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Acuerdo 621 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5741 de diciembre 24 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 621 DE 2015

 

(Diciembre 21)

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ESTRATEGIA “CUIDADORES AMBIENTALES”, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL EN EL DISTRITO CAPITAL”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 70, 71 de la Constitución Política y el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numeral 1


Ver Proyectos de Acuerdo 098, 146280 de 2014, 029,143 y 277 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1º. Créase como un componente del servicio social, la estrategia “Cuidadores Ambientales” en las instituciones educativas distritales, para dar cumplimiento a lo ordenado en la Ley 115 de 1994 y en los términos establecidos en la Resolución 4210 de 1996 del Ministerio de Educación Nacional, o en las normas que las modifiquen, sustituyan o adicionen.

 

PARÁGRAFO PRIMERO: Conforme a su autonomía, cada institución educativa podrá adoptar esta estrategia en sus respectivos Proyectos Educativos Institucionales PEI y Proyectos Ambientales Escolares PRAE.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: La labor que desempeñarán los alumnos de los grados décimo y once procurarán fomentar la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

 

ARTÍCULO 2º. La Secretaría de Educación del Distrito y la Secretaria Distrital de Ambiente, diseñarán la guía para el cuidado del ambiente, que será el soporte de las actividades y programas a desempeñar por los “Cuidadores Ambientales”.

 

De acuerdo con el presupuesto anual asignado, apoyarán y coordinarán la labor que desempeñen los estudiantes que presten este servicio social velando por las condiciones de integridad y seguridad de los estudiantes que se vinculen a esta modalidad de servicio social obligatorio.

 

ARTÍCULO 3º. La Secretaria de Educación del Distrito y la Secretaría Distrital de Ambiente en la organización de la estrategia “Cuidadores Ambientales” incluirán o tendrán en cuenta a las comunidades nativas o ancestrales vinculadas al sistema hídrico de la ciudad, para que desempeñen tareas orientadoras, frente a la conservación del ambiente, a su cuidado y vigilancia. Tales comunidades podrán asesorar los procesos que vayan a ser desarrollados por los Cuidadores Ambientales.

 

ARTÍCULO 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

 

Presidenta

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2015.

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5741 de diciembre 24 de 2015