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Decreto Local 6 de 2015 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
26/05/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5603 de mayo 29 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2015

 

(Mayo 26)

 

POR EL CUAL SE EFECTUA UNA ADICIÓN AL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y GASTOS DE INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2015.

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto 1421 de 1993 y el Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 31° Modificaciones Presupuestales – del Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”- establece que cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

Literal C: Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes.

 

Que el Artículo 38 del Decreto 372 de 2010 sobre  “Distribución de Excedentes”  señala que el CONFIS  distribuirá entre las localidades el monto del excedente Financieros de los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe a 31 de Diciembre de 2014 presentó un monto de excedentes de liquidez de NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCO PESOS M/CTE  ($998.035.805.00).

 

Que mediante Circular No 04 de 2015 de fecha 22-04-2015 radicado 20150320040642 de fecha 27-04-2015, el CONFIS informa que reemplaza en su integridad la Circular  CONFIS No. 03 de 2015 con fecha del 22 de abril de 2015 y comunica la decisión del CONFIS frente a la determinación y  distribución de Excedentes Financieros generados por los 20 fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2014 y así como alcance a la Directiva 005 de 2012. Comunica que en sesión No. 03 celebrada los días 31 de marzo y 01 de abril de 2015 y conforme  a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, El CONFIS determinó un monto de Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2014 por valor de CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CATORCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOCIENTOS SIETE PESOS M/CTE ($54.714.751.207.00) generados por los 20 fondos de Desarrollo.  Los cuales se distribuirán  así:

 

1) $44.677.751.207.00 con destino a la atención de adultos mayores de acuerdo con los lineamientos definidos en la directiva 005 del 05 de julio de 2012 “ Lineamientos de política para las líneas de inversión local en la formulación de los planes de Desarrollo Local,” con el fin de incrementar la cobertura del Apoyo Económico Tipo C, y disminuir la segregación socio económica de ciudadanos mayores de 59 años y ciudadanas mayores de 54 años que no cuentan con un ingreso económico permanente para aportar a sus necesidades básicas.

 

Por determinación del CONFIS , la distribución de este monto por Fondo de Desarrollo Local, se efectuó teniendo en cuenta el registro de  número de adultos mayores en la lista de espera reportada por la Secretaria Distrital de Integración Social, dando obertura en primer lugar al 100%  de estos registro en la localidad de Santa Fe, Mártires, Rafael Uribe Uribe, la Candelaria y Antonio Nariño donde se registraron los niveles más bajos en las variables e índices de condiciones  de vida, según los resultados preliminares de la Encuesta Multipropósito 2014, correspondiéndole a la Localidad de Santa Fe por este concepto la asignación de $3.419.520.000.00

 

2) $5.400.000.000.00 con destino al apoyo económico de arrendamiento para mujeres madres cabeza de familia en ejercicio de la prostitución mayores de 35 años, en las localidades de Los  Mártires y Santa Fe.

 

La ejecución de estos recursos deberá ser efectuada por las Alcaldías Locales en coordinación con las entidades del Orden Distrital competente.

 

3) Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. 04 de 2015 en la distribución de Excedentes Financieros,  le corresponde al Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe la suma de SEIS MIL CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE  ($6.119.520.000.00)

 

Que la Junta Administradora Local de Santa Fe con Oficio JAL137 de fecha Mayo 25 de 2015  remite Acuerdo Local No. 002  de Mayo  19 de 2015. Radicado 2015-032-005029-2

 

Que el Alcalde Local de Santa Fe Sanciona el Acuerdo Local No.002 de 2015 el día 26 de Mayo de 2015 (26-05-2015)

 

Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe

Ver Acuerdo Local 004 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle.

 

INGRESOS

 

Código

Concepto

Valor

2.

INGRESOS

$6.119.520.000.00

2.4.

RECURSOS DE CAPITAL

$6.119.520.000.00

2.4.5

Excedentes Financieros

$6.119.520.000.00

 

GASTOS

 

Código

Concepto

Valor

3.

GASTOS

$6.119.520.000.00

3.3

INVERSIÓN

$6.119.520.000.00

3.3.1.

DIRECTA

$6.119.520.000.00

3.3.1.14

Bogotá Humana

$6.119.520.000.00

3.3.1.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

$6.119.520.000.00

3.3.1.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

$6.119.520.000.00

3.3.1.14.01.05.1157

Santa Fe reduce la discriminación y la segregación social

$6.119.520.000.00

TOTAL

 

$6.119.520.000.00

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE  Y  CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá a los 26 días del mes de mayo del año 2015.

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde Local de Santa Fe

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5603 de mayo 29 de 2015