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Proyecto de Acuerdo 115 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2001
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC01152001

PROYECTO DE ACUERDO 115 DE 2001

"POR EL CUAL SE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DEL CONCEJO DE BOGOTA, D.C., Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTA. D.C.

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales consagradas en el numeral 7 del artículo 313 de la Carta Política; de las facultades legales contempladas en el numeral 20 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993; del decreto Ley 1569 de 1998, y

C O N S I D E R A N D O:

  1. Que mediante Acuerdo No._________ del _______ de _________de 2001, se modifica la Estructura del Concejo de Bogotá, D.C., se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.
  2. Que como consecuencia de la modificación de la Estructura y con el fin de modernizar la Corporación, mejorar la prestación de los servicios y racionalizar el gasto público, se hace necesario modificar la planta de personal del Concejo de Bogotá, D.C
  3. Que de conformidad con los parágrafos No 1º y 2º del artículo 3 de la Ley 443 de 1998, la misma se aplicará a las Corporaciones Públicas hasta tanto se expidan las normas especiales para ellas.
  4. Que el Concejo de Bogotá D.C. elaboró los estudios técnicos de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, y 148 y 149 del decreto 1572 de 1998 y el articulo 7 del decreto 2504 de 1998, para efectos de establecer su planta de personal.
  5. Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, mediante comunicación _____________ de ___________ de 2001, expidió la viabilidad presupuestal No. ____________de la misma fecha, que permite atender la presente modificación de planta.
  6. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable sobre la modificación de la planta de cargos mediante comunicación _______________ de ____________ 2001.
  7. Que en la nueva planta de cargos se crean empleos que pertenecen al ámbito de dirección, conducción institucional, manejo o de confianza de conformidad al parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 443 de 1998.
  8. En mérito de lo expuesto,

A C U E R D A:

ARTICULO 1º. Supresión de empleos. Suprímanse de la Planta de Cargos del Concejo de Bogotá, D.C., los siguientes empleos:

No CARGOS A SUPRIMIR

DENOMINACION

NIVEL

CODIGO

GRADO

1

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

DIRECTIVO

9

2

1

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

DIRECTIVO

9

1

1

SECRETARIO DESPACHO

DIRECTIVO

20

2

3

SUBSECRETARIOS DE DESPACHO

DIRECTIVO

45

1

7

ASESOR

ASESOR

105

2

1

JEFE OFICINA ASESORA

ASESOR

115

2

1

JEFE OFICINA

EJECUTIVO

205

2

2

JEFES OFICINA

EJECUTIVO

205

1

2

JEFE UNIDAD

EJECUTIVO

207

5

9

JEFE DIVISION

EJECUTIVO

210

3

1

ALMACENISTA

EJECUTIVO

215

2

1

JEFE GRUPO

EJECUTIVO

223

3

1

DIRECTOR CENTRO

EJECUTIVO

230

4

13

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

PROFESIONAL

335

6

17

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

PROFESIONAL

335

5

19

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

4

6

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

3

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

2

3

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

1

1

TECNICO

TECNICO

401

5

2

TECNICO

TECNICO

401

4

No CARGOS A SUPRIMIR

DENOMINACION

NIVEL

CODIGO

GRADO

1

TECNICO

TECNICO

401

3

1

TECNICO

TECNICO

401

2

1

TECNICO

TECNICO

401

1

4

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

12

13

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

10

52

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

9

2

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

8

2

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

5

2

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

3

1

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

2

14

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

12

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

10

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

9

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

8

5

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

7

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

5

22

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

4

9

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

3

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

2

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

1

98

AUXILIAR SERVICIOS GENERALES

OPERATIVO

605

1

22

CELADOR

OPERATIVO

615

2

58

CONDUCTOR

OPERATIVO

620

3

413

TOTAL

ARTÍCULO 2º.-Planta de Cargos. Las funciones propias del Concejo de Bogotá D.C., serán cumplidas por la Planta de cargos que se relaciona a continuación así:

PLANTA GLOBAL

No CARGOS PLANTA GLOBAL

DENOMINACION

NIVEL

CODIGO

GRADO

1

SECRETARIO DESPACHO

DIRECTIVO

020

02

3

SUBSECRETARIOS DE DESPACHO

DIRECTIVO

045

01

1

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

DIRECTIVO

009

02

15

ASESOR

ASESOR

105

02

6

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

PROFESIONAL

335

06

6

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

PROFESIONAL

335

05

6

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

04

3

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

PROFESIONAL

340

03

1

TECNICO

TECNICO

401

04

1

TECNICO

TECNICO

401

02

1

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

02

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

10

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

09

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

01

18

AUXILIAR SERVICIOS GENERALES

OPERATIVO

605

01

73

TOTAL

UNIDADES DE APOYO NORMATIVO

No Cargos

DENOMINACION

NIVEL

CODIGO

GRADO

42

ASESOR

ASESOR

105

06

42

ASESOR

ASESOR

105

05

42

ASESOR

ASESOR

105

03

42

SECRETARIO EJECUTIVO

ADMINISTRATIVO

525

12

42

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

11

42

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

ADMINISTRATIVO

550

12

42

CONDUCTOR

OPERATIVO

620

03

294

TOTAL

Parágrafo 1º .Los cargos actuales de los Grupos de Apoyo Normativo que no están contemplados en el presente artículo quedan suprimidos.

Parágrafo 2º Los cargos de auxiliar de servicios generales Código 605, grado salarial 01, se entenderán suprimidos de la Planta de cargos del Concejo de Bogotá D.C. una vez se desvincule del servicio la persona que lo ocupa

ARTICULO 3º. De conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 617 de 2000, y para cumplir con sus responsabilidades misionales, la Corporación contará con Unidades de Apoyo Normativo, con base en la denominación, códigos y grados salariales establecidos en el artículo 2º del presente Acuerdo.

Parágrafo 1º. Los empleados públicos pertenecientes a las Unidades de Apoyo Normativo, son funcionarios de Manejo y Confianza en los términos establecidos en el parágrafo 1º del artículo 5 de la Ley 443 y, en consecuencia de libre nombramiento y remoción seleccionados y postulados por cada Concejal ante la Mesa Directiva.

Parágrafo 2º. Cada Honorable Concejal certificará ante el Director Administrativo el cumplimiento de las labores desempeñadas por cada uno de los funcionarios de su Unidad de Apoyo Normativo y vigilará el cumplimiento de las funciones asignadas.

ARTICULO 4º. Límite a los gastos de representación. Ningún funcionario del Concejo de Bogotá D.C., podrá devengar por concepto de gastos de representación más del 30% de la asignación básica mensual, salvo los derechos adquiridos

ARTICULO 5º... Incorporación o Indemnización. Los empleados de carrera, a quienes se les supriman los cargos de los cuales sean titulares, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo primero del presente Acuerdo, podrán optar entre la indemnización o la incorporación, conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998 en concordancia con lo preceptuado en los artículos 136 al 140 del Decreto 1572 de 1998 y el artículo 6º del Decreto 2504 de 1998.

ARTICULO 6º. Los procedimientos y actos administrativos inherentes al proceso de reincorporación a que haya lugar con ocasión de la expedición del presente Acuerdo estarán a cargo y bajo la responsabilidad del Director Administrativo de la Corporación.

ARTICULO 7º. Derechos Adquiridos y Requisitos. Los empleados públicos que sean incorporados en la nueva planta de Personal del Concejo de Bogotá, D.C. conservarán sus derechos adquiridos, incluyendo los de carrera, y a estos últimos no se les exigirán requisitos diferentes a los ya acreditados

ARTICULO 8º. Adaptación Laboral. El Departamento Administrativo del Servicio Civil del Distrito Capital, deberá coordinar los programas de reincorporación y adaptación laboral de aquellos funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de la planta de cargos.

ARTICULO TRANSITORIO. Circunstancias Especiales. Si como resultado de la modificación de la planta se suprimieran cargos cuyos titulares tuvieren imposibilidad legal de ser retirados del servicio, estos permanecerán en dichos cargos hasta tanto cese la causal legal que impide el retiro efectivo. Estos cargos solamente se entenderán suprimidos a partir del momento en que cese la imposibilidad legal.

ARTICULO 9. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, de manera expresa el Acuerdo No 02 de 2000 y, modifica en lo pertinente los Acuerdos No 25 de 1998 y No 01 de 2000.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

ESTE PROYECTO DE ACUERDO ES PRESENTADO A CONSIDERACION DE LOS HONORABLES CONCEJALES POR

LOS MIEMBROS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CORPORACION.

MARIA VICTORIA VARGAS SILVA

PRESIDENTE

FLAVIO MAYA

PRIMER VICEPRESIDENTE

FABIOLA EMILIA POSADA

SEGUNDO VICEPRESIDENTE