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Decreto Local 4 de 2015 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
07/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/07/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5629 de julio 09 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 04 DE 2015

 

(Julio 7)

 

“Por  medio del cual se ajustan las Obligaciones por Pagar  programadas en el Presupuesto Anual de Gastos de la Alcaldía Local Antonio Nariño para la vigencia 2015 frente a las efectivamente constituidas a 31 de diciembre de 2014”

 

EL SUSCRITO ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 36 del Decreto Distrital 372 del 30 de Agosto de 2010,

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que en el presupuesto del FDLAN de la vigencia 2015, inicialmente se estimó un valor de $421.996.867 en el rubro de Obligaciones por Pagar en Gatos de Funcionamiento; $10.866.974.089 en Obligaciones por Pagar de Inversión Vigencia Anterior y $2.521.554.911 de Obligaciones por Pagar Otras Vigencias, para un valor total de $13.810.525.867, el cual resulta inferior a los $13.813.975.472 correspondientes a las obligaciones por pagar efectivamente constituidas a 31 de diciembre de 2014.

 

2. Que al determinarse las diferencias resultantes entre los valores constituidos al 31 de diciembre de 2014 con respecto de los programados en el 2015 en cada de uno de los rubros de obligaciones por pagar de funcionamiento, vigencia anterior y otras vigencias, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño debe ajustar al interior de los agregados de obligaciones por pagar de funcionamiento y en Inversión las Obligaciones por Pagar vigencia anterior y otras vigencias del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2015.

 

3. Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, al respecto señala: “Los F.D.L. efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior. (…) El Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por Decreto Local. (…) Para la expedición del Decreto de Ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto quienes para el efecto consultarán el listado de Obligaciones por Pagar”.

 

4. Que conforme a la disposición anterior, la Secretaría Distrital de Planeación - Subsecretaría de Planeación de la Inversión, mediante radicado No. 2-2015-28449 de fecha 11 de junio 2015 emitió concepto previo favorable para expedir el decreto local que ajusta las obligaciones por pagar de inversiones presupuestadas al monto real constituido a Diciembre 31 de 2014; así mismo, la Directora Distrital de Presupuesto mediante radicado No. 2015EE153048 de fecha 17  de Junio de 2015 , adjunta concepto favorable para el ajuste de Obligaciones por Pagar al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño en la vigencia fiscal 2015.

 

5. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver Decreto Local 12 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de funcionamiento del Presupuesto  de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:

 

 

 

 

 

$pesos

 

 

AJUSTE - DECRETO

CODIGO

RUBRO PRESUPUESTAL

REDUCIR

AUMENTAR

15

FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO

87.214.685

10.362.450

3

GASTOS

87.214.685

10.362.450

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

87.214.685

10.362.450

3.1.8.

OBLIGACIONES POR PAGAR

87.214.685

10.362.450

3.1.8.02

GASTOS GENERALES

87.214.685

10.362.450

3.1.8.02.01

Adquisición de Bienes

22.372.258

1.083.284

3.1.8.02.01.02

Gastos de Computador

0

1.083.284

3.1.8.02.01.03

Combustibles Lubricantes y Llantas

834.308

0

3.1.8.02.01.04

Materiales y Suministros

18.537.950

0

3.1.8.02.01.05

Compra de Equipo

3.000.000

3.1.8.02.02

Adquisición de Servicios

64.690.931

9.279.166

3.1.8.02.02.01

Arrendamientos

1.861.324

0

3.1.8.02.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

9.113.958

0

3.1.8.02.02.04

Impresos y Publicaciones

5.000.000

0

3.1.8.02.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

0

9.279.166

3.1.8.02.02.05.01

Mantenimiento Entidad

9.279.166

3.1.8.02.02.06

Seguros

12.232.997

0

3.1.8.02.02.06.01

Seguros Entidad

10.760.042

0

3.1.8.02.02.06.04

Seguros de Vida Ediles

1.472.955

0

3.1.8.02.02.08

Servicios Públicos

23.955.740

 

3.1.8.02.02.08.01

Energía

8.253.560

0

3.1.8.02.02.08.02

Acueducto y Alcantarillado

8.641.670

0

3.1.8.02.02.08.04

Teléfono

7.060.510

0

3.1.8.02.02.11

Promoción Institucional

5.000.000

0

3.1.8.02.02.17

Información

5.000.000

0

3.1.8.02.02.18

Publicidad

2.526.912

0

3.1.8.02.03

Otros Gastos Generales

151.496

0

3.1.8.02.03.99

Otros Gastos Generales

151.496

0

 

SUBTOTAL OBLIG. POR PAGAR FUNCIONAMIENTO

87.214.685

10.362.450

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar de inversión del Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia del 2015, conforme al siguiente detalle:

 

 

 

 

$pesos

 

 

AJUSTE - DECRETO

CODIGO

RUBRO PRESUPUESTAL

REDUCIR

AUMENTAR

15

FONDO DE DESARROLLO LOCAL ANTONIO NARIÑO

1.239.082.271

1.239.082.271

3

GASTOS

1.239.082.271

1.239.082.271

3.3

INVERSION

1.239.082.271

1.239.082.271

3.3.6

Obligaciones por Pagar

1.239.082.271

1.239.082.271

3.3.6.14

Bogotá Humana

955.245.660

1.239.082.271

3.3.6.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

400.812.255

610.682.860

3.3.6.14.01.01

Garantía  del desarrollo integral de la  primera infancia

4.179.685

0

3.3.6.14.01.01.0979

Apoyar la educación inicial de la primera infancia y garantizar la prevención de la violencia y promover el buen trato

4.179.685

0

3.3.6.14.01.02

Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad

80.865.879

0

3.3.6.14.01.02.0980

Promoción y prevención de enfermedades con enfoque de salud familiar y comunitaria para la población de la localidad

80.865.879

0

3.3.6.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

0

70.544.026

3.3.6.14.01.03.0981

Estrategia para el mejoramiento de la calidad en la educación en la localidad

0

70.544.026

3.3.6.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

52.904.706

33.883.892

3.3.6.14.01.05.0809

Realizar acciones para prevenir la exclusión, la segregación y la marginación

0

33.883.892

3.3.6.14.01.05.0984

Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad

52.904.706

0

3.3.6.14.01.07

Bogotá, un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos

105.595.000

0

3.3.6.14.01.07.0985

Antonio Nariño Localidad de derechos

105.595.000

0

3.3.6.14.01.08

Ejercicio de las libertades culturales y deportivas

157.266.985

506.254.942

3.3.6.14.01.08.0988

Realización de acciones que integren las diferentes poblaciones en actividades recreo deportivas en la localidad

149.394.132

0

3.3.6.14.01.08.1002

Antonio Nariño vive el arte y el patrimonio

7.872.853

0

3.3.6.14.01.08.1242

Construcción, mejoramiento y adecuación de parques de la localidad

0

506.254.942

3.3.6.14.02

Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua

60.674.523

628.399.411

3.3.6.14.02.17

Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua

0

84.584.650

3.3.6.14.02.17.0990

Acciones de recuperación, rehabilitación y restauración de espacios e implementación de tecnologías ambientales

0

84.584.650

3.3.6.14.02.19

Movilidad Humana

199.523

543.814.761

3.3.6.14.02.19.0993

Adecuación y mejoramiento del sistema de movilidad de la localidad Antonio Nariño

0

543.814.761

3.3.6.14.02.19.0994

Arborización de espacios de la Localidad

199.523

0

3.3.6.14.02.21

Basura Cero

60.000.000

0

3.3.6.14.02.21.0991

Basura Cero en la Localidad

60.000.000

0

3.3.6.14.02.22

Bogotá humana ambientalmente saludable

475.000

0

3.3.6.14.02.22.0992

Control Ambiental para la protección animal en la Localidad

475.000

0

3.3.6.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

493.758.882

0

3.3.6.14.03.24

Bogotá Humana: Participa y Decide

13.680.668

0

3.3.6.14.03.24.0996

En Antonio Nariño, la comunidad participa y decide

13.680.668

0

3.3.6.14.03.25

Fortalecimiento de las capacidades de gestión y coordinación del nivel central y las localidades desde los territorios

17.454.200

0

3.3.6.14.03.25.0998

Antonio Nariño controla y garantiza la convivencia pacífica el control urbanístico y el uso del suelo

17.454.200

0

3.3.6.14.03.27

Territorios de vida y paz con prevención del delito

74.542.416

0

3.3.6.14.03.27.0999

Antonio Nariño listo para enfrentar y prevenir el delito y la violencia

74.542.416

0

3.3.6.14.03.31

Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional

193.081.598

0

3.3.6.14.03.31.1001

Gestión y fortalecimiento para la administración local

193.081.598

0

3.3.6.14.03.32

TIC para Gobierno Digital, Ciudad Inteligente y Sociedad del conocimiento y del emprendimiento

195.000.000

0

3.3.6.14.03.32. 1255

Antonio Nariño conectado a tecnologías e innovación

195.000.000

0

3.3.6.90

Obligaciones por Pagar Otras Vigencias

283.836.611

0

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de julio del año 2015.

 

GIOVANNI ALEXÁNDER MONROY PARDO

 

Alcalde Local de  Antonio Nariño

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5629 de julio 09 de 2015