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Resolución 513 de 2016 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
16/03/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/04/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5806 de abril 04 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 513 DE 2016

 

(Marzo 16)

 

“Por la cual se delegan en la Secretaria de Educación de Bogotá algunas funciones en relación con el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio.”

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 489 de 1998, de conformidad con el artículo 56 de la Ley 962 de 2005, los Decretos Distritales 330 de 2008 y 001 de 2016 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 56 de la Ley 952 de 2005, para regular la racionalización de los trámites en materia del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, estableció: “Las prestaciones sociales que pagará el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio serán reconocidas por el citado Fondo, mediante la aprobación del proyecto de resolución por parte de quien administre el Fondo, el cual debe ser elaborado por el Secretario de Educación de la Entidad Territorial certificada correspondiente, a la que se encuentre vinculado el docente. El acto administrativo de reconocimiento se hará mediante resolución que llevará la firma del Secretario de Educación de la entidad territorial”.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa pueden delegar la atención de los asuntos a ellos confiados por la Ley y los actos orgánicos, en los empleados públicos de los niveles directivos y asesor.

 

Que el parágrafo del artículo 2° ibídem dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales, sin perjuicio de la autonomía que les es propia de acuerdo con la Constitución Política.

 

Que el Decreto 330 de 2008 determinó los objetivos, la estructura, y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito y con base en el literal k) del artículo 30, la Dirección de Talento Humano es la encargada de: “Atender los asuntos relacionados con beneficios y prestaciones de los directivos docentes y docentes de la Secretaría, a través del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio”.

 

Que la Secretaria de Despacho, en ejercicio de sus funciones de dirección y organización de la Secretaría de Educación, otorgadas por el artículo 5 del Decreto 330 de 2008, es competente para asignar y delegar funciones en los Subsecretarios y Directivos.

 

Que en consecuencia y en consideración a la afinidad de las funciones propias de su cargo es menester delegar en la Dirección de Talento Humano, las funciones relativas a todos los asuntos relacionados con los beneficios y prestaciones de los docentes y directivos docentes de la Secretaria de Educación, que se manejan a través del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

 

Que mediante Resolución No. 1352 del 2 de junio de 2010, se delegó en la Dirección de Talento Humano la elaboración y suscripción de los actos administrativos de reconocimiento de prestaciones sociales que paga el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, previa aprobación del proyecto por parte del Administrador del Fondo.

 

Que tal delegación debe incluir la realización de los trámites necesarios y la expedición de los actos administrativos correspondientes a la emisión de los bonos pensionales a favor de los docentes y directivos docentes de la Secretaria de Educación del Distrito.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en el Director de Talento Humano de la Subsecretaria de Gestión Institucional la elaboración y suscripción de los actos administrativos de reconocimiento de las prestaciones sociales que paga el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, previa aprobación del proyecto de resolución por el Administrativo del Fondo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en el Director de Talento Humano de la Subsecretaria de Gestión Institucional la realización de todos los trámites necesarios para la expedición de los actos administrativos correspondientes a la emisión de los bonos pensionales a favor de los docentes y directivos docentes de la Secretaria de Educación del Distrito.

 

ARTÍCULO TERCERO. El Director de Talento Humano de la Subsecretaria de Gestión Institucional entregará a la Secretaría de Educación un informe bimestralmente de las actuaciones adelantadas en ejercicio de las funciones delegadas.

 

ARTÍCULO  CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No 1352 de 2010.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de marzo del año 2016.

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

 

Secretaria de Educación de Bogotá Distrito Capital.

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5806 de abril 04 de 2016