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Decreto 71 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/02/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/02/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5543 de febrero 27 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 071 DE 2015

 

(Febrero 26)

  Prorrogado por el art. 1, Decreto Distrital 592 de 2015.

“Por el cual se crean unos empleos temporales en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad”.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, reguladora del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en la administración del Distrito Capital.

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales es aplicable podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad contempló la creación de SEISCIENTOS SESENTA Y TRES (663) empleos de carácter temporal, con el propósito de cumplir con los objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016, el cual se desagrega en los siguientes proyectos de inversión:

 

7254 - Modernización, expansión y mantenimiento del Sistema Integral del Control del Tránsito,

 

7253 - Generar movilidad con seguridad comprometiendo al ciudadano en el conocimiento y cumplimiento de las normas de tránsito,

 

348 - Fortalecimiento de los servicios concesionados,

 

7132 - Sustanciación de procesos de recaudo y cobro de cartera,

 

6219 -  Apoyo institucional en convenio con la Policía Nacional,

 

1165 Promoción de la movilidad segura y prevención de la accidentalidad vial,

 

339 - Implementación del Plan Maestro de Movilidad para Bogotá,

 

585 -  Sistema distrital de información para la movilidad,

 

6094 - Fortalecimiento institucional

 

Que los citados proyectos de inversión, se encuentran ubicados en los Programas “Movilidad Humana” y “Fortalecimiento de la Función Administrativa y Desarrollo institucional”, del Plan de Desarrollo Distrital, definiendo entre otros, los siguientes proyectos prioritarios, que por su naturaleza, por la misión de ésta Secretaría  y por ser transversales en el distrito capital, le corresponde ejecutar;

 

“…3. Implementación del Sistema Integrado de Transporte Público SITP.

 

… 8. Ampliación y optimización  de la Red de Ciclorutas y promoción del uso de la bicicleta.

 

10. Cultura Integral para  la movilidad y la seguridad vial.

 

11. Movilidad Humana informando y participando.

 

12. Red soporte para la prestación de servicios para una movilidad humana

 

1. Sistema  de mejoramiento de la gestión y de la capacidad operativa de las entidades

 

2. Dignificación del empleo público

 

3. Gerencia jurídica integral”

 

Que para el cumplimiento de las metas establecidas para los proyectos prioritarios descritos anteriormente, la Secretaría Distrital de Movilidad deberá, de manera especial, dar el alcance y la cobertura que requieren estos proyectos por medio de perfiles profesionales, técnicos y asistenciales, orientados al fortalecimiento de temas relacionados directamente con Movilidad y con las áreas estratégicas y de apoyo.

 

Que por los motivos antes expuestos, la Secretaría Distrital de Movilidad ha priorizado la incorporación de empleos de carácter temporal con el fin de dar cobertura a los proyectos requeridos.

 

Que en este orden de ideas, la Secretaría Distrital de Movilidad presentó ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, justificación técnica para la creación de seiscientos sesenta y tres (663) empleos temporales; quien emitió concepto técnico favorable mediante oficio número DIR 2013-E-E-851 del 25 de abril de 2013, bajo las facultades otorgadas por el artículo  del Acuerdo 199 de 2005 y el artículo 16 del Decreto 164 de 2013.

 

Que como quiera que la Secretaría de Hacienda Distrital expidió la viabilidad presupuestal, mediante oficio radicado Nro. 2013EE153073 del 27 de Junio de 2013, para la creación de TRESCIENTOS DOCE (312) de los 663 empleos temporales aprobados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en oficio DIR 2013-E-E-851, mediante Decreto No. 335 del 30 de julio de 2013 se crearon 312 empleos temporales en la planta de la Secretaría Distrital de Movilidad, quedando faltando 351 empleos para su creación.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad solicitó para la creación de los precitados empleos a la Secretaría de Hacienda Distrital la apropiación de recursos, organismo que expidió la viabilidad presupuestal mediante oficio Nro. 2015EE 19080 del 03 de febrero de 2015 para la creación de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN (351)  cargos de los empleos temporales aprobados por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en oficios DIR 2013-E-E-851 de 25 de abril de 2013 y DIR 2014-E-E-2395 de 07 de noviembre de 2014, hasta el 31 de diciembre de 2015; de conformidad con la disponibilidad actual de recursos con que cuenta la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad requiere la creación trescientos cincuenta y un (351) empleos temporales para continuar con la ejecución de los programas contemplados en los proyectos del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”, cuyos propósitos están relacionados con los objetivos y metas propuestas para la vigencia 2015; en el sentido de promocionar una Cultura Integral para la Movilidad y la Seguridad Vial, mediante el cambio cultural en la gestión de la movilidad en la Ciudad,  así como construir un sistema de movilidad con enfoque ambiental y humano.

 

Que por lo anterior, y de conformidad con el concepto técnico favorable expedido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil y la viabilidad presupuestal emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda, se crearán TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN (351)  empleos temporales en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad, teniendo en cuenta para ello la necesidad previamente establecida.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º Créanse en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad los siguientes empleos temporales, hasta el Treinta y Uno (31) de Diciembre de Dos Mil Quince (2015), con el fin de dar cumplimiento al Plan de Desarrollo “BOGOTA HUMANA”:

 

DENOMINACIÓN CARGO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Profesional Especializado

222

27

9

Profesional Universitario

219

18

54

Profesional Universitario

219

12

19

Profesional Universitario

219

5

72

Técnico Operativo

314

4

131

Auxiliar Administrativo

407

6

62

Conductor

480

9

4

TOTAL EMPLEOS

 

 

351

 

ARTÍCULO 2º Los empleos temporales creados en el presente Decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y la jurisprudencia del Honorable Consejo de Estado sobre la materia.

 

ARTÍCULO 3º La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los Artículos y del Decreto 1227 de 2005 y las demás disposiciones que les modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

ARTÍCULO 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de febrero del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

MARIA CONSTANZA GARCIA ALICASTRO

 

Secretaria Distrital de Movilidad

 

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

 

Director Departamento Administrativo Del Servicio Civil Distrital

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5543 de febrero 27 de 2015.