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Proyecto de Acuerdo 140 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

PROYECTO DE ACUERDO Nº 140 DE 2016

POR EL CUAL SE ESTABLECE EL USO DE ENERGIAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES EN EL ALUMBRADO PÚBLICO DISTRITAL.

I. ALCANCES Y PROPÓSITOS DEL PROYECTO DE ACUERDO

OBJETO DEL PROYECTO

Esta iniciativa tiene como objetivo específico implementar de manera progresiva en la red de alumbrado público del Distrito Capital el uso de energías renovables no convencionales como respaldo a las fuentes primaria existentes, garantizándose la calidad en la prestación del servicio público, partiendo del hecho que este tipo de energías renovables no convencionales son más económicas a mediano y largo plazo, sustentables con el medio ambiente y harían frente a la creciente demanda de energía.

RAZONES DEL PROYECTO

El cambio climático y su efecto invernadero se convierten hoy por hoy, en una de las mayores amenazas para la existencia del hombre, es común escuchar hablar sobre falta de agua potable en algunas regiones de la tierra, aumento de temperaturas en otras zonas, inundaciones, tormentas, difícil producción de alimentos entre otras. Lamentablemente este es el resultado de nuestro modo de vida, donde la producción y consumo exagerado de energías no renovables nos ha llevado a este panorama casi apocalíptico.

"Los recursos energéticos se hacen escasos al ser limitados. Además de que el petróleo, el carbón, el gas natural y el uranio se agotan en el tiempo, tienen un impacto ambiental preocupante, pues contaminan aire, agua y suelo. Así, la tendencia mundial es hacia la utilización de energías renovables alternativas, tales como la energía solar y eólica, que contaminan mucho menos y que no se agotan.1".

Tal como se puede observar en el párrafo anterior, la sociedad está tomando conciencia y cada vez más se implementan políticas y acciones que tienen como objetivo fundamental contrarrestar los efectos nefastos de este cambio climático, por ello es un imperativo mundial el uso eficiente de las energías renovables para solucionar la contaminación ambiental y los problemas climáticos que sufrimos día a día. Así las cosas y bajo estas circunstancias, este es el momento propicio para contribuir a esta noble causa e implementar de manera progresiva en la red de alumbrado público del Distrito Capital el uso de energías renovables no convencionales como respaldo a las fuentes primaria existentes, las cuales no contaminan, ni se agotan y son sustentablemente mucho más económicas que la energía eléctrica.

II. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ASPECTOS GENERALES

La imperiosa necesidad de buscar energías alternativas distintas a las fósiles, ha llevado a la sociedad y a sus gobiernos a centrar sus esfuerzos en la búsqueda de energías limpias, renovables y amigables con el medio ambiente. "Una problemática a nivel mundial es la contaminación por el uso de combustibles fósiles para distintas aplicaciones, como el transporte y la generación de energía eléctrica; por tal motivo, desde hace algunos años se han desarrollado tecnologías para generar energía por medio de fuentes renovables y entre estas alternativas tenemos la energía hidráulica, solar y eólica2".

Los recursos energéticos como el petróleo, carbón y gas natural son cada vez más escasos y limitados, además de ser grandes contaminantes del agua y del aire, estas "se agotarán con el tiempo y no pueden abastecer la demanda total de este recurso. Este tipo de energías fósiles necesitan miles de años para generarse y producen gases de efecto invernadero, contaminación y emisiones de C02, que causan perforaciones en la capa de ozono.

Por esta razón, muchos Estados están buscando soluciones alternativas como el sol, el viento o el agua, entre otros. En el caso específico de Colombia, se genera energía eléctrica a través de la hidroelectricidad gracias a la gran cantidad de fuentes de agua con las que se cuenta. Adicionalmente, se genera energía por medio de gas, carbón y petróleo. Esos recursos, sin embargo, se están agotando a un ritmo cada vez más vertiginoso, por lo cual es necesario enfocar la mirada hacia otras fuentes de energía renovable3".

A nivel del Distrito Capital, nuestra producción de energía eléctrica recae principalmente sobre las represas del Guavio y Chingaza, no obstante y bajo las circunstancias actuales de cambio climático, calentamiento global y un verano que amenaza con racionamientos de agua y energía a gran parte de Colombia, se hace imperativo no depender únicamente de nuestra producción hidroeléctrica.

"Las últimas tres semanas han sido más secas que el Fenómeno de El Niño de los años 97 y 98. El gerente de XM aseguró que se tiene "energía hasta abril que es cuando deben de empezar a llegar las lluvias suficientes. A partir de abril habría que tomar medidas como incrementar la generación térmica". El uso racional de agua y energía en viviendas y empresas son trascendentales para que no sea necesario tomar nuevas medidas de racionamiento4".

Es tal la necesidad

Con base en lo antes mencionado, de ser implementada esta iniciativa, que es mucho más económica y ambientalmente sustentable, permitiría liberar esos recursos para ser destinados a la financiación de gastos prioritarios para la ciudad, como lo son educación, salud y bienestar social entre otros.

Y "dadas las tendencias globales de agotamiento de recursos y de degradación ambiental, en particular el fenómeno del cambio climático, que tienen origen en gran parte a la creciente demanda energética y el abastecimiento con energías no renovables, resulta indiscutible la preponderancia que tiene en la actualidad la adopción de medidas para el fomento del desarrollo y utilización de fuentes energéticas alternativas. Las energías renovables tienen el potencial de reducir los impactos ambientales derivados de la producción y consumo de la energía, cuya demanda aumenta día a día, asociada al crecimiento económico y de la población mundial. Notoriamente, pueden apoyar en la reducción de emisiones de gases efecto invernadero -GEl, cuyos altos niveles son una de las causas del calentamiento global que se está observando en la actualidad.

Adicionalmente, Colombia presenta una alta dependencia en la energía hidroeléctrica, y de hecho, la capacidad instalada de generación de energía hidroeléctrica tiene el potencial de cubrir hasta el 70% de demanda energética.

Para el país resulta necesario explorar el uso de fuentes renovables que complementen la generación hidroeléctrica, ya que los impactos del cambio climático en Colombia acentúan las vulnerabilidades de este sector, lo cual puede poner en riesgo la seguridad energética del país.

Por su parte, el uso de energías renovables o la proveniente de Fuentes No Convencionales, contribuye alcanzar los siguientes beneficios ambientales:

* Reducción en las emisiones de C02, lo cual contribuye a mitigar el cambio climático del planeta.

* Disminución en las emisiones propias de la combustión de combustibles fósiles (material particulado, óxidos de nitrógeno y óxidos de azufre).

* Reducción en la presión ejercida sobre el recurso hídrico

* Representan una alternativa para evitar la destrucción de ecosistemas.

Considerando que Colombia es un país que cuenta con importantes potenciales de energía renovable y no convencional, es necesario impulsar el desarrollo y profundizar aún más la investigación de estas fuentes de energía, con el fin de diversificar la matriz de las fuentes de energía convencionales y contribuir así a un mejor abastecimiento energético, económico y social, además de generar un desarrollo sostenible considerando las dimensiones económicas, tecnológicas, ambientales, sociales y políticas que el desarrollo de estas energías implica, con el fin de que Colombia se posicione como un polo energético regional5".

Es tal la situación que el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF, por su sigla en inglés) lanzó una petición ciudadana, que se le presentará al Gobierno a comienzos de abril, para impulsar las energías renovables no convencionales como la solar, la eólica y la geotérmica.

"Actualmente, apenas el 0,2 por ciento de la energía del país proviene de estas fuentes alternativas y el potencial para explotarlas es vasto. Si Colombia en los años 90 hubiera apostado por la diversificación energética, no me atrevería a decir que la crisis actual no hubiera ocurrido, pero sí me atrevo a decir que esta crisis hubiera sido gestionada de una forma mucho mejor, señala Tabaré Arroyo Curás, experto en energía de WWF6".

Tipos de Energía7.

Energía Solar

La energía solar es un tipo de energía renovable que se obtiene de las radiaciones que emite el Sol, aprovechando tanto la luz como el calor. Actualmente es una de las más desarrolladas a nivel mundial.

La energía solar es una de las energías renovables más abundantes en la Tierra, actualmente la energía total consumida es equivalente a la cuarta parte de la energía emitida por el sol en un año. Es por esta razón que presenta todo un abanico de diversas aplicaciones.

La radiación aprovechable es únicamente la radiación directa, es decir, aquella que llega directamente del sol, sin haber sufrido fenómenos de refracción en la atmósfera de la tierra.

A partir de la energía solar podemos obtener otros tipos de energía, las principales son la Energía Solar Térmica y la Energía Solar Fotovoltaica, que se valen de la Energía Solar para producir calor y electricidad respectivamente.

RECURSO SOLAR EN

COLOMBIA

kWh/m2/año

UPME – IDEAM

ZONA

kWh/m2/año

GUAJIRA:

1980 - 2340

COSTA ATLANTICA:

1260 - 2340

ORINOQUIA:

1440 - 2160

AMAZONIA:

1440 - 1800

REGION ANDINA:

1080 - 1620

COSTA PACIFICA:

1080 – 1440

UPME: Unidad de Planeación Minero Energética8

1. Energía solar térmica

Ésta energía se vale de la radiación solar para convertirla en calor a través de sistemas fototérmicos. El calor obtenido tiene distintos usos como calefacción de casas, oficinas, para calentar agua, en procesos de esterilización, secado, etc.

El principal componente de los sistemas fototérmicos es el colector, el cual como su nombre lo dice, capta los rayos solares y los almacena en forma de calor. Existen tres tipos de colectores: de baja temperatura, de media temperatura y de alta temperatura. Los colectores de baja temperatura proveen calor a temperaturas inferiores a los 65°C y se usan generalmente para el uso doméstico y algunos procesos industriales como la pasteurización. Los colectores de temperatura media proveen calor entre los 100 y 300 °C debido a que se da una concentración de las radiaciones solares. Finalmente los colectores de alta temperatura trabajan con temperaturas que llegan a ser mayores de los 500°C. Su principal uso es en la generación de electricidad. Aquí tenemos varios tipos de colectores planos, de concentración y de enfoque. Los primeros son dispositivos planos, los de concentración en cambio, concentran las radiaciones en una sola área mediante el uso de dispositivos de forma parabólica.

En los sistemas fototérmicos se emplea el principio del efecto invernadero. En la parte superior de los paneles o colectores se coloca una plancha de vidrio, el cual permitirá la entrada de las radiaciones hacia la placa colectora. Esta placa transforma las radiaciones solares en radiaciones infrarrojas que ya no podrán salir por el vidrio, quedando retenidas y haciendo posible el almacenamiento del calor.

2. Energía Solar Fotovoltaica

La energía solar fotovoltaica es la tercera fuente de energía renovable más importante y es aquella que permite obtener electricidad a partir de la radiación solar, por medio de paneles solares o fotovoltaicos. Estos paneles están hechos de un material semiconductor que absorbe los fotones del sol, éstos liberan electrones y son almacenados en el panel para generar electricidad.

El componente principal de los sistemas solares fotovoltaicos son los paneles, de los cuales diferenciamos 3 tipos principales; monocristalinos, policristalinos y amorfos. Los monocristalinos presentan una disposición simétrica de los átomos del material, y son los que permiten una mayor eficiencia, entre el 15 y 18%. Los policristalinos presentan una disposición que va variando con el tiempo, permiten alcanzar un rendimiento promedio del 12%. Finalmente los amorfos no presentan ningún orden en la disposición de sus átomos, suelen presentar una coloración marrón o gris oscuro.

Los sistemas solares fotovoltaicos requieren además de los paneles, baterías, reguladores de carga y un inversor de corriente. Las baterías permiten que la energía eléctrica generada pueda ser almacenada, de manera que en ausencia de radiación solar, se pueda emplear la energía generada en períodos de presencia de radiación solar. Los reguladores de carga regulan la carga del sistema para evitar sobrecargas, dirigen la electricidad a las baterías o a la red eléctrica según sea necesario. El inversor sirve para transformar de corriente continua a corriente alterna, que es la requerida en la red eléctrica.

Actualmente la energía solar fotovoltaica se emplea en zonas alejadas del suministro habitual de corriente eléctrica, en sistemas de comunicaciones de emergencia, para autoconsumo fotovoltaico en viviendas, en parquímetros, entre otros.

Entre las ventajas de esta fuente de energía tenemos que al no implicar ningún proceso de combustión, no produce emisiones contaminantes ni tampoco ruidos molestos. Además, el semiconductor usado para los paneles solares fotovoltaicos es mayormente el Silicio, el cual se encuentra en grandes cantidades y es de fácil disponibilidad.

En estos días vemos que este tipo de energía es más común en países como España, Alemania, Italia, entre otros. Pero en el Perú aún no está muy difundido este tema debido a la falta de normativas o políticas energéticas favorables al uso de energías renovables.

Energía Eólica

Energía renovable proveniente de las corrientes de aire que se originan en la Tierra debido al movimiento de rotación de la misma, y a las diferencias de temperatura que existen entre las diversas regiones de la Tierra.

Para aprovechar este tipo de energía se requiere un aerogenerador, el cual se alimentará con la fuerza que ejerza el viento sobre las palas de un rotor. Los factores que influirán en la cantidad de energía producida por el aire son la densidad del aire, el área que cubre el rotor, la velocidad del viento y el aerogenerador que se emplee.

Los principales componentes de un aerogenerador son el rotor, donde van las palas y se da la conversión de energía cinética a una fuerza de momento en el eje del aerogenerador, la góndola, donde se encuentran los componentes mecánicos y eléctricos del dispositivo, la caja de engranajes, que convierte la velocidad del eje en una velocidad mayor del generador eléctrico, que será el que transformará la energía en electricidad.

La energía eólica se presenta como una fuente de energía limpia y atractiva por la reducción de gases contaminantes para generar energía. Sin embargo, presenta ciertos inconvenientes, como la intermitencia e inconsistencia de los vientos, y que el espacio requerido para la instalación de un parque eólico debe ser un área bastante extensa que no presente muchas irregularidades y que además se encuentre a una distancia mínima de 1 kilómetro de las zonas urbanas para evitar la contaminación acústica. Por último se debe prever que los parques eólicos no ocasionen interferencia alguna con las señales de radio o televisión de la zona.

Es necesario conocer la variación de los vientos a lo largo de todo el día, variaciones de velocidad de los vientos en las distintas zonas, altura de los vientos, entre otros, para poder aprovechar lo mejor posible la energía eólica. Un factor vital a considerar es la velocidad mínima y máxima requerida por los aerogeneradores.

RECURSO EÓLICO EN COLOMBIA

Estimación de la Densidad de potencia a 50 m, W/m2

UPME – IDEAM – 2006

ZONA

Estimación de la Densidad

de potencia a 50 m, W/m2

GUAJIRA:

200 - 1700

REGION ANDINA:

125 - 700

COSTA ATLANTICA:

8 - 700

ORINOQUIA:

0 - 200

AMAZONIA:

0 - 120

COSTA PACIFICA:

1 - 64

UPME: Unidad de Planeación Minero Energética9

Por último vale la pena resaltar lo manifestado en el Documento "El futuro que queremos" Río de Janeiro (Brasil) 20 a 22 de junio de 2012, en el cual se establece "el apoyo a la aplicación de políticas y estrategias nacionales y subnacionales, basadas en las circunstancias y las aspiraciones de desarrollo de cada país, utilizando una matriz energética apropiada para satisfacer las necesidades de desarrollo, incluso mediante un mayor uso de fuentes de energía renovables y otras tecnologías de bajas emisiones, el uso más eficiente de la energía, la mayor utilización de tecnologías energéticas avanzadas, incluidas tecnologías menos contaminantes de aprovechamiento de los combustibles fósiles, y el uso sostenible de los recursos energéticos tradicionales.

De igual forma el documento insiste en mejorar la eficiencia energética, aumentar la proporción de energía renovable y usar tecnologías menos contaminantes y de alto rendimiento energético, los cuales se constituyen en elementos importantes para el desarrollo sostenible, incluso para hacer frente al cambio climático. Además de adoptar medidas de eficiencia energética en la planificación urbana, la construcción de edificios y el transporte, en la producción de bienes y servicios y en el diseño de productos. Reconocemos además que es importante promover los incentivos a la eficiencia energética y la diversificación de la matriz energética y eliminar los desincentivos pertinentes, incluso fomentando las actividades de investigación y desarrollo en todos los países, entre ellos los países en desarrollo".

Experiencias Nacionales

Colombia no ha sido ajena a esta nueva tendencia de minimizar costos y prestar un servicio de alumbrado público eficiente y ecológico, prueba de ello son los pilotos que se han implementado en Risaralda y Casanare. "Uno de ellos es el proyecto fotovoltaico autónomo Off-Grid, que realizó la compañía Alta Ingeniería XXI Ltda., para Autopistas del Café, siendo la primera planta de energía solar de 20 kilovatios (KW) que se haya construido en Colombia, para ofrecerle iluminación autónoma al túnel Santa Rosa vía Dosquebradas (Risaralda).

Este es un modelo para Colombia, pues se demostró que con el uso del sol se minimiza el gasto energético y se disminuye la emisión de gases efecto invernadero, siendo de gran beneficio para el medio ambiente", dice Viviana Niámpira Malagón, del Departamento de Energías Renovables de Alta Ingeniería XXI Ltda.

Otro es el realizado en las instalaciones del campo petrolero en Aguazul (Casanare), que es operado por Equión. Allí la firma Col Energy colocó varios postes con tecnología solar e iluminación Led, "que ha representado a la compañía petrolera ahorros económicos importantes en el consumo de energía y un aporte ambiental significativo para el hábitat del área", dice Andrés Felipe Ramírez, ingeniero Supervisor E&I Equión Proyectos10".

Experiencias Internacionales

México D.F.

"Para reducir los enormes costos de energía por alumbrado público en la Ciudad de México, se está implementando un programa de energía solar que sustituya las luminarias públicas por unas que operen con este tipo de energía. Además la tecnología se instalará también en viviendas de interés social, hospitales y transporte público como el metro.

El secretario de Obras y Servicios, Fernando Aboitiz, señaló que el GDF gasta 800 millones de pesos al año en el pago de energía por alumbrado público, pero con la implementación del programa de energía solar se espera que, en un tiempo no definido, se disminuya al máximo esa erogación. Dicho pago se realiza por las más de 400 mil luminarias que hay distribuidas en toda la Ciudad de México. Autoridades del GDF estiman que para sustituir esas luminarias por las que operan con energía solar, contando la infraestructura, se necesitan cuando menos 10 mil millones de pesos. Al respecto, el Gobierno del Distrito Federal busca ampliar el uso de energías limpias, como la solar y eólica, pues es uno de los principales consumidores de energía de todo el país y del mundo. Señaló que esa tecnología utilizada se extenderá a los alumbrados públicos, unidades de interés social, hospitales y transporte público como el Metro11"

Argentina

En Argentina se inauguró el primer alumbrado público con base en energía solar.

"La ciudad en la que se instaló este sistema es en el municipio de General Mosconi en la provincia de Salta. En estos barrios los pobladores son en su mayoría aborígenes de la etnia Wichi. Esta zona tiene diversas carencias de infraestructura urbana por eso fue una de las elegidas para este proyecto.

El sistema autónomo fotovoltaico para la iluminación de las calles utilizando como fuente de energía la radiación solar es bastante simple y de fácil mantenimiento.

Se colocó en cada columna del alumbrado un panel solar, una batería y un controlador de carga para regular la energía acumulada. Este sistema es independiente y autónomo por lo que se enciende solo a la noche y se apaga cuando comienza la claridad del día.

Este alumbrado público se instaló en sitios consensuados con la comunidad aborigen del barrio dando prioridad a las cercanías de escuelas, templos religiosos y lugares de interés para los pobladores.

Con esta simple medida se mejorara notablemente la vida de las personas en esta ciudad.

Este proyecto fue elaborado por el municipio, apoyado por los ciudadanos y recibió financiamiento del gobierno nacional.

Es muy importante este tipo de iniciativas debido que brindarle más servicios a poblados pobres ayudan a mejorar la calidad de vida de las personas y a lograr una mayor autosuficiencia en materia energética.

En municipios con importantes índices de pobreza es importante buscar alternativas económicas pero duraderas a largo plazo, por lo que este es un ejemplo de política pública sustentable ambientalmente y económicamente.

Las energías renovables son una excelente alternativa para lograr mejoras en pequeños pueblos o ciudades carenciados. Por eso debería ser más utilizados por los estados locales en Argentina ya que es muy incipiente todavía esta tecnología en este país12".

Estados Unidos

"Un caso en particular sucede en Las Vegas, Nevada, famosa ciudad conocida por sus extravagantes espectáculos de luz en medio de un inhóspito desierto en donde el abastecimiento de recursos necesarios tanto para sus habitantes como visitantes se dificulta por las condiciones geográficas y climáticas de la zona. Este estado dispone de una fuerte radiación solar durante la mayor parte del tiempo y ha motivado tanto al gobierno como al sector privado de explotar esta valiosa fuente iniciando con proyectos tan grandes como el campo de paneles solares en la base Nellis de la fuerza aérea, que representa un ahorro de más de 1 millón de dólares anuales en energía, y pasando al abastecimiento privado como en el Mandalay Bay Resort de Las Vegas quienes instalaron en 2009 una serie de paneles solares con una capacidad de generación para suplir a  4.000 personas, significando un ahorro del 20% en sus costes energéticos totales13".

Antecedentes.

Esta iniciativa fue radicada anteriormente con el número 216 de 2014 y obtuvo ponencias positivas con modificaciones por parte de las Honorables Concejales Nelly Patricia Mosquera Murcia y Lucy Jimena Toro Torres, posteriormente se radicó con el número 017 de 2015 obteniendo una ponencia positiva por parte del Concejal Cesar Alfonso García y una ponencia negativa por parte de la Concejal Olga Victoria Rubio. En el año 2016 esta iniciativa se radico bajo el número 05 y obtuvo ponencia positiva con modificaciones por parte de los Honorables Concejales Emel Rojas Castillo y José David Castellanos Orjuela. Aunado a lo anterior, se conformó una Comisión Accidental integrada por los Concejales Diego Andrés Molano, Emel Rojas Castillo, José David Castellanos, Celio Nieves Herrera y Gloria Elcy Díaz, como resultado de esa mesa de trabajo y luego de reunir cada uno de los aportes de los miembros de la Comisión Accidental, como los aportes de la Secretaría de Ambiente y de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UAESP, se acordó el articulado que esta iniciativa presenta.

III. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD

Constitución Política de 1991

Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.

Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.

Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.

Son deberes de la persona y del ciudadano:

8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;

Ley 373 de 1997 Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.

Artículo 1. Programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Se entiende por programa para el uso eficiente y ahorro de agua el conjunto de proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico.

Ley 697 de 2001 mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones.

Artículo 1. Declárase el Uso Racional y Eficiente de la Energía (URE) como un asunto de interés social, público y de conveniencia nacional, fundamental para asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, la competitividad de la economía colombiana, la protección al consumidor y la promoción del uso de energías no convencionales de manera sostenible con el medio ambiente y los recursos naturales.

Artículo 2. El Estado debe establecer las normas e infraestructura necesarias para el cabal cumplimiento de la presente ley, creando la estructura legal, técnica, económica y financiera necesaria para lograr el desarrollo de proyectos concretos, URE, a corto, mediano y largo plazo, económica y ambientalmente viables asegurando el desarrollo sostenible, al tiempo que generen la conciencia URE y el conocimiento y utilización de formas alternativas de energía.

Ley 1665 de 2013 Por medio de la cual se aprueba el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables IRENA, hecho en Bonn Alemania el 26 de Enero de 2009

La Agencia promoverá la implantación generalizada y reforzada y el uso sostenible de todas las formas de energía renovable, teniendo en cuenta:

a) Las prioridades nacionales e internas y los beneficios derivados de un planteamiento combinado de energía renovable y medidas de eficiencia energética, y

b) la contribución de las energías renovables a la conservación del medio ambiente al mitigar la presión ejercida sobre los recursos naturales y reducir la deforestación, sobre todo en las regiones tropicales, la desertización y la pérdida de biodiversidad; a la protección del clima; al crecimiento económico y la cohesión social, incluido el alivio de la pobreza y el desarrollo sostenible; al acceso al abastecimiento de energía y su seguridad; al desarrollo regional y a la responsabilidad intergeneracional.

En el presente Estatuto, por "energías renovables" se entenderán todas las formas de energía producidas a partir de fuentes renovables y de manera sostenible, lo que incluye, entre otras: la bioenergía; la energía geotécnica; la energía hidráulica; la energía marina; incluidas la energía obtenida de las mareas y de las olas y la energía técnica oceánica; la energía solar; y la energía eólica.

Ley 1083 de 2006 Por medio de la cual se establecen algunas normas sobre planeación urbana sostenible y se dictan otras disposiciones.

El parágrafo del artículo 1, establece que, Los Ministerios de Minas y Energía, de Protección Social, y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro de los 6 meses siguientes a la promulgación de esta ley, determinarán de manera conjunta cuáles son los combustibles limpios, teniendo como criterio fundamental su contenido de componentes nocivos para la salud y el medio ambiente. Entre los combustibles limpios estarán aquellos basados en el uso de energía solar, eólica, mecánica, así como el gas natural vehicular.

Decreto Ley 2811 de 1974 Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Artículo 2. Fundado en el principio de que el ambiente es patrimonio común de la humanidad y necesario para la supervivencia y el desarrollo económico y social de los pueblos, este Código tiene por objeto:

1.- Lograr la preservación y restauración del ambiente y la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables, según criterios de equidad que aseguran el desarrollo armónico del hombre y de dichos recursos, la disponibilidad permanente de éstos, y la máxima participación social para beneficio de la salud y el bienestar de los presentes y futuros habitantes del territorio Nacional; Ver Decreto Nacional 1541 de 1978

2.- Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables sobre los demás recursos;

Artículo 167. Son recursos energéticos primarios:

a.- La energía solar;

b.- La energía eólica;

c.- Las pendientes, desniveles topográficos o caídas;

d.- Los recursos geotérmicos;

e.- La energía contenida en el mar.

Ley 99 de 1993 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

Artículo 2º.- Creación y Objetivos del Ministerio del Medio Ambiente. Créase el Ministerio del Medio Ambiente como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza y de definir, en los términos de la presente Ley, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.

Ley 164 de 1995 Por medio de la cual se aprueba la "Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático", hecha en Nueva York el 9 de mayo de 1992

El objetivo último de la presente Convención y de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia de las Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.

Ley 1715 de 2014 "Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional" Esta ley establece el marco legal y los instrumentos para la promoción del aprovechamiento de las fuentes no convencionales de energía, principalmente aquellas de carácter renovable, lo mismo que para el fomento de la inversión, investigación y desarrollo de tecnologías limpias para producción de energía, la eficiencia energética y la respuesta de la demanda.

Decreto Distrital 500 de 2003 "Por el cual se definen las reglas para la adopción del Manual Único de Alumbrado Público (MUAP) para Bogotá y se conforma el Comité de Alumbrado Público del Distrito Capital" Establece que el alumbrado público es un servicio público y como tal las características y especificaciones técnicas de las correspondientes obras de infraestructura y de la prestación del servicio que deban desarrollarse en el Distrito Capital serán establecidas por éste directamente, sujetándose a la ley, toda vez que es él quien tiene asignada la competencia para la prestación de dicho servicio.

Decreto 3450 de 2008 "Por el cual se dictan medidas tendientes al uso racional y eficiente de la energía eléctrica".

Directiva 008 de 2009 "Con el fin de lograr el objetivo estatal de ahorro de energía establecido en los artículos 66 de la Ley 143 de 1994 y 2 de la Ley 697 de 2001, se deberán adoptar a partir de la fecha, todas las medidas que sean necesarias y contribuyan a asegurar el abastecimiento eléctrico pleno y oportuno.

Acuerdo 540 de 2013 "Por medio del cual se establecen los lineamientos del programa distrital de compras verdes y se dictan otras disposiciones"

El presente Acuerdo tiene como objeto establecer los lineamientos para la formulación del programa distrital de Compras Verdes para la ciudad de Bogotá D.C.

Alcance. El programa distrital de Compras Verdes promoverá en todas las entidades del Distrito y particulares que prestan servicios públicos, la vinculación de los propósitos de las compras verdes entendidas como "el proceso mediante el cual las autoridades públicas tratan de adquirir bienes, servicios y obras con un impacto ambiental reducido durante todo su ciclo de vida en comparación con los bienes, servicios y obras con la misma función principal que normalmente se hubiera adquirido". En tal sentido, la Administración Distrital realizará las actividades y procesos institucionales respectivos procurando minimizar los impactos ambientales.

IV. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003. La presente iniciativa se encuentra enmarcada dentro de las metas del Plan de desarrollo Bogotá Humana eje 1 "Una ciudad que reduce la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo", código 3-3-1-14-01, dentro del Programa Bogotá Humana Fortalecimiento y mejoramiento de la calidad y cobertura de los servicios públicos por lo tanto se cuenta con los recursos que se requieren para la implementación del presente proyecto.

No obstante y teniendo en cuenta que el estudio, la implementación y el desarrollo de las tecnologías alternativas y el uso de energías renovables no convencionales como fuente de alimentación de energía del Sistema de Alumbrado Público en el Distrito Capital, estarán a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP, esta se sujetará al análisis de costo-beneficio contemplado en la Ley 1715 de 2014, la cual establece que: Con el fin de evaluar los principales instrumentos y en especial el efecto logrado por los incentivos propuestos por la Ley 1715 de 2014 sobre la rentabilidad de proyectos típicos de FNCER en Colombia, se diseñó una herramienta de cálculo que permite evaluar, desde un punto de vista financiero, proyectos bajo los nichos tecnológicos contemplados, identificando si tales incentivos son suficientes para hacerlos financieramente viables y, adicionalmente, realizar su análisis económico integrando externalidades asociadas a estas tecnologías frente a la estimación de los costos asumidos por el Estado en términos de impuestos no recibidos.

Los modelos desarrollados a partir de la herramienta diseñada permiten la construcción del flujo de caja de cada proyecto, identificando características particulares de cada tecnología (eólica, solar biomasa, biogás y geotermia), y a su vez cuentan con una estructura de costos apropiada, así como con la información técnica necesaria para la estimación de la producción de energía, lo que junto con las entradas de precios del mercado permite construir los ingresos del proyecto. Adicionalmente, el modelo proporciona la estimación del costo nivelado de energía (LCOE por sus iniciales en inglés) con el fin de comparar los costos unitarios de diferentes tecnologías para la producción de energía a lo largo de la vida útil del proyecto. Este método calcula los costos con base en la cantidad de energía producida, elaborando un valor presente del costo por unidad de electricidad generada (MWh), que es la razón entre el total de gastos durante la vida útil del proyecto y el total de la electricidad producida en ese mismo tiempo.

Con fundamento en los argumentos expuestos, ponemos a consideración del Honorable Concejo de la Ciudad la presente iniciativa.

Cordialmente,

CELIO NIEVES HERRERA

ALVARO ARGOTE MUÑOZ

Concejal

Concejal

VENUS ALBEIRO SILVA

MANUEL SARMIENTO

Concejal

Concejal

NELSON CASTRO RODRÍGUEZ

Concejal

ACUERDO ________ DE 2016

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°.- Impleméntese de manera progresiva en la red de alumbrado público del Distrito Capital el uso de energías renovables no convencionales como respaldo a las fuentes primaria existentes, garantizándose la calidad en la prestación del servicio público, la ampliación de su cobertura, la prestación continua, ininterrumpida y eficiente.

ARTÍCULO 2º.- El estudio, la implementación y el desarrollo de las tecnologías alternativas y el uso de energías renovables no convencionales como fuente de alimentación de energía del Sistema de Alumbrado Público en el Distrito Capital, estarán a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP

PARÁGRAFO: La Secretaría Distrital de Hábitat, la Secretaría Distrital de Planeación, la Secretaría Distrital de Ambiente y la Empresa de Energía de Bogotá adelantarán el respectivo acompañamiento en el marco de sus competencias.

ARTÍCULO 3º.- Una vez realizados los estudios se promoverán programas pilotos de alumbrado público que sirvan como base para determinar la relación costo beneficio en la implementación progresiva del uso de energías renovables no convencionales.

PARÀGRAFO: La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP realizará los estudios pertinentes con el fin de establecer el diagnostico potencial de las fuentes más propicias, conforme a las características particulares e la ciudad.

ARTÍCULO 4º.- La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP rendirá ante el Concejo de Bogotá informe semestral de avance de la implementación del presente acuerdo.

ARTÍCULO 5º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA.

1 Estudio de factibilidad económica de la instalación de luminarias solares para la ciudad de Tocopilla. Universidad de Chile. Carrera de Ingeniería Comercial. Página 9. Santiago de Chile 2009.

2 ALUMBRADO PÚBLICO CON ENERGÍA RENOVABLE EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA. FACULTAD DE INGENIERÍAÁrea Departamental de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Piura, 28 de noviembre de 2013. Página 3

3 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL "ESTATUTO DE LA AGENCIA,INTERNACIONAL DE ENERGíAS RENOVABLES (IRENAl", hecho en Bonn, Alemania, el día 26 de enero de 2009. Página 1.

4 http://www.cmi.com.co/nivel-de-los-embalses-en-colombia-disminuye-al-485

5 EXPOSICiÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE LEY POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL "ESTATUTO DE LA AGENCIA,INTERNACIONAL DE ENERGíAS RENOVABLES (IRENAl", hecho en Bonn, Alemania, el día 26 de enero de 2009. Páginas 19 -21.

6 http://www.eltiempo.com/estilo-de-vida/ciencia/ahorro-de-energia-en-colombia-nuevas-fuentes/16541429

7 ALUMBRADO PÚBLICO CON ENERGÍA RENOVABLE EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA. FACULTAD DE INGENIERÍAÁrea Departamental de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Piura, 28 de noviembre de 2013. Páginas 4 -10

8 http://www.creg.gov.co/phocadownload/presentaciones/corpoema_zni_aom.pdf

9 http://www.creg.gov.co/phocadownload/presentaciones/corpoema_zni_aom.pdf

10 Publicación portafolio.co. Sección Economía. Fecha publicación. 10 de julio de 2013. José M. Higuera Redactor de CEET

11 http://www.renewablesb2b.com/ahk_mexico/es/portal

12 Argentinahttp://www.renovablesverdes.com/primer-alumbrado-publico-alimentado-a-energia-solar-en-argentina/

13 http://www.masters-energia-solar.com/2013/08/cumbre-de-energias-renovables-en-las.html