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Decreto Local 14-17 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
15/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/07/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5638 de julio 23 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014-017 DE 2015

 

(Julio 15)

 

“POR EL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE  LA CANDELARIA PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2015”.

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36°. Estipula “El alcalde Local ajustará por decreto las obligaciones por pagar hasta el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en la Disponibilidad Inicial”.

 

Que de conformidad con el oficio de la Secretaria Distrital de Hacienda Nº 2015EE148360 y una vez efectuado el cierre presupuestal para la vigencia fiscal 2014 se determinó el monto real de las obligaciones por pagar por valor de  $13.161.331.715 y un saldo real en caja por el mismo valor.

 

Que en el presupuesto para la vigencia fiscal 2015, se estimó un valor tanto de obligaciones por pagar como de disponibilidad inicial de $14.151.518.000 por lo que se hace necesario ajustar el rubro hasta el valor realmente constituido y ajustado en las Obligaciones por Pagar.

 

Que de Acuerdo a lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria debe disminuir la disponibilidad inicial en un monto de $990.186.285, frente al programado para la vigencia fiscal 2015, cuyo valor real es de $13.161.331.715.

 

Que de igual manera el CONFIS determinó la asignación de los excedentes financieros del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria por valor de $476.248.658 para atender necesidades de orden social, según lo establecido en la circular CONFIS Nº. 04 de 2015.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, 

Ver Decreto Local 009 de 2014.

 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Reducir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la Vigencia Fiscal de 2015, de  conformidad con  el  siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

Código

Concepto

Reducir

1.

Disponibilidad inicial

$990.186.285

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de julio del año 2015.

 

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

 

Alcalde Local de La Candelaria (E.)

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5638 de julio 23 de 2015.