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Proyecto de Acuerdo 96 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 096 DE 2016

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CÁTEDRA DE LA PAZ PARA BOGOTÁ"

MOTIVACIONES:

"Educar no es enseñar a vivir con nuestras verdades,

sino permitir a que se pueda vivir sin nuestras mentiras"

Paulina Morato

1. ASPECTOS GENERALES.

La cultura de paz como mecanismo de transformación de país.

La construcción colectiva del orden social requiere revalorar el reconocimiento moral del individuo como base para la configuración de una ciudadanía deliberante y protagonista del desarrollo de la sociedad, todo ello en el marco de una civilidad moderna regida por la solidaridad, la tolerancia, el respeto a las diferencias y el cumplimiento de valores sociales propios de un Estado Social de Derecho, de ahí la necesidad de promover el análisis y la deliberación cada vez más colectivos sobre los propósitos y acciones transformadoras que han de desarrollarse en las diversas instancias y espacios de la sociedad, abarcando a la misma familia, a la escuela, al trabajo, al barrio y la comunidad, a la región y a la nación en su conjunto. Es obvio, entonces, que la Constitución de 1991 haya consagrado en los artículos 22 y 41, los cuales a la letra dicen, respectivamente: "La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento" y "En todas las instituciones de educación, oficiales y privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la instrucción cívica. Así mismo, se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución" Por ello, el país afronta el desafío de aprovechar la oportunidad de avanzar hacia un profundo análisis sobre los aspectos esenciales de su organización económica, política, social y cultural, con miras a su transformación y a la construcción de una sociedad más justa, incluyente y democrática.

La cultura de la paz, siguiendo las enseñanzas de la Unesco, "consiste en un conjunto de valores, actitudes y conductas que plasman y producen a la vez, interacciones e intercambios sociales basados en principios de libertad , justicia, democracia, tolerancia y solidaridad, que rechazan la violencia y procuran prevenir los conflictos, tratando de atacar las causas y solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación, garantizando a todas las personas el pleno ejercicio de todos los derechos"1. Por tal motivo, la cultura de la paz contribuye al proceso de reconstrucción de la sociedad y a la consolidación del proceso de paz.

En un sentido más amplio, la educación es uno de los medios fundamentales de una cultura para la paz. Y para que esta logre sus objetivos, es necesario ensamblarla al desarrollo humano sostenible, a los lineamientos pedagógicos que propicien el respeto de los derechos, a los planes de desarrollo, y a la justicia social.

La cultura de la paz debe contribuir al fortalecimiento de los procesos de democratización integral, del pluralismo político y la participación real de la sociedad civil, implementando sistemas educativos integrales que permitan introducir, en todos los niveles y sectores, los valores éticos que la sustentan, comenzando por la infancia y la formación de formadores.

De igual manera como en las instituciones educativas se propugna el conocimiento básico de las ciencias, las humanidades y otras disciplinas, es menester que la Cátedra de la Paz tenga un carácter obligatorio y el Estado garantice su funcionamiento y eficacia, procurando los recursos necesarios para tal efecto, pues si queremos que en una sociedad tan convulsionada como la nuestra, se posibilite y se viabilice la cultura de paz como mecanismo didáctico para la transformación de la realidad de una comunidad, debemos imponer la necesidad de crear en las personas el hábito de pensar en la paz, de asumir el deber de hacer la paz, de hablar sobre la necesidad de hacer la paz, de realizar actos de paz, de aprender a hacer la paz, de enseñar a hacer la paz, de hacer la paz y de preservarla con devoción.

Una cosa es acabar mediante negociaciones el conflicto que enfrenta a las partes en pugna, que altera la paz, desgarra y destruye brutalmente la vida normal de las sociedades, y otra, es crear la cultura de paz para educar a la comunidad en el hábito de vivir en paz.

Debe superarse la cultura de la violencia mediante la educación, sin olvidar nuestra historia, así ha sido reconocido por la doctrina:

(…) la cultura de la violencia impregna todas las esferas de la actividad humana: la política, la religión, el arte, el deporte, la economía, la ideología, la ciencia, la educación... incluso lo simbólico, y siempre con la función de legitimar tanto la violencia directa como la estructural, y por supuesto, la guerra, buscando siempre razones y excusas para justificar el uso de la fuerza y la práctica de la destrucción, y normalmente en nombre de algo superior, ya sea un Dios o una ideología. La violencia cultural sirve también para paralizar a la gente, para infundirle el miedo, para hacerla impotente frente al mundo, para evitar que dé respuestas a las cosas que la oprimen o le producen sufrimiento. La educación para la paz, por tanto, ha de ser una esfuerzo capaz de contrarrestar estas tendencias y de consolidar una nueva manera de ver, entender y vivir el mundo, empezando por el propio ser y continuando con los demás, horizontalmente, formando red, dando confianza, seguridad y autoridad a las personas y a las sociedades, intercambiándose mutuamente, superando desconfianzas, ayudando a movilizarlas y a superar sus diferencias, asomándolas a la realidad del mundo para alcanzar una perspectiva global que después pueda ser compartida por el mayor número posible de personas. El reto de la educación y de la cultura de paz, por tanto, es el de dar responsabilidad a las personas para hacerlas protagonistas de su propia historia, y con instrumentos de transformación que no impliquen la destrucción u opresión ajena, y no transmitir intransigencia, odio y exclusión, puesto que ello siempre supondrá la anulación de nuestro propio proyecto de emancipación y desarrollo. Las propuestas de la educación para la paz, en suma, recogen un amplio conjunto de propuestas bien conocidas por la psicología y la educación pro-social, y que constituyen el antídoto de las conductas delincuenciales, violentas y anti-sociales (Uraa, 1997): afecto familiar, apoyo, autoestima, estimulación desde el entorno, motivación de logro, mayor grado de empatía y de interés por los demás, convivencia con normas, límites, patrones y valores; control de impulsos, desarrollo de la afectividad, educación en los ideales, en la apreciación de lo distinto, en la reflexión, en la utilización de la palabra como forma de resolver los problemas; aprender el sentido de aceptar las consecuencias de nuestros actos (o inhibiciones), de tomar conciencia de lo que s bueno y de lo que inaceptable; educar en la comprensión espática, el razonamiento, la sensibilidad, la atención y la confianza, en interactuar con el entorno, a ser tolerantes, a dialogar, a ser dúctiles, a tener capacidad de autocrítica, a saber perdonar, a ser creativos, a tener curiosidad por la Naturaleza, a no tener reparos en mostrar los sentimientos, a sonreír, a estar dispuestos para ayudar, a cuidar las amistades, a ser amables, altruistas y solidarios, en confiar en nosotros mismos, a razonar de forma objetiva, a admitir los problemas, el sufrimiento, las frustraciones y las limitaciones propias, a utilizar el pensamiento alternativo, a ser sinceros (con uno mismo y con los demás), a desarrollar el sentido del humor, a ser responsable, a no tener miedo a la libertad, a construir la propia identidad sin excluir a los distintos, a preguntar y a preguntarse, a no imponer el criterio propio, a buscar un equilibrio entre la exigencia de derechos y los deberes."2

La importancia de implementar la Catedra de Paz en el Distrito Capital

Las personas son el fin y el agente principal de los procesos, por lo anterior, el proyecto pedagógico se debe fundamentar, sobre la idea de poner en las manos de la comunidad educativa (Entendiendo la comunidad como: la integración de la totalidad de los agentes insertos y responsables de la formación de educandos) la gran decisión sobre el devenir del proyecto curricular de la ciudad Capital, por tal motivo, constituir la posibilidad de generar procesos que articulen la cultura de paz con los diseños pedagógicos de las diferentes instituciones educativas del Distrito, debe ser una de las necesidades centrales para que el proyecto de ciudad se articule de manera natural con las políticas nacionales, y fundamentalmente para que se vislumbre el camino hacia una didáctica en la cual se instaure el respeto a la diferencia como eje fundamental en pro de un nuevo país.

El colegio está estrechamente ligado a la sociedad a la que pertenece, se trasmite y se enriquece a través de la herencia de las ideas de una comunidad, de los procesos intrafamiliares, de los acumulados culturales de un pueblo, del acervo de los procesos del conocimiento, del enciclopedismo y de las políticas democráticas que en él se desarrollan y fortalecen. El análisis histórico, proporciona los instrumentos para la comprensión de la realidad actual y permite estrategias de cambio, con las cuales se encuentren actitudes y modos de hacer y así, en colectivo pensarnos una solución que posibilite un nuevo devenir.

Una de las responsabilidades formativas es educar para entender la diferencia que garantice un cambio de visión, donde lo fundamental sea reconocer a todas las personas por igual. Entonces educar para la no discriminación, supone acompañar al otro en su construcción de valores, como la justicia, la igualdad, la solidaridad en contra de la intolerancia y el escaso espíritu crítico hacia realidades injustas. La inclusión es una oportunidad para hallar rumbos que crucen transversalmente toda actividad humana en busca de un proyecto común: la armonía en la convivencia. Solo poniéndonos en el lugar del otro nos acercamos a la comprensión de la necesidad del respeto, como un deber ser y este es el espacio y el tiempo para hacerlo.

El aprendizaje es un fenómeno de transformación del sujeto, en la convivencia, en el aula, donde nos encontramos con un ser, que requiere una respuesta adecuada a sus necesidades específicas, dentro de un entorno social en el que las diferencias individuales sean respetadas, la diversidad de pensamiento y de acción se convierte en la consecuencia de esas distintas construcciones del mundo. Producto de modos de convivencia y modelos de producción diversos que se construyeron en contextos de tiempo, espacio y relaciones humanas particulares. Entonces, pretender que el otro sea igual a uno es el principio de la discriminación; una metodología que ubique lo propio de cada uno como guía de la práctica docente, que nos permita ver y conocer al ser único para elaborar respuestas especificas a sus necesidades.

La participación es una acción educativa integradora, que busca la inclusión en forma explícita, en dicha acción el currículo tiene que dejar de ser un camino y un construir preconcebido, para convertirse en una realización educativa integral pertinente, que posibilite la conformación del conocimiento necesario, que realice la inclusión diferenciada necesaria para que cada educando establezca su proceso de desarrollo y que a la vez mejore las condiciones de todos los que participan en el proceso educativo.

Conocer es algo distinto a rotular, es un acto de explorar y encontrar acciones y palabras que a través de un proceso transformen y aporten a la construcción de una sintonía mínima y a la posibilidad máxima de hacer lo que hay que hacer en cada momento.

El punto de partida para un modelo educativo diferente es un cambio en el paradigma interaccionista, donde haya prácticas educativas para el desarrollo específico que favorezca el aprendizaje y la convivencia. Para esto debemos reorganizarnos, para cambiar la acción educativa como una ganancia en la formación de todos: niños, profesores, padres de familia, profesionales, etc. los que estamos aquí y ahora, porque el construir y defender lo social como único espacio donde se conforma lo humano.

El proyecto educativo institucional PEI, debe comprometerse con la inclusión y en forma coherente, sus propósitos institucionales, su pertinencia debe corresponder directamente con su práctica cotidiana. Una pedagogía para todos debe ser capaz de hacer dialogar la pedagogía con la ciencia, distanciándonos de un currículo producto de la revolución rígido y articulado, comprender los múltiples lenguajes que a diario surgen en las aulas y otros espacios educativos para repensar la práctica y en ese dialogo todos nos sintamos implicados en la creación de una cultura incluyente, abiertos a entender que siempre podemos aprender más de aquellos que les cuesta aprender, que les cuesta hablar, les cuesta caminar, la vida es mucho más que la razón.

No se puede entender el desarrollo humano desde la orilla de lo individual, sino por la naturaleza de lo que somos, por tal motivo debe ser un desarrollo social y el desarrollo sicosocial de la persona, es tanto o más importante que el desarrollo cognitivo porque en el trabajo cooperativo el desarrollo del lenguaje, sicomotor, el dialogo, el respeto, la estima, autoriza a la participación como herramienta para desarrollar la construcción del conocimiento, entonces el bienestar individual, la felicidad subjetiva influye en la salud y el rendimiento académico; esto invita a la investigación de nuevos modelos pedagógicos.

la reflexión profunda de nuestro hacer, de las prácticas, los métodos y las relaciones con los saberes pedagógicos y científicos nos dará una nueva dimensión del estar; desligar los saberes para mirarlos no como un acto en la razón sino como un acto en la emoción a través de la conversación afirmando la inseparabilidad entre el vivir y el conocer; la interacción que permitan la construcción de didácticas que fortalezcan el sentido que debe tener la enseñanza para procurar y provocar el deseo por el conocimiento donde prevalezca el respeto y la armonía con el mundo natural y la dignidad humana.

Bogotá no ha sido ajena al conflicto armado colombiano, es así como el Observatorio Distrital de Victimas ha reconocido públicamente que se han reportado 21950 hechos de violencia en el marco del conflicto armado en Bogotá, en los últimos 30 años además que en nuestra ciudad hay presencia de actores armados que afectan a localidades como Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Rafael Uribe, Tunjuelito, Bosa y Kennedy.

Además el panorama del conflicto en Bogotá D. C. se sigue presentando es así como en estadísticas oficiales del Observatorio Distrital de Victimas sobre el estado de las victimas para el periodo 2012 – 2015 han ocurrido alrededor de 1.300 hechos victimizantes, reconocidos por la Unidad de Víctimas y aunque las victimas en nuestra ciudad han disminuido de 511 caso a 364 casos en 20143 se hace necesaria la implementación de la Catedra como aporte a la paz a través de la educación capitalina, así lo ha expresado la Doctrina:

"Un tema o enseñanza clave para la vida es la paz o convivencia pacífica. El ser humano, social por naturaleza, necesita aprender a relacionarse con los demás. Se trata de una necesidad básica. El éxito de la vida radica en la consecución de la armonía consigo mismo, con los demás y con su medio ambiente. Vivimos, además, en una época bastante conflictiva, violenta, intolerante, injusta e inestable, con frecuentes y graves problemas de convivencia. La situación actual del mundo reclama una actuación escolar en este punto. Por eso, haciéndose eco de una exigencia profunda de nuestra sociedad, el currículo coloca entre los Temas Transversales "la Educación para la Paz". Nos urge así la aplicación de una enseñanza que desarrolle, en nuestros alumnos, las actitudes y conductas más coherentes con la justicia, el respeto, la tolerancia, el diálogo y la resolución no violenta de los conflictos. Esta preocupación por la educación para la paz es anterior a la Reforma. Nace como consecuencia de la primera guerra mundial (educación para la comprensión internacional). Brota con nuevo vigor después de la segunda guerra mundial, con la creación de las Naciones Unidas y la UNESCO (educación para los derechos humanos y el desarme). En las décadas siguientes la educación para la paz se caracteriza por su sensibilidad a la no-violencia y la formación de las libertades (educación para la autonomía, la resolución de los conflictos de forma no violenta y la desobediencia ante las injusticias). A partir de los 60, la educación para la paz pone un énfasis especial en el desarrollo de los países del Tercer Mundo."4

2. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

De la investigación realizada a la red interna del Concejo, se pudo constatar que el presente Proyecto de Acuerdo no tiene antecedentes ni referentes que se pueden citar con anterioridad.

Considerando las motivaciones descritas anteriormente, la corresponsabilidad del Concejo de Bogotá con el desarrollo efectivo del Plan de Desarrollo de la ciudad, las leyes descritas y teniendo en cuenta la evidente necesidad que en el Distrito se fortalezca y armonicen los procesos educativos y pedagógicos con la Nación, y con el fin de precisar los parámetros y lineamientos mencionados, se presenta este proyecto de acuerdo.

3. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO.

Teniendo en cuenta el contexto de postconflicto y los esfuerzos del Estado Colombiano para garantizar una educación para la Paz, y como respuesta a las exigencias establecidas en la Ley Cátedra de la Paz, la cual busca "crear y consolidar un espacio para el aprendizaje, la reflexión y el dialogo sobre la cultura de la paz y el desarrollo sostenible" (Ley 1732, Parágrafo 4°) que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

Me permito poner en consideración del Concejo de Bogotá D.C., el siguiente Proyecto de Acuerdo, el cual tiene como fundamento principal establecer en la Estructura Educativa del Distrito Capital, la adopción e implementación de la Cátedra de la Paz, a cargo de la Secretaria de Educación del Distrito Capital para las diferentes Instituciones Educativas del Distrito.

OBJETIVOS GENERALES

* Los objetivos fundamentales de la Cátedra de la Paz se erigen bajo el precepto de contribuir al aprendizaje, la reflexión y al diálogo.

* Establecer la Cultura de la Paz como mecanismo para restablecer el sentido y vivencia de los valores ciudadanos, los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, la participación democrática, la prevención de la violencia y la resolución pacífica de los conflictos.

* Fomentar la educación para la paz como vehículo para la apropiación de conocimientos y competencias ciudadanas para la convivencia pacífica, la participación democrática, la construcción de equidad, el respeto por la pluralidad, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario;

* Fomentar la participación democrática equitativa

 

* Alcanzar a una población que con facilidad de a conocer, divulgue y participe de las decisiones entorno al tema de la catedra de paz que se den el Distrito Capital.

 

* Potenciar, posibilitar y fortalecer la generación de mecanismos pedagógicos que recojan y establezcan la cultura de paz.

* Inclusión de la Cátedra de la Paz y Liderazgo Empresarial en las diferentes instituciones Educativas tanto publicas, como privadas.

* Reformar y/o modificar la estructura del PEI-Proyecto Educativo Institucional de cada institución.

* Construir Planes de estudio que respondan a la ley Cátedra de la Paz.

* Teniendo en cuenta que la comunidad educativa no cuenta con un diseño de inclusión de las cátedras de la paz y de emprendimiento, se hace necesario brindar asesorías y orientación a las instituciones educativas para la actualización y cumplimiento de la reglamentación educativa, que son de obligatorio cumplimiento.

1. MARCO JURÍDICO.

A. MARCO CONSTITUCIÓNAL

Artículo 1º. "La Constitución Política establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que lo integran y en la prevalencia del interés general."

Artículo 2º. "Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo"

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares."

Artículo 22º."La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento."

Artículo 41°. "En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución." 

Artículo 67º. "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley."

Artículo 68º. "Parágrafo 3. (…)La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente "

Artículo 69º. "Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regístrese por sus propios estatutos, de acuerdo con La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado. El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo. El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior."

B. MARCO LEGAL.

Se relacionan dentro del marco legal, así:

Ley 115 de 1994: Por la cual se expide la ley general de educación.

"Artículo 5°.- De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: 

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad., así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber.

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional, y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

8. La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe.

9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.

11. La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización del tiempo libre, y

13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.

"Artículo 14°.- Enseñanza obligatoria.

En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con:

(…)

d. "La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos "

"Artículo 77°.- Autonomía escolar.

Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar la áreas fundamentales de conocimientos definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas culturales y deportivas dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

PARRAFO. Las Secretarías de Educación departamentales o distritales o los organismos que hagan sus veces, serán las responsabilidades de la asesoría para el diseño y desarrollo del currículo de las instituciones educativas estatales de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

Ley 30 de 1992 por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior.

"Artículo 28°.- La autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes, y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de función institucional."

Ley 1732 de 2014: Establece el carácter obligatorio de la Cátedra de la Paz en todas las instituciones educativas del país, y señala que el desarrollo de dicha asignatura se ceñirá a un pensum académico flexible, el cual será el punto de partida para que cada institución educativa lo adapte de acuerdo con las circunstancias académicas y de tiempo, modo y lugar que sean pertinentes.

"Artículo 1°. Con el fin de garantizar la creación y el fortalecimiento de una cultura de paz en Colombia, establézcase la Cátedra de la Paz en todas las instituciones educativas de preescolar, básica y media como una asignatura independiente.

Parágrafo 1°. En observancia del principio de autonomía universitaria, cada institución de educación superior desarrollará la Cátedra de la Paz, en concordancia con sus programas académicos y su modelo educativo.

Parágrafo 2°. La Cátedra de la Paz tendrá como objetivo crear y consolidar un espacio para el aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre la cultura de la paz y el desarrollo sostenible que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población."

Decreto 1038 de 2015: Por medio del cual se reglamenta la Ley 1732 de 2014 la Catedra de la Paz.

2. IMPACTO FISCAL.

Esta iniciativa se enmarca en lo dispuesto por el Acuerdo 489 de 2012, POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2012-2016, BOGOTÁ HUMANA, que en su objetivo general y objetivos específicos, directrices, estrategias, programas, proyectos prioritarios que encontramos especialmente consagrados en los ejes estratégicos 1 y 3:

* Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo.

* Una Bogotá en defensa y fortalecimiento de lo público.

* Artículo 1. Adopción del plan y estrategia general. "Se adopta el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. para el periodo 2012- 2016, que contiene los objetivos, las metas, estrategias y políticas que guiarán la articulación de las acciones del Gobierno Distrital, para elevar las condiciones de bienestar de la ciudadanía y sentar las bases de un cambio de enfoque de la acción pública. Esta identifica los factores prioritarios de intervención que permitan remover condiciones de segregación e iniquidad relacionados con las capacidades de las personas, la persistencia de situaciones de exclusión y riesgos ambientales y la apuesta por el fortalecimiento de la gestión pública para orientar y apoyar las aspiraciones colectivas de las ciudadanías bogotanas." (Subrayado fuera de texto original.)

* Artículo 3. Ejes estratégicos. "Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración en la búsqueda del objetivo general del Plan y que servirán de guía para la definición de objetivos específicos se organizan en torno a los siguientes ejes:

1. Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo." (Subrayado fuera de texto original.)

* Artículo  33. Definición y alcances "El tercer eje del plan de desarrollo busca defender y fortalecer lo público como fundamento del Estado social de derecho, significa para Bogotá Humana garantizar en distintos ámbitos del territorio procesos participativos que promuevan la movilización, la organización, la deliberación y la toma de decisiones amplia e informada de la ciudadanía en la gestión de la ciudad, fortaleciendo la democracia, trabajando por la construcción de paz, promoviendo un enfoque de seguridad humana y convivencia, impulsando el uso transparente y responsable del patrimonio y los recursos de la ciudad, sin tolerar la corrupción pública ni privada." (Subrayado fuera de texto original)

* Artículo 35. Estrategias "Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

Ajustar el diseño institucional para la planeación participativa, la movilización, organización, deliberación y decisión ciudadana.

Desarrollar pedagogías de comunicación social e impulsar la construcción de comunidades de aprendizaje, el uso de tecnologías de la información, comunicación y del conocimiento (TIC´S) como medios facilitadores de la interacción entre la ciudadanía y la administración distrital."

Por tanto, no puede afirmarse que esta iniciativa genera impacto fiscal toda vez que las acciones que propone este proyecto implican desarrollar los mandatos del Acuerdo 489 de 2012, PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2012-2016, BOGOTÁ HUMANA.

Cordialmente,

EMEL ROJAS CASTILLO

Concejal de Bogotá

Grupo de Significativo de Ciudadanos LIBRES

PROYECTO DE ACUERDO No _________ DE 2016

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CÁTEDRA DE LA PAZ PARA BOGOTÁ"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en la Constitución Política y en el Artículo 12, numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1º.- Establézcase para Bogotá D. C. la catedra de la paz como mecanismo efectivo para la construcción de una cultura de paz en todas las instituciones educativas oficiales y privadas de preescolar, básica y media como una asignatura obligatoria e independiente.

Artículo 2º.- Promover la catedra de la paz en las instituciones de educación superior en el marco de la Administración Distrital y autonomía universitaria.

Artículo 3º.- La catedra de la paz del Distrito Capital desarrollará por lo menos dos (2) temas de los establecidos por el artículo 4 Decreto Nacional 1038 de 2015 consistentes en:

a) Justicia y Derechos Humanos;

b) Uso sostenible de los recursos naturales;

c) Protección de las riquezas culturales y naturales de la Nación.;

d) Resolución pacífica de conflictos;

e) Prevención del acoso escolar;

f) Diversidad y pluralidad;

g) Participación política;

h) Memoria histórica;

i) Dilemas morales;

j) Proyectos de impacto social;

k) Historia de los acuerdos de paz nacionales e internacionales;

l) Proyectos de vida y prevención de riesgos.

PARÁGRAFO. La Secretaria de Educación del Distrito incluirá en los Proyectos Educativos Institucionales (PEI) conceptos basados en principios y valores integrales del perdón.

Artículo 4º.- El gobierno distrital incluirá dentro del plan institucional de capacitación a docentes y directivos docentes los programas y actividades con el fin de cumplir con los objetivos de la catedra de la paz.

Artículo 5º.- La Secretaria de Educación del Distrito será la encargada de realizar el diseño, implementación y desarrollo de la catedra de la paz en Bogotá D. C.

Artículo 6º.- Las entidades educativas oficiales y privadas de prescolar, básica y media deberán armonizar sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI) pertinentes, de acuerdo a los establecido en la Ley 115 de 1994 General de Educación.

PARÁGRAFO. La Secretaria de Educación del Distrito establecerá el plazo máximo y criterios metodológicos, para que las entidades educativas públicas del Distrito cumplan con la armonización de sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI). Y podrán ser adoptadas por los colegios privados.

Artículo 7º.- Para cumplir con lo establecido en el presente acuerdo, las entidades educativas oficiales y privadas de preescolar, básica y media deberán armonizar sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI) pertinentes, de acuerdo a lo establecido en la Ley 115 de 1994 General de Educación.

Artículo 8º.-. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en Bogotá, a los _____ días del mes de __________ de 2016

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA.

1 http://unesdoc.unesco.org/images/0010/001087/108719s.pdf

2 Viçen Fisas, Educar para una cultura de paz, Titular de la Cátedra UNESCO per la Pau i Drets Humans de la UAB. Recurso electrónico disponible en http://www.izt.uam.mx/spring/wp-content/uploads/2013/11/Fisas_Educar-para-una-cultura-de-paz.pdf

3 Información suministrada Vía Web en http://www.victimasbogota.gov.co/?q=IMPACTO-DEL-CONFLICTO-ARMADO-EN-BOGOTA.

4 Zurbano Díaz de Cerio, José Luis, Bases de una Educación para la Paz y la Convivencia. Recurso electrónico disponible en http://www.izt.uam.mx/spring/wp-content/uploads/2013/11/Zurbano_BASES_DE_UNA_EDUCACI%C3%93N_PARA_-LA_PAZ_Y_LA_CONVIVENCIA.pdf