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Decreto 571 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/12/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5741 de diciembre 24 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 571 DE 2015

 

(Diciembre 22)

 

"Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 327 del 23 de Julio de 2013, "Por medio del cual se crean unos Empleos Temporales en la Planta de Personal de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico. "

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto Nacional 1227 de 2005

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

 

Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico con el propósito de cumplir con los planes y proyectos enmarcados en el Plan de Desarrollo BOGOTA HUMANA definió los siguientes proyectos: 690 Centro de pensamiento en Economía Urbana, 736 Disponibilidad y Acceso a los Alimentos en Mercado Interno a través del abastecimiento, 709 Proyecto Agrario de Sustentabilidad Campesina Distrital, 716 Fortalecimiento de las iniciativas de emprendimiento, 715 Banca para la economía popular, 748 Fomento de la investigación básica y aplicada para fortalecer la productividad empresarial y cooperativa, 752 Bogotá Productiva y Competitiva en la Economía Internacional, 686 denominado Articulación para la generación de trabajo digno y decente, 689 denominado Potenciar zonas de Concentración de Economía popular, 688 Planeación, difusión, seguimiento y evaluación para la garantía de derechos, 429 Fortalecimiento institucional.

 

Que para el desarrollo de los proyectos formulados, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico deberá de manera especial, dar el alcance y la cobertura que requieran estos proyectos con perfiles especializados, destacados y orientados a temas relacionados directamente con el desarrollo económico, por lo que es necesario contar con empleos de carácter temporal.

 

Que el 23 de julio de 2013, mediante Decreto Distrital 327 de 2013, se crearon en la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico 199 empleos temporales.

 

Que el 26 de junio de 2014, a través del Decreto Distrital 261 de 2014, se prorrogaron hasta el 31 de diciembre de 2015, ciento noventa y nueve (199) empleos de planta temporal de la Secretaría de Desarrollo Económico.

 

Que teniendo en cuenta que las necesidades de los empleos temporales, creados por el Decreto 327 de 2013 y prorrogados tal como se ha señalado precedentemente, persisten en la entidad, y se requiere culminar con las metas de los programas, proyectos y planes para los cuales fueron aprobados dichos cargos, se requiere la ampliación del periodo de los empleos temporales de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico hasta el 30 de junio de 2016.

 

Que con base en las facultades otorgadas por el Acuerdo 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, una vez analizada la solicitud de la citada Secretaria, emitió concepto técnico favorable mediante oficio número 2015-E-E 2607 del 29 de octubre de 2015, para la prórroga de los empleos a que se ha hecho referencia con las facultades otorgadas por el Acuerdo 199 de 2005.

 

Que en el mismo sentido, la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto-, emitió certifica (sic) de viabilidad presupuestal mediante oficio número 2015EE288656 del 18 de diciembre de 2015, para la prórroga a que hace referencia el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo  1°.- La planta de personal temporal de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para el cumplimiento del Plan de Desarrollo BOGOTÁ HUMANA creada mediante el Decreto Distrital 327 de 2013, modificado por el Decreto 261 de 2014, corresponde a los siguientes empleos temporales los cuales estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2016 inclusive.

 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

EMPLEOS TEMPORALES

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

27

34

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

4

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

20

26

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

17

38

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

13

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

09

5

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

06

11

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

05

2

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

1

36

TECNICO OPERATIVO

314

20

1

TECNICO OPERATIVO

314

09

35

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

20

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

07

3

 

 

 

199

 

Artículo 2° Las demás disposiciones del Decreto Distrital 327 de 2013 que no han sido modificadas en el presente Decreto continúan vigentes.

 

Artículo3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2015.

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

CARLOS FIDEL SIMANCAS NARVÁEZ

 

Secretario Distrital de Desarrollo Económico

 

HERNANDO VARGAS ACHE

 

Director (E) Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5741 de diciembre 24 de 2015.