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Decreto 184 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/04/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/04/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5823 del 27 de abril de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 184 DE 2016

 

(Abril 27)


Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 113 de 2017.


Por medio del cual se modifica el Decreto 071 de 2016

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, y los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016 determinó que el Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, dentro de los cuales se incluyó al Secretario (a) Distrital de Movilidad o su delegado.

 

Que se hace necesario modificar el Decreto 071 de 2016 respecto de los integrantes del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 445 de 2016. Modificar el artículo 1 del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016, el cual quedará así:

 

ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, así:

 

El (la) Secretario(a) Distrital de Hacienda o su delegado.

 

El (la) Gerente General de Transmilenio S.A., o su delegado.

 

El (la) Subsecretario (a) General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su delegado.

 

El doctor Rubén Darío Lizarralde Montoya.

 

El doctor Carlos Alberto Torres Escallón.

 

El doctor Andrés Pacheco Rincón

 

Parágrafo Único: El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad.

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 071 de 2016 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2016.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor