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Decreto Local 8 de 2015 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
04/08/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/08/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5650 de agosto 12 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 08 DE 2015

 

(Agosto 4)

 

“Por el cual se ajusta la Disponibilidad Inicial Programada en el Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia  2015”

 

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que una vez efectuado el ajuste de las obligaciones por pagar, calculado el monto de los excedentes financieros 2014 y realizada la distribución de los mismos mediante Circular No. 04 de 2015  del CONFIS, y en virtud de lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010 y el numeral 5.4.1.- Modulo 3 de la Resolución No. SDH-000226 de 2014, la Secretaria Distrital de Hacienda mediante oficio radicado No. 2015EE148350, solicito al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, efectuar el ajuste de la Disponibilidad Inicial 2015.

 

Que por lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño debe disminuir la Disponibilidad Inicial programada por valor de  $13.810.526.000 en un monto de $76.852.235 para que la disponibilidad inicial definitiva corresponda a $13.733.673.765 y la Disponibilidad Final a cero (0).

 

Que el artículo 31 del Decreto Distrital  372 de 2010, señala: “(...) Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…) 3. Reducción: es la disminución de las apropiaciones presupuestales que deberá efectuarse por Decreto del Alcalde Local cuando se estime que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones presupuestados (...)”.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

Ver Decreto Local 012 de 2014.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Disminuir la Disponibilidad Inicial y la Disponibilidad Final del Presupuesto de Ingresos y de Gastos por un monto equivalente a $76.852.235 Setenta y seis  millones ochocientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y cinco pesos M/cte del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia 2015, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

Disminuir

1

Disponibilidad Inicial

$76.852.235

 

 

 

4

Disponibilidad Final

$76.852.235

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos y de Gastos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2015, por la suma de $28.550.201.765 Veintiocho mil quinientos cincuenta millones doscientos un mil setecientos sesenta y cinco pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:

 

 

CÓDIGO

CONCEPTO

VALOR

1

Disponibilidad Inicial

$13.733.673.765

2

Ingresos

$14.816.528.000

2.1

Ingresos Corrientes

$34.998.000

2.2

Transferencias

$14.777.049.000

2.3

Recursos de capital

$4.481.000

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

$28.550.201.765

3

Gastos

$28.550.201.675

3.1

Funcionamiento

$1.154.305.765

3.3

Inversión

$27.395.896.000

4

Disponibilidad Final

$0

TOTAL GASTOS +  DISPONIBILIDAD FINAL

$28.550.201.765

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de agosto del año 2015.

 

GIOVANNI ALEXANDER MONROY PARDO

 

Alcalde Local de  Antonio Nariño

 

NOTA: publicado en el Registro Distrital 5650 de agosto 12 de 2015.