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Proyecto de Acuerdo 349 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO 349 DE 2015

 

“MEDIANTE EL CUAL SE CREA LA BASE DE DATOS DE PERSONAS QUE SE DEDICAN AL OFICIO DE  TAXISTAS

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

1. OBJETIVOS DE LA INICIATIVA

 

1.1 Objetivo General

 

Crear la base de datos de personas que ejercen el oficio de taxistas como herramienta de una gestión pública efectiva 

 

1.2 Objetivos Específicos

 

Los objetivos específicos que persigue el Proyecto de Acuerdo son, principalmente, los siguientes:

 

* Implementar un sistema que permita administrar controlar y vigilar la base de datos de taxistas en busca del mejoramiento del servicio publico

* Establecer sobre la mecanismos que permitan identificar a quienes prestan legítimamente el servicio de transporte para efectos de ejercer control sobre la actividad y garantizar la seguridad de los usuarios

* Garantizar la constancia de los expedientes personales mediante la correspondiente inscripción de los taxistas  como garantía para los interesados dentro del sistema.

* Establecer un mecanismo  de control

* Mejora la transparencia 

* Facilitar la difusión de la  información 

* Combatir la corrupción 

* Fomentar la gobernanza orientada al consenso 

2. ALCANCE DEL PROYECTO 

El presente Proyecto de Acuerdo se enmarca dentro de los temas prioritarios del sector educación

 

3. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA

 

(2) De acuerdo con la legislación que regula la movilidad en la ciudad y la circulación de los vehículos taxi, Proyecto de acuerdo 116 de 2012 “Por medio del cual se establecen los lineamientos para que se creen las zonas seguras nocturnas de taxis en el Distrito Capital” y Proyecto de acuerdo 134 de 2002 “Por medio del cual se reglamenta la prestación del servicio de transporte individual –tipo taxi– y se adoptan otras medidas para el mejoramiento del servicio en el distrito capital”, se puede denotar cuales son las características básicas para la prestación del servicio, que no solo se compone de la presentación física adecuada del vehículo sino de un conductor competente para brindarlo.

 

En la legislación vigente se regula el control y el uso adecuado del vehículo taxi en pro de satisfacer las necesidades y seguridad del usuario, aspecto que debe ser controlado por  parte de las empresas operadoras a la hora de afiliar al vehículo, al propietario y al  conductor. De esta misma forma se exige la organización y el control que permitan mejorar el servicio al cliente y ofrecer no solo agilidad sino seguridad y bienestar.

 

4. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

 

El Concejo Distrital es competente para aprobar la presente iniciativa conforme con lo establecido en el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el cual señala lo siguiente:

 

Artículo 12. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

 

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.”

 

5. MARCO LEGAL

 

La presente iniciativa encuentra respaldo jurídico en las siguientes disposiciones, así:

 

Constitución Política de 1991

 

Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas

 

Artículo 365. De la constitución   los servicios públicos son inherentes a la finalidad del estado de ahí que es un deber de este asegurar su prestación en forma eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

 

La ley 105 de 1993. Reconoce como rectores del transporte público el de la intervención al corresponderle al estado la planeación, el control y  la vigilancia del transporte y las actividades vinculadas a el, el de la seguridad de las personas como prioridad del sistema y del sector transporte y el del acceso al transporte pues el usuario puede desplazarse a través del medio y modo que escoja, en buenas condiciones de acceso, comodidad, calidad y seguridad.

 

Que conforme con lo establecido en el literal C del artículo 3 de la ley 105 de 1993 uno de los principios del transporte público es el acceso al transporte exigiéndole a las autoridades competentes el diseño  y ejecución de políticas dirigidas a fomentar el uso de transporte racionalizando los equipos apropiados de acuerdo con la demanda y propendiendo por el uso de medios de transporte masivo

 

Que la ley 336 de 1996 por la cual se adopta el estatuto nacional de transporte  establece en su artículo 2, que la seguridad especialmente la relacionada con la protección a los usuarios constituye prioridad en la actividad del sector y del sistema de transporte,

 

Que de acuerdo con  lo establecido en el artículo 3  de la mencionada ley, en la regulación de transporte publico las autoridades competentes deben exigir y verificar las condiciones de seguridad, comodidad y accesibilidad requeridas de modo que garantice a los habitantes la eficiente prestación del servicio básico y de los demás niveles que se establezcan para cada modo de transporte.

 

Que de acuerdo con  lo señalado en el artículo 8 de la citada norma: las autoridades que conforman el sector y el sistema de transporte  serán las encargadas de la organización, vigilancia y control de la actividad transportadora dentro de su jurisdicción otorgándose la competencia a las autoridades para aplicar  las restricciones a la iniciativa establecidas en la ley para garantizar la eficiencia del sistema y el principio de seguridad según lo dispone el inciso 3 del numeral 6 del artículo 3 de la ley 105 de 1993

 

6. JUSTIFICACIÓN

El servicio de transporte público de pasajeros en vehículos de tipo individual, llamado taxi, surge como una alternativa de solución a la movilidad de la creciente población de la ciudad de Bogotá. Se han prescrito, para la prestación de dicho servicio, parámetros legales que regulen la circulación de estos vehículos bajo condiciones físicas adecuadas, que permitan al usuario tener seguridad, comodidad y, asimismo, que garanticen su eficiencia. De igual forma, se exige que los conductores sean capacitados por las compañías a las que se encuentren afiliados o vinculados como requisito indispensable para obtener el carné y la tabla de tarifas correspondiente.

A pesar de la existencia de esta regulación, hay vehículos que circulan por la ciudad en pésimas condiciones y los conductores carecen de la capacitación adecuada para prestar el servicio correctamente, lo que deja entrever que se hacen imperativos una organización y un control que direccionen la prestación del servicio y generen conciencia en los agremiados del sector sobre la importancia del usuario

En los últimos tiempos, a través de los medios de comunicación, se ha creado cierto interés por el servicio de transporte público individual que se presta por medio de los taxis en Bogotá. Es frecuente observar opiniones encontradas de usuarios de taxi que manifiestan inconformidad por la falta de regulación y control del servicio; estas razones aumentan la preocupación no solo de las autoridades reguladoras si no de los responsables de la prestación de este servicio

 

Para la mayoría de los operarios de los vehículos de servicio individual de transporte, Los ingresos juegan un papel determinante en la cantidad de horas que se deben trabajar diariamente. Es posible que muchos de ellos realicen largas Jornadas para poder cubrir los gastos del vehículo y generar un salario propio, lo Que conlleva a una sobrecarga laboral que puede afectar la condición física del Operario y, adicionalmente, generar una sobreoferta de vehículos taxi que impacta de forma negativa en el tráfico de la ciudad.

 

“En Bogotá, una ciudad con 7,4 millones de habitantes en 2010, las autoridades no tienen la información básica referente a este sistema de transporte.

 

Variables

 

En el servicio de taxis de la ciudad de Bogotá se evidencia una problemática al no contar con un servicio de calidad acorde con la exigencia del cliente y con el costo del mismo servicio, lo cual ha generado una percepción negativa por parte del usuario. Consideramos que una de las causas principales de esta percepción es la falta de control, organización e implementación de estrategias de servicio al cliente acordes con el consumo masivo del servicio.

 

Un aspecto trascendente en la prestación del servicio de taxi es la seguridad de la ciudad, que no solo compromete al conductor sino al pasajero que hace uso del servicio. En el país, y sobre todo en Bogotá, las tazas de inseguridad son demasiado altas, lo que genera una percepción cada vez más aguda de inseguridad en el momento de tomar el servicio en el caso del usuario y en el instante de acceder a prestarlo en el caso de conductor.

 

Aspectos como la compra de autopartes robadas y el uso de tarjetas de operación y licencias de transito fraudulentas, son reflejo de la falta de regulación y control de este sector del transporte público. Mientras situaciones como esta no tenga correctivos, la percepción de inseguridad no va mejorar. Es propicio establecer control por parte de la Policía Nacional para evitar que los vehículos ilegales circulen por la ciudad.

 

DEBILIDADES ENCONTRADAS EN EL SERVICIO DE TAXI

 

* La percepción de calidad en el servicio no es buena; no se genera una total satisfacción al usuario con respecto al estado del vehículo ni a la disposición del Conductor, partiendo de que la suma de los dos encierra el concepto de calidad.

 

* El servicio al cliente, comprendido como la actitud del conductor, no se considera

Satisfactorio para el cliente.

 

* Se resta importancia al equilibrio que debe existir entre el precio y la calidad del servicio.

 

* La seguridad es un aspecto importante que no genera tranquilidad en el Cliente. Hay constante desconfianza en el uso del servicio.

 

* Las condiciones físicas del vehículo no cumplen con las expectativas del consumidor.

 

* La disposición del conductor genera animadversión en el cliente.

 

* Hay dificultad para adecuar la capacidad transportadora a la fluctuación de la demanda.

 

* La falta de vigilancia y control a los vehículos taxi genera inseguridad en el consumidor

 

ELEMENTOS PARA MEJORA DEL SERVICIO 

* Generar homogeneidad en las características del transporte entre las empresas operadoras. 

* Crear bases de datos asequibles para el cliente, lo que daría al usuario la posibilidad de reconocer, a través de este medio, cuál es un taxi legal y cuál no. 

* Mejorar la selección de los conductores, revisar sus antecedentes y constatar cuál es su nivel de capacitación. 

* Asumir el compromiso, por parte de las empresas operadoras, en cuanto a Control y desempeño de los operarios del vehículo. 

Incentivar el dinamismo en los conductores del sector. 

* Realizar medición de la calidad en el servicio. 

* Realizar medición de la satisfacción del cliente. 

* Generar cultura de servicio. 

Finalmente, se puede concluir que el servicio individual de transporte es una herramienta vital para la movilidad de la ciudad. Dicho servicio, al ser prestado de una manera tan  Informal, tiene falencias en su regulación y estos aspectos son los que generan en el usuario una percepción negativa de este sistema de transporte.

 

Por otro lado, cambiar la percepción de inseguridad es una labor de todos. Como punto de partida, es necesario mejorar la selección de los conductores, revisar sus antecedentes y constatar cuál es su nivel de capacitación. En segunda instancia, la participación activa de controles de seguridad por parte de la Policía Nacional sería de vital importancia para afectar de forma positiva la sensación de seguridad. Finalmente, el registro y el control de los vehículos y conductores, Como bases de datos asequibles para el cliente, generaría en el usuario la sensación de poder reconocer a través de este medio cuál es un taxi legal y cuál no.

 

EL  BASE DE DATOS DE TAXISTAS

 

Se requiere de un gobierno más eficiente para enfrentar estos retos y atender con eficacia los problemas del transporte público expuesto

 

se requiere crear una base de datos  que genere:

 

* Eficiencia y eficacia 

* Capacidad de respuesta 

* Visión prospectiva 

* Considere la agilidad estratégica

Siendo una valiosa contribución a corto y largo plazo en  las gestiones de gobierno.

 

 La base de datos que maximice el impacto de las herramientas de política  y garantice la optimización de un servicio público generando

 

* Transparencia 

* Difusión de la  información 

* Combatiendo la corrupción 

* Fomentando la gobernanza orientada al consenso

En este sentido se alienta a comprometerse con información abierta y transparente, crear un  valor público y se orienta al bienestar de los usuarios

 

Con la base de datos  apoyaremos las reformas del sector y se fomentaremos el buen gobierno  mediante la mejora de la seguridad.

 

Este base de datos centra su atención en mejorar los procesos  integrales y de prestación de servicios más coherentes con la administración y la maximización estratégica de los recursos de información.

 

El entendimiento y la percepción del registro como un todo integral es determinante para el diseño  de  políticas públicas por eso es preciso tener en cuenta el impacto potencial y los atributos subyacentes

 

(1)El registro cumplirá con las siguientes finalidades

 

* Garantizar la constancia de los expedientes personales mediante la correspondiente inscripción como garantía para los interesados dentro del ámbito de inscripción

 

* Disponer de la información  de los taxistas que los responsables del sector necesiten

 Las funciones de la base de datos  serán

 

* Inscribir y anotar los actos administrativos relativos al personal 

*Llevar a cabo las actuaciones precisas para que  los organismos responsables de planificación y gestión  dispongan de la información necesaria para el efecto 

* Desarrollar la gestión informática del sistema de información 

* Impulsar la implantación y desarrollo de procesos informáticos de ayuda a los taxistas 

La base de datos  tendrá un  soporte informatizado que constara de 3 subsistemas:

 

* Base de datos de expedientes 

* Base de datos de gestión 

* Base de datos  de información sobre los taxistas 

Con todos los medios necesarios para: 

* Permitir  la realización de inscripciones 

* Garantizar las certificaciones emitidas 

* Permitir a los órganos competentes en la materia la consulta 

* Recoger  y facilitar la información necesaria 

* Dar cumplimiento a la protección de datos de carácter personal y normativo 

* Permitir a los órganos competente en la materia la consulta de tablas  y formatos utilizando los medios de transmisión electrónica 

* Recoger y facilitar la información necesaria 

(1) Código de personas al servicio de las administraciones publicas 

ISBN-10 84-9725-725-1

 

ISBN-1397884-9725-725-1

 

(2) Universidad de los andes ¡Taxi!: El modo olvidado de la movilidad

7. IMPACTO FISCAL

 

Teniendo en cuenta la Ley 819 de 2003 en su “…Artículo 7º. Análisis del impacto fiscal de las normas. En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo”.

 

El presente proyecto de acuerdo no genera costos fiscales adicionales a los apropiados mediante el Presupuesto de Bogotá, debido a que los eventuales gastos que genere la presente iniciativa se entienden incluidos en los presupuestos y en el Plan Operativo Anual de Inversión de la entidad competente. 

 

Hs. Cs.

 

JAVIER PALACIO MEJÍA

 

CLARA LUCIA SANDOVAL

Concejal de Bogotá

 

Concejal de Bogotá

SANDRA JARAMILLO

 

LUCY  JIMENA TORO

Concejal de Bogotá

 

Concejal de Bogotá

NELLY PATRICIA MOSQUERA

 

SEVERO CORREA

Concejal de Bogotá

 

Concejal de Bogotá

LILIANA DE DIAGO

 

RUBEN DARIO TORRADO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.  Ámbito de aplicación. El presente acuerdo rige en el distrito capital y es de obligatorio cumplimiento para la prestación del servicio público, regula la creación de base de datos  de taxistas

 

ARTÍCULO 2. Crease la base de datos de taxistas el cual será administrado por la secretaria de la movilidad

 

ARTÍCULO 3.  La  base de datos servirá para la   gestión y  sistema de información de las personas que ejercen el oficio de taxistas.

 

ARTÍCULO 4. Los beneficiarios del sistema de información son todos los ciudadanos y los resultados  estarán  publicado en la página den la secretaria de movilidad

 

ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.