RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 590 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/11/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/11/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5716 de noviembre 18 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 590 DE 2015

 

(Noviembre 17)

 

Por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 175 de 2015

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y,

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 456 de 2015, se adicionó a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría General la función de revisar los convenios y contratos que deban ser suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor y/o el/la Secretario/la General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., cuando estos no conlleven la ejecución de recursos públicos.

Que el artículo de la Resolución 175 de 2015, señala que la revisión de los documentos a los que hace referencia el inciso anterior, está a cargo de la Dirección Jurídica Distrital, por lo cual se requiere armonizar el contenido del artículo 2° ídem, a lo dispuesto por el citado Decreto 456 de 2015.

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

ARTÍCULO  1º.- Modifícar el artículo de la Resolución 175 de 2015, el cual queda así:

“Artículo 2°.- Salvo otras delegaciones efectuadas sobre la materia, la suscripción de los convenios interadministrativos y contratos que no requieran la expedición de disponibilidades presupuestales a cargo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y que por tanto no conlleven la ejecución de recursos públicos, estarán en cabeza del/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y su revisión de legalidad y demás aspectos relativos a la misma, estará a cargo de la Dirección de Gestión Corporativa.”

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo de la Resolución 175 de 2015.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 17 días del mes de noviembre 2015.

 

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

Secretaria General