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Proyecto de Acuerdo 344 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

Para:

Doctor Dagoberto García Baquero

 

Secretario General Concejo de Bogotá

De:

Honorable Concejal Liliana de Diago

Asunto:

Presentación Proyecto de Acuerdo

De conformidad a lo establecido en el Acuerdo 348 de 2008, me permito presentar el proyecto de acuerdo "POR EL CUAL, SE PROMUEVE LA CREACIÒN DE LA ESTRATEGIA "CONDUCTOR PROFESIONAL" ORIENTADA A LOS CONDUCTORES DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PUBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL".

Para que usted ordene a quien corresponda el respectivo tramite dentro de la corporación.

Cordialmente,

Liliana de Diago

Concejal de Bogotá

Proyecto: Sandra Forero

PROYECTO DE ACUERDO 344 DE 2015

"POR EL CUAL, SE PROMUEVE LA CREACIÒN DE LA ESTRATEGIA "CONDUCTOR PROFESIONAL" ORIENTADA A LOS CONDUCTORES DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PUBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Sistema Integrado de Transporte Publico, es uno de los proyectos de mayor trascendencia para la movilidad de Bogotá, pues su objetivo primordial es cambiar el sistema tradicional de transporte y su cultura, por un sistema integrado para ofrecerle a los ciudadanos la oportunidad de tener un servicio de buena calidad y ajustado a las necesidades de transporte de los ciudadanos.

El sistema viene funcionando, desde el 29 de septiembre del 2012, fecha en la que empezó su operación, presentándose a julio de 2014 un balance 3.700 accidentes, en los cuales se vio involucrado uno de los buses del SITP, cifras obtenidas de los informes de la policía de tránsito, donde señalan como causas las siguientes:

* EXCESO DE VELOCIDAD

* CAMBIO DE CARRIL SIN INDICACIÓN

* FRENAR BRUSCAMENTE

* DESOBEDECER SEÑALES

* ADELANTAR CERRANDO

* NO MANTENER DISTANCIA DE SEGURIDAD

* CRUZAR SEMÁFORO EN ROJO

*NO MANTENER DISTANCIA DE SEGURIDAD

*ARRANCAR SIN PRECAUCIÓN

* REVERSO IMPRUDENTE

* NO RESPETAR PRELACIÓN

* TRANSITAR ENTRE VEHICULOS

* APROVISIONAMIENTO INDEBIDO

* ADELANTAR EN ZONA PROHIBIDA

* FALTA DE SEÑALES EN VEHICULO VARADO

* EMBRIAGUEZ APARENTE

* GIRAR SIN INDICACIÓN

Las cifras por accidentes de tránsito de los buses del SITP son alarmantes, lo que hace necesario estudiar con detenimiento las causas que rodean estos hechos, que en muchas ocasiones y como es sabido terminan en una tragedia, esto teniendo en cuenta que en la mayoría de los casos, los accidentes involucran en sus causas fallas humanas, generadas por los conductores de los buses y/o fallas mecánicas atribuibles al desgaste por el paso del tiempo o a buses viejos y obsoletos.

El oficio de conductor en Bogotá, desde el principio de los tiempos, ha venido de una cultura poco convencional, enseñanza de la calle en la cuál ganaba, quien mas cerrara en la vía, dejara el pasajero en la mitad de la vía, transportara pasajeros de pie, no respetara las señales de transito y en general la guerra del centavo, obligando a hombres y mujeres a realizar viajes desde las 4 de la mañana hasta las 12 de la noche, por el mismo dinero, luego de exponerse a la inseguridad de la ciudad.

Cuando llega a la ciudad, el Sistema Transmilenio inicia una transformación en la cultura de la conducción del transporte Publico, pero desafortunadamente su duración es corta y regresan las malas acciones, aunque son de un grupo selecto de conductores

Las personas que se postulan para ser conductores del SITP deben cumplir unos requisitos más rigurosos en las condiciones para acceder a este cargo, lo que redundará en la prestación de un servicio mas eficiente, seguro y amable, bajando así los altos índices de accidentalidad.

En un análisis causal de los eventos de accidentalidad, Transmilenio S.A concluyó que el 96% de las causas de los accidentes en el SITP, son imputables al error humano y este estudio que hizo Transmilenio, coincidió con un estudio hecho por la Asociación Nacional de transporte vial y autoridades de tráfico en Australia, en donde se concluyó que de ese 96% imputable al error humano como causa en los accidentes, en un 53% los eventos fueron causados por actos inseguros de terceros, y en un 43% fueron eventos en los cuales, si bien el operador del bus no necesariamente fue 100% responsable, sí pudo ejecutar alguna acción tendiente a evitar o minimizar el impacto del accidente.

Uno de los aspectos más importantes para que las empresas, de servicios puedan ser exitosas y especialmente las que prestan servicios de transporte, es sin duda la PROFESIONALIZACIÓN DEL RECURSO HUMANO, el cual debe destacarse con especial importancia en el sistema integrado de transporte, si se quiere que avance apropiadamente, luego esto no se va a conseguir, si no existe una base adecuada de recursos humanos que incorpore los diferentes factores dentro de la estructura de servicios. Un personal que se profesionalice y no solo se capacite con 85 horas teórico prácticas como hoy en día ocurre, va a ser un personal que aprovechará mejor los recursos de que dispone la empresa, evitará los desperdicios, operará de forma adecuada los equipos que utiliza, sabrá cómo resolver problemas básicos de manera inmediata, esto contribuirá de manera directa a la reducción de accidentes, por lo que se puede afirmar con total certeza, que un grupo que ha logrado alcanzar la profesionalización para la actividad que debe desarrollar que en este caso es conducir, maximiza de forma inmediata los resultados en la operación final en conjunto.

En el caso del SITP, es de suma importancia PROFESIONALIZAR y no solo capacitar como si fuera un oficio que cualquiera pudiese realizar, porque como ya se advirtió, de lo que estamos hablando es de transportar personas y esto demanda un alto grado de responsabilidad y profesionalismo. Al contar con conductores altamente calificados, serán verdaderos profesionales en su campo de trabajo, lo cual contribuirá a que operen los vehículos de acuerdo a las especificaciones y recomendaciones de los fabricantes, lo que a su vez ayudará a la reducción de accidentes, mejor rendimiento energético de los vehículos, mejor imagen del SITP ante los Bogotanos, en fin, lograr que el SITP posea verdaderas ventajas comparativas en la especialidad del servicio que presta.

La profesionalización debe considerarse como una inversión que rinde réditos, no deben escatimarse esfuerzos para aplicar estas estrategias, pues los beneficios sin lugar a dudas al personal serán mayores cuando se haya alcanzado. La capacitación es base esencial para la profesionalización, uno de los aspectos más importantes para que las empresas de transporte puedan ser exitosas, es sin lugar a dudas la profesionalización del recurso humano que las conforma.

El tema de los recursos humanos, merece destacarse en el SITP de manera especial. El desarrollo del sistema integrado de transporte público, no puede avanzar de manera apropiada, si no existe una base adecuada de recursos humanos que incorpore los diferentes factores dentro de la estructura del SITP. El hecho de contar con personal altamente capacitado, va a brindarle grandes beneficios al SITP, ya que los conductores debidamente capacitados aprovecharán mejor los recursos, además de aprender a resolver problemas básicos de manera inmediata, por lo cual puede afirmarse con total certeza que se logrará un objetivo básico y esencial en la actualidad como lo es la reducción de accidentes en Bogotá por parte del sistema integrado de transporte.

El hecho de que el sistema integrado de transporte cuente con profesionales al volante, le dará por supuesto una mejor imagen a la empresa ante los ciudadanos. La profesionalización es una inversión que rinde réditos a la empresa u organizaciones que la aplican para su personal.

No deben escatimarse esfuerzos para aplicar estrategias de capacitación a los conductores de la flota del SITP, pues los beneficios son mayores cuando se emplea personal que ha alcanzado la profesionalización; pocos aspectos van a ser tan determinantes para aumentar la calidad de vida en una sociedad como fomentar la capacidad para desarrollar y aprovechar de una manera productiva sus recursos humanos, de tal manera que la productividad de esos recursos, conduzca a una situación en que la vida de la gente, y sus relaciones sean efectivamente mejores para el conjunto de la sociedad.

Además, hay que recordar que uno de los objetivos en la implementación del Sistema Integrado de Transporte desde que arrancó, fue que la Administración y la ciudadanía trabajaran de manera conjunta en pos de implementar y aprender mecanismos de comportamiento, cultura y solidaridad, que llevaran a un transporte más organizado, seguro, económico y accesible, garantizando con esto la calidad de vida y mayor eficiencia. Tomando en su momento así la administración una decisión de fondo: cambiar de una vez por todas, la prestación del servicio de transporte público en Bogotá.

ANTECEDENTES

El diario EL TIEMPO en su edición del 14 de mayo de 2014. Mostraba la cruda realidad en materia vial de la ciudad. Al día en Bogotá, en promedio, seis accidentes se presentan relacionados con vehículos del Sistema de Transporte Masivo Transmilenio (TM), entre articulados y alimentadores; y los del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), los azules y naranjas.

Los números crecientes de accidentalidad quedaron en evidencia en un documento que conoció ELTIEMPO.COM y que muestra, además, las cifras de mortalidad, los procesos judiciales que se siguen por daños en infraestructura y las acciones tomadas por la empresa Transmilenio S.A. para reducir los índices.

Y es que no se salva nadie. En 2012, los vehículos troncales (los rojos) se vieron envueltos en 310 accidentes de tránsito, los alimentadores (verdes) en 347 y los del SITP (azules) en 75, en poco más de tres meses de operación, para un total de 732 colisiones y choques en un solo año.

Para 2013 la cifra se triplicó. Los mismos vehículos rojos, verdes y azules de TM y el SITP protagonizaron, en suma, 2.215 accidentes en las vías de la ciudad.

En ese indicador, los buses azules del SITP son tristemente relevantes, pues tuvieron participación en 1.474 incidentes, el 66 por ciento de la accidentalidad del sistema.

En Bogotá todavía se recuerda el episodio del 10 de julio de 2013 cuando un bus del SITP se quedó sin frenos en la carrera 1a. G este Sur con calle 91, en la localidad de Usme, y se llevó por delante en una pendiente cuatro vehículos, causando decenas de heridos y cuatro víctimas mortales.

El accidente en Usme causó alarma en su momento al descubrirse que a esa altura de la operación, cuando el sistema no había cumplido un año (comenzó a circular en 29 de septiembre de 2012), eran 87 los buses del SITP que se habían inmovilizado por daños técnicos, la mayoría por problemas de frenos, llantas y motores desgastados.

Julio 10 de 2013: bus del SITP perdió los frenos en Usme y causó la muerte a cuatro personas.

Las muertes de aquel 10 de julio fueron parte de las 13 que causaron los buses azules del SITP en 2013, junto a 448 personas heridas. En ese rubro están por encima los buses rojos de las troncales (13 y 502) y más abajo los alimentadores (2 y 184).

Solo en el primer bimestre del 2014, entre carros rojos, verdes y azules se acumulaban 205 accidentes que dejaron 601 heridos y cuatro ciudadanos sin vida.

Transmilenio le respondió a ELTIEMPO.COM que los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos, hospitalarios y funerarios ocasionados en esta accidentalidad son cubiertos por los Seguros Obligatorios de Accidentes de los vehículos y las pólizas de responsabilidad civil de cada uno de los operadores que conforman el sistema.

Son los concesionarios, puntualmente, quienes enfrentan los procesos judiciales que pudieran comprometer el sistema. Es decir, Transmilenio S.A. no tiene responsabilidad directa en los accidentes causados y en este momento solo se encuentra vinculada como parte demandada en 38 procesos de reparación directa y siete denuncias penales. La empresa aclara, además, que solo ha sido condenada por accidentes relacionados con daños en la infraestructura.

OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

La presente iniciativa busca que las personas que conducen el SITP como conductores, no solo se capaciten sino que se profesionalicen para ejercer la actividad de conducción, dados los altos índices de accidentalidad que se han reportado desde que entró a funcionar el nuevo modelo de transporte masivo en la capital.

En conexidad directa con el primer objetivo que persigue el presente proyecto, está el que los estudiantes que quieran vincularse al SITP como conductores, reciban una opción permanente por parte del Distrito para capacitarse y profesionalizarse para ejercer este oficio ya que puede verse como una fuente de empleo real, dado el crecimiento basto de la flota del SITP y puede servir para brindarle una opción a los jóvenes de Bogotá digna de llevar como estilo de vida al subir el estatus de una mera capacitación de este oficio.

La idea de que se cree la estrategia CONDUCTOR PROFESIONAL, es que a través del desarrollo de la misma se capacite a los asistentes entre otros ítems sobre técnicas de conducción, seguridad del vehículo, conducción segura, prevención de accidentes y conducción racional.

Sin lugar a dudas de la Profesionalización de este oficio, va a surgir la plenitud del conductor, ya que al complementar la experiencia con la instrucción guiada de técnicas esenciales, los conductores del SITP lograrán la concientización, la eficiencia y la eficacia del servicio que tanto espera Bogotá, para que accidentes como los ocurridos durante el tiempo que ha estado en funcionamiento el sistema integrado de transporte no se sigan presentando.

La realización de la presente iniciativa es una gran oportunidad, para potenciar un oficio como el de la conducción, como un sistema dual de capacitación por excelencia que combine de manera menos compleja la integración de la educación y el trabajo, mejorando así la calidad de vida de quienes ejercen este oficio, generando un efecto importante en esta ocupación como una alternativa laboral atractiva.

Fundamentos Constitucionales y Legales

Constitución Política

artículo 19 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 196 del decreto ley 019 de 2012

Artículo 322,

"…A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión de los asuntos propios de su territorio"

Ley 1103 DE 2006

Artículo 4°,

"El Gobierno Nacional especialmente, a través del Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas o vinculadas coordinará la implementación permanente de programas y campañas de educación y capacitación en relación con las normas de tránsito y transporte, seguridad vial y saneamiento ambiental, dirigida a los conductores de servicio público y privado en el país"

Decreto 319 de 2006

Artículo 67.

De la capacitación de los conductores de servicio público.

"La Secretaría de Tránsito y Transporte, en coordinación con la Secretaría de Educación promoverá la realización de programas de capacitación para los conductores de vehículos de servicio público, tendientes a mejorar de manera integral, su formación y competencia, sin perjuicio de la iniciativa que en el mismo sentido y de forma coordinada con esa entidad, realicen las empresas de transporte"

IMPACTO FISCAL

La Administración Distrital asumirá el impacto fiscal del proyecto de acuerdo, esto en concordancia con lo estipulado en el Plan de Desarrollo en su artículo 19 Programa Trabajo Decente y Digno, el cual tiene por objeto construir e implementar una política Distrital de trabajo decente creando las bases institucionales requeridas para poner en marcha estrategias de generación de empleo y formalización laboral pertinentes y eficaces a través de acciones públicas articuladas, procesos de formación y capacitación para el trabajo, intermediación laboral, generación de empleo de emergencia ( democratización de la contratación pública e instrumentos contracíclicos entre otros) y alianzas estratégicas público-privadas, que garanticen la inserción real y efectiva de los trabajadores al mercado laboral, involucrando

COMPETENCIA

Decreto ley 1421 de 1993

Art 3 "OBJETO.  El presente estatuto político, administrativo y fiscal tiene por objeto dotar al Distrito Capital de los instrumentos que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo; promover el desarrollo integral de su territorio; y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Por lo anteriormente expuesto, presento a consideración de los Honorables Concejales el proyecto de acuerdo: "POR EL CUAL, SE PROMUEVE LA CREACIÒN DE LA ESTRATEGIA "CONDUCTOR PROFESIONAL" ORIENTADA A LOS CONDUCTORES DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PUBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL".

Cordialmente,

LILIANA DE DIAGO

JIMENA TORO TORRES

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

NELLY PATRICIA MOSQUERA

CLARA LUCIA SANDOVAL

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

RUBEN DARIO TORRADO PACHECO

SEVERO ANTONIO CORREA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SANDRA JARAMILLO

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO ______ DE 2015

"POR EL CUAL, SE PROMUEVE LA CREACIÒN DE LA ESTRATEGIA "CONDUCTOR PROFESIONAL" ORIENTADA A LOS CONDUCTORES DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL"

El Concejo de Bogotá Distrito Capital

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA:

ARTÍCULO 1.- Créese e impleméntese la estrategia "Conductor Profesional" en la ciudad de Bogotá D.C, dirigido a los conductores del Sistema Integrado de Transporte Público que integran la flota actual o que pretenden integrarla.

ARTÍCULO 2.- La Secretaria Distrital de Movilidad será la encargada en coordinación con la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico de liderar y supervisar la creación de la estrategia "Conductor Profesional".

ARTÍCULO 3.- Las Secretarias Distritales de Movilidad y de Desarrollo Económico, con apoyo de la Secretaría Distrital de Educación, serán las encargadas de determinar el tipo de capacitaciones, la intensidad horaria y la forma de evaluación que se implementará con el fin de fortalecer las competencias laborales de los conductores del Sistema Integrado de Transporte Público, que hacen parte o entrarán a formar parte de la estrategia "Conductor Profesional".

ARTÍCULO 4.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá D.C. a los…. días del mes de… del año dos mil quince (2015).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE