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Decreto Local 3-17 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
17/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/04/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5596 de mayo 20 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 03-017 DE 2015

 

(Abril 17)

 

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2014”

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus facultades legales en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010. y

 

CONSIDERANDO:

 

Que una vez efectuado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal de 2014, se determinó un monto de obligaciones por pagar de $13.161.331.715.00 y un saldo real de caja por $14.085.248.259.12.

 

Que en el presupuesto de la vigencia de 2015 se estimó un valor de $14.151.518.000.00 en el rubro de Obligaciones por Pagar y $14.151.518.000.00 en el rubro de Disponibilidad Inicial.

 

Que se presentan diferencias entre los valores determinados en Obligaciones por Pagar y Disponibilidad Inicial frente a los programados en el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria debe ajustar el agregado de Obligaciones por Pagar  del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal de 2015 a las realmente constituidas a 31 de diciembre de 2014.

 

Que mediante comunicación Nº 2015EE77589 de 15 de abril de 2015, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

 

Que mediante comunicación Nº 2-2015-06319 de 17 de febrero de 2015, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria.

 

Que el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 estipula: “El Alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la Disponibilidad Inicial.”

 

Que para el respaldo de este ajuste presupuestal se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 241. 242. 243. 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250. 251. 252. 253. 254. 255. 256. 257. 258. 259. 260. 261. 262. 263. 264. 265 y 266.

 

Que en merito de lo anteriormente expuesto.

Ver Decreto Local 009 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

NOMBRE

AUMENTAR

DISMINUIR

 

 

 

 

3

GASTOS

45.179.891

1.035.366.176

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

0

233.822.967

3-1-8

OBLIGACIONES POR PAGAR

0

233.822.967

3-1-8-02

GASTOS GENERALES

0

233.822.967

3-1-8-02-01

Adquisición de Bienes

0

43.498.379

3-1-8-02-01-02

Gastos de Computador

0

38.810.000

3-1-8-02-01-03

Combustibles, Lubricantes y Llantas

0

3.600.000

3-1-8-02-01-04

Materiales y Suministros

0

1.088.379

3-1-8-02-02

Adquisición de Servicios

0

190.324.588

3-1-8-02-02-01

Arrendamientos

0

1.218.101

3-1-8-02-02-03

Gastos de Transporte y Comunicación

0

1.000.000

3-1-8-02-02-04

Impresos y Publicaciones

0

3.897.479

3-1-8-02-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

0

155.778.881

3-1-8-02-02-05-0001

Mantenimiento Entidad

0

155.778.881

3-1-8-02-02-11

Promoción Institucional

0

9.600.000

3-1-8-02-02-17

Información

0

5.208.561

3-1-8-02-02-18

Publicidad

0

13.621.566

3-3

INVERSIÓN

45.179.891

801.543.209

3-3-6

OBLIGACIONES POR PAGAR

45.179.891

801.543.209

3-3-6-14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

45.179.891

465.120.200

3-3-6-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

0

167.006.482

3-3-6-14-01-01

Garantía  del desarrollo integral de la  primera infancia

0

22.703.349

3-3-6-14-01-01-1259

Dotación y adecuación de espacios para la atención de la primera infancia

0

22.703.349

3-3-6-14-01-02

Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad

0

8.336.486

3-3-6-14-01-02-1263

Promoción y prevención en salud candelaria

0

8.336.486

 

 

 

 

CÓDIGO

NOMBRE

AUMENTAR

DISMINUIR

 

 

 

 

3-3-6-14-01-03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

0

15.873.163

3-3-6-14-01-03-1264

Educación extraescolar y dotación para estudiantes y población local

0

15.873.163

3-3-6-14-01-05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

0

44.400.243

3-3-6-14-01-05-1266

Ayudas técnicas a discapacitados no incluidas en el POS y Subsidio tipo C para adulto mayor.

0

1.322.940

3-3-6-14-01-05-1267

Inclusión social a personas en situación de fragilidad y acciones afirmativas hacia diversas poblaciones.

0

33.678.204

3-3-6-14-01-05-1268

Red de protección local  para niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

0

9.399.099

3-3-6-14-01-08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

0

75.693.241

3-3-6-14-01-08-1269

Candelaria  cultural y deportiva

0

75.693.241

3-3-6-14-02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

0

255.334.663

3-3-6-14-02-17

Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

0

10.874.584

3-3-6-14-02-17-1271

Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente.

0

10.874.584

3-3-6-14-02-19

Movilidad Humana

0

211.289.626

3-3-6-14-02-19-1272

Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales.

0

75.150.160

3-3-6-14-02-19-1273

Mantenimiento y adecuación de malla vial.

0

136.139.466

3-3-6-14-02-20

Gestión Integral de Riesgos

0

6.940.255

3-3-6-14-02-20-1274

Gestión Integral de Riesgos

0

6.940.255

3-3-6-14-02-21

Basura Cero

0

8.000.000

3-3-6-14-02-21-1275

Plan Piloto de Basura Cero

0

8.000.000

3-3-6-14-02-22

Bogotá Humana ambientalmente saludable

0

18.230.198

3-3-6-14-02-22-1276

Acciones para una Candelaria ambientalmente saludable

0

18.230.198

3-3-6-14-03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

45.179.891

42.779.055

3-3-6-14-03-24

Bogotá Humana: Participa y Decide

0

3.213.322

3-3-6-14-03-24-1277

Inclusión social para la participación ciudadana, la organización comunitaria y el control social a la gestión pública.

0

3.213.322

3-3-6-14-03-27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

0

39.565.733

3-3-6-14-03-27-1278

Red social de convivencia y seguridad ciudadanas.

0

39.565.733

3-3-6-14-03-31

Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional

45.179.891

0

3-3-6-14-03-31-1279

Acciones de fortalecimiento institucional.

45.179.891

0

3-3-6-90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

0

336.423.009

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

0

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto  rige a partir de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de abril del año 2015.

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde Local de La Candelaria  (E.)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5596 de mayo 20 de 2015