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ACUERDO LOCAL 002 DE 2015 (Mayo 28) Sancionado por el art. 1, Decreto Local 005 de 2015. “POR EL CUAL SE EFECTÚA UNA ADICIÓN EN EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y GASTOS E INVERSIONES DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE PARA LA VIGENCIA FISCAL 2015”. La Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, Decreto Ley 1421 de 1193 y demás normas concordantes CONSIDERANDO: Que el artículo 31 de Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L., establece que: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal, mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones” Que la misma norma señala en los artículos 37 y 38, con respecto a la “Adición por Excedentes Financieros”, que si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto Local al monto real de las Obligaciones Por Pagar constituidas al cierre de la vigencia Inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L., mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes. Que mediante circular CONFIS No. 04 de 2015, se les comunica a las Alcaldesas y Alcaldes Locales que el CONFIS en sesión 03 celebrada los días 31 de Marzo y 01 de Abril de 2015 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, resolvió lo siguiente: 1) Determinar un monto de excedentes financieros a 31 de diciembre de 2014 por valor de $ 54.714.751.207 generados por los veinte 20 Fondos de Desarrollo Local – FDL así (..), 2) Distribuir los excedentes financieros de los FDL 2014 por valor de $54.714.751.207, de acuerdo con lo definido en el artículo 38º del Decreto Distrital 372 de 2010, considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la Ciudad la distribución de estos excedentes por parte del CONFIS, de detalla a continuación: (..) Que de la distribución de estos excedentes por parte del CONFIS, $ 44.677.751.207 se destinaron a la atención de adultos mayores de acuerdo con los lineamientos definidos en la Directiva 005 del 5 de Julio de 2012, “Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local en la formulación de Planes de Desarrollo Local“ y con el fin de incrementar la cobertura del Apoyo Económico Tipo C, y disminuir la segregación socio económica de ciudadanos mayores de 59 años y ciudadanas mayores de 54 años que no cuentan con un ingreso económico permanente para aportar a sus necesidades. Que en la distribución del monto del párrafo anterior, se le asignaron $13.169.280.000 a la Localidad de Rafael Uribe Uribe y fue efectuada teniendo en cuenta el registro del número de adultos mayores en lista de espera, reportada por la Secretaría Distrital de Integración Social, dando cobertura en primer lugar al 100% de estos registros en las localidades de Santa Fé, Mártires, Rafael Uribe Uribe, La Candelaria y Antonio Nariño, donde se registraron los niveles más bajos en la variables e índices de condiciones de vida, según los resultados preliminares de la Encuesta Multipropósito 2014. Para las demás Localidades, se calculó el monto de acuerdo con la participación en el total de los registros para las 16 localidades restantes. Que mediante comunicación con radicado de entrada en el FDL No. 2015-182-004606-2 del 29 de Abril de 2015, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite de adición presupuestal al Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe, conforme a lo definido en la circular CONFIS No. 04 de 2015. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, Ver Acuerdo Local 003 de 2014. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese una adición al presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en la vigencia fiscal 2015, por valor de TRECE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS (13.169.280.000) M/CTE según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en la vigencia fiscal 2015, por valor de TRECE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS (13.169.280.000) M/CTE según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Expedido en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de mayo del año 2015. MAYRA ALEJANDRA GUARÍN CUBILLOS Presidenta Junta Administradora Local Rafael Uribe Uribe FERNANDO CALDERÓN ALEJO Vicepresidente Junta Administradora Local Rafael Uribe Uribe SANDRA MILENA SANDOVAL Secretaria Junta Administradora Local Rafael Uribe Uribe El Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe, sanciona el presente Acuerdo al primer (1°) día del mes de junio del año dos mil quince (2015). DIANA MABEL MONTOYA REINA Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5605 de junio 02 de 2015 |