resguardo Gran Sábalo Herminzul Pascal el pasado 9 de
mayo de 2006, tras la arremetida del ejército nacional en el resguardo de Gran
Sábalo. A pesar de los trámites y las denuncias que hemos adelantado, de la
mano con la Defensoría del Pueblo, se han presentado irregularidades, por parte
de la Fiscalía Regional y de la medicina legal para la identificación de
cadáveres –según el ejército- caídos en combate el mismo día de su
desaparición. Hasta el momento no se ha recibido respuesta alguna por parte de
la fiscalía regional y demás entidades del Estado. Además de esto, somos objeto
permanente de enfrentamientos, empadronamientos ilegales, toma de fotografías,
control sobre la entrada de remesas para los restaurantes escolares, irrespeto
de la autonomía de nuestra emisora radial “La Voz de los Awá”, y de
infracciones constantes al DIH, como por ejemplo el desconocimiento del
principio de distinción, la presencia, permanencia e instalación de campamentos
(con varios días de estadía) en zonas habitadas como escuelas, centros
comunales, casas de familia, etc… el desplazamiento de los compañeros Awá de
sus casas y fincas, desconocimiento de las autoridades Awá, de sus competencias
y de sus derechos y responsabilidades reconocidos constitucionalmente para el
control y gobierno sobre sus territorios, la corrupción y demás abusos que
rompen nuestro tejido social y nos dejan viviendo rodeados por el miedo y la
intimidación. El
resultado más dramático para el pueblo Awá del escalamiento del conflicto
armado ha sido los desplazamientos forzados, causados por todos los actores
armados, los cuales se presentan de manera cada vez más seguida sin que las
entidades del gobierno en cabeza de Acción Social adelanten las acciones de
prevención, atención humanitaria y restablecimiento adecuadas. No solo estamos
viviendo el desplazamiento intraveredal de personas y familias, sino que a lo
largo de dos años hemos sido víctimas de tres desplazamientos masivos que en
total han sumado cerca de 3.200 personas, lo cual corresponde a casi el 15% de
la población total Awá en el departamento de Nariño. En el último caso ocurrido
en el municipio de Ricaurte, fueron masacradas 5 personas desplazadas desde el
resguardo de Maguí, quienes se encontraban bajo la custodia de cerca de 200
soldados del ejército nacional. Tal y como en los casos anteriores la impunidad
es la regla. De esta manera ¿qué legitimidad tienen el gobierno nacional, la
fuerza pública y los diferentes entes acusatorios frente a nuestro pueblo Awá? Frente
a la crítica situación resultado de la constante degradación del conflicto
armado y teniendo en cuenta las acciones y omisiones del Estado colombiano, el
pueblo indígena Awá reitera hasta el cansancio que no tenemos ningún tipo de vínculo
con los grupos armados del conflicto, posición que se ha venido reafirmando
mediante diversos comunicados a lo largo de los últimos años (ago. 1999, nov.
2002 y mayo de 2006). Consideramos vital que los actores armados, dentro de los
que se incluye la fuerza pública, se abstengan de hacer señalamientos en contra
del pueblo indígena Awá, solo porque algún indígena de manera individual y bajo
la condena del proceso organizativo haya tomado la decisión de ingresar en las
filas de alguno de estos grupos. Estas actitudes individuales son igualmente
juzgadas y castigadas por nuestro pueblo Awá. Además se nos tilda
constantemente de pertenecer a algún grupo armado por el solo hecho de calzar
botas de caucho, entrar a los resguardos con remesas o simplemente por vivir en
la selva. Exigimos que se nos respeten todos nuestros derechos, tanto aquellos
nacidos desde la ley de origen, de nuestros mayores y de nuestra tradición,
como los consagrados en la legislación nacional e internacional. La autonomía y
el reconocimiento de nuestras autoridades tradicionales, entendidas como la voz
de nuestro pueblo Awá, son igualmente un requisito para poder construir
relaciones de respeto frente al futuro. Desde estos espacios seguiremos
manteniendo y aplicando nuestra justicia propia incentivando la solución de
conflictos internos y el control y manejo de nuestro territorio de acuerdo a
nuestra propia cultura. No queremos que se nos vea solo como víctimas inermes
dentro del conflicto social y armado que vivimos en el país. Somos un pueblo
indígena propositivo, pacífico y con grandes sueños de vida y territorio.
Nuestro Plan de Vida debe ser, por lo tanto, incluido dentro de las políticas
nacionales, regionales y locales, ya que es a partir de su realización que el
pueblo Awá logrará mejores niveles de prevención y protección frente a las
dificultades actuales, de tal manera que se construyan espacios de convivencia
no solo entre nuestro pueblo, sino también con nuestros vecinos y con la
sociedad no indígena de Colombia.” 5. Respuesta estatal a
la situación. La
respuesta estatal a la situación del pueblo Awá contrasta en forma marcada con
la profundidad de la afectación de sus derechos por el conflicto armado y el
desplazamiento forzado. La
insuficiencia de la reacción de las autoridades constitucionalmente
responsables de la protección de los miembros de este pueblo se ilustra con
total claridad en la respuesta de Acción Social a los documentos que fueron
circulados junto con el Auto 251 de 2007, incluido el Informe Defensorial que
se cita. En
tal respuesta se incluye la siguiente tabla de resumen:
Por
otra parte, en respuesta al informe de la Comisión de Seguimiento a la Política
Pública sobre Desplazamiento Forzado que se incluyó en dicho Auto 251/07, se
informó a la Corte lo siguiente por parte de Acción Social: “El día 9 de agosto de
2006 se registró el asesinato de 5 indígenas en el casco urbano de Altaquer y
la amenaza a 21 líderes más, hecho que generó gran pánico entre la comunidad y
un retorno silencioso hacia sus comunidades. Acción Social solicitó a los
efectivos del Batallón Cabal presentes en la zona, la adopción de medidas
especiales de protección y seguridad en los lugares de albergue y en los cascos
urbanos en donde se encuentra la comunidad, se solicitó igualmente la realización
de un Consejo de Seguridad y la realización de un Comité Departamental de
Atención a Población Desplazada, en donde se tomaron medidas de seguridad para
las comunidades y sus líderes. Posterior al retorno sin
acompañamiento y entendiendo que aun la comunidad se encuentra en emergencia,
se inició, junto con la Gobernación de Nariño, alcaldía municipal, CAMAWARI,
Comité Municipal y Acción Social, un proceso de restablecimiento, en el que
formularon propuestas de fortalecimiento organizativo, hábitat, seguridad
alimentaria, ampliación del resguardo, protección, seguridad y proyectos
productivos. En el proceso de implementación de esta propuesta, en el mes de
junio de 2007 se presentó un nuevo hecho de desplazamiento al interior del
territorio, el cual ha afectado aproximadamente a 320 hogares.” J. Situación del pueblo
indígena Nasa (Páez) ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los principales
documentos que se tuvieron en cuenta para este estudio fueron los siguientes:
(1) Informe regional de la Misión Internacional de Verificación al Cauca,
septiembre de 2006. (2) Documento titulado “Situación de Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario – Zona Norte Departamento del Cauca,
2005-2006 (Primer Trimestre)”, por el Consejo Nacional de Paz de Pueblos
Indígenas – CONIP, septiembre de 2006. (3) Documento titulado “Informe de la
situación de derechos humanos de las mujeres indígenas en el departamento del
Cauca – Colombia a la Misión Internacional de Verificación de Violación a los
Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas en Colombia”, por CRIC, ACIN y la
Ruta Pacífica de Mujeres. (4) Pronunciamiento de la Asociación de Cabildos
Indígenas del municipio de Caldono, el CRIC y la ONIC, septiembre de 2006. (5)
Comunicado de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las
Naciones Unidas titulado “Preocupación por ataques contra la comunidad Páez de
Florida, Valle”, 21 de marzo de 2007. (6) Documento titulado “Pronunciamiento
de los y las jóvenes en el departamento del Cauca”, elaborado por el CRIC – 18
de noviembre de 2006. (7) Pronunciamiento de las mujeres indígenas Páez de
Tierradentro, Cauca, 27 de septiembre de 2006. (8) Comunicado del Consejo
Regional Indígena del Cauca al Defensor del Pueblo, 26 de septiembre de 2006.
(9) Documento titulado “Las mujeres indígenas colombianas y nuestras voces de
resistencia”, elaborado por el Foro Nacional de Mujeres Indígenas – septiembre
27 de 2006. (10) Documento titulado “Informe Actual sobre la Situación de
Violencia en los pueblos indígenas del Departamento del Putumayo/Colombia” –
Informe preparatorio para la Misión Internacional de Verificación de la Verdad
en Pueblos Indígenas, julio de 2006. (11) Comunicación de las autoridades
indígenas del Putumayo a Luis Alfonso Hoyos y la gerente de USAID, 31 de julio
de 2006. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Nasa por el conflicto armado. El
pueblo Nasa ha sido fuertemente afectado por el conflicto armado durante las
últimas dos décadas de la historia nacional; su situación actual es crítica.
Este hecho fue constatado por la Misión Internacional de Verificación en su
visita al Cauca en 2006: “La Misión Internacional de Verificación de la
situación de derechos humanos de los pueblos indígenas, en su recorrido por los
territorios indígenas del Cauca comprobó la crítica situación de las
comunidades indígenas como resultado de la presencia de la Fuerza Pública,
grupos paramilitares y grupos guerrilleros en sus territorios”. En efecto, como
consecuencia de la penetración del conflicto al territorio Nasa, “los
testimonios de comuneros y autoridades indígenas así como la documentación de
casos por los consejos indígenas regionales y la Defensoría del Pueblo dan
cuenta de las masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos
cometidas contra las comunidades indígenas, mediante masacres, asesinatos
selectivos, desapariciones, detenciones arbitrarias y atentados al territorio,
por parte de los actores armados ilegales así como la Fuerza Pública.” De
acuerdo con los documentos recopilados, las violaciones de los derechos humanos
y del DIH han sido producidas por los grupos guerrilleros y los paramilitares,
y también por la Fuerza Pública. Por ejemplo, en los últimos años Toribío ha
sido objeto de 17 tomas guerrilleras “que han convertido al municipio en un
campo de batalla y convirtiendo a la población civil en escudos humanos”. Se
registra en este sentido un alto nivel de daño a construcciones civiles por
cilindros de gas lanzados por la guerrilla, especialmente las que quedan cerca
de instalaciones militares. Igualmente, en la región de Tierradentro -24
cabildos- se ha presentado la muerte de varios indígenas por fuego cruzado
entre la guerrilla y las Fuerzas Armadas, y heridos por minas antipersonal. Se
denuncia también un gravísimo patrón de violación de derechos humanos por el
Ejército y la Policía, entre otras por: ocupación de edificios y construcciones
civiles, instalación de trincheras, barricadas y carpas en hogares, escuela,
alcaldía, centros de la comunidad, y agresiones directas contra miembros de la
comunidad que participan en manifestaciones colectivas y públicas. “Las
comunidades señalaron que entienden la necesidad de la presencia del Estado,
pero que no es aceptable que las trincheras y bases policiales se encuentren
ubicadas en las escuelas, casas y parques públicos”. El temor prevaleciente
impide que los casos de violaciones de derechos humanos y del DIH sean
denunciados y registrados; hay un alto subregistro de eventos. Así,
entre las múltiples violaciones de derechos humanos de las que han sido
víctimas, las autoridades tradicionales resaltan “la muerte violenta de comuneros a causa de homicidios perpetrados
por agentes estatales, en particular por miembros de la Fuerza Pública,
ocurrieron principalmente en el contexto del conflicto armado interno y de
abuso militar y policial en el desarrollo de movilizaciones pacíficas de
indígenas del Cauca y miembros de organizaciones sociales, mientras que las
muertes atribuidas a las guerrillas de las FARC y el ELN obedecieron a ataques
armados contra las poblaciones del norte del departamento, en tanto que las que
son responsabilidad de grupos paramilitares se dieron en el contexto de
hostigamientos, señalamiento y persecución política de estos grupos, pese a la
desmovilización de los frentes que operaban en la región”.Los crímenes
permanecen en la impunidad. En
los términos de las autoridades indígenas, “el pueblo Nasa del norte del Cauca
figura entre los más afectados históricamente por el conflicto armado y las violaciones
sistemáticas y permanentes de sus derechos humanos. La continuación de los
ataques contra este pueblo sigue revistiendo una enorme gravedad, como lo
confirmó el informe realizado por el Tejido de Gobierno Propio, Defensa de la
Vida y los Derechos Humanos, correspondiente al período 2000-2005 (primer
semestre), por cuanto durante este período la zona norte ha sido objeto de
varios ataques armados o ‘tomas’ de la guerrilla de las FARC (el 11 de julio de
2002 se registró el primer ataque de las FARC a Toribío, que se constituiría en
el antecedente más grave de la toma de que fue objeto esa población y Jambaló,
en abril de 2005), de intensos operativos militares y policiales, de
señalamientos y ataques contra las estructuras organizativas indígenas y de
estigmatización, hostigamiento y persecución contra sus dirigentes” Según
datos de la Fundación Seguridad y Democracia, desde 1998 se reportan en el
norte del Cauca más de 2000 eventos de ataques a instalaciones de las Fuerzas
Armadas o Policía, emboscadas y hostigamientos; hay presencia de grupos armados
ilegales en todos los resguardos, con los combates y hechos de violencia
consustanciales. Uno de los peores ataques contra la población urbana y rural
de Toribío fue el 14 de abril de 2005, cuando hubo una toma por la guerrilla:
“…eran como las 5:40 AM. Primero se escuchó una ráfaga y luego vino una
descarga continua. Nos asomamos por la puerta y vimos un guerrillero al frente:
allí entendimos que era una toma, y como la última pieza de la casa en la parte
de atrás tiene una planchita [techo de concreto], recogimos los niños y nos
refugiamos allí. // Luego, la guerrilla empezó a decir que salieran del pueblo
o no respondían, pero la gente no salíamos. Parece que les dio rabia y nos
dijeron que las cosas se complicarían y que nos atuviéramos a las
consecuencias; después, salimos unos pocos y con el Personero se organizó una
comisión rápidamente para sacar la gente. Hablamos con el que orientaba el
operativo para que dieran tiempo para ello, pero inicialmente se negó, dijo que
ya habían avisado y dado el tiempo suficiente; que no era problema de ellos.
Después de tanto rogarle, casi suplicarle, nos dio 20 minutos; se recorrió el
pueblo rápidamente. Sacamos la gente en medio del fuego; la mayoría se fue al
salón comunal del barrio Coronado. A los veinte minutos exactamente, empezaron
a lanzar bombas, nosotros desde allá las veíamos y cómo cada una destruía, poco
a poco, este pequeño pueblo. (…) Allí en el salón comunal cayó una granada de
mortero e hirió a mucha gente” – testimonio de habitante de Toribío, abril de
2005. El resultado de la toma
guerrillera y la respuesta gubernamental fue el siguiente: “Veintisiete (27)
civiles heridos, de los cuales seis (6) en estado grave, un niño indígena de 9
años muerto, cinco (5) policías heridos y tres (3) muertos, diecisiete (17)
viviendas totalmente destruidas, ciento veinte (120) viviendas con daños
parciales, sesenta y ocho (68) casas con daños leves, la destrucción de la Casa
Cural, daño parcial a la edificación de la iglesia católica local y la sede de
la Institución Educativa ‘Toribío’, de donde hurtaron dinero en efectivo, una
filmadora, una cámara fotográfica y remesa [alimentos] perteneciente a los
estudiantes, veintiún (21) familias reubicadas en albergues temporales
organizados por las autoridades locales y ciento veinte (120) familias
damnificadas” – Cabildos Indígenas de Toribío, Tacueyó y San Francisco:
“Denuncia pública de los hechos sucedidos en la cabecera del municipio de
Toribío, el día 14 de abril del año 2005” – Proyecto Nasa, Toribío (Cauca), 17
de abril de 2005. La
lucha de los Nasa por la recuperación de tierras establece el contexto de su
afectación por el conflicto armado, en un entorno de alta concentración de la
propiedad inmueble en el Cauca; especialmente a partir de la masacre de El Nilo
en 1991. Al respecto se denuncia: “Tras muertes, ataques y heridas a líderes en
décadas de lucha, pero sobre todo a raíz de la masacre de El Nilo, en Caloto,
donde fueron asesinadas 20 personas, en diciembre de 1991, a manos de una
alianza narco-paramilitar-terrateniente, protegida por la III Brigada del
Ejército y la Policía, el Estado no cumplió los acuerdos suscritos con los
indígenas el 23 de diciembre de ese año, ni el acuerdo de Novirao, ni el
compromiso explícito hecho por el gobierno de Ernesto Samper (29 de julio de
1988), que reconoció públicamente la responsabilidad estatal en este asesinato
masivo”. Los acuerdos fueron ratificados en el Convenio de La María, septiembre
de 1995. Sin embargo, han denunciado reiteradamente el incumplimiento de los
compromisos del Gobierno de reparación por las masacres del Nilo (1991) y del
Naya y Gualanday (2001). Según
explican las autoridades indígenas, “históricamente, la región del norte del
Cauca ha sido territorio de disputa entre los grupos armados y el Estado, que
la consideran corredor hacia el Pacífico y se han instalado en las zonas
montañosas para desarrollar allí acciones bélicas en la zona indígena”; esto
genera violaciones constantes de los derechos humanos. Desde 2004 se incrementa
la presencia de la Fuerza Pública, con incremento correlativo de los combates,
hostigamientos, ataques, emboscadas y tomas por guerrillas, en detrimento de la
población civil indígena: “En este contexto, las manifestaciones del conflicto
armado son múltiples e involucran el uso de armamento pesado por parte de las
Fuerzas Armadas y de Policía, así como de armas prohibidas y no convencionales
por parte de las guerrillas, especialmente pipetas de gas con explosivos, que
son lanzadas desde plataformas desde las altas montañas a los centros poblados,
en donde se concentra la fuerza pública. // Los innumerables casos de
violaciones del Derecho Internacional Humanitario implican a todas las partes
en la contienda, sin excepción, puesto que en todas prevalece la lógica de la
victoria militar, en detrimento de la población civil, que es vista como aliada
o enemiga, según corresponda al caso”. Manifiestan
las autoridades indígenas que el desarrollo e intensificación del conflicto
armado ha impactado la vida comunitaria: “En desarrollo del conflicto, y al
volverse nuestros territorios escenarios de fuertes enfrentamientos, unos so
pretexto de combatir a la subversión armada, y los otros por defender lo que
ellos consideran como de ellos, ‘el territorio’, se han cometido innumerables
atropellos al territorio, afectando a sitios sagrados, viviendas, animales y
cosechas. Si sumamos los heridos y muertos tanto de comuneros, como de los
integrantes de uno y otro bando, es trágico el resultado de la guerra. Esto es
lo que logran los contendientes: ¿o es que la intención es la de asustarnos
para que les dejemos el territorio?” Los ataques y ocupación de bienes civiles,
hostigamientos a civiles, son permanentes, “como los hechos ocurridos el 21 de
mayo de 2005, cuando las FARC hostigaron a la población congregada en Toribío
durante la presentación del ‘Show de las estrellas’…”. Los ataques y las tomas han destruido bienes civiles, pero también hay
permanentes ocupaciones de escuelas, lugares de habitación, iglesias, centros
comunitarios, de salud y otras instalaciones civiles y comunitarias. Por otra
parte, hay quejas recurrentes de la población por instalación de garitas y
trincheras en medio o al lado de las viviendas civiles: “la principal queja de
la población se refiere a la instalación de garitas y trincheras en medio de
las casas de habitación de la gente, inclusive usando las casas como parte de
la construcción, al habilitar trincheras con bultos de arena y plásticos negros
usando las paredes de viviendas civiles, o en el caso de Toribío, tomándose
totalmente la anterior ‘Casa de la Cultura’ para convertirla en una base de la
Policía contraguerrilla…”. La
intensificación del conflicto armado se ha reflejado en la creciente
militarización del territorio por los grupos enfrentados: “La presencia y
ocupación militar causa gran daño en nuestros cuerpos, vidas y territorios,
destruye los páramos, los ojos de agua y las lagunas. Con sus bombardeos
aéreos, minas antipersona, pipetas y combates, convierte nuestros sitios
sagrados en un campo de guerra; limita nuestras prácticas culturales,
ceremonias religiosas y rituales, pone en riesgo nuestros valores en relación
con la madre tierra y transforma nuestra vida cotidiana en una permanente
situación de temor, destrucción, amenaza, persecución y violencia”. Dicen
que las restricciones a la libertad de circulación son causadas por todas las
partes en conflicto, mediante retenes, o por operaciones militares, combates o
movilización de tropas, que lo impiden; se reporta control de horarios y
movilización, por ejemplo hay un toque de queda en la práctica por la noche;
también se denuncia la prohibición de desplazarse por determinadas zonas, y el
riesgo derivado de la presencia de tropas o de minas antipersonal. Durante los
combates por ataques de guerrillas a las tres poblaciones más afectadas
–Caldono, Jambaló y Toribío-, entre 2004 y 2006, las comunidades han visto
limitado el acceso a alimentos y medicamentos, por los retenes numerosos
establecidos tanto por las Fuerzas Armadas como por las FARC y el ELN. En un
comunicado del CRIC de Popayán, del 14 de abril de 2005, se explica: “El acceso
al municipio por la vía Caloto, está ‘controlado’ por los actores armados de la
guerra, que se han repartido el área y la vía de penetración de la siguiente
manera: - Un retén militar de control permanente por parte del Ejército
Nacional en el corregimiento El Palo; - Tres retenes militares de la guerrilla
ubicados en el sitio conocido como ‘El Tierrero’ [y en] Río Negro y La
Despensa; - Un puesto de control de la Policía y el Ejército a la entrada del
casco urbano de Toribío; - En varios sitios estratégicos de los alrededores y
cerca al casco urbano se encuentra ubicada la guerrilla, en lo que queda del
casco urbano y en algunos sitios del área rural está el ejército y policía
nacional. // La distancia entre un retén del Ejército y la guerrilla no supera
los dos o tres kilómetros de distancia. (…) La situación real de la población
urbana y rural en estos momentos después de tantos días de combates es muy
crítica, por ejemplo: La escasez de alimentos es alarmante en los cinco sitios
de Asamblea Permanente… Las condiciones precarias y de hacinamiento que están
viviendo los pobladores, sobre todo los niños y ancianos es debido a que a
muchos les toca amanecer sentados o caminando por la escasez de logística
necesaria para atenderlos (…). La crisis de salud que tiende a agravarse en la
región, porque no se cuenta con el hospital de la localidad, el cual fue
averiado a raíz del estallido de varias pipetas que cayeron muy cerca y por el
ametrallamiento de la Fuerza Aérea colombiana. El cansancio que ya es notorio
en los agentes de salud y voluntarios que atienden la situación de emergencia
desde que empezaron los combates…”. En
este sentido, se ha informado que el Cauca es uno de los departamentos más
afectados por minas antipersonal y municiones sin explotar, dado el
escalamiento del conflicto. Se reporta, por ejemplo, la muerte del indígena
Luis Ascué de 55 años por una mina antipersonal en el páramo Granizales, cerca
de la laguna que alimenta el Río Negro. Los
indígenas se han opuesto expresamente a la ocupación de edificios comunitarios
y vías y a la construcción de garitas y trincheras por el Ejército: “Como
es de su conocimiento, acontecimientos recientes de violencia sobre los pueblos
indígenas de Jambaló, Toribío y Caldono han motivado reacciones de las
comunidades indígenas, en especial las comunidades Nasa del municipio de
Jambaló, quienes emitieron Resoluciones de derecho propio, reclamando de la
Fuerza Pública devolver los salones comunales, despejar las vías y levantar las
garitas que se encuentran en medio de las viviendas de los cascos urbanos de
los dos municipios… (…)
la comunidad internacional es testigo que los enfrentamientos en nuestros
territorios con armamento pesado, aviones y helicópteros que ametrallan y
bombardean alrededor de nuestras viviendas, sobre los sitios comunales, así
como escuelas y centros de salud, aparte que los grupos armados nos utilizan como
escudos humanos, generando situaciones lamentables que afectan vidas humanas,
como lo sucedido en días pasados en el norte del Cauca, donde un niño de 10
años resultó muerto por efecto de un disparo de mortero, que cayó cerca de un
establecimiento educativo donde se encontraban reunidas más de dos mil
personas. (…)
En varios comunicados de las autoridades indígenas se menciona que la presencia
armada en territorios indígenas se hace a modo de ejércitos de invasión, pues
las tropas de los diferentes bandos colocan trincheras en los sitios comunales,
en las vías públicas y se ubican dentro de los solares de las viviendas
civiles, señalan a los comuneros como colaboradores del ejército contrario,
asesinan a nuestros dirigentes, reclutan nuestros jóvenes y dejan minas
antipersonales y munición sin explotar que ponen en peligro nuestras vidas;
también utilizan nuestras mujeres como objetos sexuales, fomentando situaciones
lamentables como el caso de una niña de catorce años que fue ultimada por las
FARC en Toribío, bajo el argumento de ser novia de un policía”. Los
líderes de los Cabildos del Norte del Cauca son beneficiarios de medidas
cautelares de la CIDH, pero según indicó la Misión Internacional de
Verificación, a la fecha de su visita el Gobierno no había concertado ni
implementado las medidas de protección para los líderes indígenas. Se
ha denunciado igualmente la invisibilidad del problema ante las autoridades,
específicamente el Gobernador del Cauca; en términos de la Misión Internacional
de Verificación de 2006: “Preocupa la gran diferencia entre lo informado por el
Gobernador Departamental y sus asesores y lo que informaron los organismos de
monitoreo estatales y locales así como las comunidades y autoridades indígenas
en relación a la reparación de territorios, protestas pacíficas y violaciones
de DIH y Derechos Humanos por los actores armados ilegales”. Las
autoridades indígenas reportan el reclutamiento de jóvenes indígenas por la
guerrilla y los paramilitares. En efecto, el reclutamiento de menores de edad
ha aumentado con la intensificación del conflicto, pero la respuesta de las
comunidades ha sido la de evitarlo, ofreciéndoles otras alternativas o
reclamándoselos a los grupos armados: “El reclutamiento de niños, niñas y
jóvenes se ha aumentado desde que arreciaron los combates en la zona norte. Sin
embargo, la respuesta comunitaria sigue siendo la de evitar la vinculación de
estos menores, invitándolos a unirse a la Guardia Indígena, cuerpo civil no
armado, que defiende el territorio. De la misma manera, las comunidades, y en
especial las mujeres, se han enfrentado a los armados y han logrado el retorno
de sus seres queridos. Desde abril de 2004 a abril de 2006, la situación de
presiones de las partes en el conflicto para reclutar personas ha sido mayor”. Una
mujer del resguardo de Toribío relata, en este sentido, el rescate de un menor
de edad reclutado por las FARC a través de la presión inmediata de la
comunidad: “En 2003 mi hijo se me fue a la guerrilla. Yo no esperé a que se lo
llevaran, sino que el mismo día yo actué. Yo estaba trabajando como
coordinadora local del programa de mujer; les dije que no permitía que se
llevaran a mi hijo así. Cuando fui a averiguar al sitio donde se lo habían
llevado, me dijeron que lo habían remitido para otro sitio. Yo le dije al mando
que me hiciera el favor de soltarlo, que era mi único hijo, porque yo no me
maté tanto así para criarlo para que ellos me lo quitaran de esa forma. Que yo
sufría tanto por él. Ellos me dijeron que él había tomado la decisión, según él
porque yo no lo había sabido comprender. (…) Yo conté con el apoyo del Cabildo,
y por último logré que el Gobernador indígena se comunicara con el mando, y no
era solamente mi hijo, sino seis más. Y sí lo tenían en el sitio inicial, y me
habían mentido a mí… el Gobernador nos apoyó y nos dimos cuenta que no estaban
tan lejos. …a los ocho días regresó. Ya lo tenían en el filo, para mandarlo
para el Huila. Mi hijo agradeció que lo hubiéramos rescatado, porque dormía en
un barrizal, y no los dejaban tranquilos… Al final, la guerrilla lo dejó ir,
porque sabían que la mamá y el Cabildo lo estaban buscando”. Otra mujer relata
así otro caso: “Una muchacha de 16 años que se fue a la guerrilla, por no
hacernos caso a la familia; ella no tenía papá ni mamá, sino que se apoyaba en
otros familiares. Cuando ella vio muy difícil la situación allá en donde la
llevaron, en zona rural de Jambaló, porque ella creyó que allá todo era fácil,
entonces los familiares la buscaron, pero no dieron con ella. Luego ella se escapó,
cuando estaba ‘guardiando’ y aunque ellos la siguieron, ella logró llegar hasta
nuestra vereda; ella no tuvo mayores dificultades allá, y la misma guardia y
las mujeres, la apoyamos a ella, escondiéndola, mientras veíamos cómo íbamos a
hacer para que el cabildo la protegiera. (…)”. Las autoridades indígenas
presentan, en la misma línea, la denuncia siguiente - “…la acción de la guerrilla sigue afectando
de manera directa a adolescentes indígenas. El Movimiento Juvenil ‘Álvaro
Ulcue’ denunció el reclutamiento forzado en las veredas La Cabra, López, Natalá
en Toribío, por parte de la guerrilla de las FARC. Igualmente, en el Cabildo y
Resguardo Miranda, La Aurora y Munchique – Los Tigres. Durante el proceso de
capacitación con jóvenes indígenas de ambos sexos, emprendida por el Movimiento
Juvenil, se infiltraron milicianos de las FARC. Dos jóvenes del grupo fueron
llevados a la fuerza por la guerrilla un fin de semana y a los seis días ya los
tenían camuflados y armados. Eran una niña de 13 años y un niño de 16.” También
se reportan combates en el resguardo de Tacueyó, el 27 de abril de 2005: en la
vereda La Luz y el poblado, con lanzamiento de pipetas de gas, explosivos y
ametrallamiento, que afectó a la población civil y sus viviendas. Se reportan 3
niños heridos: John Wilmar Canás, 13 años, con herida de bala en la espalda;
Freiden Dubán Otela Liponce, 12 años, y su hermana Carolina Otela Liponce, 10
años. “Estos enfrentamientos han causado un gran pánico en toda la comunidad,
por esto, la comunidad se ha concentrado en los sitios de asamblea permanente,
definidos por los cabildos y la guardia indígena, como mecanismo de resistencia
en el territorio” (p. 23). Se reporta que al momento de la visita de la Misión
Internacional de Verificación a Toribío en junio de 2006, “ninguna de las
viviendas rurales o urbanas había sido reconstruida con fondos gubernamentales;
según denunciaron los habitantes del municipio, es gracias a su propio esfuerzo
que han logrado ir recuperando las casas destruidas por los combates”. Se
reporta violencia, maltrato, abuso y sobretodo violencia sexual contra las
mujeres y niñas – según informan, si se resisten, se les señala de guerrilleras
y se les amenaza. “En el caso del municipio de Toribío se ha dado el caso de
niñas escolares que han sido abusadas sexualmente por la Policía, como en 2004,
cuando un oficial de Policía, de 21 años abusó de una niña de 11 años, diciendo
que ella se había prestado a tener relaciones sexuales”. Se
denuncia también que el establecimiento desde 2003 de la red de informantes y
cooperantes, con pago de dinero por dar información, desembocó en falsos
señalamientos y retenciones masivas que a la larga resultaron infundadas. Los
indígenas han expresado su desacuerdo con las distintas campañas de las Fuerzas
Armadas que estimulan a miembros de las comunidades a vincularse al Ejército o
a la red de informantes, por ejemplo, mediante mensajes de radio en lengua
indígena, presentándolo como oportunidad laboral o de acceso a recursos y
status; esto genera tanto inseguridad para sus familias como aculturación,
incluido el consumo de sustancias psicoactivas, alcoholismo y recurso a la
prostitución: “uno de los problemas más importantes en la zona es el aumento
del consumo de sustancias psicoactivas por parte de oficiales de policía y
policías bachilleres (reclutas) que están causando un impacto muy negativo en
el resto de la juventud del municipio, ya que se han identificado casos de
jóvenes indígenas que están expendiendo la droga (marihuana y bazuco) a los
policías y el alcoholismo y la prostitución en indígenas que hacen parte de
cuerpos armados estatales y no estatales”. El
impacto del conflicto armado sobre los derechos económicos, sociales y
culturales de los Nasa es agravado por su respeto hacia la naturaleza. Según
explican las autoridades indígenas, “la zozobra psicológica producto de los
combates diarios, el sufrimiento que causa el no saber nada de nuestros
animalitos, la finca, la casa y demás cositas que dejamos botadas cuando
salimos corriendo para protegernos de los combates. La tristeza y preocupación
de muchos del área urbana que lo perdieron prácticamente todo, es una
consecuencia más de los bombardeos de la Fuerza Aérea y las pipetas lanzadas
por la guerrilla. La interrupción de labores agrarias de los pobladores y de
las labores académicas en los centros escolares, causados por la destrucción de
algunos centros, al ser utilizados como trincheras de combates y la gran
dificultad del tráfico de vehículos a la zona por el temor de ser impactados
por alguno de los bandos en guerra”. El impacto del conflicto armado sobre las
actividades de subsistencia económica es muy alto; hay pérdida de cultivos y
cosechas por los combates. Hay afectación del derecho a la vivienda por
destrucción total o parcial, saqueo durante enfrentamientos y ocupación por los
actores armados. También hay afectación del derecho a la alimentación por los
retenes que impiden el libre tránsito de alimentos, incluidos los insumos del
ICBF para alimentación escolar, por las Fuerzas Armadas – se reporta decomiso
de insumos agrícolas como venenos, fungicidas, de combustible y de mercados;
del ICBF solo dejan pasar la bienestarina. Las
autoridades indígenas se han declarado neutrales ante el conflicto armado. Así
por ejemplo, en un comunicado de mayo 21 de 2005, las autoridades del CRIC
expresaron: “Las autoridades indígenas del Cauca rechazamos estas acciones de
las FARC, que ponen en riesgo la integridad física y mental de la comunidad.
Insistimos en afirmar que mientras las trincheras [de la Fuerza Pública] sigan
ubicadas en medio de la población civil, el conflicto va a continuar; por esto
ratificamos nuestra propuesta de una salida negociada al conflicto armado en
Colombia. Solicitamos a los actores armados en conflicto, respetar el Derecho
Internacional Humanitario, en particular los principios humanitarios de
distinción, limitación, proporcionalidad e inmunidad de la población civil”. De
igual manera, en abril de 2005, el CRIC declaró: “Frente a los actores armados,
el proceso responde con la reanimación recurrente de su autonomía, con la
exigencia de respeto y con actos de resistencia comunitaria y construcción de
alternativas prácticas. El pueblo Nasa, en unidad con el movimiento indígena
rechaza la guerra por no ser de los pueblos sino contra éstos y porque sabe muy
bien que la guerra no puede ser ganada por ninguna de las partes ni el
conflicto tiene una solución militar e insiste por tanto en encontrar una
salida política negociada al conflicto armado y a la injusticia social, basada
en el respeto a la vida y a la autodeterminación de los pueblos”. El
conflicto armado también ha exacerbado la violencia contra las mujeres del
pueblo Nasa. Entre las formas de violencia contra la mujer que ello conlleva se
cuentan: violencia sexual (con sus secuelas), enamoramiento como táctica de
guerra, reclutamiento forzado, asesinatos, desplazamiento. Las violencias de género muchas veces se
dirigen contra el proceso organizativo, las mujeres líderes y la participación
femenina: “Varios de los hechos aquí denunciados tuvieron origen en los actos
simbólicos sobre la liberación de la madre tierra y en el proceso de unidad de
las organizaciones sociales, en donde nosotras seguimos siendo parte de su
constante consolidación, hoy sentimos temor que actos como estos se repitan,
como forma de ‘castigo’, con la intención de frenar nuestra participación
política como mujeres indígenas y como pueblos en resistencia”; esto genera
miedo y zozobra que desestimulan la participación. Se denuncia, por ejemplo, la
violación de una niña de 11 años por un policía que la intimidó: “Las mujeres
indignadas denunciamos: la violación de una menor de 11 años en el 2004 por
parte de un agente de policía, quien abusando de su poder, atemorizó a la niña
con el argumento de ‘que si no estaba con él es por que compartía con la
guerrilla’”. La violencia sexual es una estrategia de los actores armados
dentro del conflicto: “la posesión de nuestros cuerpos como un botín de guerra
por parte de los distintos actores armados, es una táctica premeditada que se
utiliza dentro de nuestros territorios. Actos de violencia que en repetidas
ocasiones quedan ocultos bajo el silencio de las mujeres, por distintos
motivos, como el temor de enfrentarnos al victimario cuando éste abusa del
terror que causan las armas”. Se reporta la amenaza de violencia sexual contra
las mujeres como estrategia de los actores armados para restringir la
movilidad: “Así por ejemplo se imponen criminalmente amenazas como el hecho de
que las niñas que transiten a determinadas horas serán violadas por los
miembros de las fuerzas militares”. En cuanto al enamoramiento como táctica de
guerra, las mujeres indígenas explican: “Los diferentes actores armados vienen
utilizando como estrategia de guerra, el enamoramiento de las niñas y mujeres
de nuestra comunidad, con el ánimo de obtener información, aprovechándose en
muchos casos de su ingenuidad, sus vacíos afectivos o problemas familiares;
involucrándolas así en un conflicto del cual no son parte, colocando en alto
riesgo sus vidas y las de nuestras familias”. Esto ha generado amenazas a 9
familias y el desplazamiento de 5 jóvenes. Los actores armados las culpan a
ellas. Los casos de enamoramiento han causado embarazos que desintegran
familias, y se reportan casos de infecciones de transmisión sexual. “Cuando una
mujer indígena se involucra afectivamente con alguno de los actores armados,
ésta inmediatamente se convierte en objetivo militar, se les amenaza y se les
asesina. Un reciente ejemplo es el caso de Paula Andrea Yule Vitonás asesinada
el 29 de agosto de 2006 en el resguardo de San Francisco Municipio de Toribío
por el sexto frente de las FARC”. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. La
Corte ha sido alertada sobre una serie de crímenes de los que han sido víctimas
miembros del pueblo indígena Nasa. En los documentos que sirven de fuente a
este aparte se mencionan, entre otros, los siguientes crímenes perpetrados
contra la población Nasa en el marco del conflicto armado: -
Se denuncia la muerte del menor indígena Wilder Fabián Hurtado, y lesiones
personales a Bautista Yule y Robinson Ullune, el 16 de septiembre de 2005 en
Jambaló – vereda Zumbico, “causado por el impacto de esquirlas de una granada
de mortero lanzada por miembros del Ejército Nacional – tropas del Batallón
Pichincha al mando del Teniente Espinel. El artefacto explosivo cayó a pocos
metros de donde se encontraban reunidos más de 2500 indígenas, quienes estaban
haciendo actividades para recolectar fondos destinados al mejoramiento de la
escuela del municipio”. -
Se denuncia la muerte de la menor Paula Andrea Yule por las FARC el 29 de
agosto de 2006 en Toribío, cuando apareció su cadáver a 2 kilómetros del área
urbana de Toribío, en la vía a San Francisco, con señales de violencia sexual,
tortura y mutilación, por la relación afectiva que sostenía con un policía. -
Se denuncia que el comunero y guardia indígena del resguardo de Corinto, José
Pedro Pascué Casas, fue muerto durante la acción de la Policía Nacional contra
una Cumbre de Organizaciones Sociales del 15 al 20 de mayo en La María –
Piendamó; se reportan heridas a más de 40 participantes y detención de 29
personas. -
Se denuncia la detención arbitraria y engañosa de los comunicadores de la
Emisora del Resguardo de Caldono: “La Misión (Internacional de Verificación)
fue informada de la detención arbitraria de los comunicadores sociales de la
emisora del resguardo de Caldono, Rubiel Lis Velasco y Griseldino Yafue
Guetoto, detenidos el martes 19 de septiembre del 2006 en Caldono, cuando se
presentaron varios hombres en las oficinas de la emisora como funcionarios del
Ministerio de comunicaciones, y les informaron que existía un problema con la
licencia de la emisora. Con este pretexto, fueron conducidos a Liberia,
Popayán, y finalmente a Santander de Quilichao, donde posteriormente fueron
puestos a disposición de la autoridad competente acusados del presunto delito
de rebelión. Estos hechos se unen a otras denuncias realizadas contra varias
emisoras comunitarias e informaciones sobre la judicialización contra más de 40
comuneros indígenas”. -
En 2004, hubo 6 homicidios por las FARC en los resguardos de Canoas, San
Francisco, Alto y Bajo Naya, Guadualito, y Buenos Aires en el Cauca. En 2005,
hubo 5 homicidios por las FARC y 1 por las AUC, en Canoas, Alto y Bajo Naya, y
Buenos Aires. -
Se reporta, el 29 de enero de 2005, el asesinato del líder Ever Cunda en la
vereda El Cabildo, Resguardo La Cilia (Miranda) – tenía 38 años, 3 hijos, y era
presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda; “fue amenazado por las
FARC junto con Jairo Lasso y Ernesto Cunda (Consejero de la ACIN), hechos que
fueron antecedidos por el asesinato del coordinador de la Guardia Indígena de
la vereda Monte-redondo de ese resguardo”, en el contexto de la intensificación
del conflicto en la región por militarización en reacción a la guerrilla. -
El 10 de noviembre de 2005, se denuncia el asesinato de Belisario Camayo, de 16
años, en la Hacienda El Japio, por la Policía y el Ejército, hechos en los que
también fue herido Yerson Menza, de 20 años. -
En hechos de La María, el 16 de mayo, murió el Guardia Indígena José Pedro
Pascué Canaz, de Corinto, 35 años, presuntamente por miembros del Ejército y la
Policía. -
Hay denuncias de retención y maltratos graves de indígenas por las Fuerzas
Armadas y la Policía, sindicando a las víctimas de ser guerrilleras. Según
testimonio de una comunera del resguardo de San Francisco en Toribío, junio de
2006: “La guerrilla y el ejército nos maltratan, porque no nos quieren respetar
a las mujeres. Llegan a la casa y nos preguntan muchas cosas, que si por ahí
hay guerrilleros; hay como tres o cuatro hombres de la vereda que han sido
atropellados por el Ejército. En 2005 el Ejecito detuvo a Graceliano Ulcué. El
estaba un día domingo, borracho, y se encontró con la tropa, lo cogieron y lo
patearon. Le pidieron papeles y él los mostró y el ejército lo fue pateando.
Después le dijeron que lo iban a matar. Era la abuela que estaba y los niños
míos, y ellos se pusieron a chillar, porque según (el soldado) lo iba a matar
delante de los niños. Entonces lo dejaron y le dijeron que porque había
muchachos, no lo mataban. Sí lo dejaron amenazado y cuando dijeron que tocaba
denunciar a la Personería, nos preguntaron el apellido del soldado, pero no lo
sabíamos y no pudimos hacer nada”. -
Según el mismo testimonio, “un muchacho Micase Uri Musicue, fue detenido por el
Ejército. El es un Coordinador de la Guardia, y lo detuvieron por el radio de
comunicaciones que tiene. Fue llevado con la cara amarrada, y se lo llevaron
con ellos. Ese caso se presentó en abril a la Personería. Ellos no atendieron
que él tenía el carné y la radio, y no nos dimos cuenta. Lo tiraron al suelo, y
dijo que lo amarraron hasta que quisieron soltarlo”. -
El 28 de noviembre de 2005, el gobernador del cabildo de La Concepción en
Santander de Quilichao denunció amenazas por presuntos miembros de las FARC
para desviar recursos de transferencias a los resguardos - $12 millones-, y su
dotación de botas, machetes y linternas. -
La Defensoría del Pueblo, en el Informe Defensorial sobre la Situación de
derechos humanos de las comunidades indígenas del norte del Cauca en 2003
expresa: “A las AUC se les atribuye un número mayor de homicidios, masacres,
desplazamientos y desaparecidos (77 casos), y se especula que la autoría de
muchos que están sin identificar (19 casos) puede ser responsabilidad AUC. (…)
con la presencia de las AUC se volvió a presentar este fenómeno con una
magnitud considerable: durante el año 2001, 13 indígenas fueron desaparecidos y
3 durante el año 2002”. -
Se denuncia que el 22 de marzo de 2005, las FARC asesinan a Adriana Caso
Visconda, de 17 años, generando terror en la comunidad. -
Según denuncian las autoridades indígenas, “Cristóbal Secué empleó recursos
para investigar la muerte de comuneros a manos de las FARC y aplicó sanciones
penales a los responsables. Fueron estos mismos quienes en retaliación, le
darían muerte. Un año después, por haber adelantado las averiguaciones sobre el
homicidio de Secué, el responsable del programa, Aldemar Pinzón, fue también
asesinado por las FARC, en el sitio Bodega Alta, Resguardo de Huellas
(Caloto)”. Por estas muertes a su vez se llevaron a cabo nuevos juicios. -
De conformidad con los datos de testimonios y familiares en el norte del Cauca
en julio de 2005, las mujeres denunciaron 32 casos de violaciones o abusos
sexuales contra mujeres y niñas indígenas por los grupos armados y la Fuerza
Pública. Según
un testimonio de mujer de Tacueyó: “En el resguardo de Tacueyó en el municipio
de Toribío, dos mujeres indígenas fueron abordadas por dos soldados, quienes
les preguntaron si habían visto pasar a una mujer con un tatuaje. Las mujeres
que no sabían lo que era un tatuaje, le respondieron que no habían visto nada,
que no sabían qué era eso de los tatuajes. Luego de esta respuesta los soldados
obligaron a las mujeres a desnudarse, bajo el pretexto de la búsqueda del
tatuaje, y procedieron a tocarles los senos. Estando en esta acción, llegaron
dos sobrinas de las señoras, de 13 y 14 años de edad, quienes fueron víctimas
del mismo proceder por parte de los soldados”. Según
el testimonio de una mujer indígena de Caldono sobre hechos ocurridos durante
la campaña de toma a la hacienda Japio, recibido el 24 de octubre de 2005:
“Ella estaba cuidando el mercado, era la encargada de repartir el mercado a las
diferentes cocinas. Ella estaba allí con niños menores de edad. Llegaron unos
policías y le dijeron esta gran puta la vamos a violar. La cogieron y se la llevaron
de ahí para abajo del pelo, no la llevaron caminando. La llevaron camión
adentro. Ella ya no sentía porque estaba perdiendo el conocimiento. Ella
pensaba que la iban a violar. Se le subieron encima pisándola y le echaron
gases en la cara. Le quedó la cara toda quemada. Como habían
otros compañeros detenidos insultaban a los policías y por eso no la violaron.
En el canje la soltaron y ella volvió a Japio. Ella quedó como café, como
cicatrizada, quedó traumatizada. Ella era muy activa, ahora casi no participa”.
El
testimonio de una mujer que estuvo presente en los hechos de la María de mayo
de 2006 indica: “Cuando los ESMAD cogieron a las mujeres en la María, les
decían ‘estas hijueputas están buenas para llevárselas al cafetal, para calmar
esta arrechera’ decían los de la ESMAD. Se envolvían el cabello en las manos
para arrastrarlas. A ellas les pegaban, las arrastraban, las azotaron. (…) lo
que pasa es que ellos no tuvieron espacio de más. (…) Finalmente no se supo si
las violaron”. “Cuando
una mujer indígena se involucra afectivamente con alguno de los actores
armados, ésta inmediatamente se convierte n objetivo militar, se les amenaza y
se les asesina. Un reciente ejemplo es el caso de Paula Andrea Yule Vitonás
asesinada el 29 de agosto de 2006 en el resguardo de San Francisco Municipio de
Toribío por el sexto frente de las FARC”. -
Hay una denuncia por la Asociación de Cabildos Indígenas de Caldono, CRIC,
ONIC, septiembre de 2006, sobre la detención arbitraria de los dos
comunicadores de la emisora indígena, Rubiel Lis Velasco y Griseldino Yafue
Guetoto, el martes 19 de septiembre de 2006 en Caldono, sin orden de captura ni
razón, junto con hostigamiento a la emisora Radio Usual Nasa Yuwe Estéreo. -
Se denuncia el asesinato del joven Páez Jhon Jairo Ramos Campos por las FARC –
columna Gabriel Galvis el 4 de marzo de 2007 en la vereda Granates – municipio
de florida; el joven había hecho parte de las FARC, desertó y se incorporó a la
red de informantes del ejército. Las FARC amenazaron a la comunidad. -
El 13 de marzo de 2007, tuvo lugar el homicidio de Apolinar Poscué Yonda en la
vereda el Salado, por desconocidos. -
El 17 de marzo de 2007, tuvo lugar el homicidio de Ricardo Ipía Dagua en la
vereda Altamira, por desconocidos. -
Las autoridades indígenas han denunciado “que sin excepción, todos los actores
armados han ejecutado asesinatos sobre jóvenes indígenas que defendían la vida,
la organización y la comunidad: Henry Silva, comunero del territorio de
Tierradentro, asesinado por las fuerzas del Estado; Víctor Muñoz Pacinga,
comunero del territorio Norte, del Resguardo de la Concepción, asesinado por
presuntos paramilitares; Belisario Camayo y Pedro Pascué comuneros del
territorio Nor-oriente y Norte asesinados por las fuerzas del Estado”. -
Se denuncia un enfrentamiento entre Fuerzas Armadas y guerrilla el 19 de enero
de 2006 en el sitio Barro Negro del resguardo de Vitoncó, en el que fueron
heridas las indígenas Flor Basto y Mausaen Elena Mulcue, y murió el conductor
del bus. El mismo día se asienta el ejército en el sitio sagrado Tafxnu de la
comunidad de Taravira-resguardo de Talaga, instalando armas de largo alcance
para ataque, generando el desplazamiento de las familias cuyas viviendas eran
aledañas. “El primer artefacto que lanzó la fuerza Pública desde Taravira, cayó
sobre la población indígena de Caloto resguardo de Huila, donde muere el joven
estudiante Omar Henry Silva Pete de 19 años de edad que en el momento prestaba
el servicio de la Guardia Indígena, igualmente fue herido Félix maría Cucha
pacho, también se destruyeron unas viviendas”. En resguardo de Tóez, mujeres y
menores fueron desplazados a la cabecera municipal de Páez. “En el transcurso
de estos enfrentamientos la Fuerza Pública maltrató a la población civil,
señalándolos como auxiliadores de la guerrilla y tomando las pertenencias de
las viviendas como alimentos, animales y otros enseres”. -
8 días después cayeron víctimas de minas antipersonal: Leonel Finscue y Andrés
Atillo del Resguardo de Huila; 2 niños: Ovidio Montano Baicue y Oliverio
Montano Baicue del resguardo de Vitoncó, con secuelas físicas y psicológicas. -
Se denuncia un caso de detención arbitraria de una mujer indígena con
discapacidad mental y en estado de embarazo - “El día 23 de marzo del presente
año fue detenida en Silvia Cauca Benilda Pete Cuetetuco del resguardo de Huila
Páez y recluida en la cárcel La Magdalena de Popayán, sindicada por extorsión,
del cual esta compañera tiene limitaciones mentales y la autoridad del
resguardo hizo las diligencias de autoridad tradicional pero no fue escuchada,
sin embargo le dieron la libertad el día 23 de septiembre del presente año por
su estado de embarazo con la condición de seguir presentándose cada tres
meses”. -
El CRIC denuncia el asesinato, el 9 de enero de 2006, de Hortensia N. Tunja
Cuchumbe de 17 años por miembros del Batallón Cacique Pigoanza del Ejército,
cuando volvía de una fiesta comunitaria. Ella era empleada doméstica en Bogotá,
pero su mamá manifiesta que las Fuerzas Armadas le dijeron que era guerrillera.
En la acción también resultó muerto Manuel Antonio Tas y herido William Cuarure
Medina. -
Se reporta que, el 5 de agosto de 2006, fue herida con una bala de fusil la
niña Erica Eliana Casamachín Tenorio, de 8 años, durante un hostigamiento de
las FARC a la policía de Toribío en pleno parque principal en un día de
mercado. -
Se denuncia que, el 14 de octubre de 2008, fue asesinado un comunero
indígena en el Cauca. Según se reporta
en el periódico El Tiempo, “el comunero Nicolás Valencia Lemus,
de 39 años de edad, fue asesinado el pasado domingo por presuntos integrantes
de las Águilas Negras en la vía que de El Palo conduce a Toribío, en el Cauca,
cuando viajaba en un vehículo junto con su esposa y su hijo. //
Al parecer, dos hombres encapuchados que se identificaron como miembros de esta
organización ilegal le dispararon delante de su familia. Los delincuentes,
antes de huir, escribieron en los vidrios del vehículo “Águilas Negras” //
Nicolás era hermano de reconocidos líderes del movimiento indígena del Cauca.” 3. Medidas
interamericanas de protección de miembros del pueblo Nasa. El
31 de octubre de 2005, la CIDH otorga medidas cautelares a favor de 9 líderes
de la ACIN. “La información provista indica que el pueblo Nasa que habita en el
norte del Departamento del Cauca, y en particular sus líderes, habrían sido
objeto de actos de violencia y amenazas por los actores del conflicto armado
asentados en esa zona, así como de señalamientos del Ejército Nacional. En
vista de la situación de riesgo para los beneficiarios, la Comisión solicitó al
Gobierno colombiano la adopción de las medidas necesarias para proteger la vida
y la integridad personal de [XXX], e informar sobre las acciones adoptadas con
el fin de investigar los hechos que justifican la adopción de medidas
cautelares. (…)” 4. Afectación del pueblo
Nasa por el desplazamiento forzado. El
panorama de afectación de la etnia Nasa por el conflicto armado recién descrito
se configura como causa, latente y efectiva, del desplazamiento forzado de las
comunidades que la integran. Según
explican las autoridades indígenas, “la presión de la militarización en los
municipios de Jambaló y Toribío así como en las otras zonas del Cauca ha
originado desplazamientos forzados masivos y fuertes posiciones de rechazo de
la comunidad indígena y campesina a la presencia de la Fuerza Pública y actores
ilegales armados”. Así,
por ejemplo, la masacre del Naya del 11 de abril de 2001, cometida por las AUC,
presuntamente con complicidad de miembros de las Fuerzas Armadas, generó el
desplazamiento de varias familias Nasa; algunas están en Timbío; están viviendo
en condiciones de extrema pobreza y reclaman que no han recibido ayuda integral
del Estado. CODHES
registra 5 desplazamientos masivos, en 2005, por intensificación de operaciones
militares, retaliaciones contra la población civil, señalamientos a las
comunidades de ser colaboradoras de la guerrilla. Se han dado retornos
espontáneos. El
26 de abril de 2005, en la zona rural de Jambaló se presentaron combates, que
generaron desplazamiento forzado masivo a La Esperanza, Zumbico, La Laguna y
Loma Pueblito en Jambaló, y Ovejeras y Pitayó en Silvia. De acuerdo con el
comunicado público de las autoridades: “Hemos tomado la decisión de retornar
por encima de los riesgos que aun existen por efectos de la guerra y exponiendo
nuestras propias vidas… En el resguardo municipio de Jambaló habitamos 14.200
personas, de las cuales 954 vivimos en el área urbana, y 13200 en 36 veredas de
la zona rural. Cuando los combates arreciaron, el día viernes 22 de abril, el
95% de los pobladores del área urbana nos vimos en la obligación de
desplazarnos a los sitios de concentración. El día de ayer tomamos la decisión
de retornar. Y esta mañana, desde las 7 AM empezaron nuevamente a sonar los
disparos de mortero y cilindros, dirigidos hacia el casco urbano. (…) Nuestro
retorno no se debe al incremento del pie de fuerza pública, sino a las
difíciles condiciones de salud que se presentaron con los niños, mujeres en
embarazo y ancianos en los sitios de concentración fuera del casco urbano. Es
de anotar que en estos sitios no hicieron presencia los organismos del Estado
para garantizar condiciones mínimas de supervivencia… La Cruz Roja Colombiana y
el CICR llegaron tres días después. (…) Otro factor que nos obliga a retornar
es el hecho de que nuestras casas quedaron solas y varias de ellas estaban
siendo saqueadas y otras ocupadas por la Policía. Así mismo, los animales
domésticos que poseemos y que nos garantizan alimento, se están muriendo y
desapareciendo. Si esto continúa así, nos veremos en el riesgo de convertirnos
en mendigos, limosneros y dependientes, a lo cual no estamos dispuestos, pues
nuestra dignidad nos lo impide”. 5. Respuesta estatal a
la situación del pueblo Nasa. La
respuesta de las autoridades estatales a la situación del pueblo Nasa ante el
conflicto armado y el desplazamiento forzado se ha centrado en dos ámbitos, a
saber, la implementación de las medidas cautelares ordenadas por la CIDH, y la
atención incipiente de algunas víctimas, según se explica a continuación. a. Implementación de las
medidas cautelares de la CIDH Según
se indica en el informe allegado por la Dirección de Etnias del Ministerio del
Interior y de Justicia a la Corte Constitucional en respuesta al Auto 248 de
2007, se han adoptado las siguientes medidas para implementar las medidas
cautelares de la CIDH: -
Adopción de medidas de protección individual para los beneficiarios. -
Seguimiento a investigaciones penales y disciplinarias. -
Adopción de medidas de seguridad por la Fuerza Pública y la Policía nacional. No
se proveen más detalles sobre el contenido específico de estas actuaciones. b. Medidas de atención a
las víctimas De
otra parte, en el informe de Acción Social a la Corte Constitucional en
respuesta al Auto 251 de 2007, se reporta lo siguiente:
SITUACION DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS DE LA AMAZONIA COLOMBIANA K. Situación del pueblo
Koreguaje ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La información de
base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico sobre la situación
actual del pueblo Koreguaje ante el conflicto armado y el desplazamiento
forzado proviene de distintas fuentes que coinciden en su descripción del
estado de cosas presente. Entre los documentos consultados para este aparte se
encuentran: (1) Recopilación de violaciones a los derechos humanos de los
koreguaje, elaborado por la Secretaría de Asuntos Indígenas de la Gobernación
del Caquetá. (2) Documento titulado “Situación de desplazamiento – Pueblos indígenas
del Caquetá”, elaborado por CRIOMC, julio de 2007. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Koreguaje por el conflicto armado. El
pueblo indígena coreguaje, ubicado en los municipios de Milán y Solano del
Departamento del Caquetá, ha sido objeto de un proceso de persecución y
exterminio por parte de la guerrilla de las FARC, a través de actos criminales
–masacres, homicidios selectivos, hostigamientos, retenciones, amenazas y
desplazamiento forzado- que se han intensificado desde el año 1993, con el
asesinato del líder Aquiles Bolaños. Una importante proporción de las familias
que conforman este pueblo indígena se ha visto forzada a desplazarse a la
ciudad de Florencia, donde actualmente habitan aproximadamente 400 personas de
esta etnia, y han conformado una organización de indígenas coreguaje
desplazados. Los
Coreguaje viven en los municipios de Solano y Milán (Caquetá), en las cuencas
de los ríos Orteguaza, Peneya, Caquetá, Mecaya y afluentes. Hay cultivos
ilícitos extensivos, presencia de 3 o 4 frentes de las FARC y una alta
colonización en sus territorios; pero mantienen sus usos y costumbres. Son 1767
personas aproximadamente para 2007; 21 cabildos, 17 resguardos para 21.600
hectáreas; 2 cabildos no tienen territorio. El
Consejo Regional Indígena del Orteguaza Medio y Caquetá (CRIOMC) surge en los
80s, bajo el líder Aquiles Bolaños Piranga. A mediados de los 80 irrumpe la
presencia masiva de colonos y la producción intensiva de coca, así como las
FARC, en su territorio; los coreguaje intentan mantenerse al margen de esta
situación, pero el contexto debilita inevitablemente sus lazos sociales, su
sistema de producción y sus autoridades; es el inicio de una crisis profunda en
la cultura coreguaje. El
12 de septiembre de 1993, ocurre el asesinato de Aquiles Bolaños Piranga, por
oponerse a la construcción de una pista aérea para el narcotráfico; fue muerto
en San Antonio de Jetuchá (municipio de Milán), presumiblemente por las FARC.
Este crimen marca el inicio de una serie de crímenes contra los coreguajes:
“Uno de los efectos nefastos de este hecho es que el núcleo de líderes
fundadores del CRIOMC, que eran dirigidos por Aquiles, se divide y muchos se
pliegan a las presiones producto de la nueva situación”. A partir de ahí vienen
los asesinatos, desplazamientos, desapariciones, reclutamientos forzosos. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. De
acuerdo con los documentos consultados, algunos miembros del pueblo coreguaje
asesinados por las FARC son los siguientes: -
Aquiles Bolaños Piranga, 12 de septiembre de 1993 – San Antonio de Jetuchá. -
Masacre del 25 de julio de 1997 – 7 muertos y 4 desaparecidos, en el Resguardo
de San Luis. -
Masacre del 22 de agosto de 1997 en Cuerazo – 5 muertos. -
Yesid Valencia, 1995, en el resguardo del Diamante. -
Celimo Gutiérrez – en San Antonio, 20 de julio de 1997. -
Jorge Camacho – en Granario, julio de 1997. -
Elías Valencia Márquez, Eliseo Valencia Márquez y otro hermano, en Campo Alegre
– resguardo de Puerto Naranjo, 1997. -
Constantino Figueroa Bolaños, Bernabé Piranga Valencia – noviembre 30 de 1997. -
Luis Piranga – 12 de octubre de 1998, resguardo de Gericha. -
José Bolaños de El Diamante, muerto en San Antonio, 1998. -
Oliver Gutiérrez de Buenos Aires, muerto en Campo Alegre. -
Waldino Pizarro, 1999, en resguardo Maticuru. -
Roque Piranga, de El Diamante, muerto en San Antonio de Getuchá, 1999. -
Ernesto Bolaños, de Agua Negra, muerto en 2000. -
Delio Bolaños, de Agua Negra, muerto en 2000. -
José Nelson Gutiérrez, cacique de Getuchá, muerto en San Antonio, 1995. -
Rafael Muchasoy, muerto en Manicuro, año 2000. -
Juan Pizarro, muerto en Gericha, 2002. -
Enrique Moreno, de Agua Negra, muerto en 2003. -
Enrique Figueroa Vallejo, de Peña Roja, desaparecido en abril de 2005. -
Oscar Camacho, abril de 2005, de Agua Negra, docente en Peña Roja. Algunos
koreguaje reclutados forzosamente por las FARC: -
Oliver Gutiérrez (resguardo Gorgonia) -
Narciso Gutiérrez (resguardo Gorgonia) – aparentemente asesinado en 2004. -
Hugo Gasca (resguardo Agua Negra) – aparentemente asesinado. -
Eliécer Iles (Gericha), 1998 -
Lorena Gasca – 14 años (Agua Negra), 2006 – información de que fue asesinada. -
Olga María Gutiérrez – 15 años (Agua Negra), 2006 – aparentemente asesinada. Por
acciones de las FARC, hay 22 familias/110 personas desplazadas, pendiente un
censo completo. 10 desaparecidos. 23 viudas y 70 huérfanos. 3. Afectación del pueblo
coreguaje por el desplazamiento forzado Desde
1993, el pueblo coreguaje ha tenido más de 60 muertos y desaparecidos, todos en
la impunidad. Ello ha motivado el desplazamiento de más de 400 personas a
Florencia, que progresivamente pierden su cultura. Amenazas recientes contra los líderes del
CRIOMC, ha generado desde mayo de 2007 su desplazamiento permanente. El
desplazamiento genera adaptación forzada a un nuevo medio, con la pérdida
consiguiente de la cultura propia por pérdida de la relación con el territorio
y la naturaleza; ello es un problema especialmente grave para las generaciones
más jóvenes, porque los niños y adolescentes van creciendo en otro contexto. 4. Respuesta estatal a
la situación En
su informe de respuesta al Auto 251 de 2007, Acción Social reportó a la Corte
lo siguiente.
Por
su parte, en el informe de la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y
de Justicia a la Corte, en respuesta al Auto 251 de 2007, se informa lo
siguiente. “CAQUETA 1. En desarrollo de
nuestras funciones de coordinación y direccionamiento de lineamientos de
política, esta Dirección ha desarrollado el proceso de implementación de la
‘Directriz para la prevención y atención indígenas en situación de
desplazamiento y riesgo con enfoque diferencial’, que se avanza con el apoyo
del ACNUR y en coordinación con Acción Social del nivel nacional y regional
mediante talleres que se adelantan en diferentes departamentos; uno de ellos se
efectuó en el Departamento del Caquetá con las Autoridades indígenas
regionales, organizaciones de desplazados y comunidad, en donde se nos informó
sobre la grave situación de vulnerabilidad y riesgo de líderes y autoridades de
las comunidades indígenas Coreguaje, Uitoto, Embera Katíos y Pijaos, por parte
de los actores armados que operan en la región (Taller realizado en la ciudad
de Florencia el día 3 y 4 de mayo de 2007, agenda y memorias que anexo a la presente). 2. Teniendo en cuenta
esta situación se adelantaron gestiones interinstitucionales del nivel nacional
con la Dirección de Derechos Humanos programa de Protección Ministerio del
Interior y de Justicia, ACNUR, Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, y en
el nivel regional con la Secretaría de Gobierno del Departamento del Caquetá,
Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y Fuerza Pública, a
los cuales se convocó a una reunión el día 4 de julio del presente, con el fin
de analizar la situación y formular y concertar una estrategia de Prevención y
Protección para líderes, autoridades y comunidades indígenas con representantes
de las comunidades afectadas (reunión realizada en el Centro Diocesano de la
Arquidiócesis de Florencia, Ayuda memoria anexa). 3. Igualmente se
solicitó a la Secretaría de Gobierno del Departamento convocar al Comité
Departamental de Atención a la Población Desplazada, con el fin de tratar el
tema de la situación y riesgo e las poblaciones indígenas del Departamento y
definir acciones por parte del SNAIPD regional. Lamentablemente dicho comité no
se llevó a cabo por la marcha nacional de apoyo a las familias de los diputados
asesinados. 4. Nuevamente se
solicitó a ese despacho citar al comité departamental entre los días 30 de
julio al 3 de agosto, siendo citada para el día 2 de agosto. Igualmente esta
dirección citó a las entidades del nivel nacional Procuraduría General de la
Nación…, Defensoría del Pueblo…, Derechos Humanos – Ministerio del Interior y
de Justicia… y Acción Social. 5. El día 2 de agosto se
realizó en la ciudad de Florencia – Caquetá el Comité Departamental con la
presencia de Acción Social Nacional y entidades del SNAIPD departamental en la
cual esta Dirección presentó el contexto de la situación de desplazamiento y
riesgo de las comunidades indígenas del departamento y las propuestas de
acciones para la prevención y protección, atención humanitaria y
reestablecimiento de las comunidades afectadas, con el fin que el Comité tomara
medidas y las incluyera en el PIU departamental, para garantizar así la
atención diferencial que requieren estas comunidades. Estas propuestas fueron
trabajadas y concertadas directamente con las comunidades afectadas. 6. Estamos solicitando
la copia del acta del comité departamental del día 2 de agosto, con el
propósito de hacer seguimiento a los compromisos allí establecidos.” L. Situación del pueblo
Kofan ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Kofán ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de distintas fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Los documentos consultados más
importantes son: (1) Informe Preparatorio MIV – Putumayo. (2) Intervención de
la Mesa Cofán ante la Corte. (3) Intervención de OZIP ante la Corte. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo Kofán por el conflicto armado. El
pueblo Kofán se ubica principalmente en el departamento del Putumayo, que ha
sido duramente afectado por el conflicto armado. Las
autoridades tradicionales que representan a los cabildos indígenas del pueblo
Kofán y los cabildos indígenas del Valle del Guamuéz y San Miguel conforman una
Mesa Permanente. Las comunidades pertenecientes a la Asociación están en los
resguardos de Ukumari-Kankhe, Yarinal San Marcelino, Santa Rosa del Guamuez,
Campo Alegre del Afilador, Santa Rosa de Sucumbíos y El Diviso, La Argelia,
Nuevo Horizonte; y en las reservas de Santa Rosa del Guamuez, Santa Rosa de
Sucumbíos, Yarinal, Afilador. Las
autoridades Kofan han denunciado que, en el contexto del grave conflicto armado
que afecta al departamento del Putumayo, hay tres puntos básicos que son objeto
de su preocupación por plantear riesgos claros para su supervivencia étnica, a
saber, la presencia de cultivos ilícitos y la realización de fumigaciones con
efectos indiscriminados; la realización de actividades petroleras sin consulta
previa; y la instalación del Centro Nacional de Atención Fronteriza, sin
consulta previa, en su territorio. Desde 2002 han denunciado que la
intensificación del conflicto en el Putumayo está violando sus derechos, y
pidiendo protección y trabajando en su defensa a través del Plan de Vida. La
intensificación por el redoblamiento de las estrategias antinarcóticos y
contrainsurgentes agudiza el conflicto armado. En
cuanto a las actividades petroleras, han denunciado que éstas afectan el medio
ambiente, la cacería y los lugares sagrados, y que no se realizó debidamente la
consulta previa. Ecopetrol actualmente tiene los proyectos Sucumbíos 2D y
Putumayo Occidental 3D, que están generando división interna en el pueblo, y
generan desplazamiento progresivo de los habitantes de las zonas de los pozos,
como ya ha pasado. También
indican que el CENAF (Centro Nacional de Atención Fronteriza), sobre el Río San
Miguel en la frontera con Ecuador, se estableció sin consulta previa: “en la
actualidad se encuentra allí unidades de policía, ejército, la armada, DAS,
DIAN, quienes por falta de conocimiento consideran a la población indígena como
agentes extraños, sospechosos, limitando la libre locomoción, pesca, cacería y
rituales sagrados de los dueños de estos territorios ancestrales”. También
han denunciado consistentemente fumigaciones indiscriminadas. Denuncian daños
por fumigaciones así: “A pesar de haber firmado un acuerdo con el Estado
colombiano y mostrado con prontitud resultados verificables, con un 70% de
cultivos ilícitos erradicados y una cobertura del 100% de las familias
atendidas (577 familias), las fumigaciones se han reanudado y sus efectos no se
han hecho esperar; de forma indiscriminada se han fumigado las 18 comunidades
indígenas, afectándose los cultivos de chiro, yuca, maíz y plátano trabajados
en el programa de seguridad alimentaria, además de los huertos medicinales y
hectáreas de cultivos programados para los proyectos colectivos de
piscicultura, porcicultura y zoocría”. Se reportan problemas respiratorios en
los niños de las comunidades fumigadas. 2. Relación detallada de
los crímenes sobre los cuales se ha informado a la Corte. La
Corte ha sido alertada sobre una serie de crímenes de los que han sido víctimas
miembros del pueblo Kofan. En los documentos que sirven de fuente a este aparte
se mencionan, entre otros, los siguientes crímenes perpetrados contra la
población Kofan en el marco del conflicto armado: -
“En la comunidad de Alto Comboy el día 23 de mayo de 2007, los jefes de la
Brigada Móvil 13 del Ejército Nacional retuvieron al joven Miguel Morán Acosta,
siendo amarrado y arrastrado sacándolo de la comunidad; al día siguiente la
brigada reportó la baja de un guerrillero muerto en combate, identificado como
Miguel Mora Acosta, hecho que generó un desplazamiento masivo hacia la cabecera
municipal de La Hormiga – Putumayo por parte de la comunidad de Alto Comboy.” -
El 16 de octubre de 2005, en la comunidad de San Marcelino, las AUC retienen y
desaparecen a 6 menores de edad por supuestos nexos con las guerrillas de la
zona – ello genera el desplazamiento de 71 familias al Ecuador, quedan 9
familias en la comunidad. -
El 12 de octubre de 2000, denuncian un atentado con arma de fuego contra el
gobernador del cabildo Villa Nueva del Valle del Guamuez. -
En agosto de 2002, el Defensor del Pueblo y las autoridades Kofan, que habían
denunciado ante las autoridades su retención, denuncian el asesinato de tres
indígenas del Cabildo de Santa Rosa del Guamuez, retenidos desde el 4 de agosto
por un grupo perteneciente a las AUC en La Hormiga, Putumayo: Obencio Germán
Crillo Queta, líder, médico tradicional, profesor, artesano y autoridad; Nelson
Porifio Criollo Taimal, Jesús Alirio Churán Criollo. -
En enero de 2002 fue asesinado Palo Emilio, líder y autoridad tradicional. 3. Afectación del pueblo
kofán por el conflicto armado. El
conflicto armado ha generado desplazamiento y riesgo de desplazamiento al
interior de la etnia Kofán; y según se reporta, el Estado no ha adoptado
medidas preventivas. La
principal causa de desplazamiento es la presencia de actores armados legales e
ilegales que operan en la zona. Así,
además de las denuncias de los crímenes a los que se ha hecho referencia en el
punto anterior, mencionan “el ametrallamiento por parte de la Fuerza Aérea a
las comunidades de Villanueva y Santa Rosa de Sucumbíos, causando daños
materiales sobre algunas casas de habitación y casas ceremoniales, sin existir
razón alguna y sin recibir ninguna notificación sobre esas actividades dentro
de las comunidades”. También
hacen referencia a las fumigaciones aéreas con glifosato, que se iniciaron en
2000 y han continuado permanentemente, hasta el 24 de julio de 2007. Ellas han
afectado la seguridad alimentaria, por afectar todo tipo de cultivos, animales,
y la salud de los pobladores, lo cual genera desplazamiento por falta de
alimentos. Por ejemplo: “El día 9 de agosto de 2007, la comunidad de Villanueva
fue fumigada con glifosato (los potreros, ríos, casas, sitios sagrados,
chagras, la escuela), causando la intoxicación de cuarenta y nueve personas,
las cuales fueron atendidas en el hospital Sagrado Corazón de Jesús en La
Hormiga y el hospital de Orito, caso que puede corroborar Dasalud (Departamento
de epidemiología) del Putumayo”. Las fumigaciones causan afecciones
dermatológicas, respiratorias y de salud en general, estimulando el
desplazamiento hacia Ecuador. 4. Respuesta estatal a
la situación No
se ha informado a la Corte sobre la adopción de medidas estatales en respuesta
a la situación del pueblo Kofán. La única información que se allegó a la Corte,
en el informe de respuesta de Acción Social al Auto 251 de 2007, fue la
siguiente:
N. Situación del pueblo
Siona ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Siona ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Las
principales fuentes consultadas para la escritura de este capítulo son las
siguientes: (1) Documento titulado “Informe Actual sobre la Situación de Violencia
en los pueblos indígenas del Departamento del Putumayo/Colombia” – Informe
preparatorio para la Misión Internacional de Verificación de la Verdad en
Pueblos Indígenas, julio de 2006; (2) Intervención del representante de la
Asociación de Cabildos Indígenas del pueblo Siona del Putumayo, ACIPSP-ZIOBAIN,
ante la Corte Constitucional. 1. Panorama general de
afectación étnica del pueblo por el conflicto armado. El
pueblo Siona se ubica en los municipios de Puerto Asís y Puerto Leguízamo, en
las fronteras con Ecuador y Perú en 4 resguardos en Puerto Asís, 4 en Puerto
Leguízamo, 2 en proceso de constitución. 395 familias, 1960 personas. Al
igual que los demás pueblos indígenas del Putumayo, han sido gravemente
afectados por el conflicto armado en el departamento. La siguiente comunicación
de las autoridades Siona a la Corte ilustra su situación. “Desde
el año 1960, las bonanzas extractivas como: la explotación de recursos
maderables, explotación de pieles, explotación de hidrocarburos, explotación
minera, la construcción de vías y la colonización de estos territorios, nos fue
desplazando de nuestros territorios ancestrales comprendidos desde Orito,
Puerto Asís y Puerto Leguízamo. A partir de 1980 la instalación de cultivos
ilícitos permite una colonización indiscriminada, y la presencia de actores
armados legales e ilegales, generando el desplazamiento de nuestras familias a
los centros urbanos de los municipios de Puerto Asís, Leguízamo y Mocoa, como
también al Ecuador”. Hoy
en día los Siona están en alto riesgo de desaparición como pueblo. La
fuerte militarización del Putumayo y la presencia de Fuerzas Armadas ha exacerbado el conflicto. Las autoridades Siona enumeran
así los distintos problemas causados por los actores armados: “- Las fuerzas militares
irrespetan los espacios sagrados (casa de sanción de yagé, ríos, lagunas). - Estacionamiento y
patrullaje en el territorio. - Desintegración de la
familia y vida de la comunidad. - Entrenamiento de
polígono afectando al resguardo indígena Siona Vega de Santana. - Pérdidas de vidas. - Reclutamiento de
jóvenes indígenas Siona. - Pérdida de
semovientes. - Desplazamientos
fronterizos por hostigamiento de los actores armados (Ecuador). - Incremento de las
madres solteras. - Señalamiento,
estigmatización de organizaciones, líderes, jóvenes, comunidad, como
guerrilleros y/o milicianos. - Acoso sexual. - Restricción en el paso
de los alimentos por vías terrestre o fluvial. - Abuso de la fuerza
pública en los retenes. - Retención ilegal. - Retención de
documentos. - Confinamiento dentro
del territorio. - Acusamiento de la
infantería de marina por la pérdida de un arma a una persona especial en
resguardo Siona del Tablero. (…) 2. Seguridad
alimentaria: - No permiten realizar
las actividades de la chagra. - No permite hacer las
actividades de caza y pesca en horas diurnas o nocturnas de acuerdo a la
costumbre. - Abuso de los alimentos
de pancoger. 3. Educación: - Pérdida de la
educación tradicional. - Deserción de los niños
de los centros educativos. - Señalamientos de los
docentes.” En
cuanto al desplazamiento forzado, se identifican como causas del mismo: el
enfrentamiento de los actores armados en los territorios; la implementación de
proyectos de explotación de hidrocarburos; y el involucramiento en el conflicto
armado. Se reporta que hay un alto subregistro de la población desplazada
Siona, especialmente por su escepticismo ante el SNAIPD y la falta de atención
diferencial. No
se cuenta con información detallada sobre la respuesta estatal a la situación
del pueblo Siona. La única información provista a la Corte por Acción Social,
en respuesta al Auto 251 de 2007, es la siguiente:
SITUACION DE LOS PUEBLOS
INDIGENAS DE LA ORINOQUIA COLOMBIANA Ñ. Situación del pueblo
indígena Betoye ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Betoy ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Las
principales fuentes consultadas para la escritura de este aparte son las
siguientes: (1) Informe Regional de la Misión Internacional de Verificación a
Arauca, septiembre de 2006; (2) Documento titulado “Situación de Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario – Departamento de Arauca, 2004-2006
(Primer Trimestre)”, elaborado por el Consejo Nacional Indígena de Paz – CONIP,
septiembre de 2006; (3) Documento titulado “Las mujeres indígenas colombianas y
nuestras voces de resistencia”, elaborado por el Foro Nacional de Mujeres
Indígenas – septiembre 27 de 2006. 1. Panorama general de
afectación étnica de las comunidades indígenas Betoyes por el conflicto armado. Los
pueblos Betoy habitan el departamento de Arauca. Están ubicados en los
resguardos siguientes: Genareros
(La Esperanza, La Fortaleza, El Totumo): 19 familias, 68 habitantes, 123
hectáreas. Macarieros
(San José): 13 familias, 59 habitantes, 16 hectáreas. Roqueros
(El Dorado): 17 familias, 105 habitantes, 101 hectáreas. Puyeros
(5 familias, 29 habitantes, 27 hectáreas). Parreros
(15 familias, 65 habitantes, 207 hectáreas) Julieros
y Velasqueros (14 familias, 53 habitantes, 228 hectáreas). En
Arauca se denuncian los siguientes actos, cometidos por la guerrilla, las
Fuerzas Armadas y los paramilitares: -
Asesinatos contra miembros y líderes indígenas, que provocan disgregación
social. -
Señalamientos continuos de pertenecer a las guerrillas o los grupos armados
ilegales, que generan estigmatización y desplazamiento. -
Restricción de la movilidad por territorio indígena. -
Amenazas y detenciones arbitrarias, principalmente a los líderes y a jóvenes
indocumentados. -
Ocupación de resguardos, instalación de minas antipersonal en sus territorios. -
Ocupación por la Fuerza Pública de escuelas, centros de salud y espacios
comunitarios, así como del resguardo, durante operaciones militares. -
Presión sexual por las Fuerzas Armadas a mujeres y jóvenes indígenas, con
aumento correlativo del madresolterismo, ITS, y repudio por la comunidad. -
Reclutamiento forzado de jóvenes. -
Los crímenes no se denuncian por temor, y por la percepción de que hay falta de
garantías y es inútil. El
conflicto en Arauca se intensifica por la llegada de las guerrillas del ELN y
de las FARC a los territorios, generando presiones sobre la población; luego se
empeora con las campañas contrainsurgentes de la Fuerza Pública y los
paramilitares desde los años 90; los Betoyes han sido el pueblo más afectado,
con masacres, asesinatos selectivos, hostigamientos, torturas y amenazas de
muerte. Los
pueblos Betoy están en riesgo de una crisis humanitaria muy grave: “antes
derivada de la pérdida de sus medios de vida, por la construcción y puesta en
marcha del Campo Caño Limón, en Arauquita, y ahora por la declaratoria de una
guerra en territorio de estas comunidades entre los frentes 10º y 45 de las
FARC-EP y la Compañía Simacota y el Frente ‘Domingo Laín’ del ELN, que inició
desde el 2005 y ya ha cobrado la vida de dos comuneros (una maestra y su
esposo) en marzo de 2006, generando un masivo desplazamiento forzado de las
comunidades de Parreros”. La
militarización progresiva de Arauca desde 2002 ha traído un incremento
proporcional de los señalamientos y maltratos, que han afectado especialmente a
los Betoye, por estar ubicados en zonas de permanente enfrentamiento armado. Hay
alta presencia paramilitar en el departamento – las AUC operaban mediante el “Bloque
Centauros” con presencia en Tame y Puerto Rondón. La estrategia implicaba
control del territorio, del abastecimiento y la movilización. Hubo múltiples
asesinatos en los municipios de mayor concentración de población indígena:
Tame, Fortul, Saravena, Arauca. Según testimonios de betoyes desplazados en
Fortul, en junio de 2006, la disputa entre paramilitares y guerrilla por el
control de la población los ha afectado: “Los paramilitares buscaban matar a la
comunidad. La Policía realizó combates en zona de la comunidad de Parreros;
entraron a las casas y quitaron todo… [Hubo] combates en la comunidad de
Roqueros, entre las AUC y las FARC, desde las cinco de la mañana, en donde
hirieron a la señora Carmen María Trocaría, el 6 de marzo de 2006. En la comunidad
de Macarieros, Arquímedes Alonso Uribe, fue asesinado en la comunidad.” La
presencia de actores armados en el territorio obstruye la movilidad, y así
impide las actividades de subsistencia. También implica restricciones a la
movilidad de personas enfermas: “Comuneros de Julieros y Velasqueros
denunciaron que tienen dificultades cuando salen con personas heridas para los
centros asistenciales de Saravena o Arauca, porque la Fuerza Pública los acusa
de estar sacando ‘guerrilleros’”. Reportan igualmente un caso de confinamiento
con desabastecimiento alimenticio por las FARC, que según denuncian,
desaparecieron a indígenas de la comunidad que habían salido a traer
provisiones, lo cual generó su desplazamiento en abril de 2006 a la montaña; y
varios meses después, sin haber recibido atención, retornaron. Las
comunidades betoyes denuncian que por falta de acciones de saneamiento del
resguardo se han llenado de colonos que siembran coca, y por lo mismo se
vinculan a los actores armados que realizan los demás pasos del negocio del
narcotráfico. Según
testimonio de Betoyes de Fortul, junio de 2006: “Hoy en día hay muchas
amenazas: no se puede hablar con los Elenos, ni con las FARC, ni con la
Autodefensa ni con la Fuerza Pública; muchos ojos miran y sospechan y dicen que
estamos en contra de ellos. Nosotros, como indígenas nunca hemos estado
armados. (…) Nosotros a veces tenemos que ir por ahí con nuestras herramientas,
y nos para la Policía. Y ellos nos dicen ‘Entonces qué, camaradas’. Nosotros no
somos ‘camaradas’; no aceptamos que nos nombren esas palabras a nosotros.” Los
betoyes reportan también que las guerrillas siembran minas antipersonal en zona
rural de Tame. Se reporta el reclutamiento forzado de jóvenes por las FARC y
las AUC, y como raspachines. Según
el informe de 2004 de la Vicepresidencia: en 2003 hubo 4 homicidios de
indígenas en el departamento, incluidos: -
1 de marzo de 2003 – asesinato por desconocidos de un indígena Betoy en Tame; -
5 de mayo de 2003 – masacre de 5 indígenas en Parreros, secuestro de 20 más,
violación de varias mujeres. Según
testimonio del pueblo Betoye de Fortul, en junio de 2005, en un retén de la
guerrilla cerca de Tame, el Ejército disparó y murieron varios civiles que iban
en las camionetas de transporte público, incluida María Trocaría de la
comunidad de Macarieros. Se
reporta, por otra parte, el asesinato de Omaira Fernández en Parreros (Tame) el
5 de mayo de 2003 con atrocidad. Este crimen generó el desplazamiento de la
comunidad. Según
testimonios de mujeres betoyes de Fortul, el 17 de abril de 2006 hubo un
intento de violación de Rosa Campo, Gladys Fernández y una niña de 12 años, de
la comunidad de Parreros y Velasqueros, por miembros de la Brigada Móviel No.
5, quienes les preguntaban por la guerrilla. Una de ellas cedió al acoso de
varios soldados, y las otras se resistieron, pese a los insultos y amenazas de
los soldados. En
marzo de 2006 se reporta la muerte de una pareja indígena por las FARC que
generó desplazamientos; los testimonios indican que los tres niños que nacieron
de mujeres betoye embarazadas al momento del desplazamiento eran “flacos”. También
se reporta el asesinato de la profesora indígena Betoye Luz Myriam Farías, de
25 años, por las FARC, en la comunidad de Caño Claro el 6 de marzo de 2006, y
de su esposo Juan Rodríguez Villamizar, de 19 años, hermano del gobernador de
la comunidad de Caño Claro, en Fortul, por las FARC – X Frente, bajo el mando
de Alfonso Castellanos, acusándolos de auxiliar a los paramilitares y a la
Fuerza Pública, luego de haberles robado una moto que fueron a recuperar,
“porque se negó junto con su esposo, a obedecer la prohibición de movilizarse
por la carretera, en desarrollo de un ‘paro armado’. Durante el funeral de su
esposo asesinado el día anterior, la profesora Luz Myriam fue igualmente
asesinada cuando se trasladaba con el carro fúnebre a la ciudad de Saravena”. En
más de tres ocasiones se han tenido que desplazar de sus comunidades de
Velasqueros, Macarieros, Parreros, Julieros, Roqueros y Genareros, en zona
rural de Tame, con impactos destructivos de su cohesión social y su integridad
cultural. Los Betoyes han sido en Arauca los más afectados por los
desplazamientos forzados, en razón de la presencia de grupos armados, combates
y ataques contra sus comunidades. Denuncian: “Ya el 7 de abril de 2003 se
produjeron bombardeos de la Fuerza Aérea en el corregimiento de Betoyes, con un
saldo de dos indígenas y varios guerrilleros y paramilitares muertos. El día 3
de abril se habían desplazado las comunidades betoye a Pueblo Nuevo y Caranal,
por causa de bombardeos. El 5 de mayo del mismo año, hubo una violenta
incursión del bloque Centauros de las AUC, en acción conjunta con el Ejército,
en contra de las FARC y el ELN. Por eso, llegaron 360 indígenas… el 12 de mayo
a la parroquia Cristo Rey en Saravena.” Respuesta estatal a la
situación No
se ha allegado información a la Corte sobre el desarrollo de acciones por las
autoridades tendientes a prevenir la afectación de los betoyes por el conflicto
armado y el desplazamiento forzado. O. Situación del pueblo
indígena Nukak-Makú ante el conflicto armado y el desplazamiento forzado. La
información de base que ha servido a la Corte para elaborar el diagnóstico
sobre la situación actual del pueblo Nukak-Makú ante el conflicto armado y el
desplazamiento forzado proviene de múltiples fuentes que coinciden en su
descripción del estado de cosas presente. Sin embargo, la principal fuente a la
que se ha acudido, por su conocimiento de primera mano de la información, es el
reporte de la consulta contratada por la Secretaría de Salud del Guaviare y
efectuada en 2007 por el especialista H. Mondragón. Desde
1988, la población Nukak Makú ha pasado de aproximadamente 1300 a
aproximadamente 400-500 en la actualidad. Ubicación
actual de la población Nukak: Grupo
suroriental o Miípa – cuenca del Inírida al oriente de Tomachipán. Grupo
central – Cuenca del Inírida al norte y noroccidente de Tomachipán. Grupo
suroccidental – entre Caño Macú y Caño Grande. Grupo
noroccidental – desplazado en Barrancón, desde Caño Seco y Caño Danta. Grupos
de Caño Hormiga – Mucuare (nororiente) y Caño Seco (noroccidente) trabajando en
fincas de Guanapalo y la Trocha Ganadera. Grupo
noroccidental – acampando en Barranco Colorado y Caño Cumare. Grupo
nororiental – en Caño Hormiga. Grupo
nororiental – acampado en Aguabonita, procedente de Araguato, y en parte
también en fincas de Caño Macú, Puerto Mentiras y Miranda, donde tienen
problemas con los Nukak suroccidental que tradicionalmente han vivido en el
área. Actualmente
los Nukak son algo más de 500 personas. La situación de los grupos Nukak en
2007 era la siguiente: 1.
Región Nororiental (Wayari Munu): 1.1.
Grupos de Caño Araguato – 160 personas, todas desplazadas: 140 en Aguabonita,
20 en el caserío Macú. Están esperando el retorno; se les puede dar atención en
salud en el puesto de salud de Araguato. Antes del desplazamiento se dividían
en 3 grupos y 2 familias asentadas en Araguato, trabajando para los colonos. 1.2.
Grupos de Caño Hormiga – Caño Barajas (Mucuare). 1.2.1.
Grupo de Ke’eyi (Gareto) – aproximadamente 20 personas en Caño Hormiga; la
salud se puede atender/es atendida en el puesto de Mucuare. 1.2.2.
Grupo de Jupuyi (Uté) – 12 personas, lejos de su territorio cerca de Guanapalo,
en relación con grupos de Meu (región Noroccidental). De
este grupo viene Monikaro, desterrado por la guerrilla; salió de Caño Hormiga
con su suegro y su familia hasta San José y luego de varios meses fue a
Guanapalo. 2.
Región Noroccidental (Meu) (Sic)
Grupo de Caño Cumare – Barranco Colorado: 25 personas aproximadamente; la
situación es estable desde 1991. Tienen atención en salud en el puesto de salud
de Puerto Alvira (Caño Jabón), y promotor de salud. El área de sus chagras
quedó por fuera del resguardo. 2.2.
Grupos de Caño Danta – Caño Seco: 60 personas aproximadamente; parte están
desplazadas en Barrancón – 50 personas, el resto en su territorio o con colonos
de la trocha Ganadera o el caserío Macú. El extremo norte de su territorio
quedó por fuera del resguardo. Antes del desplazamiento se subdividían en 2
grupos y algunas familias asentadas con colonos de Charrasquera, hoy destruido.
Requieren promotor de salud y ayuda para restablecer/mejorar sus chagras. 3.
Müjabe’ – Región Suroccidental. 3.1.
Grupo de Caño Grande – 40 personas aproximadamente, cuyo territorio de caza,
pesca, recolección y chagras está entre los caños de la cuenca del Inírida,
Barroso, Flor, Blanco, Mosco, Macú 1 y Canchina. Atraídos por el trabajo con
colonos en el caserío macú, Puerto Mentiras, Cueva Loca; algunas familias
asentadas en torno al caserío Macú por tener acceso allí al promotor de salud. 4.
Región sur-central (Taka) 4.1.
Grupos de Tomachipán – 2 grupos, uno de 35 y otro de 25 personas. Su actividad
actual gira en torno a las chacras de Cheka müj y la atención médica en
Tomachipán; mantienen recorridos de caza, pesca y recolección por los caños de
la cuenca del Inírida: Fiebre, Macucito, Vichada, Macú 2. 5.
Región Suroriental (Miípa) 2
grupos – 70 personas aproximadamente, territorio tradicional entre los caños
Jereca, Macú 3, Patebá, Palma-Guaracú, Tucunaré, el cerro de las cerbatanas y
río Inírida. Para recibir atención en salud deben ir a Tomachipán – se han
desplazado y se superponen con los grupos centrales, aunque siguen aprovechando
su territorio estacionalmente, ahora giran en torno a Tomachipán. El
pueblo Nukak ha sido afectado por las siguientes situaciones críticas y éxodos: 1965-66:
choque con los colonos de Charras. 1988:
choque con los colonos de Caño Danta, éxodo y llegada de 43 Nukak (se habla
erróneamente de su “aparición”) a Calamar: 4 hombres, 12 mujeres, 26 niños.
Acompañado por una epidemia de gripa, que generó varias muertes por neumonía. 1989:
Traslado desde Calamar a Mitú, luego a Laguna Pabón. 1990-93:
Epidemia de gripa – éxodos a Mapiripán, Puerto Alvira (Caño Jabón), San José. 1995:
Fumigación que afectó al grupo de Caño Grande, Caño Macú; éxodo por dermatitis
a Calamar. 1996-98:
Ola de epidemias y éxodos de todos los grupos Nukak hacia Tomachipán, Caño
Jabón, San José – gripa, paludismo, infecciones intestinales, sarampión,
meningitis. 2002:
Enfrentamientos entre paramilitares que generan éxodo. 2003:
Choque entre paramilitares, Ejército y FARC en Charrasqueras, genera éxodo. 2005:
Exodo de 160 Nukak desde Araguato por temor a la guerrilla y a confrontación
inminente con el Ejército. Desde
2002, son situaciones de conflicto armado las que generaron los desplazamientos
de Wayari y Barrancón, sumados a la crítica situación de salud. La
difusión de la epidemia de gripa de 1990-93 se atribuye al manejo que se le dio
a los desplazados de Caño Danta de 1988: “Después de que la atención de los
Nukak en Calamar durante 1988 se dejó en manos del corregimiento y del personal
local del servicio de salud de la Comisaría, el Gobierno Nacional de entonces
decidió en abril de 1989 llevar a 26 Nukak que quedaban en Calamar, a Mitú, y
luego de que esta operación fracasara, 24 fueron conducidos en mayo del mismo
año, por vía aérea, hasta Laguna Pabón, lugar donde había una pista de
misioneros de Nuevas Tribus. Aunque Laguna Pabón era y es territorio Nukak, los
retornados procedían de otra región, de Caño Danta, hasta donde caminaron
difundiendo la gripa entre los grupos Nukak del camino, de manera que para
1990, se desató la gran epidemia que costó la vida a muchos indígenas y provocó
un gran éxodo. Aunque los misioneros advirtieron desde junio de 1989 que los
grupos Nukak se estaban contagiando, nada se hizo por parte del Estado hasta
que se registró el éxodo”. Desde
1990, el hospital de San José atendió con frecuencia casos de Nukak con IRA,
EDA y otras. Especialmente en los éxodos de 1990-92 y 1996-98, pero también en
el de 1993-96. En este período, el INS hizo varios diagnósticos detallados de
la situación de salud de los Nukak. Se determinó que más del 40% tenía
Filariasis, que todavía los afecta. Ante
la crisis de salud, en 1998 el Servicio de Salud y Asuntos Indígenas del
Guaviare, junto con el Ministerio de Salud, diseñan un programa de atención en
salud para los Nukak, con dos elementos centrales: el nombramiento de un médico
y la dotación de un puesto de salud en Tomachipán; y el trabajo de una unidad
móvil extramural a cargo de una médica. “Estas medidas en realidad salvaron al
pueblo Nukak de una pronta extinción. La población Nukak que había descendido a
unas 400 personas, comenzó a recuperarse”. El
modelo de Tomachipán fue exitoso por varias razones: -
El eje fue la atención médica que benefició a más de 150 Nukak de los grupos suroriental,
sur y central, y también a la población de campesinos, jornaleros y pescadores;
fue el punto de convergencia que mejora las relaciones con los Nukak. -
La interlocución de las juntas de acción comunales, permitió adecuar el
proyecto de salud y hacer seguimiento a la situación de los Nukak y su relación
con los colonos. -
La ayuda agrícola para mejorar las chagras de los Nukak, con semillas de
variedades mejoradas de plantas que tradicionalmente ya cultivaban como piña,
yuca, ñame, chanque, bore, batata, chontaduro, maíz, ají, y otras como marañón,
guanábana y patilla. Hicieron una chagra demostrativa exitosa. -
Se les facilitó el envío de artesanías para comercialización por el Fondo Mixto
de Cultura del Guaviare, creando fuente de ingresos para ciertos objetos que
les interesan: radios, linternas, pilas, machetes, botas. “Es
claro que el modelo de Tomachipán permitió estabilizar la situación de los
grupos Nukak de los alrededores, de manera que aumentaron su población y además
durante nueve años se han protegido de las crisis que provocan los éxodos”. El
informe que se ha tenido en cuenta para la elaboración de este capítulo reporta
los resultados de la consulta realizada a los Nukak desplazados en San José del
Guaviare – Aguabonita (procedentes de la región de Wayari, entre Araguato –
Caño Blanco – La Rompida – Caño Hormiga – Cerro de las Cerbatanas – Laguna
Pabón) y en Barrancón (procedentes de Meu, entre Charras, Caño Danta, Caño
Seco, Carrasquera y Guanapalo). El resultado de la consulta fue el deseo de
casi todos de retornar a su territorio, así como la conciencia de que requieren
que el retorno sea seguro y sostenible; requieren como apoyo principal un
mejoramiento sustancial de la atención en salud en los territorios a los que
retornarán. El
resultado de la consulta a los Nukak de Aguabonita, y la propuesta para el
retorno a Wayari, es: “a.
El establecimiento inmediato de un servicio de atención en salud para los Nukak
de la región de Wayari, centrado en el sitio de Araguato, con movilidad, tanto
para la atención dentro de la selva en casos de emergencia, como para evacuar
pacientes graves. La atención estaría encabezada por un médico e incluiría dos
promotores (uno ya está nombrado) y los medicamentos necesarios. Esto sería
posible con parte de la inversión que actualmente hace el Fosyga para pagar las
facturas de los Nukak asentados en Aguabonita. b.
La planificación y ejecución a mediano plazo de programas para resolver otras
necesidades como educación (aritmética, lectura, escritura, español);
asistencia hortícola (semillas mejoradas aptas para sus huertos, técnicas para
mejorarlos); y fortalecimiento de la cultura propia. c.
El establecimiento de una concertación y seguimiento continuado con las juntas
comunales de la región de Araguato”. El
resultado de la consulta a los Nukak de Barrancón, y la propuesta para el
retorno a Meu, es: “a.
El nombramiento en Guanapalo o Caño Seco de un promotor de salud para los Nukak
que retornan (unos 50). El Fosyga podría financiar los costos de este servicio,
vía Sisbén, así como lo hace ahora con los desplazados. b.
Asistencia agrícola para mejorar las variedades y ampliar las especies
sembradas en sus chagras.” El
asentamiento de Aguabonita está en crisis: agotamiento de los recursos naturales
usados por los Nukak en los alrededores (presas de caza como micos; materia
prima para artesanías), y conflictos con los vecinos por supuestos daños
causados por la presencia de los Nukak. Generó angustia entre los Nukak por
temor a los espíritus de los blancos, por lo cual manifestaron su voluntad de
salir. Un grupo de familias ya regresó a Caño Makú el 2 de abril. Ello puede
ser nefasto sin el nombramiento del médico, porque algunos tienen gripa y la
pueden difundir. Tres personas han sido tratadas por tuberculosis. Se sugiere
el nombramiento de una plaza de médico en Araguato, un puesto de salud, y
promotores. En
2006, por lo menos 160 se han ubicado cerca de Puerto Ospina (Guaviare),
declarando su interés en volver al resguardo Nukak-Makú. Algunos ya iniciaron
el regreso. En
cuanto a los desplazados de Wayari en Aguabonita – cerca de 100 quieren un
retorno pronto, pero con garantías que incluyan: el viaje previo de una
delegación de nukak/ONIC/Iglesia para verificar que están dadas las condiciones
de retorno en el terreno (urgente, por tensiones con los vecinos);
establecimiento de un servicio de salud en Wayari en el sitio de Araguato, y
con movilidad; provisión de objetos necesarios para los que retornen (hachas,
machetes, ollas, toldillos); programas de educación, asistencia hortícola,
fortalecimiento cultural. Ahora
bien, también se reportan las siguientes razones de los Nukak-Makú de
Aguabonita que no quieren retornar: “Entre
los asentados en Aguabonita, algunos de los Nukak que no quieren regresar, no
pertenecían originalmente al grupo y se enamoraron de muchachas desplazadas con
quienes ahora conviven. Ellos tienen su vida organizada en torno a relaciones
laborales en fincas y por lo mismo no tienen ninguna expectativa en la región
de Wayari. Varios
Nukak, principalmente hombres jóvenes y cabezas de familia, han establecido
relaciones laborales en las fincas de diferentes lugares como Caño Macú, Puerto
Mentiras, Miranda, Puerto Ospina, Resbalón, Boquerón, y los alrededores de San
José. Algunas de las familias que aspiran a mantener los ingresos que estas
relaciones laborales les permiten, tampoco quieren retornar. Se sabe que
algunos patrones les aseguran que el retorno es peligroso y que en Araguato
‘los van a matar’, afirmaciones que contrastan con el hecho de que el mismo
grupo armado ilegal que está en Araguato, hace presencia en las zonas donde
están las fincas.” Las
FARC afirmaron primero que permitirán el retorno, pero luego han impedido el
viaje exploratorio. “La
clave de la sostenibilidad ambiental y social de la forma de vida Nukak está en
la movilidad de grupos relativamente pequeños, que les permite aprovechar
armónicamente la selva al recorrerla en rutas estacionales, de manera que los
recursos no se agotan, sino por el contrario se multiplican por el efecto de la
presencia de los Nukak, al esparcir varias semillas por la selva, semillas de
especies alimenticias, y plantar algunas en sus chagras. El
estacionamiento por varios meses de un grupo Nukak en un asentamiento, choca radicalmente
con su forma de vida y produce en pocas semanas un agotamiento de los recursos
naturales en los alrededores, que si se prolonga puede llegar a ser
irreversible. (…) Si
los Nukak han permanecido varios meses en Aguabonita ha sido únicamente porque
reciben una remesa de Acción Social y un servicio de salud de buena calidad.
Los alimentos proporcionados, sin embargo, los eximen tan sólo de parte de la
necesidad de consumir recursos del lugar. Aunque la remesa que se les entrega
es balanceada, los Nukak buscan de todos modos la comida que acostumbran, ya
que los hábitos alimenticios de un grupo humano no son erradicados por el
desplazamiento. Por
otra parte los fríjoles y otras legumbres entregadas requieren un largo tiempo
de cocción lo que obliga a los Nukak a obtener grandes cantidades de leña, para
lo cual deben derribar más árboles y arbustos que los que consumirían con los
alimentos que ya acostumbran consumir. (…) Por
otra parte los Nukak buscan ingresos en dinero para poder obtener algunos
bienes que ya requieren, como pilas, linternas, radiorreceptores. Además la
cercanía al casco urbano les permite a los hombres gastos no indispensables,
pero efectivamente realizados en bebidas embriagantes. Tanto en Aguabonita como
en Barrancón las fuentes de ingresos en dinero son dos: trabajar por jornales
en fincas, especialmente de la trocha ganadera y la región de Caño Macú; y
vender artesanías, posibilidad esta que depende de consumir recursos naturales
locales. // La dinámica regional va poco a poco dificultando la producción de
artesanías, porque el derribo de palmas y otros vegetales afecta directamente a
las fincas del entorno y a sus propietarios, de manera que la obtención de las
fibras necesarias para este trabajo es otra fuente de conflicto, así como una
exigencia de movilidad”. Se
resalta el riesgo de prostitución y abuso sexual de mujeres, niñas y niños
nukak en Aguabonita. Los
Nukak Makú están en peligro de extinción. Asimismo, están amenazados por las
FARC. Los
expertos que realizaron la consulta recomiendan: facilitar el retorno para los
que quieran, con especial atención a su salud; hacer que las decisiones sobre
el retorno sean consensuadas; estudiar la propuesta de establecer servicios de
salud en los límites de su territorio. No fumigación. Trabajar con los
campesinos colonos en las cercanías del resguardo nukak, para que entiendan que
no son tierras baldías. Los
conflictos con colonos y otros pueblos indígenas aumentan; hay problemas de
hambre y desnutrición. Las condiciones de vivienda son inadecuadas e
insalubres; tienen poco acceso a salud. Alta proporción de niños en San José
del Guaviare. Acción
Social afirma que su capacidad de atención alimentaria está desbordada y se
ubicará pronto. Por desconocimiento, algunas autoridades han propuesto
estrategias de sedentarización y reubicación. “La
situación de riesgo de extinción que están viviendo los pueblos indígenas del
Guaviare se ha convertido en una problemática que hasta ahora no ha sabido
resolverse. La mayor parte de las soluciones adoptadas sólo recurren a la
asistencia humanitaria, dejando de lado la posibilidad del retorno de la población(…)”. Ha
habido aculturación, sobre todo en los niños; cambio en la dieta, tránsito
hacia el sedentarismo, que marcan un cambio cultural. Se reporta consumo de
licor y acceso a prostitución por los que son contratados para raspar. Por lo
mismo se reporta el contagio de sífilis de una familia, incluido un niño recién
nacido. Respuesta estatal a la
situación La
siguiente es la información provista por Acción Social en respuesta al Auto 251
de 2007, en relación con los Nukak-Makú: “El
17 de marzo de 2006, en reunión del Comité Municipal, se decidió ubicar a los
Nukak Makú en la finca de la Alcaldía y se procedió a brindarle la ayuda humanitaria
de emergencia. Se activó el “Plan de contingencia” en cada uno de sus
componentes, a saber: Salud, alimentación, Asistencia psicosocial, seguridad,
protección, asistencia no alimentaria. En cada uno de los componentes se
consideró la atención diferencial, se construyó una minuta alimentaria
diferenciada, se realizaron jornadas de atención médica en el albergue,
acompañamiento psicosocial por parte del ICBF, acompañamiento humanitario
garantizado por la Defensoría, la Iglesia y Acción Social, al tiempo que el
Ejército estableció procedimientos para garantizar la seguridad.” Por
otra parte, la Dirección de Etnias reportó a la Corte lo siguiente: El Gobierno Nacional a
través de la entidad responsable constituyó legalmente el resguardo Nukak, mediante
resolución No. 136 del 23 de noviembre de 1993 y No. 00056 del 18 de diciembre
de 1997 respectivamente que corresponde a 945.480 hectáreas, que se encuentran
cubiertas de selva húmeda y son utilizadas por todas las bandas de familias
Nukak Makú. En el marco de la Ley
387 y en el de las funciones de la Dirección de Etnias del Ministerio del
Interior y de Justicia, esta Dirección en coordinación con la Agencia
Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y el Programa
Presidencial de Derechos Humanos, teniendo en cuenta la necesidad de atención
integral y especial que requiere el pueblo Nukak Makú, han venido coordinando
acciones interinstitucionales de carácter local, regional y nacional con la
participación de la población Nukak Makú, formulando un Plan de Contingencia
orientado a su protección y promoción de sus derechos, el cual progresivamente
fue orientándose para lograr la atención con enfoque diferencial. Esta atención
ha sido sistemática, contando con el compromiso de las entidades del Sistema
Nacional de Atención Integral a Población Desplazada – SNAIPD. A partir del Plan de
contingencia con la participación de representantes de esta población y de la
organización indígena regional, se formuló el Plan de Reubicación el cual fue
aprobado en el consejo departamental y municipal de Atención Integral a la
Población Desplazada. Bajo los lineamientos de
la política de atención integral a población indígena, se han orientado
procesos de consulta, concertación y previa inspección del terreno por parte de
los miembros del grupo Nukak Makú, para una posible reubicación. En el primer momento de
atención en la contingencia las acciones consistieron en lo siguiente: Salud - Con el objetivo de
evitar la doble formulación médica, se acordó con los diferentes prestadores de
salud de la zona que la única entidad habilitada para prestar atención a los
Nukak sería la ESE de Primer Nivel. Esta entidad la ESE asignó una promotora de
salud con presencia a diario en el lugar de ubicación de los Nukak y un médico
que visitaba el predio cada 7 días. Debido a esta constancia se logró elaborar
una historia clínica de cada uno de los pacientes Nukak que fueron atendidos
por la promotora de salud. - La Secretaría de Salud
departamental, dotó a la comunidad de una mano bomba y tanque para la
extracción y almacenamiento del líquido. También realizaron un trabajo de
capacitación en cuidado y aseo del campamento y saneamiento básico en manejo y
eliminación de residuos sólidos. - Formulación de un
perfil epidemiológico, realizado por Ecogente. - Por parte del ICBF y
la Secretaría de Salud Municipal, se llevó a cabo una valoración nutricional de
toda la población Nukak ubicada en San José del Guaviare. - El ICBF ha ofrecido
medios de transporte continuo para el traslado de enfermos y el acompañamiento
en los puestos de salud. - Donación de dos
tanques con capacidad de 500 litros por parte de la ONG Ecogente. Proyecto de elevación de
los tanques (con el fin de garantizar la potabilidad del agua) financiado por
el Ministerio de Cultura y coordinado y ejecutado por el fondo mixto de cultura
regional Guaviare y la secretaría departamental de Salud. Se reforzó el puesto de
salud de Puerto Ospina, reforzándose con un auxiliar de enfermería de tiempo
completo y refuerzos necesarios en medicamentos que posibilite la atención de
la Población Nukak. Mediante comunicación al
doctor Diego Palacios Betancourt –Ministro de la Protección Social se solicitó,
el nombramiento de un médico preparado para el puesto de salud de Arawato –
Guaviare, asignando recursos para la vigencia de 2008, así mismo la terminación
y dotación del puesto de salud para esta localidad, con el fin de dar respuesta
integral y adecuada a las demandas en salud de las familias Nukak. Seguridad
Alimentaria - Acción Social y el
ICBF han estado sistemáticamente a cargo de la provisión de alimentos y de
prestar especial atención continua a los niños y a las madres lactantes. - La Alcaldía Municipal
complementaba la dieta con productos perecederos y acordes a las costumbres
culturales de los Nukak. - Es fundamental anotar
que durante todo este tiempo los Nukak realizaron jornadas de caza constantes
que les permitieron tener acceso alimentario adecuado a sus características
étnicas y culturales (mico pepas y mieles). - Entrega de suplementos
alimenticios por parte del ICBF, incluyendo bienestarina y elementos para la
pesca. - Los componentes de
alimentación y seguridad alimentaria fueron peticiones expresas de la comunidad
Nukak, en estos momentos se están haciendo las entregas esporádicas. Asesoría
Especializada La Dirección de Derechos
Humanos y DIH de la Vicepresidencia de la República, Acción Social, Dirección
de Etnias y Ministerio de la Cultura, han venido retomando y estudiando los
aportes sobre la investigación de la población Nukak, a fin de compartir
criterios, lineamientos y metodologías para orientar a las entidades de la
región para garantizar una atención adecuada a esta población. - Con el apoyo de
especialistas en el conocimiento de la población Nukak se realizan visitas
periódicas para hacer un acompañamiento al grupo y atender a sus expectativas y
necesidades. - Se elaboró un esquema
de parentescos de la banda con marco antropológico. - Con el apoyo de la
oficina de PNUD, Ministerio de la Cultura se contrataron dos especialistas que
se ubicaron en la zona para realizar diálogos continuos con las familias Nukak,
a fin de conocer sus expectativas y gestionar acciones para dar respuesta a sus
necesidades. - Se realizó una
recopilación de léxico Nukak para facilitar la aproximación y fortalecer los
lazos de confianza con el grupo. - Se realizaron campañas
para desestimular las visitas de los miembros del grupo a San José del Guaviare
con el fin de preservar sus costumbres e identidad cultural. - Entrega de prendas de
vestir (solicitadas por ellos). - Estrategia de
comunicación por parte de la Vicepresidencia de la República. - Debido a los roces
constantes entre colonos cercanos a Agua Bonita y los Nukak, éstos últimos
decidieron retornar puesto que culturalmente ellos no permanecen en lugares
donde se sienten rechazados por la comunidad. Con el fin de atender a
la comunidad Nukak que se devolvió a Arahuato y sus alrededores se efectuaron
las gestiones necesarias para la consecución de los recursos para garantizar la
salud a través de: - Contratación de un
médico para el año 2008 por parte del Ministerio de la Protección Social. Para
los meses restantes del año 2007, la ONIC con recursos internacionales
comprometió a contratarlo. - Dotación de
medicamentos en el puesto de Arahuato. - Un promotor en el
puesto de salud de Guanapalo.” NOTAS
DE PIE DE PÁGINA: 1 En tal sentido, CODHES
explica que “para las mujeres campesinas, indígenas y afrocolombianas, el
cambio que experimentan a raíz del desplazamiento es muy significativo; debido
a que generalmente, la movilidad que tuvieron en un pasado respondía a la
movilidad de su padre o su esposo, su ambiente social se limitaba debido al
desarrollo de las actividades del hogar y de producción en un mismo espacio,
además de que su relación con las organizaciones y relaciones era mediatizada
por los hombres… Esta situación ha determinado la formación de representaciones
de sí mismas y sobre el entorno que entran en conflicto con las lógicas propias
del eje urbano al momento de llegar a la ciudad. En este contexto se evidencian
las complejas pérdidas culturales, afectivas, materiales y espaciales que han
sufrido particularmente cuando intentan reafirmar simbólica y materialmente el
rol materno que han cumplido dentro de la cultura, en tanto generadoras de vida
y preservadoras de la estabilidad familias”. CODHES, ‘Las Mujeres en la Guerra:
De la desigualdad a la autonomía política’. Colombia, octubre de 2004, p. 65.
Citado en el Informe de la Comisión Interamericana, anteriormente citado. 2 El
Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas expresó recientemente en
su informe sobre Colombia que le preocupa “el hecho de que los niños
pertenecientes a minorías étnicas estén sobrerrepresentados entre los
desplazados, las víctimas de las minas antipersonales y las personas reclutadas
a la fuerza por grupos armados irregulares. Al Comité también le preocupa que
entre los niños pertenecientes a minorías étnicas, el índice de registro de los
nacimientos sea reducido y el acceso a los servicios básicos de salud limitado.
A pesar de que existe un programa establecido de educación bilingüe (conocido
como etnoeducación), su alcance es limitado y las tasas de analfabetismo son
altas. Al Comité le preocupa que, pese a la existencia de disposiciones
jurídicas de acción afirmativa, los niños pertenecientes a minorías étnicas
sean víctimas de exclusión social y discriminación racial.” COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO – 42º período de sesiones: EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS
ESTADOS PARTES CON ARREGLO AL ARTÍCULO 44 DE LA CONVENCIÓN - Observaciones
finales: COLOMBIA. Documento de Naciones Unidas CRC/C/COL/CO/3, 8 de
junio de 2006. 3 Así lo indica la Fundación
Dos Mundos: “El Relator Especial sobre la
situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los
indígenas, Sr. Rodolfo Stavenhagen, consideró como “Especialmente preocupantes
son las condiciones de los indígenas desplazados internos y refugiados por la
violencia, en particular las mujeres, las niñas y los niños”, y recontó como
muchos niños y niñas indígenas en situación de desplazamiento se dedican a la
mendicidad y con frecuencia viven en la calle.” [Fundación Dos Mundos -
“Niños, niñas y adolescentes en situación de desplazamiento: por un presente de
oportunidades y un futuro de posibilidades.” Informe presentado a la Corte
Constitucional en junio de 2008]. 4 El caso fue relatado así
en el periódico El Espectador del 14 de Julio de 2008: “Por epidemia de cólera mueren dos niños indígenas Dos niños indígenas Embera
Katio murieron por una epidemia de cólera que afecta a esa comunidad, a su
regreso a la zona selvática del Chocó, tras vivir por casi un mes como
desplazados en Bogotá. El gobernador indígena de Conondo, Cornelio
Tequia, denunció que el Gobierno les incumplió con las brigadas de salud y
algunos de los acuerdos a los que llegaron en Bogotá para retornar a sus
lugares de origen y por eso se dio una epidemia de cólera."Han fallecido
ya dos niños que venían de Bogotá y hay ocho más con cólera", dijo Tequia.
Unos 134 indígenas de la comunidad embera katio permanecieron por un mes en un
coliseo ubicado al sur de Bogotá por "la violencia y el hambre" que
azotó el poblado donde habitan, dijeron sus líderes. La principal solicitud que
hacían para retornar a Conondo, un caserío en los límites entre Chocó y
Risaralda, es que se les dejara de señalar de pertenecer a uno u otro bando del
conflicto armado colombiano.” 5 Como lo explica a la Corte
la Fundación Dos Mundos, “El
desplazamiento daña gravemente el derecho a la identidad de pueblos indígenas y
comunidades afro descendientes y este impacto reviste de una mayor gravedad al
tratarse de niños, niñas y adolescentes, pues por un lado son los principales
responsables de la supervivencia futura de la respectiva cultura y por el otro,
al estar en medio del proceso de desarrollo de su personalidad, pueden ser más
fuertemente afectados por procesos de aculturización. Este debilitamiento de la
identidad cultural se hace evidente con al entrada de niños y niñas
pertenecientes a minorías étnicas en escuelas oficiales en los sitios de
recepción, en el marco de ‘una educación que, por su afán homogeneizador,
empobrece culturalmente y, producto de ello, mina su autoestima e impide o
limita la identificación con los padres y los mayores de su comunidad’. (…)
Finalmente, de acuerdo con nuestra experiencia, prácticas discriminatorias que
se presentan con respecto a algunas culturas regionales, generan en niños y
niñas una pérdida de respeto con respecto a sus orígenes, sus valores, sus
acentos, que se manifiesta en ocasiones en un ánimo de mimetizarse en la
población receptora. Así mismo, el desplazamiento puede generar un choque
cultural, al menos, entre la vida de campo y el ritmo de una ciudad, que genera
dificultades en el proceso de formación de los niños y niñas, por ejemplo,
frente al trabajo en el campo como práctica cultural, como método de
aprendizaje y como espacio de socialización con la familia y pares. // La
garantía al derecho a la identidad
requeriría el desarrollo de acciones de sensibilización y valoración de
las culturas indígenas, afro colombianas y regionales en escuelas y
comunidades; el fortalecimiento de la organización de la PDI por grupos étnicos
u orígenes regionales (por ejemplo, la generación de redes regionales en los
municipios receptores) y la generación de programas para la recuperación de
prácticas tradicionales en la familia y por colectivos regionales. // En lo
posible, deberían generarse programas de etnoeducación, en consulta con las
autoridades tradicionales, para el acceso a una educación apropiada
culturalmente para niños, niñas y adolescentes indígenas y afro colombianos en
situación de desplazamiento, así como programas en las escuelas oficiales que
promuevan la diferencia, la convivencia y el respeto por tradiciones y culturas
minoritarias y por aquellos niños y niñas que las sustentan.” 6 Por ejemplo en la sentencia SU-1150 de 2000, MP: Eduardo Cifuentes,
precitada, donde la Corte dijo: “Cuando mujeres, niños y ancianos se ven
precisados a dejar sus hogares y recorrer grandes distancias desafiando toda
clase de peligros, viendo sufrir y aún morir a sus compañeros, como les ha
ocurrido a los colonos de la hacienda Bellacruz, la explicable huida no es un
problema de orden público propiciado por quienes desean seguir viviendo sino un
problema de humanidad que debe ser afrontado solidariamente por todas las
personas, principiando, como es lógico, por los funcionarios del Estado. No
puede una autoridad local calificar a
los desplazados como agentes perturbadores por el solo hecho de tratar de
salvar la vida.” Ver también, las sentencias T-1635 de 2000, MP: José Gregorio
Hernández Galindo. A raíz de la falta de atención de sus solicitudes, los
desplazados, especialmente los menores de edad se encontraban en deficiente
estado nutricional, presentaban afecciones tanto físicas como síquicas y las
condiciones de salubridad de dicho lugar eran muy precarias; además su
educación se había visto afectada. A pesar de haber sido atendidos en
diferentes centros hospitalarios, no había sido posible que se les
suministraran las drogas recetadas ni que se les prestara la atención de salud
que requerían. Tampoco habían logrado cupos en las escuelas distritales, ni se
les había dado una solución definitiva sobre su reubicación o sobre proyectos
que generaran condiciones de sostenibilidad económica y social. Adicionalmente,
solicitaron un lugar temporal para su reubicación en condiciones de dignidad;
T-327 de 2001, MP: Marco Gerardo Monroy Cabra donde la Corte resuelve la
situación de una persona desplazada por paramilitares en el departamento del
Chocó, quien se encontraba inscrita en el registro de desplazados que llevaba
el personero municipal de Condoto, pero a quien se le niega tres veces su
inscripción en el Sistema único
de registro de Población
desplazada, por no aportar pruebas de su condición y, por ende, el acceso a
toda la ayuda que requerían el desplazado y su familia; T-1346 de 2001, MP: Rodrigo Escobar Gil, en donde
la Corte ampara los derechos de una mujer cabeza de familia y de sus hijos,
quienes hacían parte del grupo de personas desplazadas que ocupaban un predio
de propiedad del municipio de Villavicencio e iban a ser desalojados del mismo,
sin ofrecerles una reubicación alternativa en el corto plazo; y T-268 de 2003, MP: Marco Gerardo Monroy
Cabra, donde la Corte protegió los derechos de un grupo de 65 núcleos
familiares que había huido de sus viviendas en la Comuna 13 de Medellín, a raíz
de los enfrentamientos entre distintos grupos armados que operaban en dicha
zona. La Red de Solidaridad les había negado la inscripción en el Sistema único de registro de Población Desplazada y el consiguiente
otorgamiento de ayudas por tres razones: 1) por considerar que “no se
concibe el desplazamiento forzado cuando la víctima no ha abandonado su
localidad”, asimilando el término localidad al de municipalidad; 2) porque
varios de los núcleos familiares desplazados ya habían recibido ayuda cuando se
desplazaron por primera vez; y 3) por no haberse remitido al Ministerio del
Interior copia de las declaraciones obtenidas a raíz de los hechos violentos
ocurridos en la Comuna 13, para que éste decidiera si el hecho constituía
desplazamiento. 7 Ver, por ejemplo, las sentencias T-215 de 2002, MP: Jaime Córdoba Triviño, en donde la Corte tutela los derechos de 14
menores de edad a quienes se les niega el cupo para estudiar en el Colegio Sol
de Oriente de la Comuna Centro Oriental de Medellín, por razones de edad,
ausencia de cupos disponibles e imposibilidad de asumir los costos generados; T-419 de
2003, MP: Alfredo Beltrán Sierra,
donde la Corte concede el amparo de los derechos a
dos mujeres cabeza de familia desplazadas y a sus hijos, a quienes en un caso,
no se le había dado la ayuda humanitaria a la que tenían derecho, y en el otro,
la ayuda humanitaria recibida resultaba claramente insuficiente dadas las
urgentes necesidades de la familia. 8 Ver, por ejemplo, las sentencias T-227 de 1997, MP: Alejandro Martínez Caballero, donde
la Corte adoptó medidas para proteger a la población desplazada contra actos
discriminatorios y de intolerancia cometidos por las autoridades de
Cundinamarca, quienes alegando que se generaba una alteración grave del orden
público, intentaban impedir la reubicación de éstas personas en el territorio
de ese departamento. 9 Sentencia SU-1150 de 2000, precitada. 10 Ver por ejemplo, la sentencia T-098 de 2002, MP: Marco Gerardo Monroy Cabra, en donde la Corte protege los derechos de 128 núcleos
familiares, compuestos principalmente por mujeres cabeza de familia, menores,
ancianos y algunos indígenas, cuyas solicitudes de atención en salud,
estabilización económica y reubicación, no habían sido atendidas por la Red de
Solidaridad, por falta de recursos suficientes. 11 Sentencia SU-1150 de 2000, precitada. 12 Sentencia T-1635 de 2000, precitada. 13 Corte Constitucional, Sentencia T-645 de 2003, MP: Alfredo Beltrán
Sierra, en este fallo, la Corte tutela el derecho a la salud de una mujer
cabeza de familia desplazada del Municipio de San José de Guaviare y ubicada en
Villavicencio, quien padecía de un tumor en el brazo que le causaba mucho dolor
y le impedía trabajar. La actora, quien se encontraba inscrita en el Sistema
Único de Registro de Población Desplazada, acude a la Red de Solidaridad que la
remite a la UAO y posteriormente al Hospital de Villavicencio para valoración y
programación de cirugía, el cual se negó a atenderla porque el carné que
portaba correspondía al Sisbén de San José de Guaviare y no al de
Villavicencio. Sentencias T-1635 de 2000, T-327 de 2001 y T-1346 de 2001. 14 Ver, por ejemplo, la
sentencia T-327 de 2001, MP: Marco Gerardo Monroy Cabra, donde la
Corte resuelve la situación de una persona desplazada por paramilitares en el
departamento del Chocó, quien se encontraba inscrita en el registro de
desplazados que llevaba el personero municipal de Condoto, pero a quien se le
niega tres veces su inscripción en el Sistema único
de registro de Población
desplazada, por no aportar pruebas de su condición y, por ende, el acceso a
toda la ayuda que requerían el desplazado y su familia. 15 Ver por ejemplo, las sentencias T-258 de 2001, MP: Eduardo Montealegre Lynett,
donde la Corte protege el derecho a la vida de un docente amenazado por las
FARC, que es obligado a desplazarse a Manizales junto con su familia y a
solicitar su traslado como docente a otro municipio dentro del mismo
departamento. La única oferta que había recibido fue para reubicarse en un
lugar donde operaba el mismo frente que le había amenazado inicialmente; T-795 de 2003, MP: Clara Inés Vargas Hernández.
Dado que el servicio de educación está descentralizado, la Corte deniega la
tutela para ordenar el traslado de los docentes, debido a la falta de
desarrollo de la Ley 715 de 2001 en lo concerniente al traslado y reubicación
de docentes amenazados, pertenecientes a distintas secretarías de educación
departamentales. 16 Sentencias T-1635 de 2000,
T-327 de 2001, T-1346 de 2001 y T-268 de 2003, precitadas. 17 Sobre el derecho de permanencia en la sentencia T-227 de 1997,
precitada, dijo la Corte lo siguiente: “Los campesinos tienen derecho a su
permanencia en la parcela que poseían, por eso el Incora inició el proceso de adjudicación de tierras, por ello
su primer lugar de refugio fue la casa campesina en el municipio. (...) Era
un derecho de esas personas a permanecer
en paz en su propio hogar, en su propia tierra, algo que ha sido reconocido por
las Naciones Unidas en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
(....)Sólo el legislador puede restringir ese derecho de las personas a
permanecer o a circular y la restricción sólo puede tener los objetivos allí
señalados, es decir, que la ley restrictiva no puede alejarse de los parámetros
fijados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la
Convención Americana sobre Derechos Humanos. (...) Esta doble faz, permanecer y
circular, y la única posibilidad restrictiva: Limitación establecida por la
Ley, está también recogida en nuestra Constitución Política. (...) Es finalidad del Estado garantizar la
efectividad de esos derechos, luego, tratándose de desplazados, a quienes se
les afecta su derecho primario a residir en el lugar que deseen dentro de la
República, es inhumano a todas luces afectarles también la posibilidad de circular
para salvar sus vidas propias y las de sus familiares.”. 18 Ver por
ejemplo, la sentencia T-669 de 2003, MP: Marco Gerardo Monroy Cabra, donde la Corte examina el caso
de una mujer cabeza de familia desplazada, madre de cinco hijos menores de edad
y con un nieto, analfabeta, a quien no se le da acceso a los programas de
estabilización económica al omitir una respuesta efectiva a su petición. La
Corte analiza la política estatal en materia de proyectos productivos para la
población desplazada y concluye que la petición para ser incluida en un
proyecto productivo no ha sido respondida por la Red de solidaridad, violando
con ello los derechos de petición y trabajo. Ver también las sentencias T-1635 de 2000, T-327 de 2001, T-1346 de
2001, y T-268 de 2003, precitadas. 19 En la sentencia T-098 de 2002 precitada, la Corte
señala la necesidad de precisar las órdenes teniendo en cuenta la normatividad
y programas existentes. Así, en cuanto a la protección de menores desplazados,
la Corte resaltó entre otros derechos los siguientes: i) a mantenerse unido con su grupo
familiar; ii) a la atención gratuita por parte de las instituciones de salud
que reciban aportes del Estado, para los menores de un año (Artículo 50, CP),
iii) a recibir un subsidio alimentario en la forma como lo determinen los
planes y programas del ICBF y con cargo a éste; iv) a la protección en jardines
y hogares comunitarios; v) a tener acceso a los programas de alimentación que
provee el ICBF con el apoyo de las asociaciones de padres, de la empresa
privada o los Hogares Juveniles campesinos; vi) en materia de atención de
salud, los hijos menores de desplazados tienen derecho a atención prioritaria,
rápida e inmediata de salud. 20 Sentencia T-215 de 2002, MP: Jaime Córdoba Triviño, precitada. 21 Ver, por ejemplo, la sentencia T-602 de 2003, MP: Jaime Araujo
Rentería. La actora, una mujer desplazada de 73 años de edad, quien solicitaba
que dado su edad avanzada, la vinculación a un proyecto productivo se hiciera a
través de su hija, quien no estaba inscrita como desplazada. La actora también
solicitaba a la Red que se le otorgaran subsidios de vivienda, pero la Red le
contesto que debía dirigirse al INURBE a fin de tramitar el formulario de
postulación e informarse de las diferentes modalidades de vivienda a las que
puede aplicar el subsidio. La Corte analiza la política de vivienda y de
proyectos productivos existente para la población desplazada, y luego de
confrontar el diseño de política pública, la Constitución y los Principios
Rectores del Desplazamiento Interno con las acciones concretas adoptadas por
las entidades en el caso concreto, concluye que hubo “vulneración de los
derechos a la vivienda digna y al mínimo vital de la actora por parte de las
entidades demandadas, las cuales se han limitado a entregar información a la
demandante sin acompañarla en el proceso de restablecimiento, es decir, sin
asesorarla para que logre acceder efectivamente a los servicios que prestan las
distintas entidades que constituyen el SNAIPD.” 22 Ver, por ejemplo, la sentencia T-721 de 2003, MP: Álvaro Tafur Galvis. En esta tutela, además de reiterar la línea
jurisprudencial en materia de protección de los derechos de la población
desplazada, la Corte se refiere a dos temas adicionales: (i) la perspectiva de
género en la atención a la población desplazada, en particular el impacto
especialmente grave del conflicto armado sobre las mujeres; y (ii) la
sensibilidad de las autoridades para evaluar las circunstancias que afectan a
la población desplazada, en particular cuando se examine una posible temeridad
en la interposición de la acción de tutela. 23 Sentencia C-328 de 2000, MP: Eduardo Cifuentes Muñoz. 24 En la
sentencia T-215 de 2002, la Corte rechaza que las autoridades hubieran exigido
que el registro de los menores lo hicieran sus padres o representantes legales,
pues ese tipo de condiciones dificultan el acceso a los programas de atención a
la población desplazada. “Con esa lógica, aquellos menores que en razón del
conflicto armado han perdido a sus padres y allegados y que se ven forzados a
abandonar el lugar en el que se encuentran radicados para no correr la misma
suerte, no podrían ser incluidos en el registro nacional de desplazados por no
tener quién los represente. Es claro que
con tales exigencias, las instituciones concebidas para apoyar a los
desplazados y para proyectarles un nuevo horizonte, se convierten en un
obstáculo para el reconocimiento, al menos, de sus más elementales derechos.” 25 Sentencia T-268 de 2003, MP: Marco Gerardo Monroy Cabra, precitada. 26 Ver, por ejemplo, la
sentencia T-602 de 2003, precitada, donde la Corte enfatizó que “siempre que no
sea posible el retorno al lugar de origen de los desplazados en condiciones de
dignidad, voluntariedad y seguridad, la respuesta estatal debe articularse en
torno a acciones afirmativas (...) que garanticen (i) el acceso a bienes y
servicios básicos en condiciones de no discriminación, (ii) la promoción de la
igualdad, y (iii) la atención a minorías étnicas y a grupos tradicionalmente
marginados, ya que no puede obviarse que Colombia es un país pluriétnico y
multicultural y que buena parte de la población desplazada pertenece a los
distintos grupos étnicos, así como tampoco puede olvidarse que dentro de la
población afectada un gran porcentaje son mujeres y, bien sabido es que éstas
padecen todavía una fuerte discriminación en las áreas rurales y en las zonas
urbanas marginales. Para expresarlo en otros términos, la atención a la
población desplazada debe basarse en acciones afirmativas y en enfoques
diferenciales sensibles al género, la generación, la etnia, la discapacidad y
la opción sexual. Las medidas positivas, entonces, deben estar orientadas a la
satisfacción de las necesidades de los grupos más vulnerables, tales como los
niños, los adultos mayores o las personas discapacitadas.” 27 Organización Wiwa
Yugumaiun Bunkuanarua Tayrona – Resguardo Kogui-Malayo-Arhuaco, MSD/USAID, MEMORIA
DEL CONFLICTO ARMADO DEL PUEBLO WIWA “PRIMER ACERCAMIENTO” DESDE 2001 A
ENERO DEL 2006, (Valledupar, Colombia: Febrero de 2006) Informe
preparatorio para la “Misión Internacional de Verificación de la Verdad en
Pueblos Indígenas”. 28 Recientemente, el Juzgado
Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia condenó recientemente a
integrantes de las FARC a 40 años de prisión a por el crimen de los indígenas. 29 Con la información
suministrada por los líderes indígenas awá-UNIPA. 30 El caso fue informado a la
opinión pública por diversas fuentes, entre ellas ACNUR –ver http://www.acnur.org/paginas/?id_pag=7788-
y la página de noticias de la Fuerza Aérea Colombiana –ver www.fac.mil.co/index.php?idcategoria=28526&facmil_2007=db7e07df02b102e6075595021bf28fd1
31 Cuadro resumen de quejas
violación derechos pueblo Awá. Elaborado por la Defensoría del Pueblo, a partir
de hechos reportados en documentos y cuadros. 32 S/I: Sin identificar el
presunto autor. 33 El Tiempo, 26 de marzo de
2008. 34 A partir del cuadro
resumen de quejas, violaciones a derechos humanos del pueblo awá de Nariño
(anexo 4). 35 Durante el año 2004 el
departamento de Nariño fue el más afectado por las fumigaciones a nivel
nacional, con un total de 31.307 has. asperjadas
(Censo de Cultivos de coca – 2005 Fundación Seguridad y Democracia, Naciones
Unidas, Oficina contra la Droga y el Delito). |