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Acuerdo 4 de 2015 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER

Fecha de Expedición:
22/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5592 de mayo 13 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 004 DE 2015

 

(Abril 22)

 

“Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER y se dictan otras disposiciones”.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO – IDIGER-

 

En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las señaladas en el numeral 6 del artículo 6 del Decreto 173 de 2014 y en el numeral 6 del artículo 12 del Acuerdo 001 del Consejo Directivo del IDIGER, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 546 de 2013 transformó el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias FOPAE, en el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER, establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

Que el numeral 6 del artículo 6º del Decreto 173 de 2014 establece como función del Consejo Directivo del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER: “Aprobar la planta de empleos, la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos y emolumentos de los servidores y servidoras de la entidad, de acuerdo con las normas sobre la materia y la política que para el efecto establezca el CONFIS Distrital. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la entidad”.

 

Que mediante Acuerdo 003 de 2014, se determinó la planta de personal del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER.

 

Que se modificó la estructura organizacional del IDIGER, por lo tanto se hace necesario modificar la planta de empleos de la Entidad.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, emitió concepto técnico favorable sobre la modificación de la planta de empleos del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, mediante oficio No. EE 881 del 14 de abril de 2015.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, expidió la certificación de viabilidad presupuestal mediante el oficio 2015 EE 86433 del 22 de abril del 2015, para la modificación de la planta de empleos de Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER.

 

Que se hace necesario modificar la Planta de Cargos del IDIGER de acuerdo con la nomenclatura y clasificación vigentes, tomando como referencia la de la Administración Central a efectos de avanzar en el proceso de unificación de nomenclatura y clasificación de cargos, en concordancia con las políticas del Gobierno Distrital y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO  1°.- Supresión de empleos. Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER.

 

No. Empleos

Denominación

Código

Grado

Despacho del Director General

Dos (02)

Asesor

105

03

 

TOTAL Dos (2)

 

ARTÍCULO 2°.- Creación de empleos. Créanse los siguientes empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER.

 

No. Empleos

Denominación

Código

Grado

Despacho del Director General

Uno (01)

Conductor

480

20

Planta Global

Nivel Directivo

Dos (2)

Jefe de Oficina

006

05

Nivel Asesor

Dos (2)

Jefe de Oficina Asesora

115

05

Nivel profesional

Once (11)

Profesional Especializado

222

29

Veintiuno (21)

Profesional Especializado

222

23

Treinta y Ocho (38)

Profesional Universitario

219

12

Veinte (20)

Profesional Universitario

219

08

Tres (03)

Profesional Universitario

219

01

Nivel Técnico

Seis (06)

Técnico Administrativo

367

19

Tres (03)

Técnico Operativo

314

19

Nueve (09)

Técnico Administrativo

367

10

Cinco (05)

Técnico Operativo

314

10

Nivel Asistencial

Uno (01)

Conductor

480

20

Siete (07)

Auxiliar Administrativo

407

18

 

TOTAL 129

 

ARTÍCULO 3º- Planta de personal. Las funciones propias del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER-, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación.

 

No. Empleos

Denominación

Código

Grado

Despacho del Director General

Uno (01)

Director General

050

09

Uno (01)

Asesor

105

04

Uno (01)

Auxiliar Administrativo

407

18

Uno (01)

Conductor

480

20

Planta Global

Nivel Directivo

Tres (03)

Subdirector Técnico

068

07

Uno (01)

Subdirector Administrativo

068

07

Dos (2)

Jefe de Oficina

006

05

Nivel Asesor

Dos (2)

Jefe de Oficina Asesora

115

05

Nivel profesional

Dieciocho (18)

Profesional Especializado

222

29

Treinta y uno (31)

Profesional Especializado

222

23

Uno (01)

Almacenista General

215

23

Treinta y Ocho (38)

Profesional Universitario

219

12

Veinte (20)

Profesional Universitario

219

08

Tres (03)

Profesional Universitario

219

01

Nivel Técnico

Seis (06)

Técnico Administrativo

367

19

Cuatro (04)

Técnico Operativo

314

19

Nueve (09)

Técnico Administrativo

367

10

Cinco (05)

Técnico Operativo

314

10

Nivel Asistencial

Uno (01)

Conductor

480

20

Nueve (09)

Auxiliar Administrativo

407

18

 

TOTAL 157

 

ARTÍCULO 4º.- Se faculta al Representante Legal del IDIGER para efectuar la distribución de los empleos de la Planta y de los servidores de acuerdo con las necesidades, planes, proyectos y políticas de la entidad.

 

ARTÍCULO 5º.- Los empleados públicos que se encuentran actualmente vinculados a la planta de personal del IDIGER y cuyos empleos no se modifican se incorporarán directamente a la planta de empleos que se establece mediante este Acuerdo.

 

PARÁGRAFO 1°.- Respecto de las incorporaciones en los cargos de libre nombramiento y remoción que cambien de denominación y/o grado salarial, las mismas se surtirán en los términos legales vigentes.

 

PARÁGRAFO 2º.- A los empleados públicos incorporados no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados, y sólo requerirán de la firma del acta de incorporación, excepto para aquellos que se incorporen a los cargos de libre nombramiento y remoción que cambian de denominación y/o grado salarial.

 

ARTÍCULO 6°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de abril del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO URREGO

 

Presidente del Consejo Directivo

 

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

 

Secretaria del Consejo Directivo

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5592 de mayo 13 de 2015