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Circular 77 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/06/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 077 DE 2015

 

(Junio 01)

 

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO; DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; EMPRESAS SOCIALES DEL ORDEN DISTRITAL; PRESIDENTES/AS Y, DIRECTORES/AS, GERENTES/AS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES/AS LOCALES.

 

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

Asunto:

Asunto: Oficio No 1578 - Juzgado 2 Civil del Circuito de Barrancabermeja (Santander), Palacio de Justicia Oficina 408 - Proceso Ejecutivo Singular No. 2015-076.

 

Este Despacho recibió el oficio aludido en el asunto, suscrito por el señor Carlos Andrés García Uribe, en su calidad de secretario del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Barrancabermeja (Santander), a través del cual informa que se decretó el EMBARGO y RETENCIÓN de los dineros que por concepto de contratos tenga la empresa INGENIERÍA DEL VALLE DE MARES SAS - VALLMAR SAS- NIT.90047551 0-8, con la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C., o en su defecto con algunas entidades del sector central y/o descentralizadas.

 

En merito de lo aquí referido y teniendo en cuenta lo contenido en el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo, me permito dar traslado de la petición en comento al organismo o entidad que a bien tiene Usted dirigir, con el propósito y dentro del marco de su autonomía administrativa, se atienda este proveído judicial y emanar una respuesta directa al Juzgado 2 Civil del Circuito de Barrancabermeja (Santander), Palacio de Justicia Oficina 408, según su competencia.

 

Cordialmente,

 

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

 

Secretaria General

 

c.c. Juzgado 2 Civil del Circuito de Barrancabermeja (Santander), Palacio de Justicia Oficina 408.

 

Anexo: Copia de la comunicación en un (1) folio.

 

Proyectó: Martin Bohórquez Riveira

 

Revisó: Bismar Segundo Alemán Cabrera

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres.