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DECRETO 071 DE 2016 (Febrero 10) Derogado por el Art. 2, Decreto Distrital 113 de 2017 Por medio del cual se determina la integración del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 DECRETA: Artículo 1°: Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 184 de 2016. El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, así: El (la) Secretario (a) Distrital de Movilidad o su delegado El (la) Secretario(a) Distrital de Hacienda o su delegado El (la) Gerente General de Transmilenio S.A o su delegado El doctor Ruben Dario Lizarralde Montoya El doctor Carlos Alberto Torres Escallón El doctor Andrés Pacheco Rincón Parágrafo Único: El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad. Artículo 2°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 239 del 29 de mayo de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de febrero del año 2016. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor |