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DECRETO 2428 DE 2015 (Diciembre 16) Por el cual se convoca al Congreso de
la República a sesiones extraordinarias EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las conferidas por los artículos 138 y 200
numeral 2 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que según el inciso 3° del artículo 138 de la Constitución Política de Colombia “También se reunirá el Congreso en sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno y durante el tiempo que este señale”; Que de conformidad con el artículo 200 de la Constitución Política, corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso, “convocarlo a sesiones extraordinarias”;
Que corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias para darle continuidad al procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios para el país que deben ser considerados y tramitados en el Congreso de la República;
Que de acuerdo con lo expuesto, DECRETA:
Artículo 1°. Convocase al Honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias desde el 17 y hasta el 22 de diciembre de 2015.
Artículo 2°. Modificado por el art. 1, Decreto Nacional 2429 de 2015. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo 1°, el Honorable Congreso de la República se ocupará de culminar el trámite legislativo de los siguientes proyectos de ley:
* Proyecto de ley número 223 de 2015 Cámara, 174 de 2015 Senado, por la cual se crean y se desarrollan las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social Zidres.
* Proyecto de ley número 159 de 2014 Cámara, 60 de 2015 Senado, por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de diciembre del año 2015
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL MINISTRO DEL INTERIOR
JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS |