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Proyecto de Acuerdo 32 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 032 DE 2016

Ver Acuerdo Distrital 637 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR MEDIO DEL CUAL SE INSTA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A CREAR EL SECTOR ADMINISTRATIVO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD, LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

I. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

El Proyecto de Acuerdo tiene como objeto instar a la Administración Distrital para que en el marco de sus funciones, fortalezca y garantice plenamente el derecho a la seguridad en la ciudad, mediante la estructuración del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad, y la creación de la Secretaría Distrital de Seguridad en Bogotá como cabeza administrativa de este sector.

De este modo, se pretende la modificación estructural del Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia, con el fin de generar una entidad autónoma y específica en la ciudad, para contrarrestar con mayor eficacia y eficiencia administrativa los temas que afectan la seguridad en la ciudad.

II. ANTECEDENTES

La presente iniciativa ha sido presentada por la Bancada Del Partido Social de Unidad Nacional en tres oportunidades diferentes durante el año 2012, bajo los Números 24, 107 y 152, en cabeza del ex Concejal Orlando Parada Díaz.

El Proyecto No. 107 de 2012 contó con ponencia positiva presentada por los Concejales Marco Fidel Ramírez y José Juan Rodríguez. A su vez, el Proyecto No. 152 también contó con una ponencia positiva por parte del Concejal Julio Cesar Acosta.

En las tres oportunidades, el Proyecto de Acuerdo fue archivado por vencimiento de términos para su discusión.

Por otra parte, durante el año 2014 nuevamente se presenta por parte de la Bancada del Partido de la U el Proyecto de Acuerdo. En dicha ocasión, se acumulo por unidad de materia con los Proyectos de Acuerdo 089 y 094, este último presentado por la anterior Administración Distrital. Dentro del análisis y estudio se presentaron Ponencias Positivas por parte de los ex Concejales Yesid García y Sandra Jaramillo, además de la Ponencia Negativa del Honorable Concejal Juan Carlos Flórez.

Cabe resaltar la importancia estratégica para la ciudad que presenta la Creación de la Secretaría de Seguridad en Bogotá, con el propósito de mejorar la situación actual en la materia, así como optimizar los índices e indicadores de seguridad en Bogotá. Tal es así que la anterior Administración Distrital, presentó los Proyectos de Acuerdo No. 111 de 2012 y 094 de 2014, en los cuales se realizaban una serie de ajustes en las funciones y el cambio de denominación de la actual Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia, en concordancia a lo establecido en el Acuerdo 489 de 2012 "Plan Distrital de Desarrollo- Bogotá Humana", artículo 40 ‘Programa Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana’, Proyecto Prioritario 1 ‘Creación y gestión de la Secretaría de Seguridad Ciudadana’.

De esta manera, el Plan Distrital de Desarrollo 2012-2016 planteaba "poner en funcionamiento una entidad distrital del nivel central que se encargue de los asuntos de generación y coordinación de la política para la promoción y la restitución de la seguridad ciudadana"1. En este sentido, las falencias que se presentan actualmente en la ciudad deben ser corregidas, es una responsabilidad de las entidades del Distrito buscar soluciones a la problemática actual. Razón por la cual, en el análisis de los antecedentes, se evidencia como diferentes sectores políticos y sociales de Bogotá, han evaluado la conveniencia de tener una Secretaría de Seguridad en el distrito capital.

II. EXPOSICION DE MOTIVOS

Esta iniciativa está fundamentada en criterios desarrollados por la Bancada del Partido Social de Unidad Nacional, y aunado a la necesidad de garantizar el ejercicio efectivo y el mejoramiento de la percepción ciudadana en materia de seguridad en Bogotá.

La Constitución Política Colombiana en su artículo 88 establece la necesidad para la protección de los derechos e intereses colectivos entre los que se encuentra la seguridad.

"La seguridad es una cuestión teleológica porque necesita siempre de un objetivo. Las preguntas de ¿seguridad frente a qué? y, sobre todo, ¿seguridad para qué?, son esenciales a la hora de diseñar políticas y planes. No existe ni la libertad, ni la seguridad absolutas. La seguridad total es la muerte y la certidumbre total hace el cambio imposible. La vida requiere riesgos. Paradójicamente, el nivel de seguridad de las naciones denota progreso y libertad. La seguridad es una cuestión evolutiva y relativa porque está en constante transformación"2.

La seguridad, como bien público, es responsabilidad primaria del Estado, pero también compete a las autoridades locales, la empresa privada y la sociedad civil.

Una estrategia global frente a la violencia y el delito requiere del fortalecimiento del Estado Social de Derecho, la reforma del sistema judicial y de la policía, de las prisiones, mayores esfuerzos en la prevención, y mayor participación de la sociedad civil.

Al decir que se requiere de una estrategia global, se entiende que la seguridad no sólo tiene en cuenta las causas, efectos y acciones de las organizaciones delincuenciales en el ámbito local, sino que, se deben hacer esfuerzos por comprender en una dimensión macro (social, política, económica, geográfica, psicológica, etc.) los problemas asociados a la seguridad local.

Las acciones necesarias, para individualizar y contrarrestar el delito en Bogotá, no son una tarea fácil, ni administrativa, ni económicamente; pues, la inseguridad trae consigo elevados costos económicos para la sociedad. La investigadora Catalina Bello afirma que "en Colombia cerca del 11.4% del PIB son costos directos de la violencia"3.

La preocupación por la seguridad en todas sus manifestaciones -personal, económica, jurídica, financiera, ambiental, política, etc.- parte de un supuesto de expansión de derechos y libertades que entraña el carácter eminentemente político que le caracteriza; a pesar de ello, el manejo de la misma implica el desborde de gestiones de carácter público administrativo, el contexto de diferentes problemáticas sociales, una análisis económico y el manejo de derechos inherentes a las personas. La seguridad y su ausencia (inseguridad) se determinan objetiva y subjetivamente:

"La seguridad engloba, por lo tanto, dos conceptos: de una parte, el objetivo, que estaría representado por el incremento del delito y, por el otro, el subjetivo que vendría determinado por la sensación de incertidumbre, de riesgo o de miedo que tiene el ciudadano por el desarrollo de lo que se denomina delincuencia ordinaria (en contraposición a la gran delincuencia del tráfico de drogas, de armas y del blanqueo de dinero) y los actos incívicos, diversos y no agrupables bajo una sola categoría"4.

Se infiere como consecuencia, que para una acertada aplicación de políticas públicas sobre seguridad se debe evaluar objetivamente el fenómeno del delito y contextualizarlo, para así determinar los pasos a seguir, requiriéndose la obtención de datos y el desarrollo de un análisis específico, para hacer interpretaciones estadísticas, tomar acciones efectivas y contrarrestar en índices la victimización y la percepción ciudadana frente al delito en la ciudad.

La efectividad al contrarrestar el delito y el miedo de la ciudadanía asociado al mismo, incrementa la calidad de vida de las personas dado que la sensación de inseguridad se "correlaciona con otras inseguridades vitales como la soledad, enfermedad, pobreza, incapacidad física o la falta de recursos culturales"5.

Sobre los fenómenos de la violencia, la criminalidad y el delito, se entiendo que son "complejos, multivariados, expansivos, transnacionales o globalizados, compartimentados, especializados y flexibles"6, por lo que la seguridad debe estar en armonía con actores de diferentes niveles y articulada a las demás políticas públicas (seguridad social, empleo, economía, educación, etc.), sin lo cual es imposible obtener resultados reales y efectivos al respecto.

La profesionalización del delito es uno de los principales desafíos a contrarrestar para América Latina, y Colombia en particular, dado que "la globalización y la delincuencia están asociadas a través de la internacionalización del capital, la generalización del consumo y la unificación de las economías, haciendo que la delincuencia pase a ser una condición de mercado"7.

Como reto local, se debe comprender que el delito responde a especificidades sociales y territoriales, lo cual resulta relevante en centros urbanos que se vienen consolidando como los principales centros de articulación social. Según datos de la ONU, se "calcula que en el año 2020, el 70% de la población mundial vivirá en las ciudades, por lo tanto, la seguridad será, principal y fundamentalmente, ciudadana"8.

Esto implica que en las próximas décadas las ciudades contendrán la mayor cantidad población, controlarán y determinarán la economía mundial, y sobrellevarán la carga de la seguridad ciudadana, esencialmente urbana e indesligable de la seguridad nacional e internacional. Por ello, Bogotá necesita el fortalecimiento de la estructura estatal para que los estándares de investigación, búsqueda, captura y enfrentamiento real de los delitos, sean mucho más eficientes.

Desde diferentes sectores de la ciudad se ha trabajado en el desarrollo de herramientas para solucionar la problemática. Actualmente la seguridad es uno de los temas más sensibles para los ciudadanos y ellos esperan un eficaz respuesta por parte del Estado y del Gobierno. En este sentido, la apuesta de la nueva Administración Distrital, es importante para el desarrollo de las políticas públicas que se aplicaran en Bogotá en los próximos años. Su importancia se evidencia en el discurso de posesión del Alcalde Mayor Enrique Peñalosa al afirmar que:

"Vamos a trabajar por una ciudad segura, en la que sea posible vivir sin miedo y que atraiga inversionistas y turistas. Propondremos la creación de la Secretaría de Seguridad, para emprender un fortalecimiento técnico de nuestra institucionalidad para la seguridad"9 (…) De esta manera, "se pretende combatir las múltiples organizaciones criminales que hacen imposible la tranquilidad ciudadana"10.

Por lo tanto, la creación del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad desde la especificación de funciones técnicas y propias en cabeza de una Secretaría de Seguridad, coadyuvará a generar un canal directo y eficiente para la articulación de estrategias dirigidas a la prevención, atención y manejo oportuno de cada uno de los factores que afectan negativamente la seguridad en la ciudad.

SEGURIDAD EN EL PAÍS Y LA CIUDAD DE BOGOTÁ

La seguridad es concebida como un derecho civil y político ligado a la preservación de la vida, la libertad y la propiedad. UN-Hábitat señala que la seguridad permite "sustentar la protección de la integridad física y moral de las personas" y es un "dispositivo central de política y (…) gobernabilidad de los territorios"11.

Al ser un derecho, se hace imperativo abordarla con tal enfoque. Al hablar de un enfoque de derechos se reconoce que "el objetivo de las políticas públicas es dar cumplimiento al deber de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y que en tal calidad sus titulares pueden exigir tal respeto, protección y realización"12. La no garantía de este derecho trae serias consecuencias para el conjunto social: "limitaciones para la inversión, fuga de cerebros, obstáculos para el desarrollo económico y el desarrollo humano en los territorios y pérdidas de confianza y afectaciones a la paz y la justicia".13

No obstante, la garantía de este derecho requiere un marco político, institucional y administrativo que permita la planeación, implementación y articulación de las acciones que desde el Estado se encaminan a garantizar el mismo. Igualmente, su abordaje requiere la articulación de una perspectiva de la seguridad bajo dinámicas de coerción-prevención.

Esta doble dimensión de la seguridad, cobra una connotación especial en centros urbanos dada la complejidad de las relaciones sociales que allí se desarrollan y de la considerable cantidad de población que cobijan, requiriendo una estrategia global frente a la violencia, donde el fenómeno delictual sea atendido integral y especializadamente. Dicho abordaje debe ir articulado con los lineamientos que se han dado desde el orden nacional, donde se señalan como principales retos en el tema de seguridad y convivencia:

I. Prevenir la aparición de nuevos actores criminales y la reincidencia.

II. Combatir el crimen y la delincuencia organizada.

III. Desarticular mercados de economía ilegal sobre los cuales se constituyen, articulan y consolidan estructuras criminales.

IV. Responder en forma efectiva a las conductas que pongan en riesgo la seguridad individual y colectiva o atenten contra ella.

V. Fortalecer el Estado de derecho garantizando el imperio de la ley y la justicia.

VI. Proteger los derechos individuales y colectivos.

VII. Promover una cultura ciudadana y cívica.

VIII. Promover la legalidad, el respeto y la convivencia como prácticas y valores sociales.14

Estos retos implican un fortalecimiento político-administrativo de la estructura de gobierno de la ciudad, ya que, como lo señala el Departamento Nacional de Planeación –DNP-, en los centros urbanos "se ha concentrado la mayor ocurrencia de delitos tales como hurtos y homicidios, aunado a la incorporación de delincuencia organizada en las grandes ciudades, cuyas manifestaciones se dan desde acciones de carácter terrorista hasta la operación de diversas actividades ilegales relacionadas con el narcotráfico"15.

* La Seguridad en Bogotá

La percepción en temas de seguridad en Bogotá no es la mejor, durante la última administración aún menos pues los índices de robos y demás actos delictivos, aumentaron notablemente. A continuación se mostrarán ciertas cifras reportadas por diferentes medios de comunicación en la ciudad y los índices que fueron calculados por la Cámara de Comercio que presentan los resultados de percepción y victimización en el segundo semestre del 2013 en los temas de seguridad en la ciudad.

En los últimos informes publicados por la revista Semana y diferentes medios de comunicación, indican que la percepción de la ciudadanía no es favorable en este tema,

"Bogotá se rajó en materia de seguridad, aunque se presenta una leve mejoría de cuatro puntos porcentuales frente a la medición anterior. En esta ocasión, sólo el 21% de los encuestados se siente seguro en la ciudad. Las zonas suroccidental y centro junto a los estratos 1 y 2 son los que más se sienten inseguros en sus barrios. En 51 % de bogotanos dicen que el problema más grave de la ciudad son los atracos callejeros"16.

La Cámara de Comercio de Bogotá, realizó la encuesta de victimización y percepción que corresponde al segundo semestre del año 2013, donde se desarrollan en cifras temas de victimización, vulnerabilidad e institucionalización respecto a la seguridad de la ciudad.

Casi el 50% de las personas encuestadas indican que han sido víctimas de algún delito, ya sea de manera personal o por terceros con algún parentesco, el índice de robos para el año 2013 alcanzo más de 25 mil víctimas, la victimización aumento en 7 puntos respecto al primer semestre del año 2013; y lo más grave el 43% de las personas que son afectadas por algún tipo de delito no lo denuncian por diferentes razones, especialmente por la desconfianza en las instituciones y por la demora administrativa en la atención y resultados a favor de las víctimas.

Tomado de Cámara de Comercio de Bogotá. Encuesta de percepción y victimización Bogotá y sus localidades, segundo semestre de 2013. Marzo, 2014. en http://camara.ccb.org.co/documentos/13887_dsc-encuestabogota_iisem13.pdf. Pag, 8.

Tal y como se muestra en la encuesta realizada el 47% de las personas señalan que ellos o personas de su familia han sido víctimas de algún delito en la ciudad, aumentando un 9% frente al índice encuestado en el primer semestre del año 2013 y un 15% aproximadamente frente al índice establecido en el año 2012.

Adicionalmente la cámara de comercio indica un dato relevante frente a lo pretendido por las metas planteadas en el Plan de Desarrollo Distrital y la realidad que hoy indica la victimización de la ciudad, demostrando que el 30% al que se pretendía disminuir este indicador hoy se encuentra 17 puntos más arriba.

La tendencia al alza en materia del delito de hurto a personas en la ciudad, es otro indicador relevante, pues el número de personas víctimas alcanzo para el año 2013 un número mayor al de 25 mil víctimas, demostrando que las problemáticas, económicas y sociales, aunado a la falta de reacción y control de las autoridades, hoy convierten a Bogotá en una de las ciudades con el mayor índice de delitos en el país.

El Espectador, el 5 de marzo de año 2014, realizó un artículo denominado "Los índices de inseguridad en Bogotá", realizando un análisis de las radiografías y riesgos que perciben los ciudadanos.

El delito de hurto- "robo", en los últimos tres años es uno de los que más ha aumentado, y no solo es el robo hacia el individuo, sino que se ha incrementado el robo hacia las residencias, vehículos y locales comerciales.

Fuente: ELespectador.com 2014. Bogotá, 5 de marzo de 2014.

En: http://www.elespectador.com/noticias/bogota/aumentaron-los-indices-de-inseguridad-bogota-articulo-478939

El indicador de los delitos de hurto que son ocasionados en la ciudad, principalmente las víctimas directas son "las personas en un 75%, el hurto a residencias alcanza un 8%, el hurto de vehículos un 5%, el hurto a objetos personales el 4% y el hurto a comercio el 3%"17.

La Encuesta de percepción y victimización, realizada por la Dirección de Gestión de Conocimiento de la Cámara de Comercio, muestran que el nivel de victimización por localidades es más alto en localidades como la Candelaria, Tunjuelito y Santafé. Sin embargo, el porcentaje de victimización en las demás localidades ninguno es menor al 15 %.

Tomado de Cámara de Comercio de Bogotá. Encuesta de percepción y victimización Bogotá y sus localidades, segundo semestre de 2013. Marzo, 2014. en http://camara.ccb.org.co/documentos/13887_dsc-encuestabogota_iisem13.pdf. Pag.12

Otro de los resultados de la encuesta de la Cámara de Comercio , indico que de este índice de víctimas directas, tres de cada cuatro delitos a los que se vieron expuestos, fueron cometidos en espacios públicos; y los de mayor índice son aquellos cometidos en calles o avenidas y en transporte público, von un 54% y un 20 % respectivamente.

La necesidad de crear un Sector Administrativo que se dedique específicamente a temas de seguridad en la ciudad, se demuestra en la falta de confianza y credibilidad de las personas frente a las instituciones y frente las acciones que se desarrollen para atender las víctimas y para sancionar el delito. El porcentaje de denunciantes que consideran necesario notificar la ocurrencia del delito solo alcance a un 35% de las personas encuestadas por la Dirección de Gestión de Conocimiento de la Cámara de Comercio.

El 43% de las personas no realizan las denuncias, por la dificultad de realizarla, por la desconfianza que sienten hacia las instituciones y la ruta de manejo y atención y por la demora en la sanción. En la siguiente gráfica se muestran los 4 resultados otorgados por la Cámara de Comercio, con una base de 1041 victimas, en las que se indica las razones por las cuales los ciudadanos no denuncian ante la autoridad los delitos de los cuales son victimas.

Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá. Encuesta de percepción Y Victimización- Segundo Semestre 2013. Dirección de Gestión de Conocimiento de la Cámara de Comercio.

En consecuencia garantizar la seguridad urbana es una necesidad, que se ha generado por el escenario actual de la ciudad. Garantizar la prevención, la previsión y el control del delito, aunado a los esfuerzos de una mayor credibilidad en los órganos encargados del desarrollo de estas funciones genera la garantía plena del derecho a la Seguridad.

La Dirección Nacional de Planeación, genero un informe en torno a que el desarrollo de la mayor población del país se condensaría en las urbes de las ciudades, por lo tanto, la seguridad urbana debe ser prioritaria para la inversión de recursos, políticas y esfuerzos en torno a la misma.

Siguiendo al DNP, la seguridad urbana tiene que afrontar los siguientes retos:

* El proceso de expansión urbana y el crecimiento económico propio de un sistema de ciudades intermedias y principales, que concentran capital humano, infraestructura y una mayor demanda de empleo, presionan la capacidad de los gobiernos locales en materia de prevención y control de la comisión de delitos y crímenes violentos. También dificultan la prestación de servicios sociales y la regulación del comportamiento ciudadano e integración de los nuevos habitantes que llegan a estas áreas urbanas.

* La capacidad de los grupos armados ilegales de adaptar y transferir sus prácticas criminales a escala urbana, mediante oficinas de cobro, lavado de activos, microtráfico de drogas y venta de armas, piratería terrestre, juegos de suerte y azar, trabajo sexual y préstamos de usura.

* La persistencia de grupos armados ilegales y las falencias en los procesos de desmovilización llevados a cabo por el gobierno nacional.

* Actividades de extorsión directa e indirecta a transportadores, comerciantes formales e informales, casas y apartamentos, y diversas modalidades de secuestro extorsivo en centros urbanos –en particular de corta duración– impactan en forma negativa las condiciones reales de seguridad ciudadana y su percepción.

* Desafíos asociados al comportamiento ciudadano y a la falta de apropiación de los referentes básicos de cultura ciudadana. Entre éstos cabe señalar la condescendencia y, en ocasiones, la complicidad de amplios sectores de la sociedad con actividades ilícitas (por ejemplo, la compra de bienes hurtados, piratas o en sitios de venta ilegal), la comisión de contravenciones, la intolerancia y el incumplimiento de reglas informales de conducta, entre otros, que obligan a una actuación más proactiva del Estado y de la sociedad en este campo18.

Percepción ciudadana frente a la seguridad en Bogotá

El aumento de la participación social por parte de los ciudadanos dentro de los sistemas democráticos, abrió el camino hacia la generación de nuevos escenarios de debate público, en los que confluyen múltiples formas de comunicación e información para la evaluación de los diversos temas relacionados con la gestión de los organismos estatales.

Estas relaciones democráticas entre ciudadanía e institucionalidad, tienen como objetivo la generación de estrategias para el ejercicio efectivo del control ciudadano frente a al funcionamiento de los bienes públicos estatales, entre éstos el bien público de la seguridad. Por ejemplo, cuando la opinión pública evalúa las estrategias implementadas por parte de las autoridades con el fin de reducir los índices de inseguridad en las urbes, se hace una valoración en conjunto de los proyectos institucionales establecidos y el impacto directo que han tenido las medidas adoptadas en los ciudadanos del común.

La recopilación y análisis conjunto de esta información, deriva en la construcción pública de imaginarios sociales que permiten explorar los aciertos y desaciertos en la implementación de las políticas de seguridad en las ciudades (un aspecto que le concierne plenamente a la institucionalidad), y las representaciones que tienen los ciudadanos sobre la ausencia o no de espacios seguros en su cotidianidad (percepción individual de la seguridad).

El cruce de la información entre institucionalidad y ciudadanía frente a temas relacionados con la seguridad pública, es realizada a través de los medios de comunicación mediante la realización de encuestas, estadísticas y entrevistas en momentos coyunturales. De esta manera, se forma una opinión pública generalizada (percepción de seguridad ciudadana) que complementa las cifras oficiales de criminalidad y delitos urbanos.

Así, se plantea que la percepción de seguridad es un aporte importante para que las autoridades competentes formulen políticas públicas dirigidas a solucionar las distintas problemáticas de inseguridad en las ciudades, además abre la posibilidad de construir alternativas para la solución eficiente de los distintos factores que afectan la seguridad pública.

En ese sentido, el diario ADN, indico que si bien la Bogotá Humana ha reducido el índice de homicidios, la inseguridad y la impunidad en nuestra ciudad se ha incrementado notablemente, las encuestas tanto de la Cámara de Comercio, como de Bogotá Como vamos indica el incremento en el porcentaje de víctimas directas de delitos y la alta percepción de impunidad ciudadanos y falta de gestión administrativa por parte de los ciudadanos:

"Dejando por fuera la reducción de los homicidios, se puede asegurar que ha aumentado la inseguridad y la impunidad, si se tiene en cuenta que:

Según la Encuesta de la Cámara de Comercio, durante el último año de la pasada Administración la victimización paso del 49% en el segundo semestre del 2010 a 20% en el mismo periodo del año 2011, mientras que durante el 2012 y primer semestre de 2013 de este gobierno aumento a 38%.

Según la encuesta de Bogotá Cómo Vamos, el 70% de los ciudadanos cree que hay una baja probabilidad de sanción a los delincuentes y solo el 10% cree que hay una alta probabilidad"19.

Estas condiciones de ciudad, implican la necesidad en la construcción de una estructura que haga de la seguridad un asunto prioritario para garantizar la gobernabilidad democrática de Bogotá, la cual se ve amenazada por la multiplicación y profesionalización del delito, por el índice económico negativo, por la toma de decisiones político- administrativas y por los nuevos contextos socioculturales que se desarrollan en Bogotá.

La evolución del aparato estatal, y específicamente del Distrital, ante el desarrollo actual de las dinámicas delictivas, buscando el fortalecimiento de los componentes de acción e inteligencia que disminuyan la criminalidad y fortalezcan los esquemas de articulación institucional.

Las denuncias, los registros, la investigación y el seguimiento en torno a los delitos ocurridos en Bogotá, son fundamentales para la formulación de políticas públicas y el diseño de estrategias que generen resultados óptimos y eficaces, de percepción y disminución del índice que hoy afronta la ciudad.

La Secretaría de Seguridad en la ciudad, formulara las líneas estratégicas y tácticas para la toma de decisiones en materia de seguridad en Bogotá, enmarcada en un análisis específico contextualizado del delito y de los agentes generadores del mismo. La articulación de una entidad distrital específica y la Policía de Bogotá generaría una atención prioritaria y una mayor confianza en la celeridad de los procesos administrativos asociados.

Igualmente la necesidad de interacción y de comunicación entre quien es víctima y quien atiende la problemita (El Estado), es fundamental que el aparato administrativo fortalezca la interacción con los ciudadanos. En consecuencia, la nueva estructura debe fomentar el empoderamiento y corresponsabilidad ciudadana para el disfrute y garantía del derecho a la seguridad, donde la construcción de las políticas en la materia, deba ser democrática y transparente ante los habitantes de la ciudad y coherente con las realidades territoriales.

Ante estos grandes desafíos en el abordaje de la seguridad, se hace indispensable elevar el manejo del tema en la agenda pública, para lo cual resulta pertinente e imperativo constituir un sector administrativo especializado en seguridad con una entidad cabeza de sector responsable de la planificación de las acciones públicas, tanto en prevención como en el control, elevando su efectividad.

Necesidad de un Nuevo Sector

En la actualidad, la seguridad es asumida misionalmente por la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia a través de su Subsecretaria de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad, y por el Fondo de Vigilancia y Seguridad, encontrándose dos situaciones a replantear en este esquema:

* Establecer la seguridad como un tema de ciudad, cuyo tratamiento prioritario no se diluya entre los diversos temas que hoy están a cargo de la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia. La seguridad requiere un tratamiento especializado al ser una de las funciones principales del Estado, y más aún en centros urbanos como Bogotá, cuya dinámica poblacional y social se acrecienta y complejiza rápidamente.

* Superar la dispersión de las estructuras que manejan la seguridad en la ciudad, logrando una armonización de los esquemas políticos, administrativos y operativos, que unifique los criterios de acción y aseguren la efectividad de los planes y programas.

En el Acuerdo 489 de 201220, se plantea en el artículo 40 "Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana", la necesidad de la creación y gestión de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, con el objeto de poner en funcionamiento una entidad distrital a nivel central que se encargue específicamente de los asuntos de seguridad de la ciudad.

Tomado de: http://idrd.gov.co/sitio/idrd/Documentos/PLAN-DESARROLLO2012-2016.pdf.

El impacto de este cambio podría evidenciarse, a corto plazo, en dos aspectos fundamentales. En primera instancia, la ganancia en términos de efectividad y operatividad que sería inmediata, al tener un responsable distrital de la articulación interinstitucional y con la ciudadanía, con relación a políticas, diagnósticos y operativos en materia de seguridad y convivencia.

Y por otro lado, la Secretaría Distrital de Seguridad integraría y fortalecería las competencias hoy desarrolladas por la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y la Seguridad y el Fondo de Vigilancia y Seguridad.

En este marco, la principal tarea de la Secretaría de Seguridad sería la formulación, ejecución y evaluación de políticas, planes y programas encaminados a preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público en la ciudad. Además de generar decisiones normativas, administrativas y operativas que fortalezcan institucionalmente y garanticen la preservación de la seguridad y el orden en Bogotá.

III. FUNDAMENTO JURÍDICO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Artículo 88. La ley regulara las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad (…)

MARCO LEGAL

LEY 4 DE 1991 - POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE ORDEN PÚBLICO INTERNO, POLICÍA CÍVICA LOCAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

Artículo 1º.Informes Generales de Orden Público. Los Alcaldes deberán enviar informes sobre la situación general del orden público al correspondiente Gobernador, Intendente o Comisario, relacionados con la seguridad, tranquilidad y salubridad. La periodicidad de los informes será fijada por los Gobernadores, Intendentes y Comisarios. Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios y el Alcalde Mayor de Bogotá, deberán enviar al Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Gobierno, informes similares sobre la situación del orden público en su correspondiente jurisdicción. Dichos informes versarán sobre las situaciones gestadoras o fomentadoras de perturbaciones del orden público con precisión de las medidas que se han tomado y de las que deban tomarse, para conjurar la situación, así como la solicitud precisa de la ayuda o colaboración que sea necesaria.

Artículo 2º. Informes Especiales de Orden Público. La obligación de rendir informes periódicos, no exime a los funcionarios respectivos de la obligación de remitir informes especiales cada vez que ocurran alteraciones del orden público que lo ameriten.

Artículo 9º.Normas de Orden Público en lo Municipal. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores y para efectos de la conservación del orden público, las órdenes y decretos del Alcalde en materia de policía, serán de aplicación preferente a las disposiciones y medias que adopten los inspectores y demás autoridades de policía de su jurisdicción.

Artículo 10º.El Alcalde Como Jefe de Policía. El Alcalde es el Jefe de Policía en el Municipio y el responsable de la preservación y mantenimiento del orden público en el mismo, con sujeción a lo dispuesto en esta Ley. Para el cumplimiento de lo anterior, el Alcalde deberá dictar las medidas de orden público que sean requeridas por el Presidente de la República, por el Gobernador, Intendente o Comisario, y las que considere indispensables cuando la necesidad lo exija o las conveniencias públicas lo aconsejen.

DECRETO 1355 DE 1970 CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA.

ARTICULO 1º - La policía está instituida para proteger a los habitantes del territorio colombiano en su libertad y en los derechos que de ésta se derivan, por los medios y con los límites estatuidos en la Constitución Nacional, en la ley, en las convenciones y tratados internacionales, en el reglamento de policía y en los principios universales del derecho.

ARTICULO 2º . A la policía compete la conservación del orden público interno. El orden público que protege la policía resulta de la prevención y eliminación de las perturbaciones de la seguridad, de la tranquilidad de la salubridad y la moralidad públicas. A la policía no le corresponde remover la causa de la perturbación.

ARTICULO 3º . La libertad se define y garantiza en la Constitución y en las convenciones y tratados internacionales y la regulación de su ejercicio corresponde a la ley y a los reglamentos.

ARTICULO 4º . En ningún caso la policía podrá emplear medios incompatibles con los principios humanitarios.

ARTICULO 5º . Las normas y los servicios de policía son medios para prevenir la infracción penal. En el ejercicio de la función punitiva del Estado, la policía es auxiliar técnico.

ARTICULO 6º .Ninguna actividad de policía puede contrariar a quien ejerza su derecho sino a quien abuse de él

ACUERDO 79 DE 2003 "POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE POLICÍA DE BOGOTÁ D.C."

ARTÍCULO 1.- Principios y valores fundamentales para la convivencia ciudadana: Este Código comprende las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia ciudadana. Está fundamentado en los siguientes principios y valores:

1.1 PRINCIPIOS GENERALES DEL CODIGO: Son principios generales de este Código:

1. La supremacía formal y material de la Constitución;

2. La protección de la vida digna;

3. La prevalencia de los derechos de las niñas y los niños;

4. El respeto a los derechos humanos;

5. La búsqueda de la igualdad material;

6. La libertad y la autorregulación;

7. El respeto mutuo;

8. El respeto por la diferencia y la diversidad;

9. La prevalencia del interés general sobre el particular;

10. La solidaridad;

11. La eficacia;

12. La moralidad;

13. La economía y celeridad;

14. La imparcialidad y publicidad;

15 El principio democrático.

1.2 VALORES FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA: Son valores fundamentales para la convivencia ciudadana:

1. La corresponsabilidad entre los administrados y sus autoridades para la construcción de convivencia;

2. El sentido de pertenencia a la ciudad;

3. La confianza como fundamento de la seguridad;

4. La solución de los conflictos mediante el diálogo y la conciliación;

5. La responsabilidad de todos en la conservación del ambiente, el espacio público, la seguridad y el patrimonio cultural;

6. El fortalecimiento de estilos de vida saludable;

7. El mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo humano sostenible, la vocación de servicio y el respeto de las autoridades distritales.

TITULO III - DERECHOS Y LIBERTADES CIUDADANOS

ARTÍCULO 3.- Los derechos y las libertades de las personas en el Distrito Capital de Bogotá. Las personas en el Distrito Capital de Bogotá podrán ejercer los derechos y las libertades, con fundamento en la dignidad humana, establecidos en la constitución y en las leyes y los contenidos en los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Colombiano, con la debida garantía por parte de las autoridades y de las demás personas.

TÍTULO V. DEBERES DE LAS AUTORIDADES DE POLICÍA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ

ARTÍCULO 5.- Deberes de las autoridades de Policía del Distrito Capital.Son deberes de las autoridades de Policía del Distrito Capital:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los Acuerdos Distritales, los reglamentos y las demás disposiciones distritales;

2. Promover y garantizar el cumplimiento de las reglas de convivencia ciudadana;

3. Dar atención prioritaria a las niñas y los niños, a los adultos mayores, mujeres gestantes y a las personas con movilidad reducida o disminuciones físicas, sensoriales o mentales;

4. Atender con prontitud las quejas reportadas y las sugerencias de la ciudadanía;

5. Prevenir la realización de conductas contrarias a la convivencia ciudadana y emplear la fuerza cuando sea estrictamente necesario para impedir la perturbación del orden público y para restablecerlo, de acuerdo a la Ley;

6. Difundir los derechos humanos y las normas del derecho internacional humanitario y propender por su cumplimiento.

DEBERES Y COMPORTAMIENTOS PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA

ARTÍCULO 6.- Deberes generales para la Convivencia Ciudadana. Los deberes generales de las personas en el Distrito Capital de Bogotá, establecidos en algunas disposiciones de este libro, también tienen una finalidad pedagógica.

ARTÍCULO 7.Comportamientos que favorecen la Convivencia Ciudadana. Los comportamientos que favorecen la convivencia ciudadana, establecidos en algunas disposiciones de este libro, tienen una finalidad pedagógica, preventiva y reparadora, y deben ser observados por todas las personas en el Distrito Capital de Bogotá. Sólo en caso de inobservancia, darán lugar a la aplicación de las medidas correctivas pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Libro Tercero, Título III de este Código.

ARTÍCULO 8.- La solidaridad como elemento esencial de la convivencia. La convivencia ciudadana implica el compromiso, por parte de las personas, de prestarse apoyo entre sí y, sobre todo, de ayudar a las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Son deberes generales de las personas en el Distrito, para fortalecer la solidaridad, entre otros, los siguientes:

1. Asistir a quienes lo requieran por su edad, su estado físico o por circunstancias de vulnerabilidad;

2. Realizar las acciones necesarias para prevenir los accidentes que puedan causar daño a alguien;

3. Auxiliar a la víctima en caso de agresión o atentado contra ella o sus bienes y comunicar lo sucedido a las autoridades;

4. Suministrar los medios necesarios de comunicación y transporte, según sea el caso. En situaciones en que el personal especializado en emergencias lo solicite, suministrar los medicamentos o el instrumental de que se disponga;

5. Colaborar con las autoridades cuando éstas lo soliciten y en situaciones de emergencia que requieran ayuda solidaria;

6. Colaborar con las entidades públicas o privadas que tengan como objeto la protección de las personas cuyos derechos hayan sido vulnerados o se encuentren en situación de vulnerabilidad;

7. Apoyar a quienes lleguen al Distrito Capital de Bogotá en situación de desplazamiento forzado, para que puedan acudir a las autoridades nacionales y distritales e integrarse a los programas que tengan esta finalidad, indicándoles la obligación de registrarse en la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Red de Solidaridad Social, la Personería Distrital o la Unidad de Atención Integral al desplazado;

8. Comunicar a las autoridades de Policía los actos que atenten contra las redes de servicios públicos y demás bienes y elementos del espacio público;

9. Colaborar con las autoridades y la comunidad en las acciones tendientes a preservar la seguridad ciudadana;

10. Apoyar a quienes lleguen a la ciudad, sin el conocimiento de ella, orientándolas en su ubicación y movilidad.

TITULO II. PARA LA SEGURIDAD

ARTÍCULO 14.- La seguridad como elemento esencial de la convivencia. Las personas en el Distrito Capital de Bogotá tendrán mayor seguridad si se respeta a las personas, el domicilio, las cosas, los elementos, los equipos y la infraestructura para los servicios públicos, se toman precauciones en los espectáculos públicos y en las actividades peligrosas para evitar daños a los demás, se previenen incendios, se observan las normas de protección en las construcciones y, en general, se evitan las prácticas inseguras.

Son deberes generales para garantizar la seguridad, entre otros, los siguientes:

1. Prevenir los accidentes de las niñas y los niños, las jóvenes y los jóvenes, tomando las precauciones necesarias para su seguridad;

2. Acudir a los mecanismos para la solución de conflictos diseñados por la Constitución y la Ley, buscando siempre construir soluciones acordadas, amigables o conciliadas, sin utilizar armas ni agresión física o verbal, ante cualquier conflicto de convivencia;

3. Mantener en buen estado las construcciones propias;

4. Cumplir las normas de seguridad y prevención contra incendios y demás situaciones que puedan atentar contra la seguridad en el espacio público, en los establecimientos comerciales y en los sitios abiertos al público;

5. Prevenir accidentes o atentados contra las cosas;

6. Dejar a las niñas y los niños menores de doce (12) años bajo el cuidado de una persona mayor, cuando los padres o sus representantes deban ausentarse de la casa, y

7. No causar daño a los bienes del espacio público y repararlos en forma inmediata cuando se cause.

ARTÍCULO 15.- Comportamientos que favorecen la seguridad de las personas. Existe seguridad para las personas, cuando se previenen los riesgos contra su integridad física y moral, su salud y tranquilidad. Se deben observar los siguientes comportamientos que favorecen la seguridad de las personas:

1. Cuidar que la colocación de materas, jaulas u objetos similares en ventanas o balcones exteriores, no cause riesgo a quienes transitan por el espacio público o al interior de la copropiedad;

2. Permitir el tránsito de peatones y vehículos en las vías públicas y no obstaculizar su paso sin justa causa, atendiendo las normas que en materia de señalización tránsito y transporte rigen la materia;

3. Respetar los horarios establecidos por las autoridades para los sitios públicos o abiertos al público y los horarios establecidos para la recreación y actividades nocturnas;

4. Respetar los sistemas de alarma o emergencia de vehículos, residencias, edificios, establecimientos comerciales y en general de cualquier sitio público o abierto al público;

5. Revisar periódicamente el funcionamiento de los ascensores y mantener en lugar visible el manual de Procedimientos para emergencias. Cuando éstos no funcionen o estén en reparación o mantenimiento, colocar un aviso de advertencia claro y visible. Este comportamiento de convivencia será responsabilidad de los administradores de los distintos inmuebles;

6. Avisar a las autoridades cuando una persona haya sido lesionada o que haya fallecido por esa causa;

7. Respetar las señales que las autoridades o los particulares coloquen para advertir algún peligro;

8. Cumplir los reglamentos de prevención y seguridad establecidos, y tener los permisos correspondientes cuando fuera necesario transportar ganado o cualquier tipo de animales;

9. Dar aviso inmediato a las autoridades, para que tomen las medidas que sean del caso, de acuerdo con lo dispuesto por el Código Penal, cuando exista sospecha de que se pueden realizar actos violentos o que provoquen o mantengan en estado de zozobra o terror a la población o a un sector de ella, o que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de la población, de las edificaciones, medios de comunicación, transporte, procesamiento o conducción de fluidos o fuerzas motrices y alertar a quienes puedan resultar afectados por ellos;

10. Atender las recomendaciones del Cuerpo Oficial de Bomberos en materia de prevención y seguridad para el manejo de desechos de productos químicos y materiales inflamables;

11. No portar ni manipular armas, municiones, sustancias peligrosas o explosivas, sin el permiso de la autoridad competente y no dejarlas al alcance de menores de edad o personas inexpertas;

12. No participar ni propiciar riñas o escándalos. En caso de que llegaren a ocurrir, procurar mediar o avisar de inmediato a las autoridades;

13. No exhibir objetos peligrosos para la integridad física con la finalidad de causar intimidación, salvo en casos de legítima defensa;

14. Permitir en los espectáculos públicos y en las edificaciones, el paso por las vías o puertas de acceso, de salida o de emergencia, en las escaleras y en los pasillos;

15. No permitir por parte de los propietarios, tenedores y cuidadores, que los semovientes vaguen por el espacio público;

16. No propiciar riñas de animales fieros y razas consideradas como peligrosas, excepto las riñas de gallos y la fiesta taurina;

ACUERDO 489 DE 2012 - POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C: 2012-2016- BOGOTÁ HUMANA

Artículo 40. Programa fortalecimiento de la seguridad ciudadana Este programa vincula los proyectos considerados estratégicos para la seguridad ciudadana, en coordinación interinstitucional con operadores de justicia y de seguridad, la nación, la región, el departamento y las localidades.

Las principales acciones a desarrollar están orientadas a dotar e implementar nuevos equipamientos y medios de seguridad, defensa y justicia y sostenibilidad, y hacer mantenimiento a los existentes; proveer medios de transporte, tecnologías de la información y logística; producir información y conocimiento en relación a la situación de la seguridad y convivencia en la ciudad; consolidar el sistema único para emergencias y seguridad −NUSE-123−; y, actualizar el plan maestro de equipamientos de seguridad, defensa y justicia, en la perspectiva de darle coherencia a través de la creación de la Secretaria de Seguridad Ciudadana.

Los proyectos prioritarios de este programa son:

1. Creación y gestión de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

El propósito de este proyecto es poner en funcionamiento una entidad distrital del nivel central que se encargue de los asuntos de generación y coordinación de la política para la promoción y la restitución de la seguridad ciudadana. En concordancia con ello, en el Acuerdo correspondiente se determinará la conformación del sector seguridad en el distrito. En concordancia con ello, en el Acuerdo correspondiente se determinará la conformación del sector seguridad en el distrito. Se espera, así, generar decisiones normativas, administrativas y operativas para la preservación de la seguridad y el combate y disuasión del crimen y el delito, y en consecuencia su disminución.

2. Mejoramiento de las condiciones de operación para la seguridad y la convivencia en la ciudad.

Mediante este proyecto se desarrollarán e implementarán nuevos equipamientos para la seguridad, defensa y justicia, al igual que se proveerá mantenimiento a los bienes y servicios ya existentes, principalmente para favorecer la estrategia del plan cuadrantes. De manera adicional, se incrementará la capacidad de movilidad destinada a la seguridad ciudadana; se modernizará e integrará la plataforma tecnológica del sistema integrado de seguridad y emergencias; se implementarán programas logísticos y operativos para la seguridad ciudadana; y se capacitará y formará a la fuerza pública y a los operadores de justicia, con el fin de mejorar sus competencias.

3. Fortalecimiento del sistema integrado de seguridad y emergencias - NUSE 123. A través de este proyecto se actualizará la plataforma tecnológica y operativa del NUSE para ofrecer una respuesta eficiente y rápida de las entidades que se encuentran adscritas en el sistema para la prevención, atención y despacho de recursos, lo que permitirá brindar una adecuada respuesta en situaciones de urgencias, emergencias y desastres; así como en eventos que involucren situaciones alrededor del tema de seguridad que ocurran en el distrito.

4. Articulación de la política de seguridad distrital con la nacional. Los programas de seguridad de la ciudad se articularán con el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana y el Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes (PNVCC).

IV. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTÁ

En este contexto es claro que esta corporación tiene la competencia necesaria para aprobar la presente iniciativa, dentro de lo dispuesto en el Decreto 1421 De 1993

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Estado (…).

V. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo de la ley 819 de 2003 el presente proyecto de acuerdo no ocasiona costo fiscal alguno, debido a que las medidas que se proponen, instan a la administración a la creación de una entidad acorde los preceptos establecidos en el Plan Distrital de Desarrollo.

La Ley 819 de 2003 "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones", el presente proyecto de acuerdo no presenta impacto fiscal y no genera gastos diferentes a las inherentes al desarrollo de las funciones constitucionales y legales de las entidades comprometidas.

Cordialmente,

PATRICIA MOSQUERA MURCIA

RUBEN TORRADO PACHECHO

Honorable Concejal

Honorable Concejal

DAVID BALLÉN HERNÁNDEZ

RICARDO CORREA MOJICA

Honorable Concejal

Honorable Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No 032 DE 2016

"POR MEDIO DEL CUAL SE INSTA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A CREAR EL SECTOR ADMINISTRATIVO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD, LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial conferida por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Creación del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. Créese el Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad.

ARTÍCULO 2. Misión del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad en el Distrito, tiene la misión de velar por la promoción y garantía de los derechos a la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos, fortalecer el ejercicio de la ciudadanía y el orden público y velar por el respeto de los Derechos Humanos en esta materia.

ARTÍCULO 3. Naturaleza, objeto y funciones básicas de la Secretaría Distrital de Seguridad. La Secretaría Distrital de Seguridad es un organismo del sector central, con autonomía administrativa y financiera, que tiene por objeto liderar y orientar la formulación, seguimiento y ejecución de las políticas encaminadas a la promoción y garantía de los derechos de la ciudadanía en materia de seguridad. Este objetivo se desarrolla a través de la promoción, prevención, protección y garantía de la seguridad ciudadana, el ejercicio de la ciudadanía, y el orden público; así como la coordinación del sistema de justicia policiva, la intervención directa de las causas y manifestaciones del delito, la acción eficaz contra el crimen organizado y el terrorismo, y la coordinación de las políticas públicas en materia de seguridad en sus distintos niveles.

La Secretaría Distrital de Seguridad, además de las funciones generales contenidas en el Artículo 23 del Acuerdo 257 del 30 de 2006, tendrá las siguientes funciones básicas:

a) Dirigir y coordinar la formulación, implementación y evaluación de políticas, planes y programas encaminados a preservar la seguridad, los derechos humanos y el orden público en la ciudad.

b) Articular las iniciativas y procesos ciudadanos encaminados a la prevención y disuasión del delito a través de los mecanismos de participación popular que se consideren pertinentes.

c) Promover la celebración de acuerdos entre los sectores público y privado para la solución integral de problemas que afectan la seguridad, la convivencia ciudadana y el orden público, además de velar por su efectivo cumplimiento.

d) Liderar y promover las actividades desarrolladas por la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana de Bogotá.

e) Formular, implementar y evaluar el Plan Integral de Seguridad Distrital y apoyar a las localidades en la formulación de sus planes locales de seguridad.

f) Administrar el Sistema Integrado de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito Capital y velar por su adecuada implementación, desarrollo e innovación tecnológica, para responder efectivamente a los problemas de seguridad y emergencias que se produzcan en el Distrito Capital. Las acciones interinstitucionales se harán en coordinación con la Secretaría de Gobierno.

g) Velar por la efectiva prestación del servicio de policía y procurar la mejora oportuna en las condiciones técnicas del mismo.

h) Capacitar y especializar la prestación del servicio de policía en el Distrito Capital, a través de la formación de la fuerza pública en los asuntos que sean de su competencia.

i) Coordinar las relaciones de la Administración Distrital con las entidades públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental y distrital, en materia de seguridad y orden público.

j) Coordinar la articulación interinstitucional con las demás entidades del Distrito para que éstas, en el marco de sus competencias, contribuyan al fortalecimiento de la convivencia ciudadana y la identificación e intervención directa de las causas y manifestaciones del delito.

k) Participar en el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de proyectos y programas de prevención y control en seguridad ciudadana ejecutados por la Policía Metropolitana, siguiendo las pautas que para el efecto señale el Alcalde Mayor.

l) Implementar un sistema de información actualizado, que contenga estudios geo-referenciados de criminalidad, presencia de grupos delictivos, identificación de puntos críticos, atención de zonas vulnerables, percepción ciudadana, entre otros indicadores pertinentes, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes y programas en materia de seguridad.

m) Desarrollar estudios interdisciplinarios e investigaciones sobre conflictividades urbanas, causas y manifestaciones del delito y seguridad ciudadana.

n) Apoyar a las alcaldías locales en la formulación de proyectos y programas de seguridad ciudadana, siguiendo los lineamientos que para el efecto señale el Alcalde Mayor.

o) Garantizar y evaluar periódicamente el cumplimiento del convenio establecido con la Nación para el manejo de la Cárcel Distrital, promoviendo las mejoras administrativas y la renovación tecnológica relacionada con los procesos de resocialización.

p) Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento, así como los recursos del crédito público del Sector a su cargo.

ARTÍCULO 4. Integración del Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad. El Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad está integrado por la Secretaría Distrital de Seguridad, cabeza del Sector.

ARTÍCULO 5. Liquidación del Fondo de Vigilancia y Seguridad. Liquídese el Fondo de Vigilancia y Seguridad como establecimiento público y constitúyase un fondo cuenta de seguridad en los términos establecidos en la ley 418 de 1997, prorrogada por la ley 1421 de 2010, y el decreto 399 de 2011. Su administración estará a cargo de la Secretaría Distrital de Seguridad y actuará como ordenador del gasto el Secretario de despacho. Su planta de personal y los recursos asignados se trasladarán a la Secretaría Distrital de Seguridad.

ARTÍCULO 6. Denominación del Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y Convivencia. En adelante el Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno, Seguridad y Convivencia se denominará Sector Administrativo de Coordinación de Gobierno y Convivencia Ciudadana, y continuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados por las normas vigentes, salvo las que en virtud del presente acuerdo sean trasladadas al Sector Administrativo de Coordinación de Seguridad.

ARTÍCULO 7. Denominación de la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia. En adelante, la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia, se denominará Secretaría de Gobierno y Convivencia Ciudadana, y continuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados por las normas vigentes, salvo las que en virtud del presente Acuerdo son trasladadas a la Secretaría Distrital de Seguridad.

PARÁGRAFO. La planta de personal y los recursos asignados a la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, serán incorporados a la Secretaría Distrital de Seguridad.

ARTÍCULO 8. Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA.

1 Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Humana: 2012:2016", Capítulo IV, Parte I, Artículo 40. pp. 225.

2 C. BOSCH, José Luis; FARRÁS, Jaume et al. Estado, Mercado y Seguridad Ciudadana: análisis de la articulación entre la Seguridad Pública y privada en España. En Revista Internacional de Sociología (RIS) Nº 39, Septiembre-Diciembre, 2004. Universidad de Barcelona. Págs. 105-135.

3 BELLO MONTES, Catalina. Seguridad Ciudadana: Una mirada desde la Criminología. En Revista Criminalidad, Seguridad rural y Urbana". Policía Nacional de Colombia, DIJIN. Pág. 258. Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

4 BROTAT, Ricard. Un concepto de seguridad ciudadana. Barcelona, Mayo de 2002. Págs.12 y 13. Recurso electrónico.

5 THOMÉ, Henrique Inácio. Victimización y cultura de Seguridad Ciudadana en Europa. Tesis de Doctorado en Sociología. Dir. Diego Torrente Robles. Departamento de Sociología y análisis de las Organizaciones, Universidad de Barcelona, 2004. Pág. 52. Recurso electrónico.

6 BELLO MONTES, Catalina. Ibid. Pág. 259. Tomado de: Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

7 THOMÉ, Henrique Inácio. Ibid. Pág. 38. Tomado de: Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

8 BROTAT, Ricard. Ibid. Pág. 3. Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012.H.C Orlando Parada Díaz

9 En http://www.bogota.gov.co/alcalde-mayor/discurso-posesion.

10 Ibíd.

11 UN HABITAT. Libro blanco de la seguridad ciudadana y la convivencia en Bogotá. Primera edición. 2008. Bogotá Pg. 15. Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

12 ARTIGAS, Carmen. Primer módulo: el enfoque de derechos aplicado en programas sociales: una apuesta por la superación de la desigualdad y la pobreza. En http://www.cepal.org/noticias/discursos/2/11242/Carmen_Artigas.pdf. Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

13 UN HABITAT. Ibíd. Pág. 16. Tomado de: Proyecto de Acuerdo 152 de 2012. H.C Orlando Parada Díaz

14 Tomado de DNP. Op. Cit. pp. 5.

15 Departamento Nacional de Planeación. Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Bogotá D.C. 2011, pp. 3.

16 http://www.semana.com/nacion/articulo/encuesta-de-percepcion-ciudadana-bogota-2013/367110-3

17 Fuente Cámara de Comercio de Bogotá. Encuesta de percepción y victimización Bogotá y sus localidades, segundo semestre de 2013. Marzo, 2014. Pag.15

18 DNP, óp. cit. pp. 2-3.

19http://diarioadn.co/polopoly_fs/1.80170.1381232821!/menu/standard/file/Presentaci%C3%B3n%20Veedur%C3%ADa.pdf

20 Plan de Desarrollo Distrital. Bogotá Humana