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Circular 021 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/03/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 021 DE 2016

 

(Marzo 11)

 

Para:

Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor, Subsecretaría General, Altas Consejerías, Oficinas, Direcciones y Subdirecciones.

 

De:

Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Asunto:

Aplicación del Acuerdo Distrital 381 De 2009 - Lenguaje Incluyente.

 

La Secretaría Distrital de la Mujer, mediante la comunicación 1-2016-8621 del pasado 29 de febrero, adjunta el Acuerdo Distrital 381 de 2009 "Por medio del cual se promueve el uso de lenguaje incluyente" y la Circular 28 de 2009 "Implementación Acuerdo 381 de 2009", esta última expedida por la Secretaría General. Asimismo, hace énfasis en que dichas disposiciones establecen que en los documentos oficiales y en los eventos públicos realizados por la administración se debe hacer uso del lenguaje incluyente. Adicionalmente, remite el "protocolo por una comunicación libre de sexismo para profesionales de la comunicación de las entidades públicas y periodistas del Distrito Capital", del cual aclara que contribuye a la comprensión del tema.

 

De otra parte, dicha Secretaría ofrece el acompañamiento técnico para la realización de procesos de formación sobre comunicación no sexista e incluyente.

 

En ese sentido, se recuerda a todos/as los/as servidores/as de la entidad la obligatoriedad de dar aplicación al lenguaje incluyente en los documentos oficiales que sean elaborados y difundidos, entre otros: Actos administrativos, conceptos, oficios, periódicos, folletos, pancartas, página web y blogs. Igualmente, en todas las intervenciones y alocuciones que se realicen en los eventos públicos y medios de comunicación de las entidades distritales, de conformidad con lo ordenado por el referido Acuerdo 381 de 2009. En el evento de requerirse capacitación sobre el asunto, se solicita coordinar dicha necesidad a través de la Subdirección de Talento Humano.

 

Las normas señaladas pueden ser consultadas en el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá, disponible a través de la Intranet, y el referido protocolo en el Sistema de Gestión Documental- SIGA; por cuanto, se encuentra anexo al radicado 1-2016-8621.

 

Cordialmente,

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria General

 

Proyectó: Sandra Tibamosca Villamarín.

 

Revisó: Ernesto Cadena Rojas.

 

Aprobó: William Antonio Burgos Durango.