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Proyecto de Acuerdo 165 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PROYECTO DE ACUERDO 165 DE 2016.

POR EL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA CREACIÓN DE PARQUES CIENTIFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN EN BOGOTÁ D.C Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

I. OBJETO.

Este proyecto busca que el Distrito potencie e incentive la creación de parques científicos, tecnológicos y de innovación-PCTI en la ciudad, aprovechando que existe un escenario normativo y de conveniencia favorable, fundamentado en el artículo 12 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, (Ley 1753 del 9 de junio de 2015), que define a éstos parques como zonas geográficas especiales destinadas a promover la innovación basada en el conocimiento científico y tecnológico y a contribuir a la productividad empresarial y la competitividad regional. 

La creación de los Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación en el Distrito Capital tendrá los siguientes objetivos:

* Lograr la confluencia de actores como empresas, centros de Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), centros de entrenamiento, servicios profesionales, alternativas de financiamiento, incubadoras de empresas, entre otros.

* Generar beneficios derivados de las economías de aglomeración que incrementan la competitividad y las economías de escala. 

* Promover la competitividad y la cultura de la innovación.

* Propiciar el flujo de conocimiento y tecnología entre universidades, instituciones de investigación, empresas y mercados.

* Estimular la creación y el crecimiento de empresas de base tecnológica mediante mecanismos de incubación en busca de un alto valor agregado.

* Impulsar la generación de empleo de alto valor agregado.

* Promover esquemas de financiación que estimulen la generación de emprendimiento tecnológico.

* Propiciar una dinámica de renovación urbana que mejora la calidad de vida de los ciudadanos.

II. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA.

Los parques científicos, tecnológicos y de innovación-PCTI pueden ser definidos en varios sentidos, una de las más concisas, la define como:

"Una iniciativa –la mayoría de las veces pública- de creación de un área geográfica delimitada y destinada a favorecer el desarrollo y la aplicación de actividades científicas y tecnológicas, con el fin de promover y albergar instituciones de investigación y empresas intensivas en conocimiento. El objetivo último de toda esta actividad es la generación de crecimiento económico sostenible en el largo plazo en el territorio en el que se instala el PCT.

(…) Los elementos esenciales de un PCT son: a) Un componente tecnológico importante; b) la presencia de flujos de cooperación tecnológica; c) el desarrollo de nuevas empresas de base tecnológica; y, por último d) una contribución al desarrollo del entorno, basado en la promoción y difusión del conocimiento. El componente tecnológico importante está basado en la presencia in situ de empresas, universidades y centros de investigación intensivos en conocimiento y que desempeñan actividades tecnológicas de carácter avanzado.

(…) los PCT tienen que contribuir a incrementar la capacidad tecnológica y científica de las empresas en el entorno geográfico donde se sitúan (Sheramur y Doloreux, 2000).

De acuerdo con esta concepción de lo que es un PCT, quedan excluidas entidades como incubadoras de empresas, parques industriales o centros de innovación, ya que estas no cuentan con el componente de generación y transferencia de conocimiento a partir de la instalación de instituciones de investigación."1 (Subrayado fuera de texto).

Por su parte el Programa de Integración Regional e Innovación Tecnológica, la Universidad Nacional de Colombia, utiliza una definición más sencilla:

"Un Parque Científico y Tecnológico (PC&T) es un espacio en el cual confluyen diferentes sectores de la sociedad (académico, productivo, estatal, privado) con el objetivo común de incrementar la competitividad, generar bienestar y riqueza social mediante la apropiación social de la ciencia y la tecnología y la realización de investigación e innovación."2

2.1. Necesidad de un Parque Tecnológico en Bogotá.

A diferencia de los parques industriales, los parques tecnológicos han sido utilizados por los países en desarrollo como plataformas para promover industrias intensivas en tecnología y conocimiento. En la práctica, la mayoría de ciudades que lograron consolidarse internacionalmente en un sector económico puntual y ser exitosas, desarrollaron parques tecnológicos como parte de sus estrategias.

Esto les permitió concentrar geográficamente los esfuerzos alrededor de un proyecto específico para obtener resultados concretos y tangibles.  Adicionalmente, las ciudades utilizaron la creación de parques tecnológicos como un instrumento de política para generar empleo de alta calidad y de valor agregado. 

Los parques tecnológicos permiten la materialización de estrategias de la política pública como:

* La consolidación de las apuestas productivas.

* Economía centrada en el conocimiento.

* Impulso de sectores de alto valor agregado que generen externalidades económicas y sociales positivas, como son vínculos entre las pequeñas y grandes empresas, crecimiento económico y empleo. 

Podemos encontrar varios aspectos favorables para justificar la necesidad de un Parque Científico y Tecnológico en Bogotá.

a. Constituye un instrumento de ejecución política pública clave para la implementación de la Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá D.C.

La política pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá, D.C. aprobada mediante Decreto 064 de 2011 tiene como fines principales la promoción del crecimiento económico y el posicionamiento competitivo de Bogotá, la creación y desarrollo de alternativas productivas, el fortalecimiento empresarial, la generación de ingresos y oportunidades de empleo y la promoción de las capacidades y potencialidades de las personas; en dicha Política se planteó que Bogotá:

"(…) promoverá los más altos estándares en la educación superior dirigidos a la ciencia, la tecnología y la innovación, lo que le permitirá ser reconocida como una sociedad del conocimiento y una economía de la innovación, la educación, la cultura científica y tecnológica, y, en consecuencia, le posibilitará la apropiación social del conocimiento y la capacidad de generar y asimilar transferencia de tecnologías avanzadas.

…Impulsar, buscando diversificar la estructura productiva de la ciudad, los sectores industriales y de servicios para consolidar a Bogotá como polo de desarrollo de la industria y los servicios avanzados de la nación en el contexto de una ciudad del conocimiento y la innovación, de maximización de las economías derivadas del proceso de aglomeración, así como de minimización de los efectos nocivos que dicho proceso genera. Igualmente, logrará la permanencia de las industrias existentes, la llegada de nuevas empresas y la repotenciación de la localización industrial maximizando las ventajas recíprocas del mercado bogotano y regional…

La ciudad se enfocará a los desarrollos en innovación, ciencia y tecnología, en especial en los sectores líderes. Se procurará elevar, en la próxima década, los gastos de Innovación y Desarrollo, proceso que debe ser el resultado de un esfuerzo continuo y sistemático, independiente de la situación de tesorería o del ciclo económico."3

b. Es una apuesta contemplada en el Plan de Desarrollo Distrital 2016-2019.

El Anteproyecto del Plan Distrital de Desarrollo, radicado en el Consejo Territorial de Planeación en su segundo Eje Transversal del Tercer Pilar denominado "Desarrollo Económico Basado en el Conocimiento", punto 3.5 , apuesta a convertir la generación y uso de conocimiento en el eje de desarrollo económico para la ciudad, donde se expresa:

"Este propósito se alcanzará mediante la consolidación del ecosistema de emprendimiento e innovación, de tal manera que se fortalezcan las capacidades de los diferentes actores y se dinamice la interacción para alcanzar los objetivos comunes de la ciudad, y se utilicen las capacidades científicas y tecnológicas en dichos objetivos."4

El diagnóstico establecido en el mismo anteproyecto señala que la falta de desarrollo económico en la ciudad corresponde fundamentalmente a tres problemáticas, en primer lugar a falencias en la generación y consolidación de negocios en razón a que el emprendimiento y la innovación son bajos. También a la productividad y competitividad de las mipymes evidencia importantes brechas entre los sectores de la economía y entre tamaños empresariales. Señala el anteproyecto:

"Una ciudad como Bogotá debe enfocarse en crear espacios holísticamente interconectados en donde confluyan todos los agentes de una comunidad. Se trata de habilitar espacios y equipararlos con la combinación de fuerzas políticas, culturales y económicas orientadas a la creación, difusión y transferencia de conocimiento, en el fortalecimiento de las actividades intensivas de conocimiento, y articular las cadenas productivas con los ecosistemas regionales de innovación. Este tipo de prácticas se han convertido en una actividad clave para las ciudades consideradas como innovadoras y para aquellas que quieren convertirse en una ellas."5

c. Potencia la vocación económica del sector servicios de la ciudad en segmentos de mayor valor agregado.

Según un estudio de la Secretaria de Desarrollo Económico, la importancia de Bogotá como centro económico del país se ve reflejada en su capacidad para generar empleo, valor agregado y como referente de la localización de las actividades económicas. En términos de valor agregado, los servicios han aportado durante la última década el 62% del valor agregado de la actividad económica bogotana, el sector comercio aporta el 14,1% y las actividades industriales el 13,9%.

Analiza el informe que la mayoría de los establecimientos industriales de Bogotá se encuentran dedicados a la producción de bienes no durables. La mayoría de empresas en la ciudad se dedican a la producción de textiles, alimentos y cueros. Si se compara el aporte del empleo con la contribución del valor agregado de cada sector de la industria se puede observar que sectores con alta participación en el valor agregado como la maquinaria u aparatos eléctricos generan mayor empleo en la ciudad.6

Por el lado de los servicios, las actividades que generan un mayor valor agregado, no necesariamente son las que contribuyen con más empleo.

La ciudad necesita transformar su empleo con poco valor agregado hacía empleos mejor remunerados, incentivando el desarrollo de sectores intensivos en conocimiento, que el ejercicio de especialización inteligente ha recogido bien por medio de una construcción colectiva

d. Se aprovecha el Potencial de Bogotá en la economía regional y nacional.

Uno de los elementos importantes es que contar con parques científicos y tecnológicos permite que la ciudad pueda disponer los recursos de regalías7 que el gobierno tiene previsto destinar para promover la innovación y el desarrollo regional con base en Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. El Gobierno Nacional ha venido trabajando para desarrollar los mecanismos que permitan canalizar estos recursos a través de proyectos que buscan la mejora en competitividad de los sectores de transformación productiva que presenten las regiones. Dada la situación económica es necesario que Bogotá se posicione como una de las mejores ciudades para invertir en América Latina a la altura de México D.F. y Sao Paulo por los beneficios que ofrece.

Adicionalmente este tipo de parques puede generar un beneficio para el distrito en el sentido de dar oportunidades de colaboración entre empresas y universidades y otras instituciones de investigación para incentivar la transferencia de tecnología y conocimiento a los programas y proyectos sociales que la ciudad requiere para garantizar la calidad de vida.

2.2. Una estrategia de actores de la Región para proyectar a Bogotá como ciudad Innovadora

Un proyecto de esta dimensión permite impulsar la labor que viene impulsado Colciencias en Bogotá para posicionarla estratégicamente en el tema de innovación.

Cabe señalar que una de las fortalezas de la ciudad es su posicionamiento económico, puesto que de la ciudad concentra el 26% del PIB de Colombia, con una población de 8 millones de personas, hay 406.000 empresas y el 55% de las inversiones del país en Actividades de Ciencia e Innovación. Además en Bogotá está el 39% de las Universidades del país, el 37% de los grupos de investigación e Investigadores Activos y el 65% de las empresas de Software y TI del País.

Aprovechando este escenario, desde el año 2009, ha surgido un piloto para desarrollar proyectos de parque tecnológico de Bogotá en el sector de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones TIC, que ha contado con el liderazgo de actores como la Universidad Nacional de Colombia, la Cámara de Comercio de Bogotá e Invest in Bogotá.

En 2012, el proyecto fue seleccionado para desarrollar su plan maestro a través de la Cooperación Colciencias-Corea que inició en 2014. El plan maestro apoyado técnicamente por la Universidad Nacional presentará la hoja de ruta general del proyecto y está previsto para finalizar en mayo de 2016.

Actualmente, el proyecto se ha fortalecido con la vinculación de actores clave adicionales como la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Connect Bogotá Región, PROBOGOTA, la ANDI, Pro Bogotá Colciencias, y el Programa de Transformación Productiva.

El parque científico y tecnológico se diseña buscando identificar las necesidades de las empresas ubicadas en Bogotá, cruzarlas con las tendencias de la tecnología del sector, para a partir de esa unión, diseñar los servicios que ofrecería el parque. 20 empresarios y 13 expertos se han identificado las tecnologías priorizadas ya tender las necesidades futuras ya sí generar mayor valor y mayor nivel de empleo en la ciudad.

El proyecto está enmarcado y ha sido priorizado dentro de la estrategia de especialización inteligente que es una agenda integrada de desarrollo productivo construida colectivamente para la transformación de Bogotá Cundinamarca, basada en el conocimiento y la innovación. Esta agenda, fue construida entre 2014 y 2015 a partir de consensos logrados entre la sociedad civil, la academia, el sector público y el sector empresarial de Bogotá-Región.

2.3 Ejemplos de Parques Tecnológicos a Nivel Nacional: Parque Tecnológico de Guatiguará.

El Parque Tecnológico Guatiguará - PTG entró en operación desde el 2013 y es administrado por la Universidad Industrial de Santander-UIS con el respaldo de Colciencias, el apoyo de la Comisión Regional de Competitividad y la Gobernación de Santander, y está contemplado dentro de la política de parques tecnológicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y las políticas de desarrollo científico, tecnológico y competitivo del gobierno nacional8.

Es una organización que integra la aplicación y generación de conocimiento al desarrollo del país mediante la promoción y albergue de centros de investigación y empresas de base tecnológica principalmente en las áreas de energía, salud, software, agroindustria y biotecnología9. En la actualidad el Parque cuenta con un Polo de Innovación construido sobre un área de 13.000 m2, donde funcionan 5 corporaciones privadas de investigación y desarrollo, 6 centros y 4 grupos de investigación de la Universidad Industrial de Santander, con sus laboratorios especializados y oficinas administrativas.10

Lámina 1: Parque Tecnológico Guatiguará -UIS - Fotografía Aérea.

Fuente: http://www.panoramio.com/photo/116016454. Subida en Enero 22, 2015.

Fotógrafo: Carlos O. Cortes.

Este parque ha tenido un éxito importante dado el impulso que se le ha venido dando desde el gobierno regional, el Plan de desarrollo de Piedecuesta 2012-2015, estableció el Programa Competitividad e Innovación un mejor camino, y puso como meta de producto la siguiente:

Fuente: Plan de Desarrollo Piedecuesta 2012-2015

Según el informe del BID en el año 2012, un total de 10 parques han sido identificados en el Caso de Colombia, 5 están operativos, 2 en proceso de implantación y 3 en proyectos. A parte de Parque Tecnológico Guatiguará, tenemos otras experiencias a nivel nacional, que se detallan a continuación:

"Departamento de Antioquia: Distrito de Innovación Medellín Innovation y Ruta N: Ruta N es una corporación creada por la Alcaldía de Medellín, UNE y EPM, que facilita la evolución económica de la ciudad hacia negocios intensivos en ciencia, tecnología e innovación, de forma incluyente y sostenible. Su principal objetivo al año 2021, es posicionar a Medellín como la ciudad más innovadora de América Latina.11

El Distrito Medellin Inovation es el espacio donde se concentra la innovación de Medellín. Está ubicado al norte de la Ciudad en un territorio organizado que reúne emprendedores, compañías e instituciones de la economía del conocimiento, fortaleciendo un hábitat sostenible e incluyente que mejora la calidad de vida de sus habitantes. Se enmarca entre las comunas 4 y 10 de la Ciudad, su área de planificación es de 168,61 hectáreas comprendidas entre los barrios Chagualo, Jesús Nazareno, Sevilla y parte de San Pedro; localizados de manera contigua al corredor del Río Medellín y a entidades e instituciones de gran trascendencia como el Hospital San Vicente de Paúl, la Universidad de Antioquia, el Parque Norte, el Parque Explora, y el Jardín Botánico.12

Departamento del Valle del Cauca: Parque Tecnológico Biopacífico: El Parque Biopacífico es un polo de desarrollo regional y nacional, un espacio de excelencia e innovación, un  punto de relación estratégica entre  universidades, centros de investigación y de desarrollo tecnológico, empresas públicas y privadas, organizaciones colombianas o del exterior y agencias del gobierno central y regional, para promover y desarrollar la cultura de la innovación y la competitividad de las organizaciones e instituciones instaladas en el Parque o asociadas a él. Este parque lo conforman La Universidad del Valle, la Universidad Nacional de Colombia, el Centro Internacional de Agricultura Tropical CIAT, Corpoica, el ICA, la Cámara de Comercio de Palmira, la Alcaldía de Palmira, la Gobernación del Valle.

Durante el evento "Gestión y política de Parques Tecnológicos", que se llevó a cabo del 4 al 6 de febrero de 2013 en Bogotá, se creó la Red Colombiana de Parques Tecnológicos, Incubadoras y Territorios de Innovación, cuya tarea inicial es la elaboración de los estatutos que regirán la Red.

III. FUNDAMENTO LEGAL.

La Constitución Política en sus artículos 70 y Artículo 71 modeló el acceso a la política científica como un pilar fundamental para el desarrollo del país, en el artículo 71 de la Carta consagró:

"Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades".

Con el Acto Legislativo 005 de 2011, se modificó el artículo 361 y plasmó que parte de los recursos de las regalías iban dirigidos a fomentar la ciencia, tecnología e investigación. Así:

"Artículo 361. Los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales; al ahorro para su pasivo pensional; para inversiones físicas en educación, para inversiones en ciencia, tecnología e innovación; para la generación de ahorro público; para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo; y para aumentar la competitividad general de la economía buscando mejorar las condiciones sociales de la población. (…)

(…) Para efectos de cumplir con los objetivos y fines del Sistema General de Regalías, créanse los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de Compensación Regional; y de Ahorro y Estabilización. Los ingresos del Sistema General de Regalías se distribuirán así: un porcentaje equivalente al 10% para el Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación; un 10% para ahorro pensional territorial, y hasta un 30% para el Fondo de Ahorro y Estabilización. Los recursos restantes se distribuirán en un porcentaje equivalente al 20% para las asignaciones directas de que trata el inciso 2o del presente artículo, y un 80% para los Fondos de Compensación Regional, y de Desarrollo Regional. Del total de los recursos destinados a estos dos últimos Fondos, se destinará un porcentaje equivalente al 60% para el Fondo de Compensación Regional y un 40% para el Fondo de Desarrollo Regional".

Hay que anotar que con la Ley 29 de 1990, "Por la cual se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico" se señalado varias disposiciones importantes para el Estado Colombiano:

"Artículo 1º. Corresponde al Estado promover y orientar el adelanto científico y tecnológico y, por lo mismo, está obligado a incorporar la ciencia y la tecnología a los planes y programas de desarrollo económico y social del país y a formular planes de ciencia y tecnología tanto para el mediano como para el largo plazo. Así mismo, deberá establecer los mecanismos de relación entre sus actividades de desarrollo científico y tecnológico y las que, en los mismos campos, adelanten la universidad, la comunidad científica y el sector privado colombianos."

Artículo 2º. La acción del Estado en esta materia se dirigirá a crear condiciones favorables para la generación de conocimiento científico y tecnología nacionales; a estimular la capacidad innovadora del sector productivo; a orientar la importación selectiva de tecnología aplicable a la producción nacional; a fortalecer los servicios de apoyo a la investigación científica y al desarrollo tecnológico; a organizar un sistema nacional de información científica y tecnológica; a consolidar el sistema institucional respectivo y, en general, a dar incentivos a la creatividad, aprovechando sus producciones en el mejoramiento de la vida y la cultura del pueblo.

Un hecho importante fue la Ley 1286 de 2009 que transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones, planteó diversos propósitos en las políticas públicas en materia de estímulo y fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación

Con la Ley 1753 de 2015, Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país", el Estado ha dado un impulso para promover una estrategia de creación de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación,

"ATÍCULO 12. PARQUES CIENTÍFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN (PCTI). Con el propósito de promover la transferencia de conocimiento, la transferencia y comercialización de tecnología, y el establecimiento de vínculos de colaboración entre los diversos actores del Sistema Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación, entre otros, dentro de los ocho (8) meses siguientes a la expedición de la presente ley, Colciencias, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Departamento Nacional de Planeación, desarrollarán una estrategia para la promoción de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación (PCTI) en el territorio colombiano, entendidos como zonas geográficas especiales destinadas a promover la innovación basada en el conocimiento científico y tecnológico y a contribuir a la productividad empresarial y la competitividad regional. Igualmente definirán los mecanismos para atraer personal altamente calificado e inversión pública y privada, así como los criterios para estructurar los PCTI en el marco del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías.

Para el efecto, Colciencias determinará los requisitos y las condiciones que deben cumplir las organizaciones especializadas encargadas de administrar los PCTI.

PARÁGRAFO. En los procesos de revisión y ajuste de los planes de ordenamiento territorial se podrán determinar los terrenos destinados a la localización de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación (PCTI) en suelo urbano, de expansión urbana y rural.

Artículo 186. Comisiones Regionales de Competitividad. Intégrese el Sistema de Competitividad e Innovación con el Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación para consolidar un único Sistema de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación.

En el marco de ese Sistema, las distintas instancias departamentales que promueven agendas de competitividad, productividad, ciencia, tecnología e innovación, tales como los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (CODECTI), Comités Universidad-Empresa-Estado, Comités de Biodiversidad, Redes Regionales de Emprendimiento, Consejos Regionales de PYME, Consejos Ambientales Regionales, Comités de Seguimiento a los Convenios de Competitividad y las demás que sean promovidas por el Gobierno Nacional, deberán integrarse a las Comisiones Regionales de Competitividad en cada departamento, con el propósito de articular sus agendas de trabajo. Corresponderá a cada Comisión Regional de Competitividad ajustar su estructura de manera que garantice la participación de estas instancias. Las Comisiones serán la única instancia de interlocución con el Gobierno Nacional para la implementación de la Agenda Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación. El Gobierno Nacional reglamentará la organización, articulación y funcionamiento de ese Sistema". 13

Otro elemento de la política pública nacional es el CONPES 3834 del 2 de Julio de 2015, "Lineamientos de política para estimular la inversión privada en ciencia, tecnología e innovación a través de deducciones tributarias", señala que quienes inviertan en esta para promover este tema reciben el 175% de descuentos sobre la renta máximo sobre el 40% de renta líquida. Este documento también establece que se realizará un piloto donde se seleccionarán 3 PCTi para que las empresas allí ubicadas puedan beneficiarse de la calificación automática de proyectos de I+D+i y así ser elegibles automáticamente para las deducciones tributarias mencionadas

Con base al Plan de Desarrollo y al CONPES, para mejorar la productividad y competitividad, el Distrito debe generar un instrumento de ejecución de política pública que es importante aprovechar y que ésta no quede desvaída y lejana como las "inaccesibles voces los de sueños", parafraseando al maestro Piero Calamandrei.

A nivel distrital existe un antecedente como lo es el Acuerdo 146 de 2005, "Por el cual se conforma la Comisión Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación", según el Acuerdo las funciones de la Comisión serán las siguientes:

1. Promover ante el Gobierno Distrital estrategias para incorporar la ciencia y la tecnología en los planes de educación, desarrollo económico, social y cultural, buscando estimular la capacidad innovadora de los sectores educativo y productivo, así como de las entidades Distritales encargadas del manejo ambiental, la salud y los servicios públicos, procurando la adaptación de las políticas nacionales a las condiciones y necesidades del Distrito.

2. Asesorar al Distrito Capital en la formulación de políticas, programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación y disponer las medidas indispensables para su cumplimiento, seguimiento y evaluación. Así mismo, diseñar los mecanismos e instrumentos de interacción entre los actores públicos y privados vinculados con su ejecución.

3. Promover la satisfacción de las necesidades sociales y productivas, mediante la apropiación social de la ciencia y la tecnología, la adquisición del conocimiento y la construcción de una cultura que fomente la innovación y la creatividad que permita al sector productivo, especialmente a las cadenas y conglomerados empresariales dinámicos y relevantes, insertarse pro-activamente en los mercados nacionales e internacionales, estimulando el desarrollo económico, social y ambiental del Distrito Capital.

4. Asesorar en el fortalecimiento y modernización de la infraestructura científica y tecnológica del Distrito Capital, mediante la definición de políticas claras y sostenibles que hagan posible la estructuración de un proyecto social en ciencia, tecnología e innovación para la ciudad.

5. Apoyar la socialización de una cultura científico-tecnológica e innovativa en el Distrito Capital, mediante la apropiación social del conocimiento, con el fin de acercar la investigación científica y la innovación tecnológica a la solución de problemas reales específicos de los habitantes de Bogotá.

6. Participar en el Grupo de Gestión de Ciencia, Tecnología e Innovación del Consejo Regional de Competitividad para Bogotá y Cundinamarca, con miras a articular los procesos, políticas, estrategias y planes en ciencia, tecnología e innovación del Distrito con los de la región.

7. Participar en los espacios de integración de políticas y planes de corto, mediano y largo plazo, en los que participen entidades nacionales, regionales y locales para el desarrollo científico, tecnológico e innovativo".

Ahora bien, el tema de parques científicos y tecnológicos fortalecería las acciones que permitan al distrito cumplir adecuadamente las funciones que están dentro de la Comisión Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación.

a. Competencia del Concejo de Bogotá.

El Decreto-Ley 1421 de 1993. Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito."

Cabe señalar que por primera vez que se presenta al cabildo un proyecto que fomente la creación de Parques Tecnológicos; no obstante, el tema de Innovación Tecnológica es un tema que ha sido de interés de esta corporación fortalecer durante las últimas administraciones distritales:

2008-2011

P.A. 540 de 2008: Autor: Rafael Alberto Escruceria (Bancada PIN)

"Por medio del cual se establecen los lineamientos generales de la política pública de productividad, competitividad y Desarrollo Económico en Bogotá D.C."

P.A 301 de 2010: Autores: Edgar Alfonso Torrado (Bancada de la U)

"Por medio del cual se crea el programa -"clusters"-Bogotá ventaja competitiva"

2012-2015

P.A. 334 de 2014: Autores : Miguel Uribe Turbay (Bancada Partido Liberal)

"Por el cual se establecen los lineamientos de Política Pública de Innovación Tecnológica y se configura el Sistema Distrital de Innovación y Competitividad"

P.A. 056 de 2015. Autor: Marco Fidel Ramírez Antonio

"Por el cual se incluye el indicador de número de patentes en la información pública del distrito como referente del avance en materia de ciencia, tecnología, investigación, desarrollo e innovación"

2016-

P.A. 040 de 2016. Autor: Marco Fidel Ramírez Antonio

Por el cual se crea el Instituto Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación

Es por ello que se necesita brindar un impulso normativo distrital que permita que este tipo de proyectos puedan desarrollarse exitosamente donde los actores involucrados, distritales, empresariales y académicos cuenten con la suficiente seguridad jurídica que sus proyectos van a ser priorizados en la agenda pública de la ciudad y gozar de una sostenibilidad en el largo plazo.

El distrito debe propiciar instrumentos adecuados que permitan generar soluciones y respuestas rápidas a las nuevas necesidades de las empresas locales e inversionistas extranjeros que están buscando ubicarse en la ciudad y que encuentran ciertos tipos de obstáculos, como tener una oferta inmobiliaria adecuada, menores costos, grandes áreas, infraestructura tecnológica, entre otras. 

b. Impacto fiscal.

La Ley 819 de 2003 "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones", en su artículo 7º señala que el impacto fiscal de todo Proyecto de Acuerdo debe ser explícito y compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, para lo cual en la respectiva Exposición de Motivos deberán incluirse expresamente los costos fiscales de la iniciativa.

En cumplimiento de la norma señalada, conviene enfatizar que la presente iniciativa no tendría impacto fiscal ni afecta sobre el Marco Fiscal de Mediano Plazo, por cuanto lo que busca es contar con lineamientos de política para promover la creación de parques científicos y tecnológicos, que en caso de generar gastos atribuibles al presupuesto distrital, la fuente de financiación son los recursos que por regalías que la ciudad recibe en virtud del artículo 361 de la Constitución Política que en el 2015 fueron de $2.377 millones de pesos.

Dentro de los ingresos del Sistema General de Regalías presenta una participación del 13.33% para proyectos de ciencia, tecnología e innovación con un saldo de $2.377 millones de acuerdo con la siguiente distribución:

Es por ello que se necesita brindar un impulso normativo distrital que permita que este tipo de proyectos puedan desarrollarse exitosamente donde los actores involucrados, distritales, empresariales y académicos cuenten con la suficiente seguridad jurídica que sus proyectos van a ser priorizados en la agenda pública de la ciudad y gozar de una sostenibilidad en el largo plazo.

Cordialmente, Honorables Concejales del Partido Cambio Radical:

ROLANDO ALBERTO GONZALEZ GARCÍA

Concejal de Bogotá D.C.

JULIO CESAR ACOSTA

JOSE DAVID CASTELLANOS

Concejal de Bogotá D.C

Concejal de Bogotá D.C

PEDRO JULIAN LOPEZ

CESAR ALFONSO GARCIA

Concejal de Bogotá D.C

Concejal de Bogotá D.C

JUAN FELIPE GRILLO

ROBERTO HINESTROSA

Concejal de Bogotá D.C

Concejal de Bogotá D.C

JORGE LOZADA VALDERRAMA

YEFER YESID VEGA BOBADILLA

Concejal de Bogotá D.C

Concejal de Bogotá D.C

PROYECTO DE ACUERDO__________ DE 2016

"POR EL CUAL SE DICTAN LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA CREACIÓN DE PARQUES CIENTIFICOS, TECNOLÓGICOS Y DE INNOVACIÓN EN BOGOTÁ D.C Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

El Concejo de Bogotá, Distrito Capital,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Numeral 1o. del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1. Objeto. La administración distrital en cabeza de la Secretaria de Desarrollo Económico y en coordinación con las entidades interesadas, diseñará y ejecutará un Programa Distrital que potencie la creación de Parques Científicos y Tecnológicos de conformidad con la Política Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación para que ejecuten proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.

Artículo 2. Lineamientos. Para fomentar la creación de los Parques Científicos y Tecnológicos se deberán desarrollar como mínimo los siguientes lineamientos:

a. Exigir a los proponentes un Plan Maestro que presente la hoja de ruta general del proyecto de Parque Científico y Tecnológico.

b. Lograr la confluencia de actores institucionales como universidades, gremios, empresas, centros de Investigación, desarrollo e innovación, Centros de entrenamiento, centro de servicios profesionales, incubadoras de empresas, entre otros.   

c. Facilitar la competitividad y la cultura de la innovación en el Distrito incentivando la creación de redes de cooperación entre empresarios y la transferencia de conocimiento a través de centros de acompañamiento para las pequeñas y medianas empresas.

d. Estimular la generación de conocimiento y tecnología entre el Distrito, las universidades, instituciones de investigación y empresas para que mejore la competitividad de los sectores económicos. 

e. Propiciar una dinámica de renovación urbana que mejora la calidad de vida de los ciudadanos.

Artículo 3. Espacio Físico. La Administración Distrital a través de la Secretaria Distrital de Planeación definirá los espacios físicos de propiedad del Distrito o de particulares, idóneos para la ubicación de los Parque Científicos y Tecnológicos que se pretendan implementar. La infraestructura que se instale en estos Parques guardará correspondencia de acuerdo con el plan maestro y las autorizaciones emitidas de las normas urbanísticas vigentes.

Parágrafo: Para la creación de los Parques Científicos y Tecnológicos, la Administración Distrital podrá destinar los terrenos o predios para que se establezcan, para lo cual suscribirán los convenios pertinentes que permitan al Distrito recibir una contraprestación social derivada de las investigaciones aplicadas y desarrollos tecnológicos susceptibles de ser destinada a fortalecer los programas de las entidades distritales.

Artículo 4: Autonomía. La instalación, administración y operación de cada Parque Científico y Tecnológico será responsabilidad de los entes que la crean y la promocionan.

Artículo 5. Fomento. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico realizará las acciones de fomento para que las Universidades, empresas públicas o privadas y demás tipos de organizaciones participen en la creación de parques científicos y tecnológicos, motivando la creación, desarrollo o aplicación de tecnologías o actividades que agreguen valor y la promoción de los resultados de las investigaciones realizadas.

Artículo 6. Vigencia. El siguiente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA.

1 Rodríguez-Pose, Andrés. (2012). Los parques científicos y tecnológicos en América Latina, Un análisis de la situación actual. BID. En: http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=37017319

2 Ver: Universidad Nacional (2010). Programa de extensión. Sede Bogotá. PC&T. Foro de Extensión, octubre 2010. http://www.unal.edu.co/extensionbog/adjuntos/presentaciones/16.pdf

3 Ver: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41651

4 Anteproyecto Plan distrital de Desarrollo, Página 236.

5 Anteproyecto Plan distrital de Desarrollo, Página 265.

6 Junca, Gustavo y Manrique Olga. Cuadernos de Desarrollo Económico # 26. "Caracterización e identificación de aglomeraciones y cadenas productivas en los sectores de industria y servicios en la ciudad de Bogotá.

7 El artículo 6 del acuerdo 027 de 2015 del Sistema General de Regalías define los requisitos para la presentación de proyectos al fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación con el objetivo de la creación y fortalecimiento de Parques Científicos y Tecnológicos

8 Ver: http://www.santandercompetitivo.org/proyectos-11-m/44-parque-tecnologico-de-guatiguara.htm

9 Ver: https://uis.edu.co/webUIS/es/investigacionExtension/guatiguara/index.html

10 Ver: https://www.uis.edu.co/webUIS/es/investigacionExtension/guatiguara/planDesarrollo.html

11 http://rutanmedellin.org/es/sobre-nosotros

12 http://www.medellinnovation.org/distrito/

13 Ver: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1753_2015.html