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Decreto 139 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/04/2015
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 139 DE 2015

 

(Abril 14)

 

"Por medio del cual se concede una licencia no remunerada y se hace un encargo"

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante comunicación radicada con el Nro. 1-2015-15024 del 14 de abril de 2015, la doctora Gloria Flórez Schneider, Secretaria Distrital de Gobierno, remite la solicitud del doctor EDILBERTO GUERRERO RAMOS, Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de La Candelaria, de licencia no remunerada por el término de sesenta (60) días.

 

Que el artículo 61 del Decreto 1950 de 1973, establece que los empleados tienen derecho a licencia ordinaria a solicitud propia y sin sueldo, hasta por sesenta (60) días al año, continuos o discontinuos. Si ocurre justa causa a juicio de la autoridad competente, la licencia podrá prorrogarse hasta por treinta (30) días más.

 

Que en ese sentido, se hace necesario efectuar un encargo de las funciones del cargo de Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de La Candelaria, para garantizar la continua atención de los asuntos que ese despacho tiene a su cargo.

 

Que en mérito de lo expuesto,

Ver Decreto Distrital 280 de 2015

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Conceder licencia no remunerada a partir de la fecha y hasta el 13 de julio de 2015 inclusive, por el término de sesenta (60) días hábiles, al doctor EDILBERTO GUERRERO RAMOS, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 19.403.044, Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de La Candelaria, de conformidad con las consideraciones que anteceden.

 

Artículo 2°.- Encargar a partir de la fecha, al doctor CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 79.939.476, Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de Santa Fe, de las funciones de Alcalde Local Código 030 Grado 05, de la Alcaldía Local de La Candelaria, mientras dure la ausencia del titular.

 

Artículo 3°.- Comunicar a los doctores EDILBERTO GUERRERO RAMOS Y CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA, a la Secretaría Distrital de Gobierno y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del mismo, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.

 

Artículo 4°.- El presente Decreto Distrital rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de abril del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER

 

Secretaria Distrital de Gobierno