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Decreto Local 11 de 2015 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
15/10/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/10/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5698 de octubre 21 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 11 DE 2015

(Octubre 15)

"Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2015, mediante la adición de los excedentes financieros"

EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 372 del 30 de agosto 2010, y,

CONSIDERANDO:

1. Que en cumplimiento de lo establecido en Resolución SHD-000226 de 2014 y la Circular Conjunta No. 02 de 2014, "Guía de Ejecución, Cierre Presupuestal 2014 y Programación Presupuestal 2015 de los Fondos de Desarrollo Local", y una vez revisada la información de Cierre Vigencia 2014 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2015, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2014.

2. Que el Subdirector de Operación Bancaria de la Tesorería Distrital - Secretaria Distrital de Hacienda, reportó a diciembre 31 de 2014 un saldo en caja a favor del FDL de Antonio Nariño de $14.084.839.403,36 saldo que una vez conciliado conjuntamente con la Tesorería Distrital, se estableció que $4.077.020.00, correspondían a cuentas por pagar en poder del Tesorero, determinándose una Disponibilidad neta en Tesorería de $347.088.751,36.

3. Que efectuado el ejercicio de ajuste del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño se determinó una disponibilidad final - excedentes financieros a 31 de diciembre de 2014 de $347.088.751,36.

4. Que el Alcalde Local presentó la solicitud de ajuste al presupuesto 2015 y distribución de excedentes financieros, ante el CONFIS y la Secretaría Distrital de Hacienda con el fin de obtener el concepto favorable.

5. Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, en sesión No.03 celebrada los días 31 de marzo y 01 de abril de 2015, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, mediante Circular CONFIS No. 04 de 2015 emitió concepto favorable al ajuste presupuestal 2015, determinación y distribución de la disponibilidad final - excedentes financieros, presentadas por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local – FDL.

6. Que de acuerdo con las disposiciones contenidas en el numeral 2. de la Circular CONFIS No. 04 de 2015, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal con base en lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto 372 de 2010 y los conceptos y propuestas presentadas por los Alcaldes Locales, distribuyó el monto total de excedentes financieros de la vigencia 2014 correspondientes a los Fondos de Desarrollo Local del Distrito Capital por valor de $54.714.751.207, de los cuales asignó al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño recursos por la suma de $899.960.000, con las destinaciones específicas expresadas en la mencionada Circular.

7. Que el artículo 31 del decreto Distrital 372 de 2010, señala: "ARTÍCULO 31°. Modificaciones Presupuestales: Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes".

8. Que de conformidad con lo ordenado por el literal c), del numeral 2, del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, mediante Acuerdo Local No. 01 de 2015, debidamente sancionado por el Alcalde Local el 26 de agosto de 2015, aprobó las modificaciones presupuestales presentadas por éste Despacho, por concepto de excedentes financieros de la vigencia 2014.

9. Que en este mismo sentido la Resolución SDH - 000226 de 8 de Octubre de 2014, "Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital – Manual Operativo Presupuestal – Fondos de Desarrollo Local – FDL", establece en el numeral 4.2 con respecto a las Adiciones Presupuestales. Adición de excedentes financieros. Una vez aprobada la adición, el Alcalde local expedirá el Decreto de Liquidación del Acuerdo.

10. En mérito de lo anterior, el Alcalde Local de Antonio Nariño,

Ver Decreto Local 12 de 2014

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la Vigencia Fiscal de 2015, y distribuir la disponibilidad final - excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

CODIGO

CONCEPTO

VALOR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

0

2

INGRESOS

899.960.000

2-4-0-

RECURSOS DE CAPITAL

899.960.000

2-4-5-

EXCEDENTES FINANCIEROS

899.960.000

3

GASTOS

899.960.000

.3-3

INVERSION

899.960.000

3.3.1

DIRECTA

899.960.000

3-3-1-14

Bogotá Humana

899.960.000

3-3-1-14-01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación : El ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

552.960.000

3-3-1-14-01-05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

552.960.000

3-3-1-14-01-05-0984

Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad

552.960.000

3-3-1-14-03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo publico

347.000.000

3-3-1-14-03-31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

347.000.000

3-3-1-14-03-31-1001

Gestión y fortalecimiento para la administración local

347.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre de 2015.

GIOVANNI ALEXANDER MONROY PARDO

Alcalde Local de Antonio Nariño

ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5698 de octubre 21 de 2015.