RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 190 de 2015 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
01/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/04/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5565 de abril 01 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 190 DE 2015

 

(Abril 01)

Efectos extendidos por el art. 1, Resolución Sec. Gobierno 213 de 2015.

“Por medio de la cual se definen los establecimientos de comercio autorizados en la implementación de la prueba piloto de la estrategia “Fiesta Sana y Segura” por los fines de semana comprendidos entre el 1 y el 30 de abril de 2015, según lo establecido en los Decreto Distritales 310 y 581 ambos de 2014”.

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 310 de 2014 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que el Decreto Distrital 310 de 2014 modificó el Decreto 345 de 2002, “Por el cual se establece el horario de funcionamiento de establecimientos para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el Distrito Capital”, en su artículo .

 

Que el Decreto Distrital 581 de 2014, amplió el horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas hasta las cinco (05:00) horas del día siguiente de los días viernes y sábados de cada semana, en los sectores y localidades y establecimientos de comercio que defina la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Que el Decreto 581 de 2014 reconoció la estrategia de “Fiesta Sana y Segura” como el esfuerzo de la Administración Distrital, la Policía Metropolitana de Bogotá, los establecimientos de comercio de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas y la comunidad, por generar espacios controlados y responsables de esparcimiento y consumo de alcohol con un horario ampliado y controlado, generado bajo la premisa de la corresponsabilidad social y el respeto a las condiciones de vida y sana convivencia de los y las habitantes de Bogotá.

 

Que la Secretaría Distrital de Gobierno emitió la Resolución 347 de Julio 25 de 2014, que define los sectores y localidades del Distrito Capital, en donde se amplíó el horario de funcionamiento para los establecimientos de comercio abiertos al público con expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, hasta las cinco (05:00) horas del día siguiente de los días viernes y sábados de cada semana, dando cumplimiento a lo previsto en el Decreto Distrital 310 de 2014.

 

Que la estrategia de Fiesta Sana y Segura surge del proceso de construcción política de una Bogotá humana, dinámica y productiva en la que se busca consolidar una ciudadanía diferente, que incluya y no segregue a la población, avanzando en el goce pleno de los derechos, donde todos y todas logren disfrutar y vivir la ciudad de acuerdo con sus potencialidades, y puedan escoger el tipo de vida que desean. Una ciudad que se densifique en armonía con la población y con el ambiente, y en donde se transforme la cultura del individualismo, y se promueva el rechazo a la violencia, en una cultura de lo colectivo, la diferencia y la creación de vida.

 

Que como consecuencia de lo anterior y con independencia de la definición de localidades y sectores, corresponde a la Secretaría Distrital de Gobierno valorar aspectos fundamentales a la hora de habilitar  el funcionamiento en horario extendido de establecimientos en el marco de la implementación de la estrategia “Fiesta Sana y Segura”.

 

Que el referido informe resulta fundamental para definir los establecimientos de comercio sobre los cuales se puede autorizar la actividad de venta y consumo de bebidas alcohólicas para el sector de Galerías comprendido entre las carreras 27 a carrera 28 y calle 52 a calle 53, en la ciudad de Bogotá.

 

Que a partir de la revisión del proceso de Pactos de Convivencia y del cumplimiento de los requisitos de funcionamiento se sugirió desde la Secretaría Técnica de Pactos la inclusión de algunos establecimientos de las Localidades de Usaquen, Kennedy, Chapinero, Antonio Nariño, Ciudad Bolívar, Teusaquillo y Candelaria para que sean cobijados con la extensión del horario de apertura al público.

 

Que no obstante a que la Resolución 660 de Diciembre 4 de 2014 por medio de la cual fueron habilitados para el funcionamiento de algunos establecimientos de comercio en horario extendido, hasta las cinco de la mañana (5:00 AM) del día siguiente, indicó en su artículo 4o el respectivo seguimiento que  corresponde a cargo del Centro de Estudios y Análisis de Convivencia y Seguridad Ciudadana- CEACSC, aún no se tiene un consolidado del mismo, teniendo en cuenta el corto periodo de tiempo del mismo, razón por la cual el mismo continuará, durante la implementación de la prueba piloto que aquí se establece.

 

Que el Concejo Distrital de Bogotá mediante Acuerdo No. 581 de 2015 establece que la Secretaría Distrital de Gobierno deberá expedir de manera periódica un “sello seguro” a los establecimientos de comercio dedicados a la venta y consumo de licor, para lo cual, la Administración Distrital requiere de un periodo de tiempo prudente para diseñar e implementar, de manera articulada en los distintos territorios de la ciudad, las estrategias necesarias para el seguimiento y monitoreo de la información con la cual validar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley y de manera particular, los establecidos en el artículo 2 del mencionado acto administrativo.

 

Que como consecuencia de lo anterior, y en aras de generar las garantías necesarias para ir avanzando en la implementación que implica el satisfactorio cumplimiento de los requisitos por parte de aquellos establecimientos que aspiren a hacerse merecedores del correspondiente “sello seguro” se concluye la necesidad de extender los efectos establecidos en la Resolución No. 062 de 2015, para aquellos establecimientos que en esa disposición, fueron autorizados para funcionar en el horario extendido, en el marco de lo consagrado en los Decretos Distritales 310 y 581 ambos de 2014, como prueba piloto de la estrategia “fiesta sana y segura” entre el 1 y el 30 de abril de 2015.

 

Que revisadas las postulaciones efectuadas por los establecimientos de comercio que se han presentado desde el año 2014 ante la Secretaría Distrital de Gobierno, y en razón a que el Decreto 581 de 2014 modificó el artículo 1 del Decreto 310 de 2014, en el sentido de ampliar la potestad de la Secretaría Distrital de Gobierno no solamente a Localidades y Sectores, también a establecimientos, corresponde en la presente Resolución para efectos de mayor claridad, indicar todos y cada uno de los establecimientos sobre los cuales procede la implementación de la estrategia de “Fiesta Sana y Segura” con ampliación del horario durante los fines de semana en el periodo sobre el cual se extiende medida.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO. Implementar una prueba piloto en el marco del Decreto 310 de 2014, a partir de las tres horas y un minuto (03:01) hasta las cinco horas (05:00) de los días sábados y domingos comprendidos entre el 1 y el 30 de abril de 2015. Con el fin de monitorear, medir y evaluar el impacto que se genere en la sociedad capitalina la ampliación de los horarios de funcionamiento de los siguientes establecimientos de comercio donde se expenden y/o consumen bebidas alcohólicas:

 

LOCALIDAD DE USAQUÉN

 

*Plaza México

Av Calle 116 No 19-66 Int. 4

*Rumbavana

Carrera 19a No. 116-19 Local1

*La Chula.

Av Calle 116 No 19-50 Piso 2

*Full 80s

Avenida 19 No. 118-52

 

 

LOCALIDAD DE KENNEDY

 

*Kaoba Bar Discoteca

Av 1 De Mayo # 70 B – 34

*Tienda Paisa El Establo

Av 1 De Mayo # 69 - 80

*Castle Blue

Av 1 De Mayo # 69 – 46

*Tienda Paisa Mi Cafetal

Av 1 De Mayo # 69 C - 44

*Limbo Bar

Av 1de Mayo # 69 C - 40

*Tienda Paisa Mi Viejo Caldas

Av 1 De Mayo #  69 - 26

*Rinconsito Paisa

Av 1 De Mayo # 69 B - 28

*Pasarelas’s In

Av 1 De Mayo # 69 - 28

*X-Kandalo

Av 1 De Mayo # 69 A - 02

*Abuelo Pachanguero

Av 1 De Mayo # 69 C - 40 Piso 1

*Poligamia

Av 1 De Mayo # 69 - 40

*Azafatas Vip

Av 1 De Mayo # 69 C - 58

*Happy Nignth

Av 1 De Mayo # 69 C - 68

*Coliceo Romano

Av 1 De Mayo # 69 - 30

*Rumba Y Son Vip

Av 1 De Mayo # 69 – 36

*The Luna

Av 1 De Mayo # 69 A – 02

*Manaos Bar

Av 1 De Mayo # 69 – 50

*Barra Y Tanga

Av 1 De Mayo # 69 B - 38

*Tolu Caribe

Av 1 De Mayo # 69b - 48

*Atrium Angelus Cafe Bar

Av 1 De Mayo # 69 - 88

*Baracoa Music Hal

Av 1 De Mayo # 69 A - 16 Piso 2

*Nuevo Caballo Blanco

Av. 1 De Mayo No. 69 C 94

*Tantalos Pub

Av 1 De Mayo # 69 B - 38 Piso 2

*Barra Bar

Av 1 De Mayo # 69 - 32

*Divas Barra Bar

Av 1 De Mayo # 69-32

*Pereiras

Av 1 De Mayo # 69 C - 16 Sur

*Latino Disco Bar

Av 1 De Mayo # 70 B - 44

*Bar Carnaval

Av 1 De Mayo # 70 B - 54

*Palacius Bar

Av 1 De Mayo # 69 C - 16

*Bar De La Cerveza

Av 1 De Mayo # 69 C- 54 Sur

*La Copa Bar Barra Y Tanga

Av 1 De Mayo # 69 B - 54 Piso 2

*Moroco Dos Bar

Av 1 De Mayo # 69 - 62 Piso 2

*Siguelo

Av 1 De Mayo # 69 C - 44

*Andromeda

Calle 26 Sur  # 69 -84

*Keops

Av 1 De Mayo 70 B 64

*Dubai Vip

Av 1 De Mayo 69-48

*Stones Rock Bogotá

Calle 6 Sur No. 71 D 36 Local 101

*Labios Party

Av 1 De Mayo No. 69a – 03

*La Vega Star

Av 1 De  Mayo N° 69a - 05

*Aky Bar

Av 1 De Mayo N° 69 A - 13 Local 1

*River Ma Ye Bar

Av 1 De Mayo N° 69a - 23 Piso 1

*River Side

Av 1° De Mayo N°69 A - 07 Piso 1

*Shala Bar

Av 1° De Mayo N° 69 A - 13 Piso 2

*Yoryis Bar

Av 1° De Mayo N° 69 A - 23 Piso 2

*Go Cafe Bar

Av 1° De Mayo No. 69 - 93 Piso 1

*Status Junior

Av 1° De Mayo N°69 A - 07 Piso 2

*Tabu Cafe Bar

Av 1° De Mayo N°69 A - 13 Local 2

*Matine Ibiza

Av 1° De Mayo N° 69 A - 31

*Rockola Bar Los Angeles

Av 1° De Mayo N° 69a – 45

*Tropicana

Av 1° De Mayo No. 69 - 93 Piso 2

*Ascanio Bar

Carrera 71 D No. 8-44 Sur

*Vankuber -3 Piso

Av 26 Sur No. 70b 64 Piso 3

*Paleo Bar

Calle 6 No 71 D-11 Sur

*Paradide Natural Party

Carrera 71 D No 6-61 Sur Piso 2

*Dubai Vip Club

Calle 6 No. 71d- 17 Sur Piso 2

*Restaurante Bar Cafe & Son

Carrera 71 D No. 8-20 Sur Piso 2,3

*Titanic Vip

Calle 6 Sur No. 71 D 43

*Taberna Restaturante El Titanic

Carrera 71 D No. 8-52 Sur

*New Mister Noise Club

Calle 6 Sur No. 71 D 36

*El Refugio Club

Av 1 De Mayo No. 71 D 17 Piso 2

*Discotk Bacilos

Carrera 72 D No. 57 H 11 Sur P. 1

*Manaos Vip

Av. 1 De Mayo 69 A 50

*Spa Wonder Club

Av 1 De Mayo No. 71 D 17 Piso 3

*Yerbabuena Vip

Calle 6 Sur No. 71 D 29

*Arcantos

Calle 6 Sur No. 71 D 04 Piso 2

*Restaurante Bar Penelope Club

Carrera 71 D No. 5-09 Sur Piso 2

*Limbo Bar

Av Calle 26 Sur N°. 69 C 40

*San Roque

Calle 6 Sur No. 71 D 26 Piso 2

*Palo Santo

Calle 6 Sur No. 71 D 26 Piso 1

*Fusion Bar

Carrera 71 D No. 5-29 Sur

*Bore Salsa

Av. Calle 26 Sur No. 71 D 17 P. 4

Rocker

Calle 6 Sur No.71 D – 64 Piso 2

Nevada Disco Bar

Carrera 71d N° 8 – 80 Piso 2.

 

 

LOCALIDAD DE CHAPINERO

 

*Maroma Bar

Carrera 13 # 82 - 54

*La Casa en el Aire Restaurante Bar

Carrera 13 # 82 - 39

*Retro Restaurante Bar

Carrera 13 # 82 - 43

*Colombian Pub 3 Restaurante Bar

Carrera 13 # 82 - 41

*Armando Records Restaurante

 

*Terraza Mauriel

Calle 85 No. 14 – 46 Piso 4

*Hotel V

Calle 84 Bis # 13 - 17

*Silencio Bar

Carrera 13 # 83 - 73

*Gnoveva Bar

Calle 84 Bis # 14 - 44

*Simona Shot

Calle 84 Bis  # 14 - 60

*La Trampa Platinium

Calle 84 Bis # 14 - 64

*Paleo 84

Carrera 14 A # 83 –77

*Matildelina

Calle 81 # 11- 34

*Marquez Bar Bta

Carrera 13 # 82 - 85 Piso 3

*Mikaela

Carrera 13 # 83 – 47

*Petit Comite

Carrera 13 # 83 - 92 Piso 3

*Once Once

Calle 84 Bis # 13 - 86

*Trio – Max

Calle 84 Bis # 14 - 34

*Yalha Bar The Rooms

Carrera 14 A # 83 -49

*Mole Restaurante Bar

Carrera 14 # 83 - 76

*Bendito

Carrera 13 # 82 - 56

*Leos Video Bar

Calle 59 # 9 - 36

*Tribar

Calle 60 # 9 A - 32 Local 3a

*Donde Aquellos

Calle 59 # 10 – 30

*Bar Bardot 93

Calle 93 B # 11 A - 14 Piso 2

*Tgi Frydays

Calle 93 A # 11 - 27

*Salto Del Angel

Carrera 13 # 93 A- 45

*Tekila Restaurante Bar

Carrera 13 # 93 - 72

*La Leyenda Restaurante Bar

Carrera 13 # 93 - 76

*Fabric -INDUSTRIAL Drinks

Carrera 14 # 83 - 16 Piso 2

*Casa De La Cerveza Zona T

Calle 83 # 12 A - 36

*La Cerveceria

Carrera 12 A 83- 37#

*Miint Concepcion Restaurante

 

*Cafe Bar

Calle 84 Bis # 14 - 02

*El Coq

Calle 84 Bis # 14 - 02 Piso 2

*Maroma Bar

Calle 57 # 13 – 22

*Lottus Bar GbgTeatron

Calle 58 # 10- 42

*Music Expres

Carrera 13 # 59 – 24 Piso 1 Int 5

*San Libardo

Calle 82 # 12 – 75

*Kukaramakara Bar Restaurante

Calle 93 B # 13-14 Ofc. 301

*Galeria Sombrillitas Bar

Calle 83 # 14 - 27

*Teo Rumba

Calle 57 # 13 - 94

*La Cacik Bar

Carrera 15 # 93 - 57

*Fuzion Bar

Carrera 13 # 59 - 24 Piso 2

*Garage Bar

Carrera 14 # 82 - 26 Piso 2

*Noa Noa Disco Bar

Carrera 13 # 61 -34 Piso 2

*Cabaret Bar Chapinero

Calle 60 # 9 – 65

*La Meca D.C

Carrera 14 # 82 - 71

*One Shot Station Bogota

Calle 84 # 14 -34 Int1

*Surikata

Calle 84 # 13 – 45 Local 1

*Abiscinia Bar

Carrera 9 # 60 – 38

*Lupe 83

Calle 83 # 14- 17 Local 201

*La Guardia

Calle 82 # 13 - 26

*Discojaguar

Carrera 7 # 59 - 30

*Punto 59 In

Carrera13 # 59 – 24 Int 06

*Opio Lounge

Calle 83 # 14 - 13 Piso 2

*Match Box Cafe

Calle 83 # 14 - 13 Piso 1

*The Cube Boop Top

Calle 83 # 14-17piso 3

*Noches De Garibaldi

Carrera 7 # 59 – 34

*Urani

Calle 60 # 9 – 10

*Cafe Bar Rockola Josches

Carrera 9 # 60 – 39

*El Fabuloso

Calle 85 No. 14 – 05 Piso 7

*Indigo Club

Carrera 9 No 51-22

*Latino Power

Calle 58 No. 13-88

*Full 80s Bogotá

Calle 95 No. 12 – 37

*Full 80s Bogotá

Calle 85 No. 11 – 53 Interior 8

*Barbe Room

Calle 85 No. 13 – 85 Piso 2

*El Mozo Club

Calle 85 No. 12 – 49

*Revolution Bar

Calle 74 # 15 -51

*Boogaloop Sala De Conciertos

 

*Coorporacion Clepsidra

Calle 58 # 13 – 88

*Kinky

Calle 81 No. 12-70

*Novena Estacion Bar -

 

*Anonimos Coffe Bar

Carrera 9 No. 60-33

*Capital Drinks Karaoke

Calle 83 No. 14-17 Pisos 1, 2,3

*Mara Club

Calle 83 No.14-17

*Sunrise 101 La Bombonera

 

*Restaurante Bar

Carrera 14 A N° 83-23

*Amapola

Carrera 14 A N° 83-67

 

LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO

*Calle 18 Sur No. 16 A 04

Fonda Paisa Vip No. 1

*Carrera 16 No. 16 - 91 Sur

Antaños Video Bar

*Carrera 17 No. 18 – 30 Sur

Mi Tierra 2

*Calle 18 Sur No. 16 - 06 Piso 2

Terraza Bar V.I.P.

*Carrera 17 No. 17 – 27 Sur

Sahara V.I.P.

*Calle 18 Sur No. 17 – 47

México En El Sur G.L.

*Carrera 17 No. 18 – 38 Sur

Chato To To Discoteca Viejoteca

*Carrera 17 No. 18 – 53 Sur

Rincón Paisa De Ortiz

*Calle 17 Sur No. 16 – 51

El Palladium Salsa Diferente en el Restrepo

*Calle 17 Sur No. 16 – 40

Hawai 5.0

*Carrera 17 No. 17 – 67 Sur

Tienda Águila La Excelencia

*Calle 17 Sur No. 16 – 77

Discoteca Bar El Templo

*Carrera 17 No. 17 – 47 Sur Piso 2

Discoteca Bar La Santa

*Calle 18 Sur No. 16 A 21 Piso 1

El Carretero R.G.

*Calle 18 Sur No. 16 A 07 Sur

Pa Bohemios

*Calle 17 Sur No. 16 – 43

Fonda Paisa Mi Ranchito Colonial

*Calle 17 Sur No. 16 – 49

La Santa V.I.P.

*Carrera 17 No. 17 – 75 Sur

Café Brow

*Calle 17 Sur No. 16 – 60

Discote Hipos Extream Bar

*Carrera 17 No. 17 – 40 Sur

La Cabala

*Carrera 17 Sur No. 17 – 98

E.R. Tienda Paisa La Tusa

*Calle 17 Sur No. 16 – 85 Piso 2

Parrada Vallenata Mi Hermano Y Yo

*Carrera 17 No. 17 – 63 Sur

Bizarro Disco Bar

*Carrera 17 No. 17 – 66 Sur Piso 1

Maluma And Beer

*Calle 17 Sur No. 17 – 24 Piso 2

Rumba Latina Restrepo

*Calle 18 Sur No. 16 A 09

Discoteca Bar Puerta 18

*Calle 17 Sur No. 16 – 15 Piso 1

El Rincón Video Bar

*Carrera 17 No. 17 – 46 Sur

Tienda La Ingrata Cuchoteca

*Calle 18 Sur No. 16 A 21 Piso 2

Seven Eleven A.G.

*Carrera 17 No. 17 – 54 Sur Piso 2

Titanik Solos Y Solas

*Calle 18 Sur No. 16 A 46

Fonda Paisa El Andariego

*Carrera 16 No. 18 – 29 Sur

Fonda Paisa Los Palenques

*Calle 17 Sur No. 16 – 54 Piso 2

Kaoba Music Hall

*Carrera 17 No. 17 - 45 Sur

Santiamen V.I.P.

*Carrera 17 No. 17 - 44 Sur Piso 2

Disco Coco Bongo Wesh Night Club

*Carrera 17 No. 17 - 54 Sur

Plan B Zona Pub

*Calle 18 Sur No. 16 - 31

Fonda Paisa V.I.P.

*Carrera 17 No. 17 - 56 Sur Piso 1

Emotion V.I.P.

*Carrera 17 No. 18 - 31 Sur

Bar Fonda Paisa Sony Guaros

*Calle 17 Sur No. 16 - 79

Ticoss Bar Coffe

*Carrera 16 No. 18 - 40 Sur

Dance Music Bar

*Carrera 17 No. 17 - 08 Sur

Brujos Pizzeria Bar

*Calle 17 A Sur No. 16 - 10 Local 1

Tienda Paisa Mi Pueblito

*Calle 17 A Sur No. 16 - 12

Rumbon Melón Video Bar

*Calle 17 Sur No. 16 - 31

Storm Mettal Bar

*Calle 18 Sur No. 16 - 29

Fonda Paisa La Herradura De La 18

*Carrera 16 No. 18 - 36 Sur

Palo Santo Vip

*Carrera 17 No. 17 - 06 Sur

Arcangel Beer Café Bar

*Calle 18 Sur No. 16 A 30

El Gran Whatusi Vallenato

*Calle 18 Sur No. 16 A 26

Fonda Paisa Corralito De Piedra

*Carrera 17 No. 17 - 14 Sur

Tanatos Bar

*Calle 17 Sur No. 16 – 85 Piso 1

Viejoteca El Condado

*Calle 17 Sur No. 16 – 54 Pso 1

Ibiza.77

*Calle 18 Sur No. 17 – 07 Local 1

Jack Rocks

*Carrera 18 No. 16 A 14 Sur

La Rockola Del Árabe

*Calle 16 Sur No. 17 – 33

Café Bar Clase Aparte

*Carrera 17 No. 17 – 44 Sur

Mayans Club Music Hall

*Carrera 17 No. 17 – 28 Sur

Guaritos Restaurante Bar Local 2

 

LOCALIDAD DE TEUSAQUILLO

*Petra

Carrera 27 # 52 - 46

*Plaza Juarez

Carrera 27 # 52 - 49

*Margaritas

Carrera 27 # 52 - 85

*Viejoteca Sol Y Luna 60-70

Calle 53 # 27 A - 57

*Colombia Pub

Carrera 27 # 52 - 72

*Savoy

Calle 53 # 27 A - 47

*Sandalo Bar

Calle 53 # 27a -  14 Piso 2

*Trampa Vallenata

Calle 53 # 27a – 31

*Milu Galerias

Carrera 27 # 52 - 61

*Kabala K.F

Carrera 27 # 52 - 69

*Villa Nueva

Carrera 27 # 52 - 66

*Son Siboney

Calle 53 # 27 A - 32

*Eighties Bar

Calle 53 # 27 A - 41

*Tonika Stiker

Carrera 27  # 52 - 36

*New Studio 53

Calle 53 #  27a – 14 Piso 3

*Melao Bar

Calle 53 #  27a – 30

*Tabu Studio Bar

Carrera 27 # 52 - 24

*La Fonda Paisa

Carrera 27 # 52 - 83

*Latinos Salsa

Calle 53 # 27 A - 61

*Canela Bar

Calle 53 # 27 A - 14 Piso 2

*Maite Bar Galerias

Carrera 27 # 52 - 10

*Kandelaria Bar

Carrera 27 # 52 – 29

*Karamba Crossover

Calle 53 # 27 A - 49

*Bar Donde Jota

Calle 53 # 27 A - 43

*Shok Restaurante Bar

Calle 53 #  27a -  24

*Santitos Bar

Calle 53 # 27 A - 26

*Dejavu Bar Y Karaoke

Carrera 27 No. 52-16

*Catrina Bar

Carrera 27 No 52-20

*Lujuria Karaoque Bar

Calle 53 No. 27a 16

*La Junta Vip

Calle 53 No. 27 A 30

*Brava Terraza Vip

Calle 53 No. 27 A 22

*Brava Terraza Bar

Calle 53 No. 27a 26

 

LOCALIDAD DE CANDELARIA

*Calle 12 B No. 4 - 94 Pisos 1 Y 2

Bar Candelario

 

 

LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR

*Beer Company Bar

Carrera 22 G No. 60-48 Sur Local 19

*Casa De Los Recuerdos Bar

Carrera 22 G No. 60-48 Sur Local 21

*Donde Siempre Bar

Carrera 22 G No. 60-48 Sur Local23

*Loading Bar

Carrera 22 G No. 60-48 Sur Local31

*Rock Classic Pub

Calle 59 Sur # 22 G – 48 Local 105

*Santurce Salsa Bar

Calle 59 Sur # 22 G – 48 Local 107

 

PARÁGRAFO. Los establecimientos de comercio no enunciados en el presente artículo continuarán su funcionamiento en el horario establecido hasta las 3:00 A.M. del día siguiente, de acuerdo con lo establecido en el Parágrafo del Artículo 2 del Decreto 581 de 2014.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Las corporaciones privadas y/o clubes sociales, cuya actividad trascienda a lo público, en los términos del artículo 116 del Código de Policía de Bogotá, en tanto se comporten como establecimientos comerciales o abiertos al público donde se expenden y/o consumen bebidas alcohólicas, tales como sala de baile, discoteca, casa de lenocinio, grill, taberna, bar, sala de masajes, centros sociales, casas o salones de eventos o cualquier tipo de espectáculo que no esté dirigido con exclusividad a sus asociados y/o aquellos que no tengan domicilio principal en la ciudad de Bogotá según Certificado de Existencia y Representación Legal únicamente podrán realizar dichas actividades dentro del horario comprendido entre las diez (10:00) horas y las tres (3:00) horas del día siguiente.

 

Entre las tres horas y un minuto (03:01) y las diez (10:00) horas del día siguiente, queda prohibida la comercialización, el expendio o consumo de bebidas embriagantes, alcohólicas y licores en los lugares antes citados.

 

ARTÍCULO TERCERO. La Secretaría Distrital de Gobierno, a través del Centro de Estudio y Análisis en Convivencia y Seguridad Ciudadana – CEACSC y la Secretaría Técnica de Pactos hará el seguimiento a esta medida a partir del análisis de indicadores de gestión territorializada, los cuales serán presentados en la Mesa general del proceso que estará integrada por entidades con labores en Inspección, Vigilancia y Control, instituciones con competencia en convivencia y seguridad en la ciudad, gremios e industria licorera y demás representantes de la sociedad civil. Esta Mesa generará los informes y recomendaciones respectivos sobre el impacto de esta medida para que la Secretaría de Gobierno pueda terminar, suspender, mantener, ampliar o restringir lo previsto en los artículos anteriores a uno o varios establecimientos, sectores y / o localidades, de acuerdo con el cumplimiento de la responsabilidad social que implica el acatamiento de las normas de convivencia y seguridad ciudadana.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C. al primer (1°) día del mes de abril de dos mil quince (2015).

 

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER

 

Secretaria Distrital de Gobierno

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5565 de abril 01 de 2015.