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Circular 49 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 049 DE 2015

 

(Abril 07)

 

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS, DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, DE SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, ALCALDES/AS LOCALES Y RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

 

De:

 

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR

 

Asunto:

 

Cumplimiento del Decreto 093 de 2015.

 

Como es de su conocimiento la Ley 1448 de 2011, estableció un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas del conflicto armado interno dentro de un marco de justicia transicional, para posibilitar el efectivo goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición; para que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus derechos constitucionales.

 

La citada ley 1448 de 2011 en su artículo 142 establece que "El 9 de abril de cada año, se celebrará el Día de la memoria y Solidaridad con las Víctimas y se realizarán por parte del Estado colombiano, eventos de memoria y reconocimiento de los hechos que han victimizado a los colombianos y colombianas. (...)".

 

Con base en lo anterior y con el propósito de contribuir al anhelo nacional de lograr la Paz, mediante el Decreto 093 el Alcalde Mayor declaró Día Cívico Distrital el 9 de Abril de 2015, en Memoria, Reconocimiento y Solidaridad con las Víctimas del Conflicto Armado Interno.

 

El mismo Decreto en su artículo determina que con ocasión de la declaración del "Día de la memoria y Solidaridad con las Víctimas", no habrá actividades laborales en los organismos y entidades públicas del Distrito Capital, con el fin que los Servidores Públicos asistan a los eventos y actividades que el Distrito adelante para el 9 de abril del año 2015.

 

En este sentido, dado que la finalidad específica por la cual no habrán actividades laborales es facilitar la participación en las actividades de conmemoración del "Día de la memoria y Solidaridad con las Víctimas", se deberá, por cada jefe, socializar entre todos los servidores de las entidades, la participación de los interesados en las actividades programadas, razón por la cual los servidores que libremente decidan no participar en las actividades de conmemoración prestarán normalmente sus servicios en las entidades respectivas.

 

Cordialmente,

 

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

 

Secretaria General

 

C.C. N.A.

 

Anexos: N.A.

 

Revisó: Ximena Aguillón Mayorga.

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres.

 

Daniel Medina González.