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DECRETO 062 DE 2015
(Febrero 24)
"Por medio del cual se realiza el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías del Bienio 2013-2014 y se incorporan los saldos no ejecutados y recursos del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2015 - 2016."
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012, los artículos 58, 59 Y60 del Decreto Nacional 1949 de 2012 y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05, "Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones", el cual fue regulado por la Ley 1530 de 2012 "Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías" la cual establece en el Título V, el Régimen Presupuestal del Sistema.
Que el Decreto Nacional 1949 de 2012 indica en el artículo 60: "CIERRE PRESUPUESTAL DEL CAPÍTULO DE REGALÍAS. Al terminar cada bienalidad del Presupuesto del Sistema General de Regalías, las entidades territoriales realizarán un ejercicio autónomo e independiente de cierre presupuestal para el capítulo de regalías, y los saldos no comprometidos, así como aquellas partidas que respalden compromisos adquiridos o cuentas por pagar, se incorporarán mediante Decreto del Alcalde o Gobernador, como ingresos al presupuesto de la siguiente bienalidad, al igual que las apropiaciones que se respaldarán con cargo a los mismos, distinguiendo el tipo de recurso que le dio origen, y respetando la destinación del mismo (. ..)".
Que a través de los Decretos Distritales 182 de 2013 y 217 de 2014, se incorporaron y adicionaron recursos en el Capítulo Independiente del Sistema General de Regalías SGR, en el proyecto "Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio-económica y espacial de Bogotá y la Región", por valor de OCHO MIL CIENTO SETENTA MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS PESOS ($8.170.715.700) Y QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS PESOS ($15.242.081.400) respectivamente, de los cuales la Secretaría Distrital de Planeación efectuó compromisos por SIETE MIL SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PESOS ($7.600.517.525), giros por CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA YSEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($4.919.886.787) y se realizaron pagos por CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS ($4.434.647.284), constituyéndose la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRES PESOS ($485.239.503), como cuentas por pagar.
Que mediante el referido Decreto 217 de 2014, se adicionaron recursos en el proyecto "Desarrollo de un Modelo de Evaluación de la Conveniencia de Localización de MacroProyectos Urbanos, Bogotá y su Región", por un valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SESENTA Y CINCO PESOS ($358.452.065), de los cuales la Secretaría Distrital de Planeación, efectuó compromisos por TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($340.529.462).
Que por medio de los Decretos Distritales 182 de 2013, 217, 306 y 593 de 2014 se incorporaron, adicionaron y trasladaron recursos para el funcionamiento del Sistema General de Regalías y el Fortalecimiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación - SMSCE, por valor de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($545.500.000), de los cuales la Secretaría Distrital de Planeación efectuó compromisos por CUATROCIENTOS DIEZ Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($417.753.276), giros por CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS ($194.830.612), pagos por CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO pesos ($185.214.898), constituyéndose la suma de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS ($9.615.714) como cuentas por pagar.
Que con el Decreto Distrital 602 de 2013, se incorporaron recursos para el Bienio 2013 – 2014 en el SGR, en el proyecto "Implementación de la Beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá", por la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($7.273.563.074), de los cuales la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico efectuó compromisos, giros y pagos por SEIS MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS PESOS ($6.992.620.500).
Que por el Decreto Distrital 457 de 2014, se adicionaron recursos en el proyecto "Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines", por un valor de TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($3.295.000.000), de los cuales la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico no realizó compromisos.
Que el Decreto Nacional 1949 de 2012, en su artículo 44 establece, respecto de la incorporación de los recursos del Sistema General de Regalías, lo siguiente:
"Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.
Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión. Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con base en el inciso anterior, será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías.
" Que por medio del Acuerdo 027 de 2014, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías, viabilizó, priorizó, aprobó y designó como ejecutor a Bogotá, D.C., del proyecto denominado: "Diseño de la estrategia de intervención integral y multidimensional en materia socieconómica, ambiental y urbanística en el río Fucha y su área de estudio", por valor de MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.800.000.000) M/CTE., para el bienio 2013-2014.
Que en la sesión del OCAD Regional Centro Oriente, celebrada el 20 de noviembre de 2014, registrada en el Acta NO.9 de 2014, los miembros aprobaron que la fuente de financiación del proyecto corresponde a recursos de la bienalidad 2013-2014.
Que el Alcalde Mayor mediante el Decreto 541 de 2014, delegó en la Secretaría Distrital de Planeación, la ejecución de los recursos con cargo al Sistema General de Regalías para el proyecto "Diseño de la estrategia de intervención integral y multidimensional en materia socieconómica, ambiental y urbanística en el río Fucha y su área de estudio".
Que el Órgano Colegiado de Administración y Decisión, del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante el Acuerdo 008 del 23 de agosto de 2013, viabilizó, ordenó el registró y aprobó el proyecto "Implementación de la Beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá", por un valor de QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M/CTE ($15.205.822.992), de los cuales SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PESOS M/CTE ($7.932.259.918) corresponden a recursos del bienio 2015-2016 de Bogotá, D.C., designando como ejecutor, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que según el Acuerdo 011 de 2013, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías viabilizó, ordenó el registró, aprobó y designó como ejecutor a Bogotá, D.C., del proyecto denominado: "Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines", código BPIN 2013000100192, con regalías por valor de CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($5.000.000.000), de los cuales corresponden al bienio 2015-2016 la suma de MIL SETECIENTOS CINCO MILLONES DE PESOS ($1.705.000.000).
Que por lo anterior, se hace necesario incorporar al Capítulo Presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2015-2016 estos recursos, en el marco del régimen presupuestal de este Sistema.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Efectuar el cierre presupuestal del bienio 2013-2014 del Sistema General de Regalías con base en los montos finales de los recursos recaudados del Sistema y los giros efectivamente realizados e incorporar los saldos no ejecutados así como los compromisos pendientes de pago, que corresponderán a la disponibilidad inicial del Capítulo Independiente del Presupuesto del Sistema General de Regalías.
Artículo 2°.- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2015-2016, la suma de TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($34.710.089.475), conforme al siguiente detalle:
INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2015-2016
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Artículo 3°.- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2015-2016, la suma de TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($34.710.089.475), conforme al siguiente detalle: GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2015-2016 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 117 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de febrero del año 2015. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor RICARDO BONILLA GONZÁLEZ Secretario Distrital de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5540 de febrero 24 de 2015
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