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Decreto Local 8 de 2015 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
16/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/07/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5644 de julio 31 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2015

 

(Julio 16)

 

“Por medio del cual se ajusta la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, para la vigencia fiscal de 2015”.

 

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 372 del 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que una vez efectuado el ajuste de las obligaciones por pagar y la determinación de los excedentes financieros 2014 y realizada la distribución de los mismos mediante Circular No. 04 de 2015 del CONFIS.

 

2. Que en virtud de lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010 y el numeral 5.4.1 – Modulo 3 de la Resolución No. SHD-000226 de 2014, “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”.

 

3. Que mediante oficio 2015EE148344 del 05 de junio de 2015, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, comunica que el Fondo de Desarrollo Local de Suba, debe disminuir la Disponibilidad Inicial programada en un monto de $10.705.389.023.oo, mediante Decreto Local.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver Acuerdo Local 004 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle:

 

RUBRO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

1.

DISPONIBILIDAD INICIAL

10.705.389.023.oo

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de julio del año 2015.

 

MARISOL PERILLA GÓMEZ

 

Alcaldesa Local de Suba

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5644 de julio 31 de 2015.