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Proyecto de Acuerdo 146 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2002
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC01462002

PROYECTO DE ACUERDO 146 DE 2002

Ver Acuerdo Distrital 075 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2002"

Honorables Concejales:

De acuerdo con lo establecido en los artículos 63, 66 y 71 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, Decreto 714 de 19961, se presenta al Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se incorporan al Presupuesto Anual del Distrito Capital, los recursos obtenidos por: i) Transferencias de la Nación; ii) Convenios y iii) Excedentes Financieros.

De igual manera, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 64º del Decreto 714 de 19962 se presenta una sustitución de recursos al interior del presupuesto de algunas entidades de la Administración Central y de los Establecimientos Públicos.

En el mismo sentido, hace parte de este Acuerdo, según lo establecido en el artículo 63º, numeral a) del Decreto 714 de 1996, un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría de Hacienda.

A continuación se presenta una explicación detallada de los principales aspectos del Proyecto de Acuerdo, con el fin de precisar la modificación presupuestal de ingresos y gastos.

1. ADICIÓN DE INGRESOS Y GASTOS

1.1.INGRESOS

La adición en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos asciende a $49.668 millones (Cuadro 1). De estos recursos, $36.913 millones corresponden a Transferencias de la Nación, $6.950 a Convenios efectuados con las Localidades, y $5.805 a reasignación de Excedentes Financieros liquidados a 31 de diciembre de 2001.

Cuadro 1

PRESUPUESTO ANUAL 2002

ADICIÓN DE INGRESOS

Pesos $

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

18.913.248.975

1. TRANSFERENCIAS NACIÓN - SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

5.615.614.894

Educación

5.615.614.894

2. TRANSFERENCIAS NACIÓN - FONDO NACIONAL DE REGALÍAS

11.637.241.920

Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente

11.637.241.920

3. TRANSFERENCIAS NACIÓN - Otras Transferencias Nación

1.660.392.161

Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente

1.660.392.161

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

30.755.145.744

1. INGRESOS CORRIENTES - NO TRIBUTARIOS - Otras Rentas Contractuales

6.949.790.359

Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud

6.949.790.359

1. TRANSFERENCIAS NACIÓN - OTRAS TRANSFERENCIAS - Fosyga

18.000.000.000

Fondo Financiero Distrital de Salud

18.000.000.000

2. RECURSOS DE CAPITAL - EXCEDENTES FINANCIEROS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

5.805.355.385

Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI

5.805.355.385

TOTAL ADICIÓN

49.668.394.719

El detalle de cada uno de los conceptos que componen la adición de ingresos es el siguiente:

1.1.1. Administración Central

1.1.1.1. Transferencias de la Nación

La adición de ingresos de la Administración Central asciende a $18.913 millones, los cuales se componen de recursos del Sistema General de Participaciones, del Fondo Nacional de Regalías y de Otras Transferencias de la Nación.

a) Sistema General de Participaciones - Sector Educación

Se adicionan $5.616 millones por Sistema General de Participaciones, de los cuales $1.350 corresponden a recursos de libre asignación por Situado Fiscal 2001 certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público que ingresan por el Sistema General de Participaciones componente Educación; $1.750 millones provienen del saldo del Convenio firmado por la Secretaría de Educación Distrital con el Ministerio de Educación (Fondo Prestacional del Magisterio) y $2.515 millones del Sistema General de Participaciones - Programas de Alimentación Escolar.

Los recursos por $1.350 millones correspondientes a libre asignación de Situado Fiscal 2001 fueron certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la Resolución 043 del 11 de enero de 2002.

Con respecto a los recursos destinados a financiar el pago de las mesadas de los pensionados, mediante el convenio celebrado entre la Secretaría de Educación y la Nación - Ministerio de Educación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 12 de agosto, la Nación se comprometió a girar oportunamente al Fondo Territorial de Pensiones Públicas de Bogotá el valor de la nómina de pensionados docentes nacionalizados. En virtud de lo anterior, la adición de recursos por este concepto se ejecutará sin situación de fondos puesto que el Ministerio de Educación los giró directamente al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.

De otra parte, mediante oficio DDT-SFPT-29 del 4 de febrero del 2002 el Departamento Nacional de Planeación comunicó el valor asignado al Distrito por concepto del porcentaje del Sistema General de Participaciones estipulado en el parágrafo 2º del artículo 2º de la Ley 715 de 2001, en el que se ordena que el 0.5% de los recursos del Sistema General de Participaciones se destine a Programas de Alimentación Escolar en los Distritos y Municipios. Este monto asciende a la suma de $3.515 millones, de los cuales se adicionan $2.515 millones y se sustituyen $1.000 millones dentro del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Administración Central.

b) Fondo Nacional de Regalías

El Decreto 748 del 24 de noviembre de 1995 en el artículo 4º establece las fuentes de financiación específica del FONDO TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES - RÍO BOGOTÁ, entre las cuales se encuentran los recursos provenientes de las regalías ordenadas por la Ley 141 de 1994 y transferidas por el Fondo Nacional de Regalías FNR. Estos recursos son de destinación específica, según lo dispuesto en el parágrafo 5 del artículo 1º de la Ley 141 de 1994, y corresponden a cerca del 2.6% del total de los recursos de inversión del Fondo.

En virtud de lo establecido en la Ley 141, la Comisión Nacional de Regalías CNR aprobó mediante Decreto 1049 del 28 de diciembre de 2001 un valor de $11.637 millones para el Proyecto Río Bogotá, componente de gestión ambiental. Los recursos aprobados por la CNR no se tenían previstos en el Presupuesto del 2002 y por tanto, es necesario adicionarlos para esta vigencia.

c) Otras Transferencias Nación

El Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA y la EMPRESA NACIONAL MINERA LTDA. - Minercol suscribieron un convenio por $1.660 millones para la recuperación morfológica y ambiental de la antigua cantera de Soratama ubicada en el territorio del Distrito Capital. Estos recursos serán entregados a la Administración Central Distrital por parte de Minercol, por lo cual deben ser incorporados al Presupuesto de Rentas e Ingresos por el rubro Otras Transferencias Nación.

1.1.2. Establecimientos Públicos

1.1.2.1. Ingresos Corrientes - No tributarios - Rentas Contractuales

La adición del Presupuesto de Rentas e Ingresos del IDIPRON por $6.950 millones proviene de los convenios suscritos por el Instituto con diferentes entidades distritales, como el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD y el Fondo para la Educación y la Seguridad Vial - FONDATT y los Fondos de Desarrollo Local de Barrios Unidos, Antonio Nariño, Puente Aranda, Teusaquillo, Engativá, Fontibón, Tunjuelito, Chapinero, Usaquén y Santa Fe.

1.1.2.2. Otras Transferencias Nación - Fosyga

El Fondo Financiero Distrital de Salud comunicó el pasado 2 de septiembre la asignación, por parte del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, de $18.000 millones conforme a lo establecido en el inciso quinto del artículo 70º de la Ley 715 de 20013, por lo cual es necesario incorporar al presupuesto del Fondo estos recursos.

1.1.2.3. Recursos de Capital - Excedentes Financieros 2001

La adición de Excedentes Financieros por $5.805 millones del Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI cuenta, conforme a lo establecido en el artículo 69º del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto, con la aprobación del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, quien en la reunión No. 8 del pasado 11 de junio, realizó la distribución del total de Excedentes Financieros generados por los Establecimientos Públicos, la Contraloría Distrital y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, al cierre de la vigencia del 2001, por valor de $19.470 millones.

Como parte de esta distribución, el CONFIS dispuso que los recursos por $5.805 millones correspondientes a los Excedentes Financieros generados por FAVIDI fueran reasignados en un 100% a la entidad por ser recursos con destinación específica.

1.2. GASTOS

La adición en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones asciende a $49.668 millones de los cuales, $18.913 millones se destinan a Inversión de la Administración Central y $30.755 millones, a inversión de los Establecimientos Públicos. Los recursos de inversión se adicionan a proyectos enmarcados en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". (Cuadro 2)

Cuadro 2

PRESUPUESTO ANUAL 2002

ADICIÓN DE GASTOS

Pesos $

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

18.913.248.975

INVERSIÓN

18.913.248.975

Secretaría de Educación

5.615.614.894

Departamento Administrativo del Medio Ambiente

13.297.634.081

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

30.755.145.744

INVERSIÓN

30.755.145.744

Fondo Financiero Distrital de Salud

18.000.000.000

Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI

5.805.355.385

Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud

6.949.790.359

TOTAL ADICIÓN

49.668.394.719

A continuación se explican los ajustes al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones que realizará cada entidad:

1.2.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL

1.2.1.1. Secretaría de Educación

Los recursos por $5.616 millones provenientes del Sistema General de Participaciones se adicionan al Presupuesto de Inversión de la entidad y se destinan a financiar los siguientes proyectos:

  • Proyecto 4248 "Subsidios a la demanda educativa". Los $1.350 millones adicionados se destinarán a financiar los componentes: i) crear cupos por concesión, pago de un anticipo al concesionario del Centro Educativo Nebraska para su entrada en funcionamiento a partir de enero de 2003; ii) mantener cupos por concesión, cancelación del anticipo a los concesionarios que administran los 22 colegios nuevos por dicha modalidad para su continuidad en el 2003; iii) mantener subsidios, financiación de la totalidad de los gastos de este componente hasta diciembre 31 de la presente vigencia.
  • Proyecto 4232 "Nómina de centros educativos": La adición por $1.750 millones se requiere para atender compromisos de los Pensionados Docentes Nacionalizados en la vigencia 2002.
  • Proyecto 7361 "Suministro de complementos alimenticios a escolares": Estos recursos se orientarán a la financiación de los refrigerios hasta finalizar el año escolar, brindando cobertura no solo a los niños inicialmente previstos, sino alrededor de 17 mil niños adicionales a la meta establecida, los cuales no cuentan con este beneficio, dado el incremento, por encima de la meta proyectada, de niños matriculados en los Centros Educativos de la ciudad.

1.2.1.2. Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente

Los recursos asignados por el Fondo Nacional de Regalías y los provenientes del Convenio suscrito con Minercol, que ascienden a $13.298 millones, se adicionan al Presupuesto de Inversión del DAMA; estos recursos financiarán los siguientes proyectos:

  • Proyecto 2017 "Construcción y operación de las plantas de tratamiento de El Salitre, Fucha y Tunjuelito" - Río Bogotá. Los $11.637 millones provenientes del FNR serán siempre una garantía de sostenibilidad del proyecto y por tanto, del éxito en la ejecución del mismo.
  • Proyecto 7417 "Manejo ambiental de la minería: recuperación morfológica y ambiental de canteras". Los $1.660 millones asignados por Minercol serán utilizados en la ejecución de las obras correspondientes a la estabilización geotécnica, manejo de aguas y restauración morfológica de la cantera de Soratama. De acuerdo con el artículo 344 del Decreto 619 de 2000 (Plan de Ordenamiento Territorial - POT) es función del DAMA, elaborar la reglamentación para la recuperación ambiental de las canteras clausuradas, basado en los lineamientos establecidos para tal fin en el Protocolo Distrital de Restauración Ecológica.

Tal necesidad se hace evidente desde el Plan Maestro de Gestión Ambiental en el cual se plantea la necesidad de desarrollar un protocolo específico para la restauración de áreas degradadas por minería a cielo abierto, como es el caso de la cantera de Soratama, la cual se encuentra en zona de protección ambiental; la cantera hace parte del área de reserva forestal protectora bosque oriental de Bogotá.

Estos recursos además de permitir la ejecución de acciones para la recuperación de la cantera mencionada, harán posible que se beneficie a la comunidad de las áreas aledañas, como la población estudiantil, dado que se pretende crear un aula ambiental que sirva para fomentar la educación ambiental en el Distrito y en especial, la localidad de Usaquén, sitio donde se encuentra localizada dicha cantera.

Es importante mencionar que la zona es inestable y presenta claras posibilidades de deslizamiento, lo cual repercute en el sistema de drenaje y alcantarillado, afectando a todos los habitantes de la localidad mencionada; más que cumplir con una norma ambiental se requiere proteger a la población de una posible emergencia.

1.2.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

1.2.2.1. Fondo Financiero Distrital de Salud

La adición por $18.000 millones se destinará a financiar los siguientes proyectos:

  • Proyecto 7250 "Aseguramiento y prestación de servicios de salud a la población pobre y vulnerable". Se destinan $16.751 millones provenientes de Fosyga para financiar la actividad 1 del proyecto, denominada "Aseguramiento de la población beneficiaria niveles 1 y 2" para asegurar la contratación con las ARS, con lo cual se brindará continuidad en el servicio, a la población actualmente afiliada al régimen subsidiado.
  • Proyecto 4273 "Fortalecimiento de la salud pública". Los restantes $1.249 millones provenientes de Fosyga se utilizarán para financiar las acciones de promoción y prevención en salud pública dirigidas a la población del Distrito, conforme a lo establecido en el artículo 46º de la Ley 715 de 2001. Estas acciones han comenzado a ser ejecutadas en este semestre por el Fondo Financiero de Salud, de acuerdo a las disposiciones del Acuerdo 229 de 2002 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

1.2.2.2. Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital - FAVIDI

Los recursos adicionados al presupuesto de esta entidad se destinarán a financiar el pago de cesantías parciales y definitivas de los servidores y exservidores afiliados al FAVIDI, las cuales se manejan a través del Proyecto de Inversión 4138 "Pago de cesantías".

1.2.2.3. Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON

La adición de recursos por $6.950 millones dentro del marco de los convenios suscritos entre el IDIPRON con algunas entidades distritales y ciertas localidades, permitirá, mediante la gestión del proyecto 4021 "Generación de empleo como herramienta de recuperación para jóvenes de la calle", ocupar a aquellos jóvenes callejeros, que por su condición de indigencia, son totalmente rechazados por la sociedad en actividades tales como reparcheo de vías en las localidades, recuperación de andenes, mantenimiento de parques y zonas verdes, entre otras.

A través de la ejecución de estos convenios se les ofrece una oportunidad de recuperación, se les motiva hacia un cambio de actitud, se les reintegra a trabajos que resulten compatibles con su condición, brindándoles continúo seguimiento y apoyo para que logren alcanzar un cierto equilibrio en su relación con la actividad laboral y con su entorno familiar, generando a su vez, una relación entre el Instituto y la comunidad de beneficio mutuo, pues la ciudad se ve embellecida por el trabajo realizado al mobiliario urbano, espacios públicos, zonas verdes, zonas comunales y malla vial.

Los recursos adicionados al proyecto permitirán cubrir las erogaciones correspondientes al pago del trabajo de los jóvenes, la compra de los materiales y equipos necesarios, entre otros, requeridos para desarrollar cabalmente las labores objeto de cada convenio.

2. SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS Y MODIFICACIÓN DE FUENTES EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN

2.1. SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS

En el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Sector Central se presenta una sustitución de Recursos de Capital por Transferencias de la Nación que asciende a $25.813 millones, mientras que en algunos Establecimientos Públicos, se disminuyen los Aportes de la Administración Central y aumentan los Ingresos Corrientes y los Recursos de Capital en $3.992 millones. (Cuadro 3)

Cuadro 3

PRESUPUESTO ANUAL 2002

SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS

Pesos $

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

25.813.279.539

DISMINUYE

RECURSOS DE CAPITAL

25.813.279.539

AUMENTA

TRANSFERENCIAS - NACIÓN

25.813.279.539

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

3.992.082.019

DISMINUYE

TRANSFERENCIAS - ADMINISTRACIÓN CENTRAL - Aporte Ordinario

3.992.082.019

AUMENTA

1. INGRESOS CORRIENTES - Otras Rentas Contractuales

450.000.000

2. RECURSOS DE CAPITAL - EXCEDENTES FINANCIEROS

3.542.082.019

NOTA: El detalle de las operaciones al interior del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Administración Central y de los Establecimientos Públicos se presenta en el Cuadro Anexo 1.

2.1.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL

La sustitución de Ingresos por $25.813 millones corresponden a: $23.904 millones del Sistema General de Participaciones, $1.350 millones de un reaforo de la vigencia 2001 por Situado Fiscal y $559 millones del monto adicional asignado por la Red de Solidaridad Social al Departamento Administrativo de Bienestar Social - DABS.

Los recursos sustituidos permitirán hacer un menor uso de los recursos del crédito por $1.000 millones y de otros recursos de capital por $24.813 millones.

A continuación se detallan las fuentes de esta sustitución:

2.1.1.1. Sistema General de Participaciones

. Componente Educación

La sustitución de fuentes por $1.000 millones corresponde, como se anotó anteriormente en la explicación de la adición presupuestal de la Administración Central, al valor asignado en los recursos del Sistema General de Participaciones para Restaurantes Escolares.

. Componente Salud

El DNP mediante oficio DDT-SFPT-29 del 4 de febrero de 2002, comunicó el valor de $247.373 millones del Sistema General de Participaciones para el Sector Salud, cifra que supera en $22.904 millones lo inicialmente presupuestado por la Administración Distrital para el rubro Transferencias Nación.

La sustitución de recursos en el Sector Salud, se complementa con $1.350 millones correspondientes a recursos del Situado Fiscal que no se alcanzaron a incorporar en el presupuesto de 2001, por cuanto para ser ejecutados requerían de concepto técnico favorable del Ministerio de Salud sobre la distribución presentada por la Secretaría Distrital de Salud el cual fue emitido el 28 de enero de 2002.

2.1.1.2. Cofinanciación

Teniendo en cuenta la escasez de recursos del Distrito, el DABS gestionó ante la Red de Solidaridad Social, aumentar el valor que dicha entidad asigna al Distrito por concepto del convenio establecido con el DABS, el cual tiene por objeto "aunar esfuerzos que conllevan a la cooperación y cofinanciación entre la RED y el DABS para ejecutar el proyecto 7217".

Lo anterior permitió la asignación por parte de la Red de $559 millones adicionales a lo programado inicialmente, tal como se certifica en la comunicación suscrita por este organismo el 13 de marzo de 2002.

2.1.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

La sustitución de Ingresos en este sector, como se señaló anteriormente, asciende a $3.992 millones. A continuación se explica la sustitución al interior del presupuesto de las entidades:

2.1.2.1. Fondo de Ventas Populares

La sustitución de fuentes entre las Transferencias de la Administración Central - Aporte Ordinario y los Ingresos Corrientes - Otras Rentas Contractuales por $280 millones solicitada por la entidad, corresponde a un mayor valor originado en la suscripción de dos Convenios entre el Fondo de Ventas Populares y el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén.

En el primer Convenio, el 01 de 2001, el Fondo de Desarrollo Local se compromete a entregar como parte de su aporte al Fondo de Ventas Populares, la suma de $220 millones para que éste se encargue de ubicar en un inmueble en la Avenida 13 No.198-52 de Bogotá, a 50 vendedores de flores del sector de la Autopista Norte Cementerio La Paz; lo anterior se da en el marco de la política de formalización y reubicación de vendedores ambulantes que adelanta la ciudad.

En cuanto al Convenio No.02 de 2001, en este se estipula que el Fondo de Desarrollo Local participa con $60 millones los cuales deben ser ejecutados por el Fondo de Ventas Populares para promover la formalidad de las actividades comerciales de vendedores ambulantes estacionarios de la Localidad de Usaquén.

Con base en lo señalado en los Convenios anteriormente señalados, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén girará al Fondo de Ventas Populares los $280 millones que deben ingresar al presupuesto de la entidad, para lo cual se debe realizar la sustitución de fuentes explicada.

2.1.2.2. Fondo Financiero Distrital de Salud

Se sustituyen en primer lugar, $4.818 millones de Transferencias del Fondo de Solidaridad y Garantías - FOSYGA, los cuales de conformidad con el artículo 50 de la Ley 715 de 2001, están destinados a complementar las apropiaciones necesarias para garantizar la continuidad de la población afiliada al régimen subsidiado por el período octubre 1º de 2002 a marzo 31 de 2003.

En segundo lugar se sustituyen $24.254 millones del Sistema General de Participaciones.

Finalmente, se incluyen recursos por $5.285 millones correspondientes a Excedentes Financieros liquidados a 31 de diciembre de 2001 por el Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS.

De esta manera, los recursos detallados anteriormente, reemplazan la fuente Aporte Ordinario de la Administración Central por $26.357 millones e Ingresos Corrientes por $8.000 millones. Los recursos por $8.000 millones que se tenían presupuestados en el rubro Rentas Contractuales del FFDS por concepto del pago de arrendamientos de los hospitales Suba y Engativá no ingresarán a su presupuesto, en razón a que no se ha terminado la construcción de las sedes de estos dos hospitales.

2.1.2.3. Caja de la Vivienda Popular ($525 millones); Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD ($593 millones); Fundación Gilberto Alzate Avendaño ($22 millones); Orquesta Filarmónica de Bogotá ($300 millones) y Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C. ($4.747 millones).

Las sustituciones mencionadas anteriormente, corresponden a los recursos reasignados por el Consejo Distrital de Política Fiscal CONFIS, en su reunión No. 8 de junio 11 de 2002 por concepto de Excedentes Financieros liquidados por las entidades a 31 de diciembre de 2001. Estos recursos sustituyen en las primeras cinco entidades el Aporte Ordinario de la Administración Central; con estas sustituciones se levantará suspensión en la inversión en dichas entidades hasta por el monto de los excedentes correspondientes. En el caso del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, los Excedentes Financieros sustituyen Recursos Administrados del Fondo, dado que los ingresos de la entidad por concepto de Calcomanías no se ajustan a las expectativas inicialmente programadas.

Es importante precisar que los excedentes financieros liquidados por el IDRD y reasignados por el CONFIS Distrital se originan principalmente en los recursos transferidos por concepto de la participación en el recaudo del impuesto de cigarrillos, los cuales tienen destinación específica.

2.1.2.4. Jardín Botánico "José Celestino Mutis"

La sustitución de fuentes entre las Transferencias de la Administración Central - Aporte Ordinario y los Ingresos Corrientes - Otras Rentas Contractuales por $170 millones solicitada por la entidad, corresponde a un mayor valor proyectado a recaudar por este concepto, en el último trimestre de la vigencia, teniendo en cuenta que a agosto, el rubro presenta una ejecución del 95.16%.

2.2. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES EN LO CORRESPONDIENTE A LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN

La modificación de fuentes en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones asciende, en el Presupuesto de Inversión de la Administración Central, a $25.813 millones, mientras que en el Presupuesto de Inversión de los Establecimientos Públicos es de $3.992 millones. Esta modificación de fuentes permitirá levantar la suspensión de recursos a proyectos enmarcados en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado". (Cuadro 4)

Cuadro 4

PRESUPUESTO ANUAL 2002

MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES

FUENTES DE FINANCIACIÓN

Pesos $

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

25.813.279.539

INVERSIÓN

25.813.279.539

Secretaría de Hacienda

24.254.279.539

Secretaría de Educación

1.000.000.000

Departamento Administrativo de Bienestar Social

559.000.000

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

3.992.082.019

INVERSIÓN

3.992.082.019

Fondo de Ventas Populares

280.000.000

Fondo Financiero de Salud

2.103.058.398

Caja de la Vivienda Popular

524.562.212

Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

592.597.673

Fundación Gilberto Alzate Avendaño

21.863.737

Orquesta Filarmónica de Bogotá

300.000.000

Jardín Botánico "José Celestino Mutis"

170.000.000

A continuación se explican las operaciones al interior del presupuesto de gastos que realizará cada entidad:

2.2.1. ADMINISTRACIÓN CENTRAL

2.2.1.1. Secretaría de Hacienda

La modificación de fuentes por $24.254 millones se realiza al interior del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Ejecutora 02 - Dirección Distrital de Presupuesto por efecto de la sustitución de ingresos referida en el numeral 2.1.1., por lo cual se disminuye la fuente Recursos Distrito y se aumenta Transferencias Nación; esta modificación afecta las Transferencias de Inversión al Fondo Financiero de Salud, conforme a lo explicado en apartes anteriores de esta Exposición de Motivos.

2.2.1.2. Secretaría de Educación

El cambio de fuentes por $1.000 millones permitirá levantar la suspensión de recursos al proyecto 7361 "Suministro de complementos alimenticios a escolares", el cual pasará a financiarse con la fuente Transferencias Nación - SGP - Restaurantes Escolares. Estos recursos hacen parte de los $3.515 millones comunicados por el DNP dentro del programa de Restaurantes Escolares según el parágrafo 2º del artículo 2º de la Ley 715 de 2001.

2.2.1.3. Departamento Administrativo de Bienestar Social

Con el fin de garantizar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Acción 2002, se requiere modificar las fuentes de financiamiento del Presupuesto de Inversión del proyecto 7217 "Atención para el bienestar del adulto mayor en pobreza en Bogotá D.C.", aumentando en $559 millones la correspondiente a Transferencias Nación y disminuyendo la fuente Aportes Distrito en el mismo valor.

La sustitución de los recursos provenientes de la Red de Solidaridad Social permitirá financiar el proyecto, mediante el cual se brinda desarrollo a los adultos mayores a través del fortalecimiento de las redes de solidaridad familiares, barriales y locales y de la concertación intersectorial pública y privada.

Los recursos liberados permitirán alcanzar las metas establecidas en el 2002 en las modalidades que se describen a continuación:

  • Institucionalizada: se presta una atención que satisface las necesidades básicas de los-as beneficiarios-as tales como albergue, alimentación, vestuario, servicios de salud, suministro de medicamentos, rehabilitación física, servicio funerario, ayudas de locomoción, transporte, actividades de desarrollo humano. Para el 2002 se tienen 1.260 cupos de atención.
  • Subsidio Directo a la Demanda: está diseñada para favorecer la autonomía, la autodeterminación, el reconocimiento y el ejercicio de los derechos ciudadanos de los beneficiaros y las beneficiarias. En este contexto se promueve que los comerciantes de las localidades, los particulares y las organizaciones de la sociedad civil sin ánimo de lucro, ajusten y reconviertan sus servicios de acuerdo con las demandas que hacen los adultos y las adultas mayores en función de sus necesidades y capacidad de pago. Para el 2002 se espera contar con 20.100 cupos de subsidio.
  • Desarrollo de actividades de crecimiento personal: desarrollo de habilidades ocupacionales, de autocuidado, de seguimiento a su estado de salud, para adultos-as mayores.

2.2.2. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

2.2.2.1. Fondo de Ventas Populares

La sustitución de ingresos, producto de la suscripción de convenios interadministrativos de cofinanciación entre el Fondo de Ventas Populares y el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, permitirá continuar con la ejecución del proyecto 7081 "Fomento a la organización, formalización y/o reubicación de vendedores ambulantes y estacionarios" el cual beneficiará a 50 vendedores de flores del sector de la Autopista Norte con calle 200, pertenecientes a la Asociación de Expendedores de Flores Autopista Norte. Adicionalmente, mediante actividades de capacitación, se promoverá la formalización de las actividades comerciales de aproximadamente cien (100) vendedores ambulantes y estacionarios de la Localidad de Usaquén. La meta que se busca cumplir consiste en consolidar 5 grupos de vendedores ambulantes y/o estacionarios en proceso de formalización.

2.2.2.2. Fondo Financiero Distrital de Salud

La modificación de fuentes en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría de Hacienda y su reflejo en el Fondo Financiero Distrital de Salud, permitirá levantar la suspensión de algunos proyectos de dicha entidad, dando así cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Acción del Fondo para el 2002, de la siguiente manera:

  • Proyecto 7423 "Promoción de estilos de vida saludables y prevención de enfermedades crónicas" por $462 millones: Los recursos se orientarán a fortalecer modos de vida sanos y a la identificación y control de factores de riesgo para las enfermedades crónicas en la población del D.C.; mediante acciones de coordinación intersectorial y estrategias de información, comunicación y educación, vigilancia y apoyo al diagnóstico de salud.
  • Proyecto 4273 "Fortalecimiento de la salud pública" por $443 millones: Se realizarán actividades tendientes al fortalecimiento de la salud de la infancia, con énfasis en coberturas útiles de vacunación y la reducción de la mortalidad evitable por neumonía y diarrea en los menores de cinco años; información a la comunidad en general, sobre la canalización oportuna de los menores de cinco años a los servicios de salud, brindándoles información a padres y cuidadores sobre el manejo en el hogar de las enfermedades diarreicas agudas y neumonía, sobre el cuidado durante la gestación, parto y posparto y la demanda oportuna a los servicios de salud.
  • Proyecto 7250 "Aseguramiento y prestación de servicios de salud a la población pobre y vulnerable" por $30.582 millones: Con estos recursos se garantiza la contratación con los 22 hospitales de la red adscrita. Así mismo, se financiará el pago de los servicios de urgencias y la contratación del régimen subsidiado.
  • Proyecto 7431 "Mejoramiento de la calidad del espacio público componente vigilancia y control de riesgos ambientales, físicos, químicos y del consumo" por $403 millones: Se continúa con la vigilancia epidemiológica y control de los factores de riesgo físicos, químicos y del consumo, competencia del sector salud, y la sensibilización a la comunidad en general, sobre la importancia de la prevención y control de los factores de riesgo mencionados, para complementar las acciones, que desde el sector salud, se llevan a cabo.
  • Proyecto 7432 "Vigilancia y control de los factores de riesgo ambientales biológicos" por $1.178 millones: Los recursos se orientarán a realizar acciones para la prevención, vigilancia y control de la rabia y otras enfermedades zoonóticas, en especial las transmitidas por pequeños animales.
  • Proyecto 7433 "Familias gestantes componente salud materno perinatal" por $500 millones: Los recursos se utilizarán en la promoción de la salud materna y prenatal, a través de una estrategia intersectorial para la atención integral de adolescentes gestantes y lactantes en instituciones educativas y el incremento de la captación de madres gestantes en el primer trimestre del embarazo.
  • Proyecto 7435 "Redes para la prevención, atención y sanción de la violencia intra familiar, componente fortalecimiento de la salud mental" por $739 millones: Los recursos serán orientados a la promoción y prevención en el modelo de salud mental basado en la comunidad por redes de servicios y a la vigilancia de la violencia familiar y del consumo de sustancias psicoactivas.
  • Proyecto 7425 "Redes sociales y de servicios componente de salud" por $50 millones: Los recursos se destinarán para el fortalecimiento del Centro Regulador de Urgencias, el cual se utiliza para brindar apoyo en salud a la población afectada por emergencias sanitarias y desastres de origen natural o antrópico.

2.2.2.3. Caja de la Vivienda Popular

Los recursos que fueron reasignados a la entidad por concepto de Excedentes Financieros, que serán sustituidos en su presupuesto, se destinarán a financiar el Proyecto de Inversión 3075 "Reasentamientos de familias" para atender inversiones de carácter urgente, en asocio con la Dirección de Prevención y Atención y Emergencias y el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, con lo cual se llevarán a cabo las acciones necesarias con el fin de efectuar la reubicación de un grupo de familias ubicadas en el Cerro del Diamante de la Localidad de Ciudad Bolívar, cuyos espacios habitacionales presentan deslizamientos por la desestabilización de los terrenos, acelerada en los últimos meses por cuenta de la ola invernal.

2.2.2.4. Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

Los recursos sustituidos por $593 millones en el presupuesto de esta entidad, se destinarán a financiar los siguientes proyectos de inversión:

  • 3011 "Desarrollo e Infraestructura de Parques": $393 millones.
  • 3076 "Administración y Sostenibilidad de Parques y Escenarios": $200 millones.

Lo anterior con el fin de atender inversiones de adecuación y mantenimiento de algunos parques y escenarios y así cumplir con los Programas y Proyectos contemplados para este sector en el Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado".

2.2.2.5. Fundación Gilberto Alzate Avendaño

La sustitución propuesta modificará las fuentes de financiación de la entidad en el Proyecto 7031"Realización y coordinación de actividades artísticas, culturales y consolidación de la biblioteca", con lo cual se hace posible la realización de las actividades artísticas y culturales programadas, particularmente la ampliación de la convocatoria artística a través de la realización del salón bienal "Salón del Fuego".

La disponibilidad de los recursos fortalecerá la organización y logística del salón en las siguientes áreas:

  • Realización de una convocatoria nacional que permita ampliar la oferta cultural; para ello se desarrollará una amplia divulgación del evento, lo que implica, entre otros, costos de correo distrital y nacional.
  • Montaje de la exhibición; para ello se habilitarán 15 mts. de plataforma expositiva.
  • Publicación de las memorias y registro pedagógico del evento.

2.2.2.6. Orquesta Filarmónica de Bogotá

Los recursos sustituidos en el presupuesto de la entidad, permitirán el levantamiento de suspensión al proyecto 1147 "Programas Culturales de la Orquesta Filarmónica de Bogotá", para atender las actividades de los programas culturales relacionados con:

  • Conciertos en las localidades. Con una partida de $100 millones se realizarán 40 conciertos, con el fin de ampliar la cobertura de actividades de la Orquesta y llegar específicamente a los niños y adolescentes para cultivar, educar y complementar su formación educativa.
  • Producción de programas de radio y T.V. Para esta actividad se destinarán $45 millones con el fin de continuar con la realización del programa de televisión iniciado hace 29 años y algunos proyectos de radio para difundir la formación cultural en las distintas localidades de la ciudad.
  • Producción discográfica de cuatro volúmenes, denominada "Memorias Musicales Colombianas" por $20 millones destinados a la edición de 3.000 CDs. Así, la Orquesta Filarmónica de Bogotá da respuesta a las aspiraciones del músico colombiano en todos los campos, a la vez que satisface las carencias educativas del ciudadano en el terreno de la música. En gran parte esta producción se destinará a la venta al público, mientras que los CDs restantes serán entregados como material publicitario, entre otros, a instituciones educativas musicales, a grandes figuras de la música nacional y a otras entidades relacionadas con el arte.
  • Talleres instrumentales y clases maestras con músicos extranjeros. Se tienen proyectados 6 talleres por un monto de $20 millones.
  • Conciertos sede alterna. Se realizarán 48 presentaciones en la sala Otto de Greiff, con el objeto de promover nuevos grupos de cámara de música colombiana, con un costo de $40 millones.
  • Libro 35 años de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Para conmemorar el 35º aniversario de la Entidad, se editará esta publicación con un tiraje de 3.000 ejemplares por un valor de $75 millones. Este documento hace parte del material publicitario de la gestión y actividades de la Orquesta y será entregado a diversas entidades y personas relacionadas con el medio artístico musical, para promocionar y difundir las actividades de la entidad.

2.2.2.7. Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.

Como se anotó anteriormente, la sustitución por $4.747 millones se realiza al interior del Presupuesto de Rentas e Ingresos entre los agregados correspondientes a Recursos Administrados por la entidad, en consecuencia, no se afecta la financiación del agregado del Presupuesto de Gastos e Inversiones financiado con dicha fuente, razón por la cual no se contempla esta entidad en el cuadro 4.

2.2.2.8. Jardín Botánico "José Celestino Mutis"

Los recursos sustituidos por $170 millones en el presupuesto de esta entidad, permitirán financiar algunas actividades relacionadas con los siguientes proyectos de inversión, enmarcados dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado":

  • 7278 "Agenda Cultural".
  • 2006 "Conservación y propagación de la flora".
  • 7059 "Planificación y fomento de la arborización de la malla verde urbana, parques y áreas de influencia".

3. TRASLADO PRESUPUESTAL

Se solicita la aprobación de un traslado al interior del Presupuesto de la Secretaría de Hacienda por $10.041 millones. Esta modificación presupuestal se realizará entre los rubros Servicio de la Deuda Interna y Gastos de Funcionamiento, con el fin de cubrir faltantes en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Pensiones Públicas teniendo en cuenta lo siguiente:

Durante el primer semestre de la vigencia la ejecución del rubro intereses del servicio de la deuda interna ha disminuido frente a la proyección inicial del presupuesto 2002. Luego de realizar la proyección de los intereses sobre los Contratos de Empréstito del Distrito Capital - Administración Central, que deben ser cancelados en el período agosto - diciembre de 2002, se obtiene un saldo de apropiación de $10.041 millones que no tendrá ninguna afectación, razón por la cual pueden ser trasladados.

Los recursos a trasladar se requieren para atender las nuevas obligaciones adquiridas por la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Crédito Público- en el marco del Decreto 1150 de 2000 y sus modificatorios. En esta norma se establece que corresponde a Subdirección de Obligaciones Pensionales el reconocimiento de pensiones, el retroactivo generado por dichas pensiones, auxilios funerarios y las reliquidaciones, entre otras, las cuales asumió la Secretaría de Hacienda a partir del 10 de mayo de 2002. Así mismo, con el valor a trasladar se podrá financiar el aumento en la mesada promedio en el presente año y atender todas las obligaciones de la vigencia.

En los anteriores términos se somete a consideración de esa Corporación el Proyecto de Acuerdo "Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2002 y se dictan otras disposiciones", el cual es de suma importancia para el cumplimiento de las metas previstas en el presente año y se enmarca dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo "BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado".

De los Honorables Concejales,

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA BATE

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

Secretario de Hacienda (E)

Anexo: Cuadro No.1. Detalle de la sustitución de Rentas e Ingresos

Elaboró: Martha Yaneth Rodríguez Parra

Revisó: Nubia Yanneth Mahecha Hernández

Carmen Yadira Barrera Morales

Lucy Hernández

Gustavo Adolfo Zapa de la Ossa

Martha Hernández Arango

Aprobó: Héctor Zambrano Rodríguez

Martha Yaneth Veleño Quintero

Notas de pie de página:

1"VI. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES

ARTICULO 63º. De las Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones, según lo siguiente:

a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía.

b) Crédito Adicional. Es la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. En el último caso se crearán nuevos rubros en el Presupuesto Vigente.

c) Cancelación de apropiación. Es la supresión de un rubro del Presupuesto de Gastos. (Acuerdo 24 de 1995, art. 54º.).

ARTICULO 66º. Aprobación de las Modificaciones. El Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital, Proyectos de Acuerdo sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión.

Los representantes legales de los Establecimientos Públicos incorporarán a sus respectivos Presupuestos las modificaciones presupuestales autorizadas. (Acuerdo 24 de 1995, art. 57º.)

ARTICULO 71º. De la iniciativa de los Créditos Adicionales. Los créditos adicionales al Presupuesto de Gastos sólo podrán ser abiertos por el Concejo Distrital a solicitud escrita del Gobierno, por conducto de la Secretaría de Hacienda. (Acuerdo 24 de 1995, art. 62º.)."

2 "ARTICULO 64º. De la Reducción o Aplazamiento de Apropiaciones: El Gobierno Distrital podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, en caso de ocurrir uno de los siguientes eventos:

Que la Secretaría de Hacienda estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos; o que no fueron aprobados los nuevos recursos por el Concejo o que los aprobados fueren insuficientes para atender los gastos a que se refiere el Artículo 347 de la Constitución Política; o que no se perfeccionen los recursos de Crédito autorizados. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones.

El Gobierno Distrital señalará por Decreto las apropiaciones a las que se apliquen las medidas de que trata el inciso anterior y efectuará las modificaciones necesarias en el PAC. El Gobierno Distrital podrá sustituir rentas e ingresos de acuerdo con el comportamiento real del recaudo. (Acuerdo 24 de 1995, art.55º)."

3 "Los recursos de cofinanciación de la Nación destinados a la atención en salud de la población pobre mediante subsidios a la demanda, contribuirán a garantizar la continuidad de la población afiliada al Régimen Subsidiado en la vigencia anterior al inicio del periodo de transición definido en la presente ley, una vez descontados por cada entidad territorial los recursos del Sistema General de Participaciones para salud y los recursos propios destinados a financiar la continuidad de cobertura. El monto excedente deberá distribuirse para el financiamiento de la ampliación de cobertura entre los entes territoriales, de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud."