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DECRETO 430 DE 2016 (Octubre 05) Por el cual se otorga la Orden Civil al
Mérito Deportivo "Ciudad de Bogotá" a los deportistas bogotanos
destacados que participaron por Colombia en la décimo quinta edición de los
Juegos Paralímpicos de verano Río 2016 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C., En uso de sus atribuciones legales, en
especial la conferida por el artículo 3 del Decreto Distrital 693 de 1971 y, CONSIDERANDO Que con el propósito
de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una
exaltación, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la
ciudadanía, creó por Decreto 693 del 7 de junio de 1971, la Orden Civil al Mérito
"Ciudad de Bogotá". Que mediante el
Decreto Distrital 393 de 2004 se creó la Orden Civil al Mérito Deportivo
"Ciudad de Bogotá". Que el artículo 1° del
Decreto Distrital 393 de 2004 señala que la Orden Civil al Mérito Deportivo
"Ciudad de Bogotá", tiene como finalidad elogiar públicamente a
aquellos deportistas que hayan participado en los ámbitos distrital, regional,
nacional e internacional en cualquiera de sus modalidades o se hayan destacado notablemente
en su práctica, organización, promoción o desarrollo y en representación del
Distrito Capital. Que el Consejo de la
Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" aprobó mediante acta No. 006
del 4 de Octubre de 2016 otorgar a los deportistas Bogotanos destacados que
participaron por Colombia en la décimo quinta edición
de los Juegos Paralímpicos de verano Río 2016. Que en el ámbito
internacional los Juegos Paralímpicos son el mayor evento deportivo
internacional multidisciplinario para atletas con ciertos tipos de discapacidad
física, mental y/o sensorial. Que la participación
de Colombia en la décimo quinta edición de los Juegos Paralímpicos de verano Río
2016 fue la más numerosa de la historia, con 39 deportistas para estas justas. Que una vez terminada
la décimo quinta edición de los Juegos Paralímpicos de verano Río 2016, la delegación
colombiana alcanzó su mejor resultado histórico al conquistar las primeras 2
medallas de oro con participación, 5 medallas de plata, 10 medallas de bronce, 55
diplomas y 6 récords paralímpicos. Que dentro de la
delegación colombiana, los deportistas inscritos en las ligas pertenecientes a
Bogotá tuvieron una destacada actuación, aportando 5 medallas de bronce obtenidas
por los deportistas Martha Liliana Hernández en 100 Metros y Relevo 4 X 100
Atletismo Paralímpico T36, Diego Dueñas Gómez en Ciclismo 4000 metros
persecución Paralímpico C4, Edwin Fabián Matiz en Persecución Individual 4000
metros Paracycling, Néstor Javier Ayala en Carrera de
Ruta; asi (sic) como los diplomas olímpicos obtenidos
por los atletas Jainer Rafael Cantillo Guete en Halterofilia categoría hasta 80 Kg, Cristian
Torres Ortiz en Atletismo Paralímpico T52, July
Catalina Moreno Acosta en Lanzamiento de Bala Atletismo Paralímpico T52, Yanive Torres Martínez en Lanzamiento de Bala Atletismo
Paralímpico F54, Jessica Marcela González Arias y su guía Niver
Rangel en 1500 Metros Planos Atletismo Paralímpico T-11/13, Esneider
Muñoz Marín en Persecución Individual Paracycling C3,
Brayan Urbano en 100 Metros Pecho Natación; y la
destacada actuación de María Angélica Bernal Villalobos en Tenis en silla de
ruedas. Que es deber del
Alcalde Mayor de Bogotá D.C., dar justo reconocimiento a los deportistas bogotanos
destacados que representaron a la nación en la décimo
quinta edición de los Juegos Paralímpicos de verano Río 2016. Que en mérito de lo
expuesto, DECRETA Artículo Primero.- Otórguese la Orden Civil al Mérito Deportivo "Ciudad de Bogotá" a los deportistas Martha Liliana Hernández, Diego Dueñas Gómez, Edwin Fabián Matiz, Néstor Javier Ayala, Jainer Rafael Cantillo Guete, Cristian Torres Ortiz, July Catalina Moreno Acosta, Yanive Torres Martínez, Jessica Marcela González Arias y su guía Niver Rangel, Esneider Muñoz Marín, Brayan Urbano y María Angélica Bernal Villalobos, destacados en la décimo quinta edición de los Juegos Paralímpicos de verano Río 2016. Artículo Segundo.- En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá
D.C., hará entrega de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y
copia del respectivo decreto en nota de estilo a los deportistas paralímpicos. Artículo Tercero.- El presente Decreto rige a partir de la fecha
de su publicación. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor - Gran
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