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Decreto 224 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/06/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/06/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5614 de junio 17 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 224 DE 2015

 

(Junio 12)

 

“Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias al Concejo de Bogotá, D.C.”.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 44 del Acuerdo Distrital 348 de 2008, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993, determina los periodos en los cuales el Concejo de Bogotá debe reunirse y señala que podrá hacerlo de manera extraordinaria previa convocatoria que realice el Alcalde Mayor, durante el tiempo que este establezca, para que el órgano de representación popular se ocupe de los asuntos que este someta a su consideración, sin perjuicio de que pueda ejercer la función de control político que le corresponde en todo tiempo.

 

Que el 19 de mayo de 2015, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. radicó ante el Concejo Distrital solicitud de concepto de consulta popular que tiene por objeto se pregunte a la ciudadanía Bogotana sobre la permanencia o no, de las corridas de toros y novilladas en la Capital.

 

Que teniendo en cuenta que el término establecido en la Ley 134 de 1994, para que el Concejo Distrital se pronuncie sobre la solicitud no ha culminado, se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Convócase al Concejo de Bogotá, D.C., a sesiones extraordinarias durante el período comprendido entre el 10 de julio y el 31 de julio del 2015.

 

ARTÍCULO 2º. En las sesiones extraordinarias el Concejo de Bogotá, D.C., se ocupará de continuar el trámite de concepto sobre la consulta popular taurina presentada por la Administración Distrtial (sic) el 19 de mayo de 2015.

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de junio del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER

 

Secretaria Distrital de Gobierno

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5614 de junio 17 de 2015.