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Proyecto de Acuerdo 90 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Doctor

LUÍS ALFREDO CERCHIARO DAZA

Secretario General

Concejo de Bogotá

Ciudad.

Asunto: Remisión Proyecto de Acuerdo

Apreciado doctor:

Remitimos a su despacho el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se formulan los lineamientos para institucionalizar el programa de agroecología urbana en los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá." para que sea discutido en la Comisión Primera de Plan.

Atentamente,

DIEGO GARCÍA BEJARANO

Concejal de Bogotá

WILLIAM CESAR MORENO

Concejal de Bogotá

 PROYECTO DE ACUERDO No. 090 DE 2015

"Por el cual se formulan los lineamientos para institucionalizar el programa de agroecología urbana en los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá."

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. OBJETIVO

El Proyecto de Acuerdo tiene por objetivo brindar los lineamientos para institucionalizar el programa de agroecología urbana en los planes de desarrollo del Distrito, de manera que pueda promover acciones que conlleven a la generación de producción agroecológica para el autoconsumo y comercialización de los productos excedentes basados en los principios del comercio justo y buenas prácticas agrícolas.

II. JUSTIFICACIÓN

Cada vez son más evidentes las consecuencias negativas que tiene no solo en la salud, sino en el ambiente, la utilización de agroquímicos para la producción de alimentos, razón por la cual la sociedad busca alternativas de alimentación donde la producción limpia juega un papel fundamental. Comer sano más que una cuestión de moda y belleza, es de salud.

La Agroecología se configura en una de esas opciones ya que, como disciplina, propone alternativas agrícolas en las que se toman en cuenta las diferentes interacciones de los ecosistemas, se elimina el uso de agroquímicos y ofrece opciones para el manejo y control de plagas y enfermedades, así como para el aprovechamiento de residuos sólidos y optimización de recursos.

Sin embargo, a la fecha en la ciudad no se han desarrollado mecanismos para que la agricultura urbana agroecológica tenga cada vez una mayor aceptación como práctica productiva de las comunidades en todos los niveles sociales, que sea competitiva y que genere un valor agregado a los agricultores urbanos.

En el año 2004 en el marco de la Política Distrital de Seguridad Alimentaria, se creó el proyecto de Agricultura Urbana del Distrito con el fin de contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional, sostenibilidad ambiental y construcción del tejido social.

Hasta el momento se han capacitado cerca 52 mil personas y se han realizado 35 mil asistencias técnicas1. De igual forma las Alcaldías Locales, Organizaciones Sociales y Universidades han venido adelantando proyectos relacionados con el tema, enfocándolo no solo desde la parte productiva y de seguridad alimentaria sino también desde el emprendimiento, ya que esta práctica, además de los cultivos de pan coger, permite dependiendo de las características del espacio y de la implementación de los cultivos, que se generen excedentes que pueden ser comercializados influyendo directamente en la economía familiar.

Si bien es cierto que son múltiples las acciones que se han adelantado por parte de diferentes entidades en torno a esta actividad, una de las problemáticas que se presenta es la falta de consolidación de información de los proyectos realizados en la ciudad puesto que muchas de las entidades no trabajan articuladamente. Por lo tanto, no se conocen cuáles y cuántos son los agricultores urbanos de la ciudad, la ubicación de las huertas, los productos comercializados, la forma de producción, entre otros.

Por otro lado, muchos de los agricultores no cuentan con un espacio para comercializar sus productos de manera que es necesario generar espacios permanentes en donde los productores tengan la oportunidad de vender sus productos y los ciudadanos puedan acceder a ellos.

Según un informe de la FAO presentado en el Foro Mundial en Medellín en el año 2014, se menciona la importancia que tiene el apoyo del Gobierno en cuanto a políticas públicas para la implementación de la agricultura urbana, además que en muchos casos la agricultura urbana no se encuentra en la planificación y uso de la tierra de las ciudades que realizan esta práctica.

En países como Cuba, la Agricultura Urbana surgió frente a una escasez de alimentos. Los habitantes de la Habana comenzaron a sembrar diferentes productos en terrenos baldíos, terrazas y patios. Tanto así que, en dos años, ya se podía ver que en casi todos los barrios había huertas.

Debido a estos resultados, el Gobierno implementó líneas de fomento a estas iniciativas y en 1994 se creó el Departamento de Agricultura Urbana el cual emprendió acciones como la formación de una red de agentes, que eran miembros de la comunidad encargados de hacer seguimiento, capacitar y fomentar la agricultura urbana en los barrios. Otra de las acciones fue establecer una infraestructura de mercado de venta directa para los agricultores urbanos.

En Rosario, Argentina, la crisis económica dinamizó la Agricultura Urbana. Esta surge como una de las estrategias para enfrentar la crisis por medio de diferentes proyectos de economía social.

Actualmente, son alrededor de 1.800 los ciudadanos que practican la horticultura, de los cuales 250 son productores a tiempo completo organizados en la Red de Huerteras y Huerteros, habiendo consolidado desde su implementación una red productiva de unas 10 mil familias desocupadas.2

III. CONSIDERACIONES TÉCNICAS

La Agricultura Urbana se define como el proceso de producción de alimentos realizado en espacios urbanos y/o periurbanos y que puede ser desarrollado en espacios o zonas duras y blandas. Se caracteriza por el aprovechamiento de los recursos ya que permite la reutilización de recipientes, recolección de aguas lluvias, manejo de residuos sólidos y prácticas de producción agroecológicas. Contribuye a la soberanía alimentaria ya que, por un lado, incrementa la disponibilidad de alimentos y, por el otro, provee alimentos sanos y nutritivos debido a que son cultivados con prácticas amigables con el medio ambiente.

Aspectos sociales de la agricultura urbana 3

* Reconstruye y fortalece el tejido social y promueve la formación de redes de agricultores y consumidores.

* Propicia el dialogo intergeneracional, la recuperación y el intercambio de saberes.

* Contribuye a la autonomía de organizaciones sociales alrededor de iniciativas productivas.

Uso de espacios

Una de las ventajas de la agricultura urbana es el aprovechamiento de espacios dado que se puede sembrar en áreas limitadas usando diferentes estructuras, técnicas y contenedores. También se puede hacer recuperación de zonas que anteriormente se encontraban en mal estado.

Existen dos tipos espacios para desarrollar agricultura urbana: el primero es conocido como zonas duras en las terrazas, balcones, patios, entre otros. En estas zonas es común la reutilización de diferentes tipos de recipientes como botellas, canecas, guacales. Dependiendo del espacio se pueden elaborar diferentes estructuras para la siembra.

El otro espacio se le llama zonas blandas correspondientes a jardines y antejardines y lugares en los que se puede sembrar directamente en el suelo. No requieren ningún tipo de organización y permite la siembra de gran variedad de productos.

También existen las paredes verdes con cultivos de forma vertical un poco más sofisticados y que requieren de la utilización de ciertos materiales. Cuentan con una estructura base o de sostén (Pared) cubierta con un material impermeable más conocido como geomembrana. En este tipo de cultivos se utiliza el riego por goteo y se usa sustrato en lugar de tierra ya que esta es muy pesada y además puede causar problemas en el sistema de riego.

Fuente: Propia

Fuente: Propia

En el proceso de producción es fundamental el manejo de residuos o aprovechamiento de los desechos sólidos, dándoles un uso diferente al de su origen, logrando así una disminución del impacto ambiental. De este manejo de residuos sólidos se elaboran abonos orgánicos (compostaje, bocashi, humus de lombriz) y alimento en el cultivo de lombrices.

Igualmente el compostaje, que resulta de una degradación de residuos orgánicos en el cual se controlan variables como la temperatura, la aireación entre otros, que al ser bien manejado se obtiene como producto final un abono orgánico libre de patógenos y otros contaminantes que se puede utilizar como fertilizante o cobertura vegetal para la recuperación de suelos.

Comercio Justo

El comercio justo un sistema comercial y solidario promovido por diferentes organizaciones no gubernamentales ONGs y la Organización de las Naciones Unidas ONU, la cual busca una relación comercial justa entre productores y consumidores, buscando el desarrollo de las comunidades y luchar contra la pobreza. El comercio justo se basa en el diálogo, la transparencia, el respeto y la equidad. Ofrece mejores condiciones comerciales y asegura los derechos de los pequeños productores.

Según la organización mundial del comercio justo se establecen 10 principios que son4:

1. Creación de Oportunidades para Productores en Desventaja Económica

2. Transparencia y Responsabilidad – Rendición de cuentas

3. Práctica Comerciales Justas

4. Pago de un Precio Justo

5. No al Trabajo Infantil y al Trabajo Forzoso

6. No Discriminación, la Igualdad de Género y el Empoderamiento Económico de la mujer y la Libertad de Asociación

7. Condiciones del Trabajo

8. Desarrollo de Capacidades

9. Promoción del Comercio Justo

10. El Medio Ambiente

IV. ANTECEDENTES

En el concejo de Bogotá se han presentado tres proyectos de acuerdo relacionados con agricultura urbana:

* PA 299 de 2010 "Por el cual se promueve la creación de jardines urbanos con participación ciudadana en los parques y algunos bienes fiscales distritales y se dictan otras disposiciones". Contó con ponencia positiva del concejal Carlos Pérez y negativa del concejal Jaime Caicedo. Aprobado en primer debate.

* PA 213 de 2011 "Por el cual se promueve la implementación de la agricultura urbana como apoyo a la seguridad alimentaria en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones". Contó con ponencias positivas de los concejales Carlos Pérez y Pedro Pablo Becerra. Archivado por trámite.

* PA 031 de 2012 el cual también contó con ponencias positivas por parte de los concejales Diana Alejandra Rodríguez y Olga Victoria Rubio. Él proyecto fue archivado por trámite.

V. FUNDAMENTO JURÍDICO

MARCO CONSTITUCIONAL, LEGALY NORMATIVO

En la Carta política se estableció claramente que la misión del Estado es asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo.

El siguiente es el marco constitucional de este proyecto:

ART. 1º—Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

ART. 2º—Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Artículo 13º.- Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

ORDEN DISTRITAL

ACUERDO 489 DE 2012 POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2012-2016

"Artículo 1. Objetivo general del plan

El plan de desarrollo Bogotá Humana tiene como objetivo general mejorar el desarrollo humano de la ciudad, dando prioridad a la infancia y adolescencia con énfasis en la primera infancia y aplicando un enfoque diferencial en todas sus políticas. Se buscará que en Bogotá se reduzcan todas las formas de segregación social, económicas, espaciales y culturales, por medio del aumento de las capacidades de la población para el goce efectivo de los derechos, del acceso equitativo al disfrute de la ciudad, del apoyo al desarrollo de la economía popular, así como también buscará aliviar la carga del gasto de los sectores más pobres y la promoción de políticas de defensa y protección de los derechos humanos de los ciudadanos y las ciudadanas. (…)

Artículo 3. Ejes estratégicos

(…)1. Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo.

Artículo 15. Programa soberanía y seguridad alimentaria y nutricional

(…)Favorecer la disponibilidad regional de alimentos, la garantía del acceso físico y económico de la canasta básica de los alimentos en el distrito capital, en condiciones de equidad, suficiencia, sustentabilidad y calidad; reducir la malnutrición de la población con prioridad en niñas y niños y adolescentes y generar prácticas y condiciones para una alimentación saludable.

1. Disponibilidad y acceso de alimentos en el mercado interno a través del abastecimiento. Garantizar la disponibilidad y el acceso físico y económico a los alimentos de la canasta básica con base en la transformación del sistema público de abastecimiento de alimentos a partir del fortalecimiento de la Central de Abastos, de las plazas públicas de mercado y de redes de asociaciones y emprendimiento de agricultura urbana o periurbana y demás actores sociales con avances en criterios de oportunidad y sustentabilidad económica y ambiental en el abastecimiento de alimentos.

(…)4. Agricultura Urbana y Periurbana. Fortalecer las Redes de Agricultores Urbanos y las Unidades Integrales Comunitarias de Agricultura Urbana y Periurbana, liderado por la Secretaría de Desarrollo Económico; articulado con las Secretarías de Educación Distrital y de Ambiente, y el Jardín Botánico de Bogotá.

Artículo 16. Programa ruralidad humana

Con este programa se busca revalorizar a la población campesina como actor central del desarrollo rural y de los procesos de conservación del patrimonio ambiental. Bogotá requiere elevar la calidad de vida de las comunidades rurales, potenciando los sistemas productivos de la economía campesina y estableciendo mecanismos para articularla a los procesos de seguridad alimentaria y a mercados justos de la ciudad y la región.

Se busca mantener la producción agropecuaria a través de sistemas sostenibles que se armonicen con los territorios del agua, mediante el desarrollo de estrategias para contener el crecimiento urbano, y el fortalecimiento de pactos en los bordes urbano-rurales para apoyar la forma compacta de la ciudad, evitar el crecimiento informal y mantener los valores culturales y ambientales del territorio rural.

Se implementarán acciones de iniciativa pública, de mejoramiento de vivienda campesina y de dotación de servicios en los centros poblados y los asentamientos menores rurales. Los sistemas de abastecimiento comunitario en torno al agua serán fortalecidos y protagonistas de la gobernanza del agua en la ruralidad bogotana.

Los proyectos prioritarios de este programa son:

1. Proyecto agrario de sustentabilidad campesina distrital. Potenciar los sistemas de producción campesina en los territorios rurales de orden cooperativo y de empresas solidarias a partir de medidas graduales de reconversión hacia sistemas agropecuarios ambientalmente sostenibles, a partir de medidas graduales de reconversión hacia sistemas agropecuarios ambientalmente sostenibles, que reduzcan la vulnerabilidad de la población campesina ante los procesos de variabilidad climática, manteniendo la identidad cultural y articulando la producción a mercados justos y diferenciados.

Resolución 000187 de 2006 "Por la cual se adopta el Reglamento para la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, certificación, importación, comercialización y se establece el Sistema de Control de los Productos Ecológicos".

VI. COMPETENCIA DEL CONCEJO

De conformidad con lo establecido en los numerales 1º y 7º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde al Concejo de Bogotá dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito y para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

VII. IMPACTO FISCAL

El presente Proyecto de Acuerdo no implica impacto fiscal, teniendo en cuenta que las acciones que allí se plantean están incluidas dentro de la misionalidad de las entidades a cargo.

Por lo tanto, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 819 de 2003, es importante precisar que el presente proyecto de acuerdo no genera gastos adicionales a los ya establecidos, por lo que es perfectamente compatible con el marco fiscal del mediano plazo.

Cordialmente,

DIEGO GARCÍA BEJARANO

Concejal de Bogotá

WILLIAM CESAR MORENO

Concejal de Bogotá

Proyectó: P.Cortés

PROYECTO DE ACUERDO

"Por el cual se formulan los lineamientos para institucionalizar el programa de agroecología urbana en los planes de desarrollo de la ciudad de Bogotá."

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el articulo 12 numeral 1º y 7° del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

Artículo 1° Objeto- El presente acuerdo tiene por objeto formular los lineamientos para institucionalizar el programa de agroecología urbana en los planes de desarrollo de la ciudad. De igual manera este proyecto contribuye con la adaptación al cambio climático utilizando prácticas amigables con el ambiente, el fortalecimiento del tejido social por medio de las redes y grupos de trabajo para el establecimiento de cultivos y por último favorece la disponibilidad de alimentos al tener las huertas en los hogares.

Artículo 2° Definición- Entiéndase agroecología urbana como un modelo de producción de alimentos en espacios urbanos y periurbanos por medio de prácticas amigables con el medio ambiente en las que se respete las interacciones con los ecosistemas.

Artículo 3° Lineamientos orientadores- El programa de agroecología urbana deberá quedar incluido dentro de los planes de desarrollo que se presenten a partir de la fecha de su aprobación.

a. Responsabilidad La Secretaría Distrital de Ambiente como cabeza de Sector y en compañía con el Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis serán los encargados de diseñar e implementar el programa de agroecología urbana del Distrito. Este proceso deberá estar acompañado por las Secretarías de Integración social, Desarrollo Económico, Gobierno y Salud.

b. Comercialización: La secretaría de Desarrollo económico en un trabajo coordinado con el Instituto para la Economía Social IPES deberán facilitar la conformación de redes y los espacios para la comercialización de productos obtenidos de las huertas agroecológicas. La comercialización deberá tener en cuenta el sistema de comercio justo.

c. Acompañamiento: el Jardín Botánico José Celestino Mutis será el encargado de acompañar, asesorar técnicamente y hacer seguimiento a los procesos que surjan de la implementación del programa.

d. Registro: La entidad cabeza de sector deberá encargarse de crear un directorio con los datos de los cultivos y productores de la ciudad.

Artículo 4° El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1. http://www.jbb.gov.co/jardin/agricultura-urbana

2. http://www.rosario.gov.ar/sitio/desarrollo_social/empleo/agricul.jsp

3. Jardín Botánico José Celestino Mutis. "Cartillas Técnicas Agricultura Urbana" Bogotá 2005, Página 1.

4. http://wfto-la.org/comercio-justo/wfto/10-principios/