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Decreto Local 4 de 2015 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
16/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/04/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5577 de abril 21 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2015

 

(Abril 16)

 

"Por medio del cual se ajustan las Obligaciones por Pagar presupuestadas por el FDLS para la vigencia fiscal 2015 frente a los saldos reales constituidos a 31 de diciembre de 2014".

 

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, determina que el Alcalde por Decreto incrementará o reducirá el monto de las obligaciones por pagar para llevarlas al monto real, siempre y cuando no se superen los montos aprobados por la JAL.

 

Que de conformidad con estipulado en la Circular 02 de septiembre 19 de 2014, "Guía de ejecución, Cierre Presupuestal 2014 y Programación Presupuestal 2015 de los Fondos de Desarrollo Local", en el numeral 2.4.1, se establece el procedimiento para el ajuste de cada uno de los rubros de obligaciones por pagar programadas en el Presupuesto 2015 para igualarlas a las constituidas a 31 de diciembre de 2014.

 

Que en el presupuesto de la vigencia 2015, se estimó un valor total de Obligaciones por pagar de $40.172.623.000.oo discriminado así: $1.088.771.000.oo de Obligaciones por Pagar de Gastos de Funcionamiento, $33.698.341.214.oo de Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior y $5.385.510.786.oo de Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores.

 

Que se presentan diferencias entre los valores constituidos al 31 de diciembre de 2014 y los reales para 2015 en la totalidad de los rubros de obligaciones por pagar de: funcionamiento, vigencia anterior y otras vigencias.

 

Que para el citado ajuste se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 803 y 804 del 16 de febrero de 2015.

 

Que previamente se solicitó, y obtuvo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación y Dirección Distrital de Presupuesto según oficio 2015EE77582 del 15 de abril de 2015.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

Ver Acuerdo Local 4 de 2014, Ver Decreto Local 15 de 2014

 

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:

 

 

CODIGO PRESUPUESTAL

 

 

NOMBRE

 

AUMENTAR

 

DISMINUIR

 

 

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

360.831.346.00

3.1.8

OBLIGACIONES POR PAGAR

 

360.831.346.00

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

 

360.831.346.00

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

 

59.210.858.00

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

 

26.167.245.00

3.1.8.02.01.03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

 

8.948.955.00

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

 

14.094.658.00

3.1.8.02.01.05

Compra de Equipo

 

10.000.000.00

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

 

301.620.488.00

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

 

34.436.400.00

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

 

12.894.050.00

3.1.8.02.02.04

Impresos y Publicaciones

 

18.022.889.00

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

 

208.968.881.00

3.1.8.02.02.05.0001

Mantenimiento Entidad

 

208.968.881.00

3.1.8.02.02.06

Seguros

 

16.358.380.00

3.1.8.02.02.06.0001

Seguros Entidad

 

12.768.712.00

3.1.8.02.02.06.0004

Seguros de Vida Ediles

 

3.589.668.00

3.1.8.02.02.17

Información

 

8.689.888.00

3.1.8.02.03

Otros Gastos Generales

 

2.250.000.00

3.1.8.02.03.02

Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas

 

2.250.000.00

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de Inversión del Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:

 

 

CODIGO PRESUPUESTAL

 

 

NOMBRE

 

AUMENTAR

 

DISMINUIR

 

 

 

 

3.3

INVERSION

 

10.344.557.677.00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

 

10.344.557.677.00

3.3.6.14

Bogotá Humana

 

8.444.162.234.00

3.3.6.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

 

1.015.006.869.00

3.3.6.14.01.01

Garantía del desarrollo integral de la primera infancia

 

17.515.336.00

3.3.6.14.01.01.1031

Promoción y dotación para el desarrollo humano y la primera infancia

 

17.515.336.00

3.3.6.14.01.02

Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad

 

134.195.822.00

3.3.6.14.01.02.1034

Promoción y prevención para una suba saludables

 

134.195.822.00

3.3.6.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y

 

5.096.955.00

3.3.6.14.01.03.1032

Promoción y dotación para la educación y la capacitación

 

5.096.955.00

3.3.6.14.01.04

Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de genero para las mujeres

 

65.950.667.00

3.3.6.14.01.04.1035

Igualdad social y reconocimiento de genero

 

65.950.667.00

3.3.6.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

 

478.428.802.00

3.3.6.14.01.05.1036

Suba diversa e incluyente

 

478.428.802.00

3.3.6.14.01.06

Bogotá Humana por la dignidad de las víctimas

 

1.500.000.00

3.3.6.14.01.06.1037

Gestión por la dignidad de las victimas

 

1.500.000.00

3.3.6.14.01.07

Bogotá un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos

 

76.405.667.00

3.3.6.14.01.07.1038

Promoción de los derechos humanos a través de la legalidad

 

76.405.667.00

3.3.6.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

 

168.913.600.00

3.3.6.14.01.08.1039

Desarrollo de los derechos culturales, recreativos y deportivos

 

168.913.600.00

3.3.6.14.01.15

Vivienda y hábitat humanos

 

67.000.020.00

3.3.6.14.01.15.1041

Gestión social del hábitat

 

67.000.020.00

3.3.6.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

 

6.249.856.104.00

3.3.6.14.02.17

Recuperación, rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

 

1.525.819.071.00

3.3.6.14.02.17.1042

Resignificación ambiental y ecológica

 

1.525.819.071.00

3.3.6.14.02.19

Movilidad Humana

 

4.647.240.025.00

3.3.6.14.02.19.1043

Infraestructura para la movilidad

 

4.647.240.025.00

3.3.6.14.02.20

Gestión integral de riesgos

 

3.607.710.00

3.3.6.14.02.20.1044

Gestión y mitigación local del riesgo

 

3.607.710.00

3.3.6.14.02.22

Bogotá Humana ambientalmente saludable

 

73.189.298.00

3.3.6.14.02.22.1046

Suba ambientalmente saludable

 

73.189.298.00

3.3.6.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

 

1.179.299.261.00

3.3.6.14.03.24

Bogotá Humana: participa y decide

 

184.410.193.00

3.3.6.14.03.24.1047

Participación para el ejercicio de los derechos

 

184.410.193.00

3.3.6.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

 

71.412.686.00

3.3.6.14.03.27.1050

Fortalecimiento y promoción de la convivencia local

 

71.412.686.00

3.3.6.14.03.30

Bogotá decide y protege el derecho fundamental

 

28.452.000.00

3.3.6.14.03.30.1048

Suba participativa y transparente

 

28.452.000.00

3.3.6.14.03.31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

 

895.024.382.00

3.3.6.14.03.31.1051

Fortalecimiento institucional

 

895.024.382.00

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

 

1.900.395.443.00

 

 

 

 

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

 

10.705.389.023.00

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los 16 días del mes de abril del año 2015.

 

MARISOL PERILLA GÓMEZ

 

Alcaldesa Local Suba

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5577 de abril 21 de 2015