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Decreto 359 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  - Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
29/08/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/09/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5906 del 02 de septiembre de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 359 DE 2016

 

(Agosto 29)

 

Por medio del cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016 

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35, los numeral es 1,3,6 y 9 del artículo 38 y el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 7 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 638 de 2016 se creó la Secretaria Jurídica Distrital y se modificaron las funciones básicas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., disponiendo el parágrafo del artículo 7 ídem, que: "Los negocios, funciones y asuntos que venían siendo asumidos por la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaria General serán asumidos por la Secretaria Distrital de Asuntos Jurídicos en el estado en que se encuentren" .

 

Que por medio del Decreto Distrital 323 de 2016 se estableció la estructura organizacional y funcional de la Secretaría Jurídica Distrital. y se dictaron algunas disposiciones generales, en cuyo parágrafo 1 del artículo 16 ídem se determinó que : "A partir del 30 de agosto de 2016 la Secretaria General asumirá la representación judicial y extrajudicial, de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo  del Decreto Distrital 445 de 2015, entre tanto serán atendidos por la Secretaria Jurídica Distrital."

 

Que a través del Decreto Distrital 320 de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., creando la Oficina Asesora Jurídica, dependencia que tendrá dentro de sus funciones la de: "c. Ejercer la representación judicial en los procesos que vinculen a la entidad. así como intervenir y realizar aquellas diligencias para las cuales sea expresamente delegada y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la entidad'.

 

Que por medio del Decreto Distrital 355 de 2016, el Alcalde Mayor nombró al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. servidor que tendrá a su cargo el cumplimiento de las funciones asignadas a dicho organismo por el Acuerdo Distrital 323 de 2016, así como garantizar la ejecución, desarrollo, ejercicio e implementación de las funciones atribuidas a la entidad de la cual es titular.

 

Que de conformidad con lo anotado y con el fin de que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., pueda asumir y cumplir con las funciones previstas en el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016, se hace necesario modificar el plazo establecido en dicha disposición.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Modificar el parágrafo del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016, el cual queda así:

 

"Parágrafo 1. Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 424 de 2016. A partir del 1 de octubre de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C; asumirá la representación judicial y extrajudicial de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1 del Decreto Distrital 445 de 2015, o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Entre tanto. tales asuntos serán atendidos por la Secretaria Jurídica Distrital."

 

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y modifica el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de agosto del año 2016.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor