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Decreto Local 7-17 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
22/05/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5605 de junio 02 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007-017 DE 2015

 

(Mayo 22)

 

POR  EL CUAL SE ADICIONA  EL PRESUPUESTO  ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y DE  GASTOS DE INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LA CANDELARIA  PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE  DE 2015, POR CONVENIO SUSCRITO CON EL INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL- IDPC Y POR CONVENIO SUSCRITO CON LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PUBLICOS - UAESP.

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales,  en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su Artículo 324 y el Decreto 372 de 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución Nº SDH-000226 de 2014, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal, determina el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de convenios.

 

Que el Fondo de Desarrollo  Local  de La Candelaria suscribió el Convenio Interadministrativo  de Cooperación Nº  205 de 26 de diciembre de 2012 con el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC, el cual tiene como objeto aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros en  torno a la realización de acciones de mantenimiento de las fachadas de varios inmuebles ubicados sobre la avenida Jiménez (costado sur) y la carrera 7 y otras actividades propias de la ejecución del convenio.

 

Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural- IDPC,  expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 732  con cargo al rubro  3-3-1-14-01-16-0440-177 proyecto de inversión “Revitalización del centro histórico tradicional y de sectores e inmuebles de interés cultural en el Distrito Capital,  y Certificado de Registro Presupuestal    892 de 27 de diciembre de 2012.

 

Que el Fondo de Desarrollo  Local  de La Candelaria suscribió el Convenio Interadministrativo  de Cooperación Nº  006  de 31 de diciembre de 2012 con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, el cual tiene como objeto aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros en  torno al diseño, orientación y ejecución de acciones de sensibilización y formación, separación en la fuente y disposición del material recuperable en rutas de recolección selectiva en el marco del programa basura cero y otras actividades propias de la ejecución del convenio.

 

Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP,  expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 897  con cargo al rubro  3-3-1-14-02-21-0584-204 proyecto de inversión “Gestión integral de residuos sólidos para el Distrito Capital y la región,  y Certificado de Registro Presupuestal    953 de 31 de diciembre de 2012.

 

Que del convenio suscrito con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, se han ejecutado a la fecha ciento veinticuatro millones quinientos mil pesos ($124.500.000,00) y es necesario incluir los restantes veinticinco millones quinientos mil pesos ($25.500.000,00) para completar los recursos del convenio.

 

Que mediante  comunicación Nº 2-2015-24466 de fecha veintiuno (21) de mayo de 2015, la Secretaria Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste por trescientos ochenta y un millones novecientos noventa y ocho mil sesenta y cuatro pesos m/cte. ($381.998.064.00) en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la presente vigencia fiscal.

 

Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el presupuesto de Ingresos y de gastos e inversión  del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria en la suma de trescientos ochenta y un millones novecientos noventa y ocho mil sesenta y cuatro pesos m/cte. ($381.998.064.00)  con el fin de  dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios citados.

 

Que en mérito de lo anterior,

Ver Decreto Local 009 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente ajuste en el  presupuesto de  Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2015 por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($381.998.064.00)  de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

NOMBRE

TOTAL

 

 

 

 

 

 

2

INGRESOS

0

2.1

INGRESOS CORRIENTES

0

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

0

2.1.2.04

Rentas contractuales

0

2.1.2.04.99

Otras Rentas contractuales

381,998,064

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

381,998,064

 

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente ajuste en el  presupuesto de  Gastos e Inversión  del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2015 por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($381.998.064.00) de conformidad con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

NOMBRE

TOTAL

 

 

 

3

GASTOS

0

3.3

INVERSIÓN

0

3.3.1.

Inversión directa

0

3.3.1.14

Plan de desarrollo "Bogotá Humana"

0

3.3.1.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

0

3.3.1.14.02.19

Movilidad Humana

0

3.3.1.14.02.19.1272

Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales.

356,498,064

3.3.1.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

0

3.3.1.14.02.21

Basura Cero

0

3.3.1.14.02.21.1275

Plan Piloto de Basura Cero

25,500,000

 

TOTAL AJUSTE EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN

381,998,064

 

 

 

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes mayo del año 2015

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA (E.)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5605 de junio 02 de 2015.