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Decreto 194 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/05/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5603 del 29 de mayo de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 194 DE 2015

 

(Mayo 29)

 

Por medio del cual se deroga el Decreto Distrital 164 de 2015 y se dictan otras disposiciones

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35; los numerales 3° y 6° del artículo 38 y el inciso 2° del artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 164 de 2015 se asignó a la Secretaría Distrital de Hacienda, la función de suscribir en representación del ente territorial, los documentos de cesión a favor de Bogotá, Distrito Capital, a los que se refiere el Decreto Distrital 580 de 2014, actividad que comprende la recepción, archivo y custodia de los respectivos documentos, e igualmente, el ejercicio de hacerlos efectivos y/o adelantar las acciones de ejecución de las obligaciones derivadas en caso de incumplimiento.

 

Que teniendo en cuenta que mediante poder conferido anteriormente a Transmilenio S.A., el Alcalde Mayor había designado a dicha entidad para la realización de las actividades que mediante el Decreto Distrital 164 de 2015, se asignaron a  la Secretaría Distrital de Hacienda, se hace necesario derogar dicho acto administrativo, con el fin de que Transmilenio S.A., continúe con la suscripción de los documentos de cesión de que trata el Decreto Distrital 580 de 2014.

 

Que en todo caso deberá hacerse seguimiento al tema, con el fin de determinar la efectividad de la medida adoptada y si es necesario adoptar estrategias, actividades, viabilidades, procedimientos u otros que se hagan necesarios, de cara a definir la entidad o el organismo distrital que continuará con la suscripción de los citados documentos de cesión y que se encargará de su ejecución en el evento que se presente incumplimiento de las obligaciones contenidas en los mismos.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo  1°.- Derogar el Decreto Distrital 164 de 2015.

 

Artículo 2°- Ordenar a las Secretarías Distritales de Movilidad y de Hacienda, así como a Transmilenio S.A., revisar a mas tardar en la última semana del mes de agosto de 2015, el proceso y el procedimiento relativo a la suscripción de los documentos de cesión de derechos de que trata el Decreto Distrital 580 de 2014, e igualmente evaluar las circunstancias y situaciones problemáticas que se presenten o pudieran presentarse en relación con el mismo proceso, y proponer ante el Despacho del Alcalde Mayor, las estrategias, actividades, viabilidades, procedimientos u otros, de cara a definir la entidad o el organismo distrital que continuará posteriormente, con la suscripción de los citados documentos de cesión, y que se encargará de su ejecución en el evento que se presente incumplimiento de las obligaciones contenidas en los mismos.

 

Parágrafo.- Comuníquese el presente acto a los/as titulares de los Despachos de las Secretarías Distritales de Movilidad y de Hacienda, así como de Transmilenio S.A., por intermedio de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto Distrital 164 de 2015 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de mayo del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor