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Documento de Relatoria 11 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., - SECRETARÍA GENERAL

COMPETENCIA Y ATRIBUCIONES DE LOS/LAS ALCALDES/AS LOCALES

NORMATIVIDAD NACIONAL

NORMATIVIDAD

EPIGRAFE

TEMÁTICA

Artículo 86 del Decreto – Ley 1421 de 1993.

"Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá"

Señala las atribuciones generales en materia de reglamentación, acción administrativa, seguridad, convivencia y policía, vigilancia de normas sobre desarrollo urbano, uso del suelo y reforma urbana. Protección del medio ambiente, espacio público, patrimonio cultural. Permisos para juegos, rifas y espectáculos públicos. Permisos de demolición de inmuebles que amenazan ruina, ejercer el control de precios, pesas y medidas.

Artículo 14 de la Ley 84 de 1989.

"Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia".

Señala que el propietario, tenedor o poseedor de un animal, o de un establecimiento, institución o empresa, con o sin ánimo de lucro, en la que se tengan, críen, exploten, comercien o utilicen animales, no pudiere proporcionar por sí o por otro, los medios indispensables para su subsistencia, o crea no poder hacerlo, estará obligado a ponerlos a disposición de los Alcaldes Locales.

Artículo 4 de la Ley 232 de 1995.

"Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales".

Ejerce la Inspección, vigilancia y control de los establecimientos de comercio, así como la aplicación de sanciones sobre el incumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley. (La función fue delegada por el artículo 53 del Decreto Distrital 854 de 2001)

Artículo 55 de la Ley 643 de 2001.

"Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"

Realiza el Registro Nacional Público de las personas naturales y jurídicas que ejerzan la actividad de vendedores de Juegos de Suerte y Azar.

Artículo 8 de Ley 675 de 2001.

"Por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal".

Expide el certificado sobre existencia y representación legal de la persona jurídica de propiedad horizontal. (Delegada por el artículo 50 del Decreto Distrital 854 de 2001).

Artículo 26 de la Ley 679 de 2001.

"Por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución".

Conoce en segunda instancia de los cierres temporales y definitivos de las casas de lenocinio.

Artículo 108- L de la Ley 746 de 2002.

"Por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos"

Impone sanciones por daños a otras mascotas o personas ocasionados por perros potencialmente peligrosos. Decomiso de los animales y sacrificio de los mismos.

Artículo 97 de la Ley 769 de 2002

"Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito terrestre y se dictan otras disposiciones"

Ordena la construcción de cosos en cada una de las localidades.

Artículo 103 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo  1 de la Ley 810 de 2003.

"Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones". Modificada por la Modificada Ley 810 de 2003.

Impone las sanciones por infracciones urbanísticas.

Artículo 12 del Decreto Nacional 2876 de 1984

"Sobre control de precios".

Establece la competencia para investigar las contravenciones a las normas sobre control y vigilancia de precios

ACUERDOS DISTRITALES

NORMATIVIDAD

EPIGRAFE

TEMÁTICA

Artículo 8 del Acuerdo 19 de 1996.

Modificado por el artículo 1 del Acuerdo Distrital 248 de 2006"

"Por el cual se adopta el Estatuto General de Protección Ambiental del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá y se dictan normas básicas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente".

Hace parte de las entidades que componen el Sistema Ambiental del Distrito Capital.

Artículo 3 del Acuerdo 09 de 1997.

"Por medio del cual se determinan los sistemas y métodos con base en los cuales las Juntas Administradoras Locales podrán establecer el cobro de derechos por concepto de uso del espacio público para la realización de actos culturales deportivos, recreacionales o de mercados temporales y se modifica y adiciona el artículo 120 del Acuerdo 18 de 1989 (código de Policía de Santa Fe de Bogotá)."

Permite la utilización del Espacio Público Local tomando en cuenta las medidas que sean necesarias para garantizar la conservación y mantenimiento de los espacios públicos locales y la devolución de los mismos.

Acuerdo 13 de 2000

"Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes Localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones."

Determina las competencias como autoridad local en el elaboración, ejecución, evaluación y seguimiento del Plan de Desarrollo Local, y para la convocatoria a la ciudadanía.

Artículos 21 y 31 del Acuerdo 33 de 2001.

"Por medio del cual se establece el Consejo Distrital de Juventud, los Consejos Locales de Juventud y se dictan otras disposiciones"

Designa el Consejero Local de Juventud que obtenga como resultado un número par de miembros. Realiza la interlocución con el Consejo Local de Juventud.

Artículos 2 y 5 del Acuerdo 36 de 1999

"Por el cual se asignan unas atribuciones a los alcaldes locales, directores de hospitales, comandantes de policía locales, director del Centro de Zoonosis de la Secretaría de Salud de Santa Fe de Bogotá, se reglamenta la tenencia transitoria o permanente de algunas especies animales".

Expide los permisos para la tenencia permanente y transitoria de los perros de raza razas Pit Bull, Terrier, Dobermann, Rottweiler, Fila Brasileño, Tosa Japonés. Impone las sanciones correspondientes a los propietarios que incumplan la norma.

Artículo 40, 131, 171, 175, 178, 179, 180, 192, 193 del Acuerdo 079 de 2003.

"Por el cual se expide el código de policía de Bogotá"

Es una de las autoridades de policía de la jurisdicción y en tal sentido vela por le mantenimiento del orden público y por la seguridad. Igualmente, tiene asignados deberes para la protección de los menores de edad. Emite conceptos para la la presentación de espectáculos públicos. Impone sanciones. Clausura establecimientos comerciales que presten servicios turísticos de manera ilegal. Suspende trabajos y obras de industria minera. Tiene competencias en relación con normas de convivencia, y adelanta actuaciones administrativas en temas de espacio público, construcción y urbanismo, protección de bienes de interés cultura, conservación y protección del ambiente, entre otras.

Artículos 4 y 6 del Acuerdo 121 de 2004.

"Por el cual se establece el Festival de la Chicha, la Vida y la Dicha de la Perseverancia como evento de interés cultural de Bogotá D.C."

Expide la reglamentación del uso temporal del espacio público ocupado por las actividades del Festival de la Chicha, la vida y la dicha. Asigna funciones para prevenir, controlar y evitar el consumo de chicha en menores de edad durante la realización del festival.

Artículos 1, y 2 del Acuerdo 131 de 2004

"Por el cual se establecen informes de rendición de cuentas de la gestión contractual y administrativa a cargo del Distrito, sus Localidades y Entidades Descentralizadas, y se dictan otras disposiciones"

Presenta cada año, en el mes de marzo un informe de Rendición de Cuentas de la Gestión Contractual y Administrativa y debe remitir copia a la Junta Administradora Local.

Artículos 4 del Acuerdo 135 de 2004.

"Por el cual se establecen los instrumentos para la formulación de los planes integrales"

Diseña, formula e implementa los Planes Integrales de Seguridad

Artículo 15 del Acuerdo 137 de 2004.

"Por medio del cual se establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en condición de discapacidad en el Distrito Capital y se modifica el Acuerdo 022 de 1999"

Preside el Consejo Local de Discapacidad y hace parte del Sistema Local de Atención Integral en la materia.

Artículos 12 y 13 del Acuerdo 143 de 2005.

"Por el cual se dictan unas disposiciones en materia de prevención, control y tratamiento del síndrome de inmunodeficiencia humana VIH y del Sida en Bogotá, D.C"

Realiza estudios de vigilancia de comportamientos sexuales, mediante encuestas de conocimiento, actitudes y comportamiento en materia de sexualidad, en las localidades, a la población que allí resida o a las que prioritariamente determine el Alcalde Local de acuerdo con estudios, estadísticas e incidencia de VIH-SIDA en su localidad. Realiza georreferenciación de los pacientes con fines solamente de vigilancia y control epidemiológico.

Artículos 6, 7 y 8 del Acuerdo 152 de 2005.

"Por el cual se modifica el Acuerdo 12 de 1998 y se adoptan medidas para la atención integral a víctimas de violencia intrafamiliar y violencia y explotación sexual"

Determina que los Consejos Locales para la Atención Integral a Víctimas de la Violencia Intrafamiliar y Violencia y Explotación Sexual articulados a las Redes del Buen Trato, se incorporarán al Subcomité de Infancia y Familia de los Consejos Locales de Política Social.

Artículo 2 del Acuerdo 154 de 2005.

Adicionado por el Acuerdo Distrital 544 de 2013

"Por el cual se declara actividad de interés cultural los "mercados de las pulgas", que se realizan en Bogotá, D.C."

Vela y apoya la conservación y divulgación estímulo y divulgación de la actividad cultural y económica de estos "mercados de las pulgas"

Artículo 3 del Acuerdo 176 de 2005.

"Por el cual se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones"

Señala competencias para la vigilancia y control de los juegos de video y de los establecimientos que prestan el servicio.

Artículo 6 del Acuerdo 213 de 2006,

"Por el cual se establece la Red-Conciliando para la solución de conflictos de la comunidad infantil y juvenil en la Capital de la República"

Participa como miembro del Comité Local de la Red-conciliando

Artículos 1 y 2 del Acuerdo 212 de 2006,

"Por el cual se crea el Sistema Distrital para la Recepción y Entrega de Documentos de Identidad Extraviados"

Destina puntos para la recepción de documentos extraviados, en el marco del Sistema Distrital para la Recepción y Entrega de Documentos de Identificación Extraviados.

Artículos 1 y 2 del Acuerdo 222 de 2006

"Por medio del cual se establece el intercambio y donación de ayudas técnicas a personas con alteraciones funcionales, físicas y sensoriales y se dictan otras disposiciones"

Participa dentro del intercambio de ayudas técnicas para personas que presentan alteraciones funcionales, físicas y sensoriales entre las localidades de Bogotá. Los Bancos de Ayudas Técnicas existentes en las Localidades so responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud.

Artículo 2 del Acuerdo 240 de 2006

"Por medio del cual se promueve la creación de la Junta Local de Veeduría en el D.C. para verificar la calidad y accesibilidad de la educación en los planteles públicos y privados, se deroga el Acuerdo 23 de 1996 y se dictan otras disposiciones"

Establece que los Alcaldes Locales en el marco de la Junta Local de Veedurías deben informar con los Gerente de CADEL los avances de los procesos de control o vigilancia que estén desarrollando y las sanciones que durante el mismo periodo hayan sido aplicadas a Instituciones Educativas.

Artículos 2 Numeral 3 Literal b) del Acuerdo 267 de 2006

"Por el cual se establecen mecanismos de seguimiento a los programas de prevención, control y mitigación de los impactos ambientales en Bogotá D.C."

Medidas adoptadas en la Localidad en materia de prevención, control y mitigación de los impactos ambientales.

Artículo 2 del Acuerdo 269 de 2006

"Por medio del cual se establecen medidas para la información de la actividad urbanística e inmobiliaria en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

Imponer las sanciones correspondientes con relación a las obras de construcción relacionado con los proyectos urbanístico o inmobiliario.

Artículo 1 del Acuerdo 274 de 2007

"Por el cual se asigna una nueva función a las comisiones ambientales locales, en materia de salud y ambiente"

Asigna una función a las Comisiones Ambientales Locales, de las cuales hace parte el Alcalde Local, relacionadas con la promoción, prevención y control de problemas de salud, en el abordaje de determinantes sociales con énfasis en los ambientales presentes de forma particular en cada localidad.

Artículo 5 del Acuerdo 284 de 2007

"Por el cual se dictan normas para crear los Consejos Locales de Sabios y el Consejo Distrital de Sabios"

El Alcalde Local determina donde sesionan los Consejo de Sabios Locales.

Artículos 2, 4 y 5 del Acuerdo 321 de 2008

"Por el cual se establecen las Juntas Zonales de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se dictan otras disposiciones"

Convoca y dirigí la Junta Zonal de Seguridad y Convivencia Ciudadana

Artículo 3 del Acuerdo 330 de 2008

"Por el cual se declara el Día del Espacio Público y se dictan otras disposiciones"

Difunde y promociona las actividades que se realicen en el día del espacio público.

Artículo 1 del Acuerdo 335 de 2008

"Por el cual se establece el inventario de los aparcaderos vinculados a un uso o abiertos al público y se dictan otras disposiciones"

Realiza el inventario de los aparcaderos vinculados a un uso o abiertos al público en la respectiva localidad.

Artículo 1 del Acuerdo 341 de 2008

"Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 30 de 2001 y se establece la realización de un simulacro de actuación en caso de un evento de calamidad pública de gran magnitud con la participación de todos los habitantes de la ciudad"

Convoca el día de la prevención de desastres y emergencias en la localidad.

Artículos 1 y 2 de Acuerdo 390 de 2009

"Por medio del cual se establece el Registro Público Local de Obras de Carácter Público y Privado en Bogotá, D.C"

La Alcaldía Local es responsable de llevar el Registro Local de Obras de carácter público y privado.

Parágrafo 2 del Artículo 3 del Acuerdo 470 de 2011.

"Por el cual se establece como obligatoria la revisión general anual de los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

Aplica las sanciones previstas en el Parágrafo del Artículo 15 del Acuerdo 79 de 2003, o norma que lo modifique o adicione, por el incumplimiento de las disposiciones previstas sobre sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas.

Artículo 1 del Acuerdo 475 de 2011

"Por medio del cual se ordena a la administración distrital que de manera permanente y pública, informe sobre las capacitaciones dirigidas a los ciudadanos por el Distrito Capital".

Informar de manera permanente y masiva, la oferta de cursos, talleres, procesos de sensibilización o capacitaciones, impartidas a la ciudadanía, por parte de la Alcaldía Local.

Artículo 6 del Acuerdo 477 de 2011

"Por medio del cual se crea el día del cabildante estudiantil y se dictan otras disposiciones".

Interlocutar con el Cabildante Estudiantil para la vigilancia y control social, en busca de la transparencia y efectividad de la gestión pública.

Artículo 5 del Acuerdo 522 de 2013.

"Por medio del cual se dictan normas para fortalecer la participación y la veeduría ciudadana en el seguimiento, evaluación y control de la contratación en el distrito capital"

Las alcaldías locales deben alimentar el módulo "Plan de Acción Localidades", contenido en el SEGPLAN, con los informes relacionados con las metas e indicadores del Plan de Desarrollo Local, Plan Operativo Anual de Inversiones y Proyectos de Inversión. Igualmente se debe habilitar un link de acceso directo a su respectivo informe.

Artículo 2 del Acuerdo 524 de 2013

"Por medio del cual se definen los lineamientos para la creación del Consejo Distrital y Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal".

Crear y presidir los Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal bajo los lineamientos que establezca la respectiva Junta Administradora Local.

Artículo 3 del Acuerdo 526 de 2013

"Por el cual se crean los Consejos Locales de Seguridad de la Mujer".

Presidir el Consejo Local de Seguridad de la Mujer

Artículo 26 del Acuerdo 546 de 2013

"Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias -SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático-SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático "FONDIGER" y se dictan otras disposiciones"

En el marco de la declaratoria de desastre o calamidad pública, el Alcalde Local, previo concepto técnico de amenaza de ruina emitido por el IDIGER, podrá ordenar la demolición total o parcial de inmuebles o edificaciones que amenacen ruina o que por su estado de deterioro ponga en peligro la seguridad o la salubridad de los habitantes de los mismos o de otras personas.

Artículo 1 del Acuerdo 547 de 2014

"Por el cual se establece hacer pública la programación del mantenimiento periódico de la malla vial local y se dictan otras disposiciones"

Las entidades distritales competentes publicarán en sus portales electrónicos la información correspondiente a la programación y ejecución de las obras de rehabilitación, reparación y mantenimiento periódico de la malla vial y espacio público de las localidades.

Artículo 2 del Acuerdo 578 de 2014

"Por medio del cual se crea el festival distrital de las personas mayores, en el marco de la celebración del mes del envejecimiento y la vejez en el Distrito Capital".

Apoyar a la Secretaria Distrital de Integración Social la planeación y realización del Festival Distrital de las Personas Mayores.

Acuerdo 580 de 2015

"Por el cual se modifica el capítulo 6° del título IX del Acuerdo 079 de 2003 y se dictan otras disposiciones"

Las alcaldías locales deberán realizar operativos regulares para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de aparcaderos.

Literal f) del artículo 3 del Acuerdo 583 de 2015

"Por medio del cual se institucionalizan las casas de igualdad de oportunidades para las mujeres en Bogotá D.C."

Señala que las Casas de Igualdad y Oportunidades tiene como función apoyar a las Alcaldías Locales en la implementación del Plan de Igualdad de Oportunidades para la equidad de género y la Política pública de mujeres y equidad de género.

Artículo 2 del Acuerdo 586 de 2015 que modificó el artículo 28 del Acuerdo Distrital 505 de 2012

"Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo Distrital 505 de 2012 para fortalecer las instancias del Sistema Distrital de Discapacidad y se dictan otras disposiciones".

Participar en la convocatoria que realice el Consejo Distrital de Discapacidad para que den a conocer la priorización y el estado de la ejecución de los proyectos programas para la población con discapacidad en sus territorios.

DECRETOS DISTRITALES

NORMATIVIDAD

EPIGRAFE

TEMATICA

Artículo 4 del Decreto 686 de 1995,

"Por el cual se dictan normas para el cumplimiento de las funciones delegadas al Distrito Capital, según Resolución No. 8-2588 del 30 de diciembre de 1994, referente a la delegación a las Alcaldías Locales para los trámites referentes al manejo, distribución y comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo y para el caso en estudio frente a la autorización para su funcionamiento la cual se encuentra vigente".

Determina las funciones respecto a los establecimientos que desarrollen la actividad de manejo, distribución y comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Artículos 1, 2 y 4 del Decreto 921 de 1997

por el cual se expide la regulación de bebidas alcohólicas en el espacio público de las zonas en las que su consumo y expendio tiene un fuerte impacto sobre la convivencia"

Aplica las medidas correctivas respecto al consumo y expendio de bebidas alcohólicas en el espacio público. Evalúa el desarrollo y cumplimiento de los acuerdos de autorregulación de los propietarios y administradores de los establecimientos de comercio.

Artículo 5 del Decreto 489 de 1998.

"Por el cual se limita el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en parques y escenarios recreativos o deportivos

Realiza el sellamiento del establecimiento e impone multas al propietario o administrador, que permita el expendio o consumo de bebidas alcohólicas en parques y escenarios recreativos o deportivos.

Artículos 17 y 27 del Decreto 959 de 2000

"Por el cual se compilan los textos del Acuerdo 01 de 1998 y del Acuerdo 12 de 2000, los cuales reglamentan la publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital de Bogotá".

Efectúa el registro de algunos elementos de publicidad como de pasacalles o pendones; globos anclados, elementos inflables, maniquíes, colombinas o similares.

Artículos 38, 39, 40 al 41, 42, 43, 44, 45, 46, 48, 49, 50, 52, 53 del Decreto 854 de 2001.

Artículo 4 del Decreto 446 de 2010, Artículo 2 Decreto 71 de  2004 .

"Por el cual se delegan funciones del Alcalde Mayor y se precisan atribuciones propias de algunos empleados de la Administración Distrital".

Celebra convenios administrativos, de comodato y donación; las contenidas en la Ley 685 de 2001 sobre trabajos y obras de la industria minera; emisión del concepto sobre desempeño profesional del respectivo Comandante de Policía de cada Estación Local; promover la celebración de asambleas ciudadanas a efecto de elegir a los integrantes del Comité de Veeduría Ciudadana; adelantar la venta por el sistema de martillo de los bienes muebles servibles; conocimiento de las infracciones e imposición de las sanciones previstas en la Ley 670 de 2001, como consecuencia del manejo de artículos pirotécnicos o explosivos, conforme a lo dispuesto en el Decreto Distrital 751 de 2001; clausurar de oficio o a solicitud de cualquier persona, el establecimiento comercial que presten servicios turísticos, siempre y cuando no posea la inscripción en el Registro Nacional de Turismo; recibir y certificar sobre las manifestaciones de ánimo de avecindamiento que realicen los ciudadanos; inscripción y expedición de las certificaciones de existencia y representación legal de las personas jurídicas reguladas por la Ley 675 del 3 de agosto de 2001; trámites referentes al almacenamiento, manejo, distribución y comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo; imposición del régimen sancionatorio previsto en la Ley 232 de 1995, respecto a los establecimientos comerciales.

Artículo 1 del Decreto 909 de 2001

"Por el cual se adoptan medidas para la protección de menores de edad en el Distrito Capital de Bogotá".

Determina las zonas y sectores de riesgo de la localidad e impartir medidas para la protección de menores de edad. Aplicar las sanciones a los establecimientos que vendan bebidas alcohólicas o permitan el ingreso a menores de edad. Diseñar estrategias para el seguimiento y verificación interinstitucional.

Artículo 7 del Decreto 321 de 2004

"Por el cual se dictan normas en relación con las rifas, juegos y espectáculos públicos en Bogotá, D.C., se redistribuyen las funciones de algunas dependencias de la Secretaría de Gobierno y se dictan otras disposiciones en la materia"

Impone las medidas preventivas y correctivas que fueren procedentes en temas relacionadas en el caso de los juegos, los concursos, las rifas y los espectáculos públicos.

Artículos 407, 420, 472 del Decreto 190 de 2004

"Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003 - POT "

Efectúa el mantenimiento de vías secundarias, de vías rurales locales, vigilar el cumplimiento de las normas vigentes sobre desarrollo urbano, uso del suelo y reforma urbana, dichas autoridades podrán conferir a organizaciones o agremiaciones de profesionales idóneas el control posterior de los proyectos que han sido objeto de la expedición de licencias de urbanización y construcción, en cualquiera de sus modalidades. Corresponde a la Secretaría de Gobierno determinar los términos y condiciones dentro de los cuales dichas organizaciones o agremiaciones llevarán a cabo dicho control.

Artículos 7, 8, 9 y 11 del Decreto 098 de 2004.

"Por el cual se dictan disposiciones en relación con la preservación del espacio público y su armonización con los derechos de los vendedores informales que lo ocupan"

Adelanta las actuaciones administrativas para la preservación y recuperación del espacio público.

Artículo 4 del Decreto 166 de 2004.

"Por el cual se asigna la función de emitir conceptos de amenaza de ruina sobre los inmuebles ubicados en Bogotá Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

Expide los permisos de demolición en los casos de inmuebles que amenazan ruina, previo concepto favorable de la entidad distrital de planeación cuando así lo requiera el propietario.

Artículo 4 del Decreto 037 de 2005.

"Por el cual se dictan disposiciones para el funcionamiento de las atracciones mecánicas y juegos participativos de recreación en el Distrito Capital"

Ejerce la vigilancia y control sobre las atracciones ubicadas en establecimientos privados abiertos al público.

Artículos 4 y 5 del Decreto 122 de 2006.

"Por el cual se adoptan medidas de defensa y protección de la Reserva Forestal Protectora "Bosque Oriental de Bogotá"

Ejecuta las medidas contenidas en las providencias proferidas dentro de los procesos policivos en firma, respecto a la demolición y el sellamiento e obras en Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá.

Artículo 30 del Decreto 317 de 2006.

"Por el cual se adopta el Plan Maestro de Telecomunicaciones para Bogotá D.C."

Verificar el contenido del inventario de las estaciones de telecomunicaciones. Imponer sanciones a los propietarios de la infraestructura no reportada.

Artículo 3 del Decreto 235 de 2006.

"Por el cual se regula la procedencia de la retención transitoria ó conducción, y se modifican los Decretos 921 de 1997 y 345 de 2002 en relación con las sanciones a imponer y se dictan otras disposiciones".

Evaluar de manera periódica el desarrollo y cumplimiento de autorregulación señalado en el Decreto 921 de 1993.

Artículo 20 del Decreto 423 de 2006.

"Por el cual se adopta el Plan Distrital para la Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá D.C."

Participar en los Planes Locales de Prevención y Atención de Emergencias a nivel de localidad.

Artículos 1 al 3 del Decreto 038 de 2007.

"Por medio del cual se asigna a los alcaldes locales la función de ordenar la desocupación y demolición de inmuebles ubicados en zonas de alto riesgo y se dicta otras disposiciones"

Ordena la desocupación y demolición de las edificaciones ubicadas en sitios declarados por el IDIGER de alto riesgo no mitigable.

Artículo 5 del Decreto 587 de 2007.

"Por medio del cual se dictan medidas para la protección de los menores en el Distrito Capital"

Sancionar a los establecimientos de comercio que vendan bebidas alcohólicas o permitan el ingreso de menores (niños, niñas y jóvenes) a sitios de diversión que presenten espectáculos que atenten contra su integridad moral o salud física o mental.

Artículo 4 del Decreto 340 de 2007.

"Por medio del cual se reglamentan los Consejos Locales de Gobierno, y se dictan otras disposiciones"

Preside el Consejo Local de Gobierno.

Artículo 12 del Decreto 627 de 2007.

"Por el cual se reforma el Sistema Distrital de Cultura y se establece el Sistema Distrital de Arte, Cultura y Patrimonio."

Coordina con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte os aspectos operativos y de gestión para el desarrollo de las elecciones de los representantes a los Consejo del Sistema de Arte, Cultura y Patrimonio.

Artículos 10, 11 y 12 del Decreto 386 de 2008.

"Por el cual se adoptan medidas para recuperar, proteger y preservar los humedales, sus zonas de ronda hidráulica y de manejo y preservación ambiental, del distrito capital y se dictan otras disposiciones"

Elabora los planes de acción que incluyan los recursos y apoyos para realizar las acciones de control y prevención de rellenos, ocupación informal y otros usos indebidos al interior de los Parques Ecológicos Distritales de Humedal y Corredores Ecológicos de Ronda.

Artículos 14 y 15 del Decreto 460 de 2008,

"Por el cual se actualiza el Consejo Distrital de Política Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1098 de 2006 y en el Acuerdo Distrital 257 de 2006", modificado por el artículo 23 del Decreto 527 de 2014.

Preside el Consejo Local de Política Social. Generar estrategias de articulación entre las instancias de coordinación de su localidad y en especial entre los Consejos Locales de Política Social y el Consejo Distrital de Política Social, de tal manera que se garantice el adecuado engranaje en el proceso consultivo de construcción de la política social distrital y la divulgación y apropiación de la misma en lo local.

Artículo 4 del Decreto 335 de 2009

Subrogado por le Decreto 116 de 2010.

"Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto Distrital 187 de 2002, se derogan los Decretos Distritales 400 de 2001 y 188 de 2002 y se establecen algunas disposiciones frente a los usos de alto impacto referidos a prostitución y actividades afines."

Elaborar un diagnóstico de los usos de alto impacto referidos a prostitución

Artículo 8 del Decreto 013 de 2009

"Por medio del cual se adoptan medidas de policía. necesarias para garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas en la ciudad de Bogotá, D. C, se adoptan medidas especiales para algunas zonas del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

Vigila el cumplimiento de la aplicación del Decreto 13 de 2009 y aplicación de las medidas correctivas a los establecimientos de comercio que expendan y/o consuman bebidas alcohólicas cuando se infrinjan lo dispuesto por el Decreto Distrital 345 de 2002.

Artículo 3 del Decreto 268 de 2009

Adicionado y modificado por los Decretos 406 y 474 de 2009".

"Por el cual se reglamenta el Acuerdo 356 de diciembre de 2008, que adoptó medidas para el cobro del estacionamiento de vehículos fuera de vía."

Verifica en cualquier momento el cumplimiento en el cobro de la tarifa máxima autorizada, como la liquidación por minutos.

Artículo 8 del Decreto 480 de 2009

"Por el cual se adoptan medidas para la prevención y mitigación de situaciones específicas y concretas que puedan generar riesgo público en Bogotá D. C., y se dictan otras disposiciones"

Efectúa en coordinación con la Policía Metropolitana el control de la zona para garantizar las condiciones de seguridad sobre los bienes inmuebles que hayan sido evacuados por relocalización de familias.

Artículos 17, 42 y parágrafo del 27 del Decreto 087 de 2010

"Por medio del cual se complementa el Plan Maestro de Energía Eléctrica (Decreto Distrital 309 de 2006), mediante la adopción de las normas urbanísticas y arquitectónicas para la implantación y regularización de las infraestructuras y equipamientos del Sistema de Energía Eléctrica, en Bogotá, Distrito Capital"

Toma acciones para impedir la invasión del espacio público con relación a las estructuras y redes de alta tensión.

Parágrafo 2 del artículo 11 y artículo 28 del Decreto 088 de 2010

"Por medio el cual se complementa el plan maestro de gas natural mediante la adopción de las normas urbanísticas y arquitectónicas para la implantación y regularización de las infraestructuras y equipamientos del sistema de gas natural domiciliario en Bogotá, D.C

Desarrolla las funciones de vigilancia y control para el cumplimiento de la normatividad urbanística (estaciones de gas), y adelanta las verificaciones relacionadas con las licencias de construcción de los equipamientos e infraestructuras del Sistema de Gas Natural Domiciliario.

Decreto 101 de 2010

"Por medio del cual se fortalece institucionalmente a las Alcaldías Locales, se fortalece el esquema de gestión territorial de las entidades distritales en las localidades se desarrollan instrumentos para una mejor gestión administrativa y se determinan otras disposiciones"

Señala las funciones misionales, administrativas y de coordinación entre niveles y establece delegaciones en materia de contratación, ordenación de los gastos y pagos.

Artículos 3, 5, 8, literal f) art. 9, literal h) artículo 20 del Decreto 531 de 2010

"Por el cual se reglamenta la silvicultura urbana, zonas verdes y la jardinería en Bogotá y se definen Ias responsabilidades de las Entidades Distritales en relación con el tema y se dictan otras disposiciones."

Apoya las funciones para la planificación de la silvicultura y la plantación, el establecimiento y mantenimiento del arbolado joven y la jardinería en Bogotá. Participa en los procesos de los Planes Locales de Arborización Urbana. Las Alcaldías Locales son responsables de la tala de cercas vivas y setos en espacio público, en los procesos de protección, recuperación y conservación del espacio público, previo permiso otorgado por la autoridad ambiental.

Artículo 6 Del Decreto 563 de 2010

"Por el cual se adoptan medidas de policía, necesarias para garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas en Bogotá D.C. y se adoptan medidas especiales para algunas zonas del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"

Efectúa la vigilancia y control de los establecimientos de comercio que expendan licores y bebidas embriagantes.

Artículos 6 y 7 del Decreto 263 de 2011 modificado por el Decreto 263 de 2013

"Por el cual se adoptan medidas de policía para garantizar la seguridad y convivencia ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones"

Impone las multas y sanciones correspondientes a los establecimientos de comercio que vendan licor y bebidas embriagantes, particularmente, por parte de almacenes de grandes superficies comerciales, supermercados, licorerías, cigarrerías, estancos, salsamentarías, confiterías, fruterías, panaderías, tiendas de barrio, galleras, canchas de tejo y billares, cuando infrinjan la normatividad. Realizar campañas pedagógicas sobre la restricción y prohibición.

Artículo 13 del Decreto 687 de 2011

"Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo 33 de 2001, se derogan los Decretos 115 de 2005 y 352 de 2005 y se dictan otras disposiciones"

Interlocuta con el Consejo Local de Juventud. Realiza la instalación de los mismos.

Artículos 1 y 2 del Decreto 21 de 2013,

"Por el cual se adoptan medidas de policía para garantizar la seguridad y convivencia ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones"

Conocer y tramitar las solicitudes de amparo policivo de que trata el artículo 29 de la Ley 142 de 1994, promovidas por las empresas de servicios públicos domiciliarios.

Artículo 3 del Decreto 484 de 2011

"Por el cual se restringe el horario para el expendio y consumo de licor y bebidas embriagantes en establecimientos de comercio aledaños a los centros educativos universitarios, y se dictan otras disposiciones"

Vigila el cumplimiento de las disposiciones sobre restricción de horario en el expendio y consumo de licor y bebidas embriagantes.

Artículo 1 del Decreto 544 de 2012, modificado por el Decreto 106 de 2013.

"Por medio del cual se dictan disposiciones para la ejecución de obras con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local",

Ejecutar los Planes Operativos Anuales de Inversión de los Fondos de Desarrollo Local.

Parágrafo del artículo 6 del Decreto 85 de 2013,

"Por medio del cual se ordena adecuar en el Distrito Capital el Centro Ecológico Distrital de Protección y Bienestar Animal -CEA- "Casa Ecológica de los Animales".

Coordina con la Secretaría Distrital de Ambiente a través la CEA, "Casa Ecológica de los Animales", los operativos requeridos para la captura, el decomiso o el rescate de animales.

Artículos 9,  11 y  26 del Decreto 456 de 2013.

"Por el cual se adopta el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá"

Administra la red local de parques. Realiza las Actividades de aprovechamiento económico en la Red, del mobiliario existente. Participar en el Sistema Único de Información de Aprovechamiento Económico del Espacio Público de la Ciudad

Artículo 6 Numeral 2, parágrafo 2 del artículo 21, Parágrafo 1 del  artículo 40 y artículo 48 del Decreto 599 de 2013

"Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones".

Integra el Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA, y como parte de las funciones se encuentra la de conceptuar para la realización de actividades de aglomeraciones de público en su jurisdicción, realizar el seguimiento a la estrategia de comunicaciones, recibir las quejas y denuncias sobre la realización de la actividad, coordinar con el Comandante de Policía la suspensión de las actividades. Es competente para adoptar las medidas correctivas o la iniciación del proceso sancionatorio de carácter policivo cuando se infrinjan los deberes parte del organizador, productor o empresario. Asimismo, conforma el Puesto de Mando Unificado – PMU.

Artículos 22 y 25 del Decreto 172 de 2014

"Por el cual se reglamenta el Acuerdo 546 de 2013, se organizan las instancias de coordinación y orientación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático SDGR-CC y se definen lineamientos para su funcionamiento."

Preside y convoca al Consejo Local de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. Desarrolla funciones para la implementación y gestión del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en la localidad, entre las que se destaca coordinar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Local de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, así como actividades de control policivo para la ocupación ilegal en zonas de alto riesgo.

Artículo 6 del Decreto 224 de 2014

"Por medio del cual se actualiza el Consejo Consultivo de Mujeres, y se dictan otras disposiciones."

Participa como representante de las Alcaldías Locales en el Consejo Consultivo de Mujeres

Artículo 5 del Decreto 310 de 2014

"Por el cual se implementa la estrategia "Rumba Humana y Responsable", y se modifica en algunos sectores de Bogotá D.C. el horario de funcionamiento de establecimientos para la comercialización, expendio y consumo de bebidas embriagantes previsto en el artículo 1° del Decreto Distrital 345 de 2002, y se dictan otras disposiciones".

Presenta un informe sobre la implementación de la estrategia "Rumba Humana y Responsable" para que sirva de insumo a la evaluación y seguimiento que efectúe la Secretaría Distrital de Gobierno.

Numeral 4 del artículo 4 y parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto 466 de 2014

"Por el cual se reglamenta la elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital"

Expide la certificación que acredite al/a ciudadano/a candidato/a a Juez o Jueza de Paz y de Reconsideración como residente de una localidad. Realiza la coordinación local y los comités locales de impulso y apoyo al proceso de elección de jueces de paz.

Artículo 1 y 2 numeral 2.2. Decreto 100 de 2015

"Por medio del cual se crea un Comité Interinstitucional del nivel Distrital y se dictan disposiciones para su funcionamiento."

Participa en el Comité Interinstitucional encargado de verificar y certificar el estado del cumplimiento de las actividades generales de urbanismo, por parte de los/as titulares de las licencias respectivas, dentro del perímetro de la Reserva Forestal Protectora "Bosque Oriental de Bogotá" y su franja de adecuación

Decreto 198 de 2015

"Por medio del cual se realiza una delegación en materia de imposición de servidumbre"

Delega en los/as Alcaldes/as Locales con jurisdicción en territorios rurales la competencia para que en la etapa de construcción de los proyectos de infraestructura de servicios públicos de acueducto rural se imponga o constituya servidumbre de conformidad con lo previsto en el Artículo 38 de la Ley 1682 de 2013 y el Decreto Nacional 738 de 2014 cuando no exista dentro de la jurisdicción entidad que preste el servicio público de acueducto.