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Directiva Conjunta 012 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
11/09/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 012 DE 2015

(Septiembre 11)

PARA:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON O SIN PERSONERIA JURÍDICA, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS, GERENTES/AS, DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIRIOS, OFICIALES Y MIXTAS; ALCALDES/SAS LOCALES, RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTONOMO, Y VEEDOR/A DISTRITAL.

DE:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN

ASUNTO:

LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA AMBIENTES LABORALES INCLUSIVOS

El artículo 13 de la Constitución Política de Colombia consagra el derecho a la igualdad, en virtud del cual todas las personas, sin discriminación, por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, y el artículo 25 por su parte, establece como un derecho fundamental el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas.

A su vez, el Acuerdo Distrital 489 de 2012- Plan de Desarrollo "Bogotá Humana", concibe dentro del Eje Estratégico Uno: "Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo", el programa "lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital"1, y contempla como uno de sus proyectos prioritarios el "Ejercicio pleno de derechos de las personas LGBTI", a través del cual se ejecutarán acciones encaminadas a transformar prácticas institucionales que generan barreras para el desarrollo de las capacidades de personas de los sectores LGBTI, en todos los niveles de la administración.

Por su parte, la política pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales -LGBTI- y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital2, en el proceso estratégico "Fortalecimiento institucional en los niveles distritales y locales", prevé la estrategia de Ambientes Laborales Inclusivos, con el objetivo de eliminar la discriminación y segregación por orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral y que a todas las personas les sea garantizado el derecho al trabajo en condiciones de igualdad y equidad, la cual se desarrolla mediante tres líneas de trabajo:

a. Diseño y aplicación de instrumentos que permitan identificar formas de discriminación por orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral desde y hacia servidoras y servidores públicos.

b. Desarrollo de estrategias encaminadas a reducir la discriminación por orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral del Distrito Capital.

c. Desarrollo de procesos, procedimientos y manuales de las dependencias a cargo del talento humano, en los que se incluyan los lineamientos y la normatividad respectiva que haga posible que a todas las personas les sean garantizados sus derechos y respetada su orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral.

Con el objetivo de implementar la Estrategia de Ambientes Laborales Inclusivos por parte de los servidores, contratistas y demás personal vinculado a la Administración Distrital, las entidades, organismos distritales y localidades, deberán atender los siguientes lineamientos:

• La incorporación en los formatos de las dependencias, direcciones u oficinas de gestión humana o talento humano de las categorías de sexo, identidad de género y orientación sexual, de acuerdo a lo establecido en los anexos técnicos 2 y 3 de la Directiva 022 de 2011. El contenido de dichos anexos puede ser consultado en el siguiente link http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=5203&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME

• La aplicación de una encuesta virtual de Ambientes Laborales Inclusivos, con el objeto de medir la percepción de los servidores, contratistas y demás personal vinculado a la Administración Distrital, frente a comportamientos discriminatorios que se presentan en los espacios laborales, por razones de orientación sexual o de identidad de género.

• El desarrollo de actividades de capacitación y sensibilización en relación con la política pública LGBTI, de orientaciones sexuales e identidades de género y no discriminación en el ambiente laboral.

• La realización de campañas de comunicación al interior de las entidades y organismos distritales a través de las cuales se divulgue la estrategia distrital de ambientes laborales inclusivos y de manera específica las actividades que realice la entidad para su implementación. Esta campaña integra la difusión en medios internos de boletines y piezas comunicativas que incluyan información sobre discriminación y como superarla.

• La revisión y actualización de los manuales de inducción y reinducción en relación con la no discriminación en el ambiente laboral por orientación sexual e identidad de género diversa.

La Dirección de Diversidad Sexual de la Secretaría Distrital de Planeación, instancia responsable de la formulación, seguimiento y evaluación de la Política Pública de las personas de los sectores sociales LBGTl y coordinadora con los distintos sectores de la administración distrital del desarrollo de las líneas de trabajo que prevé la estrategia de Ambientes Laborales Inclusivos, estará atenta a prestar la asistencia que se requiera por sus destinatarios para la efectiva implementación de la misma.

Frente al seguimiento de los avances de la Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores sociales LGBTI, es indispensable que las actividades realizadas respecto a la Estrategia de Ambientes Laborales Inclusivos sean reportadas dentro de los primeros quince (15) días hábiles de los meses de marzo, julio, octubre y enero, en el Sistema de Información de Procesos Automáticos -SIPA- de la Secretaría Distrital de Planeación, correspondiente al trimestre vencido.

Cordialmente,

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

GERARDO ARDILA CALDERÓN

Secretario Distrital de Planeación

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1. Artículo 11 del Acuerdo 489 de 2012

2. Decreto Distrital 62 de 2014

Proyectó: Marisol Velasco Peña. P.E. Dirección de Diversidad Sexual

Luz Adriana Páez Méndez. P.E. Dirección de Diversidad Sexual

Adriana Silva Ordóñez. P.E. Dirección de Análisis y Conceptos Jurídicos

Revisó: Juan Carlos Prieto. Director de Diversidad Sexual

Sandra Yaneth Tibamosca Villamarín. Directora de Análisis y Conceptos Jurídicos

Aprobó: Octavio Fajardo Martínez. Subsecretario de Planeación Socioeconómica

Ángela Rocío Díaz. Subsecretaria Jurídica