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Proyecto de Acuerdo 172 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC01722002

PROYECTO DE ACUERDO 172 DE 2002

POR EL CUAL SE IMPLEMENTA LA RED DISTRITAL DE RECICLAJE COMO MECANISMO DE PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD DEL ESPACIO PUBLICO

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de su atribuciones Constitucionales y Legales y, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1.993.

ACUERDA

CAPITULO I

Del Reciclaje

Al interior de las Entidades Distritales, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital

ARTICULO PRIMERO: El Distrito Capital en sus Niveles Central y Descentralizado, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, adoptará un modelo de reciclaje, que conlleve la formación, capacitación, inducción, practica y, sensibilización, de los servidores públicos y de la ciudadanía en general, para el manejo de los residuos sólidos, como garantía de la integridad del espacio público.

PARAGRAFO: La separación en la fuente, la reutilización, y la disposición adecuada de los elementos desechados, será obligatoria.

ARTICULO SEGUNDO: Las Entidades Distritales, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, en la adquisición de bienes y servicios, deberá propender por que estos sean reversibles.

ARTÍCULO TERCERO: El servicio de aseo y de reciclaje de las Entidades Distritales, conjuntos y zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, deberá contratarse coordinadamente y por separado. En los términos de referencia de la licitación o concurso para la obtención del servicio de reciclaje, se exigirá la acreditación de experiencia en capacitación y manejo técnico del reciclaje, así como para el servicio de aseo, la sustitución de los elementos desechables de cafetería por un producto uniforme que permita el reciclaje y minimice la producción de basura, como criterios obligatorios de calificación y evaluación de las ofertas.

ARTICULO CUARTO: Las Entidades Prestadoras del Servicio de Salud, realizarán el reciclaje, con criterios selectivos, evitando confusiones de residuos sólidos ordinarios, con los peligrosos, anatomapatológicos, radiactivos, etc. Los cuales deberán canalizarse con la responsabilidad que se requiere.

ARTICULO QUINTO: Cada entidad del Distrito, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, dispondrá de un sitio, en su interior, para la disposición, transitoria, de los elementos reutilizables o potencialmente reciclables, evitando que se convierta en bodega de separación o depuración de los mismos.

CAPITULO II

RED DISTRITAL DEL RECICLAJE

En las Entidades del Distrito, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital

ARTICULO SEXTO: Entiéndase por RED DISTRITAL DEL RECICLAJE, el conjunto de medidas técnicas y jurídicas, así como de planeación, de operación, e integración tecnológica a través de comunicaciones o de un aglutinador que lidere los procesos de implementación y administración del reciclaje de los materiales producidos en las Entidades Distritales, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, extensivos a todas las actividades del Distrito Capital.

PARÁGRAFO: La contraprestación que el Distrito Capte por este concepto, deberá ser tasable en dinero y su destinación será la que reglamente el Alcalde Mayor.

ARTICULO SÉPTIMO: El Distrito Capital a través de la UESP o quien haga sus veces, coordinará la conformación de la Red Distrital de Reciclaje de las Entidades públicas conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, debiendo realizar la planeación, difusión, supervisión y control de su operación, para hacerlo extensivo a las diferentes actividades de la ciudad capital.

CAPITULO III

De la Educación y el Reciclaje

EN EL DISTRITO CAPITAL

ARTICULO NOVENO: La UESP o quien haga sus veces, tomará las medidas administrativas legalmente aceptadas para implementar el MODELO de reciclaje operante en sus entidades, conjuntos, zonas residenciales y establecimientos de comercio del Distrito Capital, como conducta obligatoria que abarque todas las actividades del distrito capital, para lo cual recurrirá a los servicios que presta el Distrito en busca de apoyo y difusión.

ARTICULO DÉCIMO: El proceso de implementación de la red del reciclaje PARA el Distrito Capital se deberá adoptar en un (1) año, contado a partir de la aprobación y firma del presente acuerdo.

ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: El presente acuerdo, rige a partir de su aprobación y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dado en Bogotá, D.C. A los ______ días del mes de ______ de 2.002

SAMUEL ARRIETA BUELVAS

ILDEVARDO CUELLAR CHACON

Presidente

Secretario General

Concejo de Bogotá, D.C.

Concejo de Bogotá, D.C.

ANTANAS MOCKUS SIVCKAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

FUNDAMENTO LEGAL

El artículo 79 de la Constitución Nacional establece: "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo..." y en el artículo 80 dispone además: "... deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados". Se busca principalmente contribuir en brindar a los capitalinos el ejercicio eficaz de su derecho a gozar de ese ambiente sano, que le garantiza la carta magna y así, con la descontaminación y disminución del ingreso de desechos en los Rellenos Sanitarios distritales, no sólo, beneficiar a los habitantes de los alrededores de estos, sino también, a la ciudadanía en general que recibe a diario los gases producidos por la descomposición de las basura, evitando el constante deterioro de la capa de ozono.

La Ley 142 de 1994, en su artículo 2º. Determina que en la Intervención del Estado en los servicios públicos, deberá Garantizar la calidad del bien objeto del servicio público y su disposición final para asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de los usuarios; lo cual lleva implícita la adecuada manipulación de los desechos producidos en la capital.

Este proyecto busca ir más allá del Acuerdo 18 de 2000, que implementa el programa educativo para el manejo integral de residuos sólidos domésticos, imponiendo el RECICLAJE OBLIGATORIO, con fundamento en la protección real del Derecho colectivo a un ambiente sano.

Ley 99 de 1.993

Artículo 65 Numeral 6: "Funciones de los municipios, de los distritos y del Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Corresponde en materia ambiental a los municipios, y a los distritos con régimen constitucional especial, además de las funciones que le sean delegadas por la ley o de las que se deleguen o transfieran a los alcaldes por el ministerio del medio ambiente o por las corporaciones autónomas regionales, las siguientes atribuciones especiales:

....

6. Ejercer, a través del alcalde como primera autoridad de policía con el apoyo de la Policía Nacional y en coordinación con las demás entidades del sistema Nacional Ambiental (SINA), con sujeción a la distribución legal de competencias, funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de velar por el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materia ambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano. "

Decreto 1421 de 1993

Artículo 12, Numeral 1: "Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del distrito".

Numeral 7: Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio Ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

Se ha divulgado el propósito del PLAN MAESTRO DE BASURAS, el cual ha sido de altos costos para el Distrito Capital, concluyendo este, con lo que de años anteriores, hemos venido proponiendo y que con la expedición de este acuerdo nos ayudaría a resolver problemas, tan graves, como los de contaminación ambiental causada por el mal manejo y la sobreproducción de basuras en el Distrito Capital.

Experiencias pasadas ilustran a la opinión pública, sobre la falta de compromiso en el manejo del tema, el caso concreto fue lo ocurrido en el Relleno Sanitario Distrital Doña Juana, donde la cantidad de residuos que allí ingresan y, la inadecuada manipulación de estos, trajo como consecuencia que la acumulación de los lixiviados (líquidos producidos por la descomposición de las basuras) provocaran su deslizamiento el 27 de septiembre de 1997. Estos hechos, se pueden prevenir si disminuimos la cantidad de material dispuesto en el relleno, realizando el reciclaje responsable antes de la recolección de los residuos.

Sabemos que el costo para la recuperación del daño ambiental después del deslizamiento de basuras en el Relleno Sanitario Doña Juana, según informe del DAMA (OF. 23 feb.1998), ascendió aproximadamente a $23.015.694.530, recursos que la Administración Distrital hubiere podido destinar, por ejemplo: para el sector salud o educativo de la Capital.

CAMPAÑA REAL

Como ciudadanos activos, para evitar que se registren hechos como el de éste Relleno Sanitario, podemos iniciar las campañas de prevención, realizando una adecuada manipulación de las basuras desde su lugar de producción o en la fuente.

En la actualidad no existe una verdadera conciencia del daño ambiental que se genera por la indebida manipulación de las basuras; si, cada uno de nosotros en nuestras casas, oficinas o establecimientos públicos, adelantáramos una debida selección de las basuras que producimos, convertiríamos éstas, en una oportunidad de generar empleo digno, sin tomar en cuenta que se puede constituir en un nuevo ingreso para el productor, logrando que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico en coordinación con la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos y las empresas que prestan los servicios de recolección de basuras, puedan realizar un mejor destino final de las basuras y queden a su vez obligadas a reestructurar las tarifas que actualmente cobran, porque, solo tendrían que conducir a los Rellenos sanitarios un 60%, aproximadamente, del total de residuos que hoy produce la ciudad, porque el 40% restante, se constituiría en el aporte, no despreciable, de la ciudadanía, al operar la separación de los residuos sólidos en su lugar de producción o en la fuente.

CONCEPTOS BASICOS

¿Qué es reciclar? Hoy tal vez encontramos que no existe una verdadera definición de lo que este término implica.

Para algunos, reciclar es simplemente recolectar materiales para volverlos a utilizar, pero, la recolección es un paso dentro del proceso de reciclaje.

Reciclar es: El proceso industrial y tecnológico que permite devolver todo material al ciclo industrial adecuado, evitando dañar el ambiente y, ofreciendo la posibilidad de nuevo consumo en condiciones apropiadas.

Es Importante entender primero ¿por qué reciclar? No sólo importante, necesario, porque en realidad muchos de los problemas ambientales que vivimos actualmente y que vamos a dejar a las generaciones futuras, son consecuencia de no hacer un adecuado manejo del medio ambiente, incluyendo en esto, la indebida manipulación de las basuras.

Reciclando podemos salvar recursos naturales, que siendo renovables, hoy por el desgaste y abuso son, no renovables. Una de tantas alternativas es abrirle mercado a las materias primas de segunda mano, involucrando en los procesos de producción, materiales reciclados o recuperados adecuadamente. En la industria del papel, se habla de la siguiente proporción: Por cada tonelada de papel recuperado, se evita la tala de una hectárea de árboles.

Además, la utilización de productos reciclados disminuye el consumo de energía. Cuando se consuman menos combustibles fósiles, se generará  menos CO2, por lo tanto, habrá  menos lluvia ácida, contribuyendo a evitar el incremento del efecto invernadero.

No existe una verdadera conciencia sobre el daño Ecológico que se produce al desechar todo tipo de materiales sin considerar si es biodegradable o no, pero, ¿cómo crear esa conciencia y cómo iniciar el proceso? Podemos iniciarlo o fortalecerlo a través del Concejo de Bogotá mediante la aprobación de la presente iniciativa que involucra, en primer lugar, a las Entidades del Orden Distrital quienes deberán dar ejemplo en el manejo de la separación de los residuos sólidos.

Nuestra función política no se reduce simple y llanamente a vigilar a las autoridades administrativas de la ciudad, también en presentar y tramitar iniciativas que, en su contexto, beneficien a todos los habitantes capitalinos sin distinción alguna, además, que busquen mejorar la calidad de vida en la ciudad y sus alrededores.

Cuando en el diario vivir se habla de reciclar, nadie se representa que esta actividad trae implícita un beneficio económico, traducible en múltiples posibilidades, por ejemplo: En los conjuntos residenciales, se puede impulsar la cultura del reciclaje para ponerlos en venta directa y así, disminuir los costos de administración. Interpretar el reciclaje como la captación de recursos adicionales, es reinvertir sin generar gastos. Otra posibilidad que ofrecen los residuos es, el canje de éstos por servicios, como puede ser el mantenimiento de zonas verdes o jardinería; reducción en los costos y cancelación del servicio de aseo, recuperación de zonas verdes entre otros.

En el campo público Distrital, pensamos en la gran fuerza laboral que tenemos, la cual se debe constituir en el motor de la separación en la fuente y productor de materiales aptos para el reciclaje, ya que saldrían listos para su clasificación, agilizando este proceso. Es claro que el concepto de basura se debe revaluar, así como el sitio donde se deben disponer los materiales potencialmente reciclables, ya que los depósitos de basuras deben estar diseñados para que los recicladores encuentren el material separado.

Estos procesos evitarían ver bolsas rotas y desechos en las calles que además de generar malos olores, deterioran la imagen de la ciudad.

El adecuado manejo y proceso de reciclaje puede generar ingresos en menor o mayor escala a quien los manipula y el primer beneficiado puede ser quien directamente los produce, ó si cada uno recolecta el material que produce y lo dona por ejemplo, puede contribuir a sectores realmente marginados. Un ejemplo de ello en Santa Fe de Bogotá ocurre con Propace, que va de hogar en hogar haciendo una recolección directa de papel y en general de material reciclable, lo que constituye el ingreso para la el tratamiento y la manutención de los niños con discapacidad.

SOLUCION AL PROBLEMA

¿Cuál puede ser nuestro aporte? Estableciendo una normatividad que imponga a los servidores públicos de las entidades públicas el reciclaje obligatorio, el cual sirva de ejemplo para las demás ciudades del país, constituyéndose en camino a seguir por los demás ciudadanos Capitalinos.

¿Cuáles son los estímulos que se tienen para adelantar este proceso?

  • El primero que debe ser el fundamental es la contribución en la defensa del medio ambiente, para dejar como herencia a las generaciones futuras, una ciudad responsable con el manejo de sus residuos.
  • Un segundo, podría ser que, el Distrito a través de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos del Distrito Capital, le presente a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, un modelo de reducción de Tarifas de Recolección, el cual incluya un incentivo para los usuarios que realicen un adecuado manejo y reciclaje de sus basuras.
  • Tercero: Generar conciencia en los habitantes del Distrito Capital, para que contribuyan en la financiación de programas sociales, toda vez que, los recursos de inversión destinados por la administración, en el manejo de los botaderos, pueden ser utilizados para cubrir otros frentes y así impulsar el real cubrimiento de necesidades básicas insatisfechas de los Estratos 1 y 2.

Los beneficios del reciclaje son muy altos, los contras no existen.

Señores Concejales, el tema en consideración es muy extenso y será enriquecedor en su debate, es así como el Concejo de Bogotá puede contribuir con el medio ambiente y mejoramiento de la Calidad de los capitalinos, con proyectos educativos y de realización práctica.

Atentamente,

LUIS FELIPE BARRIOS BARRIOS

OMAR MEJÍA BÁEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá