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Resolución 284 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/05/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2016
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 284 DE 2016

 

(Mayo 31)

 

“Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2016”

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo 257 de 2006 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto 517 del 11 de diciembre de 2015, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 533 de diciembre 15 de 2015, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

 

Que a través del Artículo del Decreto 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995 Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fé de Bogotá Distrito Capital”, se estableció que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”.

 

Que el numeral 3.2.1.4.2. de la Resolución No. SDH-000226 del 8 de octubre de 2014 “Por la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito capital”, se establecieron los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados.

 

Que mediante comunicación Nro. 2016EE92451 del 31 de mayo de 2016, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2016, por valor de Un Millón Novecientos Sesenta Mil Pesos ($15.170.085,00) M/cte (sic) así:

 

Entidad 104 Secretaria General – Unidad Ejecutora 01 Despacho Código 12 y detalle Fuente Otros Distrito

 

Rubro

Concepto

Contracrédito

Crédito

 

3

GASTOS

$15.170.085

$15.170.085

3.3

INVERSIÓN

$15.170.085

$15.170.085

3.3.1

DIRECTA

$15.170.085

 

3.3.1.14

Bogotá Humana

$15.170.085

 

3.3.1.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

$15.170.085

 

3.3.1.14.03.29

Bogotá, ciudad de memoria, paz y reconciliación

$15.170.085

 

3.3.1.14.03.32.0815

Inclusión, reparación y reconocimiento de los derechos de las víctimas para la paz y reconciliación

$15.170.085

 

3.3.1.14.03.31.0815.231

Construcción de la memoria histórica de las víctimas para la paz y la reconciliación.

$15.170.085

 

3.3.4

PASIVOS EXIGIBLES

 

$15.170.085

 

Artículo 2°. Remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y demás oficinas pertinentes.

 

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D.C. a los 31 días del mes de mayo del año 2016

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria General