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Circular 134 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/09/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 134 DE 2015

CIRCULAR 134 DE 2015

(Septiembre 24)

Para:

SERVIDORES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

DESCANSO COMPENSADO - DICIEMBRE 2015.

Dentro de las actividades encaminadas al bienestar y el estímulo de los servidores/as de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que propenden por el fortalecimiento de la calidad de vida, en concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo "Bogotá Humana", y con el propósito que compartan las actividades de Navidad y Fin de Año con sus familias, se autorizará un descanso previa compensación del tiempo laboral de treinta (30) horas.

El descanso compensado de quienes expresen su intención de acogerse y según la distribución que efectúe el jefe de cada dependencia, en aras de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios, los cuales no podrán interrumpirse, podrá ser disfrutado en dos (2) tumos,

El horario para la compensación del tiempo será de una hora (1:00) diaria, desde el 28 de octubre hasta el 11 de diciembre de 2015, inclusive.

Los turnos a distribuir por cada uno de los jefes de las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., son los siguientes:

Primer tumo: 21, 22, 23 y 24 de diciembre de 2015.

Segundo tumo: 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2015.

Los jefes de cada dependencia, una vez conocidos los nombres de los servidores que desean acogerse al señalado descanso compensado, comunicarán de ello a mas tardar el 21 de octubre de 2015, a la Subdirección de Talento Humano y al final de la compensación del tiempo requerido, certificarán el cumplimiento o no del mismo, con el respectivo soporte de la trazabilidad.

La Subdirección de Talento Humano elaborará y enviará a este Despacho el listado final de los servidores que se acogieron al descanso compensado de diciembre de 2015.

Esta disposición no será aplicable a quienes hayan programado el disfrute de vacaciones en los meses de noviembre y diciembre de 2015 y enero de 2016.

Cordialmente,

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

Secretaria General

Anexos: N.A.

c.c. N.A.

Proyectó: Cesar Augusto Vargas Londoño

Revisó: William Mauricio Arevalo Portela

Aprobó: Carlos Hugo Medina Meza