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CIRCULAR 151 DE 2015 (Diciembre 03)
El Juzgado 32 Civil Municipal de Oralidad de Bogotá ubicado en la carrera 10° No 14 -33 piso 10, en cumplimiento de lo ordenado en auto de 3 de noviembre de 2015, informó a la Alcaldía Mayor de la Ciudad de Bogotá, que se decretó el embargo y retención de los dineros, créditos y demás emolumentos que la empresa VP ENERGY SERVICE COLOMBIA LTOA, identificada con número de Nit. 900.396.091-4, reciba por los contratos y/o convenios suscritos en ejecución o liquidación con la Alcaldía Mayor de Bogotá, limitando la medida en $51 '750.000.m/cte. Por lo anterior, los Organismos o Entidades que mantengan o estén finalizando cualquier tipo de vínculo contractual con la empresa VP ENERGY SERVICE COLOMBIA LTOA, deben poner los dineros adeudados a órdenes del Juzgado 32 Civil Municipal de Oralidad de Bogotá, en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario No. 110012041032 para el proceso No. 11001400303220150091300. Cordial Saludo, MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA Secretaria General
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