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Decreto Local 2 de 2015 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
30/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5585 de mayo 04 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 0002 DE 2015

(Abril 30)

"POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL AL PRESUPUESTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL 2015"

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.", en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, "Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL", artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: "los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación".

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Local durante la vigencia 2015, ajusta los gastos de Funcionamiento - Gastos de Información, con el fin de registrar el valor real de las Obligaciones por Pagar.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable mediante oficio radicado No. 2015EE95819 del 29 de abril de 2015.

Que la presente modificación presupuestal la ampara el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 617 del 21 de abril de 2015.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver Acuerdo Local 048 de 2014, Ver Decreto Local 012 de 2014

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2015, por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS ($3.463.760) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Contracrédito:

ARTÍCULO 2°. Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, por la suma TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS ($3.463.760) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Crédito:

ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil quince (2015).

CRISTOBAL PADILLA TEJADA

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5585 de mayo 04 de 2015.